1) El documento describe varios aspectos de la sucesión en el derecho romano antiguo, como las reglas para desheredar hijos, la posibilidad de impugnar testamentos que no cumplían con el deber familiar, y el derecho de legítima para parientes cercanos.
2) También explica figuras como la donación, los legados, el fideicomiso, la herencia y los codicilos en el derecho romano.
3) Finalmente, detalla algunos elementos y limitaciones de los legados como disposiciones testamentarias para dejar parte de
Sucesion contra el testamento en el Derecho ImperialDiana JoaQuin
El documento describe la evolución del derecho de sucesión en el derecho romano imperial y justiniano. Originalmente, los parientes más cercanos podían impugnar un testamento que no los contemplara adecuadamente. Posteriormente, Justiniano sistematizó las reglas de sucesión forzosa y limitó las causas por las que se podía desheredar a un heredero. Los herederos podían ser sui (parientes cercanos) u extraños, quienes debían aceptar formalmente la herencia.
La sucesión testamentaria se define como la manifestación de la voluntad de una persona respecto a lo que quiere que pase con sus bienes después de fallecer. En Roma, el testamento tenía rigurosas formalidades para ser válido y podía ser público, privado u otorgado en circunstancias especiales. Solo podían testar los ciudadanos romanos libres y con capacidad. El testamento designaba herederos y legatarios y era revocable.
1) El documento describe el derecho hereditario romano y cómo regulaba la transmisión de bienes a la muerte de una persona. 2) Había dos vías de sucesión: la legítima, cuando no existía testamento, y la testamentaria, cuando sí existía un testamento válido. 3) El derecho romano evolucionó desde las XII Tablas hasta Justiniano para establecer el orden de herederos y proteger a los parientes más cercanos.
Este documento define la herencia y sucesión en derecho. Explica que la herencia es el traspaso de bienes, derechos u obligaciones de una persona fallecida a sus herederos, generalmente familiares. Describe los tipos de sucesión (testada e intestada), las facultades de los herederos, y las características y conceptos clave relacionados con las herencias según la ley.
Este documento presenta información sobre la herencia y la bonorum possessio en el derecho romano. En 3 oraciones: Resume la diferencia entre la heredias y la bonorum possessio, explica que la bonorum possessio se originó en el edicto del pretor para corregir injusticias en la sucesión y lista las distintas especies de bonorum possessio como la cum re, sine re y secundum tabulas.
Este documento describe diferentes aspectos de la herencia y la sucesión en el derecho romano. Brevemente:
1) La adición es el acto mediante el cual un heredero acepta la herencia de manera expresa o tácita.
2) Existen diferentes tipos de herederos como los necesarios, que adquirían la herencia automáticamente, y los voluntarios, que debían aceptarla.
3) Los fideicomisos permitían transmitir bienes a un tercero beneficiario a través de un fiduciario nomb
Sucesion contra el testamento en el Derecho ImperialDiana JoaQuin
El documento describe la evolución del derecho de sucesión en el derecho romano imperial y justiniano. Originalmente, los parientes más cercanos podían impugnar un testamento que no los contemplara adecuadamente. Posteriormente, Justiniano sistematizó las reglas de sucesión forzosa y limitó las causas por las que se podía desheredar a un heredero. Los herederos podían ser sui (parientes cercanos) u extraños, quienes debían aceptar formalmente la herencia.
La sucesión testamentaria se define como la manifestación de la voluntad de una persona respecto a lo que quiere que pase con sus bienes después de fallecer. En Roma, el testamento tenía rigurosas formalidades para ser válido y podía ser público, privado u otorgado en circunstancias especiales. Solo podían testar los ciudadanos romanos libres y con capacidad. El testamento designaba herederos y legatarios y era revocable.
1) El documento describe el derecho hereditario romano y cómo regulaba la transmisión de bienes a la muerte de una persona. 2) Había dos vías de sucesión: la legítima, cuando no existía testamento, y la testamentaria, cuando sí existía un testamento válido. 3) El derecho romano evolucionó desde las XII Tablas hasta Justiniano para establecer el orden de herederos y proteger a los parientes más cercanos.
Este documento define la herencia y sucesión en derecho. Explica que la herencia es el traspaso de bienes, derechos u obligaciones de una persona fallecida a sus herederos, generalmente familiares. Describe los tipos de sucesión (testada e intestada), las facultades de los herederos, y las características y conceptos clave relacionados con las herencias según la ley.
Este documento presenta información sobre la herencia y la bonorum possessio en el derecho romano. En 3 oraciones: Resume la diferencia entre la heredias y la bonorum possessio, explica que la bonorum possessio se originó en el edicto del pretor para corregir injusticias en la sucesión y lista las distintas especies de bonorum possessio como la cum re, sine re y secundum tabulas.
Este documento describe diferentes aspectos de la herencia y la sucesión en el derecho romano. Brevemente:
1) La adición es el acto mediante el cual un heredero acepta la herencia de manera expresa o tácita.
2) Existen diferentes tipos de herederos como los necesarios, que adquirían la herencia automáticamente, y los voluntarios, que debían aceptarla.
3) Los fideicomisos permitían transmitir bienes a un tercero beneficiario a través de un fiduciario nomb
Este documento resume las generalidades del derecho de sucesiones en el derecho romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona a su muerte. Detalla los dos tipos de sucesión en el derecho romano: la sucesión testamentaria, donde el causante designa herederos a través de un testamento, y la sucesión legítima o ab intestato cuando no hay testamento. También describe brevemente las diferentes formas de testamentos que existían en el derecho romano antiguo, honorario e imperial.
Este documento resume los principales aspectos de la sucesión en Derecho Romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. Detalla las distintas formas de suceder (testamentaria, legítima o mixta), las formas de suceder (a título universal o singular), y los órdenes sucesorales del derecho civil, honorario e imperial. También define conceptos clave como herencia, comunidad hereditaria, desheredamiento e indignidad. Finalmente, menc
1) El documento describe las sucesiones mortis causa en el derecho romano, incluyendo las vías legítima, testamentaria y oficiosa para transmitir el patrimonio después de la muerte. 2) Había tres tipos de sucesiones: la vía legítima, que determinaba los herederos según la línea de sangre; la vía testamentaria, que permitía nombrar herederos a través de un testamento; y la vía oficiosa, que corregía injusticias en el testamento. 3) El documento también explica conceptos como hered
La herencia es la sucesión de todos los bienes y derechos de una persona fallecida. Puede ser testamentaria, según la voluntad del difunto expresada en un testamento, o intestamentaria, según las disposiciones legales cuando no existe testamento. Existen varios tipos de testamentos como el público abierto, público cerrado, ológrafo u otros especiales. El albacea se encarga de la administración de los bienes hereditarios hasta su entrega a los herederos.
Este documento explica los diferentes tipos de legados y sus características. Incluye legados puros, condicionales, a término, en dinero, de alimentos, remuneratorios, sujetos a derechos reales, caritativos, en parte alícuota, y discute el momento de adquisición y posibles causas de caducidad como la muerte del legatario, enajenación o perecimiento del bien legado.
Este documento resume el derecho romano en 4 períodos, desde la fundación de Roma hasta la muerte del emperador Justiniano. Explica que el estudio del derecho romano ayuda a entender el origen de las leyes modernas en Europa y América. Describe las etapas evolutivas de la justicia privada en Roma, desde la venganza de sangre hasta la composición legal. Finalmente, define conceptos legales romanos como acciones, excepciones e interdictos.
El documento describe la naturaleza del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir derechos, bienes y obligaciones del difunto. Detalla las características de la sucesión como un modo de adquirir derivativo, a título gratuito y por causa de muerte. Además, explica los elementos, sujetos y objeto de la relación jurídica sucesoria.
Este documento trata sobre la sucesión intestada. Explica que la sucesión intestada ocurre cuando el difunto no dejó testamento o cuando sus disposiciones testamentarias no son válidas. Describe los tres casos en los que se aplican las normas de sucesión intestada y explica el proceso de sucesión intestada ante un juez o notario.
Este documento compara la sucesión testamentaria en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el testamento era un acto solemne y unilateral del testador que instituía herederos. En el derecho venezolano, el testamento es un instrumento jurídico para disponer de la sucesión. Ambos sistemas reconocen testamentos especiales y figuras como la sustitución y desheredación, aunque con definiciones y clasificaciones propias de cada derecho.
El documento habla sobre las sucesiones en el derecho romano antiguo. Regulaba las consecuencias de la muerte como la designación del heredero y la transmisión del patrimonio. Reconocía la sucesión legítima e intestada y la sucesión testamentaria, la cual podía realizarse de diferentes formas siguiendo la voluntad del causante.
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento habla sobre el derecho hereditario o de sucesión. Explica que este derecho regula la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos, ya sea a través de un testamento, sucesión legítima, mixta o por otros medios. También define conceptos clave como herencia, herederos, sucesión legítima y testamentaria.
1) La sucesión testamentaria se refiere a la herencia que se transmite de acuerdo a las instrucciones dejadas en el testamento del difunto. 2) El testamento es un acto unilateral y revocable mediante el cual una persona dispone de sus bienes después de su muerte. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios abiertos u cerrados y los requisitos para su validez se encuentran establecidos en el Código Civil.
Este documento describe el derecho procesal romano y su evolución histórica. Explica que el derecho procesal regula el proceso a través del cual los sujetos de derecho pueden hacer valer sus derechos ante los órganos jurisdiccionales. Luego resume las tres etapas del proceso civil romano: 1) la venganza privada, 2) la justicia privada ante magistrados y jueces privados, y 3) la justicia pública donde el Estado asumió el control completo de la administración de justicia. Finalmente, detalla los
1) El documento describe las bases romanas del derecho sucesorio, incluyendo las sucesiones por causa de muerte y la sucesión testamentaria o intestada.
2) Explica los requisitos para la sucesión hereditaria como la muerte del causante y su capacidad para tener herederos.
3) Detalla los tipos de testamentos romanos como el testamento ante los comicios, en pie de guerra, y por el bronce y la balanza, así como las formas y requisitos para la institución del heredero.
La posesión se refiere al poder de hecho sobre una cosa o derecho, realizando actos como verdadero dueño. Se adquiere de forma originaria o derivada, y se pierde por abandono u otros vicios. El poseedor tiene derecho a defender su posesión a través de interdictos y acciones, y puede reclamar gastos realizados. La propiedad es distinta a la posesión ya que es el derecho sobre la cosa.
Este documento resume las características y tipos de sucesión testamentaria según la legislación venezolana. Explica que la sucesión testamentaria es un acto jurídico unilateral mediante el cual el testador transmite sus bienes luego de fallecer. Describe los requisitos de capacidad para testar y recibir herencia, así como las atribuciones del albacea encargado de ejecutar el testamento. Finalmente, clasifica los testamentos en ordinarios y especiales, detallando los tipos que comprenden cada categoría.
1. La herencia es la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. 2. Puede ser herencia testamentaria, definida en un testamento, o herencia ab intestato, determinada por la ley. 3. Para que la herencia pase a los herederos, debe abrirse con la muerte del causante, definirse quiénes son los herederos, y estos deben aceptarla.
Este documento resume las generalidades del derecho de sucesiones en el derecho romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona a su muerte. Detalla los dos tipos de sucesión en el derecho romano: la sucesión testamentaria, donde el causante designa herederos a través de un testamento, y la sucesión legítima o ab intestato cuando no hay testamento. También describe brevemente las diferentes formas de testamentos que existían en el derecho romano antiguo, honorario e imperial.
Este documento resume los principales aspectos de la sucesión en Derecho Romano. Explica que la sucesión es la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. Detalla las distintas formas de suceder (testamentaria, legítima o mixta), las formas de suceder (a título universal o singular), y los órdenes sucesorales del derecho civil, honorario e imperial. También define conceptos clave como herencia, comunidad hereditaria, desheredamiento e indignidad. Finalmente, menc
1) El documento describe las sucesiones mortis causa en el derecho romano, incluyendo las vías legítima, testamentaria y oficiosa para transmitir el patrimonio después de la muerte. 2) Había tres tipos de sucesiones: la vía legítima, que determinaba los herederos según la línea de sangre; la vía testamentaria, que permitía nombrar herederos a través de un testamento; y la vía oficiosa, que corregía injusticias en el testamento. 3) El documento también explica conceptos como hered
La herencia es la sucesión de todos los bienes y derechos de una persona fallecida. Puede ser testamentaria, según la voluntad del difunto expresada en un testamento, o intestamentaria, según las disposiciones legales cuando no existe testamento. Existen varios tipos de testamentos como el público abierto, público cerrado, ológrafo u otros especiales. El albacea se encarga de la administración de los bienes hereditarios hasta su entrega a los herederos.
Este documento explica los diferentes tipos de legados y sus características. Incluye legados puros, condicionales, a término, en dinero, de alimentos, remuneratorios, sujetos a derechos reales, caritativos, en parte alícuota, y discute el momento de adquisición y posibles causas de caducidad como la muerte del legatario, enajenación o perecimiento del bien legado.
Este documento resume el derecho romano en 4 períodos, desde la fundación de Roma hasta la muerte del emperador Justiniano. Explica que el estudio del derecho romano ayuda a entender el origen de las leyes modernas en Europa y América. Describe las etapas evolutivas de la justicia privada en Roma, desde la venganza de sangre hasta la composición legal. Finalmente, define conceptos legales romanos como acciones, excepciones e interdictos.
El documento describe la naturaleza del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte es un modo de adquirir derechos, bienes y obligaciones del difunto. Detalla las características de la sucesión como un modo de adquirir derivativo, a título gratuito y por causa de muerte. Además, explica los elementos, sujetos y objeto de la relación jurídica sucesoria.
Este documento trata sobre la sucesión intestada. Explica que la sucesión intestada ocurre cuando el difunto no dejó testamento o cuando sus disposiciones testamentarias no son válidas. Describe los tres casos en los que se aplican las normas de sucesión intestada y explica el proceso de sucesión intestada ante un juez o notario.
Este documento compara la sucesión testamentaria en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el testamento era un acto solemne y unilateral del testador que instituía herederos. En el derecho venezolano, el testamento es un instrumento jurídico para disponer de la sucesión. Ambos sistemas reconocen testamentos especiales y figuras como la sustitución y desheredación, aunque con definiciones y clasificaciones propias de cada derecho.
El documento habla sobre las sucesiones en el derecho romano antiguo. Regulaba las consecuencias de la muerte como la designación del heredero y la transmisión del patrimonio. Reconocía la sucesión legítima e intestada y la sucesión testamentaria, la cual podía realizarse de diferentes formas siguiendo la voluntad del causante.
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento habla sobre el derecho hereditario o de sucesión. Explica que este derecho regula la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos, ya sea a través de un testamento, sucesión legítima, mixta o por otros medios. También define conceptos clave como herencia, herederos, sucesión legítima y testamentaria.
1) La sucesión testamentaria se refiere a la herencia que se transmite de acuerdo a las instrucciones dejadas en el testamento del difunto. 2) El testamento es un acto unilateral y revocable mediante el cual una persona dispone de sus bienes después de su muerte. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios abiertos u cerrados y los requisitos para su validez se encuentran establecidos en el Código Civil.
Este documento describe el derecho procesal romano y su evolución histórica. Explica que el derecho procesal regula el proceso a través del cual los sujetos de derecho pueden hacer valer sus derechos ante los órganos jurisdiccionales. Luego resume las tres etapas del proceso civil romano: 1) la venganza privada, 2) la justicia privada ante magistrados y jueces privados, y 3) la justicia pública donde el Estado asumió el control completo de la administración de justicia. Finalmente, detalla los
1) El documento describe las bases romanas del derecho sucesorio, incluyendo las sucesiones por causa de muerte y la sucesión testamentaria o intestada.
2) Explica los requisitos para la sucesión hereditaria como la muerte del causante y su capacidad para tener herederos.
3) Detalla los tipos de testamentos romanos como el testamento ante los comicios, en pie de guerra, y por el bronce y la balanza, así como las formas y requisitos para la institución del heredero.
La posesión se refiere al poder de hecho sobre una cosa o derecho, realizando actos como verdadero dueño. Se adquiere de forma originaria o derivada, y se pierde por abandono u otros vicios. El poseedor tiene derecho a defender su posesión a través de interdictos y acciones, y puede reclamar gastos realizados. La propiedad es distinta a la posesión ya que es el derecho sobre la cosa.
Este documento resume las características y tipos de sucesión testamentaria según la legislación venezolana. Explica que la sucesión testamentaria es un acto jurídico unilateral mediante el cual el testador transmite sus bienes luego de fallecer. Describe los requisitos de capacidad para testar y recibir herencia, así como las atribuciones del albacea encargado de ejecutar el testamento. Finalmente, clasifica los testamentos en ordinarios y especiales, detallando los tipos que comprenden cada categoría.
1. La herencia es la transmisión de los derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. 2. Puede ser herencia testamentaria, definida en un testamento, o herencia ab intestato, determinada por la ley. 3. Para que la herencia pase a los herederos, debe abrirse con la muerte del causante, definirse quiénes son los herederos, y estos deben aceptarla.
Este documento resume los principales temas del derecho sucesoral discutidos en un curso. Define conceptos clave como herencia, comunidad de gananciales y tipos de sucesión. Explica las formas de adquirir la condición de heredero, los requisitos para realizar un testamento válido y las figuras como albaceas y legatarios. Finalmente, cubre temas como la revocación e ineficiencia de los testamentos.
Este documento describe las formas de sucesión en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano había sucesión testamentaria u hereditas cuando el causante dejaba testamento, y bonorum possessio cuando no. Había varios tipos de testamentos como el militar o del analfabeto. En Venezuela, el código civil regula los testamentos ordinarios abiertos o cerrados. También describe la institución de herederos, sustituciones, y sucesión intestada cuando no hay testamento válido.
El documento describe el concepto de donación en el derecho romano, incluyendo sus características y diferentes tipos. Explica que una donación implica el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario. También cubre los legados en el derecho romano, que permitían que el testador transfiriera bienes específicos a legatarios designados, y estaban sujetos a varias limitaciones legales.
En Venezuela, hay dos tipos de sucesión: testamentaria e intestada. La sucesión testamentaria ocurre cuando existe un testamento que expresa la voluntad del difunto. Si no hay testamento, se aplica la sucesión intestada, donde la ley establece el orden de herederos por grado de parentesco.
Este documento presenta una introducción al derecho de sucesiones. Explica que este derecho regula la transmisión patrimonial por causa de muerte y es parte del derecho privado. Luego define conceptos clave como sucesión, herederos, legatarios y masa hereditaria. Finalmente resume los diferentes tipos de sucesión, formas de suceder y algunos fundamentos del derecho de sucesiones.
Este documento trata sobre el concepto y naturaleza jurídica del legado. Explica que el legado es una disposición testamentaria mediante la cual el causante asigna una ventaja económica particular a aquellos a quienes desea beneficiar. También enumera las diferentes clases de legados reconocidas por la doctrina como los legados condicionales, remuneratorios, de cantidad y otros. Por último, resume los derechos y obligaciones de los legatarios según la legislación.
La sucesión intestada se produce cuando una persona fallece sin testamento o cuando el testamento es inválido. En estos casos, la ley determina quiénes heredan los bienes basándose en los vínculos familiares. La sucesión intestada puede darse cuando el causante no dispuso de sus bienes, cuando lo hizo de forma inválida, o cuando las disposiciones testamentarias no surten efecto.
Este documento presenta un resumen del Módulo VI sobre Derecho de sucesiones y donación en Derecho Romano. Se explican conceptos clave como herencia, sucesión, heredero y causante. Se describen los tipos de sucesión como testamentaria, ab intestato y forzosa, así como los trámites de delación, aceptación y adquisición de la herencia. Por último, se menciona brevemente la donación como otro tema cubierto.
Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte transmite el patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes intereses que convergen en una sucesión (individual, familiar y social) y analiza los sistemas de libertad absoluta y restringida para testar. Finalmente, define los conceptos clave de heredero, legatario, herencia y legado.
El documento explica las diferencias entre sucesiones y herencias según la ley venezolana. Define la sucesión como la transmisión de derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos, mientras que la herencia son los bienes específicos que se transmiten. Explica que las sucesiones pueden ser testamentarias o intestadas, dependiendo de si existe un testamento. Finalmente, destaca que para ser heredero se requiere la muerte del causante, su capacidad para tener herederos, la capacidad del heredero para suceder
Este documento define la herencia y sucesión en derecho. Explica que la herencia es el traspaso de bienes, derechos u obligaciones de una persona fallecida a sus herederos, generalmente familiares. También describe los tipos de sucesión (testada e intestada), las facultades de los herederos, y las características y conceptos clave relacionados con las herencias según la ley.
La sucesión hereditaria en derecho romano implica la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Existían herederos necesarios y voluntarios, y la herencia podía ser aceptada de forma tácita o expresa. La sucesión podía ser testamentaria, cuando el difunto dejaba testamento, o intestada, cuando no lo había.
Este documento contiene definiciones de más de 50 términos relacionados con el derecho. Algunos de los términos definidos son abandono, censura, centralismo, cesantía auxilio de, ciudadanía, ciudadanos, clan, clase social, código, abastos, abogado, abolición, ley de las doce tablas, ley eterna, ley humana, leyes de la naturaleza, libertad, absolución, absolutismo, accesión, hecho jurídico, heredium, hermenéutica jurí
Este documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica que el derecho de sucesiones regula la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Define conceptos clave como sucesión, herederos, legatarios, apertura de la sucesión y diferentes tipos de sucesión como la testamentaria e intestada. También describe los fundamentos y ubicación del derecho de sucesiones en el código civil peruano.
Este documento presenta los objetivos y temas de la asignatura de Derecho Sucesorio. Cubre definiciones clave como sucesión, heredero, legatario y causante. Explica los tipos de sucesión a título universal y singular, así como conceptos como derecho de transmisión y representación. Se dividen los temas en cuatro unidades que cubren la sucesión mortis causa, el testamento, el trámite de aceptación de herencia y partición, y las acciones y obligaciones del heredero y las donaciones entre vivos.
Este documento introduce los conceptos fundamentales del derecho de sucesiones. Explica que la sucesión es la transmisión de derechos u obligaciones de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. Se describen las distintas clases de sucesión como la testada e intestada, y los fundamentos legales como la teoría de la propiedad y la teoría familiar. Finalmente, se detallan las fuentes de la sucesión mortis causa como la ley y la voluntad testamentaria o contractual.
En sentido Lato: “El Derecho Sucesorio es aquel conjunto de normas de orden público que regula las transmisiones patrimoniales de derechos y obligaciones jurídicas transmisibles de una persona fallecida a favor de otro que vive, sea por disposición de la ley o por voluntad del difunto”.
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Junio 2024.
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Roma
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Derecho Romano
Participantes
Jordana Escobar
C.I. N° 15444794
Profesor: Jorge Paredes
2. Sucesión Contra el Testamento en el Derecho Antiguo: En la antigüedad,
el derecho civil establecía que el testador podía tener libertad testamentaria conforme a
las reglas que se establecían en esa época, es decir, que si se quería desheredar a un suus
debería seguir ciertas reglas o normas para poder hacerlo. Para desheredar, debía
hacerse de forma expresa y directa, nombrar así a la persona a quien se desheredaría o al
conjunto de personas que se desheredaría (desheredación global), dejando solo a un
heredero, sin embargo, se considero contrario al deber paterno dejar por fuera del
testamento a un hijo varón, ya que estos tenían la condición de herederos legítimos (sui
heredes).
Sucesión contra el testamento en Derecho honorario, bonorum possessio contra
tabulas: Las desheredaciones de los liberi hombres, se realizaba individualmente por lo
que era por nominatim, en caso de las mujeres era posible realizarlo en general.
En la preterición de un heres sus provocaba la anulación por motivo de olvido, en caso
de los liberi, daba pauta solamente la participación de aquellos preteridos, permitiendo
mantener la disposición dada en el testamento.
Al darse la sucesión forzosa, se le otorgaba al patrono del testador tanto como a sus
hijos, si se deba que un liberto fuese desheredado o no tuviere liberti, la adquisición le
pertenecía a los mencionados con anterioridad, sino se cumplía, el patrono acudía a una
bonorum possesio contra tabulas.
3. Sucesión contra el testamento, Derecho Imperial: Surge de la época
Republicana, para todo testamento que no cumpliera ni una mínima parte hacia los
parientes, considerándolo impugnable puesto que no ejecutaba el ofiicium pietatis
(deber familiar).
Es el tribunal de los centumviri, quien se hace cargo de la situación con
carácter judicial, teniendo la capacidad de declarar los testamentos inoficiosos si en
dada la circunstancia no favorece al familiar, sin embargo se crea una jurisprudencia y
legislación permitiendo el ejercicio de un derecho de legítimas, el cual concede por la
querela inofficiosi testamenti,
Sucesión contra el testamento, Derecho Justinianeo: Instituye que las
desheredaciones deben realizarse individualmente, se le reconoce el incremento de la
porción de un tercio a un cuarto. Finalmente complementa y reúne las reglas de la
sucesión forzosa en la Novela 115.
Establece un sistema legal, donde argumenta que todo descendiente o
ascendiente no puede quedar excluido, si se deseaba desheredarlo se debía dar una
causa justificable precedida en la carta magna, siendo una de ellas: el atentado contra
la vida, herejía, adulterio con la mujer des testador y el no pagar la liberación del que
se encontraba en cautiverio.
Una querella: es un acto que puede ser ejercido por un particular o un fiscal ante un
tribunal o un juez como una acción penal contra personas a las que acusa por
un delito
4. La querella inofisiosa testamentaria: Así pues, aquéllos parientes con derecho a
la portio legitima, que no habían sido contemplados en el testamento (bien
preteridos, bien desheredados) sin motivo justificado (por ejemplo, haber atentado
contra la vida del testador), podían ejercitar contra los instituidos, en un plazo de
cinco años, una acción llamada querella inofficiosi testamenti para impugnar el
testamento por inoficioso.
La donación: En Derecho romano es un acto mediante el cual una persona
(donante) disminuye su patrimonio, con fines de liberalidad, en favor de otra (
donatario), que incrementa el suyo en la medida que disminuye el del donante.
Origen: La donación no creaba obligaciones como tal, y sólo era una causa (causa
donationis) que constituía el requisito esencial de todo acto jurídico empleado para
efectuar la donación. Más claro, la donación no era un específico negocio jurídico,
sino una causa que cualificaba una serie de negocios jurídicos a través de los cuales se
operaba la donación: así, si yo dono una cosa a otro y le transmito la propiedad
mediante traditio, justa causa de ésta será la donación.
Caracteres: La donación se clasifica como un contrato principal, consensual,
traslativo de dominio, unilateral, gratuito, en principio irrevocable, entre vivos y,
habitualmente, instantáneo y formal solemne.
Otra característica de este contrato es que el donante no será responsable de evicción
a menos que se haya obligado expresamente o que la donación sea con cargo.
5. Elementos de validez
a)La capacidad. La regla general en materia para contratar, es que "Son hábiles
para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley".
b)La forma. El contrato de donación "puede hacerse verbalmente o por
escrito" según que los bienes que comprenda sean muebles o inmuebles, y
según también el valor que tengan los primeros; esto es el contrato puede ser
consensual o formal.
Tratándose de bienes muebles, las reglas son las siguientes
Si su valor es a una cuantía menor, la donación será verbal, y por tanto
consensual.
Si el valor excede de una cuantía menor pero no asciende a una cantidad mayor,
la donación debe hacerse por escrito.
Si excede del valor medio, la donación se reducirá a escritura publica.
Si lo que se dona es un bien inmueble; En algunas leyes civiles, se establece que
la donación se hará en la misma forma que para su venta exige la ley.
6. Los legados: El legado es una donación dejada por testamento.
Legado, en su origen su objetivo consistía de realizar atribuciones del caudal hereditario a
titulo particular: una especie de regalo que hace el testador para después de su muerte y
que ha de pagar o entregar el heredero.
Consideraciones Generales De Los Legados
El legado es una disposición contenida en el testamento a título particular, con las que el
testador deja a voluntad propia parte e su herencia.
Sujetos y Objetos de los Legados
En el legado intervienen tres sujetos: el testador o el que lega, el heredero o gravado, y el
legatario o beneficiado con el legado. En el derecho clásico, el que lega es el que hace el
testamento., el derecho justinianeo el legado puede hacerse también en un codicilo, como
consecuencia de su equiparación al fideicomiso.
Adquisición del Legado
El legatario no puede hacer suyo legado hasta que el heredero no adquiera la herencia.
Para evitar el riesgo de que el legatario muriese antes de la aceptación del heredero
voluntario, los juristas entendieron que, desde el momento de la muerte del testador o de
la apertura del testamento, el legatario adquiere una expectativa, trasmisible a los
herederos. A estos efectos, los juristas distinguen el tiempo en que “
cede el día” (diescedens), es decir, cuando se inicia la expectativa del legatario, y el día
que hay que esperar para que “venga” (dies veniens), que es cuando el heredero adquiere
definidamente la herencia y el legatario legado
7. Limitaciones Legales De Los Legados
Antiguamente era lícito agotar todo el patrimonio con los legados y las manumisiones, y
dejar al heredero tan sólo el vacío nombre de tal; así parecía permitirlo la ley de las XII
tablas, por la que establecía que tenía valor toda disposición sobre el propio patrimonio
hecha en el testamento.
El fideicomiso: Como indica la misma palabra, comenzó siendo una disposición de
última voluntad mediante la cual el disponente rogaba, encomendaba (commitere) a la
buena fe y lealtad (fidei) de una persona de confianza, que realizara un encargo a favor de
un tercero. Aunque el fideicomiso, dada su enorme ductilidad y adaptabilidad a cualquier
fin que quisiera el testador, y dada la exclusión de formalidades, representaba enormes
ventajas respecto al legado, no logró desbancarlo sino que ambas instituciones
convivieron durante mucho tiempo.
La herencia: En el derecho romano consistía en repartir el patrimonio de cuyus o
paterfamilias, a las personas que estaban bajo su potestad, directamente sometidos a él.
Herencia es el conjunto patrimonial transmisible, son los bienes, derechos y obligaciones
dejados por fallecido.
Los codicilos: Eran documentos que contenían una o más disposiciones testamentarias,
excepto la institución de heredero o la desheredación. Consistían en actos de última
voluntad que, originariamente no estaban sometidos a las solemnidades del testamento
(sellos, testigos, etc.), pudiendo incluso revestir la forma de carta. Con posterioridad, y a
la vista de una constitución de Teodosio II del 424 (C. Th. 4, 4, 7), algunas formalidades
propias del testamento fueron extendidas a los codicilos, por ejemplo la presencia de siete
testigos, que Justiniano redujo al número de cinco.