EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL
12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 1
SEMANA 04
SEMANA 04 - CONTENIDO
► Sustentación de la guía práctica
 Guía Práctica N°03. Proceso de la certificación ambiental.
► Desarrollo de la sesión de aprendizaje
 Proceso de la certificación ambiental
► Evaluación individual
 Cuestionario (duración 40 minutos).
► Indicaciones Guía Práctica N°04
 Descripción del proyecto.
Contenido de la sesión de aprendizaje
S4
12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 2
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 3
SCREENING
Proyectos de inversión Proyectos de inversión
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 4
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
EIA required
EIA not required
EIA may be required
Guidance on Screening
(Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 5
Identifica los impactos ambientales
más significativos
Identifica las fuentes de información
y la recopilación de datos
Establece el contenido y alcance
de la evaluación ambiental
Proyectos
de inversión
SCREENING
Determina el tiempo y la extensión
que su análisis requiere
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
Guidance on Scoping
(Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 6
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
The Developer, or the expert(s) on his behalf, carries
out the assessment. The outputs of the assessment are
presented in the EIA Report which contains:
information regarding the project, the Baseline
scenario, the likely significant effect of the project, the
proposed Alternatives, the features and Measures to
mitigate adverse significant effects as well as a Non-
Technical Summary and any additional information
specified in Annex IV of the EIA Directive.
The Directive provides that Developers may request a
Scoping Opinion from the Competent Authority which
identifies the content and the extent of the assessment
and specifies the information to be included in the EIA
Report.
The Competent Authority makes a decision about
whether EIA is required. At the end of this stage, a
Screening Decision must be issued and made public.
During construction and operation phase of the project
the Developer must monitor the significant adverse
effects on the environment identified as well as
measures taken to mitigate them.
The Competent Authority makes the EIA Report
available to authorities with environmental
responsibilities, local and regional authorities and to
other interested organisations and the public for
review. They are given the opportunity to comment on
the project and its environmental effects.
Monitoring
(as appropriate)
Decision Making and
Development
Consent
The Competent Authority examines the EIA report
including the comments received during consultation
and issues a Reasoned Conclusion on whether the
project entails significant effects on the environment.
This must be incorporated into the final Development
Consent decision.
The public is informed about the Development Consent
decision.
Information on
Development
Consent
Screening
(as appropriate)
Scoping
(as appropriate)
EIA Report
Information and
Consultation
Guidance on the preparation of the Environmental
Impact Assessment Report
(Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
12/09/2022 Docente: Heiner Amado
Define proposal
SCREENING Prepare initial
Environmental Evaluation
(Project classified according to
environmental sensitivity)
No EIA
requiered
EIA requiered
SCOPING Define issues make
major revisions to proposal (define
terms of reference for full EIA)
Prediction and mitigation
Identify impacts Propose
“design” changes and
mitigation measures.
Prepare draft Environmental
Impact Statement
Prepare final EIS
MANAGEMENT AND MONITORING
AUDIT Assess
EIA process
Public, scientific,
community and
decision makers
participate
Public informed
and consulted
Review of EIS by
regulatory authority
and public
Prefeasibility
studies
Feasibility
studies
Detailed
design and
preparation
Public participation
Implementation
Operation and
management
EIA process
http://www.fao.org/3/V8350E/v8350e06.htm
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 8
Presentación de la solicitud
Clasificación de la acción
Evaluación del instrumento
de gestión ambiental
Resolución
Seguimiento y control
El titular presenta la solicitud de clasificación (evaluación preliminar,
propuesta de clasificación, términos de referencia)
La autoridad competente ratifica o modifica la propuesta de clasificación, pudiendo expedir la
certificación ambiental, para el caso de la categoría I. Para la categoría II y III aprueba los términos de
referencia, para la elaboración del estudio de impacto ambiental correspondiente.
Culminada la evaluación la autoridad competente elabora un informe técnico-legal que sustente la
evaluación indicando las consideraciones que apoyan la decisión. Dicho informe será público.
Una vez admitida a trámite la Autoridad Competente evaluará el contenido del instrumento de
gestión ambiental. Asimismo, solicitará la opinión de otros organismos y garantizar la difusión
partes interesadas puedan tomar conocimiento de su contenido.
Las acciones de seguimiento y control comprenden la Supervisión, Fiscalización,
Sanción, Vigilancia.
"Artículo 6 de la Ley del SEIA. Procedimiento para la certificación ambiental. Artículo modificado por el Decreto Legislativo Nº 1078
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 9
Para qué sirve el
listado de
Inclusión de los
Proyectos de
Inversión sujetos al
SEIA
LISTADO DE INCLUSIÓN
Paso inicial
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 10
LISTADO DE
INCLUSIÓN
Tiene como finalidad indicar las tipologías de proyectos
que requieren contar con la certificación ambiental
antes de iniciar sus actividades, y establecer los
parámetros, umbrales o escenarios a partir del cual un
proyecto requiere contar con certificación ambiental.
Listado de inclusión
Anexo II del Reglamento de la
Ley del SEIA.
Listado de inclusión de proyectos
de inversión comprendidos en el
SEIA
DS N° 009-2009-MINAM
Actualización
Primera actualización del listado de
inclusión de los proyectos de
inversión sujetos al Sistema
Nacional de Evaluación de
Impacto Ambiental
RM N° 157-2011-MINAM
Modificaciones
RM 298-2013-MINAM Agricultura
RM 300-2013-MINAM Saneamiento
RM 186-2015-MINAM Comunicaciones
RM 383-2016-MINAM Saneamiento
RM 159-2017-MINAM Comercio interno
RM 276-2017-MINAM Exploración minera
RM 190-2019-MINAM Salud – Residuos sólidos
RM 202 2019 MINAM Agricultura y riego
RM 023-2020-MINAM Vivienda
RM 129-2020-MINAM Industria
RM 076-2021-MINAM Comunicaciones
RM 104-2021-MINAM Pesca y acuicultura
RM 135-2021-MINAM Justicia, educación y cultura
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 11
Se encuentra en
el listado
No se encuentra
en el listado
Proyecto de
inversión
Si Requiere
Certificación
Ambiental
Proyectos, actividades, obras y otros no comprendidos en el SEIA
Deben ser desarrollados de conformidad con el marco legal vigente, debiendo el titular
cumplir todas las normas generales emitidas para el manejo de residuos sólidos, aguas,
efluentes, emisiones, ruidos, suelos, conservación del patrimonio natural y cultural,
zonificación, construcción y otros que pudieran corresponder.
Artículo 23 del
Reglamento de la ley
del SEIA
No Requiere
Certificación
Ambiental
Elaborar
estudio
ambiental
Ejecución
proyecto
(FTA, FITSA, IGA)
Listado de inclusión de
proyectos sujetos al SEIA
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 12
Cuando atendiendo a las
características comunes o similares
de los proyectos, la autoridad
ambiental establece previamente
en una norma una clasificación
de los mismos. Se debe contar con
Términos de Referencia (TdR) para
cada grupo de proyectos.
Modalidades para establecer la
clasificación de los proyectos
de inversión sujetos al SEIA
CLASIFICACIÓN ANTICIPADA
Cuando no existe clasificación
anticipada para un tipo de proyecto,
el titular debe presentar una EVAP
para determinar la categoría del
proyecto, cuya evaluación estará a
cargo de la autoridad ambiental
competente. Así como la aprobación
de los Términos de Referencia (TdR)
específicos.
EVALUACIÓN PRELIMINAR-EVAP
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 13
TITULAR AUTORIDAD
Proyecto de Inversión
sujeto al SEIA
Cuando el sector no ha aprobado la clasificación
anticipada o el proyecto no se ajusta a las
tipologías aprobada, el titular debe solicitarla
clasificación mediante la EVAP.
Emite Resolución
de Clasificación
EVAP
Evaluación
Preliminar
TITULAR
Elabora el Estudio Ambiental
considerando la categoría y
los términos de referencia
aprobados
EIA
TDR
Clasificación
anticipada
Términos de
referencia comunes
La autoridad ambiental establece la clasificación y aprueba los TDR para actividades comunes
Clasificación mediante la Evaluación Preliminar (EVAP) EIA
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 14
Proyectos de inversión Proyectos que requieren EIA
DIA EIA-sd EIA-d
Clasificación
anticipada
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 15
N° Proyecto de inversión Categoría
01 Proyecto tipo A EIA-d
02 Proyecto tipo B EIA-sd
03 Proyecto tipo C EIA-sd
04 Proyecto tipo D DIA
05 Proyecto tipo E DIA
Clasificación anticipada
1. Resumen ejecutivo
2. Antecedentes
3. Marco legal
4. Descripción del proyecto
5. Línea base
6. Participación ciudadana
7. Plan de manejo ambiental
8. Plan de cierre
9. anexos
Términos de Referencia
Sector
Minería (explotación)
Electricidad
Transportes
Comunicaciones
Industria y Comercio interno
Pesca y Acuicultura
Vivienda y Saneamiento
Residuos sólidos
Turismo
Salud
Defensa
Reglamento de protección o
gestión ambiental
Clasificación
anticipada
2014 2014
Hidrocarburos 2014 2014
2019 2019
Minería (exploración) 2017 2017
2017 2019
-
- -
-
-
Agricultura y Riego 2012
-
2015 2015
2019
2017
2012
2017 2017
- No
-
No
Leyenda: Tiene En proceso No tiene
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 16
N° Criterio de protección ambiental Alto Medio Bajo
1 Salud de las personas X
2 Calidad ambiental X
3 Recursos naturales X
4 Áreas naturales X
5 Diversidad biológica X
6 Pueblos indígenas X
7 Espacios urbanos X
8 Patrimonio arqueológico X
Total 1 4 3
Propuesta de categoría EIA-sd
TABLA DE RESULTADOS.
• Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “ALTO” se requiere EIA-d.
• Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “MEDIO” se requiere EIA-sd.
• Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “BAJO” se requiere DIA.
CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN
• Para la clasificación de los proyectos de
inversión, la Autoridad Competente toma
en consideración los criterios establecidos
en el Anexo V del Reglamento de la Ley
del Sistema Nacional de Evaluación del
Impacto Ambiental, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 17
Asigna la Categoría I, aprobando la EVAP, que constituye
la Declaración de Impacto Ambiental, es decir, otorgar en
dicho supuesto la correspondiente certificación ambiental
de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley N°
27446, Ley del Sistema Nacional del Impacto Ambiental.
Asigna la Categoría II o III, aprobando la EVAP, los Términos
de Referencia aplicables al proyecto, plan de participación
ciudadana y las autorizaciones de investigación, estudios o
evaluación que correspondan incluyendo las condiciones y
obligaciones relacionadas a dichas autorizaciones.
12/09/2022
¿Qué contiene la
resolución de
clasificación de
una EVAP?
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022
Docente: Heiner Amado
18
PROYECTO DE
INVERSIÓN
_________________________________ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ _____
Titular del Proyecto
Listado de
inclusión
* FTA
** IGA
No
Si
Revisar Determinar
categoría
Clasificación
anticipada
Revisar Si
No
Verificar TdR
Clasificación
mediante EVAP
Categoría I. DIA
Categoría II. EIA-sd
Categoría III. EIA-d
Certificación
Ambiental
1. Asigna Categoría.
2. Términos de referencia
3. Plan de participación ciudadana
4. Autorizaciones de investigación
TdR
comunes
Elaborar EIA
Si
No
Cuenta con
Presentar EIA para
evaluación
Admisibilidad
Evaluación del EIA
Observaciones
Certificación
Ambiental
No Presenta
Titular &
Consultora
absuelven
Observaciones
Si
 Autoridad Ambiental
 Opinantes Técnicos
 Entidades Autoritativas
 Participación ciudadana
 Otros
El Titular y la consultora elaboran
el EIA según los TdR aprobados.
La AC categoriza según los
criterios de protección ambiental.
Inicio de Obra
La AC emite resolución
sustentado en un
informe técnico legal
Presentar absolución de observaciones para evaluación
Desaprobado
La AC emite resolución
sustentado en un
informe técnico legal
No
conforme
Seguimiento y
Control
No inicia obra en 5
años, pierde vigencia
certificación ambiental
TITULAR
Cumplir
compromisos y
obligaciones
ambientales
Velar por el
cumplimiento de
obligaciones
ambientales
OEFA
EFA
Inicio
de Obra
Cumplir normas
generales
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 19
 Denominación del proyecto: ”Mejoramiento de los servicios de agua potable y
alcantarillado en el Centro Urbano del distrito de Ninacaca - provincia de
Pasco - Pasco”.
 Población beneficiaria: 4,275 (proyección según Censo INEI, 2018).
 Descripción del proyecto: el proyecto tiene como objetivo mejorar el Sistema
de agua potable en el del distrito de Ninacaca, así como dotar de un
adecuado sistema que garantice la calidad, continuidad, cobertura y
Satisfacer la necesidad de desagüe permitiendo reducir la pobreza y mejorar
la calidad de vida de la población.
 Titular del proyecto: Municipalidad Distrital de Ninacaca.
 Ubicación del proyecto: distrito de Ninacaca, provincia de Pasco,
departamento e Pasco.
 Ubicación en sitios sensibles: el proyecto se ubica en la Zona de
Amortiguamiento de la Reserva Nacional Junín.
CASO PRÁCTICO: Proyecto “Saneamiento”
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 20
Distrito de Ninacaca, Pasco Ubicación del proyecto con sitios sensibles
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 21
N° Tipo de proyecto Clasifica
Evalúa y aprueba estudio ambiental
EIA-d EIA-sd DIA
01
Represamiento de agua para
potabilización
MVCS MVCS MVCS MVCS
02
Proyectos Integrales de Agua y
Saneamiento para poblaciones mayores
a 15,000 habitantes.
MVCS MVCS MVCS MVCS
03
Proyectos Integrales de Agua y
Saneamiento o la ejecución parcial de
cualquiera de sus componentes que se
ubiquen en Áreas Naturales Protegidas
(ANP) o Zonas de Amortiguamiento, así
como zonas donde se haya
comprobado la presencia de restos
arqueológicos.
MVCS MVCS MVCS MVCS
04
Sistemas de Tratamiento y Disposición
Final de aguas residuales domésticas o
municipales para poblaciones mayores
a 15,000 habitantes
MVCS MVCS MVCS MVCS
https://www.gob.pe/institucion/minam/informes-publicaciones/308471-listado-de-inclusion-de-proyectos-de-inversion-sujetos-al-seia
Revisar el listado de inclusión
de proyectos de inversión
sujetos al SEIA.
1
Paso
Si requiere
certificación
ambiental
Determinar si el proyecto
requiere certificación
ambiental e identificar a la
autoridad competente
Listado de inclusión de proyectos de inversión sujetos al SEIA
No se encuentra
en el listado
Si se encuentra
en el listado
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 22
Revisar si el sector ha elaborado
una clasificación anticipada
2
Paso
No tiene
clasificación
anticipada
Si tiene
clasificación
anticipada
Determinar la categoría de
estudio ambiental que
corresponde al proyecto
N°
Proyectos sujetos
al SEIA
Características
similares o
comunes
Categoría
(DIA, EIA-sd,
EIA-d)
Condiciones para asignar
la Categoría
9
Proyectos
Integrales de
Agua y
Saneamiento o la
ejecución parcial
de cualquiera de
sus componentes
que se ubiquen en
Áreas Naturales
Protegidas (ANP) o
Zonas de
Amortiguamiento,
así como zonas
donde se haya
comprobado la
presencia de
restos
arqueológicos.
Ejecución parcial
de cualquiera de
los componentes
de un
proyecto integral
de agua y
saneamiento.
EIA-sd
En caso de proyectos para poblaciones mayores
a 15 000 habitantes que cumplan por lo menos
una de las siguiente condiciones:
 Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP.
 Se encuentre en zonas donde se haya
comprobado la presencia de restos
arqueológicos.
DIA
En caso de proyectos para poblaciones menores
o iguales a 15 000 habitantes que cumplan por lo
menos una de las siguiente condiciones:
 Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP.
 Se encuentre en zonas donde se haya
comprobado la presencia de restos
arqueológicos.
Proyectos integrales
de agua y
saneamiento para
poblaciones
menores a 15 000
DIA
En caso de proyectos para poblaciones menores
o iguales a 15 000 habitantes que cumplan las
siguiente condiciones:
• Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP; y,
• Se encuentre en zonas donde se haya
comprobado la presencia de restos
arqueológicos.
ANEXO II (DS Nº 020-2017-VIVIENDA)
Clasificación anticipada de proyectos que presentan características comunes o
similares de competencia del sector saneamiento
Le corresponde
categoría I
(DIA)
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 23
Términos de Referencia para formular la
Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para
proyectos integrales de agua y saneamiento
para poblaciones iguales o menores a 15 000
habitantes, ubicados en ecosistemas frágiles
(TdR 8 – RM 436-2017-VIVIENDA)
3
Paso
No tiene tdr
común
Si tiene tdr
común
Revisar si el sector ha
aprobado términos de
referencia comunes
Le corresponde
el TdR 8
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 24
4
Paso
Categoría I - DIA
Elaboración del estudio
ambiental El titular del proyecto debe
contratar a una consultora
ambiental registrada para
que elabore el estudio
ambiental aplicable al
proyecto, para luego
presentar a la autoridad
competente para su
evaluación.
TDR 8
Titular del Proyecto &
Consultora Ambiental
Aprobados
por
la
autoridad
Declaración
de Impacto
Ambiental
Proyecto: ”Mejoramiento de los servicios de agua potable
y alcantarillado en el Centro Urbano del distrito de
Ninacaca - provincia de Pasco - Pasco”.
Elaborado por:
Abril, 2022
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 25
5
Paso
MVCS
(DGAA)
Evaluación del estudio
ambiental
Subsanación de
observaciones
Opiniones técnicas
Autoridad Ambiental
Competente
DIA Proyecto
Saneamiento
Ninacaca
Participación ciudadana
Observaciones
Titular del
proyecto &
Consultora
Lev Obs DIA
(versión final)
Emisión de Resolución
AUTORIDAD
AMBIENTAL
COMPETENTE
El MVCS aun no le ha transferido las
competencias al SENACE para evaluar
estudios ambientales del subsector
saneamiento, tampoco le ha delegado
la competencia al GORE-Pasco.
Entidades
Opinantes
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 26
6
Paso
Emisión de
Resolución
Autoridad Ambiental
Competente
Certificación
Ambiental
Informe técnico legal
Desaprueba
el estudio
ambiental
Aprueba el
estudio
ambiental
Informe técnico-legal Resolución Directoral
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12/09/2022 Docente: Heiner Amado 27
7
Paso
Seguimiento y
control
Certificación Ambiental
del proyecto
Entidad de
Fiscalización
Ambiental
Situación del proyecto
No inicia
obra
Si inicia
obra
Pierde
vigencia al
5to año
Función de
evaluación
ambiental
Función de
supervisión
ambiental
Función de
fiscalización
y sanción
Función de
aplicaciónde
incentivos
MVCS
DGAA
PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 28
Proyecto de inversión no cuenta
con clasificación anticipada.
Titular considera que su proyecto
de inversión no corresponde a la
categoría asignada.
El Titular que pretende ejecutar
un proyecto de inversión sujeto
al SEIA, susceptible de generar
impactos ambientales negativos
significativos, debe presentar
una solicitud de clasificación de
su proyecto en los siguientes
supuestos:
De advertirse que el proyecto de inversión no corresponde a la
categoría asignada en el listado de Clasificación Anticipada, el Senace
puede solicitar la clasificación
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN
S4
PRESENTACIÓN DE LA
SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN Supuestos para presentar la solicitud de clasificación:
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 29
a) Formulario de solicitud de clasificación.
b) Versión digital EVAP (shapefile)
c) Versión digital propuesta de PPC
d) Versión digital propuesta de TdR
e) Descripción colecta de especies.
f) Pago por derecho de trámite.
La EVAP, la propuesta de PPC, la propuesta de TdR y anexos deben
ser suscritos por la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el
Titular del proyecto.
El Titular puede solicitar reuniones al Senace,
antes de presentar su solicitud de clasificación
REQUISITOS DE LA SOLICITUD
DE CLASIFICACIÓN
El Titular solicita la
clasificación de un proyecto
de inversión al Senace, a
través de la Plataforma EVA y
presentar los siguientes
documentos:
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S5
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 30
a)
EVAP cumple con la estructura prevista
en el Reglamento de la Ley del SEIA.
b)
PPC elaborado considerando las
disposiciones establecidas en el PUCA,
c)
Propuesta de TdR contiene información
prevista las disposiciones del PUCA.
Si la solicitud no cumple con requisitos, el
Senace traslada al Titular las observaciones
para su subsanación en un plazo de 10 dh,
prorrogables por única vez hasta 10 dh.
ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA
SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN
Ingresada la solicitud, el
Senace verifica el
cumplimiento de los requisitos
de la solicitud de clasificación.
Adicionalmente, revisa lo
siguiente:
De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la solicitud
de clasificación, poniendo en conocimiento al Titular, y continúa con la
evaluación.
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S6
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 31
EVALUACIÓN DE LA
SOLICITUD
1)
Admitida a trámite la solicitud, el Senace procede a solicitar las opiniones técnicas que
considere pertinentes.
2)
Las entidades opinantes tienen un plazo de 18 dh para formular observaciones o emitir
opinión técnica.
3)
De Existir observaciones, el Senace formula un informe de observaciones, incluyendo las
formuladas por opinantes y población interesada.
4)
El Titular tiene un plazo de 10 dh (+10) para subsanar observaciones. Debe presentar
una matriz de subsanación y versión actualizada de la EVAP
5)
El Senace remite la documentación a las entidades opinantes para la emisión de su
pronunciamiento definitivo en el plazo de 7 dh.
6)
El Senace procede a la emisión de un informe final que sustente la resolución de
clasificación, en el plazo 5 dh luego de recibido las OTD.
El Senace clasifica los proyectos
de inversión en un plazo de 40
dh, contados a partir del día
siguiente de admitida a trámite
la solicitud presentada por el
Titular.
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 32
a)
Sernanp, en caso el proyecto se localice en un
ANP, su ZA y/o ACR
b)
ANA, en caso el proyecto esté relacionado con el
recurso hídrico y sus bienes asociados.
c)
Otras autoridades según las particularidades del
proyecto.
OPINIONES TÉCNICAS
El Senace puede solicitar
opiniones técnicas. En el
informe final debe dar cuenta
de las opiniones recibidas; así
como, de su acogimiento y/o
desestimadas.
En caso Serfor, Sernanp y Produce formulen
opinión respecto del levantamiento de la línea
base del EIA, se constituyen a su vez en
entidades opinantes para la aprobación de los
Términos de Referencia, debiendo emitir un
documento consolidado.
Las entidades opinantes utilizan las matrices para la formulación de las
observaciones y el análisis de su levantamiento; así como la emisión de
su pronunciamiento definitivo. La entidad opinante debe circunscribir sus
observaciones a las materias de su competencia y fundamentarlas en
forma clara y concisa.
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 33
a)
Otorga la certificación ambiental en la categoría 1
(DIA) o desaprueba la solicitud.
b)
Asigna la categoría 2 (EIA-sd) o 3 (EIA-d),
aprueba los TdR, el PPC, las autorizaciones de
investigaciones, según corresponda.
RESULTADO DE LA
EVALUACIÓN
Como resultado de la
evaluación de la solicitud de
clasificación del proyecto de
inversión, el Senace emite
una resolución mediante la
cual:
La resolución que asigna la categoría
debe indicar las autoridades que
podrían emitir opinión técnica durante la
etapa de evaluación del EIA.
En caso se emita la resolución de
clasificación asignando una categoría
distinta a la propuesta por el Titular, el
Senace solicita a éste, iniciar el
procedimiento para la aprobación de los
TdR y el PPC correspondientes.
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 34
MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL
PROYECTO DE INVERSIÓN CLASIFICACDO
El Titular debe presentar
nuevamente la solicitud de
clasificación.
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S4
Modificación del diseño del proyecto.
Modificación de aspectos materiales del proyecto.
Modificación de aspectos técnicos del proyecto.
Modificación de aspectos ambientales.
Variación significativa de las otras condiciones.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 35
PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO
S4
RECURSOS IMPUGNATIVOS
El acto administrativo que se
emita al término del
procedimiento de aprobación
de clasificación del proyecto
de inversión.
Es susceptible de impugnación ante
el Senace en la vía administrativa,
de acuerdo con lo previsto en el
TUO de la LPAG y en el TUPA del
Senace.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 36
a)
En caso las autoridades competentes
no hayan aprobado TdR.
b)
La legislación sectorial exige la
presentación de TdR específicos.
c)
Cuando se haya clasificado en otra
categoría.
Los Términos de Referencia se elaboran de conformidad con la
normativa sectorial o en su defecto de acuerdo con lo establecido en
los Anexos 111 y IV del Reglamento de la Ley N º 27446,
PRESENTACIÓN DE LA
SOLICITUD
El Titular solicita la aprobación
de los Términos de Referencia
para la elaboración del EIA, o
de su modificación cuando
corresponda, en los siguientes
supuestos:
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
Supuestos para solicitar la aprobación de los TdR
PRESENTACIÓN DE LA
SOLICITUD DE APROBACIÓN DE
LOS TDR
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 37
a) Formulario de solicitud de TDR.
b) Versión digital de la propuesta de TDR.
c) Descripción colecta de especies.
d) Versión digital propuesta del PPC.
e) Pago por derecho de trámite.
El Titular solicita la aprobación
de los Términos de Referencia
al Senace, a través de la
Plataforma EVA y presentar
los siguientes documentos:
REQUISITOS PARA LA
PRESENTACIÓN DE LOS TDR
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
REQUISITOS PARA LA
PRESENTACIÓN DE LOS TDR
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 38
a)
Que la propuesta de TdR presente la
descripción del proyecto, línea base,
posibles impactos, medidas preliminares.
b)
Que el PPC se encuentre elaborado
considerando el contenido establecido
en las disposiciones del PUCA.
Si la solicitud no cumple con requisitos, el
Senace traslada al Titular las observaciones
para su subsanación en un plazo de 10 dh,
prorrogables por única vez hasta 10 dh. De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la solicitud
de aprobación de los TdR, comunicándolo al Titular, y continúa con la
evaluación.
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
Ingresada la solicitud de
aprobación de TdR, el Senace
verifica el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el
TUO de la LPAG.
Adicionalmente, revisa lo
siguiente:
REQUISITOS PARA LA
PRESENTACIÓN DE LOS TDR
ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA
SOLICITUD DE APROBACIÓN
DE LOS TDR
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 39
1)
Admitida a trámite la solicitud, el Senace procede a solicitar las opiniones técnicas que
considere pertinentes.
2)
Las entidades opinantes tienen un plazo de 18 dh para formular observaciones o emitir
opinión técnica.
3)
El Senace formula un informe de observaciones, incluyendo las formuladas por opinantes y
población interesada.
4)
El Titular tiene un plazo de 10 dh (+10) para subsanar observaciones. Debe presentar una
matriz de subsanación y versión actualizada de los TdR y PPC.
5)
El Senace remite la documentación a las entidades opinantes para la emisión de su
pronunciamiento definitivo en el plazo de 7 dh.
6)
El Senace procede a la emisión de un informe final que sustente la resolución de aprobación
de los TdR, en el plazo 5 dh luego de recibido las OTD.
El Senace evalúa la solicitud de
aprobación de los TdR en un plazo
de 30 dh, contados a partir del día
siguiente de admitida a trámite la
solicitud presentada por el Titular
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
EVALUACIÓN DE LA
SOLICITUD DE
APROBACIÓN DE
LOS TDR
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 40
a) Aprueba los Términos de Referencia.
b) Aprueba el PPC.
c)
Incorpora las autorizaciones de
investigaciones.
Como resultado de la evaluación,
cuando las observaciones
formuladas hayan sido absueltas,
y se cuente con las opiniones
técnicas favorables, el Senace
emite una resolución mediante la
cual:
Cuando el Titular no haya subsanado las
observaciones formuladas a la propuesta de
Términos de Referencia presentada, el Senace
emite una resolución desaprobatoria.
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
RESULTADO DE LA
EVALUACIÓN DE APROBACIÓN
DE LOS TDR
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 41
RECURSOS IMPUGNATIVOS
El acto administrativo que se emita
at término del procedimiento de
aprobación de los Términos de
Referencia
Es susceptible de impugnación ante el
Senace en la vía administrativa, de
acuerdo con lo previsto en el TUO de la
LPAG y en el TUPA del Senace.
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 42
a)
El Titular o el Senace pueden solicitar la
modificación de los TdR, en caso el proyecto
varíe en su diseño, magnitud, alcance u otro
factor, antes del inicio o durante la
elaboración del EIA.
b)
La modificación de los TdR solo procede hasta
antes de la presentación de la solicitud de
evaluación del EIA, conllevando la
modificación del PPC, en caso corresponda.
PROCEDIMIENTO DE
MODIFICACIÓN DE LOS
TÉRMINOS DE REFERENCIA
PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR
S4
En caso el proyecto de inversión varíe en
su diseño, magnitud, alcance u otro factor,
antes del inicio o durante la elaboración del
EIA, el Senace puede solicitar la
modificación de los Términos de
Referencia.
El procedimiento de evaluación de la solicitud de modificación de los Términos
de Referencia se rige conforme con lo establecido para la aprobación de los
TDR.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 43
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
a) Formulario de solicitud de aprobación del EIA.
b) Versión digital del EIA, archivo shapefile.
c) Versión digital del Resumen Ejecutivo del EIA.
d) Versión digital de los mecanismos de PPC.
e) Versión digital de la documentación adicional.
f) Pago por derecho de trámite.
El EIA, anexos y demás documentación complementaria deben estar suscritos
los profesionales responsables de su elaboración, así como por el
representante legal de la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el
titular.
REQUISITOS DE LA SOLICITUD
DE CLASIFICACIÓN
El Titular solicita la aprobación
del EIA al Senace, a través de
la Plataforma Informática,
cumpliendo con presentar los
siguientes documentos:
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 44
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
a)
Que el contenido del EIA es concordante
con los TdR y demás normas aplicables.
b)
Que el contenido del Resumen Ejecutivo
cumple con lo establecido en la norma.
c)
Ejecución de los mecanismos del PPC antes
y durante la elaboración del EIA.
Si la solicitud no cumple con lo señalado, el Senace
traslada al Titular las observaciones para su
subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por
única vez hasta 10 dh.
ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA
SOLICITUD DE APROBACIÓN DEL EIA
Ingresada la solicitud de
aprobación del EIA en la
Plataforma Informática, el Senace
verifica el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el TUO
de la LPAG. Adicionalmente, revisa
lo siguiente:
De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite el EIA, comunica al
Titular la conformidad del Resumen Ejecutivo y continua con la evaluación.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 45
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
El Titular entrega a cada GORE y GOLO del AI del proyecto 1 ejemplar
del EIA y el RE. Asimismo, entrega a las comunidades 1 ejemplar del EIA
y 5 ejemplares del RE, en un plazo de 5 dh.
DIFUSIÓN DEL EIA Y
RESUMEN EJECUTIVO
Obtenida la conformidad al
Resumen Ejecutivo.
Si la población del AI del proyecto hable una o varias lenguas originarias,
el Titular debe remitir el RE en castellano y en las lenguas originarias
identificadas.
El Senace puede solicitar que el RE sea presentado en versión
audiovisual o en cualquier otro medio, en castellano o en lengua
originaria, sustentado en la información de línea base.
El Titular debe desarrollar una estrategia de comunicación, ya sea escrita,
oral y/o audiovisual, en castellano o en lengua originaria, que facilite la
comprensión del RE y el proyecto.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 46
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
OPINIONES TÉCNICAS
En los procedimientos de
aprobación del EIA, el Senace
solicita la opinión técnica
vinculante de las siguientes
entidades.
a) SERNANP – proyecto ubicado en un ANP, ZA o ACR.
b) ANA – proyecto relacionado con el recurso hídrico.
c) SERFOR – Proyecto ubicado en concesiones forestales.
d) MINCUL – proyecto ubicado en una RT o RI.
e) Oras entidades de acuerdo a lo señalado por Ley.
 El Senace solicita las opiniones técnicas no vinculantes, conforme a lo establecido en la
legislación de la materia aplicable y cuando así lo considere.
 Las entidades opinantes utilizan las matrices para la formulación de observaciones y el análisis
de su levantamiento; así como del pronunciamiento definitivo.
 Las entidades opinantes deben circunscribir sus observaciones a las materias de su
competencia y deben estar debidamente fundamentadas.
 El Senace necesita la calificación de favorable de las opiniones técnicas vinculantes para
aprobar el EIA.
 Las opiniones no vinculantes no afectan la continuación del procedimiento del EIA;
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 47
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
DIFUSIÓN DEL LEVANTAMIENTO DE
OBSERVACIONES AL EIA
a) GORE y GOLO del AI del proyecto.
b) Comunidades nativas y/o campesinas ubicadas en el AI.
c) Otras a la que se le haya enviado previamente el EIA.
El Titular remite 1 ejemplar, en versión física y
digital, del LO junto con la versión actualizada del
EIA, para disposición de la ciudadanía, en un
plazo máximo de 7 dh de haber sido presentado
ante el Senace, ante las siguientes entidades:
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 48
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
EN EL ÁREA DEL PROYECTO
De comprobarse la construcción total o parcial de algún
componente o la realización de alguna actividad en el área
del proyecto, el Senace declara la improcedencia
correspondiente y traslada a la Autoridad de Fiscalización
Ambiental competente los resultados de la verificación
efectuada.
El Senace puede realizar verificaciones de la
información consignada por el Titular en el área
del proyecto. Para tal efecto, el Titular debe
brindar facilidades para el ingreso al área del
proyecto.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 49
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
REUNIONES DE COORDINACIÓN
DURANTE EL PROCEDIMIENTO
DE APROBACIÓN DEL EIA
El Senace puede realizar reuniones de coordinación con el
Titular, la consultora ambiental y con las entidades
opinantes durante el procedimiento de aprobación del EIA,
de oficio o a pedido de parte, con la finalidad de brindar
asistencia sobre los alcances del procedimiento.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 50
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
INFORMACIÓN PRESENTADA EN
EL PROCEDIMIENTO DE
APROBACIÓN DEL EIA
El Titular puede efectuar cambios en el diseño del proyecto
de inversión solo en tanto éstos no afecten la evaluación
ambiental ya iniciada, esto es, que no deba requerirse
nuevamente opiniones técnicas y, además, pueda
cumplirse los plazos del procedimiento o la finalidad de la
participación ciudadana.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 51
PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA
S4
RECURSOS IMPUGNATIVOS
El acto administrativo que se emita al término del
procedimiento de aprobación del EIA es susceptible de
impugnación ante el Senace en la vía administrativa, de
acuerdo con lo previsto en el TUO de la LPAG y en el
TUPA del Senace.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 52
PRESENTACIÓN DE LA
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN
DEL EIA
El Titular de un proyecto de inversión debe presentar ante
el Senace, una solicitud de modificación del EIA, sobre la
base de los TdR aprobados; y, en caso no se hayan
aprobado el Titular deberá solicitar la aprobación de éstos
conforme al procedimiento regulado.
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 53
a) Formulario de solicitud de modificación del EIA.
b) Versión digital de la MEIA, archivo shapefile.
c) Versión digital del Resumen Ejecutivo de la MEIA.
d) Versión digital de los mecanismos de PPC.
e) Versión digital de la documentación adicional.
f) Pago por derecho de trámite.
La MEIA, anexos y demás documentación complementaria deben estar suscritos los
profesionales responsables de su elaboración, así como por el representante legal
de la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el titular.
REQUISITOS DE LA SOLICITUD
DE MODIFICACIÓN DEL EIA
El Titular solicita la modificación
del EIA al Senace, a través de
la Plataforma EVA y presentar
los siguientes documentos:
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA
S4
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 54
a)
Contenido concordante con los TdR.
b)
Que el contenido del Resumen Ejecutivo
cumple con lo establecido en la norma.
c)
Ejecución de los mecanismos del PPC antes
y durante la elaboración del EIA.
Si la solicitud no cumple con lo señalado, el Senace
traslada al Titular las observaciones para su
subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por
única vez hasta 10 dh.
ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL
EIA
Ingresada la solicitud de
aprobación de la MEIA en la
Plataforma Informática, el Senace
verifica el cumplimiento de los
requisitos establecidos en el TUO
de la LPAG. Adicionalmente, revisa
lo siguiente:
De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la MEIA, comunica
al Titular la conformidad del Resumen Ejecutivo y continua con la evaluación.
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA
S4
Información referida a la MEIA.
Nueva caracterización de impactos.
Nuevas medidas y planes de manejo.
12 de septiembre de 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 55
EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD
DE MODIFICACIÓN DEL EIA
Son aplicables al procedimiento de modificación del EIA las
disposiciones generales aplicables para la evaluación del
EIA-sd y el EIA-d.
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA
S4
Consultas y
comentarios
GP-04. Descripción del Proyecto.
Guía Práctica
S4
12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 57
Propósito:
El estudiante será capaz de analizar
y describir las principales
actividades del proyecto en cada
una de las etapas (planificación,
construcción, operación,
mantenimiento, cierre y abandono).
Fecha de entrega:
 Viernes 11:55 pm.
Indicaciones: desarrollar los siguientes ítems:
 Antecedentes del proyecto.
 Necesidad y propósito.
 Información sobre el titular del proyecto.
 Ubicación del proyecto.
 Vías de acceso.
 Componentes del proyecto.
 Descripción de las etapas del proyecto.
 Estimación de aspectos y recursos del proyecto.
 Cronograma y presupuesto.
12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 58
12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 59

S-04-Proceso de Certificación Ambiental.pdf

  • 1.
    EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 12/09/2022Docente: Ing. Heiner Amado 1 SEMANA 04
  • 2.
    SEMANA 04 -CONTENIDO ► Sustentación de la guía práctica  Guía Práctica N°03. Proceso de la certificación ambiental. ► Desarrollo de la sesión de aprendizaje  Proceso de la certificación ambiental ► Evaluación individual  Cuestionario (duración 40 minutos). ► Indicaciones Guía Práctica N°04  Descripción del proyecto. Contenido de la sesión de aprendizaje S4 12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 2
  • 3.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 3 SCREENING Proyectos de inversión Proyectos de inversión PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 4.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 4 PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4 EIA required EIA not required EIA may be required Guidance on Screening (Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
  • 5.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 5 Identifica los impactos ambientales más significativos Identifica las fuentes de información y la recopilación de datos Establece el contenido y alcance de la evaluación ambiental Proyectos de inversión SCREENING Determina el tiempo y la extensión que su análisis requiere PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4 Guidance on Scoping (Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
  • 6.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 6 PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4 The Developer, or the expert(s) on his behalf, carries out the assessment. The outputs of the assessment are presented in the EIA Report which contains: information regarding the project, the Baseline scenario, the likely significant effect of the project, the proposed Alternatives, the features and Measures to mitigate adverse significant effects as well as a Non- Technical Summary and any additional information specified in Annex IV of the EIA Directive. The Directive provides that Developers may request a Scoping Opinion from the Competent Authority which identifies the content and the extent of the assessment and specifies the information to be included in the EIA Report. The Competent Authority makes a decision about whether EIA is required. At the end of this stage, a Screening Decision must be issued and made public. During construction and operation phase of the project the Developer must monitor the significant adverse effects on the environment identified as well as measures taken to mitigate them. The Competent Authority makes the EIA Report available to authorities with environmental responsibilities, local and regional authorities and to other interested organisations and the public for review. They are given the opportunity to comment on the project and its environmental effects. Monitoring (as appropriate) Decision Making and Development Consent The Competent Authority examines the EIA report including the comments received during consultation and issues a Reasoned Conclusion on whether the project entails significant effects on the environment. This must be incorporated into the final Development Consent decision. The public is informed about the Development Consent decision. Information on Development Consent Screening (as appropriate) Scoping (as appropriate) EIA Report Information and Consultation Guidance on the preparation of the Environmental Impact Assessment Report (Directive 2011/92/EU as amended by 2014/52/EU)
  • 7.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado Define proposal SCREENING Prepare initial Environmental Evaluation (Project classified according to environmental sensitivity) No EIA requiered EIA requiered SCOPING Define issues make major revisions to proposal (define terms of reference for full EIA) Prediction and mitigation Identify impacts Propose “design” changes and mitigation measures. Prepare draft Environmental Impact Statement Prepare final EIS MANAGEMENT AND MONITORING AUDIT Assess EIA process Public, scientific, community and decision makers participate Public informed and consulted Review of EIS by regulatory authority and public Prefeasibility studies Feasibility studies Detailed design and preparation Public participation Implementation Operation and management EIA process http://www.fao.org/3/V8350E/v8350e06.htm PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 8.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 8 Presentación de la solicitud Clasificación de la acción Evaluación del instrumento de gestión ambiental Resolución Seguimiento y control El titular presenta la solicitud de clasificación (evaluación preliminar, propuesta de clasificación, términos de referencia) La autoridad competente ratifica o modifica la propuesta de clasificación, pudiendo expedir la certificación ambiental, para el caso de la categoría I. Para la categoría II y III aprueba los términos de referencia, para la elaboración del estudio de impacto ambiental correspondiente. Culminada la evaluación la autoridad competente elabora un informe técnico-legal que sustente la evaluación indicando las consideraciones que apoyan la decisión. Dicho informe será público. Una vez admitida a trámite la Autoridad Competente evaluará el contenido del instrumento de gestión ambiental. Asimismo, solicitará la opinión de otros organismos y garantizar la difusión partes interesadas puedan tomar conocimiento de su contenido. Las acciones de seguimiento y control comprenden la Supervisión, Fiscalización, Sanción, Vigilancia. "Artículo 6 de la Ley del SEIA. Procedimiento para la certificación ambiental. Artículo modificado por el Decreto Legislativo Nº 1078 PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 9.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 9 Para qué sirve el listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al SEIA LISTADO DE INCLUSIÓN Paso inicial PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 10.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 10 LISTADO DE INCLUSIÓN Tiene como finalidad indicar las tipologías de proyectos que requieren contar con la certificación ambiental antes de iniciar sus actividades, y establecer los parámetros, umbrales o escenarios a partir del cual un proyecto requiere contar con certificación ambiental. Listado de inclusión Anexo II del Reglamento de la Ley del SEIA. Listado de inclusión de proyectos de inversión comprendidos en el SEIA DS N° 009-2009-MINAM Actualización Primera actualización del listado de inclusión de los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental RM N° 157-2011-MINAM Modificaciones RM 298-2013-MINAM Agricultura RM 300-2013-MINAM Saneamiento RM 186-2015-MINAM Comunicaciones RM 383-2016-MINAM Saneamiento RM 159-2017-MINAM Comercio interno RM 276-2017-MINAM Exploración minera RM 190-2019-MINAM Salud – Residuos sólidos RM 202 2019 MINAM Agricultura y riego RM 023-2020-MINAM Vivienda RM 129-2020-MINAM Industria RM 076-2021-MINAM Comunicaciones RM 104-2021-MINAM Pesca y acuicultura RM 135-2021-MINAM Justicia, educación y cultura PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 11.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 11 Se encuentra en el listado No se encuentra en el listado Proyecto de inversión Si Requiere Certificación Ambiental Proyectos, actividades, obras y otros no comprendidos en el SEIA Deben ser desarrollados de conformidad con el marco legal vigente, debiendo el titular cumplir todas las normas generales emitidas para el manejo de residuos sólidos, aguas, efluentes, emisiones, ruidos, suelos, conservación del patrimonio natural y cultural, zonificación, construcción y otros que pudieran corresponder. Artículo 23 del Reglamento de la ley del SEIA No Requiere Certificación Ambiental Elaborar estudio ambiental Ejecución proyecto (FTA, FITSA, IGA) Listado de inclusión de proyectos sujetos al SEIA PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 12.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 12 Cuando atendiendo a las características comunes o similares de los proyectos, la autoridad ambiental establece previamente en una norma una clasificación de los mismos. Se debe contar con Términos de Referencia (TdR) para cada grupo de proyectos. Modalidades para establecer la clasificación de los proyectos de inversión sujetos al SEIA CLASIFICACIÓN ANTICIPADA Cuando no existe clasificación anticipada para un tipo de proyecto, el titular debe presentar una EVAP para determinar la categoría del proyecto, cuya evaluación estará a cargo de la autoridad ambiental competente. Así como la aprobación de los Términos de Referencia (TdR) específicos. EVALUACIÓN PRELIMINAR-EVAP PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 13.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 13 TITULAR AUTORIDAD Proyecto de Inversión sujeto al SEIA Cuando el sector no ha aprobado la clasificación anticipada o el proyecto no se ajusta a las tipologías aprobada, el titular debe solicitarla clasificación mediante la EVAP. Emite Resolución de Clasificación EVAP Evaluación Preliminar TITULAR Elabora el Estudio Ambiental considerando la categoría y los términos de referencia aprobados EIA TDR Clasificación anticipada Términos de referencia comunes La autoridad ambiental establece la clasificación y aprueba los TDR para actividades comunes Clasificación mediante la Evaluación Preliminar (EVAP) EIA PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 14.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 14 Proyectos de inversión Proyectos que requieren EIA DIA EIA-sd EIA-d Clasificación anticipada PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 15.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 15 N° Proyecto de inversión Categoría 01 Proyecto tipo A EIA-d 02 Proyecto tipo B EIA-sd 03 Proyecto tipo C EIA-sd 04 Proyecto tipo D DIA 05 Proyecto tipo E DIA Clasificación anticipada 1. Resumen ejecutivo 2. Antecedentes 3. Marco legal 4. Descripción del proyecto 5. Línea base 6. Participación ciudadana 7. Plan de manejo ambiental 8. Plan de cierre 9. anexos Términos de Referencia Sector Minería (explotación) Electricidad Transportes Comunicaciones Industria y Comercio interno Pesca y Acuicultura Vivienda y Saneamiento Residuos sólidos Turismo Salud Defensa Reglamento de protección o gestión ambiental Clasificación anticipada 2014 2014 Hidrocarburos 2014 2014 2019 2019 Minería (exploración) 2017 2017 2017 2019 - - - - - Agricultura y Riego 2012 - 2015 2015 2019 2017 2012 2017 2017 - No - No Leyenda: Tiene En proceso No tiene PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 16.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 16 N° Criterio de protección ambiental Alto Medio Bajo 1 Salud de las personas X 2 Calidad ambiental X 3 Recursos naturales X 4 Áreas naturales X 5 Diversidad biológica X 6 Pueblos indígenas X 7 Espacios urbanos X 8 Patrimonio arqueológico X Total 1 4 3 Propuesta de categoría EIA-sd TABLA DE RESULTADOS. • Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “ALTO” se requiere EIA-d. • Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “MEDIO” se requiere EIA-sd. • Si se tiene cuatro (04) CRITERIOS identificados como “BAJO” se requiere DIA. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN • Para la clasificación de los proyectos de inversión, la Autoridad Competente toma en consideración los criterios establecidos en el Anexo V del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM. PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 17.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 17 Asigna la Categoría I, aprobando la EVAP, que constituye la Declaración de Impacto Ambiental, es decir, otorgar en dicho supuesto la correspondiente certificación ambiental de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional del Impacto Ambiental. Asigna la Categoría II o III, aprobando la EVAP, los Términos de Referencia aplicables al proyecto, plan de participación ciudadana y las autorizaciones de investigación, estudios o evaluación que correspondan incluyendo las condiciones y obligaciones relacionadas a dichas autorizaciones. 12/09/2022 ¿Qué contiene la resolución de clasificación de una EVAP? PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 18.
    12/09/2022 Docente: Heiner Amado 18 PROYECTODE INVERSIÓN _________________________________ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ ______ _____ Titular del Proyecto Listado de inclusión * FTA ** IGA No Si Revisar Determinar categoría Clasificación anticipada Revisar Si No Verificar TdR Clasificación mediante EVAP Categoría I. DIA Categoría II. EIA-sd Categoría III. EIA-d Certificación Ambiental 1. Asigna Categoría. 2. Términos de referencia 3. Plan de participación ciudadana 4. Autorizaciones de investigación TdR comunes Elaborar EIA Si No Cuenta con Presentar EIA para evaluación Admisibilidad Evaluación del EIA Observaciones Certificación Ambiental No Presenta Titular & Consultora absuelven Observaciones Si  Autoridad Ambiental  Opinantes Técnicos  Entidades Autoritativas  Participación ciudadana  Otros El Titular y la consultora elaboran el EIA según los TdR aprobados. La AC categoriza según los criterios de protección ambiental. Inicio de Obra La AC emite resolución sustentado en un informe técnico legal Presentar absolución de observaciones para evaluación Desaprobado La AC emite resolución sustentado en un informe técnico legal No conforme Seguimiento y Control No inicia obra en 5 años, pierde vigencia certificación ambiental TITULAR Cumplir compromisos y obligaciones ambientales Velar por el cumplimiento de obligaciones ambientales OEFA EFA Inicio de Obra Cumplir normas generales PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 19.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 19  Denominación del proyecto: ”Mejoramiento de los servicios de agua potable y alcantarillado en el Centro Urbano del distrito de Ninacaca - provincia de Pasco - Pasco”.  Población beneficiaria: 4,275 (proyección según Censo INEI, 2018).  Descripción del proyecto: el proyecto tiene como objetivo mejorar el Sistema de agua potable en el del distrito de Ninacaca, así como dotar de un adecuado sistema que garantice la calidad, continuidad, cobertura y Satisfacer la necesidad de desagüe permitiendo reducir la pobreza y mejorar la calidad de vida de la población.  Titular del proyecto: Municipalidad Distrital de Ninacaca.  Ubicación del proyecto: distrito de Ninacaca, provincia de Pasco, departamento e Pasco.  Ubicación en sitios sensibles: el proyecto se ubica en la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Junín. CASO PRÁCTICO: Proyecto “Saneamiento” PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 20.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 20 Distrito de Ninacaca, Pasco Ubicación del proyecto con sitios sensibles PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 21.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 21 N° Tipo de proyecto Clasifica Evalúa y aprueba estudio ambiental EIA-d EIA-sd DIA 01 Represamiento de agua para potabilización MVCS MVCS MVCS MVCS 02 Proyectos Integrales de Agua y Saneamiento para poblaciones mayores a 15,000 habitantes. MVCS MVCS MVCS MVCS 03 Proyectos Integrales de Agua y Saneamiento o la ejecución parcial de cualquiera de sus componentes que se ubiquen en Áreas Naturales Protegidas (ANP) o Zonas de Amortiguamiento, así como zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. MVCS MVCS MVCS MVCS 04 Sistemas de Tratamiento y Disposición Final de aguas residuales domésticas o municipales para poblaciones mayores a 15,000 habitantes MVCS MVCS MVCS MVCS https://www.gob.pe/institucion/minam/informes-publicaciones/308471-listado-de-inclusion-de-proyectos-de-inversion-sujetos-al-seia Revisar el listado de inclusión de proyectos de inversión sujetos al SEIA. 1 Paso Si requiere certificación ambiental Determinar si el proyecto requiere certificación ambiental e identificar a la autoridad competente Listado de inclusión de proyectos de inversión sujetos al SEIA No se encuentra en el listado Si se encuentra en el listado PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 22.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 22 Revisar si el sector ha elaborado una clasificación anticipada 2 Paso No tiene clasificación anticipada Si tiene clasificación anticipada Determinar la categoría de estudio ambiental que corresponde al proyecto N° Proyectos sujetos al SEIA Características similares o comunes Categoría (DIA, EIA-sd, EIA-d) Condiciones para asignar la Categoría 9 Proyectos Integrales de Agua y Saneamiento o la ejecución parcial de cualquiera de sus componentes que se ubiquen en Áreas Naturales Protegidas (ANP) o Zonas de Amortiguamiento, así como zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. Ejecución parcial de cualquiera de los componentes de un proyecto integral de agua y saneamiento. EIA-sd En caso de proyectos para poblaciones mayores a 15 000 habitantes que cumplan por lo menos una de las siguiente condiciones:  Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP.  Se encuentre en zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. DIA En caso de proyectos para poblaciones menores o iguales a 15 000 habitantes que cumplan por lo menos una de las siguiente condiciones:  Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP.  Se encuentre en zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. Proyectos integrales de agua y saneamiento para poblaciones menores a 15 000 DIA En caso de proyectos para poblaciones menores o iguales a 15 000 habitantes que cumplan las siguiente condiciones: • Se encuentre dentro de ANP y/o ZA-ANP; y, • Se encuentre en zonas donde se haya comprobado la presencia de restos arqueológicos. ANEXO II (DS Nº 020-2017-VIVIENDA) Clasificación anticipada de proyectos que presentan características comunes o similares de competencia del sector saneamiento Le corresponde categoría I (DIA) PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 23.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 23 Términos de Referencia para formular la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos integrales de agua y saneamiento para poblaciones iguales o menores a 15 000 habitantes, ubicados en ecosistemas frágiles (TdR 8 – RM 436-2017-VIVIENDA) 3 Paso No tiene tdr común Si tiene tdr común Revisar si el sector ha aprobado términos de referencia comunes Le corresponde el TdR 8 PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 24.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 24 4 Paso Categoría I - DIA Elaboración del estudio ambiental El titular del proyecto debe contratar a una consultora ambiental registrada para que elabore el estudio ambiental aplicable al proyecto, para luego presentar a la autoridad competente para su evaluación. TDR 8 Titular del Proyecto & Consultora Ambiental Aprobados por la autoridad Declaración de Impacto Ambiental Proyecto: ”Mejoramiento de los servicios de agua potable y alcantarillado en el Centro Urbano del distrito de Ninacaca - provincia de Pasco - Pasco”. Elaborado por: Abril, 2022 PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 25.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 25 5 Paso MVCS (DGAA) Evaluación del estudio ambiental Subsanación de observaciones Opiniones técnicas Autoridad Ambiental Competente DIA Proyecto Saneamiento Ninacaca Participación ciudadana Observaciones Titular del proyecto & Consultora Lev Obs DIA (versión final) Emisión de Resolución AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE El MVCS aun no le ha transferido las competencias al SENACE para evaluar estudios ambientales del subsector saneamiento, tampoco le ha delegado la competencia al GORE-Pasco. Entidades Opinantes PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 26.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 26 6 Paso Emisión de Resolución Autoridad Ambiental Competente Certificación Ambiental Informe técnico legal Desaprueba el estudio ambiental Aprueba el estudio ambiental Informe técnico-legal Resolución Directoral PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 27.
    12/09/2022 Docente: HeinerAmado 27 7 Paso Seguimiento y control Certificación Ambiental del proyecto Entidad de Fiscalización Ambiental Situación del proyecto No inicia obra Si inicia obra Pierde vigencia al 5to año Función de evaluación ambiental Función de supervisión ambiental Función de fiscalización y sanción Función de aplicaciónde incentivos MVCS DGAA PROCESO DE LA CERTIFICACIÓN AMBIENTAL S4
  • 28.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 28 Proyecto de inversión no cuenta con clasificación anticipada. Titular considera que su proyecto de inversión no corresponde a la categoría asignada. El Titular que pretende ejecutar un proyecto de inversión sujeto al SEIA, susceptible de generar impactos ambientales negativos significativos, debe presentar una solicitud de clasificación de su proyecto en los siguientes supuestos: De advertirse que el proyecto de inversión no corresponde a la categoría asignada en el listado de Clasificación Anticipada, el Senace puede solicitar la clasificación PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN S4 PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN Supuestos para presentar la solicitud de clasificación:
  • 29.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 29 a) Formulario de solicitud de clasificación. b) Versión digital EVAP (shapefile) c) Versión digital propuesta de PPC d) Versión digital propuesta de TdR e) Descripción colecta de especies. f) Pago por derecho de trámite. La EVAP, la propuesta de PPC, la propuesta de TdR y anexos deben ser suscritos por la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el Titular del proyecto. El Titular puede solicitar reuniones al Senace, antes de presentar su solicitud de clasificación REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN El Titular solicita la clasificación de un proyecto de inversión al Senace, a través de la Plataforma EVA y presentar los siguientes documentos: PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S5
  • 30.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 30 a) EVAP cumple con la estructura prevista en el Reglamento de la Ley del SEIA. b) PPC elaborado considerando las disposiciones establecidas en el PUCA, c) Propuesta de TdR contiene información prevista las disposiciones del PUCA. Si la solicitud no cumple con requisitos, el Senace traslada al Titular las observaciones para su subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por única vez hasta 10 dh. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN Ingresada la solicitud, el Senace verifica el cumplimiento de los requisitos de la solicitud de clasificación. Adicionalmente, revisa lo siguiente: De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la solicitud de clasificación, poniendo en conocimiento al Titular, y continúa con la evaluación. PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S6
  • 31.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 31 EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD 1) Admitida a trámite la solicitud, el Senace procede a solicitar las opiniones técnicas que considere pertinentes. 2) Las entidades opinantes tienen un plazo de 18 dh para formular observaciones o emitir opinión técnica. 3) De Existir observaciones, el Senace formula un informe de observaciones, incluyendo las formuladas por opinantes y población interesada. 4) El Titular tiene un plazo de 10 dh (+10) para subsanar observaciones. Debe presentar una matriz de subsanación y versión actualizada de la EVAP 5) El Senace remite la documentación a las entidades opinantes para la emisión de su pronunciamiento definitivo en el plazo de 7 dh. 6) El Senace procede a la emisión de un informe final que sustente la resolución de clasificación, en el plazo 5 dh luego de recibido las OTD. El Senace clasifica los proyectos de inversión en un plazo de 40 dh, contados a partir del día siguiente de admitida a trámite la solicitud presentada por el Titular. PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S4
  • 32.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 32 a) Sernanp, en caso el proyecto se localice en un ANP, su ZA y/o ACR b) ANA, en caso el proyecto esté relacionado con el recurso hídrico y sus bienes asociados. c) Otras autoridades según las particularidades del proyecto. OPINIONES TÉCNICAS El Senace puede solicitar opiniones técnicas. En el informe final debe dar cuenta de las opiniones recibidas; así como, de su acogimiento y/o desestimadas. En caso Serfor, Sernanp y Produce formulen opinión respecto del levantamiento de la línea base del EIA, se constituyen a su vez en entidades opinantes para la aprobación de los Términos de Referencia, debiendo emitir un documento consolidado. Las entidades opinantes utilizan las matrices para la formulación de las observaciones y el análisis de su levantamiento; así como la emisión de su pronunciamiento definitivo. La entidad opinante debe circunscribir sus observaciones a las materias de su competencia y fundamentarlas en forma clara y concisa. PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S4
  • 33.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 33 a) Otorga la certificación ambiental en la categoría 1 (DIA) o desaprueba la solicitud. b) Asigna la categoría 2 (EIA-sd) o 3 (EIA-d), aprueba los TdR, el PPC, las autorizaciones de investigaciones, según corresponda. RESULTADO DE LA EVALUACIÓN Como resultado de la evaluación de la solicitud de clasificación del proyecto de inversión, el Senace emite una resolución mediante la cual: La resolución que asigna la categoría debe indicar las autoridades que podrían emitir opinión técnica durante la etapa de evaluación del EIA. En caso se emita la resolución de clasificación asignando una categoría distinta a la propuesta por el Titular, el Senace solicita a éste, iniciar el procedimiento para la aprobación de los TdR y el PPC correspondientes. PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S4
  • 34.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 34 MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DEL PROYECTO DE INVERSIÓN CLASIFICACDO El Titular debe presentar nuevamente la solicitud de clasificación. PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S4 Modificación del diseño del proyecto. Modificación de aspectos materiales del proyecto. Modificación de aspectos técnicos del proyecto. Modificación de aspectos ambientales. Variación significativa de las otras condiciones.
  • 35.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 35 PROCEDIMIENTO DE CLASIFICACIÓN DEL PROYECTO S4 RECURSOS IMPUGNATIVOS El acto administrativo que se emita al término del procedimiento de aprobación de clasificación del proyecto de inversión. Es susceptible de impugnación ante el Senace en la vía administrativa, de acuerdo con lo previsto en el TUO de la LPAG y en el TUPA del Senace.
  • 36.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 36 a) En caso las autoridades competentes no hayan aprobado TdR. b) La legislación sectorial exige la presentación de TdR específicos. c) Cuando se haya clasificado en otra categoría. Los Términos de Referencia se elaboran de conformidad con la normativa sectorial o en su defecto de acuerdo con lo establecido en los Anexos 111 y IV del Reglamento de la Ley N º 27446, PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD El Titular solicita la aprobación de los Términos de Referencia para la elaboración del EIA, o de su modificación cuando corresponda, en los siguientes supuestos: PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 Supuestos para solicitar la aprobación de los TdR PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE APROBACIÓN DE LOS TDR
  • 37.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 37 a) Formulario de solicitud de TDR. b) Versión digital de la propuesta de TDR. c) Descripción colecta de especies. d) Versión digital propuesta del PPC. e) Pago por derecho de trámite. El Titular solicita la aprobación de los Términos de Referencia al Senace, a través de la Plataforma EVA y presentar los siguientes documentos: REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TDR PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TDR
  • 38.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 38 a) Que la propuesta de TdR presente la descripción del proyecto, línea base, posibles impactos, medidas preliminares. b) Que el PPC se encuentre elaborado considerando el contenido establecido en las disposiciones del PUCA. Si la solicitud no cumple con requisitos, el Senace traslada al Titular las observaciones para su subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por única vez hasta 10 dh. De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la solicitud de aprobación de los TdR, comunicándolo al Titular, y continúa con la evaluación. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 Ingresada la solicitud de aprobación de TdR, el Senace verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la LPAG. Adicionalmente, revisa lo siguiente: REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TDR ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE APROBACIÓN DE LOS TDR
  • 39.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 39 1) Admitida a trámite la solicitud, el Senace procede a solicitar las opiniones técnicas que considere pertinentes. 2) Las entidades opinantes tienen un plazo de 18 dh para formular observaciones o emitir opinión técnica. 3) El Senace formula un informe de observaciones, incluyendo las formuladas por opinantes y población interesada. 4) El Titular tiene un plazo de 10 dh (+10) para subsanar observaciones. Debe presentar una matriz de subsanación y versión actualizada de los TdR y PPC. 5) El Senace remite la documentación a las entidades opinantes para la emisión de su pronunciamiento definitivo en el plazo de 7 dh. 6) El Senace procede a la emisión de un informe final que sustente la resolución de aprobación de los TdR, en el plazo 5 dh luego de recibido las OTD. El Senace evalúa la solicitud de aprobación de los TdR en un plazo de 30 dh, contados a partir del día siguiente de admitida a trámite la solicitud presentada por el Titular PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD DE APROBACIÓN DE LOS TDR
  • 40.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 40 a) Aprueba los Términos de Referencia. b) Aprueba el PPC. c) Incorpora las autorizaciones de investigaciones. Como resultado de la evaluación, cuando las observaciones formuladas hayan sido absueltas, y se cuente con las opiniones técnicas favorables, el Senace emite una resolución mediante la cual: Cuando el Titular no haya subsanado las observaciones formuladas a la propuesta de Términos de Referencia presentada, el Senace emite una resolución desaprobatoria. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 RESULTADO DE LA EVALUACIÓN DE APROBACIÓN DE LOS TDR
  • 41.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 41 RECURSOS IMPUGNATIVOS El acto administrativo que se emita at término del procedimiento de aprobación de los Términos de Referencia Es susceptible de impugnación ante el Senace en la vía administrativa, de acuerdo con lo previsto en el TUO de la LPAG y en el TUPA del Senace. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4
  • 42.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 42 a) El Titular o el Senace pueden solicitar la modificación de los TdR, en caso el proyecto varíe en su diseño, magnitud, alcance u otro factor, antes del inicio o durante la elaboración del EIA. b) La modificación de los TdR solo procede hasta antes de la presentación de la solicitud de evaluación del EIA, conllevando la modificación del PPC, en caso corresponda. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS TDR S4 En caso el proyecto de inversión varíe en su diseño, magnitud, alcance u otro factor, antes del inicio o durante la elaboración del EIA, el Senace puede solicitar la modificación de los Términos de Referencia. El procedimiento de evaluación de la solicitud de modificación de los Términos de Referencia se rige conforme con lo establecido para la aprobación de los TDR.
  • 43.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 43 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 a) Formulario de solicitud de aprobación del EIA. b) Versión digital del EIA, archivo shapefile. c) Versión digital del Resumen Ejecutivo del EIA. d) Versión digital de los mecanismos de PPC. e) Versión digital de la documentación adicional. f) Pago por derecho de trámite. El EIA, anexos y demás documentación complementaria deben estar suscritos los profesionales responsables de su elaboración, así como por el representante legal de la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el titular. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE CLASIFICACIÓN El Titular solicita la aprobación del EIA al Senace, a través de la Plataforma Informática, cumpliendo con presentar los siguientes documentos:
  • 44.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 44 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 a) Que el contenido del EIA es concordante con los TdR y demás normas aplicables. b) Que el contenido del Resumen Ejecutivo cumple con lo establecido en la norma. c) Ejecución de los mecanismos del PPC antes y durante la elaboración del EIA. Si la solicitud no cumple con lo señalado, el Senace traslada al Titular las observaciones para su subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por única vez hasta 10 dh. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE APROBACIÓN DEL EIA Ingresada la solicitud de aprobación del EIA en la Plataforma Informática, el Senace verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la LPAG. Adicionalmente, revisa lo siguiente: De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite el EIA, comunica al Titular la conformidad del Resumen Ejecutivo y continua con la evaluación.
  • 45.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 45 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 El Titular entrega a cada GORE y GOLO del AI del proyecto 1 ejemplar del EIA y el RE. Asimismo, entrega a las comunidades 1 ejemplar del EIA y 5 ejemplares del RE, en un plazo de 5 dh. DIFUSIÓN DEL EIA Y RESUMEN EJECUTIVO Obtenida la conformidad al Resumen Ejecutivo. Si la población del AI del proyecto hable una o varias lenguas originarias, el Titular debe remitir el RE en castellano y en las lenguas originarias identificadas. El Senace puede solicitar que el RE sea presentado en versión audiovisual o en cualquier otro medio, en castellano o en lengua originaria, sustentado en la información de línea base. El Titular debe desarrollar una estrategia de comunicación, ya sea escrita, oral y/o audiovisual, en castellano o en lengua originaria, que facilite la comprensión del RE y el proyecto.
  • 46.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 46 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 OPINIONES TÉCNICAS En los procedimientos de aprobación del EIA, el Senace solicita la opinión técnica vinculante de las siguientes entidades. a) SERNANP – proyecto ubicado en un ANP, ZA o ACR. b) ANA – proyecto relacionado con el recurso hídrico. c) SERFOR – Proyecto ubicado en concesiones forestales. d) MINCUL – proyecto ubicado en una RT o RI. e) Oras entidades de acuerdo a lo señalado por Ley.  El Senace solicita las opiniones técnicas no vinculantes, conforme a lo establecido en la legislación de la materia aplicable y cuando así lo considere.  Las entidades opinantes utilizan las matrices para la formulación de observaciones y el análisis de su levantamiento; así como del pronunciamiento definitivo.  Las entidades opinantes deben circunscribir sus observaciones a las materias de su competencia y deben estar debidamente fundamentadas.  El Senace necesita la calificación de favorable de las opiniones técnicas vinculantes para aprobar el EIA.  Las opiniones no vinculantes no afectan la continuación del procedimiento del EIA;
  • 47.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 47 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 DIFUSIÓN DEL LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES AL EIA a) GORE y GOLO del AI del proyecto. b) Comunidades nativas y/o campesinas ubicadas en el AI. c) Otras a la que se le haya enviado previamente el EIA. El Titular remite 1 ejemplar, en versión física y digital, del LO junto con la versión actualizada del EIA, para disposición de la ciudadanía, en un plazo máximo de 7 dh de haber sido presentado ante el Senace, ante las siguientes entidades:
  • 48.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 48 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN EL ÁREA DEL PROYECTO De comprobarse la construcción total o parcial de algún componente o la realización de alguna actividad en el área del proyecto, el Senace declara la improcedencia correspondiente y traslada a la Autoridad de Fiscalización Ambiental competente los resultados de la verificación efectuada. El Senace puede realizar verificaciones de la información consignada por el Titular en el área del proyecto. Para tal efecto, el Titular debe brindar facilidades para el ingreso al área del proyecto.
  • 49.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 49 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 REUNIONES DE COORDINACIÓN DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL EIA El Senace puede realizar reuniones de coordinación con el Titular, la consultora ambiental y con las entidades opinantes durante el procedimiento de aprobación del EIA, de oficio o a pedido de parte, con la finalidad de brindar asistencia sobre los alcances del procedimiento.
  • 50.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 50 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 INFORMACIÓN PRESENTADA EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL EIA El Titular puede efectuar cambios en el diseño del proyecto de inversión solo en tanto éstos no afecten la evaluación ambiental ya iniciada, esto es, que no deba requerirse nuevamente opiniones técnicas y, además, pueda cumplirse los plazos del procedimiento o la finalidad de la participación ciudadana.
  • 51.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 51 PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE LOS EIA S4 RECURSOS IMPUGNATIVOS El acto administrativo que se emita al término del procedimiento de aprobación del EIA es susceptible de impugnación ante el Senace en la vía administrativa, de acuerdo con lo previsto en el TUO de la LPAG y en el TUPA del Senace.
  • 52.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 52 PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL EIA El Titular de un proyecto de inversión debe presentar ante el Senace, una solicitud de modificación del EIA, sobre la base de los TdR aprobados; y, en caso no se hayan aprobado el Titular deberá solicitar la aprobación de éstos conforme al procedimiento regulado. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA S4
  • 53.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 53 a) Formulario de solicitud de modificación del EIA. b) Versión digital de la MEIA, archivo shapefile. c) Versión digital del Resumen Ejecutivo de la MEIA. d) Versión digital de los mecanismos de PPC. e) Versión digital de la documentación adicional. f) Pago por derecho de trámite. La MEIA, anexos y demás documentación complementaria deben estar suscritos los profesionales responsables de su elaboración, así como por el representante legal de la consultora ambiental inscrita en el RNCA y por el titular. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL EIA El Titular solicita la modificación del EIA al Senace, a través de la Plataforma EVA y presentar los siguientes documentos: PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA S4
  • 54.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 54 a) Contenido concordante con los TdR. b) Que el contenido del Resumen Ejecutivo cumple con lo establecido en la norma. c) Ejecución de los mecanismos del PPC antes y durante la elaboración del EIA. Si la solicitud no cumple con lo señalado, el Senace traslada al Titular las observaciones para su subsanación en un plazo de 10 dh, prorrogables por única vez hasta 10 dh. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL EIA Ingresada la solicitud de aprobación de la MEIA en la Plataforma Informática, el Senace verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la LPAG. Adicionalmente, revisa lo siguiente: De cumplir con los requisitos, el Senace admite a trámite la MEIA, comunica al Titular la conformidad del Resumen Ejecutivo y continua con la evaluación. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA S4 Información referida a la MEIA. Nueva caracterización de impactos. Nuevas medidas y planes de manejo.
  • 55.
    12 de septiembrede 2022 Docente: Ing. Heiner Amado 55 EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL EIA Son aplicables al procedimiento de modificación del EIA las disposiciones generales aplicables para la evaluación del EIA-sd y el EIA-d. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DE LOS EIA S4
  • 56.
  • 57.
    GP-04. Descripción delProyecto. Guía Práctica S4 12/09/2022 Docente: Ing. Heiner Amado 57 Propósito: El estudiante será capaz de analizar y describir las principales actividades del proyecto en cada una de las etapas (planificación, construcción, operación, mantenimiento, cierre y abandono). Fecha de entrega:  Viernes 11:55 pm. Indicaciones: desarrollar los siguientes ítems:  Antecedentes del proyecto.  Necesidad y propósito.  Información sobre el titular del proyecto.  Ubicación del proyecto.  Vías de acceso.  Componentes del proyecto.  Descripción de las etapas del proyecto.  Estimación de aspectos y recursos del proyecto.  Cronograma y presupuesto.
  • 58.
    12/09/2022 Docente: Ing.Heiner Amado 58
  • 59.
    12/09/2022 Docente: Ing.Heiner Amado 59