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Docente:
Unidad:
Derecho de la propiedad intelectual y
derecho del consumidor
El objeto de protección de la
propiedad intelectual
Rafael Velarde Aliaga
Logro
Al final de la unidad, el alumno explica lo que representa la
propiedad intelectual en el mundo moderno y cuáles son sus
principales herramientas de protección.
Importancia
En la presente unidad los alumnos van ha comprender la
naturaleza jurídica de los diferentes elementos de la propiedad
intelectual en especial analizarán el derecho de marcas desde
una perspectiva general, y la importancia del uso y protección de
los signos distintivos en el mercado.
Contenido general
• El objeto de protección de la propiedad intelectual.
• La importancia de su protección en relación con los agentes
económicos, los consumidores en general y el desarrollo de un país.
• Reglas para la protección de la propiedad intelectual desde una
perspectiva global, regional y nacional.
• Los signos distintivos como objeto de protección de la propiedad
industrial.
• La marca.
• El nombre comercial y el lema comercial.
• Mecanismos de protección de los signos distintivos a nivel nacional e
internacional.
• Las indicaciones geográficas.
El objeto de protección de
la propiedad intelectual.
• Propiedad Industrial: los signos
distintivos y las invenciones y nuevas
tecnologías.
• El Derecho de Autor: la obra y los
derechos conexos.
El objeto de protección de la propiedad intelectual
Signos distintivos
-Marcas (productos y
servicios)
- Marcas de certificación
-Marcas colectivas
- Nombres comerciales
- Lemas comerciales
- Denominaciones de origen
(Pisco, Chulucanas)
Invenciones y nuevas
Tecnologías
-Patentes de Invención
- Modelos de Utilidad
- Diseños Industriales
- Secretos Industriales
-Variedades Vegetales (caso
especial)
Derechos de Autor y
Conexos
-Obras literarias
- Obras artísticas
-Obras científicas
- Software
-Otras obras del ingenio
humano
Propiedad Industrial
Propiedad Intelectual
¿Qué es la propiedad intelectual?
Es la protección jurídica
de las invenciones y
creaciones del intelecto
(espíritu) concretizadas,
según las normas de un
determinado estado.
Sin la protección pública
no existe propiedad
intelectual; no todas las
creaciones mentales son
consideradas inmersas
dentro de la PI. Los
derechos intelectuales,
son considerados como
bienes inmateriales.
>>>>>>>>>
>>>>>>>>>
Propiedad industrial, los signos e invenciones
• Invenciones (Patentes)
• Signos (Marcas)
Nuestro sistema es
constitutivo de derechos
Base Normativa: decisión
486 Y D LEG 1075
• Derechos: Persona
Natural o Jurídica
Invenciones: Idea o regla técnica
de un inventor dirigida a resolver
un problema industrial, que hasta
entonces no ha sido resuelto.
Signos: son los que sirven
para identificar un
producto o servicio en el
mercado.
Derecho de autor y conexos
Derechos conexos: intérpretes-radiodifusión
OBRA: toda creación intelectual personal y original, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma,
conocida o por conocerse. ( Ley)
El derecho de autor
Protege todas las obras del ingenio, en el ámbito literario o artístico, cualquiera que sea su género, forma de expresión,
mérito o finalidad.
No es obligatorio el registro pero se recomienda hacerlo ya que constituye un medio probatorio efectivo ante eventuales
conflictos.
Importancia de la
protección de la propiedad
intelectual
Importancia de la protección de la propiedad intelectual
La protección jurídica se
alcanzará en la medida que
se cumpla con lo que
regule el ordenamiento
jurídico - cumplir las reglas
La protección de la creatividad
y de la innovación generan
seguridad jurídica e incentivos
para seguir creando.
.
La propiedad intelectual es la
mejor herramienta jurídica
para proteger la creatividad y
la innovación en el mercado.
Reglas para la protección de
la propiedad intelectual
Reglas para la protección de la propiedad intelectual
01 02 03 04
Tratados internacionales en
materia de propiedad
intelectual
seguridad jurídica
La PI debe estar incluida
dentro del marco del
desarrollo económico de
un país
La PI a través de las nuevas
tecnologías de
comunicación, debe de
tener reglas uniformes
para proteger las
creaciones intelectuales a
través de internet
Debe considerarse a la pi
como un mecanismo para
proteger los activos
intangibles de las
empresas
Los signos distintivos como
objeto de protección de la
propiedad industrial
• Antecedentes históricos.
• Principios generales que rigen su
protección.
• Clases de signos distintivos: marcas,
nombres comerciales, lemas
comerciales, indicaciones geográficas.
Los signos distintivos como objeto de
protección de la propiedad industrial
Antecedentes históricos.
Principios generales que rigen su
protección.
Clases de signos distintivos: marcas,
nombres comerciales, lemas
comerciales, indicaciones geográficas.
Antecedentes históricos
1
5
4
3
2
Egipto y
Mesopotamia
Se marcaban
objetos, como
sus cerámicas
Roma
Sus lámparas
llevaban el signo
fortis
Edad Media
Las marcas servían
principalmente para
garantizar los
productos por
defectos de los
mismos, dentro del
entorno de los
gremios de artesanos.
Revolución
Francesa
La marca cobra su
actual significado, se
entiende a la marca
como un medio para
que se de una
relación entre los
comerciantes y sus
clientes.
Convenio de
París
Principios que rigen su protección
Principio de
inscripción registral:
constitutivos de
derechos (salvo
nombres
comerciales)
Principio de
especialidad: clases
Principio de
territorialidad: Perú-
comunidad andina
Principio de
exclusividad: 10
años renovables,
protección contra
terceros
Principio de buena
fe
Clases de signos distintivos
INDICACIONES
GEOGRÁFICA
Es un signo utilizado
para productos que
tienen características
especiales debido al
lugar geográfico de su
procedencia.
MARCA
Distingue un
prodcuto o servicio
en el mercado,
ejemplo: Adidas,
Nike
NOMBRE
COMERCIAL
Distingue las actividades
económicas de una
empresa en el mercado:
Saga, Ripley
LEMAS
COMERCIALES
Es la palabra o frase
o leyenda utilizada
como complemento
de la marca.
La marca
• Concepto y requisitos para su
protección.
• Clasificación de marcas.
• La notoriedad de la marca.
• Funciones.
• Procedimiento de registro a nivel
nacional e internacional.
• Prohibiciones para su registro.
• Derechos que confiere a su titular y
límites para su ejercicio.
• Pérdida del derecho.
La marca
Concepto y
requisitos para su
protección
Clasificación de
marcas
La notoriedad de la
marca
Funciones
Procedimiento de
registro a nivel
nacional e
internacional
Concepto y requisitos de protección
Concepto: es un signo,
que cumple una
función distintiva de
productos y servicios
en el mercado, y esta
dirigido a los
consumidores.
Requisitos para que un
signo se registre como
marca
Aptitud distintiva Representación gráfica
que no sea idéntica o
similar a otra ya
registrada
Perceptibles por la vista
• Denominativas
• Figurativas
• Mixtas
• Tridimensionales
(envases)
• Compuestas por color
Compuestas por color
- Olfativas
- Auditivas (SONIDO
CORNETA DONOFRIO)
• Marcas de producto
• Marcas de servicio
• Marcas colectivas
• Marcas de certificación
Clasificación de las marcas
1– POR LA FORMA DEL
SIGNO
2– PERCEPTIBLES POR
OTROS SENTIDOS
3– POR LA FUNCIÓN DEL
SIGNO
Notoriedad y funciones de las marcas
FUNCIONES DE
LAS MARCAS
Indicar la procedencia
empresarial de los
productos o servicios.
(proceso de diferenciación)
Generar y conservar el
goodwill de los productos o
servicios (buena fama)
Ser un conducto para
publicitar los productos y
servicios (selling power,
capacidad de venta)
Indicar la calidad de los
productos o servicios.
LA NOTORIEDAD
DE LA MARCA.
Es el signo que por su nivel de
conocimiento, muy alto, en el
mercado tiene una protección
especial. La protección a un
signo notorio se reconoce por su
notoriedad. Esta protección se
da aún el signo notorio no se
encuentre registrado en el país
ni en el extranjero y aún cuando
no se encuentre en uso en el
país.
Marcas renombradas o famosas,
el grado de notoriedad exigido es
mucho mayor, esto es que no se
conozca solo en el sector al cual
va dirigida.
Procedimiento de registro
01
02
03
04
05
06
Examen de forma
Solicitud de Registro
Búsqueda
Análisis de Registrabilidad
Publicación
Aprobación o Denegación
Prohibiciones a su registro
Prohibiciones
Relativas
Conflictos con terceros
Prohibiciones
absolutas
Signos genéricos, comunes, usuales o
necesarios:
• Denominaciones genéricas, comunes,
necesarias o técnicas.
• Figuras comunes o necesarias; y
• Formas usuales, necesarias o funcionales.
Signos descriptivos, signos laudatorios, signos
engañosos
Emblemas de estado y de organizaciones
internacionales, símbolos o señales de
conformidad o de control, denominaciones de
variedades vegetales.
Signos contrarios a la ley, a la moral, al orden
público o a las buenas costumbres.
Derecho que confiere a su titular y
límites
Con respecto al signo:
• Utilización del signo registrada
• Transferencia de la Marca
• Licencia de una marca
• Posibilidad de otorgarlo en prenda
Con respecto a terceros:
• Oponerse al uso y/o
registro del signo, por un
tercero.
Límites: agotamiento del derecho de marcas
Pérdida del derecho de marcas
Por transferencia de la
marca a un tercero
Por no renovar la marca
luego de vencido el
plazo de 10 años
Por renunciar al
derecho de marca
Por falta de uso
Por volverse
genérica
Nulidad
de marca
El nombre comercial y el
lema comercial
El nombre comercial
Es diferente de la razón social de la empresa registrada en
registros públicos. Ejm Sociedad andina de Grandes Almacenes,
SAGA.
Para su registro se deberán presentar facturas que acrediten su
uso en el mercado.
El nombre comercial se constituye mediante su uso en el
comercio, no es obligatorio su registro, pero de realizarse tiene
una protección a nivel nacional.
Es el signo denominativo o mixto cuya función es identificar a
una empresa o a un establecimiento en el comercio.
EL derecho se pierde cuando el establecimiento que distingue cierra, o se
transfiere el Nombre Comercial.
Si la oposición se basa en un Nombre Comercial, aún cuando este se
encuentre registrado, deberá adjuntarse pruebas que acrediten el uso del
mismo.
La protección de un nombre comercial no queda condicionada al registro.
El Lema comercial
Es la palabra frase o
leyenda utilizada
como complemento
de la marca.
Para el
procedimiento de su
registro se debe
indicar la marca a la
cual va asociado el
lema.
Cumplen una función
distintiva y una
función publicitaria
comercial
El lema más que
distinguir un
producto o servicio,
difunde o propaga los
méritos o virtudes de
estos.
Realza la distintividad de la
marca que publicita.
Solo puede ser escrito o
hablado.
Debe ser conceptualmente
distinto.
No se puede registrar una
frase que se limite.
alabar un producto, sin
fantasía.
La perdida de su vigencia esta
asociada al signo que acompaña.
Mecanismos de protección
de los signos distintivos a
nivel nacional e
internacional
• A nivel nacional: la oposición, la acción por
infracción, la acción de nulidad y la adopción de
medidas en frontera.
• A nivel de la Comunidad Andina: acciones
concretas ante el Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina.
Procedimientos de protección de signos
distintivos
Oposición Infracción
Nulidad Cancelación
Oposición
Cuando un tercero
pretende registrar
un signo similar o
idéntico al de un
particular que lo
tiene registrado con
anterioridad, este
puede oponerse al
registro del mismo
dentro de los 30
días hábiles
siguientes a su
publicación en la
Gaceta Electrónica
de Propiedad
Industrial del
Indecopi.
Decreto Legislativo
1075: Oposición
Temeraria
Si es oposición se
basa en un Nombre
Comercial, hay que
presentar pruebas
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Infracción
El denunciante debe ser el
titular de una marca o un
licenciatario de la misma.
Se puede solicitar una medida
cautelar de cese de uso, comiso, del
signo, acreditando que la marca esta
siendo usada.
Cuando un tercero pretende
registrar un signo similar o idéntico
al de un particular que lo tiene
registrado con anterioridad, este
puede oponerse al registro del
mismo dentro de los 30 días
hábiles siguientes a su publicación
en el diario el Peruano.
Se induce a error al consumidor
PIRATERIA: zapatillas, polos,
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Nulidad
La nulidad de un
registro se interpreta
con efectos
retroactivos, es decir
implica que el registro
nunca fue válido.
ART 73 Decreto Legislativo
1075; “no procederá la
solicitud de nulidad, si el
asunto fue materia de
oposición por los mismos
fundamentos entre las
mismas partes o la que de
ellas derive su derecho”
Nulidad absoluta:
causales de
irregistrabilidad
absoluta.
Nulidad relativa: Causales
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relativas
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(salvo infracciones o
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Cancelación
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cancelado
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dentro de una oposición
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materializan a través de los
procedimientos de infracción
de derechos mediante el uso
de medidas cautelares.
Con este mecanismo, los
supuestos productos
falsificados pasan a ser
comisados e inmovilizados en
un deposito hasta terminar el
procedimiento administrativo
en indecopi; donde si se
demuestra su falsedad luego
son destruidos
Decreto legislativo
1092 y su
reglamento
Herramientas jurídicas para
evitar que productos
falsificados entren al
territorio nacional
1 2
3
4
1
2
4
3
Medidas de frontera
La mayor ventaja es que no entran a territorio nacional
• Tratados internacionales
• Comunidad andina de naciones –
CAN. D 486
• Legislación nacional
• Organización subregional
integrada por Bolivia, Colombia,
Ecuador y Perú.
• Sujeto de derecho internacional
público
• El tribunal andino es el órgano
jurisdiccional de la comunidad
andina
Marco legal propiedad
industrial en Perú:
• Interpreta la norma andina
(interpretación prejudicial), y
• Vela por la aplicación de la
normativa andina a través de
la a
• Acción de cumplimiento, ETC
• Las características del
sistema andino son:
• Supranacional
• Inmediata, directa y
preeminente aplicación.
• Procedimientos como
oposición andina
El tribunal andino es el
órgano jurisdiccional de la
comunidad andina y sus
funciones son:
Comunidad Andina
Indicaciones geográficas
Indicaciones Geográficas
Indicaciones de procedencia:
Medio de identificación o distinción de un
producto relacionado con su lugar de
producción o fabricación
“hecho en Perú” “ hecho en china”
Indicaciones geográficas:
Se utiliza en productos que tienen un origen
geográfico específico y que tienen cualidades
o un renombre ganado en virtud a su origen.
Para ello depende de la legislación de cada
país
Queso Rockeford, reloj suizo
Capacidad distintiva – Calidad – Protección al consumidor
3
4
1
2
El producto debe tener ciertas
características originadas en el medio
geográfico, como la composición del
suelo, agua, clima, flora y fauna.
El pisco, maíz blanco gigante
del cusco, cerámica de
Chulucanas, el pallar de Ica,
café de villa rica, zapallo loche,
café Machu Picchu Huadquiña,
maca de Junín y Pasco.
Se pide autorización al
estado (INDECOPI) para
usar la do, si se cumplen los
requisitos: permiso de uso.
Este tipo de signos distintivos, además de
indicar el lugar geográfico de procedencia
y la calidad del producto, se deben de
sumar factores humanos y naturales
propios de la zona.
Indicaciones Geográficas
Conclusiones
• Los titulares de derechos de propiedad industrial pueden, en
virtud a su derecho de exclusividad, protegerse del registro
de un signo similar o idéntico mediante una oposición.
• Si un signo es usado en el mercado si autorización de su
Titular, este puede presentar una acción por infracción.
• Se puede solicitar la cancelación de una marca si no fue
usada en el mercado en los últimos 3 años
• Se puede pedir la Nulidad de registro de una marca si se
realizo de mala fe
• Se pueden proteger los derechos de Propiedad Industrial en
los países miembros de la Comunidad Andina, mediante una
oposición Andina
• Las indicaciones Geográficas y denominaciones de Origen,
protegen los conocimientos tradicionales de un país, así
como a los consumidores ya que son indicadores de calidad
de un producto
Gracias
Docente: Rafael Velarde Aliaga

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S04_s1 - El objeto de protección de la propiedad intelectual.pdf

  • 1. Docente: Unidad: Derecho de la propiedad intelectual y derecho del consumidor El objeto de protección de la propiedad intelectual Rafael Velarde Aliaga
  • 2. Logro Al final de la unidad, el alumno explica lo que representa la propiedad intelectual en el mundo moderno y cuáles son sus principales herramientas de protección.
  • 3. Importancia En la presente unidad los alumnos van ha comprender la naturaleza jurídica de los diferentes elementos de la propiedad intelectual en especial analizarán el derecho de marcas desde una perspectiva general, y la importancia del uso y protección de los signos distintivos en el mercado.
  • 4. Contenido general • El objeto de protección de la propiedad intelectual. • La importancia de su protección en relación con los agentes económicos, los consumidores en general y el desarrollo de un país. • Reglas para la protección de la propiedad intelectual desde una perspectiva global, regional y nacional. • Los signos distintivos como objeto de protección de la propiedad industrial. • La marca. • El nombre comercial y el lema comercial. • Mecanismos de protección de los signos distintivos a nivel nacional e internacional. • Las indicaciones geográficas.
  • 5. El objeto de protección de la propiedad intelectual. • Propiedad Industrial: los signos distintivos y las invenciones y nuevas tecnologías. • El Derecho de Autor: la obra y los derechos conexos.
  • 6. El objeto de protección de la propiedad intelectual Signos distintivos -Marcas (productos y servicios) - Marcas de certificación -Marcas colectivas - Nombres comerciales - Lemas comerciales - Denominaciones de origen (Pisco, Chulucanas) Invenciones y nuevas Tecnologías -Patentes de Invención - Modelos de Utilidad - Diseños Industriales - Secretos Industriales -Variedades Vegetales (caso especial) Derechos de Autor y Conexos -Obras literarias - Obras artísticas -Obras científicas - Software -Otras obras del ingenio humano Propiedad Industrial Propiedad Intelectual
  • 7. ¿Qué es la propiedad intelectual? Es la protección jurídica de las invenciones y creaciones del intelecto (espíritu) concretizadas, según las normas de un determinado estado. Sin la protección pública no existe propiedad intelectual; no todas las creaciones mentales son consideradas inmersas dentro de la PI. Los derechos intelectuales, son considerados como bienes inmateriales. >>>>>>>>> >>>>>>>>>
  • 8. Propiedad industrial, los signos e invenciones • Invenciones (Patentes) • Signos (Marcas) Nuestro sistema es constitutivo de derechos Base Normativa: decisión 486 Y D LEG 1075 • Derechos: Persona Natural o Jurídica Invenciones: Idea o regla técnica de un inventor dirigida a resolver un problema industrial, que hasta entonces no ha sido resuelto. Signos: son los que sirven para identificar un producto o servicio en el mercado.
  • 9. Derecho de autor y conexos Derechos conexos: intérpretes-radiodifusión OBRA: toda creación intelectual personal y original, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma, conocida o por conocerse. ( Ley) El derecho de autor Protege todas las obras del ingenio, en el ámbito literario o artístico, cualquiera que sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad. No es obligatorio el registro pero se recomienda hacerlo ya que constituye un medio probatorio efectivo ante eventuales conflictos.
  • 10. Importancia de la protección de la propiedad intelectual
  • 11. Importancia de la protección de la propiedad intelectual La protección jurídica se alcanzará en la medida que se cumpla con lo que regule el ordenamiento jurídico - cumplir las reglas La protección de la creatividad y de la innovación generan seguridad jurídica e incentivos para seguir creando. . La propiedad intelectual es la mejor herramienta jurídica para proteger la creatividad y la innovación en el mercado.
  • 12. Reglas para la protección de la propiedad intelectual
  • 13. Reglas para la protección de la propiedad intelectual 01 02 03 04 Tratados internacionales en materia de propiedad intelectual seguridad jurídica La PI debe estar incluida dentro del marco del desarrollo económico de un país La PI a través de las nuevas tecnologías de comunicación, debe de tener reglas uniformes para proteger las creaciones intelectuales a través de internet Debe considerarse a la pi como un mecanismo para proteger los activos intangibles de las empresas
  • 14. Los signos distintivos como objeto de protección de la propiedad industrial • Antecedentes históricos. • Principios generales que rigen su protección. • Clases de signos distintivos: marcas, nombres comerciales, lemas comerciales, indicaciones geográficas.
  • 15. Los signos distintivos como objeto de protección de la propiedad industrial Antecedentes históricos. Principios generales que rigen su protección. Clases de signos distintivos: marcas, nombres comerciales, lemas comerciales, indicaciones geográficas.
  • 16. Antecedentes históricos 1 5 4 3 2 Egipto y Mesopotamia Se marcaban objetos, como sus cerámicas Roma Sus lámparas llevaban el signo fortis Edad Media Las marcas servían principalmente para garantizar los productos por defectos de los mismos, dentro del entorno de los gremios de artesanos. Revolución Francesa La marca cobra su actual significado, se entiende a la marca como un medio para que se de una relación entre los comerciantes y sus clientes. Convenio de París
  • 17. Principios que rigen su protección Principio de inscripción registral: constitutivos de derechos (salvo nombres comerciales) Principio de especialidad: clases Principio de territorialidad: Perú- comunidad andina Principio de exclusividad: 10 años renovables, protección contra terceros Principio de buena fe
  • 18. Clases de signos distintivos INDICACIONES GEOGRÁFICA Es un signo utilizado para productos que tienen características especiales debido al lugar geográfico de su procedencia. MARCA Distingue un prodcuto o servicio en el mercado, ejemplo: Adidas, Nike NOMBRE COMERCIAL Distingue las actividades económicas de una empresa en el mercado: Saga, Ripley LEMAS COMERCIALES Es la palabra o frase o leyenda utilizada como complemento de la marca.
  • 19. La marca • Concepto y requisitos para su protección. • Clasificación de marcas. • La notoriedad de la marca. • Funciones. • Procedimiento de registro a nivel nacional e internacional. • Prohibiciones para su registro. • Derechos que confiere a su titular y límites para su ejercicio. • Pérdida del derecho.
  • 20. La marca Concepto y requisitos para su protección Clasificación de marcas La notoriedad de la marca Funciones Procedimiento de registro a nivel nacional e internacional
  • 21. Concepto y requisitos de protección Concepto: es un signo, que cumple una función distintiva de productos y servicios en el mercado, y esta dirigido a los consumidores. Requisitos para que un signo se registre como marca Aptitud distintiva Representación gráfica que no sea idéntica o similar a otra ya registrada
  • 22. Perceptibles por la vista • Denominativas • Figurativas • Mixtas • Tridimensionales (envases) • Compuestas por color Compuestas por color - Olfativas - Auditivas (SONIDO CORNETA DONOFRIO) • Marcas de producto • Marcas de servicio • Marcas colectivas • Marcas de certificación Clasificación de las marcas 1– POR LA FORMA DEL SIGNO 2– PERCEPTIBLES POR OTROS SENTIDOS 3– POR LA FUNCIÓN DEL SIGNO
  • 23. Notoriedad y funciones de las marcas FUNCIONES DE LAS MARCAS Indicar la procedencia empresarial de los productos o servicios. (proceso de diferenciación) Generar y conservar el goodwill de los productos o servicios (buena fama) Ser un conducto para publicitar los productos y servicios (selling power, capacidad de venta) Indicar la calidad de los productos o servicios. LA NOTORIEDAD DE LA MARCA. Es el signo que por su nivel de conocimiento, muy alto, en el mercado tiene una protección especial. La protección a un signo notorio se reconoce por su notoriedad. Esta protección se da aún el signo notorio no se encuentre registrado en el país ni en el extranjero y aún cuando no se encuentre en uso en el país. Marcas renombradas o famosas, el grado de notoriedad exigido es mucho mayor, esto es que no se conozca solo en el sector al cual va dirigida.
  • 24. Procedimiento de registro 01 02 03 04 05 06 Examen de forma Solicitud de Registro Búsqueda Análisis de Registrabilidad Publicación Aprobación o Denegación
  • 25. Prohibiciones a su registro Prohibiciones Relativas Conflictos con terceros Prohibiciones absolutas Signos genéricos, comunes, usuales o necesarios: • Denominaciones genéricas, comunes, necesarias o técnicas. • Figuras comunes o necesarias; y • Formas usuales, necesarias o funcionales. Signos descriptivos, signos laudatorios, signos engañosos Emblemas de estado y de organizaciones internacionales, símbolos o señales de conformidad o de control, denominaciones de variedades vegetales. Signos contrarios a la ley, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres.
  • 26. Derecho que confiere a su titular y límites Con respecto al signo: • Utilización del signo registrada • Transferencia de la Marca • Licencia de una marca • Posibilidad de otorgarlo en prenda Con respecto a terceros: • Oponerse al uso y/o registro del signo, por un tercero. Límites: agotamiento del derecho de marcas
  • 27. Pérdida del derecho de marcas Por transferencia de la marca a un tercero Por no renovar la marca luego de vencido el plazo de 10 años Por renunciar al derecho de marca Por falta de uso Por volverse genérica Nulidad de marca
  • 28. El nombre comercial y el lema comercial
  • 29. El nombre comercial Es diferente de la razón social de la empresa registrada en registros públicos. Ejm Sociedad andina de Grandes Almacenes, SAGA. Para su registro se deberán presentar facturas que acrediten su uso en el mercado. El nombre comercial se constituye mediante su uso en el comercio, no es obligatorio su registro, pero de realizarse tiene una protección a nivel nacional. Es el signo denominativo o mixto cuya función es identificar a una empresa o a un establecimiento en el comercio. EL derecho se pierde cuando el establecimiento que distingue cierra, o se transfiere el Nombre Comercial. Si la oposición se basa en un Nombre Comercial, aún cuando este se encuentre registrado, deberá adjuntarse pruebas que acrediten el uso del mismo. La protección de un nombre comercial no queda condicionada al registro.
  • 30. El Lema comercial Es la palabra frase o leyenda utilizada como complemento de la marca. Para el procedimiento de su registro se debe indicar la marca a la cual va asociado el lema. Cumplen una función distintiva y una función publicitaria comercial El lema más que distinguir un producto o servicio, difunde o propaga los méritos o virtudes de estos. Realza la distintividad de la marca que publicita. Solo puede ser escrito o hablado. Debe ser conceptualmente distinto. No se puede registrar una frase que se limite. alabar un producto, sin fantasía. La perdida de su vigencia esta asociada al signo que acompaña.
  • 31. Mecanismos de protección de los signos distintivos a nivel nacional e internacional • A nivel nacional: la oposición, la acción por infracción, la acción de nulidad y la adopción de medidas en frontera. • A nivel de la Comunidad Andina: acciones concretas ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
  • 32. Procedimientos de protección de signos distintivos Oposición Infracción Nulidad Cancelación
  • 33. Oposición Cuando un tercero pretende registrar un signo similar o idéntico al de un particular que lo tiene registrado con anterioridad, este puede oponerse al registro del mismo dentro de los 30 días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Electrónica de Propiedad Industrial del Indecopi. Decreto Legislativo 1075: Oposición Temeraria Si es oposición se basa en un Nombre Comercial, hay que presentar pruebas de su uso
  • 34. Infracción El denunciante debe ser el titular de una marca o un licenciatario de la misma. Se puede solicitar una medida cautelar de cese de uso, comiso, del signo, acreditando que la marca esta siendo usada. Cuando un tercero pretende registrar un signo similar o idéntico al de un particular que lo tiene registrado con anterioridad, este puede oponerse al registro del mismo dentro de los 30 días hábiles siguientes a su publicación en el diario el Peruano. Se induce a error al consumidor PIRATERIA: zapatillas, polos, productos eléctricos etc.
  • 35. Nulidad La nulidad de un registro se interpreta con efectos retroactivos, es decir implica que el registro nunca fue válido. ART 73 Decreto Legislativo 1075; “no procederá la solicitud de nulidad, si el asunto fue materia de oposición por los mismos fundamentos entre las mismas partes o la que de ellas derive su derecho” Nulidad absoluta: causales de irregistrabilidad absoluta. Nulidad relativa: Causales de irregistrabilidad relativas Mala fe (salvo infracciones o licencias de marca)
  • 36. Cancelación Falta de uso de la marca por 3 años Pruebas de uso: Facturas, publicidad Derecho preferente de registro del signo cancelado Uso de la cancelación como una estrategia dentro de una oposición
  • 37. Las medidas en frontera se materializan a través de los procedimientos de infracción de derechos mediante el uso de medidas cautelares. Con este mecanismo, los supuestos productos falsificados pasan a ser comisados e inmovilizados en un deposito hasta terminar el procedimiento administrativo en indecopi; donde si se demuestra su falsedad luego son destruidos Decreto legislativo 1092 y su reglamento Herramientas jurídicas para evitar que productos falsificados entren al territorio nacional 1 2 3 4 1 2 4 3 Medidas de frontera La mayor ventaja es que no entran a territorio nacional
  • 38. • Tratados internacionales • Comunidad andina de naciones – CAN. D 486 • Legislación nacional • Organización subregional integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. • Sujeto de derecho internacional público • El tribunal andino es el órgano jurisdiccional de la comunidad andina Marco legal propiedad industrial en Perú: • Interpreta la norma andina (interpretación prejudicial), y • Vela por la aplicación de la normativa andina a través de la a • Acción de cumplimiento, ETC • Las características del sistema andino son: • Supranacional • Inmediata, directa y preeminente aplicación. • Procedimientos como oposición andina El tribunal andino es el órgano jurisdiccional de la comunidad andina y sus funciones son: Comunidad Andina
  • 40. Indicaciones Geográficas Indicaciones de procedencia: Medio de identificación o distinción de un producto relacionado con su lugar de producción o fabricación “hecho en Perú” “ hecho en china” Indicaciones geográficas: Se utiliza en productos que tienen un origen geográfico específico y que tienen cualidades o un renombre ganado en virtud a su origen. Para ello depende de la legislación de cada país Queso Rockeford, reloj suizo Capacidad distintiva – Calidad – Protección al consumidor
  • 41. 3 4 1 2 El producto debe tener ciertas características originadas en el medio geográfico, como la composición del suelo, agua, clima, flora y fauna. El pisco, maíz blanco gigante del cusco, cerámica de Chulucanas, el pallar de Ica, café de villa rica, zapallo loche, café Machu Picchu Huadquiña, maca de Junín y Pasco. Se pide autorización al estado (INDECOPI) para usar la do, si se cumplen los requisitos: permiso de uso. Este tipo de signos distintivos, además de indicar el lugar geográfico de procedencia y la calidad del producto, se deben de sumar factores humanos y naturales propios de la zona. Indicaciones Geográficas
  • 42. Conclusiones • Los titulares de derechos de propiedad industrial pueden, en virtud a su derecho de exclusividad, protegerse del registro de un signo similar o idéntico mediante una oposición. • Si un signo es usado en el mercado si autorización de su Titular, este puede presentar una acción por infracción. • Se puede solicitar la cancelación de una marca si no fue usada en el mercado en los últimos 3 años • Se puede pedir la Nulidad de registro de una marca si se realizo de mala fe • Se pueden proteger los derechos de Propiedad Industrial en los países miembros de la Comunidad Andina, mediante una oposición Andina • Las indicaciones Geográficas y denominaciones de Origen, protegen los conocimientos tradicionales de un país, así como a los consumidores ya que son indicadores de calidad de un producto