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El Trabajo


 Derecho del trabajo
 Realizado por:
 Jenireé Torres
 Marilenis Orozco
Etimológicamente
El vocablo trabajo, travail (francés), trabaglio
(italiano), trabalho (portugués), proviene de la
voz latina tripalium (tripalis).
Dificultad,        esfuerzo,      impedimento,
molestia.
Ocuparse en obra, ejercicio o ministerio.
Acción de los esfuerzos.
Concepción Física
Desde una concepción puramente física,
mecánica y natural, trabajo es la fuerza capaz
de modificar el estado de reposo o de
movimiento de un cuerpo.
El Trabajo Humano
Concepto
Se define el trabajo humano como “la acción del
hombre sobre la naturaleza y de esta manera
convertirse en señor de ella en vez de ser su
esclavo”
Concepción Jurídica Socio
  Económica
Objetivo y finalidad:

“Trabajo es la actividad humana que implica esfuerzo físico
y mental consciente, libre y voluntario, para producir
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secundarias; actividad que permite al ser humano alcanzar
su realización personal, su dignificación, contribuyendo al
perfeccionamiento del mundo que Dios le ha otorgado,
influyendo en el desarrollo socio-económico y de la
civilización en general”.
El trabajo requiere de
esfuerzo físico y mental
Todo trabajo humano requiere esfuerzo físico y
mental. Los diferentes tipos de actividades implican
diferentes niveles de esfuerzo.
Evolución del
Trabajo
El trabajo como fuente del
    desarrollo socio - económico
Uso de Instrumentos:
o   El hombre en su afán de conseguir eficacia en su trabajo
    recurre al uso de instrumentos.
o   Consideramos que los primeros instrumentos a los que
    recurrió fueron sus uñas y sus dientes.




o   Posteriormente empleó utensilios y herramientas,
    abarca un largo periodo que se inicia en los albores
    de la humanidad y se extiende hasta el siglo XVIII.
La Humanización del
Trabajo
Protohistoria y Prehistoria
El hombre fue nómade, su esfuerzo consciente y
voluntario lo llevo a realizar tareas como la
recolección de frutos, la caza, etc. tornándose en una
sociedad esclavista cuando se organizó en clanes y
tribus, conquistaron y defendieron sus clanes y tribus
de otros.
Los esclavos fueron considerados como cosas
o semovientes.
Posteriormente fueron clasificados en servus
públicos: esclavos públicos, pertenecían al Estado; y
servus privados: esclavos privados, pertenecían a los
particulares.




Con la influencia del Cristianismo y de
Justiniano a través de la manumisión fue
desapareciendo paulatinamente la esclavitud.
La Humanización del
 Trabajo
Epoca Antigua
Los tres tipos de contratos precisados en el
“Corpus Juris Civilis” aplicables a las
relaciones de trabajo, han pasado a los
modernos códigos civiles:

La “Locatio Conductio Rei” o arrendamiento
de cosas.
La “Locatio Conductio Operis” o arrendamiento
de obra.
La    “Locatio   Conductio      Perarum”    o
arrendamiento de servicios.
La Humanización del Trabajo
Epoca Media

o   Sistema de Servidumbre

o   Sistema de Colonato
La Humanización del Trabajo
Epoca Moderna y Contemporánea
La migración de los siervos o colonos trajo como
consecuencia la concentración en las ciudades, el
desarrollo de la artesanía, la constitución de las
Corporaciones de Oficio.




Compagnonnages:     antecedente   remoto   de   los
sindicatos.
La Humanización del
 Trabajo
En el siglo XVII surge un nuevo grupo de poder, el de
los industriales, como consecuencia de la revolución
industrial – tecnológica en Gran Bretaña, la invención de la
máquina trae consigo gran producción, se origina la
división del trabajo.
La revolución industrial difunde una nueva doctrina
filosófica, política y social: “El Liberalismo”.
Este planteó la necesidad de la vigencia de la libertad
individual y la abstención en materia económica.

“El trabajo es una mercancía sujeta a la fluctuaciones
de la ley de la oferta y la demanda”.
La Humanización del Trabajo
Después de la primera guerra mundial se produjo una
verdadera revolución contra los principios del
liberalismo clásico:
Se dieron nuevas formas de sistema de trabajo.
Se dictaron normas tuitivas a favor del trabajador,
basadas en una concepcion humanista del trabajo.
Frente al liberalismo, surge la concepción del trabajo
como deber social.
La Humanización del Trabajo
Aporte del Clero
Se da mediante la encíclica “Rerum Novarum”
del Papa Juan León XIII, la encíclica “Mater et
Magistra” del Papa Juan XXIII.




El Papa Juan Pablo II en la encíclica “Laborem Excercens”,
afirma: “El trabajo es un bien del hombre, es un bien de su
humanidad porque mediante el trabajo el hombre no sólo
transforma la naturaleza adaptándola a las propias
necesidades, sino que se realiza así mismo como hombre”.
Trabajo objeto de protección
 por el Derecho del trabajo
 Trabajo humano: Manual e Intelectual

 Trabajo Productivo: cuando se encamina
 a reportar un beneficio económico.

 Trabajo por cuenta ajena: por           la
 existencia de un contrato de trabajo.

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 Trabajo Subordinado: sujeto al derecho
 del trabajo, es decir, por cuenta ajena.
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 propia, que está sujeto al derecho civil.
La realidad del Derecho Laboral
VOLUNTARIEDAD      El trabajador debe ser libre para decidir si desea trabajar
                   o no. Ha de ser libre para dejarlo cuando quiera y
                   extinguir su contrato de trabajo.


RETRIBUCIÓN        El trabajo debe ser pagado, en compensación del trabajo
                   realizado, el trabajador recibirá una remuneración.



POR CUENTA AJENA   Los beneficios obtenidos por el trabajador dentro de la
                   jornada laboral pertenecen al empresario, considerando
                   que es él quien contrata para ejecutar determinado
                   servicio por el cual debe pagar al trabajador.

BAJO LA            El trabajador pondrá a disposición del empresario la
                   fuerza del trabajo y este organizará y dirigirá por la
ORGANIZACIÓN Y     prerrogativa que le da el contrato de trabajo, utilizándola
DIRECCIÓN DEL      según su criterio, adoptándola a la producción de la
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EMPRESARIO
PERSONAL E         El trabajador debe realizar el trabajo por si mismo y nadie
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INTRANSFERIBLE     acarrear la extinción de la relación laboral
Derecho del trabajo:

“Es la rama de la ciencias jurídicas que tiene por objeto
  el reconocimiento y protección de los fines vitales del
  trabajo humano.
                                          (Celso Becerra)
“El derecho del trabajo gobierna el trabajo subordinado,
  el trabajo dependiente”.
                                          (Juan D. Pozzo)
“Es un instrumento para asegurar un orden social, que
  en cierta manera viene a ser un compromiso entre los
  principios de la justicia y la efectiva distribución del
  poder...".
                                (Antonio Vásquez Vialard)
El trabajo es un fenómeno
social, económico y jurídico
El trabajo es un fenómeno social

   Es social porque permite al ser humano
    conseguir su realización y
    autosatisfacción personal e interactuar
    con sus semejantes, alcanzando de
    esta manera el reconocimiento de la
    sociedad y el Estado.
El trabajo es
un fenómeno
económico



   Es económico porque le otorga al trabajador
    la posibilidad de conseguir una remuneración
    equitativa, justa y suficiente que le permitirá
    insertarse en el mercado a través del
    intercambio de bienes y servicios; así como
    por medio del trabajo eficiente se puede
    aumentar la productividad y competitividad
    de las empresas y del país.
El trabajo es un fenómeno jurídico

   Es un fenómeno jurídico porque en la
    actualidad su ejercicio presupone la
    existencia de una regulación estatal
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  • 1. El Trabajo Derecho del trabajo Realizado por: Jenireé Torres Marilenis Orozco
  • 2. Etimológicamente El vocablo trabajo, travail (francés), trabaglio (italiano), trabalho (portugués), proviene de la voz latina tripalium (tripalis). Dificultad, esfuerzo, impedimento, molestia. Ocuparse en obra, ejercicio o ministerio. Acción de los esfuerzos.
  • 3. Concepción Física Desde una concepción puramente física, mecánica y natural, trabajo es la fuerza capaz de modificar el estado de reposo o de movimiento de un cuerpo.
  • 5. Concepto Se define el trabajo humano como “la acción del hombre sobre la naturaleza y de esta manera convertirse en señor de ella en vez de ser su esclavo”
  • 6. Concepción Jurídica Socio Económica Objetivo y finalidad: “Trabajo es la actividad humana que implica esfuerzo físico y mental consciente, libre y voluntario, para producir bienes y/o prestar servicios, recibiendo un ingreso o retribución para satisfacer las necesidades primarias y secundarias; actividad que permite al ser humano alcanzar su realización personal, su dignificación, contribuyendo al perfeccionamiento del mundo que Dios le ha otorgado, influyendo en el desarrollo socio-económico y de la civilización en general”.
  • 7. El trabajo requiere de esfuerzo físico y mental Todo trabajo humano requiere esfuerzo físico y mental. Los diferentes tipos de actividades implican diferentes niveles de esfuerzo.
  • 9. El trabajo como fuente del desarrollo socio - económico Uso de Instrumentos: o El hombre en su afán de conseguir eficacia en su trabajo recurre al uso de instrumentos. o Consideramos que los primeros instrumentos a los que recurrió fueron sus uñas y sus dientes. o Posteriormente empleó utensilios y herramientas, abarca un largo periodo que se inicia en los albores de la humanidad y se extiende hasta el siglo XVIII.
  • 10. La Humanización del Trabajo Protohistoria y Prehistoria El hombre fue nómade, su esfuerzo consciente y voluntario lo llevo a realizar tareas como la recolección de frutos, la caza, etc. tornándose en una sociedad esclavista cuando se organizó en clanes y tribus, conquistaron y defendieron sus clanes y tribus de otros.
  • 11. Los esclavos fueron considerados como cosas o semovientes. Posteriormente fueron clasificados en servus públicos: esclavos públicos, pertenecían al Estado; y servus privados: esclavos privados, pertenecían a los particulares. Con la influencia del Cristianismo y de Justiniano a través de la manumisión fue desapareciendo paulatinamente la esclavitud.
  • 12. La Humanización del Trabajo Epoca Antigua Los tres tipos de contratos precisados en el “Corpus Juris Civilis” aplicables a las relaciones de trabajo, han pasado a los modernos códigos civiles: La “Locatio Conductio Rei” o arrendamiento de cosas. La “Locatio Conductio Operis” o arrendamiento de obra. La “Locatio Conductio Perarum” o arrendamiento de servicios.
  • 13. La Humanización del Trabajo Epoca Media o Sistema de Servidumbre o Sistema de Colonato
  • 14. La Humanización del Trabajo Epoca Moderna y Contemporánea La migración de los siervos o colonos trajo como consecuencia la concentración en las ciudades, el desarrollo de la artesanía, la constitución de las Corporaciones de Oficio. Compagnonnages: antecedente remoto de los sindicatos.
  • 15. La Humanización del Trabajo En el siglo XVII surge un nuevo grupo de poder, el de los industriales, como consecuencia de la revolución industrial – tecnológica en Gran Bretaña, la invención de la máquina trae consigo gran producción, se origina la división del trabajo. La revolución industrial difunde una nueva doctrina filosófica, política y social: “El Liberalismo”. Este planteó la necesidad de la vigencia de la libertad individual y la abstención en materia económica. “El trabajo es una mercancía sujeta a la fluctuaciones de la ley de la oferta y la demanda”.
  • 16. La Humanización del Trabajo Después de la primera guerra mundial se produjo una verdadera revolución contra los principios del liberalismo clásico: Se dieron nuevas formas de sistema de trabajo. Se dictaron normas tuitivas a favor del trabajador, basadas en una concepcion humanista del trabajo. Frente al liberalismo, surge la concepción del trabajo como deber social.
  • 17. La Humanización del Trabajo Aporte del Clero Se da mediante la encíclica “Rerum Novarum” del Papa Juan León XIII, la encíclica “Mater et Magistra” del Papa Juan XXIII. El Papa Juan Pablo II en la encíclica “Laborem Excercens”, afirma: “El trabajo es un bien del hombre, es un bien de su humanidad porque mediante el trabajo el hombre no sólo transforma la naturaleza adaptándola a las propias necesidades, sino que se realiza así mismo como hombre”.
  • 18. Trabajo objeto de protección por el Derecho del trabajo Trabajo humano: Manual e Intelectual Trabajo Productivo: cuando se encamina a reportar un beneficio económico. Trabajo por cuenta ajena: por la existencia de un contrato de trabajo. Trabajo Libre: Elegir donde, cuando y para quien trabajar. Trabajo Subordinado: sujeto al derecho del trabajo, es decir, por cuenta ajena. Esto le diferencia del trabajo por cuenta propia, que está sujeto al derecho civil.
  • 19. La realidad del Derecho Laboral VOLUNTARIEDAD El trabajador debe ser libre para decidir si desea trabajar o no. Ha de ser libre para dejarlo cuando quiera y extinguir su contrato de trabajo. RETRIBUCIÓN El trabajo debe ser pagado, en compensación del trabajo realizado, el trabajador recibirá una remuneración. POR CUENTA AJENA Los beneficios obtenidos por el trabajador dentro de la jornada laboral pertenecen al empresario, considerando que es él quien contrata para ejecutar determinado servicio por el cual debe pagar al trabajador. BAJO LA El trabajador pondrá a disposición del empresario la fuerza del trabajo y este organizará y dirigirá por la ORGANIZACIÓN Y prerrogativa que le da el contrato de trabajo, utilizándola DIRECCIÓN DEL según su criterio, adoptándola a la producción de la empresa. EMPRESARIO PERSONAL E El trabajador debe realizar el trabajo por si mismo y nadie puede sustituirlo. Todo acto contrario a este, podría INTRANSFERIBLE acarrear la extinción de la relación laboral
  • 20. Derecho del trabajo: “Es la rama de la ciencias jurídicas que tiene por objeto el reconocimiento y protección de los fines vitales del trabajo humano. (Celso Becerra) “El derecho del trabajo gobierna el trabajo subordinado, el trabajo dependiente”. (Juan D. Pozzo) “Es un instrumento para asegurar un orden social, que en cierta manera viene a ser un compromiso entre los principios de la justicia y la efectiva distribución del poder...". (Antonio Vásquez Vialard)
  • 21. El trabajo es un fenómeno social, económico y jurídico
  • 22. El trabajo es un fenómeno social  Es social porque permite al ser humano conseguir su realización y autosatisfacción personal e interactuar con sus semejantes, alcanzando de esta manera el reconocimiento de la sociedad y el Estado.
  • 23. El trabajo es un fenómeno económico  Es económico porque le otorga al trabajador la posibilidad de conseguir una remuneración equitativa, justa y suficiente que le permitirá insertarse en el mercado a través del intercambio de bienes y servicios; así como por medio del trabajo eficiente se puede aumentar la productividad y competitividad de las empresas y del país.
  • 24. El trabajo es un fenómeno jurídico  Es un fenómeno jurídico porque en la actualidad su ejercicio presupone la existencia de una regulación estatal previa.