2. LOS DERECHOS HUMANOS
son garantías esenciales, de la
que goza toda persona para que
podamos vivir como seres
humanos. Sin ellos no podemos
cultivar ni ejercer plenamente
nuestras cualidades, nuestra
inteligencia, talento y
espiritualidad
CARACTERISTICAS
INTERDEPENDIENTES
La existencia de un derecho
permite la existencia de otro
INHERENTES
Que solo le corresponde al
ser humano
INALIENABLES
Que nadie puede quitarte los
derechos ni el estado
UNIVERSALES
Todos los seres humanos
tienen derechos.
INVIOLABLES
Ningún derecho puede ser
violado ni vulnerado
INCONDICIONALES
NO existe condiciones legales
para tener derechos
IMPRESCRIPTIBLE
Que los derechos no
tienen limite de tiempo
3. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Los Derechos Humanos han sido clasificados de diversas maneras, de acuerdo con su naturaleza, origen, contenido y por la materia
que refiere.
Sin embargo todo ciudadano tiene que comenzar aprendiendo la clasificación de los derechos según los hechos históricos y
cronológicos que marcaron al mundo y son:
LOS DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN
Estos derechos hacen su
aparición con dos hechos
históricos transcendentales como
son la revolución francesa en
1789 y la independencia de las
13 colonias.
Tras estos eventos surge la
declaración de los derechos
humanos y del ciudadano que
entran en vigor el 15 de
diciembre de 1791.
A estos derechos se los conoce como derechos
individuales y son: Derecho ala integridad
física, derecho ala libertad de opinión, derecho
a la libertas de conciencia, derecho ala libertad
de religión, derecho ala nacionalidad
(ciudadano – Ciudadanía), derecho a elegir y
ser elegidos y derecho a la propiedad privada.
4. LOS DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN
Estos derechos hacen su aparición durante el
siglo XIX durante fines de la primera revolución
industrial e inicios de la segunda revolución
industrial y el hecho transcendental que generó
su aparición fue la sobre explotación del obrero
por parte de la burguesía y que genero conflictos
sociales.
Estos derechos se les conoce
como colectivos de igualdad
que tienen características
económicas, culturales y
sociales.
LOS DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN
Derecho al trabajo (económico),
derecho ala seguridad social (social),
derecho a un salario justo
(económico), derecho a la huelga
(social – Económico), derecho a la
sindicalización (social), derecho ala
educación (cultural) y derecho al
descanso (económico- social –
cultural)
Estos derechos hacen su aparición después de
la segunda guerra mundial debido a las
atrocidades que cometieron la triple entente y
los aliados. Tras esta guerra aparece:
La declaración universa de los derechos
humanos
Declaración universal de los derechos de
los pueblos.
Estos derechos se les conoce como
colectivo de solidaridad de los
pueblos.
Derecho la paz, derecho a la libre
determinación de los pueblos,
derecho a un medio ambiente sano y
derecho al patrimonio común de la
humanidad
5. LOS DERECHOS SEGÚN LA CONSTITUCION DEL PERÚ
El estado Peruano
Es la institución que garantiza y
promueve el ejercicio de los derechos
humanos
El estado deberá adoptar todas las medidas
necesarias para alcanzar el ejercicio real y
efectivo de los derechos humanos
Los derechos los podemos encontrar
En la constitución peruana
Articulo 1:
• Defensa de la persona humana
• Respeto a la dignidad humana
Son el fin supremo de todo sociedad y estado
Articulo 2:
Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad,
a su integridad moral, a su integridad psíquica, a su
integridad física, a su desarrollo y a su bienestar.
6. ORGANIZACIÓN DE LOS DERECHOS EN NUESTRA CONSTITUCIÓN
LOS DERECHOS DE IGUALDAD
Nuestra constitución nos indica que en el Perú no existe discriminación por motivos de origen (sierra, selva,
costa, extranjería), Raza( Aria, mestiza, negra, trigueña, etc), Sexo ( varón y Mujer), Idioma (quechua, Aimara,
Shipibo, Yine, Secoya, Asháninca, etc), Religión, Opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
LOS DERECHOS DE LIBERTAD
En nuestra constitución se logra identificar a seis derechos de igualdad de mayor relevancia, los cuales son:
INDIVIDUAL
• Derecho a elegir el lugar de
residencia.
• Derecho a transitar por el
territorio nacional.
• Derecho a salir del territorio
nacional y entrar en él
CIVIL
• Derecho a reunirse pacíficamente sin
armas.
• Derecho a asociarse.
• Derecho a constituir fundaciones sin
fines de lucro
• Derecho a la inviolabilidad del domicilio.
INTELECTUAL
• A las libertades de información, opinión,
expresión y difusión del pensamiento.
7. LOS DERECHOS DE LIBERTAD
En nuestra constitución se logra identificar a seis derechos de igualdad de mayor relevancia, los cuales son:
SEGURIDAD PERSONAL
• Derecho a ser considerado inocente
mientras no se haya declarado
judicialmente su responsabilidad.
• Derecho a que Nadie está obligado a
hacer lo que la ley no manda, ni
impedido de hacer lo que ella no prohíbe.
• Derecho a que Nadie puede ser
incomunicado sino en caso indispensable
para el esclarecimiento de un delito.
• No hay prisión por deudas.
ESPIRITUAL
• Derecho a la conciencia y a
profesar una religión.
• Derecho al ejercicio público
de las confesiones.
ECONOMICA
• Derecho a la propiedad y a la
herencia.
• Derecho a trabajar libremente.
8. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
QUE SON LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
Según el Dr. Raúl Ferrero, las garantías constitucionales
son los medios de protección de los derechos humanos,
teniendo en cuenta de que todo ser humano posee un
derecho y que por lo tanto el estado debe mover todos
los órganos judiciales para la protección de los derechos
en caso exista la posibilidad de vulneración.
Según la doctora Rosa Maria palacios, las
garantías constitucionales son todas aquellas
normas que buscan proteger los derechos y
deberes de todo ciudadano, también buscan el
cumplimiento de las normas constitucionales y la
supremacía de la constitución.
LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES SON:
EL HABEAS CORPUS EL HABEAS DATA ACCIÓN DE
INCONSTITUCIONALIDAD
LA ACCIÓN DE
AMPARO
LA ACCIÓN POPULAR
LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
9. LA ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS
• Tiene la función de proteger la libertad del
individuo, por lo tanto bajo esta norma
nadie puede ser privado de su libertad sin
una orden de un juez o que haya sido
encontrado en flagrante delito
• Se activa ante el hecho u omisión, por
parte de cualquier autoridad, funcionario
o persona, que vulnera o amenaza la
libertad individual o los derechos
constitucionales conexos.
Protege la Libertad y todos lo derechos
ligados a esta.
El Habeas Corpus permite al ciudadano tener
acceso de un DNI, Pasaporte, derecho a la vida, a
la salud, educación, libertad de expresión, derecho
a la defensa y otros derechos más ligados a la
individualidad
LA ACCIÓN DE AMPARO
• En primer lugar esta garantía pone al ciudadanos en
condiciones de igualdad.
• En segundo lugar esta medida busca que todo
ciudadano que haya sido privado de su libertad
injustamente, cuando recupere su libertad se le
reponga sus derechos fundamentales.
Protege los demás derechos
reconocidos por la constitución excepto
los que son protegidos por los procesos
de hábeas corpus y hábeas data.
Por lo tanto la acción de amparo buscará que
ningún ciudadano sufra de discriminación, que
todos los ciudadanos gocen del honor, de un
trabajo, de participación política, gocen también
de una educación, de una vivienda y acceso a la
justicia
10. LA ACCIÓN DE HÁBEAS DATA
Contra el hecho u omisión, por parte de cualquier
autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza
los derechos:
• A la información requerida y recibida de cualquier
entidad pública; exceptuándose las informaciones que
afectan la intimidad personal y las que expresamente se
excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
• Contra los servicios informáticos, computarizados o no,
públicos o privados, que suministren información que
afecte la intimidad personal y familiar. Estos derechos
están referidos en el Artículo 2°, en los incisos 5 y 6.
Bajo esta garantía entonces se asegura que la
información personal no puede ser publicada en ningún
medio informativo ya sea escrito, televisivo, radial e
informático, pero si puede ser publicado las gastos
públicos, las acciones gubernamentales y las leyes
establecidas por el ejecutivo y legislativo
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
Bajo esta norma la constitución puede suprimir las leyes,
decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados,
reglamentos del Congreso, normas regionales de
carácter general y ordenanzas municipales que
contravengan la Constitución en la forma o en el fondo.
Esta acción la puede presentar el presidente de la
nación, el fiscal de la nación, el defensor del pueblo,
el 25% del congreso, 5 mil ciudadanos, presidentes
regionales, alcaldes y colegios profesionales.
ACCIÓN POPULAR
Bajo esta norma el pueblo puede pedir el retiro de una
ley, reglamento, norma administrativa, resoluciones y
decretos que vayan o contradigan a la constitución.
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Bajo esta norma se obliga a los funcionarios públicos ejercer
sus reales funciones y además de cumplir con las normas
vigentes en la constitución sin perjudicar a los demás
11. LA CARTA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
LOS PACTOS INTERNACIONALES
Derechos económicos,
sociales y culturales
Derechos civiles y
políticos
El primer articulo de cada pacto internacional
indica que todos los pueblos tienen derecho a la
libre autodeterminación.
Por lo tanto los pueblos tienen derecho a elegir su
estatus político (Republica, colonia, monarquía,
monarquía constitucional) y lograr su desarrollo
económico, social y cultural.
Se reconoce los derechos económicos, sociales y culturales de la
persona:
• Se reconoce los derechos laborales
• Se reconoce los derechos a la salud
• Se reconoce los derechos a la educación
• Se reconoce los derechos a una visa adecuada
Estos derechos fueron adoptados el 16 de diciembre de 1966 y
entran en vigor el 3 de enero de 1976
Se reconoce los derechos civiles,
políticos y además se establece los
mecanismos de protección y garantías
Fue adoptado el 16 de diciembre de
1966 y entran en vigor el 23 de marzo
de 1976
Fue proclamada por la asamblea general
de las naciones unidas en parís un 10 de
diciembre de 1948
Conjunto de derechos civiles, políticos,
culturales, económicos y sociales que
deben disfrutar todos las personas de
todos los paises.
El Perú aprobó la declaración de los
derechos humanos el 9 de diciembre de
1959 por resolución legislativa 13282 la
que concedió a la declaración el carácter
de texto legal.
12. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Declaración de los derechos humanos fue adoptada
por la III asamblea general de la ONU el de diciembre
de 1948 en Paris.
Esta medida es producto de
los trágicos sucesos de la
segunda guerra mundial
Los integrantes dela ONU se dan cuenta de
que los derechos humanos son de carácter
inalienable e inviolables, por lo tanto el
estado tiene la obligación de hacer que cada
uno de sus ciudadanos adquieran sus
derechos y se les respete
Los integrantes de la ONU establecieron
que la declaración de los derechos
humanos conste de 30 artículos en donde
se incorporan los derechos civiles,
derechos políticos, derechos sociales,
económicos y culturales
• Todos en el mundo nacemos libre e iguales
• Todos en el mundo tienen derecho a estos derechos
• Derecho a la vida
• Nadie será sometido a la esclavitud o servidumbre
• Nadie será sometido a tortura
• Derecho a la personalidad jurídica
• Todos somos iguales ante la ley
• Derecho a defenderse en los tribunales
• Derecho a un juicio justo
• Derecho a la presunción de inocencia
• derecho ala intimidad
• Derecho a la libertad de movimiento
• Derecho de asilo
• Derecho a la nacionalidad
• Derecho al matrimonio
• Derecho a la propiedad
• Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión
• Derecho a la libertad de expresión
• Derecho a la libertad de reunión
• Derecho a la democracia
• Derecho a la seguridad social
• Derecho al trabajo
• Derecho al ocio
• Derecho a un nivel de vida adecuado
13. LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
• Es un órgano judicial principal de las
nacionales unidas (ONU)
• Esta encargada de decidir conforme al
derecho internacional las controversias
de orden jurídico entre estados ( tratado
Perú – Chile) y de emitir opiniones
consultivas respecto a cuestiones
jurídicas (caso Fujimori, Odebrecht, Oas,
Etc).
• Fue creada debido a la carta de las
naciones unidas en 1945.
• Esta institución tiene su cede en la haya
( paises Bajos) e incluye a todos los
miembros de las naciones unidas.
• Su objetivo principal es lograr el arreglo de las
controversias o situaciones internacionales
susceptibles de conducir al quebrantamiento
de la paz (Perú – Chile, Rusia - EEUU)
• Esta integrada por 45 magistrados elegidos
por la asamblea general y el consejo de
seguridad de la ONU.
• Ninguna persona individual puede recurrir a
la corte.
• Su estatuto forma parte integral de la carta de
nacionales unidas.
En el caso peruano el ex presidente peruano José
Luis Bustamante y Rivero integró la corte
internacional de justicia entre 1961 y 1970 y luego la
presidio entre 1968 y 1970
14. SISTEMA INTERAMETICANO DE DERECHOS HUMANOS
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
(PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA)
Una de las bases del sistema interamericano de protección de derechos
humanos. Fue suscrita, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de
Costa Rica y entra en vigencia el 18 de julio de 1978
es
La obligación, para los Estados integrantes, del
desarrollo progresivo de los derechos
económicos, sociales y culturales contenidos
en la Carta de la Organización de los Estados
Americanos. (Art.26°)
Establece
Los estados integrantes de esta Convención se
comprometen a respetar los derechos y
libertades reconocidos en ella y a garantizar su
libre y pleno ejercicio a toda persona que esté
sujeta a su jurisdicción, sin discriminación
alguna por motivos de raza, color, sexo,
idioma, etc. (Art.1°)
Establece
Comisión Interamericana
de Derechos Humanos
Corte Interamericana de
Derechos Humanos
Presenta los siguientes
Órganos
15. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
(PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA)
Presenta los siguientes
Órganos
Que es y Funciones Que es y Funciones
Comisión Interamericana
de Derechos Humanos
Corte Interamericana de
Derechos Humanos
¿Qué es?
Órgano no judicial con competencia respecto a todos
los estados miembros de la OEA, que cumple un
mandato no sólo de promoción, sino también de
protección de los derechos humanos.
Su función principal es
promover la observancia y el respeto de los derechos
humanos en el continente.
Su sede
Está en Washington, y está integrada por 7 miembros
elegidos por la Asamblea General
¿Qué es?
Órgano jurisdiccional autónomo de la Organización de
Estados Americanos.
Su función es:
La corte examina los casos de violaciones de Derechos
Humanos por parte de los estados.
Integrantes
Está compuesta por siete jueces. Su mandato es de seis
años, pero pueden ser reelegidos por una sola vez.
Su sede
Está en la ciudad de San José en Costa Rica.
16. LA CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA
Fue firmada en Lima el 11 de septiembre
de 2001 en sesión especial de la Asamblea
de la Organización de los Estados
Americanos (OEA)
Documentos que Propones mecanismos
para La prevención y procesamiento de
crisis democráticas en la región.
La Carta Democrática también resalta la
interrelación e interdependencia entre la
democracia y las condiciones económicas
y sociales de los pueblos
¿Que es? ¿Firma?
Aspectos esenciales
Da Una definición sustantiva de la democracia
Propone Mecanismos diseñados para prevenir
y/o responder, en su caso, se afectaciones a la
democracia.
LOS CAMPOS DE ACCIÓN DE LA CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA
EN LO POLÍTICO
Compromiso de los gobernantes de cada país
para con la democracia teniendo como base el
reconocimiento de la dignidad humana.
EN LO JURÍDICO
Fue expedida como herramienta de actualización e
interpretación de la Carta fundacional de la OEA,
dentro del espíritu del desarrollo progresivo del
derecho internacional.
EN LOS SOCIOLÓGICO
Expresa la demanda de los pueblos de
América por el derecho a la
democracia
En los Histórico: Recoge los aportes de la Carta de la OEA.
17. ORGANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
EN EL PERÚ
LA COORDINADORA NACIONAL DE
DERECHOS HUMANOS
Agrupa a 47 organismos en la
defensa de los DDHH. Denuncia
violaciones, representa a las
víctimas, rechaza y condena la
violencia.
LA ASOCIACION PERUANA DE
CONSUMIDORES Y USUARIOS
Protege y promociona derechos del
consumidor y usuario en temas como
transporte público, salud, alimentación
entre otros.
AMNISTÍA INTERNACIONAL PERÚ
Contribuye a la defensa de los DDHH en
Perú con voluntarios y donantes
EL MOVIMIENTO MANUELA RAMOS
Es uno de los colectivos feministas que
defienden derechos de las mujeres como la
salud reproductiva, equidad de género
entre otros
OTROS ORGANISMOS
Defensoría del Pueblo, la Superintendencia
de Banca, Seguros y AFP
19. MEDIOS DE COMUNICACIÓN COMO ESPACIOS DE DEBATE DE ASUNTOS
PUBLICOS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Son instrumentos utilizados para
informar y comunicar mensajes
de forma masiva o a pequeños
grupos sociales.
Son un medio para desarrollar el
derecho de la libertad de
expresión, derecho fundamental
recogido en la legislación.
Su misión es difundir hechos de interés,
noticias y acontecimientos que, por su
repercusión directa o simbólica, afectan a un
determinado colectivo social
Finalmente los medios masivos de comunicación facilitan la comprensión de la realidad y la
estructuración de argumentos para la toma de decisiones mediante debates, posturas
ideológicas, argumentos sociales, económicos y políticos.
El propósito principal de los medios de
comunicación masivos (prensa, revistas,
noticieros de radio y televisión, cine, páginas
web) es, precisamente, comunicar.
Según el tipo de ideología que tienen pueden
especializarse en: informar, educar,
transmitir, entretener, formar, opinar,
enseñar
20. LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Es el primer instrumento internacional
jurídicamente vinculante que incorpora
toda la gama de derechos humanos:
civiles, culturales, económicos, políticos y
sociales, pero exclusivamente para el niño
Los derechos del niño Fue
adoptada por la Asamblea
General de la ONU el 20 de
noviembre de 1989.
La convención indica que se
identifica como niño a todo ser
humano menor de dieciocho
años de edad.
En la convención se indica que los
principales derechos del niño son:
El derecho a la supervivencia
Derecho al desarrollo pleno
Derecho a la protección contra
influencias peligrosas.
Protección contra los malos
tratos y la explotación
Derecho a la plena participación
en la vida familiar, cultural y
socia
LOS PRINCIPIOS DE LA CONVENCIÓN SON
21. LA CIUDADANIA CUANDO SE SUSPENDEN
LOS DERECHOS
Es una condición jurídico - política que se
adquiere, en el caso de los peruanos, al
cumplir los 18 años de edad.
El Art., 30 de la Constitución, señala que
para el ejercicio de la ciudadanía se
requiere la inscripción electoral
LA CAPACIDAD DEL CIUDADANO
• La capacidad política para intervenir
en los asuntos públicos
• Libertad de pensamiento
• Libertas de opinión
• Ser parte del proceso de toma de
decisiones del estado
• Involucrarse en el desarrollo colectivo
de su comunidad y estado
• Ser parte de organizaciones políticas
u organizaciones civiles.
• Por resolución judicial de interdicción.(cuando a
una persona se le declara incapaz de ejercer sus
derechos por si misma como por ejemplo sordo
mudos, ciegos, falta de discernimiento, retraso
mental, los ebrios y los Toxicómanos).
• Por sentencia con pena privativa de la
libertad.(cuando es encontrada culpable)
• Por sentencia con inhabilitación de los derechos
políticos.
22. LOS DEBERES DEL CIUDADANO
Los deberes están en relación con la
participación en la vida política de la
comunidad, de la nación y del
Estado
Estar inmersos o ser parte
de la toma de decisiones
del estado
Siendo parte de las
organizaciones civiles
Siendo parte en la
elección de autoridades
Siendo parte y exigiendo a
las autoridades la rendición
de cuentas
Los deberes están relacionados con
Honrar a la patria y proteger los
intereses nacionales y además de que
cada ciudadano debe contribuir con su
desarrollo.
Se honra a la patria sirviendo en las fuerzas castrenses, obteniendo tu DNI, jurar
proteger nuestros símbolos patrios y cantar con fervor nuestro himno nacional
Se contribuye al desarrollo de nuestro estado mediante la conclusión de nuestros
estudios superiores, protegiendo la vida, protegiendo el medio ambiente,
protegiendo al desvalido, generando proyectos de inversión social e infraestructura
Defender la Constitución y sus leyes
Respetando y cumpliendo las leyes de nuestra constitución, buscar que el estado
garantice la seguridad y el orden, buscar que el estado genere mecanismos que
perfeccionen el cumplimiento de la ley, que cada individuo cumpla con sus
sanciones y sea reformado para el bien de la sociedad.
Pagar los tributos. El tributo es el pago que los ciudadanos deben efectuar al Estado para que pueda realizar
los gastos que se requieren, para la satisfacción de las necesidades colectivas.
23. MECANISMO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana es definida como un conjunto de sistemas o mecanismos por medio de los cuales los
ciudadanos, es decir, la sociedad civil en su conjunto, pueden tomar parte de las decisiones públicas, o incidir en
las mismas, buscando que dichas decisiones representen sus intereses, ya sea de ellos como particulares o como
un grupo social.
La participación, por parte de la sociedad civil, en los asuntos públicos de nuestro país es un derecho
fundamental, reconocido por los tratados y pactos internacionales suscritos por el Estado, los cuales
establecen que toda persona tiene derecho a participar en los asuntos públicos de su país.
Los mecanismos de participación ciudadana en los asuntos públicos del Estado se establecen en
nuestra legislación a través de la Constitución de 1993 y a través de la Ley de los Derechos de
Participación y Control Ciudadano, Ley Nº 26300
24.
25.
26. 2. PARTIDOS POLÍTICOS
De acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas N°
28094, los partidos políticos son:
a. Asociaciones de ciudadanos que constituyen
personas jurídicas de derecho privado cuyo
objeto es participar por medios lícitos,
democráticamente, en los asuntos públicos
del país.
b. Algunos de sus principales fines y objetivos
son:
• Asegurar la vigencia y defensa del sistema
democrático.
• Contribuir a preservar la paz, la libertad y la
vigencia de los derechos humanos.
• Representar la voluntad de los ciudadanos
y canalizar la opinión pública.
• Realizar actividades de educación,
formación, capacitación con el objeto de
forjar una cultura cívica y democrática.
• Participar en procesos electorales.
• Contribuir con la gobernabilidad del país.