El documento habla sobre la teoría del caso y la teoría del delito. Explica que la teoría del caso es el planteamiento que cada parte presenta sobre los hechos relevantes, las pruebas y los fundamentos jurídicos. Se compone de elementos fácticos, jurídicos y probatorios. La teoría del delito es un sistema clasificatorio que analiza los elementos del tipo penal como la conducta, el tipo, la antijuricidad y la culpabilidad. El documento provee detalles sobre cada uno de estos conceptos.
El documento presenta una introducción a la argumentación jurídica. Explica que la argumentación jurídica consiste en formular razonamientos y justificaciones para tomar decisiones judiciales. Luego, describe diferentes tipos de razonamientos como los razonamientos por signos, por causa, por analogía, por generalización y por autoridad. Finalmente, introduce conceptos como la interpretación jurídica, la jurisprudencia y la importancia del lenguaje en la argumentación.
Este documento discute la libertad probatoria y la prueba documental en el derecho probatorio venezolano. Explica que la libertad probatoria permite a las partes usar cualquier medio de prueba legal y pertinente para demostrar sus alegatos. Luego, se enfoca en la prueba documental, distinguiendo entre documentos públicos y privados. Finalmente, resume los tipos de documentos y sus funciones y valor probatorio según la ley venezolana.
Este documento describe la teoría tridimensional del derecho, la cual reconoce que el derecho tiene tres dimensiones: valor, norma y hecho. Explica que tradicionalmente estas tres dimensiones se han estudiado por separado, con la ciencia del derecho enfocándose en la dimensión normativa, la sociología y otras disciplinas estudiando la dimensión fáctica, y la filosofía y política jurídica analizando la dimensión axiológica. Finalmente, presenta un diagrama mostrando las tres dimensiones del derecho y
Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso PenalJorge Valda
Síntesis de la presentación del Curso Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso Penal donde se desarrolla la interpretación de la utilidad de los medios de impugnación y la forma oportuna de interponer los recursos.
Este documento habla sobre los medios de impugnación en procesos judiciales y procedimientos administrativos. Explica que la impugnación es un derecho que permite buscar la corrección de actuaciones públicas consideradas erróneas. También define la impugnación y analiza las opiniones de varios autores sobre el tema. Finalmente, resume que la impugnación es un derecho amplio para rectificar actuaciones lesivas de entes públicos.
El juicio de amparo es un proceso legal para defender los derechos y garantías individuales establecidos en la constitución cuando han sido violados por una autoridad. Existen dos tipos de juicio de amparo: el directo, que se aplica contra sentencias definitivas, y el indirecto, que se aplica contra actos que no son sentencias como multas o clausuras. El juicio involucra al quejoso, la autoridad responsable de la violación, y posibles terceros perjudicados.
Validez espacial de la ley penal y validez personalmadecaravali802
Este documento discute los principios de validez espacial y personal de la ley penal. Explica que la validez espacial se refiere al alcance geográfico de la aplicación de las leyes penales de un estado, mientras que la validez personal determina quiénes están sujetos a dichas leyes. Entre los principios de validez espacial se encuentran la territorialidad, la nacionalidad y la protección de intereses. El principio general de validez espacial en Venezuela es la territorialidad. La validez personal se basa en el principio
El documento discute el derecho como un discurso social que produce representaciones de las personas y sus relaciones, y que legitima el poder a través de la ley. Explica que las normas orientan las acciones humanas y establecen criterios para la normalización de los géneros. También analiza conceptos como la interpretación de normas, la argumentación jurídica, y los principios y métodos de la lógica aplicada al derecho.
El documento presenta una introducción a la argumentación jurídica. Explica que la argumentación jurídica consiste en formular razonamientos y justificaciones para tomar decisiones judiciales. Luego, describe diferentes tipos de razonamientos como los razonamientos por signos, por causa, por analogía, por generalización y por autoridad. Finalmente, introduce conceptos como la interpretación jurídica, la jurisprudencia y la importancia del lenguaje en la argumentación.
Este documento discute la libertad probatoria y la prueba documental en el derecho probatorio venezolano. Explica que la libertad probatoria permite a las partes usar cualquier medio de prueba legal y pertinente para demostrar sus alegatos. Luego, se enfoca en la prueba documental, distinguiendo entre documentos públicos y privados. Finalmente, resume los tipos de documentos y sus funciones y valor probatorio según la ley venezolana.
Este documento describe la teoría tridimensional del derecho, la cual reconoce que el derecho tiene tres dimensiones: valor, norma y hecho. Explica que tradicionalmente estas tres dimensiones se han estudiado por separado, con la ciencia del derecho enfocándose en la dimensión normativa, la sociología y otras disciplinas estudiando la dimensión fáctica, y la filosofía y política jurídica analizando la dimensión axiológica. Finalmente, presenta un diagrama mostrando las tres dimensiones del derecho y
Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso PenalJorge Valda
Síntesis de la presentación del Curso Técnicas recursivas y medios de impugnación en el Proceso Penal donde se desarrolla la interpretación de la utilidad de los medios de impugnación y la forma oportuna de interponer los recursos.
Este documento habla sobre los medios de impugnación en procesos judiciales y procedimientos administrativos. Explica que la impugnación es un derecho que permite buscar la corrección de actuaciones públicas consideradas erróneas. También define la impugnación y analiza las opiniones de varios autores sobre el tema. Finalmente, resume que la impugnación es un derecho amplio para rectificar actuaciones lesivas de entes públicos.
El juicio de amparo es un proceso legal para defender los derechos y garantías individuales establecidos en la constitución cuando han sido violados por una autoridad. Existen dos tipos de juicio de amparo: el directo, que se aplica contra sentencias definitivas, y el indirecto, que se aplica contra actos que no son sentencias como multas o clausuras. El juicio involucra al quejoso, la autoridad responsable de la violación, y posibles terceros perjudicados.
Validez espacial de la ley penal y validez personalmadecaravali802
Este documento discute los principios de validez espacial y personal de la ley penal. Explica que la validez espacial se refiere al alcance geográfico de la aplicación de las leyes penales de un estado, mientras que la validez personal determina quiénes están sujetos a dichas leyes. Entre los principios de validez espacial se encuentran la territorialidad, la nacionalidad y la protección de intereses. El principio general de validez espacial en Venezuela es la territorialidad. La validez personal se basa en el principio
El documento discute el derecho como un discurso social que produce representaciones de las personas y sus relaciones, y que legitima el poder a través de la ley. Explica que las normas orientan las acciones humanas y establecen criterios para la normalización de los géneros. También analiza conceptos como la interpretación de normas, la argumentación jurídica, y los principios y métodos de la lógica aplicada al derecho.
El sistema probatorio es el conjunto de normas conforme a las cuales se regulan las pruebas en el enjuiciamiento, es decir, a través de cada sistema probatorio, podemos saber cuales pruebas pueden llevarse al proceso y que valor demostrativo representa. Existen tres sistemas de valoración de la prueba, la primera es prueba legal, y es determinada por la ley, siendo así, su valoración tiene que ajustarse a la que le fue otorgada por el legislador.
El documento discute el derecho a la tutela jurisdiccional y al debido proceso. Explica que la Constitución y la ley orgánica del Poder Judicial garantizan el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para la defensa de los derechos de toda persona. También analiza los principios de publicidad, objetividad, subjetividad y autonomía de la tutela jurisdiccional, así como las manifestaciones del derecho de acción y contradicción. Finalmente, examina el tratamiento del debido proceso en tratados internacionales y en la legisl
El documento define el acto administrativo como una declaración unilateral realizada por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones que produce efectos jurídicos individuales. Explica que los actos administrativos pueden ser impugnados en sede administrativa o judicial y que además de actos unilaterales, también pueden darse actos administrativos bilaterales como los contratos. Finalmente, distingue entre actos administrativos, reglamentos, hechos administrativos y simples actos de la administración.
10.07. 02. alegatos de apertura. taller. dr. alberto bautistacalacademica
El documento habla sobre el alegato de apertura en un juicio. El alegato de apertura es la primera oportunidad que tienen las partes de presentar su teoría del caso ante el juez e incluye los hechos, la norma aplicable y las pruebas. Debe ser breve, simple y mantener la atención del juez.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento establece los principios y procedimientos del juicio oral en materia familiar en Coahuila, México. Los principios clave son la oralidad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración. El juicio oral consta de dos audiencias, la preparatoria y la de juicio. La audiencia preparatoria es para exponer pretensiones, resolver excepciones, establecer acuerdos y admitir pruebas. La audiencia de juicio es para recibir pruebas, alegatos y dictar sentencia.
Este documento resume las principales ideas del filósofo del derecho Ronald Dworkin. Describe su teoría de la interpretación jurídica, en la que da prioridad a los principios sobre las normas. Critica el positivismo jurídico y propone que los jueces deben basar sus decisiones no solo en normas sino también en consideraciones morales y filosóficas. Defiende los derechos individuales frente al bien común y sostiene que el gobierno debe respetar los derechos morales de los ciudadanos.
Se ofrece a los lectores un modelo de demanda civil que se puede utilizar o servir de guía para todo tipo de proceso civil, se ha indicado las normas que sustentan casa apartado, se ejemplifica y se aconseja su llenado (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CAR)
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
Este documento define y explica el concepto de jurisdicción. Explica que la jurisdicción es una función pública ejercida por los tribunales para resolver conflictos de relevancia jurídica mediante sentencias con autoridad de cosa juzgada. Tiene características como ser territorial, improrrogable e indelegable. Los límites de la jurisdicción incluyen los internacionales, constitucionales y de competencia.
La teoría del caso es la estrategia más importante para organizar el desempeño en el proceso penal. Debe presentarse de manera sencilla, lógica, creíble y realista, sustentada en el principio de legalidad. La teoría del caso incluye los hechos relevantes, su encuadramiento jurídico y las pruebas que los sustentan. Se presenta en el alegato de apertura para captar el interés de los jueces y dar una visión objetiva de lo que se demostrará en el juicio.
El documento describe las diferentes etapas de un juicio, incluyendo la etapa preliminar para recopilar información, la etapa expositiva donde las partes presentan sus argumentos, la etapa probatoria para presentar pruebas, la etapa conclusiva para los alegatos finales, la etapa impugnativa para apelar, y la etapa ejecutiva para hacer cumplir la sentencia.
Este documento presenta un mapa conceptual del proceso penal en Ecuador. Explica las diferentes fases del proceso, incluyendo la fase preparatoria, la fase intermedia, la fase de juicio oral y la fase de recursos. Detalla los procedimientos, plazos y roles de los actores clave como el Ministerio Público, el juez y las partes durante cada etapa del proceso.
Derecho probatorio objeto de la prueba en venezuelasonia sanchez
El documento describe los principios fundamentales de la prueba en el sistema legal venezolano. Explica que la prueba se centra en los hechos controvertidos presentados por las partes en litigio y que debe existir evidencia de dichos hechos. Además, señala que la prueba busca crear convicción en el juzgador sobre la veracidad o falsedad de los hechos alegados y que consiste en elementos y datos que pueden probar o negar la existencia de dichos hechos. Por último, menciona que la carga
Derecho Extranjero Venezolano en materia de Derecho Internacional Privadojohast67
Este documento trata sobre el derecho extranjero y su aplicación en Venezuela. Explica que según la Ley de Derecho Internacional Privado de 1999, el derecho extranjero puede aplicarse siempre que sea competente y no vaya en contra del orden público local. También establece que solo los jueces pueden aplicar el derecho extranjero. Finalmente, discute brevemente el derecho internacional privado y el derecho intertemporal y cómo resuelven problemas relacionados con la aplicación de normas jurídicas entre sistemas legales diferentes.
Este documento describe las diferentes fases del proceso penal en un sistema acusatorio, incluyendo la fase de investigación dirigida por el Ministerio Público, la fase intermedia ante el juez de garantías, y el juicio oral. También explica los roles del fiscal y la policía en la investigación de delitos, así como los diferentes actos que requieren autorización judicial y los que no.
Metodología de la investigación jurídica I parteAndres Martinez
Este documento presenta una metodología para la investigación jurídica. Explica que la investigación jurídica tiene como objetivo estudiar problemas sociales, políticos y económicos para proponer soluciones jurídicas a través de métodos sistemáticos y rigurosos. Describe los diferentes tipos de investigación jurídica como la documental, empírica, pura y aplicada, así como los niveles exploratorios, descriptivos y explicativos. Finalmente, detalla las etapas del proceso de investigación jurídica, que incluy
El documento describe las garantías constitucionales relacionadas con el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva. Menciona principios como el derecho de defensa, la cosa juzgada, el principio de igualdad y las acciones de hábeas corpus, amparo e inconstitucionalidad. También explica conceptos como el debido proceso, la tutela jurisdiccional efectiva y el derecho de defensa, señalando sus orígenes y desarrollo en las constituciones peruanas desde 1812.
El documento resume los elementos objetivos y subjetivos de los delitos y crímenes, así como los principios que rigen la valoración de las pruebas en materia penal. Explica que para que un hecho sea considerado un ilícito penal debe ser típico y antijurídico, y analiza los elementos objetivos y subjetivos de los delitos contra las personas y la propiedad. También examina los criterios para valorar pruebas como las testimoniales, documentales y el estándar de prueba requerido.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Explica conceptos clave como sujetos del delito, objetos del delito, elementos positivos y negativos del delito, nexo causal, resultado, objeto jurídico y objeto material. También describe teorías del delito como la teoría absolustista, teorías relativas de la pena como las teorías preventivas y teorías mixtas. Finalmente, presenta un breve artículo sobre las penas y medidas de seguridad de acuerdo al Código Penal Federal.
El sistema probatorio es el conjunto de normas conforme a las cuales se regulan las pruebas en el enjuiciamiento, es decir, a través de cada sistema probatorio, podemos saber cuales pruebas pueden llevarse al proceso y que valor demostrativo representa. Existen tres sistemas de valoración de la prueba, la primera es prueba legal, y es determinada por la ley, siendo así, su valoración tiene que ajustarse a la que le fue otorgada por el legislador.
El documento discute el derecho a la tutela jurisdiccional y al debido proceso. Explica que la Constitución y la ley orgánica del Poder Judicial garantizan el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para la defensa de los derechos de toda persona. También analiza los principios de publicidad, objetividad, subjetividad y autonomía de la tutela jurisdiccional, así como las manifestaciones del derecho de acción y contradicción. Finalmente, examina el tratamiento del debido proceso en tratados internacionales y en la legisl
El documento define el acto administrativo como una declaración unilateral realizada por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones que produce efectos jurídicos individuales. Explica que los actos administrativos pueden ser impugnados en sede administrativa o judicial y que además de actos unilaterales, también pueden darse actos administrativos bilaterales como los contratos. Finalmente, distingue entre actos administrativos, reglamentos, hechos administrativos y simples actos de la administración.
10.07. 02. alegatos de apertura. taller. dr. alberto bautistacalacademica
El documento habla sobre el alegato de apertura en un juicio. El alegato de apertura es la primera oportunidad que tienen las partes de presentar su teoría del caso ante el juez e incluye los hechos, la norma aplicable y las pruebas. Debe ser breve, simple y mantener la atención del juez.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
El documento establece los principios y procedimientos del juicio oral en materia familiar en Coahuila, México. Los principios clave son la oralidad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración. El juicio oral consta de dos audiencias, la preparatoria y la de juicio. La audiencia preparatoria es para exponer pretensiones, resolver excepciones, establecer acuerdos y admitir pruebas. La audiencia de juicio es para recibir pruebas, alegatos y dictar sentencia.
Este documento resume las principales ideas del filósofo del derecho Ronald Dworkin. Describe su teoría de la interpretación jurídica, en la que da prioridad a los principios sobre las normas. Critica el positivismo jurídico y propone que los jueces deben basar sus decisiones no solo en normas sino también en consideraciones morales y filosóficas. Defiende los derechos individuales frente al bien común y sostiene que el gobierno debe respetar los derechos morales de los ciudadanos.
Se ofrece a los lectores un modelo de demanda civil que se puede utilizar o servir de guía para todo tipo de proceso civil, se ha indicado las normas que sustentan casa apartado, se ejemplifica y se aconseja su llenado (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CAR)
Este documento define conceptos clave del derecho procesal civil como la acción, jurisdicción, competencia y proceso. Resume que la acción es un derecho subjetivo que genera una obligación para el juez de resolver la demanda. Explica las diferentes teorías sobre la naturaleza de la acción. Define la jurisdicción como la potestad del estado de aplicar la ley a casos concretos mediante sentencias. Distingue entre jurisdicción ordinaria y especializada. Finalmente, introduce la noción de competencia para determinar qué juez conoce cada caso.
Este documento define y explica el concepto de jurisdicción. Explica que la jurisdicción es una función pública ejercida por los tribunales para resolver conflictos de relevancia jurídica mediante sentencias con autoridad de cosa juzgada. Tiene características como ser territorial, improrrogable e indelegable. Los límites de la jurisdicción incluyen los internacionales, constitucionales y de competencia.
La teoría del caso es la estrategia más importante para organizar el desempeño en el proceso penal. Debe presentarse de manera sencilla, lógica, creíble y realista, sustentada en el principio de legalidad. La teoría del caso incluye los hechos relevantes, su encuadramiento jurídico y las pruebas que los sustentan. Se presenta en el alegato de apertura para captar el interés de los jueces y dar una visión objetiva de lo que se demostrará en el juicio.
El documento describe las diferentes etapas de un juicio, incluyendo la etapa preliminar para recopilar información, la etapa expositiva donde las partes presentan sus argumentos, la etapa probatoria para presentar pruebas, la etapa conclusiva para los alegatos finales, la etapa impugnativa para apelar, y la etapa ejecutiva para hacer cumplir la sentencia.
Este documento presenta un mapa conceptual del proceso penal en Ecuador. Explica las diferentes fases del proceso, incluyendo la fase preparatoria, la fase intermedia, la fase de juicio oral y la fase de recursos. Detalla los procedimientos, plazos y roles de los actores clave como el Ministerio Público, el juez y las partes durante cada etapa del proceso.
Derecho probatorio objeto de la prueba en venezuelasonia sanchez
El documento describe los principios fundamentales de la prueba en el sistema legal venezolano. Explica que la prueba se centra en los hechos controvertidos presentados por las partes en litigio y que debe existir evidencia de dichos hechos. Además, señala que la prueba busca crear convicción en el juzgador sobre la veracidad o falsedad de los hechos alegados y que consiste en elementos y datos que pueden probar o negar la existencia de dichos hechos. Por último, menciona que la carga
Derecho Extranjero Venezolano en materia de Derecho Internacional Privadojohast67
Este documento trata sobre el derecho extranjero y su aplicación en Venezuela. Explica que según la Ley de Derecho Internacional Privado de 1999, el derecho extranjero puede aplicarse siempre que sea competente y no vaya en contra del orden público local. También establece que solo los jueces pueden aplicar el derecho extranjero. Finalmente, discute brevemente el derecho internacional privado y el derecho intertemporal y cómo resuelven problemas relacionados con la aplicación de normas jurídicas entre sistemas legales diferentes.
Este documento describe las diferentes fases del proceso penal en un sistema acusatorio, incluyendo la fase de investigación dirigida por el Ministerio Público, la fase intermedia ante el juez de garantías, y el juicio oral. También explica los roles del fiscal y la policía en la investigación de delitos, así como los diferentes actos que requieren autorización judicial y los que no.
Metodología de la investigación jurídica I parteAndres Martinez
Este documento presenta una metodología para la investigación jurídica. Explica que la investigación jurídica tiene como objetivo estudiar problemas sociales, políticos y económicos para proponer soluciones jurídicas a través de métodos sistemáticos y rigurosos. Describe los diferentes tipos de investigación jurídica como la documental, empírica, pura y aplicada, así como los niveles exploratorios, descriptivos y explicativos. Finalmente, detalla las etapas del proceso de investigación jurídica, que incluy
El documento describe las garantías constitucionales relacionadas con el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva. Menciona principios como el derecho de defensa, la cosa juzgada, el principio de igualdad y las acciones de hábeas corpus, amparo e inconstitucionalidad. También explica conceptos como el debido proceso, la tutela jurisdiccional efectiva y el derecho de defensa, señalando sus orígenes y desarrollo en las constituciones peruanas desde 1812.
El documento resume los elementos objetivos y subjetivos de los delitos y crímenes, así como los principios que rigen la valoración de las pruebas en materia penal. Explica que para que un hecho sea considerado un ilícito penal debe ser típico y antijurídico, y analiza los elementos objetivos y subjetivos de los delitos contra las personas y la propiedad. También examina los criterios para valorar pruebas como las testimoniales, documentales y el estándar de prueba requerido.
Este documento presenta una introducción a la teoría del delito. Explica conceptos clave como sujetos del delito, objetos del delito, elementos positivos y negativos del delito, nexo causal, resultado, objeto jurídico y objeto material. También describe teorías del delito como la teoría absolustista, teorías relativas de la pena como las teorías preventivas y teorías mixtas. Finalmente, presenta un breve artículo sobre las penas y medidas de seguridad de acuerdo al Código Penal Federal.
El documento presenta una introducción a la teoría del derecho impartida por el profesor Roberto Muñoz Torres a un grupo de 5 estudiantes. Explica que la teoría del delito es el resultado de la doctrina jurídico-penal y constituye la manifestación más elaborada de la dogmática del derecho. Luego define el delito, los sujetos del delito, los elementos positivos y negativos, y la prelación lógica de los elementos del delito.
El documento trata sobre el impacto de la reforma constitucional de derechos humanos de 2011 en la observancia del derecho penal mexicano. Establece que las autoridades deben investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos. También incluye mandatos específicos sobre las obligaciones de las autoridades. Aborda conceptos como la reincorporación del modelo argumentativo en el aparato judicial y las implicaciones del concepto de propiedad en el derecho romano para el derecho penal.
1) El documento habla sobre la teoría general del delito y define al delito como una conducta típica, antijurídica y culpable según la ley. 2) Explica que la conducta delictiva es un comportamiento humano sancionable por la ley. 3) Señala que la teoría general del delito es un sistema que utiliza el derecho penal para definir aquellas conductas prohibidas y los requisitos para aplicar una pena.
La teoría del delito es un elemento esencial en el planteamiento de la teoría del caso. La teoría del delito explica conceptos como la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad, los cuales son fundamentales para que las partes puedan construir su teoría del caso y argumentarla en el juicio oral. La preparación incluye el desarrollo de la teoría del caso desde los puntos de vista fáctico, probatorio y jurídico.
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitolachita2810
El documento resume los elementos y estructura del concepto de delito según la teoría general del derecho penal. Explica que un delito consta de dos juicios: uno de antijuricidad sobre el acto y otro de culpabilidad sobre el autor. La antijuricidad incluye elementos como la acción u omisión, medios, objetos y resultado, mientras que la culpabilidad considera la imputabilidad y conocimiento del autor. Para que exista un delito debe haber tanto antijuricidad como culpabilidad. Además, el hecho debe adecuarse
1) El documento discute la importancia de la teoría del delito y la teoría del caso en el proceso penal. 2) Explica conceptos clave como qué es un delito, los elementos de la teoría del delito (acción típica, antijurídica y culpable), y la teoría del caso como la hipótesis jurídica elaborada por la fiscalía o defensa. 3) También cubre temas como la estructura del tipo penal, clases de dolo y culpa, y la construcción gradual de la teoría del caso durante la investigación
Este documento presenta un resumen de las principales teorías del delito. Expone conceptos como tipicidad, antijuricidad, culpabilidad y diferentes teorías como el causalismo, causalismo valorativo, irracionalismo y finalismo. También describe las garantías penales y procesales de un Estado democrático como la legalidad, necesidad y culpabilidad.
TEORIA GENERAL DEL DELITO DEL DIA MARTES 04 OCT 22.pptxssuser241660
Este documento resume los principales elementos de la teoría general del delito. Explica que la teoría general del delito estudia las características comunes que debe tener cualquier conducta para ser considerada un delito, y describe los elementos constitutivos del delito como la acción, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad y la imputabilidad. También analiza conceptos como los tipos objetivo y subjetivo, y las diferentes teorías sobre los elementos del delito.
Este documento presenta un informe sobre las obligaciones que surgen de los actos ilícitos en el Derecho Civil Mexicano. Explica que el Código Civil Federal regula las relaciones entre particulares y establece las leyes que rigen la personalidad y valores de los ciudadanos. Incluye una investigación de campo en un juzgado civil donde se entrevistó a funcionarios sobre el proceso de denuncias por negligencia. Concluye resaltando algunos artículos sobre la reparación del daño en casos de negligencia médica u otros accidentes causados por
El Gobierno del Estado de México, mediante Decreto número 266 del 9 de febrero de 2009, publicó en la Gaceta del Gobierno, el nuevo Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, tomando importancia en el presente trabajo, el rol del perito en el nuevo proceso penal de corte acusatorio, adversarial y oral, donde se abordarán los tópicos referentes a los principios que lo rigen, la legalidad y la valoración de la prueba, el registro de actuaciones y audiencias, los sujetos procesales, las actuaciones y los elementos de la investigación, inspecciones, registros y aseguramientos, registros de investigación y cadena de custodia, los peritajes, su actuación en la audiencia de juicio oral, en la prueba anticipada y en la prueba irreproductible. De esta manera, el perito normará su actuación -además de lo referente a su ciencia-, conforme a los principios del proceso penal acusatorio. Las reglas para la emisión y presentación del dictamen cambian de manera sustancial, razón por la cual, los peritos deben analizar el cuerpo legal y dirigir su actuación en base a dichos criterios, además de que será requerida su intervención personal en base a interrogatorios efectuados por los sujetos procesales, siendo participes dentro del drama penal como agentes activos para lograr el conocimiento de la verdad histórica de los hechos.
Este documento presenta tres ensayos escritos por Alberto Binder sobre temas relacionados con la justicia penal. El primer ensayo titulado "Elogio de la audiencia oral y pública" defiende el valor de las audiencias orales y públicas en el proceso penal, resaltando su papel central en la búsqueda de la verdad y como ritual de pacificación social. El segundo ensayo analiza las tensiones entre los sistemas inquisitivos y los principios republicanos, proponiendo estrategias y prácticas necesarias para fortalec
El documento presenta una introducción a la teoría del delito. Expone brevemente las principales teorías del delito a través de la historia, incluyendo el causalismo naturalista, el causalismo valorativo, el finalismo y el funcionalismo. También define los elementos constitutivos del delito según cada teoría, como la conducta, la tipicidad, la antijuricidad y la culpabilidad. Finalmente, resume las concepciones jurídica, filosófica y dogmática del delito.
1. El documento trata sobre el derecho penal en México. Explica conceptos como normas penales, procesos penales, justicia penal acusatoria, roles de jueces, fiscales, abogados defensores y víctimas. 2. También describe el nuevo sistema de justicia penal mexicano que otorga mayores derechos a imputados y víctimas y es más eficiente. 3. El objetivo es comprender la importancia del estudio del derecho penal y las sanciones para delincuentes establecidas por la ley.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones del tema "Derecho Penal" para la materia "Herramientas para la búsqueda y manejo de la información" de una estudiante de primer semestre de la licenciatura en Derecho. El documento define el derecho penal, sus elementos y funciones, y analiza conceptos como la pena, el delito y las fuentes del derecho procesal penal.
Este documento presenta un proyecto de investigación sobre cómo afecta la conducta delictiva del hurto a la seguridad ciudadana en Valledupar durante los años 2010 y 2011. El proyecto analizará estudios estadísticos existentes sobre el hurto para realizar un análisis cualitativo del fenómeno. Se categorizarán las causas y efectos del hurto y se examinarán las políticas locales a la luz de los resultados. La metodología incluye entrevistas, cuestionarios, y observación no participante. Se espera sistematizar los
Diapositivas (sujetos procesales) trabajo finalmdaudhasan
El documento presenta una introducción al sistema procesal acusatorio adoptado en Panamá mediante la Ley N°68 de 2008. Explica que los sujetos procesales son aquellos que intervienen en el proceso penal y clasifica a estos sujetos en esenciales y eventuales, permanentes y transitorios, y principales y accesorios. Describe las funciones del Ministerio Público, la víctima, el querellante, el imputado, y el juez según la legislación panameña. Finalmente, analiza el rol del juez ante el sistema
Este documento presenta un resumen de los principales conceptos y teorías sobre el delito en derecho penal. Explica que el delito requiere de una conducta típica, antijurídica y culpable. Además, describe las principales teorías que han tratado de explicar el delito, como la teoría causalista, finalista y funcionalista. Finalmente, ofrece definiciones legales, teóricas y positivas de lo que constituye un delito.
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Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
1. TALLER DE JUICIOS
ORALES EN MATERIA
PENAL
TEMA 2.
TEORÍA DEL CASO Y
TEORÍA DEL DELITO
MTRO. HERIBERTO
RAMIREZ NERI
2. OBJETIVO PARTICULAR:
Objetivo particular.- Al término de
la sesión el estudiante conocerá y
comprenderá las diferencias entre
la teoría del delito y teoría del caso,
así como la importancia de cada
una de ellas para el desarrollo de un
buen proceso penal
Mtro. Heriberto Ramírez Neri
5. Como bien sabemos en junio de 2008 se
implemento una nueva reforma penal, la cual
pretende cambiar nuestro sistema procesal penal,
esta reforma busca implementar nuevos
mecanismos con el fin de que la justicia se imparta
de una manera más eficaz.
Los países que tienen un sistema procesal
acusatorio, entre las diversas instituciones y
herramientas jurídicas que informan y sirven al
proceso penal, la teoría del caso surge como un
instrumento de capital importancia para el pleno
desenvolvimiento y eficaz desarrollo del proceso
Mtro. Heriberto Ramírez Neri
6. La teoría del caso es el
planteamiento metodológico que cada
una de las partes deberá realizar desde
el primer momento en que han tomado
conocimiento de los hechos, con el fin
de proporcionar un significado u
orientación a los hechos, normas
jurídicas ya sean sustantivas o
procesales, así como el material
probatorio, que se ha recabado.1
1. Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del proceso penal acusatorio
y oral. México, Flores editor y Distribuidor, 2011, pp. 199
Mtro. Heriberto Ramírez Neri
7. También podemos entenderla como
aquellos conocimientos
especulativos que cada una de las
partes aportara dentro de un juicio,
orientados a la comprobación del
delito, o bien a desvirtuar en forma
total o parcial los mismos.2
2 Aguilar Fregoso, Violet. “Análisis comunicativo de la teoría del caso.” Iter
Criminis. Revista de ciencias Penales. Instituto nacional de ciencias penales.
México, Cuarta Época, No. 21., Mayo-junio 2011, pp.17
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8. Esta teoría es una herramienta
metodológica por excelencia que tienen
las partes para poder construir, recolectar,
depurar y exponer su posición estratégica
frente a los hechos materia de proceso; y por
otro lado, es un sistema o aparato
conceptual que permite la articulación de
tres niveles de análisis: factico jurídico y
probatorio, los cuales, no solamente
benefician a las parte, sino también al juez,
dado que, se le brindara una carga
informativa tal que le permitirá contar con
los elementos de juicio u decisión para
resolver el conflicto de interés jurídico.3
3 Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del proceso penal acusatorio y oral. México,
Flores editor y Distribuidor, 2011, pp. 195 – 196
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9. Una buena teoría del caso debe poder
explicar de una manera cómoda y
consistente la mayor cantidad de
hechos de la causa, incluyendo
aquellos que aporte la contraparte. La
teoría del caso es nuestra simple, lógica y
persuasiva narración de lo ocurrido.4
La teoría del caso contiene el planteamiento
que el Ministerio Publico o la defensa hace
sobre los hechos penalmente relevantes, las
pruebas que los sustentan y los
fundamentos jurídicos que lo apoyan.
4 Baytelman A, Andrés y Duce J, Mauricio. Litigación penal. Juicio oral y prueba. México,
Fondo de cultura económica. Instituto Nacional de Ciencias Penales, 2008 Pp.102
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10. Es la versión que cada una de las partes
tiene y plantea ante el Tribunal de juicio
oral, sobre la forma en que, a su juicio
ocurrieron los hechos, la existencia de la
responsabilidad o no del acusado, de
acuerdo a las pruebas que presentaran
durante el juicio oral. Dicho de otra
manera es el guion de lo que se
demostrara en el juicio por medio de las
pruebas.
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11. ESTRUCTURA DE LA TEORÍA
DEL CASO
La teoría del caso se sostiene por medio de
tres elementos básicos
A. Fáctico
B. Jurídico
C. Probatorio
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12. A. Fáctico
Es la identificación de los hechos relevantes
o conducentes que deben ser reconstruidos
durante el debate oral, a través de las pruebas.
Los hechos contienen la acción o
circunstancias de tiempo, modo o lugar,
los instrumentos utilizados, y el resultado de la
acción o acciones realizadas.5
Se puede contar con múltiples proposiciones
fácticas para cada uno de los elementos legales,
o solo con una. Estas proposiciones pueden ser
fuertes o débiles.
5. Baytelman A,Andrés y Duce J, Mauricio. Litigación penal. Juicio oral y prueba. México, Fondo de
cultura económica. Instituto Nacional de Ciencias Penales, 2008, pp.56
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13. B. Jurídico
Son los componentes básicos de la
constitución de una norma penal la
cual se soporta en estas en la
tipicidad, la culpabilidad y la
antijurícidad. Es este el punto de
partida para el inicio de la investigación
penal. Se fundamenta en la adecuación
típica de la conducta, los hechos y el marco
reglado sancionador de que dispone la ley.
Es el encuadramiento de los hechos
dentro de la norma penal aplicable. 6
6 León Parada, Víctor ABC del nuevo Sistema Acusatorio Penal. Colombia, Ecoe Ediciones,
2005 pp.217
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14. Teoría del delito
Es un sistema categorial clasificatorio y
secuencial en el que paso a paso se van
elaborando a partir del concepto básico
de la acción los diferentes elementos
esenciales comunes a todas las formas
de aparición del delito.
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15. ELEMENTOS DEL TIPO
CATEGORÍAS DOGMÁTICAS
FUNDAMENTALES
ELEMENTOS
POSITIVOS
ELEMENTOS
NEGATIVOS
Conducta Ausencia de conducta
Tipo Atipicidad
Antijuricidad Causas de justificación
Culpabilidad Causas de
inculpabilidad
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16. CONDUCTA
Lo primero para que el delito exista es que produzca
una conducta, este es el elemento básico del delito,
consistente en un hecho material, exterior,
positivo o negativo, producido por el hombre.
La conducta es una actividad o inactividad voluntaria,
que está compuesta por dos elementos:
Elemento Psíquico, Se presenta cuando el sujeto
activo ha querido mentalmente hacer u omitir algo.
Por ejemplo, querer accionar un arma de fuego, lanzar
un golpe a otra persona o querer apoderarse de una
cosa mueble ajena.
Elemento físico. Consiste en hacer u omitir algo, en
el caso de la omisión debe ser respecto a una conducta
obligatoria.
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17. La voluntad del sujeto se puede exteriorizar a través de
una acción o una omisión.
Delitos de Acción: el sujeto activo realiza un
movimiento físico que encuadra en un tipo penal
determinado.
Delito de Omisión: La voluntad del sujeto también
puede ser manifestada a través de una omisión. Esta
omisión puede ser simple o de comisión por omisión.
La omisión simple: Los delitos de omisión simple
tienen solamente un resultado formal o jurídico, la
omisión se encuadra y violenta el bien jurídico de un
tipo penal específico, como el delito de incumplimiento
de pensión alimenticia.
La comisión por omisión: En los delitos de
comisión por omisión el agente genera un resultado
material él no realizar una acción que es obligatoria
jurídicamente.
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18. TIPO
Es la descripción que la ley hace de una conducta o hecho que estima
antijurídicos y dignos de una sanción penal; este concepto debe tenerse
claro para poder entender el significado de la tipicidad.
El tipo y la tipicidad son totalmente diferentes, EL PRIMERO
es solo la descripción de la conducta o hecho delictuoso, y la tipicidad
es la adecuación exacta de una conducta o un hecho con el tipo descrito
en la ley.
Si una conducta, por muy reprochable que sea, no encuadra de manera
exacta en algún tipo, no habrá ningún delito, y operara la denominada
atipicidad.
La tipicidad es la adecuación de una conducta o hecho a la
descripción legal; así carranca y Trujillo apunta que “aceptado por
el derecho el dogma nullum crimen sine lege y correlativamente el de
que no hay delito sin tipo legal al que corresponda la acción, puede
afirmarse que la tipicidad es el elemento constitutivo de delito y que
sin ella no sería incriminable la acción.
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19. Castellano tena expresa que “No debe
confundirse el tipo con la tipicidad. El tipo es la
creación legislativa, la descripción que el estado
hace de una conducta en los preceptos penales.
La tipicidad es la adecuación de una conducta
concreta con la descripción legal formulada en
abstracto.”
LOS ELEMENTOS DEL TIPO.
Son aquellos factores, estados, referencias y
modalidades que rodean al tipo penal, y que
forman parte de la descripción legal.
ELEMENTOS OBJETIVOS
De acuerdo Pavon Vasconcelos son “aquellos
susceptibles de ser apreciados por el simple
conocimiento y cuya función es describir la
conducta o el hecho que puede ser materia de
imputación y de responsabilidad penal”.
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20. ENTRE LOS ELEMENTOS OBJETIVOS
TENEMOS;
a).- Calidad en el sujeto activo. Excluye la
posibilidad de ejecución de la conducta por
cualquier sujeto.
b).- Calidad en el sujeto pasivo. No todo sujeto
puede ser víctima del delito.
c).- referencias de lugar. Son condiciones de
referencias de lugar de manera que la ausencia de
estas referencias en el tipo tiene como
consecuencia la inexistencia de la tipicidad.
d).- Referencias de los medios de comisión.
La exigencia de la ley del empleo de determinado
medio, lo hace esencial para integrar la conducta o
para hacer operar alguna agravante de la pena.
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21. e).- Referencias al objeto material.
En algunos tipos se hace referencias al
objeto material protegido.
f).-Bien Jurídicamente protegido. El
bien jurídico es aquello que el tipo penal
está protegiendo, que puede ser la vida, la
libertad, patrimonio, la salud, el medio
ambiente, etcétera.
Referencias de tiempo. Algunos tipos
penales solicitan referencias de tiempo
para que la conducta del sujeto activo se
pueda encuadrar.
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22. ELEMENTO SUBJETIVO
En algunos tipos penales se exigen los
elementos subjetivos del injusto, que
constituyen el contenido de la
voluntad que rige la acción
dirigida a una finalidad, al
conocimiento o al ánimo del sujeto
activo. Franco Guzmán.
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23. ELEMENTOS NORMATIVOS
Son aquellas partes esenciales de un resultado
típico, que no tienen más que importancia
valorativa determinada.
Existen dos clases de elementos normativos; los
de valoración jurídica y los de valoración
cultural. Los de valoración cultural tendrán
su contenido de acuerdo a los usos y
costumbres de una sociedad específica; Los de
valoración jurídica siempre nos remitirán a
una norma jurídica para entender su contenido,
“Comete el delito de violación quien por medio
de la violencia física o moral realice cópula con
persona de cualquier sexo…” (Art. 265 CPF)
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24. ANTIJURICIDAD
La antijuricidad es el juicio de valor objetivo que se
hace de una conducta o hecho típico que lesiona o
pone en peligro el bien jurídicamente protegido, es
lo contrario a derecho. Por lo tanto, no basta que el
hecho sea típico, sino que se necesita que sea
antijurídico, contrario a la norma penal.
El juicio de valoración recae únicamente sobre la
conducta desplegada, por tanto, para que una
conducta pueda ser considerada delictiva debe
lesionar o poner en peligro el bien jurídico
protegido por la norma penal, entonces se entiende
que la conducta además de típica debe ser
antijurídica.
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25. Al adecuarse una conducta a un tipo penal,
se presenta el indicio de la existencia de
la antijuricidad, y por dicho indicio la
conducta debe ser valorada por los
juzgadores, en tanto no este probada una
causa de justificación, que más adelante
analizaremos. Por ende, si se presenta
alguna causa de justificación, la conducta
que fue encuadrada en el tipo descrito por
la ley penal resultaría intrascendente para
el derecho penal, y por tanto, la
antijuridicidad no se integraría.
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26. CULPABILIDAD
La culpabilidad consiste en la posibilidad
de reprochar a un sujeto imputable y con
conciencia de antijuricidad, la realización
de una conducta delictiva o haber
producido un resultado dañoso, cuando le
era exigible otra conducta que podía y
debía desplegar. La culpabilidad es una
actitud subjetiva del agente que se le
reprocha al sujeto por haber realizado una
conducta o hecho típico y antijurídico.
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27. Formas de la culpabilidad
Las formas de culpabilidad son dos. El dolo y la
culpa; sin embargo, algunas entidades de la republica
regulan también la preterintencionalidad, que es
una especie de mezcla entre el dolo y la culpa, dolo
respecto al resultado querido y culpa por lo que hace al
resultado producido.
EL DOLO
Como la intención prevista y querida por el agente,
dirigida a la obtención de un resultado delictuoso.
LA CULPA
La culpa se presenta cuando no se quiere producir el
resultado, que era previsible y evitable, pero por
haber actuado con falta de pericia que debía
observar se produce un resultado que no se quería.
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28. ELEMENTOS NEGATIVOS
AUSENCIA DE CONDUCTA
Son situaciones en las que el sujeto puso en
peligro un bien jurídico protegido, pero en
virtud de que la voluntad del agente es
inexistente, el delito se excluirá.
Como de ausencia de conducta tenemos (15-I
CPF)
a).- Fuerza mayor (vis mayor),
b).- Fuerza Física exterior e irresistible (vis
absoluta), y
c).- El sueño, el sonambulismo, el hipnotismo,
los actos reflejos, instintivos y repetitivos.
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29. ATIPICIDAD
La atipicidad es la no adecuación de una
conducta al tipo descrito por la ley. En
relación con la atipicidad, Jiménez de Asúa,
escribe: “La atipicidad específicamente
considerada puede provenir de la falta de la
exigida referencia a las condiciones del sujeto
activo, del sujeto pasivo, del objeto, del
tiempo o lugar y del medio especialmente
previsto, así como de la ausencia en la
conducta de los elementos subjetivos de lo
injusto y hasta de los elementos normativos
que de manera taxativa ha incluido la ley en
la descripción típica.” (Art. 15-II CPF)
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30. La hipótesis de atipicidad se origina:
Cuando falta la calidad exigida por el tipo en
cuanto al sujeto activo.
Cuando falta la calidad exigida por el tipo en
cuanto al sujeto pasivo.
Cuando hay ausencia de objeto; o bien
existiendo éste no se satisfacen las exigencias de
la ley por cuanto a sus atributos.
Cuando habiéndose dado la conducta, están
ausentes las referencias temporales o especiales
exigidas por el tipo.
Cuando no se dan en la conducta o hecho, los
medios de comisión señalados por la ley.
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31. Cuando están ausentes los elementos
subjetivos del injusto, requeridos
expresamente por el tipo legal
Cuando están ausentes los elementos
normativos, requeridos expresamente
por el tipo legal.
Una conducta puede ser reprobable
socialmente, pero si no encuadra
exactamente en el tipo legal descrito con
todos sus elementos, ya sean objetivos,
subjetivos o normativos, operará la
atipicidad.
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32. Antijuridicidad- Causas de justificación
Las causas de justificación son aquellas circunstancias que
rodean a los actos u omisiones, y que eliminan el juicio
objetivo de la antijuridicidad, es decir, estas causas
impiden que una conducta que se encuadra exactamente
en un tipo penal sea antijurídica o contraria a derecho.
Dichas causas de justificación deberán aparecer
expresamente en los ordenamientos penales, sólo así
pueden tener el carácter de justificantes.
Para una mejor comprensión de las causas de justificación,
debemos tener claro que toda conducta jurídicamente
regulada puede ser legal o ilegal. Por lo tanto, toda
conducta legal pertenece al grupo de las conductas libres o
potestativas, que son las que se realizan en el ejercicio de
un derecho, o al grupo de las conductas obligatorias, que
son las que se realizan en el cumplimiento de un deber.
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33. Las causas de justificación reguladas en
el Código Penal Federal (Art. 15) entre
otras son las siguientes:
1) Consentimiento del titular, (-III)
2) Legítima defensa, (IV)
3) Estado de necesidad, y (V)
4) Ejercicio de un Derecho y (VI)
5) Cumplimiento de un deber. (VI)
(…)
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34. LA INCULPABILIDAD
Se presenta la inculpabilidad cuando existe
ignorancia o error en el agente al momento
de realizar una conducta. Por tanto, dicha
conducta será irreprochable, es decir, que la
inculpabilidad derivará de la ignorancia o
error al momento de realizar o no una
conducta.
La ignorancia es el desconocimiento total de
un hecho, o bien la carencia de toda noción
sobre una cosa en tanto que el error es una
idea falsa o errónea respecto a un objeto,
cosa o situación.
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35. De acuerdo con la doctrina, el error se divide
en:
1) Error de derecho o de prohibición y
2) Error de hecho o de tipo.
A. El error de derecho o de prohibición
El error de prohibición impide siempre que el
agente tenga la comprensión de la
antijuridicidad de su conducta. Sin embargo, en
ocasiones ocurre porque el sujeto no tiene la
posibilidad de conocer una prohibición
establecida en la ley, a lo que llamamos error de
prohibición directo. Pero también se presenta
cuando el agente erróneamente cree que su
conducta está justificada por alguna causa de
licitud.
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36. B. El error de hecho o de tipo
El error de tipo, se presenta cuando el
error recae sobre alguno de los
elementos esenciales del tipo, lo que
producirá inculpabilidad en el actuar
del sujeto; este error se divide en error
accidental y error esencial.
Mtro. Heriberto Ramírez Neri
37. ¿Cuándo se elabora la teoría del caso?
¿Cuáles son sus elementos básicos?
¿Cómo se elabora la teoría del caso?
¿Dónde la vamos a presentar?
¿Cuando estudiamos la Teoría del Delito?
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38. Ramírez Neri & Asociados
Abogado Heriberto Ramírez
Neri
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Cel. 55-34275321