Es un documento negociable, representativo de un valor o compromiso económico entre el girador o emisor del documento y el propietario o tenedor del mismo .
Control económico que se obtiene mediante la tenencia de la propiedad accionaria mayoritaria de grupos financieros nacionales e internacionales;  que materializados a través de los títulos valores se movilizan mediante las negociaciones que diariamente acontecen en las Bolsas de Valores de todo el mundo. los títulos valores acreditan la existencia y transferencia de mercancías, operaciones bancarias, importaciones y exportaciones. cualquier transacción comercial de relevancia generalmente es  docu mentada a través de un título valor.
 
 
El documento debe ser un papel porque sólo el  papel  puede cumplir la función que los títulos valores.  Los títulos valores son documentos  privados  donde basta la  voluntad  de un particular. Toda obligación incorporada a un Título Valor deriva de la  firma  puesta en el mismo
En los títulos valores el documento no es solamente probatorio de un derecho, sino que es parte de un derecho. El derecho consignado en el título no preexiste al título sino que nace con él. Al crearse el documento, nace el derecho y la obligación correspondiente.
es un documento que no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración. Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades. No obstante, un documento privado puede adquirir la connotación de documento público cuando ese documento es presentado ante notario público. ¡No hay derecho sin título!
Los documentos son auténticos cuando se conoce el suscripto o persona que lo elaborado y firmado, ella se hace responsable del titulo valor
Es original por que el tenedor puede cobrar o reclamar al deudor del titulo valor mediante la exhibición del mismo y será en dinero o en diferente bien o mueble
Los documentos privados auténticos tienen la misma valides que los documentos públicos.
 
 
Procedimiento que se hace para realizar la negociación del titulo conforme a su clase. Las clases de títulos son: Nominativos  Al portador A la orden
Para que un documento  sea reconocido como titulo valor  es indispensable que cumpla todas  normas establecidas por la ley. Un documento sin menciones o requisitos  no adquirirá la naturaleza de titulo valor
Los derechos consignados en un titulo valor solo pueden  ser ejercidos por su titular,  sea único o plural.
Requiere proceder con criterio de justicia y equidad y actuar con honradez para que los intereses de los demás no se vean afectados
 
Los títulos valores son documentos formales, las formalidades son esenciales pues deben cumplirse para que el acto produzca todos los efectos legales y solo en la medida en que el titulo cumpla con los requisitos señalados en la ley podrán nacer a la vida jurídica.
VOLUNTARIAS :  son en las que los  particulares pueden expresar libremente a través de sus actos (autonomía y voluntad). FINES PROBATORIOS : son requisitos que contienen determinados actos como prueba del acto mismo.
GENERAL Deben contenerla  todos los títulos  valores cualquiera  que sea la naturaleza, ningún titulo valor puede carecer de dichos requisitos . Hacen mención a  cada titulo valor  en especial. ESPECIALES
La mención del derecho que se incorpora en el titulo:  en el numeral primero del art 621 regula que todo titulo valor debe contener este requisito, todo documento vale por su contenido y de allí deriva su importancia, el derecho incorporado debe ser manifestado de manera escrita, es de carácter indivisible y en idioma castellano según el art 823 del cód.de comercio .
Se entiende por firma la signatura autógrafa del documento, al escribir una persona su nombre legible o no capaz de identificarse como autor jurídico del documento, dar fe de su otorgamiento. La firma con sello u otro medio mecánico no esta autorizado para ningún acto publico ni privado.
Lugar de cumplimiento :  sitio donde el tenedor del titulo valor va a exigir la obligación consignada en el titulo. Si en el documento no se a indicado el lugar del cumplimiento de la obligación esta deberá cumplirse en el domicilio del creador del titulo. Fecha y lugar de creación:  la fecha de creación es el momento a partir del cual la persona por quien se ha firmado asume las obligaciones.
 

Titulo valor

  • 1.
    Es un documentonegociable, representativo de un valor o compromiso económico entre el girador o emisor del documento y el propietario o tenedor del mismo .
  • 2.
    Control económico quese obtiene mediante la tenencia de la propiedad accionaria mayoritaria de grupos financieros nacionales e internacionales; que materializados a través de los títulos valores se movilizan mediante las negociaciones que diariamente acontecen en las Bolsas de Valores de todo el mundo. los títulos valores acreditan la existencia y transferencia de mercancías, operaciones bancarias, importaciones y exportaciones. cualquier transacción comercial de relevancia generalmente es docu mentada a través de un título valor.
  • 3.
  • 4.
  • 5.
    El documento debeser un papel porque sólo el papel puede cumplir la función que los títulos valores. Los títulos valores son documentos privados donde basta la voluntad de un particular. Toda obligación incorporada a un Título Valor deriva de la firma puesta en el mismo
  • 6.
    En los títulosvalores el documento no es solamente probatorio de un derecho, sino que es parte de un derecho. El derecho consignado en el título no preexiste al título sino que nace con él. Al crearse el documento, nace el derecho y la obligación correspondiente.
  • 7.
    es un documentoque no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración. Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades. No obstante, un documento privado puede adquirir la connotación de documento público cuando ese documento es presentado ante notario público. ¡No hay derecho sin título!
  • 8.
    Los documentos sonauténticos cuando se conoce el suscripto o persona que lo elaborado y firmado, ella se hace responsable del titulo valor
  • 9.
    Es original porque el tenedor puede cobrar o reclamar al deudor del titulo valor mediante la exhibición del mismo y será en dinero o en diferente bien o mueble
  • 10.
    Los documentos privadosauténticos tienen la misma valides que los documentos públicos.
  • 11.
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  • 13.
    Procedimiento que sehace para realizar la negociación del titulo conforme a su clase. Las clases de títulos son: Nominativos Al portador A la orden
  • 14.
    Para que undocumento sea reconocido como titulo valor es indispensable que cumpla todas normas establecidas por la ley. Un documento sin menciones o requisitos no adquirirá la naturaleza de titulo valor
  • 15.
    Los derechos consignadosen un titulo valor solo pueden ser ejercidos por su titular, sea único o plural.
  • 16.
    Requiere proceder concriterio de justicia y equidad y actuar con honradez para que los intereses de los demás no se vean afectados
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    Los títulos valoresson documentos formales, las formalidades son esenciales pues deben cumplirse para que el acto produzca todos los efectos legales y solo en la medida en que el titulo cumpla con los requisitos señalados en la ley podrán nacer a la vida jurídica.
  • 19.
    VOLUNTARIAS : son en las que los particulares pueden expresar libremente a través de sus actos (autonomía y voluntad). FINES PROBATORIOS : son requisitos que contienen determinados actos como prueba del acto mismo.
  • 20.
    GENERAL Deben contenerla todos los títulos valores cualquiera que sea la naturaleza, ningún titulo valor puede carecer de dichos requisitos . Hacen mención a cada titulo valor en especial. ESPECIALES
  • 21.
    La mención delderecho que se incorpora en el titulo: en el numeral primero del art 621 regula que todo titulo valor debe contener este requisito, todo documento vale por su contenido y de allí deriva su importancia, el derecho incorporado debe ser manifestado de manera escrita, es de carácter indivisible y en idioma castellano según el art 823 del cód.de comercio .
  • 22.
    Se entiende porfirma la signatura autógrafa del documento, al escribir una persona su nombre legible o no capaz de identificarse como autor jurídico del documento, dar fe de su otorgamiento. La firma con sello u otro medio mecánico no esta autorizado para ningún acto publico ni privado.
  • 23.
    Lugar de cumplimiento: sitio donde el tenedor del titulo valor va a exigir la obligación consignada en el titulo. Si en el documento no se a indicado el lugar del cumplimiento de la obligación esta deberá cumplirse en el domicilio del creador del titulo. Fecha y lugar de creación: la fecha de creación es el momento a partir del cual la persona por quien se ha firmado asume las obligaciones.
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