4. 1.1. Concepto de Títulos Valores
Materializados
Documento que contiene o representa un derecho patrimonial,
destinado a la circulación comercial y que cumple los
requisitos formales señalados por la ley.
5. 1.2. Reglas Básicas
Principios
• Literalidad
Lima ,
Plaza
15 04 10
___/___/___
Día Mes
12,500.00
Año
N° 12345678 9
Pague a
la orden de
S/.
009 001 110010629402 93
PEDRO UGARTE CHAVEZ------------------------------------------Nuevos Soles
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
RODRIGUEZ TORRES DIEGO
DNI 09529786
12345678 009 001 110010629402
Diego
Firma
Rodríguez
6. Derecho patrimonial
incorporado
INCORPORACIÓN
15 04 10
Lima , ___/___/___
Plaza
Día Mes
S/.
Año
N° 12345678 9
12,500.00
009 001 110010629402 93
Pague a
la orden de PEDRO UGARTE CHAVEZ------------------------------------------DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 -----------------------------------RODRIGUEZ TORRES DIEGO
DNI 09529786
12345678 009 001 110010629402
Diego
Rodríguez
Firma
Nuevos Soles
8. Importe y Unidad Monetaria
Diferencia en el importe
Si hay diferencia entre los
importes
expresados
en
letras
y
en
números,
prevalece la suma menor.
10. Unidad Monetaria
En caso de diferencia en la referencia de la unidad monetaria,
se entenderá que su importe corresponde a la moneda nacional,
si uno de los importes estuviera expresado en dicha moneda.
11. Unidad Monetaria
En caso se tratara de unidades monetarias diferentes, y ninguna
de ellas fuera la moneda nacional, el documento no surtirá
efectos cambiarios
12. Unidad Monetaria
Los importes que no consignen la unidad monetaria, se
entenderán que corresponden a la moneda nacional.
13. _________________________
Aceptante
NUMERO
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE GIRO FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE
Día
Mes
Año
US$
20,000.00
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden
de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la
cantidad de
Veinticinco Mil nuevos soles --------------------------------------En el siguiente lugar de pago,o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...:
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
Ejemplo
Girado…………………………………………………
…….
…………………………………………………….…
……...
Domicilio
…………………………………………………...
Fiador: ………………………...……………………….
D.O.I…………………………...Telef………………
Aval permanente: ...……………………...….………...
………
Domicilio ……………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef…………………
Firma …………………………………………………..
Nombre del
Representante………………………………...…..
Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
D.C.
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
_________________________
_________________________
Firma
Nombre del
Representante(s)
Firma
14. 1.3. Consideraciones Generales
Toda persona que firme un título
valor deberá consignar su nombre
y el número de su DOI.
Objeto : Evitar homonimia.
El error en la consignación del
número, no afecta la validez del
título.
15. Lima ,
Plaza
___/___/___
05 03 10
Día Mes Año
N° 12345678 9
Pague a
la orden de
S/.
12,500.00
009 001 110010629402 93
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ -----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
RODRIGUEZ TORRES DIEGO
DNI 09529786
12345678 009 001 110010629402
Diego
Rodríguez
Firma
Nuevos Soles
16. Lima ,
Plaza
___/___/__
05 03 10
Día Mes Año
N° 12345678 9
Pague a
la orden de
S/.
12,500.00
009 001 110010629402 93
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ -----------------------------
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 -----------------------------------LA COMERCIAL IMPORTADORA SA
RUC 20095297863
12345678 009 001 110010629402
Nuevos Soles
Diego Rodríguez Pedro
Gerente General
Diego Rodríguez
Rodríguez
Gerente Finanzas
Pedro Rodríguez
17. 1.4. Clasificación de los Títulos Valores
Por la forma como se representan se clasifican en:
18. Según su Circulación
(Clasificación según Ley)
• Título Valor al
Portador
•
•
•
Cláusula “Al Portador”
Entrega Física
Innominados.
• El Título Valor
A la Orden.
•
•
•
Cláusula “A la orden”
ENDOSO + ENTREGA FÍSICA
Indicación de persona
determinada
• El Título Valor
Nominativo.
•
Contrato de Cesión de
Derechos.
Sin cláusulas.
No se endosan.
•
•
19. Título Valor Al Portador
Lima
08
05
12,500.00
10
AL PORTADOR
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 -----------------------------------E MAS SAC
RUC 54897845878
Juan González
José Rodríguez
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
20. Título Valor A la Orden
Lima
08
05
12,500.00
08
Juan Pérez Ocampo
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 -----------------------------------E MAS SAC
RUC 54897845878
Juan González
José Rodríguez
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
21. 1.5. Transferencia de los Títulos Valores:
El Endoso
Es el modo de transmisión de los títulos valores A LA
ORDEN, consistente en la firma de quien transmite colocada
al reverso del documento.
Puede designarse el nombre del beneficiario o hacerse en
blanco.
Mediante el endoso el legitimo poseedor transmite el título.
22. Endoso – Requisitos Formales
Debe constar en el título o en hoja adherida a el y
contener :
El nombre del endosatario, si se omite se considera
endoso en blanco.
La clase de endoso, si se omite se considera transmitido
en propiedad.
Fecha del endoso, se puede omitir
El nombre, numero de DOI y la firma del endosante
(requisitos esenciales)
23. 08 07 10
S/. 12,500.00
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ ----------------------------DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 --------------------------
COMPAÑÍA MINERA MILPO S.A.A.
RUC 20251548799
Diego
Rodríguez
Diego Rodríguez
Gerente General
Nuevos Soles
24. ENDOSOS
ENDOSATARIO
ENDOSATARIO
En blanco o al
portador
Páguese a la orden de
José Muñoz Pizarro
Pedro
Pedro Morales S.
PedroMorales S
Morales S.
Pedro Antonio Morales Suarez
DNI 08592867
Lima, DNI 08592867 2010
19 de Julio de
Lima, 19 de Julio de 2010
ENDOSANTE
ENDOSANTE
25. Páguese a la orden de
Juan Gutiérrez Chávez
Pedro Morales S.
Pedro Morales S.
DNI 08592867
Paguese a la orden de
José Flores M.
Juan Gutierrez Ch.
Juan Gutierrez Chavez
DNI 08324867
Paguese a la orden de
Juan Farías Ch.
José Flores M.
José Flores Martinez
DNI 08687867
27. 1. En Propiedad:
• Transfiere la propiedad del titulo y todos los derechos
inherentes a el.
• Llevan las cláusula “EN PROPIEDAD” o no se consigna
cláusula alguna.
• En el caso de la letra, pagaré, cheque obliga al endosante en
forma solidaria con los obligados anteriores, salvo cláusula
“sin responsabilidad”.
28. ENDOSOS
Páguese a la orden de:
Cecilia Muñoz Apaza
Juan Lezameta H.
Juan Lezameta Heredia
DNI 08952867
Lima, 18 de Julio de 2010
29. 2. En Procuración o Cobranza:
• Contiene la cláusula “en procuración”, “al cobro”, “en cobranza”,
“por poder”.
• No transfiere la propiedad del titulo.
• Faculta al endosatario a presentar el documento a la
aceptación, cobrarlo judicialmente o extra judicialmente.
30. ENDOSOS
Páguese a la orden del
Banco Falabella
Juan Lezameta H.
Juan Lezameta Huertas
DNI 08952867
VALOR EN COBRANZA
Lima, 18 de Julio de 2010
31. 3. En Garantía:
• Contiene la cláusula “en garantía”
• Importa un respaldo en el cumplimiento de la obligación del
título ante su endosatario.
• Ante el incumplimiento de la obligación del título, el deudor, el
juez o el agente mediador efectuará el endoso en propiedad en
favor del adquiriente del título.
32. ENDOSOS
Páguese a la orden del
Banco Falabella
Juan Lezameta H.
Juan Lezameta Huertas
DNI 08952867
VALOR EN
GARANTÍA
Lima, 18 de Julio de 2010
33. 1.6. El Pago en los Títulos Valores
Se realiza en la fecha señalada en el documento.
Vencimiento:
Fecha precisa expresada
en el título valor
Plazo:
Lapso de tiempo
para realizarse.
34. El pago libera al deudor de la
obligación.
Debe hacerse en dinero en efectivo.
Debe hacerse en la moneda que se
ha consignado en el Título Valor.
Lugar de pago: Es el designado en
el Título Valor, salvo pacto en
contrario. Si se omite, se entiende
pagadero en el domicilio del
obligado principal.
35. 1.7. El Protesto
Es el acto notarial o diligencia judicial que tiene por
finalidad dejar constancia fehaciente e indubitable del
incumplimiento de las obligaciones que representa el
título valor.
También cabe efectuar un protesto con las modalidades
sustitutorias del mismo.
36. ¿Ante quien se protesta?
Notario
Público o
el
debidamente autorizado.
Secretario
Notarial
Juez de Paz Letrado.- Donde no hay Notario.
Empresas del Sistema Financiero.- Para títulos
valores con cargo en cuenta (Cheques).
37. ¿Todos los Títulos Valores se Protestan?
No todos, la ley establece qué títulos valores se protestan y
cuales no.
Sí se protestan
Cheque
Pagaré
Letra de Cambio
Warrant
Otros
No se protestan
Certificado Bancario
Cheques especiales:
• Gerencia
• Giro
• Travel Check
• Garantizado
• Certificado
Bonos/Papeles Comerciales
Acciones
Otros
38. ¿De los que se protestan siempre será
obligatorio protestarlos para obtener mérito
ejecutivo?
NO
Cláusula de Liberación de Protesto:
Si se tratan de títulos valores sujetos a Protesto, se puede
pactar la cláusula “Sin Protesto” con lo que el tenedor
podrá ejercer las acciones cambiarias pertinentes sin tener
que protestar el título valor.
Ventaja: Tiempo y Costo ahorrado.
39. Plazos del protesto
Dentro de 15 días posteriores al
vencimiento, debiéndose entregar al
Notario dentro de los 8 primeros
días del vencimiento.
40. Lugar del protesto
El lugar designado para su presentación.
Si no se contempla dirección, se protestará ante la
Cámara de Comercio Provincial del lugar del pago o del
lugar de su emisión, si no hubiere.
42. 2.1. Concepto
Es un título valor típico que nace del contrato de cuenta
corriente para permitir al cuentacorrentista el retiro de sus
depósitos o de los créditos que el banco le haya acreditado
en su cuenta.
Es un instrumento de pago o una orden de pago a la vista.
43. CODIGO INTERBANCARIO
Nro. de cheque
Banco
Oficina
Código
Cta.Cte.
Lugar y Fecha de Giro
Importe
Nombre del Beneficiario
Importe
Nombre del Girador
DOI del Girador
Firma del Girador
Chequeo
44. 2.2. Reglas Generales
Requisitos del Cheque
Nombre y domicilio del banco pagador.
Numero del cheque y de la cuenta corriente del girador.
Cantidad a pagar expresado en números y letras.
Orden de pago a determinada persona.
Fecha de emisión del cheque.
Firma del girador o en caso de personas jurídicas, el (los)
representante(s) legal(es).
45. Plazo de Presentación
Es de 30 días, aunque se hubiera emitido en el
extranjero.
Es pagadero a la vista el día de su presentación,
aunque tuviera fecha adelantada.
46.
47. Del Pago
El cheque es pagadero a la vista el día de su presentación.
Esto aunque tuviera fecha postdatada.
El banco girado, al pagar el cheque, puede exigir que se
ponga constancia de su cancelación.
El banco girado pagara el cheque hasta donde alcancen los
fondos disponibles del girador.
El tenedor no puede rechazar el pago parcial.
En este caso, se mencionará dicho pago en el cheque y se
otorgará el correspondiente recibo.
48. ¿Cuándo un banco no esta obligado a pagar
un cheque?
Cuando no existen fondos disponibles.
Cuando esta raspado, borrado o adulterado en cuanto a su
numeración, fecha, cantidad, nombre del beneficiario, firma del
girador o en cualquier dato esencial.
Cuando se presente fuera del plazo señalado en la ley y el girador
hubiera notificado la revocatoria del pago.
Cuando el cheque sea a la orden y el derecho del tenedor no
estuviera legitimado por una serie regular de endosos.
Cuando teniendo la cláusula no negociable no lo cobrase el
beneficiario.
49. Lima
08
05
12,500.00
10
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ ----------------------------DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
José Rodríguez
Juan Gonzáles
Firma
Juan Gonzáles
NO PAGADO POR
FALTA DE FONDOS
p.p. Banco Falabella
Jose Gutierrez P.
APODERADO
Lima, 14 de mayo del 2010
50. Cheque al portador
Cuando el cheque girado a favor de persona determinada
contenga también la mención “al portador” u otra
equivalente, vale como cheque al portador.
Vale como cheque al portador aquel que no tenga
indicación de beneficiario.
51. Formas de girar cheques
Lima
08
05
12,500.00
08
AL PORTADOR
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
E MAS SAC
RUC 54897845878
Juan Gonzáles
José Rodríguez
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
52. Formas de girar cheques
Lima
08
05
12,500.00
08
Juan Pérez Ocampo
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Juan Gonzáles
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
53. Formas de girar cheques
Lima
08
05
12,500.00
08
Juan Carlos Aliaga Mesones o Justo del Mar Calle
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Juan Gonzáles
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
54. Formas de girar cheques
Lima
08
05
12,500.00
08
Juan Carlos Aliaga Mesones y Justo del Mar Calle
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Juan Gonzáles
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
56. Cheques Especiales
Cheques cruzados
• Cruzamiento general
• Cruzamiento especial
Cheques no negociables, no transferibles, no endosables.
Cheques para abono en cuenta
Cheque de pago diferido
Cheques de gerencia
Cheques certificados
57. Cheque Cruzado
El cruzamiento se efectúa mediante dos líneas paralelas trazadas
sobre el anverso del documento.
El cruzamiento puede ser :
General
Especial
58. Cruzamiento General
Si no contiene entre las dos líneas designación alguna o
constare la mención “banco” o un término equivalente.
Sólo puede ser pagado por el girado a otro banco o a un
cliente suyo.
59. Cruzamiento General
Lima
08
05
12,500.00
10
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ ----------------------------DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Juan Gonzáles
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
Firmas
José Rodríguez
Juan Gonzáles
60. Cruzamiento Especial
Cuando entre las dos líneas paralelas se escribe el
nombre de un banco determinado.
Este tipo de cheque solo puede ser pagado por el girado
al banco designado; y si este es el girado, a su cliente.
61. Cruzamiento Especial
Lima
08
05
12,500.00
08
PEDRO ANTONIO MORALES SUAREZ ----------------------------DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 ------------------------------------
Juan Gonzáles
José Rodríguez
E MAS SAC
RUC 54897845878
Firma
José Rodríguez
Juan Gonzáles
62. Cheque Intransferible
Es aquel que lleva la cláusula “no negociable”, “no
transferible” u otra equivalente.
Solo debe ser pagado a la persona a cuyo favor se giro,
salvo endoso a un banco solo para el efecto de su cobro.
Lima
63. Cheque Intransferible
El girado que paga este cheque a persona diferente
del tomador o del banco endosatario para el cobro
responde del pago efectuado.
Los endosos puestos a pesar de la prohibición, así
como la tarjadura de las cláusulas previstas, se tienen
por no hechos.
64. Cheque para abono en cuenta
Lima
08
06
12,500.00
08
Juan Carlos Aliaga Mesones
DOCE MIL QUINIENTOS Y 00/100 -----------------------------------E MAS SAC
RUC 54897845878
José Rodríguez
José Rodríguez
Juan Gonzáles
Firma
Juan Gonzáles
65. Cheque de gerencia
Se denomina así a los cheques que los bancos pueden emitir a su
cargo.
Se emiten a favor de un beneficiario determinado, ya sea persona
natural o jurídica.
Pagaderos en cualquiera de sus oficinas, generalmente de la
misma plaza.
Lima
08
05 08
10,000.-
Carlos Blondet Doig -------------------------------------Diez mil y 00/100 ---------------------------------CHEQUE DE GERENCIA
Juan Castro
Juan
Dali Castro Dali
Apoderado
Carlos Vargas
Carlos Vargas Díaz
Diaz
Apoderado
66. Cheque Certificado
Los bancos pueden certificar, a petición del girador o de cualquier
tenedor, la existencia de fondos disponibles con referencia a un
cheque que se haya emitido contra una cuenta corriente.
Para tal efecto el banco debita simultáneamente de la cuenta
corriente del cliente.
La certificación no puede ser parcial ni extenderse en cheques al
portador.
Es válida por 30 días desde la fecha de giro del cheque.
67. ENDOSOS
CERTIFICAMOS LA CONFORMIDAD DE
ESTE CHEQUE HASTA POR 30 DIAS CONTADOS DESDE LA FECHA DE GIRO
CERTIFICACION
AL DORSO
Lima
Después de esta fecha caduca la responsabilidad del Banco de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 27287.
Lima, 11 de Junio de 2007
p.p. Banco Falabella
CHEQUE CERTIFICADO
Patricia Múñoz
Patricia Múñoz
Luis Ibáñez
Luis Ibáñez
Funcionario(s)
autorizado(s)
68. Cheque de pago diferido
La condición para su pago es que transcurra el plazo
señalado en el mismo título.
Este no podrá ser mayor a 30 días desde su emisión.
Fecha en la que el emitente debe tener fondos en
cuenta.
69. Cheque de pago diferido
Deberá contener la denominación de “cheque de pago diferido”
en forma destacada
La fecha desde la que procede ser presentado para su pago,
precedida de la cláusula “páguese desde el ..... “
Lugar y Fecha de giro
Lima ,
CHEQUE DE PAGO DIFERIDO
E MAS SAC
RUC 54897845878
08 / 06 / 07
Paguese desde el
24 / 06 / 07
71. Elaborar:
02 Cheques Girador Persona Natural - Beneficiario P. Natural
02 Cheques Girador Persona Natural - Beneficiario P. Jurídica
02 Cheques Girador Persona Jurídica - Beneficiario P. Natural
02 Cheques Girador Persona Jurídica - Beneficiario P. Jurídica
Endosar en propiedad: (*)
a.01 cheque girador p. natural – beneficiario p. natural
b.01 cheque girador p. jurídica – beneficiario p. natural
(*) Los endosos deberán realizarse a un compañero de salón (no
puede repetirse los datos del endosatario en ningún cheque)
75. 3.2 Reglas Generales
Sujetos que intervienen en la Letra de Cambio:
Girador
Llamado también librador, es quien gira o emite la letra.
Beneficiario
Llamado también tomador, es la persona a favor de quien se
emite la letra y a quien debe efectuarse el pago (inicialmente el
acreedor).
Girado
Llamado también librado, es la persona a cuyo cargo se gira la
letra y quien se obliga a pagarla (deudor o aceptante).
Garante
Puede ser aval o fiador. Es quien se obliga a garantizar el pago
total o parcial en caso que el girado no cumpliera con el mismo.
76. _____________________
Aceptante
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE GIRO
Día
Mes
FECHA DE VENCIMIENTO
MONEDA E IMPORTE
Año
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
En el siguiente lugar de pago,
o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...:
Girado……………………………………………………….
…………………………………………………….………...
Domicilio …………………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef………………………
_____________________
Aceptante
Nombre del Representante:
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
NUMERO
Fiador: ………………………...……………………….
Aval permanente: ...……………………...….………...
Domicilio ……………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef…………………
Firma …………………………………………………..
Nombre del Representante………………………………...…..
Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
_________________________
Firma
Nombre del
Representante(s)
_________________________
Firma
D.C.
77. 3.3. Caso Práctico sobre el uso de la
Letra de Cambio
Con la información que aparece en la gráfica
llenar las dos letras de cambio indicadas
78. Lima
04/06/2010
Factura N° : F-3265A12
US$ 8,000
VENDE AL CREDITO
ACEPTA OBLIGACIONES
COMPRADOR
DEUDOR
Agroindustrial
Lima SAC
RUC
20100138795
Domic: Av.Aviación
1518 – San Luis
VENDEDOR
ACREEDOR
N°Letra Vencim. Importe
1232491 16/07/10
$4,000.00
1232492 16/08/10
$4,000.00
Distribuidora
Dinámica S.A.
RUC 20010700269
Domic: Calle Las
Palomas 216 –
Chorrillos
79. Solucionario
NUMERO
_________________________
Aceptante
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
NUMERO
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE VENCIMIENTO
FECHA DE GIRO
Día
Mes
MONEDA E IMPORTE
Año
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
REF.DEL GIRADOR
1232491 F-3265-A12
LUGAR DE GIRO
LIMA
En el siguiente lugar de pago,
FECHA DE GIRO
Día Mes
Año
FECHA DE VENCIMIENTO
Día
Mes
MONEDA E IMPORTE
Año
04 / del Banco……………………………………………...:10 US$ 4,000.00
06 / 10 16 / 07 /
o con cargo en la cuenta
Distribuidora Dinamica S.A.
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
------------------------------------------------------------------------------------------………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad ade
Girado……………………………………………………….
Importe debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
D.C.
Cuatro mil y …………………………………………………….………...
00/100 dólares americanos ------------------------------------------------------Domicilio …………………………………………………...
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
D.O.I…………………………...Telef………………………
Fiador: ………………………...……………………….
Aval permanente: ...……………………...….………...
Domicilio ……………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef…………………
Firma …………………………………………………..
Nombre del Representante………………………………...…..
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
_________________________
Firma
Nombre del
Representante(s)
_________________________
Firma
80. _________________________
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE VENCIMIENTO
FECHA DE GIRO
Día
Mes
MONEDA E IMPORTE
Año
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
Aceptante
En el siguiente lugar de pago,
Agroindustrial Lima SAC ---------Girado………………..…………………………….
------------------------------------------……………………...…………………….………...
En el siguiente lugar de pago, o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...:
Av.Aviación 1518 – San
Domicilio...………………………………………... Luis
Girado……………………………………………………….
RUC 20100138795
4712325
D.O.I…………………………...Telef……………… Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
…………………………………………………….………...
Domicilio …………………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef………………………
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
NUMERO
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
-----------------------------------------Fiador:……...………………...……………………...
------------------------------Aval permanente:……......…………...….………..... Razón Social del Girador
Nombre / Denominación o
Fiador: ………………………...……………………….
D.O.I.
-----------------------------------------Domicilio …………………………………………....
Aval permanente: ...……………………...….………...
Domicilio ……………………………………………...
---------------------D.O.I…………………………...Telef………………. -----------D.O.I…………………………...Telef…………………
_________________________
Firma
-----------------------------------------Firma …………………………………………………..
Firma ………………………………………………...
Nombre del
Representante(s)
Nombre del Representante………………………………...…..
--------------------------------Nombre del Representante………………………………......
D.C.
_________________________
Firma
81. _________________________
NUMERO
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE GIRO
Día
Mes
FECHA DE VENCIMIENTO
MONEDA E IMPORTE
Año
RUC 20010700269
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
Aceptante
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador Distribuidora Dinámica S.A.
D.O.I.
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
César López Z. ___________________________ N.
Luis Sanchez
En el siguiente lugar de pago,
o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...:
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
______________________________
Firma
Girado……………………………………………………….
Nombre del …………………………………………………….………...
Domicilio César López Zapata
Representante(s) …………………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef………………………
Fiador: ………………………...……………………….
Aval permanente: ...……………………...….………...
Domicilio ……………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef…………………
Firma …………………………………………………..
Nombre del Representante………………………………...…..
Firma
Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
Luis Sánchez Nestarez
D.C.
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
_________________________
Firma
Nombre del
Representante(s)
_________________________
Firma
82. _________________________
Aceptante
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
NUMERO
REF.DEL GIRADOR
LUGAR DE GIRO
FECHA DE VENCIMIENTO
MONEDA E IMPORTE
FECHA DE GIRO
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
Día Mes
Año
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin queLETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden principal ni de los solidarios.
Por esta sea necesaria la intervención del obligado de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
Manuel el siguienteAgroindustriallaLima Banco……………………………………………...: P.
Solis lugar de pago, o con cargo en cuenta del SACJorge Muñoz
En
_________________________
_________________________
Aceptante
Manuel Girado……………………………………………………….
Solis Pizarro
Nombre del Representante:
…………………………………………………….………...
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
Domicilio …………………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef………………………
Fiador: ………………………...……………………….
Aval permanente: ...……………………...….………...
Domicilio ……………………………………………...
D.O.I…………………………...Telef…………………
Firma …………………………………………………..
Nombre del Representante………………………………...…..
Aceptante
Importe a debitar en Pizarro
Jorge Muñoz la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
D.C.
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
_________________________
Firma
Nombre del
Representante(s)
_________________________
Firma
83. _________________________
REF.DEL GIRADOR
1232491 F-3265-A12
LUGAR DE GIRO
LIMA
FECHA DE VENCIMIENTO
FECHA DE GIRO
Día
Mes
Año
04 / 06 / 07 16 / 07 / 07
MONEDA E IMPORTE
US$ 4,000.00
Distribuidora Dinámica S.A
___________________________________________________
Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de……………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de
Aceptante
Cuatro mil y 00/100 dólares americanos ------------------------------------------------
_________________________
Aceptante
Nombre del Representante:
Cláusulas Especiales:
(1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y
moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor.
(2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste
señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios.
(3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor.
(4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago.
NUMERO
En el siguiente lugar de pago,
o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...:
Agroindustrial Lima SAC ---------Girado……………………………………………………….
------------------------------------------…………………………………………………….………...
Av.Aviación 1518 – San Luis
Domicilio …………………………………………………...
4712325
RUC 20100138795
D.O.I…………………………...Telef………………………
-----------------------------------------Fiador: ………………………...……………………….
------------------------------Aval permanente: ...……………………...….………...
---------------------------------------Domicilio ……………………………………………...
--------------------------------D.O.I…………………………...Telef…………………
------------------------------------------Firma …………………………………………………..
---------------------------Nombre del Representante………………………………...…..
Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
BANCO
OFICINA
NUMERO DE CUENTA
D.C.
Nombre / Denominación o Razón Social del Girador
D.O.I.
Distribuidora
Dinámica S.A.
RUC 20010700269
_________________________
Luis_________________________
Sanchez N.
César López Z.
Firma
Firma
Nombre del
César
Representante(s)
López Zapata Luis Sánchez Nestarez
86. 3.5 Reglas Generales
Sujetos que intervienen en el Pagaré:
Emitente: Es quien emite la letra y en consecuencia se
compromete incondicionalmente al pago de la deuda.
Beneficiario: Es la persona a favor de quien se emite el pagaré y
a quien debe efectuarse el pago (el acreedor).
Garante: Puede ser aval o fiador. Es quien se obliga a garantizar
el pago total o parcial en caso que el emitente no cumpliera con
el mismo.
89. BANCO PROVIDA otorga un préstamo a favor del CETPRO EL
CAMINITO por el importe de S/. 20 000,00 (Veinte Mil y 00/100
Nuevos Soles).
Producto de este préstamo, CETPRO EL CAMINITO –en adelante
EL EMITENTE- como compromiso de pago emite un Pagaré a favor
de BANCO EL CAMINITO, convirtiéndose a partir de ahora en EL
BENEFICIARIO,
A continuación revisaremos las partes que componen un pagaré, y
sus requisitos formales. También veremos cómo se debe llenar cada
una de sus secciones.
91. 3.7. De las Acciones Cambiarias derivadas de
los Títulos Valores
La acción cambiaria se ejercitará:
1º. En caso de falta de aceptación o de aceptación parcial.
2º. En caso de falta de pago o de pago parcial.
3º. Cuando el librado o el aceptante fueren declarados en
estado de quiebra, de liquidación judicial, de suspensión de
pagos, de concurso o de otra situación equivalente.
92. Tipos de acción cambiaria
La acción cambiaria es:
Directa, cuando se deduce contra el principal obligado o sus
garantes,
De regreso, cuando se ejercita contra el endosante y los garantes
de este, y
De ulterior regreso, cuando la ejerce quien pagó en vía de regreso
contra los demás obligados.
93. Prescripción de la acción cambiaria
Prescripción de la directa: Tres años a partir del día del
vencimiento.
Prescripción de la de regreso: Un año, contado desde la fecha
del vencimiento y, en su caso, desde que concluyan los plazos de
presentación, o si el título fuere con protesto, desde la fecha en
que éste se haya levantado.
Prescripción de la de ulterior regreso: Seis meses, contados a
partir de la fecha del pago voluntario o de la fecha de notificación
de la demanda.
94. 3.8. Del deterioro, destrucción, extravío y
sustracción de los Títulos Valores
Deterioro notable o destrucción parcial del título valor:
Si en el Título Valor subsisten datos
para su identificación
Obligado Principal
Tenedor del Título Valor
exige via conducto
notarial
Debe reponer el Título Valor por otro contra
entrega del Título Valor original debidamente
anulado
95. Deterioro notable o destrucción parcial del título valor:
Sí en el Título Valor subsisten datos para su
identificación
Tenedor del Título Valor exige
via conducto notarial
Obligado Principal
Debe reponer el Título Valor por otro contra
entrega del Título Valor original debidamente anulado
96. Título Valor subsisten datos para
su identificación
Tenedor del Título exige
via conducto notarial
Personas que hubieren suscrito Título
Valor
Deberán intervenir y firmar el nuevo Título Valor con derecho a
testar sus firmas en el documento original.
97. Procedimientos de cheques extraviados
1.- Se comunica (carta notarial) al Banco explicando:
Pérdida
Robo
Deterioro.
2.- Banco suspende el pago del cheque por 15 días.
3.- Dentro de los 15 días debe presentar al Banco el cargo de la
demanda de Ineficacia de Título Valor.
4.- Si no presenta, se levanta la suspensión.