2. Ley Orgánica de Drogas
5 noviembre 2010
Objetivos:
1.- Tiene por objeto establecer los
mecanismo de control, vigilancia y
fiscalización en el Territorio Nacional
de estupefacientes y sustancias
psicotrópicas.
2.-Determinar los delitos y penas
relacionados con el trafico ilícito de
drogas, así misma, las infracciones
administrativas pertinentes y sus
respectivas sanciones.
3.-Regular lo atinente a las medidas
de seguridad social aplicables a la
persona consumidora, por el
consumo indebido de
estupefacientes y sustancias
psicotrópicas.
La Ley antidrogas consta de ciento
noventa y nueve 199 artículos en
siete 7 títulos. A estos lo acompañan
ocho 8 disposiciones transitorias, no
posee derogatorias, ya que es el
primer documento legal antidrogas
que se aplica en el país.
3. Ámbito de aplicación
- Control, vigilancia y fiscalización,
contenidas en la presente Ley,
deben aplicarse al conjunto de
sustancias incorporadas en las listas
y anexos de los convenios y
tratados suscritos y ratificados por la
República contra el tráfico ilícito de
estupefacientes y sustancias
psicotrópicas
-Asimismo a aquellos otros
estupefacientes, sustancias
psicotrópicas, sales, preparaciones,
especialidades farmacéuticas,
materias primas, sustancias
químicas, precursores y esenciales,
y otras que determinen los
ministerios del Poder Popular con
competencia en materia de salud y
de industrias intermedias.
-Los aportes y contribuciones
especiales establecidos en esta
Ley, comportan el compromiso
de los sujetos pasivos de estas
obligaciones de coadyuvar en
los planes del Estado en
materia de prevención integral y
prevención del tráfico ilícito de
drogas.
4. Definiciones A los efectos de la interpretación de esta Ley,
se entenderá por:
Decomiso
.
Almacenamiento
ilícito.
Aseguramiento
preventivo o
incautación.
Bienes
Abandonados
.
Centinela
ConsorcioConfiscación
.
Control de
sustancias
químicas.
Químicos
esenciales
Sustancias
químicas.
Sustancia
química
controlada
5. Plan Nacional Anti-Drogas 2015-2019
Fundamento Jurídico
El diseño y formulación del PNA 2015-2019 tiene su fundamento jurídico en la LOD (2010). Este
diseño y formulación están atribuidos a la ONA (Art. 4, LOD, 2010). El órgano rector en materia de
drogas fue creado mediante decreto Nº 38.363 del 23 de enero del año 2006.
La ONA tomó los valores superiores recogidos en el artículo 2 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV): la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la
ética y el pluralismo político, como marco orientador del fin último de la política pública aquí
desarrollada.
Este PNA 2015-2019 contempla la implementación de mecanismos y medidas de control, vigilancia,
fiscalización en lo concerniente al tráfico ilícito de drogas, así como lo atinente a la prevención del
consumo de drogas, el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas con problema
de adicción en el territorio nacional. Finalmente, vale acotar que el legislador declara como de
interés público tanto la prevención integral como la prevención del tráfico ilícito de drogas.
6. Marco Político
Plan de la Patria 2013-
2019
Gran Misión a Toda Vida
Venezuela
12 Líneas Estratégicas del
Gobierno
Plan Nacional Anti Drogas
2015-2019
7. La República Bolivariana de Venezuela se plantea abordar el fenómeno
derivado del problema mundial de las drogas fortaleciendo las capacidades
técnicas e institucionales para prevenir y combatir el tráfico ilícito de drogas
en su territorio, bajo el principio de responsabilidad común y compartida,
y dirigiendo esfuerzos para prevenir el uso indebido de sustancias sujetas
a fiscalización internacional, así como el consumo de otras sustancias con
iguales o similares potenciales de adicción.
El éxito de la política implementada en los últimos cinco años ha sido
la base para delinear este plan para el período 2015 - 2019, cuyo objeto
es atender al individuo, la familia y la comunidad, desde una perspectiva
integral-humanística. Entendiendo por ello que el individuo es el centro de
esta política pública y que la actuación del Estado debe estar orientada por
el pleno respeto de los derechos humanos, las libertades fundamentales y
la dignidad inherente a la persona.
El Estado venezolano, a través de sus instituciones competentes, se
constituye en garante del cumplimiento de estas políticas orientadas al
combate contra el problema del tráfico ilícito y uso indebido de drogas latus
sensus. Las acciones tendientes a la reducción del uso indebido de drogas
sujetas a fiscalización internacional y otras sustancias de abuso procuran
evitar y prevenir el primer consumo de drogas.
Marco Teórico
8. Las acciones de reducción de la demanda deben considerar elementos
de prevención universal, selectiva e indicada, la intervención temprana y
servicios de apoyo que promuevan la salud y el bienestar social del individuo,
las familias y las comunidades. Las políticas orientadas en este ámbito
garantizan la atención y la intervención a través del desarrollo de programas
que atienden a las poblaciones vulnerables y personas consumidoras
brindándoles habilidades para la vida y la oportunidad de desarrollar estilos
de vida saludables.
Las políticas en reducción de la oferta están dirigidas a garantizar la
seguridad y soberanía nacional, un Estado independiente y libre en el
ejercicio de su desarrollo económico y social. Las acciones en este ámbito
promueven actividades de control aéreo, marítimo, fluvial y terrestre para
combatir el tráfico ilícito de drogas en el territorio nacional; así como un
conjunto de acciones tendientes a prevenir y reprimir el desvío de sustancias
químicas controladas, la legitimación de capitales derivada y de otros delitos
conexos del tráfico ilícito de drogas.
9. Funcionalidad del Sistema P.N.A 2015-2019
Asamblea Nacional, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores,
Justicia y Paz; Poder Público; Sistema de Justicia; FANB; organismos de
seguridad ciudadana; autoridad nacional con competencia en materia de
control aduanero y tributario; Ministerios del Poder Popular con competencia
en: salud, relaciones exteriores, educación, planificación y finanzas,
trabajo, agricultura y ambiente; organismos no gubernamentales públicos y
privados; órganos con competencia en control de sustancias químicas.
10. Misión
Asegurar la Defensa Terrestre, contribuir con la
estabilidad de las Instituciones Democráticas y el
respeto a las Leyes de la República, apoyar la
Integración y el Desarrollo Nacional y estar
preparados para participar en programas de
cooperación y mantenimiento de la Paz
Internacional.
Visión
Somos un Ejército concebido para la libertad; actuamos
sobre la base del respeto, la lealtad, la disciplina, el
pundonor y el liderazgo, a partir de un adiestramiento
constante, una actitud abierta a las innovaciones y
vigilante de la excelencia de nuestro apresto
operacional. Todo ello con el fin de garantizar el
cumplimiento de nuestras más altas funciones: la
seguridad y defensa militar de la nación, el desarrollo del
país y su inserción en una dinámica internacional
signada por la paz y la convivencia.
Directiva OAFANB
11. BASE LEGAL
En la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se
encuentra legalmente establecido las funciones del Ejército
dentro de la Fuerza Armada Nacional:
Artículo 329
El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la
planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas
para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia Nacional cooperará en
el desarrollo de dichas operaciones y tendrá como responsabilidad básica
la conducción de las operaciones exigidas para el mantenimiento del orden
interno del país. La Fuerza Armada Nacional podrá ejercer las actividades
de policía administrativa y de investigación penal que le atribuya la ley.
12. Directiva OAFANB
OBJETIVO:
Normas y Procedimiento en Materia de
Prevención Integral
Control Efectivo del Trafico de Drogas
Tratamiento y Rehabilitación de la Persona
consumidora del Sector de la Defensa.
13. Directiva OAFANB
Estructura Funcional
Tres Ejes
Fundamentales
1.- Centro de
Orientación Familiar
(COF)
2.- Centro especializado
en Prevención y Atención
Integral (CEPAI)
3.- Comunidad
Terapéutica
Socialista (CTS)
14. Procedimientos OAEB
El Ejercito Bolivariano , a través de la oficina
Antidrogas del Componente (OAEB), Se articulara con
la oficina Nacional Antidrogas (ONA), Procedimientos
para aplicar anualmente a todo el personal orgánico
del Componente.
La Oficina Antidrogas del Ejercito Bolivariano, esta encargada de
dirigir, programar y ejecutar estrategias orientadas a prevenir y/o
evitar el consumo, posesión , uso ilícito de sustancias
estupefacientes y psicotrópicas en el Ejercito Bolivariano.
15. Asesorar al Inspector General del
Ejercito Bolivariano.
Capacitar, adiestrar y sensibilizar
en materia de Drogas al personal
Militar y Civil Mediante actividades
de Prevención Integral.
Efectuar las Actividades de
acción Toxicologica al Personal
Militar en Unidades y/o
Dependencias.
Funciones