La prevención integral de drogas en Venezuela se basa legalmente en la Ley Orgánica de Drogas, el Plan Nacional Antidrogas 2015-2019, la Directiva de la Oficina Antidrogas de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y los procedimientos de la Oficina Antidrogas del Ejército Bolivariano. Estos documentos establecen las políticas, estrategias y estructuras para prevenir el consumo y tráfico de drogas a través de enfoques de reducción de la oferta y la demanda.
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Bases legales de la prevencion integral de las drogas
1. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL DE LAS DROGAS
S1. GARCIA FLOR M.
2. BASES LEGALES DE LA PREVENCION
INTEGRAL DE LAS DROGAS
LEY ORGANICA DE DROGAS.
PLAN NACIONAL ANTIDROGAS 2015-2019.
DIRECTIVA OAFANB.
PROCEDIMIENTOS DE LA OAEB.
3. LEY ORGANICA DE DROGAS
OBJETO DE LA LEY.
1.Tiene por objeto establecer los mecanismos y medidas de
control, vigilancia y fiscalización en el territorio nacional,
estupefacientes y sustancias psicotrópicas, así como las
sustancias químicas, precursoras y esenciales.
2. Determinar los delitos y penas relacionados con el tráfico
ilícito de drogas, asimismo, las infracciones administrativas
pertinentes y sus correspondientes sanciones.
3.Regular lo atinente a las medidas de seguridad social
aplicables a la persona consumidora, por el consumo indebido
de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
4. LEY ORGANICA DE DROGAS
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY.
1. Las disposiciones de control, vigilancia y fiscalización,
contenidas en la presente Ley, deben aplicarse al conjunto
de sustancias ilícitas como lo son: los estupefacientes,
sustancias psicotrópicas, sales, preparaciones,
especialidades farmacéuticas, materias primas, sustancias
químicas, precursores y esenciales, y otras que determinen
los ministerios del Poder Popular con competencia en
materia de salud y de industrias intermedias
2. Se dará especial atención a la persona consumidora de
estupefacientes y sustancias psicotrópicas, siempre que
posea dichas sustancias en dosis personal para su
consumo.
3. Las penas y procesos indicados en esta Ley, serán de
aplicación preferente a cualquier otra normativa penal
vigente.
5. LEY ORGANICA DE DROGAS
ATRIBUCIONES:
1. Diseñar, planificar, estructurar, formular y ejecutar las políticas
públicas y estrategias del Ejecutivo Nacional contra el tráfico
ilícito y el uso indebido de drogas.
2. Organizar, dirigir, controlar, coordinar, fiscalizar y supervisar,
en el ámbito nacional, la prevención del consumo de drogas;
el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de la
persona consumidora en coordinación con el Ministerio del
Poder Popular con competencia en materia de salud; el
combate al tráfico ilícito de drogas y el área operativa de las
relaciones internacionales en la materia.
3. Diseñar, planificar, estructurar, formular y ejecutar programas
de prevención del consumo de drogas; así como de
tratamiento, rehabilitación y reinserción social de la persona
consumidora.
6.
7. PLAN NACIONAL ANTIDROGAS
2015-2019
Consiste en políticas que se sustentan en la prevención
integral.
Donde se garantiza una mejor calidad de vida en el seno de
la familia, la escuela, los espacios laborales y la comunidad,
en virtud de la disminución de la problemática social de las
drogas.
Ello como premisa esencial que, inscrita en la nueva ética
socialista, apunte a alcanzar la suprema felicidad social del
pueblo venezolano, en especial de nuestros niños, niñas y
adolescentes, sobre la base de los valores de justicia,
corresponsabilidad e inclusión social.
8. OBJETIVO FUNDAMENTAL DEL PNA
2015-2019.
Este Plan se orienta desde un enfoque humanista, complejo y
multidisciplinario, fundamentado en los principios socialistas que
se expresan en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (CRBV). En su formulación se consideró, entre otros
documentos, la declaración política y el plan de acción sobre la
cooperación internacional en favor de una estrategia integral y
equilibrada para contrarrestar el problema mundial de las drogas,
adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas (2009),
que prioriza la salud y el bienestar de los individuos.
En concordancia con la LOD, demás leyes, reglamentos,
resoluciones y actos normativos, el presente PNA 2015 – 2019,
orienta sus acciones a minimizar el problema de las drogas bajo
una visión sistémica que articula la reducción de la demanda, con
la reducción de la oferta y la cooperación internacional.
9. FUNDAMENTO JURÍDICO.
El diseño y formulación del PNA 2015-2019 tiene su fundamento
jurídico en la LOD (2010). Este diseño y formulación están
atribuidos a la ONA (Art.4, LOD, 2010).
En la formulación de este PNA 2015-2019, la ONA tomó los
valores superiores recogidos en el artículo 2 de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela (CRBV): la vida, la libertad,
la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y en general, la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo político, como marco
orientador del fin último de la política pública aquí desarrollada.
Este PNA 2015-2019 contempla la implementación de
mecanismos y medidas de control, vigilancia, fiscalización en lo
concerniente al tráfico ilícito de drogas, así como lo atinente a la
prevención del consumo de drogas, el tratamiento, rehabilitación y
reinserción social de las personas con problema de adicción en el
territorio nacional. Finalmente, vale acotar que el legislador
declara como de interés público tanto la prevención integral como
la prevención del tráfico ilícito de drogas.
10. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA.
El éxito de la política implementada en los últimos cinco años
ha sido la base para delinear este plan para el período 2015 - 2019,
cuyo objeto es atender al individuo, la familia y la comunidad, desde
una perspectiva integral-humanística. Entendiendo por ello que el
individuo es el centro de esta política pública y que la actuación del
Estado debe estar orientada por el pleno respeto de los derechos
humanos, las libertades fundamentales y la dignidad inherente a la
persona.
En otras palabras, el PNA 2015-2019 es un conjunto de
políticas interconectadas, destinadas al combate de la problemática
de las drogas en Venezuela, con la finalidad de impactar en las áreas
de reducción de la demanda y de la oferta de drogas, apoyándose en
un marco de cooperación internacional.
12. REDUCCIÓN DE LA OFERTA
Incluye las políticas y estrategias del Estado para prevenir el
tráfico ilícito de drogas en el territorio nacional con el fin de
contrarrestar las actividades de las organizaciones criminales
que pretendan violentar la soberanía de la República
Bolivariana de Venezuela.
13. DIRECTIVA OAFANB
OBJETIVO:
1- NORMAS Y PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PREVENCION
INTEGRAL.
2- CONTROL EFECTIVO DEL TRAFICO DE DROGAS.
3- TRATAMIENTO Y REHABILITACION DE LA PERSONA
CONSUMIDORA DEL SECTOR DEFENSA.
14. DIRECTIVA OAFANB
ESTRUCTURA FUNCIONAL
TRES EJES FUNDAMENTALES.
1. CENTRO DE ORIENTACION FAMILIAR (COF).
2. CENTRO ESPECIALIZADO EN PREVENCION Y
ATENCION INTEGRAL (CEPAI).
3. COMUNIDAD TERAPEUTICA SOCIALISTA (CTS).
15. PROCEDIMIENTOS DE LA OAEB
MISION
PROGRAMAR
CONSUMO
ILICITO EN
EL EJB
ORIENTADA
EJECUTAR
ESTRATEGIA
S
DIRIGIR
16. FUNCIONES
ASERORAR AL INSPECTOR GENERAL DEL EJERCITO
BOLIVARIANO
CAPACITAR ADIESTRAR Y SENSIBILIZAR EN MATERIA
DE DROGAS AL PERSONAL MILITAR Y CIVIL DEL
EJERCITO BOLIVARIANO MEDIANTE ACTIVIDADES DE
PREVENCION INTEGRAL.
EFECTUAR LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION
TOXICOLOGICA AL PERSONAL MILITAR Y CIVIL EN
LAS UNIDADES Y/O DEPENDENCIAS.