2. QUIENES SOMOS
VIALEQUIPMENT es una organización innovadora en
la prestación de servicios.
Nuestra misión es proveer soluciones concretas a
las necesidades de sus clientes.
VIAL fue fundada el año 1992 en USA,para ventas de
equipos y servicios. El año 1994 inicia operaciones
en Chile.
El año 2002 en Chile nos enfocamos en la
Certificación de Equipos y Competencias de
Operadores.
3. EN QUE CREEMOS
Nuestra Meta:
Lograr el CERO DAÑO
de nuestros clientes.
La manera de lograrlo es
creando un vínculo entre
la EMPRESA, CLIENTES
Y SUS COLABORADORES.
4. ..EN QUE CREEMOS
Nuestra especialización en los procesos de
Certificaciones de Equipos y Operadores cumplen
los Estándares de Control de Riesgos Fatales
exigidos y no generan ningún conflicto de
intereses con otros procesos de nuestros
clientes.
5.
6. Ley 16.744
Objetivos de la ley.-
Prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Prestaciones económicas.
Rehabilitar.
Reeducar.
7. Ley 16.744
- Personas protegidas por la ley.-
Trabajadores por cuenta ajena.
Funcionarios públicos.
Estudiantes.
Trabajadores independiente y trabajadores
familiares.
8. Ley 16.744
Contingencias cubiertas por la ley.-
Accidentes de trabajo y/o enfermedades
profesionales.
Accidentes de trabajo en el trayecto.
9. DEFINICIONES.-
Accidente de trabajo: “Es toda lesión que sufra una persona a
causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad
o muerte.
Son tambien considerados accidentes del trabajo:
Los accidentes que sufran los dirigentes sindicales a causa de
su cometido gremial.
Los accidentes de trabajo enviados por la empresa a cursos de
capacitación ocupacional.
Excepciones.-
Los causados por fuerza mayor o extraña y sin relación con el
trabajo de la victima.
Los producidos intencionalmente por la victima.
10. Accidente de trayecto: Son los ocurridos en el
trayecto directo entre la habitación y el lugar de trabajo
y viceversa. Deben ser probados por el trabajador,
mediante (Art. 7 decreto 101).
Propia declaración o parte de carabineros.
Certificado medico del centro asistencial.
Testigos.
El empleador solo otorga denuncia y certificado de
horario.
11. Enfermedad profesional: Es la causada de
manera directa por el ejercicio de la profesión
o el trabajo que realice una persona y que le
produzca incapacidad o muerte.
Administración del seguro.-
El INP.
Organismos privados como:
Mutualidades
Administración delegada
12. PRESTACIONES QUE OTORGA LA LEY.-
1.- Prestaciones medicas.
Atención medica, quirúrgica y dental.
Hospitalización.
Medicamentos y productos farmacéuticos.
Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
Rehabilitación física.
Reeducación profesional.
14. ASESORIAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS.-
Seguridad e Higiene industrial.
Capacitación en prevención de riesgos.
Medicina del trabajo.
15. OBLIGACIONES QUE IMPONE LA LEY 16.744
OBLIGACIONES DEL ESTADO: Supervigilar y fiscalizar la
prevención, higiene y seguridad de todos los sitios de trabajo a
través de los servicios del sistema de salud.
OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES:
Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo
que las empresas adheridas deban implantar. Aplicar exenciones,
alzas o rebajas de las cotizaciones adicionales diferenciada (tasa de
sinestralidad).
OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS:
Implementar medidas de prevención de riesgos que indique el
organismo administrador (mutualidades) y que imponga el servicio
de salud, y/o el departamento de prevención de riesgos y
comités paritario.
16. OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES:
Prescribir todas las medidas de higiene y seguridad en el
trabajo que las empresas adheridas deban implantar. Aplicar
exenciones, alzas o rebajas de las cotizaciones adicionales
diferenciada (tasa de siniestralidad).
OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS:
Implementar medidas de prevención de riesgos que indique el
organismo administrador (mutualidades) y que imponga el
servicio de salud, y/o el departamento de prevención de
riesgos y comités paritario.
Establecer y mantener al día el reglamento interno de higiene y
seguridad (Decreto 40).
Establecer el departamento de prevención de riesgos cuando
cuente con mas de 100 trabajadores (decreto 40)
Formar el comité paritario de higiene y seguridad, cuando
cuente con mas de 25 trabajadores (decreto 54).
Proporcionar a los trabajadores, elementos de protección
personal necesarios, sin ningún costo para ellos.
17. OBLIGACIONES QUE IMPONE LA LEY 16.744
Informar sobre los riesgos laborales y las medidas preventivas a
sus trabajadores.
Efectuar exámenes de control radiológico a trabajadores
expuestos a riesgos de neumoconiosis.
Obligaciones de los trabajadores:
Cumplir con lo establecido por el reglamento interno. En materia
de orden, higiene y seguridad (según corresponda).
Cumplir con las normas e instrucciones impartidas por el servicio
de salud, organismos administradores (mutualidades), departamento
de prevención de riesgos, comités paritario.
Acudir a exámenes médicos de control, citados por el organismo
administrador.
Participar activamente en las actividades de prevención de riesgos
a través del comité paritario.
18. POLITICA HSE DE VIAL Y CIA. LTDA.
(SALUD, SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE)
La Vice-presidencia de Vial y Compañía Limitada, consciente de la Seguridad, Salud y Medio Ambiente que tiene nuestro negocio, ha
decidido la unificación de éstas en el Sistema Integrado HSE.
Somos partidarios de todas las acciones de control y prevención de los riesgos, considerando en todos sus procesos productivos la
protección de las personas, materiales, equipos y medio ambiente como parte integral de la gestión empresarial.
Involucraremos a todos nuestros empleados para que adopten actitudes pro-activas hacia HSE, mediante capacitaciones y difusiones de esta
política, la que será mantenida y disponible para todas las partes interesadas.
Todo esto debe estar enmarcado en el cumplimiento de la legislación vigente aplicable en materias de seguridad, salud ocupacional,
medioambiente y normativas o estándares exigidos por nuestros clientes en la Meta Hacia el CERO DAÑO.
Vial y Compañía Limitada manifiesta:
Identificaremos, evaluaremos y administraremos los riesgos inherentes a nuestras actividades, además de capacitar a nuestros trabajadores
en el manejo y uso del Inventario de Riesgos Integrados en Salud, Seguridad y Medioambiente.
Nunca se podrá desestimar o dejar de lado la Salud, Seguridad y el Medio Ambiente con el fin de alcanzar metas de producción o por
cumplir plazos o reducir costos.
La evaluación y desarrollo de mejoras continuas a nuestros procedimientos internos, como una herramienta para un control eficiente de la
prevención de la contaminación y los riesgos.
Minimizar o eliminar el uso de sustancias tóxicas, generación de desechos y contaminantes que pudieran provocar algún tipo de impacto al
Medio Ambiente.
Capacitar a nuestros trabajadores en el sistema integrado HSE para cumplir los objetivos trazados, estableciendo responsabilidades en toda
la estructura organizacional de la Empresa.
Para la aplicación de gestiones hacia comunidades de entorno, realizaremos estudios, con el fin de determinar de acuerdo a nuestras
capacidades los aportes que realizaremos y a qué comunidad orientaremos nuestra ayuda.
Nuestra organización dará cumplimiento al ordenamiento jurídico chileno vigente.
Jorge Vial Undurraga
Vice-Presidente
VIAL Y CIA. LTDA.
19. POLITICA DE ALCOHOL Y DROGAS DE VIAL Y CIA LTDA.
Vial y Compañía Limitada, tiene estrictamente prohibido a sus trabajadores presentarse bajo la influencia de alcohol o
de drogas dentro de las dependencias de la empresa o donde se está prestando sus servicios.
Todo trabajador de Vial y Cía. Ltda., se compromete a no introducir, distribuir, comercializar no consumir drogas o
sustancias ilícitas descritas en la ley 20.000 que sanciona el tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y su
reglamentación vigente.
Todo trabajador de Vial y Cía. Ltda., se compromete a no ocultar y denunciar todo acto ilícito de otros trabajadores
relacionados con el consumo, distribución, comercialización de sustancias prohibidas como el alcohol y drogas en
las dependencias laborales.
Si un trabajador es detectado bajo la influencia de alcohol o drogas se someterá a un examen médico competente a
sola solicitud de la supervisión directa, si éste se negare a efectuarse el examen indicado, será removido de su lugar
de trabajo.
Los trabajadores de Vial y Cía. Ltda., cumplirán los artículos 127 al 132 sobre prevención de consumo y dependencia
de alcohol y drogas ilícitas, además acatarán las PROHIBICIONES que señalan los artículos 32, incisos 6 y 17 del
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa y el Artículo 40 del Decreto Supremo 132 del
Reglamento de Seguridad Minera.
Jorge Vial Undurraga
Vice-Presidente
VIAL Y CIA. LTDA.
20. EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS.-
Tarea Descripción Adicional Peligro / Aspecto Incidente Potencial
Tránsito por caminos no operacionales
Tránsito de vehiculos livianos en caminos externos
al pit
Material Particulado Contaminación del aire
Conducir vehículo al lugar de inspección.
Tránsito de vehiculos livianos en caminos externos
al pit
Conducir camioneta o furgón Volcamientos, choques.
Inspección de vehículos y Equipos Móviles.
Revisión en terreno de camioneta, furgón, equipos
transporte de personal, Equipos de mov.de tierra y
Equipos de Izaje.
Revisar y probar sistemas de
seguridad, mecánicos,
eléctricos, hidraúlicos,
neumáticos.
Golpeado contra estructura; Caída desde un mismo
nivel; caida desde distinto nivel;contacto con energías;
volcamientos , choques.
Inspector toma examen teórico y práctico a
operadores de equipos.
Prueba teórica y práctica a operadores de equipos
móviles, izaje y riggers.
Verificar maniobras en los
equipos.
Golpeado contra estructura; Golpeado por objeto en
movimiento; Caída desde un
mismo nivel; caida desde distinto nivel;contacto con
energías; volcamientos , choques.
21. QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTES,
DENUNCIAS DIAT.-
DEFINICIÓN ACCIDENTE: Acontecimiento no deseado que
interrumpe el proceso normal de trabajo y que da por resultado
daños a la persona y/o a la propiedad.
COMUNICACIÓN EMERGENCIA INTERNA.
CUALQUIER PERSONA DE VIAL QUE SUFRA UNA LESION o
enfermedad profesional, no importando su gravedad, debe ser
trasladada según sea el caso, o ir por sus propios medios al
policlínico para atención de primeros auxilios.
22. Deberá informar rápidamente el hecho a su jefatura directa, si su
condición lo permite
Si es testigo de algún evento deberá informar:
1.- Nombre (identificación de la persona que reporta)
2.- Descripción de lo ocurrido
3.- Lugar donde ocurrió el accidente
4.- Número de personas lesionadas
5.- Tipo de lesiones que ha podido constatar
6.- Si requiere asistencia médica
7.- Si hay personas atrapadas
8.- Si hay equipos comprometidos
9.- Si se requiere la brigada de respuesta de emergencia
23. En caso de incidentes con lesión, la persona que detecte esta situación deberá
informar de inmediato a su jefatura directa de acuerdo a los canales de
comunicación interna que mantiene Vial y Cía. Limitada.
Policlínico (Cuando aplica):
Cliente o Minera (Cuando aplica):
Jorge Vial - VIAL 9 -540 9361
Alexis Gómez -VIAL 8 -529 6345
Manuel Ortega -VIAL 9 -547 2781
Mutual Calama 55-33 23 09
Ambulancia 131
Bomberos 132
Carabineros 133
24. DIAT: es la declaración individual de accidentes del trabajo.
Su objetivo es poner en conocimiento a la mutualidad de la
ocurrencia de un evento presumiblemente de origen laboral , y
dar origen a las prestaciones de la ley 16.744 , corresponderá a
la mutualidad determinar el origen laboral o común del
accidente.
Cuando debe ser emitida la DIAT : Cuando un trabajador sufra
un accidente de trabajo o trayecto, el empleador debe enviar
para su atención al trabajador.
El empleador deberá presentar en el organismo
administrador al cual se encuentre adherido la declaración
individual de accidente e trabajo DIAT
25. RIESGOS EN LA CONDUCCIÓN VEHÍCULAR.-
1. Conducción de camioneta y furgón.-
Potenciales riesgos, volcamiento choques.
2.- Revisar y probar sistemas de seguridad mecánicos
Eléctricos, hidráulicos y neumáticos.
26. EQUIPOPS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP
Qué es un EPP?
EPP son las iníciales de “Elementos de Protección
Personal”, este se puede definir como un conjunto de
elementos y dispositivos diseñados para proteger las
partes del cuerpo que se encuentran expuestos a riesgos
durante el ejercicio de una labor.
De acuerdo a la anterior definición, un EPP debe cumplir
con 2 premisas:
Debe ser de uso personal e intransferible.
Debe estar destinado a proteger la integridad física de
la persona que lo usa.
27. EQUIPOPS DE PROTECCIÓN PERSONAL EPP
Cuándo usar un EPP?
Se debe tener en cuenta que el EPP es el ÚLTIMO resguardo
que debe tener un trabajador para evitar la ocurrencia de un
accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Existen otros métodos a considerar antes de aplicar el uso del
EPP, como:
Se debe eliminar la fuente del riesgo
Aislar el riesgo.
Alejar o proteger (EPP) al trabajador expuesto de la fuente de
riesgo
Otros Aspectos importantes a destacar:
El EPP debe seleccionarse de una manera adecuada, ya que
podría generar un riesgo extra al no ser seleccionados de
manera correcta.
Deben estar debidamente certificados.
28. Elementos Características Accesorios
Casco de seguridad Color blanco Nombre, logotipo, uso de barbiquejo(
Cuando sea necesario)
Arnés de seguridad Arnés tipo paracaídas 2 Cabo de vida elastizados,
mosquetones de 55mm. De diámetro
interior. Para altura superiores, uso de
amortiguador de impactos
Respirador doble vía Protección de silicona Filtros para material particulado < 5 u
Protección auditiva Tapones endoauditivos con protección
de silicona ajustables
Marca 3M, reducción NPS 25 %
Lentes de seguridad Lentes de policarbonato, con
protección lateral / Gafas de
seguridad.
Protección U.V.
Calzado de seguridad Botín, de cuero, con protección en la
punta de acero
Uso construcción, sello amarillo
Chalecos reflectantes
Chalecos de fabricación en tela, de
colores altamente visibles, con cintas
reflectantes ubicadas en su parte
anterior y posterior
Guantes de seguridad
Guantes tipo cabritilla, sin forro interior
Material de confección, cuero
Vestimenta Camisas manga larga.
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL BASICOS REQUERIDOS
29. AISLACIÓN Y BOQUEO.-
OBJETIVO.-
Definir y estandarizar el uso de bloqueos como una herramienta
preventiva, para el control en las fuentes de los distintos tipos de
energías (Eléctrica, Mecánica, Neumática, etc.)
Bloqueo: Es la acción de asegurar el aislamiento, con un dispositivo
propio al equipo o anexo a éste, con el objetivo de que las energías
de operación y/o residuales no puedan liberarse fuera del control del
personal que efectúa la revisión, mantención y/o reparación del
equipo o instalación.
El bloqueo, está compuesto por: candado, cadenas, cuñas, u otros
dispositivos auxiliares que ayuden a asegurar el aislamiento, más
tenaza y tarjeta.
Aislamiento: Es la acción de dejar sin energías un equipo o
instalación, antes de que este sea bloqueado para ser intervenido en
forma segura. Esta debe hacerse efectiva en la(s) fuente(s) y/o aguas
arriba del equipo o sistema a controlar asegurando su aislamiento
energético total.
30. PELIGRO
NO OPERAR
MI VIDA
DEPENDE
DE ESTA
TARJETA
Nombre:
Cargo:
Área:
Empresa:
Tel. Móvil:
En Caso de Emergencia dar
Aviso al Jefe de Area HSEC
del Cliente.
PELIGRO
NO OPERAR
MI VIDA
DEPENDE
DE ESTA
TARJETA
Nombre:
Cargo:
Área:
Empresa:
Tel. Móvil:
En Caso de Emergencia dar
Aviso al Jefe de Area HSEC
del Cliente.
PELIGRO
NO OPERAR
MI VIDA
DEPENDE
DE ESTA
TARJETA
Nombre:
Cargo:
Área:
Empresa:
Tel. Móvil:
En Caso de Emergencia dar
Aviso al Jefe de Area HSEC
del Cliente.
•SE DEBE BLOQUEAR, TODOS
AQUELLOSSISTEMAS QUE
UTILICENENERGÍA, HIDRÁULICA,
NEUMÁTICA, GRAVITACIONAL,
GASES Y FLUIDOS BAJO
PRESIÓN, FUENTES
RADIOACTIVAS.
•EL SISTEMA DE BLOQUEO
CONSISTEEN: CANDADO
PERSONAL, PINZAS Y TARJETA.
•SE DEBE AISLAR LA FUENTE
PRINCIPAL DE ENENERGÍA.
•CADA TRABAJADOR QUE
INTERVENGADEBE USAR
CANDADO PERSONAL,
CODIFICADOY CON LA LLAVE
ÚNICA.
•ASEGURAR LA ELIMINACIÓNDE
LAS ENERGÍAS RESIDUALES
ANTES DE INTERVENIR.
PELIGRO
NO OPERAR
•SE DEBE BLOQUEAR, TODOS
AQUELLOSSISTEMAS QUE
UTILICENENERGÍA, HIDRÁULICA,
NEUMÁTICA, GRAVITACIONAL,
GASES Y FLUIDOS BAJO
PRESIÓN, FUENTES
RADIOACTIVAS.
•EL SISTEMA DE BLOQUEO
CONSISTEEN: CANDADO
PERSONAL, PINZAS Y TARJETA.
•SE DEBE AISLAR LA FUENTE
PRINCIPAL DE ENENERGÍA.
•CADA TRABAJADOR QUE
INTERVENGADEBE USAR
CANDADO PERSONAL,
CODIFICADOY CON LA LLAVE
ÚNICA.
•ASEGURAR LA ELIMINACIÓNDE
LAS ENERGÍAS RESIDUALES
ANTES DE INTERVENIR.
PELIGRO
NO OPERAR
•SE DEBE BLOQUEAR, TODOS
AQUELLOSSISTEMAS QUE
UTILICENENERGÍA, HIDRÁULICA,
NEUMÁTICA, GRAVITACIONAL,
GASES Y FLUIDOS BAJO
PRESIÓN, FUENTES
RADIOACTIVAS.
•EL SISTEMA DE BLOQUEO
CONSISTEEN: CANDADO
PERSONAL, PINZAS Y TARJETA.
•SE DEBE AISLAR LA FUENTE
PRINCIPAL DE ENENERGÍA.
•CADA TRABAJADOR QUE
INTERVENGADEBE USAR
CANDADO PERSONAL,
CODIFICADOY CON LA LLAVE
ÚNICA.
•ASEGURAR LA ELIMINACIÓNDE
LAS ENERGÍAS RESIDUALES
ANTES DE INTERVENIR.
PELIGRO
NO OPERAR
31. EXPOSICIÓN A RIESGOS DE HIGUIENE INDUSTRIAL
Objetivo general.-
Mantener la Accidentalidad que presenta la Compañía, manteniendo
la Cultura de Prevención de los miembros que componen la
organización, orientado a la protección de los trabajadores,
disminución de pérdidas derivadas de contingencias laborales,
además afectando a la estadística de nuestro mandante.
Vial deberá implementar un programa de Higiene Industrial, acorde a
los requerimientos de la ley 16.744, DS 594/201 y las guías
corporativas de BHPBilliton, mediante el cual se evalúe la presencia y
concentración de los agentes de riesgo higiénico.
Para lo anterior, en conjunto con la respectiva mutualidad, se debe
realizar un levantamiento cualitativo de los potenciales agentes de
Riesgo Higiénico, que debe contar con la certificación del organismo
administrador. Este levantamiento cualitativo y cuantitativo deben ser
con una periodicidad cada 2 años, salvo que hayan ocurrido
variaciones significativas en las condiciones de entorno
medioambiental de las habituales puestos de trabajo.
32. La estructura para el programa de Higiene Industrial debe
considerar:
-Levantamiento cualitativo de los agentes de riesgo Higiénico por
actividad, considerando para esto los riesgos higiénicos de Vial y
Cía. Ltda en faena :
Sílice cristalizada cuarzo/SiO2)
Polvo no clasificado
Ruido
Radiación UV Solar
Hipobaria
Masa expuesta cualitativa a Riesgos Higiénicos identificados.
-Plan de acción a recomendaciones
-Informe de Seguimiento (periodicidad, estructura)
33. PROGRAMA DE VIGILACIA MEDICA
Descripción:
Evaluación médica realizada a los trabajadores que se encuentre
expuestos a ambientes de trabajo con riesgo de contraer
enfermedades profesionales. Se incorporan a este programa todo
trabajador que por resultados de evaluaciones ambientales se
encuentren alterados o por sobre los niveles permitidos en Decreto
Supremo 594.
Responsable:
El departamento de Prevención de Riesgos envía la nomina del
personal insertos en programa de vigilancia médica más el personal
que eventualmente se encuentre expuesto al Sr. Experto del
Organismo Administrador.
El Sr. Experto asignado por el organismo Administrador gestiona en
las distintas unidades médicas la toma de exámenes para medir y
determinar los niveles de contaminantes presentes en cada
trabajador.
34. Seguimiento:
Una vez con los resultados la empresa debe procurar la salud del
trabajador siempre y cuando el trabajador se vea afectado en sus
resultados médicos, efectuando o facilitando la reubicación del
trabajador mientras se desarrollan las mejoras del lugar de
trabajo donde labora el trabajador.
Revisión:
Una vez mejorada la condición de riesgo se debe re evaluar
médicamente al trabajador a fin de corroborar su estado de salud
óptima.
35. EMERGENCIAS INCENDIOS, SISMO ACCIDENTES Y OTROS
Emergencia: Un incidente físico que pone en peligro la
estabilidad física del sistema, la vida, el medio ambiente o la
propiedad y que requiere inmediata acción para controlar la
situación. Estas emergencias pueden ser: lesionados (uno o
varios) de gravedad, accidente vehicular, incendio, derrames,
otros.
Deberá informar rápidamente el hecho a su jefatura directa, si
su condición lo permite.
Si es testigo de algún evento deberá informar:
Nombre (identificación de la persona que reporta)
Descripción de lo ocurrido
Lugar donde ocurrió el accidente
Número de personas lesionadas
Tipo de lesiones que ha podido constatar
Si requiere asistencia médica
Si hay personas atrapadas
Si hay equipos comprometidos
Si se requiere la brigada de respuesta de emergencia
36. Si hay lesionados que requieran pronta asistencia médica, la
persona que reporta la emergencia, puede contactarse
directamente con el Policlínico para solicitar asistencia
profesional, debiendo luego informar a su supervisor directo.
LESIONES A PERSONAS.
En caso de incidentes con lesión, la persona que detecte esta
situación deberá informar de inmediato a su jefatura directa de
acuerdo a los canales de comunicación interna que mantiene Vial
y Cía. Limitada.
37. AMAGO / INCENDIO.
Toda persona que detecte un amago de incendio activará los
sistemas de alerta de emergencia disponibles en el lugar,
comunicará de la forma más rápida a las personas del sector o a
personal HSEC del proyecto.
Solicitar ayuda ya sea por radio, teléfono o a viva voz de ser
necesario.
Al enfrentar un fuego o inicio de este, deberá actuar con los
medios que se dispongan en el lugar para el control de este, sin
que ello signifique arriesgar su vida.
Si el amago pasa a mayores y no logra controlarlo, deberán
retirarse al Punto de Encuentro de Emergencia (PEE)
correspondiente al sector, en espera de la llegada del personal
de emergencia.
No use agua en presencia de energía eléctrica y/o sustancias
químicas.
Todo el personal debe contar con instrucción básica en
prevención y combate de incendios.
38. ACCIDENTES DE TRÁNSITO.
Al ocurrir un accidente de tránsito (atropello, choque, volcamiento) con
consecuencias de muerte, lesiones graves, menos graves, leves o daños de
acuerdo Ley de Tránsito, no se deberá alterar las condiciones del lugar,
manteniendo todo en la misma posición que quedó hasta la llegada del
personal de la Brigada de Emergencia del cliente.
Se dará aviso a Carabineros si el accidente ha ocurrido en carretera en forma
directa en función de la gravedad de las consecuencias, quienes podrán
autorizar el movimiento de los vehículos.
En Operaciones se deberá dar aviso al supervisor de terreno, al asesor HSEC
del cliente. Se deberá informar al vicepresidente de Vial y Cía. Limitada, según
la gravedad del mismo para tomar todas las medidas que sean necesarias de
carácter legal y ante las autoridades policiales para que procedan.
Si el conductor y/o acompañante tiene nociones de primeros auxilios, deberá
brindar la ayuda necesaria, hasta la llegada de la brigada de respuesta integral
o asistencia profesional.
En caso que el accidente ocurra fuera de los recintos de la empresa (vía
pública), las personas que estén en condiciones darán asistencia de primeros
auxilios a los lesionados. Se deberá tener especial cuidado con aquellos que
resulten con síntomas de TEC (traumatismo encéfalo craneano) y/o posible
fracturas, especialmente de columna. No deberá moverse debiendo esperar la
llegada de la ambulancia y asistencia profesional. Si no se tiene conocimientos
no haga nada. Sólo avise lo ocurrido.
39. SISMO O TERREMOTO.
Inmediatamente que se siente un temblor fuerte, las personas
deberán mantener la calma.
Se deberán buscar lugares seguros donde ubicarse, alejados
de cables eléctricos, techumbres con posibilidades de caerse,
y cualquier otra posición que signifique riesgo. Para ello
dirigirse a los puntos de encuentro preestablecidos.
Si es de noche, use sólo linternas a pilas para alumbrar; las
instalaciones están provistas con luces de emergencias,
facilitando así la evacuación.
Si va conduciendo, deténgase al costado derecho del camino,
atento a caídas de postes o cables eléctricos. Encienda luces
de emergencia.