FISIOLOGIA BACTERIANA y mecanismos de acción (1).pptx
Normatividad seguridad y salud en el trabajo
1. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La seguridad y salud en el trabajo constituye uno
de los elementos fundamentales para la
competitividad de cualquier organización, en
razón a que es una práctica reglamentada por la
ley que mejora la reputación organizacional, a
través de la responsabilidad social y empresarial.
La legislación colombiana posee diversos
elementos argumentativos y técnicos que
sustentan los procedimientos de prevención de los
riesgos laborales, sin embargo, la falta de
inspección de control y vigilancia genera fragilidad
en la aplicación del sistema.
2. Ley 9 de 1979
Reglamenta las actividades y
competencias de salud pública para
asegurar el bienestar de la población
Titulo III. Salud Ocupacional
Deberes y derechos de los empleadores
y trabajadores así como las
precauciones que se deben tener en las
industrias a nivel de higiene y seguridad
industrial
Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo
Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos,
mecánicos y otros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo
Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los lugares de trabajo
Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los riesgos causados por las radiaciones;
Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos para la salud provenientes de la producción,
almacenamiento, transporte, expendio, uso o disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.
ASPECTOS LEGALES Y NORMATIVIDAD
3. Resolución 2400 de 1979
Hace referencia a la seguridad, es conocida como el estatuto general de la
seguridad.
Las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad reglamentadas en esta
resolución, se aplican a todos los establecimientos de trabajo sin perjuicio de
las reglamentaciones especiales que se dicten para cada centro de trabajo en
particular, con el fin de preservar y mantener la salud física y mental,
prevenir accidentes y enfermedades profesionales, para lograr las mejores
condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes
actividades
Decreto 614 de 1984
Determina las bases de la organización y administración gubernamental y
privada de la Salud Ocupacional en el país.
Establecimiento de las responsabilidades de los organismos de control.
(Vigilancia hasta la imposición de multas como mecanismo de persuasión)
Creación de los Comités Nacionales y seccionales de Salud Ocupacional
4. Resolución 1016 de 1989
Estable la creación y el funcionamiento de los Comités de medicina,
higiene y seguridad industrial al interior de las organizaciones y
empresas.
Todas las empresas e instituciones públicas o privadas con más de 10
trabajadores están obligadas a conformar un Comité Paritario de Salud
Ocupacional (COPASO).
Total de
trabajado
res
Representantes
(empleador –empleado)
10-49 1 por cada una de las
partes
50-499 2 por cada una de las
partes
500-599 3 por cada una de las
partes
600-MAS 4 por cada una de las
partes
Funciones
• Indagar las causas que afectan la salud de los
trabajadores
• Proponer medidas de control de accidentes y el
desarrollo de actividades tendientes a mantener
la salud en los lugares y ambientes de trabajo.
• Participar en actividades de capacitación.
• Colaborar en el análisis de accidentes y
enfermedades laborales.
• Actuar como veedor del cumplimiento de los
programas
• Participar en actividades de promoción,
divulgación y capacitación.
• Visitas periódicas a los lugares de trabajo.
• Inspecciones.
5. Establece el
funcionamiento de
los programas de
salud ocupacional
en las empresas).
Subprogramas
Medicina
preventiva
Se orienta hacia el
mejoramiento y
mantenimiento de las
condiciones generales de
salud y calidad de vida de los
trabajadores
Medicina del
trabajo
Higiene industrial
Identificar y evaluar mediante
estudios ambientales y
periódicos, los agentes y
factores de riesgo que afectan o
puedan afectar la salud de los
trabajadores
Seguridad
industrial
Mantener un ambiente laboral
seguro controlando los riesgos
potenciales a los que pueden
estar expuestos los trabajadores
Brigadista PE COPASO
Resolución 2013 de 1986
6. Ley 100 de 1993
Estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de
tres componentes: régimen de pensiones, atención en salud, sistema
general de riesgos profesionales
Fuente: http://www.angelfire.com/co4/gino_zc/
Ramo
Riesgo
Entidad
7. Decreto 1295 de 1994
Disposiciones generales
Sistema general de
riesgos Profesionales
Riegos Profesionales
Enfermedad y accidente
de trabajo
Afiliación y
cotizaciones al SGRP
Son afiliados
trabajadores
dependientes,
nacionales o extranjeros
Clasificación
De empresas, tablas de
riesgos, clases de
riesgos: mínimo, bajo,
medio, alto y máximo
El Sistema General de Riesgos Profesionales -SGRP- está dirigido e integrado por:
a.) Organismos de dirección, vigilancia y control:
1. Consejo Nacional de Riesgos Profesionales
2. Ministerio de la Protección Social
b.) Administradoras de Riesgos Profesionales -ARP-:
3. Instituto de Seguros Sociales ISS Riesgos Laborales
4. Entidades aseguradoras de vida con autorización de la
Superintendencia Bancaria.
8. Decreto 1346 de 1994
Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el
funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez
Decreto 1772 de 1994
Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema
General de Riesgos Profesionales.
Afiliados: trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, jubilados o
pensionados que se reincorporen a la vida laboral.
Selección ARP: Deben estar afiliados los empleadores que tengan a su
cargo 1 o más trabajadores y la selección de la ARL es libre y
voluntaria.
9. Decreto 1832 de 1994
Establece la tabla de enfermedades profesionales
Silicosis, silicoantracosis, asbestosis, talcosis , Siderosis, Baritosis , Calicosis, Bisinosis , Bagazosis,
Enfermedad pulmonar por polvo de cáñamo, Tabacosis, Saturnismo , Hidragirismo , Enfermedades
causadas por el cadmio y sus compuestos, Manganismo, Cromísmo, Beriliosis, Enfermedades
producidas por el vanadio y sus compuestos,. Arsenísmo, Fosforísmo, Fluorosis , Clorísmo,
Enfermedades producidas por radiaciones ionizantes, Enfermedades producidas por radiaciones
infrarrojas (catarata, Enfermedades producidas por radiaciones ultravioleta (conjuntivitis y lesiones
de córnea), Enfermedades producidas por iluminación insuficiente, Enfermedades producidas por
otros tipos de radiaciones no ionizantes, Sordera profesional, Enfermedades por vibración, Calambre
ocupacional de mano o de antebrazo, Enfermedades por bajas temperaturas, Enfermedades por
temperaturas altas, Catarata profesional, Síndromes por alteraciones barométricas, Nistagmus de los
mineros, Otras lesiones osteo- musculares y ligamentosas, Enfermedades infecciosas y parasitarias en
trabajos con exposición a riesgos biológicos, Enfermedades causadas por sustancias químicas y sus
derivados, Asma ocupacional y neumonitis inmunológica, Cáncer de origen ocupacional, Patologías
causadas por estrés en el trabajo
10. Ley 1562 de 2012
Reforma algunos artículos del
decreto 1295 y establece otras
disposiciones.
Fuente: https://imgv2-2-f.scribdassets.com/img/document/189925071/original/a5b6d2e4cb/1464725778
Decreto 1834 de 1994
Reglamenta el funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.
• Representantes de las entidades administradoras de riesgos profesionales
• Representantes de los empleadores
• Representantes de los trabajadores
• Representantes de las asociaciones científicas de Salud Ocupacional
• Plazo para presentar ternas
• Aviso para la presentación de ternas
• Periodo de los representantes
• Funcionamiento de Consejo Nacional de Riesgos Profesionales