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_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL
CONVENIO N°. - 2015
CONVENIO PARA LA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA
ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA DE LA
PROVINCIA DE TARATA Y EL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Conste por el presente documento, el Convenio para la evaluación de Proyectos de
Inversión Pública, que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL ESTIQUE
PAMPA, con RUC N°. 20279769211, con domicilio legal en la plaza principal de Estique
Pampa S/N, debidamente representada por su Alcalde, Don Joel José Espinoza Ayca,
autorizado por Acuerdodel ConcejoMunicipal de fecha 24 de Febrero del 2015, a la que
en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte EL GOBIERNO
REGIONAL DETACNA,conRUC N°. 20519752515,con domicilio legalenla Av. Gregorio
AlbarracínNº. 526 - Tacna, debidamenterepresentadaporsu GobernadorRegional,Don
Omar Gustavo Jiménez Flores, designado mediante Resolución N°. 3801-2014-JNE,
quien está facultado para firmar convenios de cooperación interinstitucional, a la que en
adelante se le denominará GOBIERNO REGIONAL DE TACNA.
El presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL
1.1 Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las
Leyes N° 28522 y 28802.
1.2 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por las
Leyes N° 28032 y 28187.
1.3 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
1.4 Decreto Supremo N° 102-2007-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema
Nacional de Inversión Pública, modificado por el Decreto Supremo N° 185-2007-
EF.
1.5 Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión
Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01.
1.6 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783.
CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA
El Sistema Nacional de Inversión Pública tiene la finalidad de optimizar el uso de los
Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios,
_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases de los
proyectos de inversión.
La aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública es de observancia
obligatoria para todas las entidades y empresas del Sector Público no financiero, que
ejecutenProyectos deInversión Pública,incluyendo a los GobiernosRegionalesyLocales
de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783.
En ese marco,la DirecciónGeneral de Inversión Pública DGIP, del Ministeriode Economía
y Finanzas expidió la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema
Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011-
EF/68.01, la misma que prevé la posibilidad que un Gobierno Local no sujeto al Sistema
Nacional de Inversión Pública, pueda celebrar convenios de cooperación institucional,
con autorización del Concejo Municipal, para la evaluación y de corresponder,
declaración de viabilidad, de sus Proyectos de Inversión Pública, con el Gobierno
Regional en cuya circunscripción territorial se encuentran o con otro Gobierno Local
sujeto al Sistema Nacional de Inversión Pública.
CLÁUSULA TERCERA: DE LAS ENTIDADES
LA MUNICIPALIDAD es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía
política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya
finalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios
públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y
regionales de desarrollo.
LA MUNICIPALIDAD no se encuentra incorporada al Sistema Nacional de Inversión
Pública y que tiene interés en que sus proyectos de inversión sean formulados y
evaluados en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.
El GOBIERNO REGIONAL DE TACNA es una entidad sujeta a las disposiciones del
Sistema Nacional de Inversión Pública y que cuenta con una Oficina de Programación e
Inversiones debidamente constituida.
CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente convenio, estipula que el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA,
registrará los PIPs Formulados por la MunicipalidadDistrital de Estique Pampa, el GRT
registrará los PIPs a través de su Unidad Formuladora - GGR, y la OPI – del Gobierno
Regional evaluará el (los)Proyecto(s) de Inversión Pública que formule LA
MUNICIPALIDAD de acuerdoa sus competencias municipales, la evaluación que realice
la OPI-GRT estará de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema
Nacional de Inversión Pública.
_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
3
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Son obligaciones y atribuciones del GOBIERNO REGIONAL DE TACNA:
5.1. Dejarconstancia de la suscripción del presente Convenio, en la Ficha deRegistro del
(de los) Proyecto(s) de Inversión Pública en el Banco de Proyectos. Sin dicho
registro, el presente Convenio no surtirá efectos en el Sistema Nacional de
Inversión Pública.
5.2. Evaluar, y de corresponder, aprobar y declarar la viabilidad del (los) Proyecto(s) de
Inversión Pública señalado(s) en la Cláusula Cuarta del presente Convenio.
5.3. Verificar que no exista duplicación de Proyectos de Inversión Pública en el Banco de
Proyectos.
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Son obligaciones y atribuciones de LA MUNICIPALIDAD:
6.1. (En el caso que la operación y mantenimiento esté a cargo de LA
MUNICIPALIDAD) LA MUNICIPALIDAD se compromete a dar la operación y
mantenimiento correspondiente al (a los) Proyecto(s) de Inversión Pública
declarados viables por el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, conforme a lo
dispuesto por la Cláusula Quinta del presente Convenio.
6.2. (En el caso que la ejecución esté a cargo de LA MUNICIPALIDAD) LA
MUNICIPALIDAD deberá ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la
declaración de viabilidad del (de los) Proyecto(s) de Inversión Pública para la
ejecución de los mismos.
6.3. LA MUNICIPALIDAD no podrá suscribir este tipo de Convenio con otro Gobierno
Local para la formulación y evaluación de sus proyectos de inversión pública, salvo
que el presente Convenio deje de tener efectos ya sea porque llegó a su término
sin que sea prorrogado o porque fue resuelto.
6.4. Si el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA rechaza un proyecto solicitado por LA
MUNICIPALIDAD, ésta no podrá volver a solicitar la formulación del mismo.
6.5. LA MUNICIPALIDAD, encasoseincorporeal Sistema Nacional de InversiónPública,
en fecha posterior a la suscripción del presente Convenio, no podrá volver a
formular el (los) proyecto(s) que hubieran sido rechazados por el GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA.
_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
6.6. La incorporación al Sistema Nacional de Inversión Pública de LA MUNICIPALIDAD
es causal de resolución del presente Convenio, en cuyo caso LA MUNICIPALIDAD
asume la formulación, registro en el BP y evaluación de los proyectos de inversión
pública que hubiere encargado al GOBIERNO REGIONAL DE TACNA y que no
hayan sido declarados viables o rechazados.
CLÁUSULA SÉTIMA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO
La vigencia del presente Convenio será de 01 año contados a partir de la firma del
presente convenio entre ambas partes.
El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término, mediante acuerdo de
las partes. La prórroga deberá dejarse constada por el GOBIERNO REGIONAL DE
TACNA en la Ficha de Registro del (de los) proyecto(s) en el Banco de Proyectos.
CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO
El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales:
8.1. Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas
mediante el presente Convenio.
8.2. Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad
con las disposiciones previstas en el Código Civil.
8.3. Por mutuo acuerdo de las partes.
8.4. Por incorporaciónal Sistema Nacional deInversiónPública de LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA NOVENA: CONTROVERSIAS Y DISCREPANCIAS
Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación o cumplimiento del
presente Convenio, se intentará resolver dentro de un plazo que no excederá de los
quince (15) días útiles, mediante la coordinación entre las partes, comprometiéndose a
brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa.
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO
El presente convenio no sustituye ni total ni parcialmente a ninguna norma del Sistema
Nacional de Inversión Pública.
Asimismo, las partes se comprometen a cumplir con el contenido y alcances de todas y
cada una de lascláusulasestipuladasenel presente Convenio. Encontrándoseconformes
_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
con los términos y condiciones del presente Convenio de cooperación interinstitucional,
las partes suscriben en señal de conformidad en el departamento de Tacna a los días
del mes de del año 2015.
MUNICIPALIDAD DISTRITAL GOBIERNO
REGIONAL
ESTIQUE PAMPA DE TACNA
C.c.
 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA
 PRESIDENCIA REGIONAL
 OFICINA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA.
Se adjunta al presente convenio:
 Fotocopia Simple de Acta de Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 24 de Febrero del 2015.
_____________________________________________________________________________
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la
Educación”
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ESTIQUE PAMPA
 Fotocopia Simple de Resolución N°. 3801-2014-JNE, de fecha 29 de Diciembre del 2014.

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UNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptx
 

Convenio 12 GOBIERNO REGIONAL Y DISTRITO DE ESTIQUE

  • 1. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CONVENIO N°. - 2015 CONVENIO PARA LA EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA DE LA PROVINCIA DE TARATA Y EL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Conste por el presente documento, el Convenio para la evaluación de Proyectos de Inversión Pública, que celebran de una parte LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL ESTIQUE PAMPA, con RUC N°. 20279769211, con domicilio legal en la plaza principal de Estique Pampa S/N, debidamente representada por su Alcalde, Don Joel José Espinoza Ayca, autorizado por Acuerdodel ConcejoMunicipal de fecha 24 de Febrero del 2015, a la que en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte EL GOBIERNO REGIONAL DETACNA,conRUC N°. 20519752515,con domicilio legalenla Av. Gregorio AlbarracínNº. 526 - Tacna, debidamenterepresentadaporsu GobernadorRegional,Don Omar Gustavo Jiménez Flores, designado mediante Resolución N°. 3801-2014-JNE, quien está facultado para firmar convenios de cooperación interinstitucional, a la que en adelante se le denominará GOBIERNO REGIONAL DE TACNA. El presente Convenio se celebra en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL 1.1 Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes N° 28522 y 28802. 1.2 Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por las Leyes N° 28032 y 28187. 1.3 Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 1.4 Decreto Supremo N° 102-2007-EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por el Decreto Supremo N° 185-2007- EF. 1.5 Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01. 1.6 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA El Sistema Nacional de Inversión Pública tiene la finalidad de optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios,
  • 2. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA procesos, metodologías y normas técnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversión. La aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública es de observancia obligatoria para todas las entidades y empresas del Sector Público no financiero, que ejecutenProyectos deInversión Pública,incluyendo a los GobiernosRegionalesyLocales de conformidad con la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783. En ese marco,la DirecciónGeneral de Inversión Pública DGIP, del Ministeriode Economía y Finanzas expidió la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2011- EF/68.01, la misma que prevé la posibilidad que un Gobierno Local no sujeto al Sistema Nacional de Inversión Pública, pueda celebrar convenios de cooperación institucional, con autorización del Concejo Municipal, para la evaluación y de corresponder, declaración de viabilidad, de sus Proyectos de Inversión Pública, con el Gobierno Regional en cuya circunscripción territorial se encuentran o con otro Gobierno Local sujeto al Sistema Nacional de Inversión Pública. CLÁUSULA TERCERA: DE LAS ENTIDADES LA MUNICIPALIDAD es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía política, administrativa y económica conferida por la Constitución Política del Perú, cuya finalidad es promover el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. LA MUNICIPALIDAD no se encuentra incorporada al Sistema Nacional de Inversión Pública y que tiene interés en que sus proyectos de inversión sean formulados y evaluados en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. El GOBIERNO REGIONAL DE TACNA es una entidad sujeta a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública y que cuenta con una Oficina de Programación e Inversiones debidamente constituida. CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONVENIO El objeto del presente convenio, estipula que el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, registrará los PIPs Formulados por la MunicipalidadDistrital de Estique Pampa, el GRT registrará los PIPs a través de su Unidad Formuladora - GGR, y la OPI – del Gobierno Regional evaluará el (los)Proyecto(s) de Inversión Pública que formule LA MUNICIPALIDAD de acuerdoa sus competencias municipales, la evaluación que realice la OPI-GRT estará de acuerdo a las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública.
  • 3. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 3 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Son obligaciones y atribuciones del GOBIERNO REGIONAL DE TACNA: 5.1. Dejarconstancia de la suscripción del presente Convenio, en la Ficha deRegistro del (de los) Proyecto(s) de Inversión Pública en el Banco de Proyectos. Sin dicho registro, el presente Convenio no surtirá efectos en el Sistema Nacional de Inversión Pública. 5.2. Evaluar, y de corresponder, aprobar y declarar la viabilidad del (los) Proyecto(s) de Inversión Pública señalado(s) en la Cláusula Cuarta del presente Convenio. 5.3. Verificar que no exista duplicación de Proyectos de Inversión Pública en el Banco de Proyectos. CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD Son obligaciones y atribuciones de LA MUNICIPALIDAD: 6.1. (En el caso que la operación y mantenimiento esté a cargo de LA MUNICIPALIDAD) LA MUNICIPALIDAD se compromete a dar la operación y mantenimiento correspondiente al (a los) Proyecto(s) de Inversión Pública declarados viables por el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, conforme a lo dispuesto por la Cláusula Quinta del presente Convenio. 6.2. (En el caso que la ejecución esté a cargo de LA MUNICIPALIDAD) LA MUNICIPALIDAD deberá ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad del (de los) Proyecto(s) de Inversión Pública para la ejecución de los mismos. 6.3. LA MUNICIPALIDAD no podrá suscribir este tipo de Convenio con otro Gobierno Local para la formulación y evaluación de sus proyectos de inversión pública, salvo que el presente Convenio deje de tener efectos ya sea porque llegó a su término sin que sea prorrogado o porque fue resuelto. 6.4. Si el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA rechaza un proyecto solicitado por LA MUNICIPALIDAD, ésta no podrá volver a solicitar la formulación del mismo. 6.5. LA MUNICIPALIDAD, encasoseincorporeal Sistema Nacional de InversiónPública, en fecha posterior a la suscripción del presente Convenio, no podrá volver a formular el (los) proyecto(s) que hubieran sido rechazados por el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA.
  • 4. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 4 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA 6.6. La incorporación al Sistema Nacional de Inversión Pública de LA MUNICIPALIDAD es causal de resolución del presente Convenio, en cuyo caso LA MUNICIPALIDAD asume la formulación, registro en el BP y evaluación de los proyectos de inversión pública que hubiere encargado al GOBIERNO REGIONAL DE TACNA y que no hayan sido declarados viables o rechazados. CLÁUSULA SÉTIMA: PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO La vigencia del presente Convenio será de 01 año contados a partir de la firma del presente convenio entre ambas partes. El presente Convenio podrá ser prorrogado antes de su término, mediante acuerdo de las partes. La prórroga deberá dejarse constada por el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA en la Ficha de Registro del (de los) proyecto(s) en el Banco de Proyectos. CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causales: 8.1. Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas mediante el presente Convenio. 8.2. Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas y de conformidad con las disposiciones previstas en el Código Civil. 8.3. Por mutuo acuerdo de las partes. 8.4. Por incorporaciónal Sistema Nacional deInversiónPública de LA MUNICIPALIDAD. CLÁUSULA NOVENA: CONTROVERSIAS Y DISCREPANCIAS Toda controversia o discrepancia derivada de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio, se intentará resolver dentro de un plazo que no excederá de los quince (15) días útiles, mediante la coordinación entre las partes, comprometiéndose a brindar sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa. CLÁUSULA DÉCIMA: DE LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO El presente convenio no sustituye ni total ni parcialmente a ninguna norma del Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, las partes se comprometen a cumplir con el contenido y alcances de todas y cada una de lascláusulasestipuladasenel presente Convenio. Encontrándoseconformes
  • 5. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 5 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA con los términos y condiciones del presente Convenio de cooperación interinstitucional, las partes suscriben en señal de conformidad en el departamento de Tacna a los días del mes de del año 2015. MUNICIPALIDAD DISTRITAL GOBIERNO REGIONAL ESTIQUE PAMPA DE TACNA C.c.  MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA  PRESIDENCIA REGIONAL  OFICINA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA. Se adjunta al presente convenio:  Fotocopia Simple de Acta de Acuerdo del Concejo Municipal de fecha 24 de Febrero del 2015.
  • 6. _____________________________________________________________________________ “Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” 6 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ESTIQUE PAMPA  Fotocopia Simple de Resolución N°. 3801-2014-JNE, de fecha 29 de Diciembre del 2014.