1. 5.2.2.1.1.5. extinción del derecho real de propiedad
1.ACCION REIVINDICATORIA:
Es la acción que tutela al propietario civil que no posee contra el poseedor. El propietario
acude a esta acción cuando ha perdido la posesión de una cosa de su propiedad y debe
demandar precisamente al que posee y tiene la protección de los interdictos.
2. ACCION PUBLICANA:
La concede el pretor al propietario bonitario que ha perdido la posesión para recuperarla .
2. 3.ACCION NEGATORIA:
Era la acción que podía plantear el propietario civil para
negar la existencia de otros derechos que afecten su
propiedad.