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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA 25 DE
SEPTIEMBRE DE 2014.
ASISTENTES:
PRESIDENTE:
D. Javier Cascante Roy
VOCALES:
Dñª Marta Labrador Gutiérrez
D. David Mingo Pérez
D. Ignacio Galán Gallego
Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera
D. Manuel T. Conde Santiago
Dñª Mª Cruz Gacho Conde
Dñª Blanca Francisco Valiente
D. Francisco Redondo Soriano
Dñª Mª José García Fraile
D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz
Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito
D. Florián Alonso Vicente
Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado
Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica
D. Jesús Santos Corral
D. Miguel Ángel Moreno Valle
LA SECRETARIA ACCTAL.
Dª Montserrat Rodríguez Morros
INTERVENTOR:
D. Lucinio Hernández Marcos.
En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del
Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde -
Presidente y asistidos por la Secretaria General Acctal. que elabora este Acta, con
objeto de celebrar la correspondiente Sesión Ordinaria de Pleno, previa convocatoria al
efecto.
El Sr. Alcalde – Presidente abre la sesión dando lectura al recordatorio de los asuntos
incluidos en el orden del día:
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PUNTO PRIMERO: LECTURA Y APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA
CORRESPONDIENTE A LAS SESIÓN CELEBRADA EL DÍA: 31-07-2014.
Sr. Alcalde
¿Alguna cuestión sobre el acta?.
Sr. Santos Corral
Sí.
Sr. Alcalde
Tiene usted la palabra.
Sr. Santos Corral
Muchas gracias Sr. Alcalde.
Presentamos las siguientes impugnaciones al acta correspondiente al Pleno Ordinario
celebrado el 31 de julio de 2014, para que sean subsanados errores y omisiones que
hemos detectado.
Antes de nada decir que con anterioridad habíamos presentado un escrito en este
sentido, a través de email, por cierto y que no ha tenido reflejo en una hipotética
corrección de dicha acta, al menos hasta donde nosotros somos conocedores.
Primera impugnación:
1. En la página 30 de dicha acta, entre la cuarta intervención del Sr. Alcalde y leo
textualmente para que la localicen: “Decir que no trabajan, decir que no trabajan es
gravísimo, por el amor de Dios” y la primera del Sr. Santos Corral: “Vamos a ver,
vamos a ver”, se produjeron unos hechos muy relevantes para entender lo que
aconteció a continuación, que está recogido entre las páginas 30 y 39 y que termina
con la expulsión de ambos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida.
Los hechos a los que nos referimos son los siguientes y es lo que pediríamos con
esta redacción u otra constase en el acta ya que no viene:
a. En este momento se incrementan las expresiones tanto orales como gestuales de
desaprobación por parte de la casi totalidad de los miembros del Grupo
Municipal Popular.
b. El Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida se dirige al Sr. Alcalde
para protestar y pedir que su compañera, la Sra. Barandiarán Múgica pueda
continuar su intervención sin interrupciones. Utiliza para ello el Sr. Santos, yo
mismo, la expresión: “Vamos a ver, vamos a ver” tal como se recoge en la
página 30 del acta.
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c. Tales anotaciones no sólo pueden hacerse sino que debe hacerse para dejar
constancia de lo ocurrido en el Pleno, con independencia de que la grabación
recoja o no claramente tales incidentes. Decir al respecto que la intervención
masiva, o mayoritaria, de los Concejales aludidos lo fue a micrófono cerrado y
que además, por tanto no puede estar grabado, y que además nos referimos
también a expresiones gestuales.
d. En auxilio de lo que aquí planteamos viene un ejemplo clarísimo en la página 37
del acta, tras la segunda intervención del Sr. Alcalde que textualmente es: “Ay
que pena me da” donde se narran hechos acaecidos y no grabados en la cinta, es
decir, ahí sí se hace, luego, sí se puede hacer. Ahí sí podemos leer:
- “Cuando son las diez horas y seis minutos el Sr. Portavoz de Izquierda
Unida D. Jesús Santos Corral acompañado por dos Agentes de la Policía
Local, y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde - Presidente, para
que se callara ya que no tenía la palabra, abandona el salón de Plenos.”
2. Encontramos más argumentos que avalan la veracidad de los hechos ocurridos en las
posteriores intervenciones del Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Rodríguez Ruiz,
que se recogen en las páginas 40 y 41.
a. En la primera de ellas dice el Sr. Rodríguez Ruiz:
- “Pero lo que no me parece ni justo ni razonable es que alguien que habla sin
que usted le haya dado la palabra le llame la atención y a otras personas que
hacen exactamente lo mismo, que hacen exactamente lo mismo…”, aquí hay
puntos suspensivos porque es interrumpido también él
b. Tras una interrupción del Sr. Alcalde, el señor Rodríguez Ruiz da fe de lo
sucedido (y no recogido en el acta) y en su intervención recogida en la página 41
afirma el Sr. Ruiz:
- “Si es verdad que es usted (supongo que evidentemente dirigiéndose al Sr.
Alcalde), quien ordena los debates, lo que se le debe de pedir es que tenga
usted ecuanimidad y si alguien habla sin tener autorización sea usted el que le
recrimine pero a todos, no a unos sí y a otros no, y le puedo asegurar que este
rifirrafe que ha habido, usted ha habido personas a las que no les ha llamado la
atención, que también han hablado”.
En fin que también han hablado, meridianamente.
La segunda impugnación:
1. Disculpen, nos vamos, para que lo sitúen, a la página 37 del acta donde se dice,
narrando, no transcribiendo, sino narrando ya:
“Cuando son las diez horas y siete minutos la Sra. Concejala de Izquierda Unida Dª
Mª Asunción Barandiarán Múgica acompañada por dos agentes de la Policía Local,
y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde – Presidente, para que se callara,
abandona el salón de Plenos”.
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Que esto no se ajusta a la verdad lo demuestra con meridiana claridad el hecho de
que en la página 38, es decir, en la siguiente se registran dos intervenciones de la
aludida concejala de Izquierda Unida Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica, y otras
dos intervenciones, de la misma, que se recogen en la página 39.
2. Por tanto, para que el acta se ajuste a la realidad, el hecho del abandono del salón de
Plenos por parte de la Concejala de Izquierda Unida se ha de reflejar donde se
produce, es decir en la página 39, entre la intervención de:
a. La Sra. Barandiarán Múgica y cito textualmente: “Los únicos”
b. Y la del Sr. Alcalde: “Bien, bien, no se por donde íbamos, porque ya no se por
donde íbamos. Me parece que debemos de pasar a la votación.
En fin entre esas dos intervenciones debería de narrarse lo que se narra en la 37, por
error seguramente.
Tercera impugnación:
1- En la página 84 de la referida acta, en su párrafo cuarto para que lo encuentren más
rápidamente, se lee:
- “D. Jesús Santos Corral pregunta sobre quien controla lo datos económicos, si se
especifican los mecanismos de verificación de los datos de las empresas
concesionarias”. Eso es textual.
De la lectura de este párrafo cabría deducir que el citado Concejal de Izquierda
Unida se habría reincorporado al Pleno tras su expulsión, ya que se utiliza el verbo
preguntar en presente. Ciertamente no fue así y por tanto, para ajustarse fielmente a
la realidad y no inducir a equívoco de ningún tipo, debería redactarse el verbo
preguntar en tiempo pasado, cualquiera de las modalidades de tiempo pasado que
mejor convengan gramaticalmente.
2- Lo anteriormente expuesto:
- Es de aplicación en todos los siguientes párrafos de la página 84 de la citada
acta, donde los verbos que se refieren al Concejal de Izquierda Unida: “Reitera,
plantea, pregunta y se interesa” han de ser redactados utilizando algún tiempo
pasado de dichos verbos y no en presente.
- Lo mismo cabe decir del primer párrafo de la siguiente página la 85, y sustituir
la forma de presente del verbo preguntar por la de pasado.
3- Por si estas razones de lógica gramatical no fueran suficientes, les remito a la página
80 de la referida Acta. Al inicio del punto del orden del día “5.3.3. PREGUNTAS
FORMULADAS POR ESCRITO DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA
UNIDA”, ahí podemos leer:
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- “Sr. Mingo Pérez (intervine él)
El Grupo de Izquierda Unida realizaba (en pasado simple) una serie de preguntas
escritas”.
Aquí sí se utiliza correctamente el verbo en tiempo pasado, por lo que se debería
proceder de igual modo con los citados anteriormente y reflejados en las páginas 84
y 85 y hacer los cambios solicitados a través de esta impugnación de modo que la
realidad sea reflejada con mayor grado de concisión.
Cuarta impugnación:
1. En la página 37, último párrafo del Acta, se dice:
- “Cuando son las diez horas y siete minutos la Sra. Concejala de Izquierda Unida
Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica acompañada por dos agentes de la Policía
Local, y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde – Presidente, para que
se callara, abandona el salón de Plenos”.
Nos parece evidente que el verbo elegido para describir lo sucedido no es el correcto
y puede inducir a error. Nos referimos al verbo “abandonar”, que tiene una
irrefutable carga semántica de voluntariedad por parte del sujeto activo de la frase.
Que esto no es así, no requiere del más mínimo esfuerzo para ser demostrado, por lo
que nos limitaremos a pedir que se cambie el verbo abandonar, por una de las
siguientes alternativas o cualquier otra que se considere oportuna y más acorde a la
realidad: “Es expulsada, es desalojada, sale a la fuerza, se ve forzada a salir, etc.”.
2. Nota: Lo anteriormente expuesto es de idéntica aplicación para el párrafo de la
misma página en que se relata la expulsión del Concejal de Izquierda Unida D Jesús
Santos Corral, bueno, perdón quitemos el Don, y que para su más rápida
localización está situado casi al principio tras una breve intervención del Sr. Alcalde
que dice: “Ay que pena me da”.
Nada más.
Sr. Alcalde
Muy bien.
¿Alguna cuestión más?
Pasamos a la votación.
Por Secretaria se somete a votación la aprobación, si procede, del acta correspondiente a
la sesión ordinaria celebrada el día 31-07-2014.
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Sr. Rodríguez Ruiz
No, Sr. Alcalde, es que no hemos entendido el sentido de la votación, no hemos
entendido si se votaba la impugnación o no se votaba, es que nos gustaría que se nos
explicara.
Sr. Alcalde
Lo que se vota es el acta, la aprobación o no del acta.
Sr. Rodríguez Ruiz
¿Y la impugnación consta, queda en el acta sin más?
Sr. Alcalde
La impugnación consta en el acta y tendrá los efectos que tenga.
Sr. Rodríguez Ruiz
Bueno, yo aunque entiendo que ha sido un procedimiento, le pediría que se volviera a
repetir la votación porque no lo habíamos entendido.
Sr. Alcalde
No hay ningún inconveniente.
Sometida a votación el Acta correspondiente a la Sesión celebrada el 31 de julio de
2014, la misma es aprobada por once votos a favor, dos votos en contra y cuatro
abstenciones.
Votos a favor: D. Javier Cascante Roy, Dñª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo
Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás
Conde Santiago, Dñª Mª Cruz Gacho Conde, Dñª Blanca Francisco Valiente, D.
Francisco Redondo Soriano, Dñª Mª José García Fraile y D. Miguel Ángel Moreno
Valle.
Votos en contra: Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Corral Santos.
Abstenciones: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito,
D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado.
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PUNTO SEGUNDO: PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE
SUMINISTRO Y GESTIÓN ENERGÉTICA DE INSTALACIONES DE
EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES.
Por Secretaría General se da lectura al dictamen aprobado en la Comisión Informativa
de Contratación y Bienes celebrado el día 22 de septiembre de 2014.
El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las
siguientes:
Sr. Moreno Valle
Buenos días.
Bien, el asunto que hoy nos trae, que es la adjudicación de este contrato de suministro
de servicios energéticos, se trató en la Comisión Informativa del 9 de junio, y
posteriormente en el Pleno del 16 de junio, en esos dos órganos se debatió el expediente
de contratación y los pliegos de las cláusulas de dicho contrato, decir que dicho
expediente, dicho pliego, fue aprobado únicamente, con los votos a favor del Grupo
Popular.
Tanto en el Pleno como en la Comisión, aparte ya del nefasto procedimiento de
tramitación que tuvo el Equipo de Gobierno con la oposición pues sólo nos dieron seis
días para el estudio y valoración del pliego, y la tramitación se iba a llevar a cabo en el
periodo de vacaciones, el Grupo de Unión Progreso y Democracia planteó cuatro temas
sobre este pliego:
1- La presencia de un miembro de la oposición en la mesa de contratación, asunto que
fue aceptado por el Grupo Popular, aunque en la propuesta inicial no se
contemplaba.
2- En el pliego de condiciones no se valoraba el beneficio que obtenía el Ayuntamiento
con la externalización de este servicio, pues el coste del pliego era el mismo que el
gasto que se había calculado para el último año y las mejoras no estaban valoradas y
pedíamos que se hiciera tanto una reducción en el pliego como la valoración de las
mejoras.
3- Los criterios de valoración asignados a uno que se denominaba: “Juicio de valor”,
que tenía 49 punto sobre 100, es decir, 49 %, nos parecía excesivo.
4- Que se incluyera en el pliego un plazo de 15 años para este contrato nos parecía
también excesivo, pues condicionaba los recursos a la capacidad de maniobra de las
próximas cuatro corporaciones en este asunto.
A pesar de estos argumentos, que a nosotros nos parecían de sentido común, el
expediente de contratación y los pliegos de cláusulas, se aprobaron con los votos en
contra de todos los grupos de la oposición, y sólo se aceptó la única modificación de
incluir a un miembro de la oposición en la mesa de contratación.
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Tramitado el expediente, hoy se trae a aprobación la propuesta de adjudicación del
contrato de suministro y gestión energética de las instalaciones de los edificios
Municipales y de alumbrado público del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes.
La adjudicación, de acuerdo al baremo que se incluye en el expediente, se va a realizar
a la U.T.E. ACEINSA MOVILIDAD S.A.-INGESAN S.A. por un importe de
aproximado de: 600.000 € incluyendo el IVA, que representa:
1- Una reducción en el coste del consumo energético para el Ayuntamiento de un 10.9
%, aproximadamente: 73.000 € al año, esto es por lo que en realidad le importa a los
vecinos y creo que es una de las cosas que nos debe de importar.
El resto de las ventajas de este contrato que se exponen, están relacionadas o bien
con la reducción de este consumo energético, pues las inversiones que se van a
realizar son inversiones necesarias para implementar dicha reducción de consumo,
inversiones que tienen como máximo objetivo aumentar el beneficio industrial de la
empresa adjudicataria.
No se equivoquen la UTE ACEINSA-INGESAN si plantea estas inversiones, no es
en plan hermanitas de la caridad para con el Ayuntamiento de Santa Marta, es
porque piensa que realizando estas inversiones va a incrementar su beneficio.
2- La segunda ventaja en relación con la reducción de costes en los suministros, pues
igual. Son reducciones relacionadas con una mejora en la gestión de compras que
cualquier empresa privada hace habitualmente.
3- Y por último las mejoras que se planteaban en el pliego valoradas en 140.000 €
según se nos comunicó en la comisión en un plazo de 15 años, pues se quedan
aproximadamente en: 9.000 € de mejoras por año, que consideramos que es el
“chocolate del loro”, si lo comparamos con los nueve millones de euros del contrato.
Bueno, es cierto que el Ayuntamiento y en consecuencia los vecinos que con sus
impuestos pagan todos los ingresos del Ayuntamiento, se van a ver beneficiados con
este contrato sobre la situación actual, y por tanto en consecuencia nuestro Grupo se
considera satisfecho con la mejora obtenida, pues, como decíamos en nuestro punto
número dos, lo que queríamos saber era cuál era la mejora y el beneficio que iba a
obtener el Ayuntamiento con este contrato.
Respecto al punto tres de nuestra argumentación, que le recuerdo era los criterios de
valoración. Pues miren ustedes, resulta que si dicho criterio se hubiera modificado, a lo
mejor estábamos hoy hablando de otra propuesta y voy a explicarme:
a. A la fase final de la licitación llegaron dos empresas la UTE CLECE-ALTOCU-
ELPA y la UTE ACEINSA MOVILIDAD-INGESAN, por no repetir de ahora en
adelante diré: CLECE y ACEINSA aunque son Uniones Temporales de Empresa.
En la evaluación de los denominados “criterios de adjudicación ponderables en
función de un juicio de valor”, recordemos: “juicio de valor”, es decir, sobre el
“Sobre C”:
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- CLECE obtuvo 31.77 puntos sobre 49.
- ACEINSA obtuvo 44.31 puntos sobre 49.
Si me he equivocado en alguna cifra luego me podrán corregir.
b. Cuando se combina esta otra oferta, con la oferta económica del “Sobre C” de:
Criterios evaluables mediante fórmulas:
- CLECE obtuvo 21.61 puntos sobre 51.
- ACEINSA obtuvo 11.96 también sobre 51.
Pues fíjense lo que ocurre, ocurre que ACEINSA al final obtiene una valoración de
56.2765 puntos sobre 100 y CLECE obtiene 53.3865 y se adjudica a ACEINSA
evidentemente siguiendo este criterio.
Nosotros hemos hecho un ejercicio numérico y es considerando que ambas ofertas
se hubieran evaluado con el mismo criterio y que los: “criterios de adjudicación
ponderables en función de un juicio de valor”, “juicio de valor”, repito, hubieran
tenido sólo un peso del 40 % en vez de un 49 % y los criterios económicos hubieran
obtenido un peso de un 60 % en vez de un 51, el resultado final y si quieren echen
ustedes las cuentas, hubiera sido muy diferente.
En ese caso el adjudicatario hubiera sido CLECE. Es decir, la oferta más económica
para el Ayuntamiento, y con la cual el ahorro para el Ayuntamiento de Santa Marta
de Tormes, en vez de ser del 10,9 % seria del un 14 %, es decir, en vez de: 73.000 €
al año serían: 94.000 € al año, que en 15 años serian: 315.000 € que además habría
que sumar una reducción sobre las tarifas de materiales de un 31 % frente al 14 %
que ofrece ACEINSA.
En fin que el hecho de haber considerado que los “criterios de adjudicación
ponderables en función de un juicio de valor” representaran el 49 % de los puntos a
adjudicar frente a sólo un 40 %, que yo creo que parece un valor bastante suficiente
ha hecho que la adjudicación se haya inclinado hacia una oferta frente a otra.
Y no digo que hay nada raro, señores de la Corporación y señores vecinos, yo estaba en
la mesa de contratación cuando se han abierto los sobres y he hablado con el Concejal
de la oposición, el Sr. Florián que ha estado en la mesa de contratación y me dicho que
ha sido todo correcto y no ha habido nada, pero si hubiéramos tenido más tiempo en su
momento y si el Equipo de Gobierno hubiera permitido, debatir y discutir este pliego,
con más tiempo y no utilizando el “aquí te pillo aquí te mato”, pues podríamos haber
valorado en conjunto y con un cierto consenso porqué 49 puntos y no 40, o porqué 51
puntos y no 60.
Pero aquí “a lo hecho, pecho”. El Equipo de Gobierno ha apostado por la mejor oferta
técnica frente a la mejor oferta económica, lo cual no deja de ser un criterio, que puede
ser mejor o peor para el Ayuntamiento, el tiempo nos lo dirá.
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Y vamos al último punto de nuestra argumentación, el tiempo, el plazo, la duración del
contrato. La adjudicación según el pliego aprobado el pasado mes de junio es de 15
años y existe la posibilidad de una prórroga de otros cinco.
El Portavoz del Partido Popular en el Pleno del mes de junio decía textualmente: “Y si
nos vamos a los contratos de servicios energéticos contratados en los Ayuntamientos de
España, son superiores incluso al período que se plantea aquí”. Mire Sr. Mingo, es que
en ese momento y con la premura de tiempo que ustedes nos dieron pues no hay forma
de tener la información disponible para contestarle, pero ahora ya sí la tengo.
Y se la voy a dar:
a) Propuesta de modelo de contrato de servicios energéticos de la empresa: IDAE que
es Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, propone en su cláusula 4:
Plazo de duración del Contrato (y estamos hablando de contratos de servicios
energéticos y leo textualmente: “El presente contrato tendrá una duración de 10
años”, este es un modelo que lanza la IDAE, evidentemente lo cogemos o no lo
cogemos.
b) La AMI: Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios
Energéticos aconseja que la duración de los contratos mixtos de servicios
energéticos sea de 10 años, esto es la Patronal, la Patronal, que parece que se está
tirando “piedras contra su tejado”.
c) La ANESE que es: La Asociación de Empresas de Servicios Energéticos, establece
en sus instrucciones que los contratos deben de estar en una horquilla que vaya de 8
a 20 años para los contratos de Servicios Energéticos.
Es decir, que la decisión de que el contrato del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes
sea por 15 años es una decisión política, no es una decisión técnica.
Como ya les comente en la Comisión y en el Pleno de junio, nuestro Grupo no está de
acuerdo con que el contrato tenga una duración de 15 años, pues:
- Por un lado condiciona los recursos y la capacidad de decisión de las próximas
Cuatro corporaciones.
- Y por otro lado porque como ya comenté, el mundo gira más deprisa, mucho más
de lo que nos parece, aparecen nuevas tecnologías y nuevas oportunidades, y hay
que prever hoy lo que puede pasar no mañana, ni pasado, sino el día después de
pasado.
Yo creo que 8 a 10 años hubiera sido una buena cifra, incluso con posibilidad de
prórroga si todos estamos de acuerdo y si todo va bien, pero con flexibilidad para
adaptarse un futuro que todavía no somos capaces ni de ver.
Por estas razones, nuestro Grupo se va a abstener en la aprobación de la propuesta de
adjudicación del contrato de suministro y gestión energética como hicimos en la
Comisión. Pensamos que es un ahorro para Santa Marta de Tormes sobre la situación
actual, pero pensamos que el ahorro podría haber sido mayor y sobre todo nunca nos
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debemos de casar con contratos por periodos tan amplios, ya tenemos ejemplos de
algunos contratos que luego pasan factura.
Muchas gracias.
Sr. Alcalde
¿Más intervenciones?.
Sr. Santos Corral
Gracias de nuevo.
Izquierda Unida ya fijó su postura en el Pleno del mes de junio y lo hizo explicando las
razones por las que votaríamos en contra y que en síntesis son las siguientes:
1- No se consultó con los demás (siento que algunas sean coincidentes, pero en fin, es
nuestra opinión), no se consultó con los demás Grupos de este Ayuntamiento sobre
un asunto importante, tanto su contenido como por las cantidades importantísimas
que suponen de gasto para este Ayuntamiento.
2- Nos parecía entonces, y nos sigue pareciendo hoy, que el período de tiempo de
duración de dicho contrato, 15 años, es muy prolongado.
3- Otro argumento: No nos parecía de recibo entonces, ni nos lo sigue pareciendo
ahora, que esta decisión se tome al final del mandato, pues o bien se debería haber
tomado con anterioridad, dada su importancia, o bien se debería esperar uno pocos
meses, tras la nueva Corporación que surja de las Elecciones Municipales de 2015.
4- Otro argumento similar es que hipoteca en gran medida, no sólo el siguiente, el
inminente Equipo de Gobierno, sea el que fuere, sino a los cuatro próximos Equipos
de Gobierno.
5- Otro argumento es que tiene un evidente sesgo electoralista, consistente en dejar
para el final del mandado los mayores gastos posibles con el dinero público, y que
en principio pueden ser vistos por la ciudadanía como una clara propaganda
electoral, a modo de traca final de unos fuegos artificiales que pagamos todos en
beneficio de unos pocos.
6- Por otra parte creemos que los vecinos no se benefician en nada con este contrato,
aunque es evidente que algunas empresas privadas si lo hacen, así lo decíamos ya en
el mes de junio y cito textualmente:
“ Creemos que el pueblo de Santa Marta no tiene nada que ganar con esto, más bien
al contrario, quizás tienen que ganar, ese sí, seguro, determinadas empresas, pues
por ejemplo: ACEINSA o qué se yo, que empresa que se dedica a estas cosas, pues
sí, a lo mejor esas empresas están con mucha prisa y muchas ganas de hacer
negocio, es normal, para eso están las empresas, pero claro, los Concejales de la
oposición, por lo menos los Concejales de Izquierda Unida, estamos para que se
beneficie al pueblo no sólo a las empresas, sobre todo al pueblo, para que los
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servicios que se presten a los ciudadanos sean lo mejor posibles y con el menor
coste posible, cosa que parece que no es, que evidentemente no es, no para que
determinadas empresas se forren, literalmente.”
Nada más.
Sr. Alcalde
¿Más intervenciones?.
Sr. Rodríguez Ruiz
Sí, buenos días.
Por el Grupo Socialista D. Florián Alonso va a explicar la posición.
Sr. Alonso Vicente
Buenos días a todas y a todos.
Desde nuestro Grupo, decir que como ha dicho el compañero de UPyD, en su momento
cuando se propuso a este Pleno la aprobación del proyecto, o la privatización de estos
servicios, nuestro Grupo estuvo en contra tajantemente por varios motivos, no quiero
repetirme pero prácticamente son coincidentes con los de UPyD.
Uno de ellos es principalmente el tiempo, no estábamos de acuerdo en ello y desde
luego seguimos estando en contra, creemos que la privatización de los servicios en un
volumen tan grande, lo que hace es que pierde cercanía de los ciudadanos cuando
existen problemas a la hora de resolverlos, eso es mucho más fácil cuando se hacen
servicios en empresas más pequeñas, o lo hace directamente el Ayuntamiento que es la
otra forma y que es en la que más de acuerdo estamos.
A pesar de ello, nosotros en este Pleno, creemos que lo que aquí se trae es un proceso de
gestión de algo que se aprobó y que ya se ha dicho por los tres Grupos de la oposición,
exclusivamente por los votos del Grupo Popular.
Y como nosotros lo que creemos que se trae a este Pleno es simplemente el proceso de
ejecución de esta propuesta y en el cual no tenemos ningún reparo y más habiendo
estado este Concejal en la mesa de contratación y comprobando el proceso, en este
Pleno, igual que en la Comisión vamos a apoyar el proceso de gestión porque realmente
sí creemos que hay beneficios económicos al final para el ciudadano.
Muchas gracias.
Sr. Alcalde
Bien, muchas gracias a todos.
Solamente decir tres cosas:
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1- Puntualizar a UPyD que la capacidad de hipotecar los recursos de las siguientes
Corporaciones no se hipotecan absolutamente en nada, al contrario, todo lo
contrario, la Ley 20/20/20 va a hacer que efectivamente tenga que haber un ahorro
importante de energía de todos los Ayuntamientos al tener que hacerlo.
El ahorro que presenta esta empresa independientemente de que usted dice: “Un
juicio de valor”, no ha sido uno sólo, han sido tres “juicios de valor”:
- Uno del Arquitecto
- Y dos empresas externas a este Ayuntamiento.
Luego, no es un solo “juicio de valor”, son tres, para que nadie tenga dudas, pero
bueno ya lo ha dicho el Concejal del Grupo Socialista que ha estado en todo este
proceso y ha dado su conformidad al proceso.
2- Decir que las mejoras a las que usted se refiere, son de: 432.492 €, con un ahorro de
energía del 43 %, repito y además con una inversión en estos quince años de un
millón cuatrocientos y pico mil euros, y: 600.000 € condicionados en el futuro de
los quince años, lo que significa que Santa Marta y cualquier otro Municipio se
vería muy satisfecho con estas cifras.
Independientemente de que usted remarca lo que significa un ahorro económico, que
también, porque recordemos que los cuatro puntos que marcan este pliego, como
otros, se encuentra:
El económico.
El ahorro energético.
Están las inversiones que desde este Ayuntamiento se les ha obligado a hacer y las
inversiones que se van a hacer en estos quince años.
Efectivamente sabemos todos y quizás usted más que los demás lo conoce, y es que
todos los estudios y todas las inversiones que se hacen, lógicamente se sacan del
ahorro que estas empresas hacen por sus inversiones y la eficiencia que obtienen,
pero este Ayuntamiento y todos que lo llevan a cabo, independientemente del
tiempo ya sean quince años, doce o diez, porque efectivamente el IDAE que es
nuestro modelo, independientemente de que los plazos sean de diez, doce o quince
años.
Por lo tanto creo que Santa Marta de Tormes, el Ayuntamiento se tiene que ver muy
beneficiado, mucho, por este tema, por lo que he dicho y que repito:
Ahorro económico.
Ahorro energético.
Unas mejoras importantes, voluntarias.
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Y otras mejoras de inversión, en estos quince años, que suman más de un millón
cuatrocientos mil euros.
3- Y saliendo al paso de lo que usted decía de las dos empresas, si se hubiera hecho de
una forma o de otra. Se llevó a cabo la que se escogió, pero no obstante la otra
empresa que usted nombraba las mejoras de: 432.000 € se reducían a: 8.500 €, u
ocho mil doscientos y pico de euros, creo recordar, lo que significa que si tomamos
por una parte una cosa y por otra parte otra, o cogemos lo mejor de todos que
hubiera sido magnífico para este Ayuntamiento, escoger lo mejor de cada uno y que
hubieran hecho una UTE entre las ocho que se han presentado.
No tengo nada más que decir.
¿Hay alguna cuestión más?.
Sr. Moreno Valle
Vamos a ver, no estoy hablando del coste del ahorro energético, esto ya está valorado,
estoy hablando de la puntuación que se incorporó al pliego de condiciones y vuelvo a
repetir: Nuestro Grupo no estaba de acuerdo con que en función de “un juicio de valor”,
“tres juicios de valor”, o “cien juicios de valor” se le diera a esa cantidad el 40 % del
peso de la misma, y lo que le he estado diciendo es con la misma valoración, con el
mismo “juicio de valor”, si en vez del peso hubiera sido el 40 % o sería el 49 %, ahora
estaríamos en otra situación.
¿Y porqué el 49 y no el 40?.
Sr. Alcalde
¿En qué situación?
Sr. Moreno Valle
Si me permite, voy a terminar, ¿de acuerdo?.
Entonces creo que lo que aquí estamos discutiendo no es si el ahorro es mayor o menor,
porque hombre, el ahorro es mayor con creces, lo que ocurre es que la oferta técnica,
pues ha sido mejor valorada la de ACEINSA, no digo nada más y eso se basa en que
pusieron ustedes el 49 %, o podían haber puesto el 40 y estaríamos hablando de otra
oferta.
Nada más y si su modelo es el de IDAE, ya termino, por favor, vuelvo a repetir: Pliego
de cláusulas administrativas, cláusula cuatro: “El presente contrato tendrá una duración
de diez años”, ¿Por qué quince?, ¿por qué quince?, si el modelo dice que diez, ¿por qué
quince?, no lo entiendo, ¿vale?.
Muchas gracias.
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Sr. Mingo Pérez
Si no le importa al Portavoz de Izquierda Unida que sé que ha pedido la palabra y es
para hacer una réplica corta.
Sr. Alcalde
No, simplemente, ya sé que usted ha pedido la palabra después de él, pero simplemente
es una réplica pequeña que le va a permitir al Portavoz del Grupo Popular que la
conteste.
Sr. Mingo Pérez
Lo digo porque estamos en la mesa, que estaba también la oposición representada en la
mesa, por cierto.
Cuando hablamos de la valoración que usted dice, en función de esa valoración y si
siguiéramos el criterio que usted dice, que era el ejemplo que le intentaba poner el Sr.
Alcalde, en función de la oferta de la segunda empresa adjudicada hoy que ofertaba
mejoras por importe de: 8.000 € que en caso alguno llegaban a los mínimos exigidos, si
hubiéramos valorado la oferta económica, hubiéramos tenido un defecto en la oferta de:
400.000 €, que es lo que le estamos intentado trasladar.
O sea, tan malo no será el criterio de no haber seguido como único criterio el económico
en función de que lo que se pretendía era evitar ese tipo de situaciones precisamente.
Alguien que buscando algún subterfugio dentro del pliego, y la palabra “subterfugio” la
retiro, un tipo de mecanismo dentro del pliego, intentara mediante una oferta económica
ganar lo que no ganaba mediante la oferta técnica, que desde nuestra perspectiva
entendíamos que era lo que mejor beneficiaba al Municipio, desde nuestra perspectiva y
desde muchos Municipios de España que desarrollan estos pliegos.
Sin ánimo de polemizar, debemos de leer del pliego de IDAE todo, incluso la letra
pequeña, el IDAE suele establecer pliegos – tipo en los que establece como texto legal
la mitad de los años que ordinariamente se pueden llegar a establecer en este tipo de de
contratos. Léalo, léase también toda la página del IDAE y verá que en la letra pequeña
de IDAE pone: “Períodos de contratación similares en procedimientos especiales, tal,
tal, tal,: Veinte años, y establece como mecanismo ordinario la mitad del plazo”, pero
como mecanismo en pliego que es un borrador, pero léaselo, léaselo por favor, léaselo,
sin ánimo de polemizar.
Gracias.
Sr. Alcalde
Tiene la palabra el Portavoz de Izquierda Unida.
Sr. Santos Corral
Gracias.
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Sólo un par de cuestiones:
1) Es sobre el período, a parte de lo que ya hemos expuesto los tres Grupos de la
oposición de lo que supone de hipoteca para otros Equipos ya que estos lo tienen,
igual que este Equipo ha recibido herencias similares de contratos por mucho
tiempo y justo a eso me refiero:
a) En algunas ocasiones se ha dicho y el propio Equipo y mucha gente hemos
dicho por ejemplo el contrato que hay con AQUALIA, enorme, de más duración
incluso que acabamos en el 2018 o no sé cuando, los problemas que los vecinos
a veces tienen con AQUALIA y por tanto este Ayuntamiento, si el contrato
fuera más corto les ataríamos más en corto a la empresa.
b) Por ejemplo con los autobuses que hasta el año 2018 que así suena a siglos no se
puede hacer nada legalmente, otro “gallo nos cantaría” si ese contrato acabase
más pronto no estarían haciendo las subidas que hacen de precios y etc., etc., etc.
Por lo tanto hay más argumentos a favor de que el período fuera o hubiese sido más
pequeño.
2) Y luego una duda que me gustaría que se me aclarase por la intervención del
compañero del Partido Socialista, pues no me queda claro al final qué vamos a
votar, porque he vuelto a leer ahora el orden del día y en este punto en el que
estamos dice que aquí lo que se va a votar es la: “Adjudicación del contrato”,
mientras que el Concejal del PSOE dice que se vota el proceso, que el proceso ha
sido bueno y se vota el proceso, o eso he querido entender yo.
Me gustaría que quedase muy claro que no se vota el proceso, que estoy seguro que
se ha actuado legalmente, faltaría más, no pongo en duda que se actúe contra la Ley,
el proceso por tanto puede ser bueno, pero de una cosa con la que uno esté o no esté
de acuerdo: No estamos de acuerdo con los quince años, no estamos de acuerdo con
que sea a esta empresa, etc., etc., etc., con independencia, que estoy seguro que en el
proceso no se ha cometido ni una sola ilegalidad, faltaría más.
Me gustaría que se aclarase por parte del Equipo de Gobierno si lo que se vota es la
adjudicación del contrato o la rectitud del proceso.
Nada más.
Gracias.
Sr. Alcalde
Realmente lo que se vota es lo que se trae como propuesta, lo que ocurre es que
coincide con lo que efectivamente ha dicho en este punto el Portavoz del Grupo
Socialista, que ahora le daré la palabra y supongo que dirá algo parecido, es eso, es
decir, el procedimiento es el que adjudica.
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Que estén o no estén de acuerdo con las premisas del pliego anterior cuando se aprobó
el pliego es distinto a lo que hoy mismo se aprueba.
Tiene la palabra el Partido Socialista.
Sr. Alonso Vicente
Simplemente, yo creo que no me ha entendido el compañero.
Lo que yo quería decir es que se votó anteriormente fue el proceso de abrir el
expediente y sacar a contratación en el que nosotros votamos en contra y hoy es la
aprobación de la adjudicación, lo que pasa es que yo le he dado el nombre de: “Proceso
de gestión interna”, es lo que he dicho, porque lo considero que es un tema que ya
estaba aprobado, lo aprobó el PP en su momento y lo que se está aprobando hoy es un
tema de gestión interna del Ayuntamiento simplemente.
Tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde – Presidente somete a votación Plenaria la
siguiente propuesta de acuerdo:
“PRIMERO.- Declarar válida la licitación y clasificar las proposiciones presentadas por
los licitadores, atendiendo la propuesta llevada a cabo por la Mesa de
Contratación, de conformidad con el siguiente orden decreciente:
1º.- UTE ACEINSA-INGESAN ; 56,2765 puntos.
2º UTE CLECE-ALTOCU-ELPA ; 53,3865 puntos.
SEGUNDO.- Notificar y requerir a la U.T.E. ACEINSA MOVILIDAD S.A.-
INGESAN S.A. licitador que ha presentado la oferta económicamente
más ventajosa, para que presente, en el plazo de diez días hábiles a contar
desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento, la elevación a
público de la constitución de la U.T.E., y el depósito de la garantía
definitiva por importe de 24.792,06 euros.
TERCERO.- Realizados los trámites anteriores, autorizar a la Alcaldía-Presidencia para
resolver al respecto y formalizar el oportuno contrato administrativo”.
Esta propuesta es aprobada por mayoría, por catorce votos a favor, dos votos en
contra y una abstención.
Votan a favor: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo
Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás
Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María
José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz,
Dª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente y Dª Mª Teresa Prieto
Cuadrado.
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Votan en contra: Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral.
Abstenciones: D. Miguel Ángel Moreno Valle.
PUNTO TERCERO: CONTROL POLÍTICO DE LOS ÓRGANOS DE
GOBIERNO:
3.1.- DACIÓN DE CUENTAS CORRESPONDIENTE A LOS DECRETOS
DICTADOS POR LA ALCALDÍA – PRESIDENCIA DESDE EL PLENO
ANTERIOR.
La totalidad de los Decretos firmados por el Sr. Alcalde desde el anterior Pleno
Ordinario, han estado a disposición de los Señores Concejales en la Secretaría General
del Ayuntamiento.
3.2.- MOCIONES PRESENTADAS POR LOS GRUPOS POLÍTICOS:
3.2.1.- MOCIONES RELATIVAS A LA ELECCIÓN DE ALCALDES Y
ALCALDESAS:
Sr. Alcalde
Como ya quedamos en la Junta de Portavoces, las tres Mociones de los tres Grupos:
Izquierda Unida, Grupo Socialista y Grupo Mixto de UPyD, serán defendidas por cada
Grupo, y cuando este proceso haya concluido se votarán las tres por separado, es decir,
cada una de ellas, al final de las intervenciones.
No se da lectura por Secretaría de los acuerdos para su aprobación por el Pleno
Municipal, porque cada Grupo se encargará de leer el suyo para su posterior votación
por separado.
PRIMERA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE
IZQUIERDA UNIDA EL 25 DE AGOSTO DE 2014 CON Nº DE
REGISTRO DE ENTRADA: 2407.
SEGUNDA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL
SOCIALISTA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2014 CON Nº DE
REGISTRO DE ENTRADA: 2484.
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TERCERA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE
UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA EL 17 DE SEPTIEMBRE
DE 2014 CON Nº DE REGISTRO DE ENTRADA: 2640.
El Sr. Alcalde - Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las
siguientes comenzando sus intervenciones por número de orden y fecha en el registro de
entrada en este Ayuntamiento.
El Sr. Alcalde – Presidente concede la palabra al Portavoz del Grupo Municipal de
Izquierda Unida:
Sr. Santos Corral
Gracias Sr. Alcalde.
Que este es un asunto de gran interés para Santa Marta y todos los Municipios de
España, lo demuestra el hecho de que todos los Grupos Municipales de la oposición
presentamos nuestras respectivas Mociones contra la reforma electoral del PP.
Tal como acordamos en la Junta de Portavoces y lo acaba de recordar el Sr. Alcalde,
trataremos globalmente las tres Mociones y las votaremos de manera individualizada.
Para Izquierda Unida, el ámbito Local es la primera instancia para la resolución de los
problemas de la ciudadanía y para la mejora de las condiciones de vida de la gente, la
Administración más cercana a los ciudadanos y ciudadanas.
Los Ayuntamientos han sido capaces de afrontar:
1. Los grandes retos y los cambios culturales de finales del siglo XX: Los fenómenos
migratorios, los nuevos modelos familiares, la dependencia y el envejecimiento de la
población.
2. Y en esta primera década del siglo XXI, son el principal dique de contención contra
la crisis, y el principal espacio de resistencia, de dignidad, de defensa de los
derechos de la ciudadanía y los principales espacios para generar alternativas sociales
y económicas para paliar los efectos de la crisis y los recortes.
Desde diferentes posiciones políticas, todos defendemos un modelo de gobiernos
locales de proximidad, un modelo que desarrolle la Autonomía Local y las
competencias, con recursos suficientes para hacerlas efectivas.
La educación, los servicios sociales, las políticas de igualdad, la cultura, la solidaridad y
el derecho a la vivienda son las claves de bóveda de la vertebración Municipal y la
construcción de ciudadanía.
Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, el territorio y el
espacio natural como vectores de identidad, y de ciudades y pueblos sostenibles. Que
huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una
verdadera financiación del mundo local justo y ajustado a sus competencias.
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Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, del territorio, el
espacio natural como vectores de identidad y de ciudades y pueblos sostenibles que
huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una
verdadera financiación del mundo Local justo y ajustado a sus competencias.
En definitiva, un municipalismo que efectivamente pueda desarrollarse y reconocerse
en la Carta Europea de Autonomía Local, y que se base en los principios de
simplificación, transparencia y modernización de los Entes Locales, el principio de
autonomía, subsidiariedad, diferenciación, equilibrio territorial, desarrollo sostenible y
suficiencia financiera para atender a las necesidades sociales de sus habitantes.
Los Municipios españoles han sido desde 1979 la expresión más evidente de la llegada
de la democracia a nuestro país, miles de Concejales y Concejalas, de Alcaldesas y
Alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron al gobierno de sus Ayuntamientos desde
la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de sus vecinos y vecinas, y
también, ante la falta de definición constitucional de las competencias locales, a afrontar
aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía.
Desde ese principio de Administración más cercana, se configuran los Ayuntamientos
como las Entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron
la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política.
Consideramos imprescindible conservar ese papel, que ha sido razonablemente
garantizado durante todo este período por un sistema electoral que, sin ser perfecto, ha
permitido que las opciones políticas significativas en las que se organiza la ciudadanía
en cada Municipio hayan configurado mayorías de Gobierno Local con un respaldo
mayoritario del voto popular a través de un sistema de representación respetando la
proporcionalidad contemplada en la Ley.
La democracia no es compatible con un Gobierno Municipal que no refleje la mayoría
de los votos expresada en las elecciones. Eso significa que una lista Municipal no puede
tener la mayoría de gobierno y, consecuentemente, la Alcaldía, si no tiene el respaldo de
la mayoría de los votantes, expresada por un sistema de representación política
constitucionalmente establecido.
Es más, el Art. 140 de la Constitución Española establece que el voto de vecinos y
vecinas será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos efectos
en la elección de los Concejales y Concejalas, además, los Concejales y Concejalas
serán elegidos de forma directa.
La democracia quedaría seriamente afectada y los criterios de proximidad y
participación vulnerados. La mayoría del vecindario vería a Alcaldes y Alcaldesas
lejanos y no queridos.
El sistema electoral Municipal, al contrario de lo que sucede en otros niveles, es el que
más se aproxima a la equivalencia: “Una persona un voto”, por tanto es el que más se
aproxima a la representatividad y proporcionalidad ideal de una democracia. Alterar
esta realidad supondría menos democracia y no más regeneración.
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Si se nos permite usar un símil futbolístico, todo el mundo comprenderá que cambiar
las reglas de juego, cuando se está a pocos minutos del un partido, de un partido que con
las reglas actuales probablemente las pierda quien promueve esta reforma, para
beneficiarse de ello, no es jugar limpio.
Lo que no es de recibo es este blindaje que algunos pretenden para perpetuarse en el
poder incluso a costa de una merma democrática.
Esta reforma no supone regenerar nuestra democracia sino más bien degenerarla, acabar
con la pluralidad y enrocarse en el poder Municipal sobre sí mismo, convirtiendo los
Ayuntamientos en organismos opacos y poco democráticos.
Tras esta decisión se esconde un objetivo oculto: No perder el poder de los
Ayuntamientos ahora que los vientos no soplan a su favor; mantener a toda costa y
modificando las reglas en el último minuto del partido, del partido de fútbol por el símil,
su cuota de poder.
Por tanto, y en bien de la democracia en nuestros pueblos, por el bien de nuestras
vecinas y vecinos pedimos el voto favorable para nuestra Moción.
Así mismo votaremos favorablemente la Moción presentada por el Grupo Socialista y,
si el Grupo Mixto UPyD tuviese a bien retirar el punto segundo, no tendríamos el más
mínimo problema en votarla también favorablemente.
Nada más.
Sr. Alcalde
Siguiente Grupo.
Sr. Rodríguez Ruiz
Buenos días y muchas gracias a todas y a todos.
Miren ustedes, el Grupo Socialista ha presentado esta Moción sobre la elección de
Alcaldes y Alcaldesas porque en estos momentos cuando quedan ocho meses para las
próximas Elecciones Municipales, el Gobierno y el Partido Popular que la apoya
plantean de una forma oportunista y prepotente la modificación del sistema de elección
de Alcaldes y Alcaldesas.
La estrategia del Partido Popular consiste en lanzar un globo sonda, decir que están
abiertos al diálogo y acusar al resto de las fuerzas políticas de no querer alcanzar
acuerdos. Entendemos que la política es diálogo, negociación y acuerdo, pero también y
sobre todo es cumplir las reglas de las que nos hemos dotado democráticamente y no
modificarlas en base a intereses partidistas.
El Gobierno del Partido Popular no puede cambiar las reglas del juego minutos antes de
empezar el partido y debe de explicar porqué tiene tanta prisa en modificar la reforma
electoral que afecta al régimen Municipal. En el fondo la explicación es muy sencilla, se
produjo el día de las Elecciones Europeas, al día siguiente de las Elecciones Europeas el
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Partido Popular echó cuenta de los resultados que había obtenido y llegaba a la
situación, a la real situación de que en las Elecciones de mayo del año que viene iba a
perder la inmensa mayor parte de los Ayuntamientos que en estos momentos gobierna.
Y les voy a decir fundamentalmente porqué, no solamente porque a muchos ciudadanos
no les guste que las mayorías absolutas que ustedes han tenido las hayan ejercido de una
manera en la que prácticamente no han permitido que los Grupos de la oposición
participasen en la vida Municipal y eso muchos ciudadanos no están de acuerdo con
ella. Ustedes echaron cuentas y se vieron que dadas las relaciones que habían tenido en
la mayor parte de los Ayuntamientos y puedo poner el ejemplo de Santa Marta con los
Grupos Municipales de la oposición, difícilmente después de mayo iban a poder llegar a
acuerdos con ellos por la cantidad de temas en los que no se les había tenido en cuenta
en estos cuatro años.
Cuando ustedes hablan de regeneración democrática, en el fondo ustedes se han
equivocado en una letra, lo que ustedes quieren decir es: Degeneración democrática y lo
voy a explicar. No solamente estamos hablando de la elección de Alcaldes y Alcaldesas,
porque un Alcalde que no tenga la mayoría de los grupos de los Concejales haría
prácticamente imposible la gobernanza de ese Ayuntamiento durante los cuatro años, es
decir, no solamente están pensando en esa elección directa sino que ese Alcalde de una
manera totalmente digital obtenga la mayor parte del número de Concejales y eso
realmente es una degeneración democrática en relación con lo que los ciudadanos y
ciudadanas hayan expresado libremente con sus votos en esas elecciones.
Miren, yo les quiero decir un tema, hace no mucho tiempo el Grupo Socialista y otros
Grupos de este Ayuntamiento traíamos aquí el pedir que no se siguiera con la Ley del
Aborto, ustedes, los Concejales del Partido Popular votaron en contra, todos votaron en
contra a pesar de que algunos particularmente decían que había algunos temas que
realmente no les gustaban, pero votaron en contra. Hoy día, antes de ayer todos los
españoles nos hemos enterado en que ustedes no siguen ya con la reforma de la Ley del
Aborto y de hecho el Ministro de Justicia ha dimitido de su cargo.
Hace también muy pocos meses el Grupo Socialista y otros Grupos de la oposición
traíamos una Moción en contra de la Ley de Reforma de la Administración Local, que
por cierto con la mayor parte de las Leyes aprobadas en las Comunidades Autónomas
muchas por el Partido Popular, hacen que hoy día haya mucha gente que no entienda
muy bien cuál es el encaje de esa Ley. Ustedes, todos ustedes, los Concejales del
Partido Popular en el Ayuntamiento de Santa Marta votaron en contra.
Ya el Tribunal Constitucional ha admitido el Recurso que más de tres mil
Ayuntamientos presentaron ante el Tribunal y de acuerdo con el escrito de aceptación,
pues previsiblemente es un Recurso ante el Tribunal Constitucional es que ustedes, el
Grupo Popular lo van a volver a perder.
Yo les digo que se lo piensen y que antes de emitir el voto, y que piensen si no es mejor
que esta reforma del sistema electoral que ya de entrada la han retirado y han dicho que
esperan a una reunión con todos los partidos políticos, a ver qué es lo que se opina.
Mire, en definitiva, no se puede plantear cambios sobre la elección de los Alcaldes
modificando urgentemente la Ley Orgánica del Régimen Electoral General sin acuerdo
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y a los pocos meses de las Elecciones Locales. El Gobierno de Rajoy acaba de aprobar
una reforma Local que vacía de capacidad política y de competencias a los
Ayuntamientos y aleja a los ciudadanos y a los vecinos de las Entidades Locales por el
desmantelamiento que se está produciendo de los servicios públicos que los Municipios
prestaron.
El Partido Popular con esta reforma electoral que plantea no puede pretender hablar de
cercanía y democracia porque está actuando de forma unilateral para favorecer
únicamente sus intereses electorales.
Por todo ello el Partido Socialista plantea una Moción muy corta, muy sencilla que dice:
 “Acordamos rechazar que a unos pocos meses de las próximas Elecciones
Municipales, se modifique el sistema para la elección de Alcaldes y Alcaldesas,
salvo que sea con el acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con
representación parlamentaria”.
También por ello el Grupo Socialista va a votar a favor de las otras dos Mociones que
presentan los compañeros de Izquierda Unida y el compañero de UPyD, porque aunque
haya diferencias de matices en las Mociones, nosotros nos queremos quedar con la parte
positiva y es que todos estamos en contra de que ahora se modifique la Ley Electoral,
que se modifique el sistema de elección de Alcaldes y Alcaldesas de una manera distinta
al sistema proporcional que se ha llevado hasta ahora, porque lo vendan ustedes como lo
vendan siempre nueve van a ser más que ocho.
Y por todo ello vamos a votar evidentemente a favor de nuestra Moción, vamos a votar
a favor de las Mociones que presentan Izquierda Unida y UPyD y pedimos que los
Concejales del Grupo Popular se unan a esta oposición, a esta Ley que insisto en nada,
en nada va a favorecer a los intereses de los vecinos.
Nada más y muchas gracias.
Sr. Alcalde
Muy bien.
Siguiente Grupo.
Sr. Moreno Valle
Bien, como ya se ha explicado, hoy tenemos aquí las tres Mociones que cada uno de los
Grupos de la oposición presentan a la ocurrencia esta, tenía apuntado: “Globo sonda”,
pero como ya me la han pisado pues pongo ocurrencia porque yo creo que es una
ocurrencia modificar el sistema de elección de Alcaldes.
Curiosamente el Grupo Popular no presenta ninguna Moción, le repito al Grupo Popular
que también pueden presentar Mociones aunque estén en el Equipo de Gobierno, ¿eh?,
también pueden presentar Mociones, entonces entendemos que a lo mejor es que están
de acuerdo con este asunto, o con esta ocurrencia del Sr. Rajoy, o ya nos lo explicarán
cuando intervengan.
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Vamos a analizar, aunque algunas cosas se repetirán, la ocurrencia del Sr. Rajoy:
- A primeros de julio el Sr. Rajoy, una vez digerido el varapalo recibido por el Partido
Popular en las pasadas Elecciones Europeas, y a menos de un año de las próximas
Elecciones, lanzó la idea de reformar la actual Ley Electoral en lo que concierne al
sistema de elección de Alcaldes.
- La propuesta del Partido Popular sería, a grandes líneas, y digo a grandes líneas,
porque nunca lo hemos escrito esto, son así noticias que vamos teniendo, pildoritas
que vamos dando a los medios de comunicación, que se habilitará un mecanismo de
elección directa del Alcalde por parte de los ciudadanos que garantice la Alcaldía al
candidato que obtenga un porcentaje elevado de los votos, del 40 % y una ventaja
clara y apreciable con respecto a la segunda fuerza más votada que en principio
hablaban de superior a cinco puntos.
- Al partido ganador que cumpliera este requisito y esto ya sí que es de Juzgado de
Guardia, se le daría automáticamente la mitad más uno de los Concejales, es decir, la
mayoría absoluta, aquí no vamos a tener ya más minorías, impidiéndose de este
modo, que hubiera un acuerdo con el resto de los partidos de la oposición, que podría
representar el 60 % de los votos de un Municipio, para elegir al Alcalde que
consideren más adecuado. Es decir que bajamos la mayoría absoluta de un Municipio
del 50 % al 40 %.
Como ya se ha hecho el símil del fútbol pues para ser gráficos también con el partido
de futbol que lo entendemos todos, es como cuando uno va perdiendo un partido por
un gol y aprovechando que tiene la última posesión de la pelota, decidiera, sin contar
con el rival, que los goles del último minuto valen doble.
Y: ¿A qué es debido este repentino interés del Partido Popular en cambiar el sistema de
elección de Alcaldes?. Pues por mucho que nos quieran vender la moto de la
regeneración democrática, etc., etc., etc., el cambio es un mero cálculo electoral en base
a los resultados de las últimas Elecciones Europeas, en las cuales el Partido Popular se
han dado cuenta que si los resultados de las Elecciones Europeas se reproducen en las
próximas Municipales, bueno, incluso algún miembro del Partido Popular ya también
quiso llevarlo a las Elecciones Autonómica porque también tienen problemas, podrían
perder muchos Alcaldes de Ayuntamientos importantes, en algún caso presidentes de
Comunidades Autónomas, si determinados Grupos de la oposición se ponen de acuerdo
en la elección del Alcalde de acuerdo a la mayoría del Pleno. Por cierto, como ha
pasado desde las primeras Elecciones Municipales del año 1978 en muchos
Ayuntamientos incluso participando el Partido Popular.
Bien parece que a la fecha de celebración de este Pleno, el gobierno del Partido Popular,
como en otros casos, como la Ley del Aborto que ya ha mencionado el Portavoz del
Grupo Socialista ha reculado para atrás con la propuesta y reconoce la necesidad de
establecer un consenso sobre este asunto entre los diferentes Grupos políticos y lo
retrasa hasta después de las próximas Municipales.
No voy a entrar a valorar ni a comentar, los argumentos y propuestas contenidas en las
Mociones que han presentado Partido Socialista e Izquierda Unida:
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a. Decir que nuestro grupo votará a favor de la Moción del Partido Socialista, ya que
únicamente pide: “Que se rechace la modificación del sistema de elección de
Alcaldes, antes de las elecciones municipales del 2015, salvo que hubiera un
acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con representación
parlamentaria”, y por tanto nosotros estamos de acuerdo con esta propuesta.
b. Por el contrario nuestro Grupo votará en contra de la Moción de Izquierda Unida
pues es una Moción, a nuestro juicio inmovilista en el sentido de que no queremos
modificar nada. En el primer párrafo de la Moción que leo textualmente se dice: “El
Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, manifiesta su oposición a
cualquier reforma relativa al método de elección de Concejales y Alcaldes de la
Corporaciones Locales”, propuesta con la que evidentemente UPyD no puede estar
de acuerdo tal y como se indica en nuestra Moción y que paso a explicar y lo
intento brevemente.
Como en otros casos Unión Progreso y Democracia tiene su propia propuesta que viene
recogida en nuestro programa electoral de la Elecciones del 2011 y que se encuentra
descrito en la Moción que hemos presentado:
1. UPyD y quiero manifestar y con orgullo, está de acuerdo con la elección directa de
los Alcaldes por parte de los vecinos, pero no con el formato que propone el Partido
Popular, sino en una elección a dos vueltas, en el caso de que no se alcance la
mayoría absoluta en la primera vuelta, sistema por cierto ampliamente extendido en
la mayoría de los países europeos con diferentes variantes.
El punto 75 del programa marco de las Elecciones Municipales de UPyD proponía
y leo textualmente: “Elección directa del Alcalde para propiciar una mayor
participación e implicación de los vecinos en los asuntos públicos mediante su
vinculación a la política.
La elección directa:
a) Reforzará la legitimidad de los Alcaldes respondiendo a la voluntad mayoritaria
de los electores.
b) Obligará a que los pactos y acuerdos entre partidos para lograr su elección sean
explícitos y transparentes.
El sistema que mejor garantiza la consecución de estos objetivos es el de elección a
doble vuelta: si ningún candidato obtiene mayoría absoluta a la primera, pasan a la
segunda vuelta los candidatos que hayan logrado determinado porcentaje de votos”
2. En segundo lugar, abordar en la misma reforma y de forma conjunta otros cambios
en la Ley Electoral como que la listas electorales, que las listas electorales sean
desbloqueadas con voto preferencial, es decir, que cada ciudadano pueda votar a los
candidatos en el orden que quiera, no al que propone el partido político o las
agrupaciones electorales, punto 77 del programa electoral de UPyD.
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La limitación del mandato del Alcalde a un máximo de dos legislaturas completas
que es el punto 78 del programa de UPyD, por ejemplo en este Ayuntamiento
supondría que el Sr. Javier Cascante, no podría volver a ser Alcalde de este
Ayuntamiento, o modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes
no puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos, y por
ejemplo, le voy a poner ejemplos:
- Sr. Alfonso Fernández Mañueco: Alcalde de Salamanca y Procurador en las
Cortes de Castilla y León.
- Sra. Concepción Miguelez: Alcaldesa de Alba de Tormes y Procuradora en las
Cortes de Castilla y León.
- Sr. Julián Ramos Manzano: Alcalde de Guijuelo y procurador en las Cortes de
Castilla y León.
- Sr. Julio Santiago Delgado: Alcalde de Vitigudino y también Procurador en las
Cortes de Castilla y León.
Cuatro de los siete Procuradores por Salamanca del Partido Popular en las Cortes
de Castilla y León, ostentan dos responsabilidades, yo creo que ya tiene narices
ésto.
3. En tercer lugar, llevar a cabo una redistribución de las competencias Municipales
entre el Alcalde y el Pleno de la Corporación, de modo que la función ejecutiva
corresponda al Alcalde y las funciones normativas, presupuestarias y de control, al
Pleno Municipal, punto 79 del programa de UPyD, reduciendo de esta forma el
margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde como por ejemplo en
cuestión de nombramientos.
4. Y por último en base a estas reformas, y como se propone en el punto 76 del
programa electoral de UPyD, suprimir la Moción de censura y la cuestión de
confianza, ya carentes de sentido en un sistema de elección directa del Alcalde,
quedando prevista la remoción del Alcalde por causas graves previamente tasadas,
apreciables por el Pleno de la Corporación con mayoría cualificada.
En definitiva nuestro Grupo Municipal propone a los Grupos Municipales de este
Ayuntamiento, un apoyo a la Moción presentada, no vamos a retirar el punto dos de
nuestra Moción señores de Izquierda Unida, el punto dos, por cierto, es el más grande
tiene ocho apartados, es que nos quieren quitar todo, en el sentido de rechazar la
propuesta del gobierno de modificar el sistema de elección de Alcaldes para las
próximas Elecciones Municipales del 2015, y retrasar la modificación de la Ley
Electoral, para la elección directa de los Alcaldes y otras reformas necesarias de
regeneración democrática, tanto en la elección de los Concejales y Alcaldes como en el
funcionamiento de los Ayuntamientos a la próxima legislatura, después de un debate
leal con los principales Grupos parlamentarios y con un amplio consenso.
Como se indica en la Moción de UPyD, es necesario que con el apoyo del resto de los
Grupos Municipales el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes se manifieste y se
comprometa con el objetivo que se aborden medidas encaminadas a conseguir una
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regeneración democrática, para recuperar la confianza de los ciudadanos en sus
representantes e instituciones y una de esas medidas pasa por un cambio en la Ley
Electoral de acuerdo a las recomendaciones del Consejo de Europa, de la OSCE, el
Consejo de Estado y el Tribunal Constitucional.
Muchas gracias.
Sr. Alcalde
Supongo que habrá alguna réplica.
Sr. Santos Corral
Vamos a ver:
1. Primero decir que como yo suelo estar bien atento a lo que se dice, yo y vamos mi
Grupo y somos gente dialogante y democrática, he estado atento a todas las
intervenciones y me ha convencido un argumento del Sr. Rodríguez Ruiz en el
sentido de que como lo sustantivo coincidimos los tres, es decir, la retirada de una
Ley en la que los tres estamos de acuerdo y la calificamos del mismo modo, pues no
le pediremos al señor compañero de UPyD que retire nada, que no estamos
totalmente de acuerdo, pero como sí estamos de acuerdo en lo fundamental
votaremos las tres, incluida la del Partido Popular, la de UPyD, ya que en lo
fundamental sí estamos de acuerdo y en otras cosas no.
2. Sólo quiero hacer unas pequeñas matizaciones o aclaraciones, claro a mí cuando se
metía una parte en todo esto en el tema de la regeneración, que también tiene su cosa,
claro, esto de la regeneración que no sé quien lo quiera encabezar, si el Sr. Jaume
Matas, el Sr. Fabra, si el Sr. Bárcenas o el Sr. Urdangarín el cuñado de su Majestad,
en fin no sé quién.
Pero bien, sea quien sea se habla de consenso, pero sin embargo dentro de eso se
metía, aunque ahora no se meta, y lo que pedimos es que se rechace, se pida que esto
se retire definitivamente, no de momento, sino definitivamente, es decir, si lo que se
pide es un consenso no podemos hacer una Ley tramposa, claramente tramposa en la
que como suponemos, supone quien ahora gobierna en la mayoría de los
Ayuntamientos y en la Nación y en la mayoría de las Autonomías, que va a perder
las Elecciones en vista a los datos de las Elecciones Municipales, perdón, Europeas y
desde luego a las encuestas.
Pues claro no podemos decir como: La mayoría ya no es el 50, la mayoría es el 60 y
el 40 y el 60 es la minoría, claro es que esto no hay quien lo entienda directamente, a
no ser como eso, en los ejemplos que poníamos del fútbol, que mis goles valgan el
doble que los de los demás, o un 20 % más, o un 10 % más, pues no, los goles valen
igual los de unos que los del otro, no, no puede ser así.
Entonces, lo que pedimos a todos, incluido a este Ayuntamiento, a todo el
Ayuntamiento es que directamente, que se olviden incluso de las críticas que
hacemos al Gobierno, obviamente no se lo podemos pedir al partido que los sustenta,
pero sí una cosa muy sencilla que estemos de acuerdo, solicitar a retirada definitiva,
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definitiva de esta propuesta que consideramos de blindaje, un blindaje autoritario, es
decir, si no tenemos la mayoría…, cuando tenemos la mayoría gobernamos porque
tenemos la mayoría y los demás lo respetamos democráticamente, faltaría más, si
somos minoría hacemos el trabajo que nos toca, que es oposición y respetamos que
gobiernen las mayorías, pero claro ahora es que como no voy a tener la mayoría me
blindo, electoralmente, para tener la mayoría con la minoría. Claro, esto ya parece
muy fuerte, ¿no?, muy antidemocrático.
Hombre y si me permiten y desde luego, que nadie se ofenda y “mutans mutandis”,
este blindaje me recuerda la final del franquismo cuando de aquellas había un grupo
de los más ultras del franquismo que les llamábamos: “El Bunquer”, se lo llamaban
la propia gente del Régimen: “No aquí hay que resistir por encima de todo”, y otros
decían: “No, no, vamos a abrir la puerta antes de que nos la tiren”, por ejemplo el
que fue Presidente de su partido mucho tiempo tenía esa frase: “Abrámosle la puerta
antes de que nos la tiren”.
Hombre, yo les pediría lo mismo, que no hagan trampas, que no se metan en este
blindaje, entiéndame trampas políticas he querido decir, no me interpreten de otra
forma, que mantengan la democracia en su mayor grado posible y que busquen los
consensos que difícilmente se pueden conseguir si imponemos que una minoría, por
artilugios de la Ley se convierta en mayoría.
Nada más.
Sr. Rodríguez Ruiz
Gracias. Voy a ser muy breve.
Vamos a ver, nosotros, el Grupo Municipal Socialista cuando hemos presentado esta
Moción obviamente buscábamos el consenso de todo el mundo, nos hubiera gustado
también tener el consenso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Santa Marta de
Tormes, decir que no hemos tratado de poner en ningún caso ningún tipo de
condicionante que pudiera parecer una imposición del Partido Socialista al resto de los
Grupos y nos parecía que teníamos que buscar lo que nos unía y no lo que nos separaba,
porque evidentemente a la hora de hacer un sistema seguro que cada uno tiene algunas
preferencias.
Por eso insisto hemos buscado una Moción que sencillamente decimos que esta
modificación no nos gusta, pero no nos gusta porque no nos parece ni ético, ni
democrático que a ocho meses de las Elecciones se cambien las reglas del juego, con
tiempo, después de las próximas Elecciones de mayo de 2015, que todos los partidos
políticos se sienten en una mesa y discutan cómo debería de ser el sistema de elección
de los Alcaldes y por una mayoría, cuanto más cualificada, será mucho mejor para todo
el mundo, será mucho mejor. Ahora no se debe de cambiar.
Y voy a terminar utilizando una expresión que dijo el otro día el Sr. Rajoy diciendo que
estoy de acuerdo con él: “Prometo que va a ser muy difícil que esto se vuelva a repetir”.
El otro día el Sr. Rajoy, ayer, decía como explicación de la Ley del Aborto de que la
iban a retirar porque sabían que no contaba con el Visto Bueno de la mayoría social de
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los españoles y que una Ley sacada así que fuera a ser cambiada las Elecciones
anteriores no tenía ningún sentido.
Sólo quiero decir una cosa, que lo trasladen a esta, es decir, no se puede sacar una Ley
en contra del sentido de la inmensa mayor parte, por no decir de todos los partidos
políticos del arco parlamentario y que una Ley que pueda ser cambiada porque las
Leyes se cambian donde se aprueban, es decir, en el Parlamento.
No tiene ningún sentido, no sigan ustedes con la tramitación de esta Ley porque esto,
desde luego no es lo que en estos momentos esperan los españoles, que
fundamentalmente es un tema relacionado con la salida de la crisis económica y con la
mejora en los puestos de trabajo, no solamente en cuanto a número sino en cuanto a
calidad en sus puestos de trabajo y por lo tanto que sean sensatos como acaban de serlo
con la Ley del Aborto y que no sigan con la tramitación de una modificación electoral.
Nada más y muchas gracias.
Tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde – Presidente somete a votación Plenaria,
por separado, cada una de tres Mociones presentadas para su aprobación, relativas a la
elección de Acaldes y Alcaldesas:
Primera: Moción Presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida:
“El ámbito local es un espacio complejo y plural, de grandes transformaciones y
constantes mutaciones, así como la primera instancia para la resolución de los
problemas de la ciudadanía y para la mejora de las condiciones de vida de la gente.
1. Los Ayuntamientos han sido capaces de afrontar los grandes retos y los cambios
culturales de finales del Siglo XX:
- Los fenómenos migratorios.
- Los nuevos modelos familiares.
- La dependencia y el envejecimiento de la población.
2. Y en esta primera década del Siglo XXI, son:
- El principal dique de contención contra la crisis.
- Y el principal espacio de resistencia, de dignidad, de defensa de los derechos de
la ciudadanía.
- Y los principales espacios para generar alternativas sociales y económicas para
paliar los efectos de la crisis y los recortes.
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Desde diferentes posiciones políticas, todos defendemos un modelo de gobiernos
locales de proximidad, un modelo que desarrolle la Autonomía Local y las
competencias, con recursos suficientes para hacerlas efectivas.
La educación, los servicios sociales, las políticas de igualdad, la cultura, la solidaridad y
el derecho a la vivienda, son las claves de bóveda de la vertebración Municipal y la
construcción de ciudadanía.
Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, el territorio y el
espacio natural como vectores de identidad, y de ciudades y pueblos sostenibles. Que
huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una
verdadera financiación del mundo Local justo y ajustado a sus competencias.
En definitiva, un municipalismo que efectivamente pueda desarrollarse y reconocerse en
la Carta Europea de Autonomía Local, y que se base en:
a. Los principios de simplificación, transparencia y modernización de los Entes
Locales.
b. El principio de autonomía, subsidiariedad, diferenciación, equilibrio territorial,
desarrollo sostenible y suficiencia financiera para atender a las necesidades sociales
de sus habitantes.
Los Municipios españoles y han sido desde 1979, la expresión más evidente de la
llegada de la Democracia a nuestro país: Miles de Concejales y Concejalas, de
Alcaldesas y Alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron al Gobierno de sus
Ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de
sus vecinos, y también, ante la falta de definición constitucional de las competencias
locales, a afrontar aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía.
Desde ese principio de administración más cercana, se configuraron los Ayuntamientos
como las entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron
la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política.
Consideramos imprescindible conservar ese papel, que ha sido razonablemente
garantizado durante todo este período por un sistema electoral que, sin ser perfecto, ha
permitido que las opciones políticas significativas en las que se organiza la ciudadanía
en cada Municipio hayan configurado mayorías de Gobierno Local con un respaldo
mayoritario del voto popular a través de un sistema de representación respetando la
proporcionalidad contemplada en la CE.
La Democracia no es compatible con un Gobierno Municipal que no refleje la mayoría
de los votos expresada en las Elecciones. Eso significa que una lista Municipal no puede
tener la mayoría de gobierno y, consecuentemente, la Alcaldía, si no tiene el respaldo de
la mayoría de los votantes, expresada por un sistema de representación política
constitucionalmente establecido.
Es más, el Art. 140 de la Constitución Española establece que el voto de vecinos y
vecinas será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos efectos
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en la elección de los Concejales y Concejalas. Además, los/as Concejales/as serán
elegidos de forma directa.
La atribución del Alcalde o Alcaldesa a la lista más votada llevaría a la paradoja de que
podrían ser Alcaldes/as, Concejales/as que hubieran obtenido menos del 20 % de los
votos y, por tanto, no contarán con el apoyo de más del 80 % de los vecinos y vecinas.
El examen de los resultados de las últimas Elecciones Municipales o de las últimas
Elecciones Europeas proporciona numerosos ejemplos. En todo caso, con esos
supuestos, el número de Ayuntamientos cuyo Alcalde no estaría apoyado por la mayoría
de los electores sería muy mayoritario.
La Democracia quedaría seriamente afectada y los criterios de proximidad y
participación vulnerados.
Por lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes adopta los
siguientes acuerdos:
1. El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes manifiesta su oposición a
cualquier reforma relativa al método de elección de Concejales/as y Alcaldes/as de
las Corporaciones Locales y, muy especialmente a:
a. La atribución de cualquier prima de representación por Concejales a la lista o
listas más votadas, por vulnerar los principios de proporcionalidad y voto igual
establecidos constitucionalmente.
b. La atribución de la Alcaldía a la lista más votada, cuando no tenga el respaldo de
la mayoría de los Concejales elegidos en voto igual mediante un sistema
proporcional y constituido en el Pleno del Ayuntamiento.
c. La constitución del Pleno Municipal por Concejales/as que no hayan sido
elegidos/as en el mismo acto electoral mediante sufragio universal, igual, libre,
directo y secreto, tal como establece el Art. 140 de la Constitución Española.
2. A esta Moción se le dará la publicidad necesaria para que sea conocida por la
ciudadanía del Municipio.
3. Dar traslado de los acuerdos al Gobierno de la Nación y a todos los Grupos
Parlamentarios del Congreso de Diputados”.
Esta Moción es desestimada por mayoría por once votos en contra, seis votos a
favor, y ninguna abstención.
Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito,
D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral y Dª
Mª Asunción Barandiarán Múgica.
Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David
Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel
Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª
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María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano y D. Miguel Ángel Moreno
Valle.
Segunda: Moción Presentada por el Grupo Municipal Socialista:
“Los medios de comunicación han avanzado estos días la intención del Gobierno del
Partido Popular de seguir adelante con la Reforma de la Ley Electoral para la elección
directa de Alcaldes.
En estos momentos, cuando quedan nueve meses para las próximas elecciones
municipales esta reforma electoral se plantea por parte del Gobierno de forma
oportunista y prepotente.
La estrategia del PP consiste en lanzar un globo sonda, decir que están abiertos al
diálogo y acusar al resto de fuerzas políticas de no querer alcanzar acuerdos.
Entendemos que la política es diálogo, negociación y acuerdo, pero también es cumplir
las reglas de las que nos hemos dotado democráticamente y no modificarlas en base a
intereses partidistas. El gobierno del PP no puede cambiar las reglas de juego minutos
antes de empezar el partido y debe de explicar por qué tiene tanta prisa en modificar la
Reforma Electoral que afecta al régimen municipal.
Todo parece indicar que el miedo a perder alcaldías es el motivo que impulsa la reforma
que propone el Gobierno de Rajoy. Esta propuesta no es una demanda social, ni política,
únicamente responde a la petición de los Alcaldes del Partido Popular que quieren
perpetuarse en el poder a base de burlar las mayorías democráticas. Las mayorías en
democracia, se construyen negociando, cediendo y compartiendo. En España nos hemos
dotado de un sistema electoral proporcional para dar voz a las minorías y para que estas
agrupadas y desde el acuerdo político pueden convertirse también en mayoría.
El PP habla mucho de regeneración democrática, pero ni la conoce, ni la práctica. El
señor Rajoy debería saber que en democracia, el partido mayoritario no puede
imponerse a la mayoría formada por otras fuerzas políticas, que un 40% no es mayoría
absoluta, y que 5+2+2 son más que ocho. Mientras el PP no tenga claro ese principio
democrático, no hay negociación posible.
En definitiva, no se pueden plantear cambios sobre la elección de los Alcaldes
modificando urgentemente la LOREG, sin acuerdo y a pocos meses de las elecciones
locales. El Gobierno de Rajoy acaba de aprobar una reforma local que vacía de
capacidad política y de competencias a los Ayuntamientos, y aleja a los ciudadanos y
vecinos de las entidades locales por el desmantelamiento que se está produciendo de los
servicios públicos que los municipios prestaban. El PP con esta reforma electoral que
plantea no puede pretender hablar de cercanía y democracia porque está actuando de
forma unilateral para favorecer únicamente sus intereses electorales.
A la vista de todo ello, se propone al Ayuntamiento que adopte el siguiente
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ACUERDO
1º.- Rechazar que a unos pocos meses de las próximas elecciones municipales, se
modifique el sistema para la elección de Alcaldes y Alcaldesas, salvo que sea con
el acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con representación
parlamentaria.
2º.- Remitir este acuerdo al Gobierno de la Nación y a los grupos parlamentarios del
Congreso de los Diputados”.
Esta Moción es desestimada por mayoría por diez votos en contra, siete votos a
favor, y ninguna abstención.
Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito,
D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral, Dª
Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Miguel Ángel Moreno Valle.
Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David
Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel
Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª
María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.
Primera: Moción Presentada por el Grupo Municipal de Unión Progreso y
Democracia:
“Las medidas de regeneración democrática son una necesidad imperativa no sólo para
recuperar la confianza de los ciudadanos en sus representantes y sus instituciones sino
también para mejorar el funcionamiento de éstas.
A menos de un año de las Elecciones Municipales, el partido en el gobierno central
pretende abanderar la regeneración democrática cambiando las reglas del juego a través
de la imposición de la elección del Alcalde a la lista más votada y utilizando su mayoría
absoluta parlamentaria para evitar consensuar esta medida. No explica lo que se
pretende paliar con esta iniciativa, sólo se incide en que deberá ser una realidad, para
que las nuevas reglas del juego se apliquen en la próxima cita electoral.
Las Leyes electorales afectan, entre otras cosas, a la competición electoral o el número
de partidos con representación, pero no solucionan por sí solas la mala gestión de los
políticos tras ser elegidos. Esto supone que cambiar la Ley Electoral no es el medio
adecuado para combatir dicha mala gestión de un determinado Alcalde o Equipo de
Gobierno.
Por otro lado, el caso español se diferencia de su entorno mediterráneo en la enorme
discrecionalidad de la que gozan los Alcaldes a la hora de tomar decisiones y esto
incide directamente en la politización del sistema.
Si queremos que los Ayuntamientos estén mejor gobernados, es más acuciante
profesionalizar la gestión Municipal eliminando la posibilidad de que un político tome
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decisiones técnicas, antes que cambiar la forma de elegirlo. ¿Qué significa esto? Que no
puede ser que el gobierno Local tenga la facultad de nombrar a multitud de cargos y
asesores y a la vez poder crear sociedades, agencias y fundaciones pudiendo, de nuevo,
nombrar a más cargos y asesores.
Quien sabe que su puesto de trabajo depende de la opinión de una persona y de un plazo
de tiempo limitado es más proclive a aceptar/solicitar prebendas, aplicar tratos de favor
o en definitiva, tener un comportamiento alejado de las expectativas de los ciudadanos.
Esto se agrava si, como en nuestro caso, toda la cadena de decisión local está en manos
de personas que comparten un objetivo común: ganar las elecciones.
La regeneración democrática en el ámbito Local es clave para avanzar en la mejora de
la calidad democrática en nuestro país. Por eso resulta acuciante la búsqueda de
consenso entre todos los partidos políticos. La improvisación imperante y el interés
partidista distan de ser buenas compañías en una iniciativa tan relevante para el
conjunto de los ciudadanos.
Una vez abierto el presente debate, la propuesta de UPyD pasa por la elección directa de
Alcalde por los ciudadanos en dos vueltas en caso de que ninguno haya obtenido más
del 50 % de los votos en la primera votación. En la segunda vuelta se elegiría entre los
dos candidatos más votados.
Por un lado, la elección directa del Alcalde reforzaría su legitimidad respondiendo a la
voluntad mayoritaria de los electores y obligaría a que los pactos y acuerdos entre
partidos para lograr su elección fueran explícitos y transparentes.
Por otro lado, la elección a doble vuelta implica que si ningún candidato obtiene
mayoría absoluta a la primera, pasan a la segunda vuelta los dos candidatos más
votados. En definitiva, este sistema propiciaría una mayor transparencia de los pactos de
gobierno y fomentaría la participación e implicación de los vecinos en los asuntos
públicos.
Para UPyD, habría que aprovechar la ocasión para reformar la Ley 7/1984, Reguladora
de las Bases del Régimen Local (LRBRL) y la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen
Electoral General (LOREG) y así poner en marcha, entre otras cosas:
a) Las listas electorales desbloqueadas con voto preferencial, de modo que el votante
pueda alterar en su papeleta el orden de los candidatos propuestos por los partidos
políticos o las agrupaciones electorales.
b) Que se limite el mandato de los Alcaldes a dos legislaturas.
c) Modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes no puedan ser al
mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos.
d) Redistribuir las competencias municipales entre el Alcalde y el Pleno de la
Corporación, de modo que la función ejecutiva corresponda al Alcalde y las
funciones normativas, presupuestarias y de control, al Pleno municipal.
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e) Reducir el margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde por ejemplo en
cuestiones de nombramientos.
f) Suprimir la moción de censura y la cuestión de confianza, carentes de sentido en un
sistema de elección directa del Alcalde. Quedaría prevista la remoción del Alcalde
por causas graves previamente tasadas, apreciables por el Pleno de la Corporación
con una mayoría cualificada.
En base a lo anteriormente expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de
Tormes,
ACUERDA
1- Manifestar el rechazo a cualquier modificación del artículo 196 de la LOREG un
año de las elecciones municipales sin contar con el apoyo de los demás grupos
políticos y contraviniendo las recomendaciones del Consejo de Europa sobre
buenas prácticas electorales.
2- Manifestar que la modificación necesaria es la de la elección directa de Alcalde
a doble vuelta y que ésta debe ir acompañada de otras reformas tales como:
2.1. Que las listas electorales estén desbloqueadas y cuenten con voto
preferencial, de modo que el votante pueda alterar en su papeleta el orden de
los candidatos propuestos por los partidos políticos o las agrupaciones
electorales.
2.2. Profesionalizar la administración local.
2.3. Que se limite el mandato de los Alcaldes a dos legislaturas.
2.4. Modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes no
puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos, así
como reforzar la penalización de su incumplimiento por parte de todo el
personal dependiente de las entidades locales.
2.5. Redistribuir las competencias municipales entre el Alcalde y el Pleno de la
Corporación, de modo la función ejecutiva corresponda al Alcalde y las
funciones normativas, presupuestarias y de control, al Pleno municipal.
2.6. Reducir el margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde por
ejemplo en nombramientos.
2.7. Suprimir la moción de censura y la cuestión de confianza, carentes de
sentido en un sistema de elección directa de Alcalde. Quedaría prevista la
remoción del Alcalde por causas graves previamente tasadas, apreciables
por el Pleno de la Corporación con una mayoría cualificada.
3- Manifestar el compromiso del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes con la
regeneración democrática como objetivo, considerando que es el único camino para
recuperar la confianza ciudadana en sus representantes e instituciones”.
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Esta Moción es desestimada por mayoría por diez votos en contra, siete votos a
favor, y ninguna abstención.
Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito,
D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral, Dª
Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Miguel Ángel Moreno Valle.
Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David
Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel
Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª
María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano.
3.2.2.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA
EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2014 CON Nª DE REGISTRO DE ENTRADA
2483 RELATIVA AL SUBSIDIO DE DESEMPLEO DE LARGA
DURACIÓN.
Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo
Municipal Socialista relativa al subsidio de desempleo de larga duración.
El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones, concediéndole la palabra al
Portavoz del Grupo Socialista para defenderla, y en el que se producen las siguientes:
Sr. Rodríguez Ruiz
Gracias.
Esta Moción la va a defender Dª Mª Teresa Prieto.
Sra. Prieto Cuadrado
Buenos días.
La protección por desempleo cada día se va agotando en más unidades familiares
debido a la duración de la crisis:
- Según los datos de la encuesta de población activa más de setecientas cuarenta mil
familias tienen a todos sus miembros en paro y carecen de todo tipo de ingresos.
- Además la pobreza tan severa y sobrevenida la están padeciendo de forma muy
directa los niños y niñas con sus progenitores en paro. Los organismos
internacionales como UNICEF estima en más de dos millones el número de niños y
niñas españoles en situación de pobreza.
La situación de necesidad de todas estas familias está causada principalmente por la
situación de desempleo de ahí que los poderes públicos de acuerdo con el Art. 41 de la
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Constitución deban garantizar la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante esta
situación.
Actualmente la cobertura por desempleo apenas alcanza el 58 % de las personas
desempleadas inscritas en las Oficinas de Empleo y si se continúa con esta misma
dinámica, al final del año, la protección por desempleo será de seis mil millones menos
que en 2013, todo ello a pesar de que la cifra de personas en desempleo de larga
duración y de familias con todos sus miembros en paro continúa en niveles intolerables.
Además el gasto medio de prestaciones por desempleo ha disminuido también.
El Grupo Socialista solicitó por medio de una Proposición no de Ley la extensión de la
prestación por desempleo en su nivel asistencial ante las nuevas situaciones de
necesidad que ha creado esta profunda y prolongada crisis, se exigía que se garantizase
el derecho constitucional a una protección por desempleo mediante el acceso al subsidio
a todas las personas que lleven más de un año inscritas como paradas siempre que
tengan responsabilidades familiares y carezcan de ingresos, además se extendería:
- A las víctimas de violencia de género.
- A las personas con discapacidad.
- A las personas mayores de 45 años que hubiesen agotado la Renta Garantizada de
Inserción dada la especial vulnerabilidad y dificultades de inserción.
La propuesta era clara:
a) El subsidio se concedería por un período de seis meses prorrogables de forma
sucesiva mientras la personada desempleada continuase en situación legal de
desempleo y este mecanismo de protección se mantendría hasta que la tasa de
desempleo estuviese por debajo del 15 %.
b) También instamos al Gobierno a que financiase la contratación de personal técnico
de empleo porque los Servicios Públicos de Empleo con el fin de reforzar la
atención individualizada y así facilitar la incorporación al empleo de las personas
en esta situación.
c) La inacción del PP en materia de estas políticas activas de empleo está contrapuesto
a nuestro modelo que se basa:
- En la orientación del desempleado.
- La acreditación de competencias.
- La formación continuada del mismo.
- Y el fomento de su contratación para lo que es necesario que se contrate
personal.
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Ahora que el Gobierno anuncia el cambio de coyuntura económica, no es posible
dejar a las principales víctimas de la crisis en desamparo como si se tratara de una
generación olvidada.
d) Las medidas que proponemos podrían alcanzar a más de un millón de personas
paradas en su mayoría con responsabilidades familiares que en estos momentos no
tienen ningún tipo de ingresos.
Estas medidas, lógicamente, llegarían también a alguno de los 1.631 parados de
Sana Marta y este Ayuntamiento ha de velar porque ello sea así.
El motivo de nuestra Moción era la ampliación de la protección, es la ampliación de la
protección por desempleo a las personas en desempleo de larga duración y en paralelo el
aumento de dotación de los Servicios Públicos de Empleo para atender de forma
especializada a estas personas.
Sr. Alcalde
Intervenciones
Sr. Moreno Valle
Con respecto a la Moción que trae hoy el Grupo Socialista del Ayuntamiento, decir que
dicha Moción es prácticamente una copia de la Proposición No de Ley presentada por el
Grupo Socialista del Congreso de los Diputados y por tanto justificaremos nuestro voto
en base a lo mismo que le ha ocurrido en el Congreso de los Diputados, ¿vale?, sí que es
cierto que en la Moción, tal y como está escrita, será por un ahorro de tinta y de papel,
se ha recortado parte de lo que era la Proposición No de Ley, algo ya se ha comentado
en la intervención de la Sra. Concejala diciendo que en la PNL original y leo
textualmente se decía que:
a) “Este subsidio se concederá por un periodo de seis meses, prorrogables de forma
sucesiva mientras la persona desempleada continúe en situación legal de desempleo
y que este mecanismo de protección se mantendrá hasta que la tasa de desempleo
esté por debajo del 15 %”, pero además había más.
b) “La cuantía de este subsidio será igual al 80 % del Indicador Público de Rentas de
Efectos Múltiples mensuales vigente en cada momento.
c) Esta cuantía se percibirá en su totalidad por la persona desempleada aunque en su
origen se tratara de un desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial.
d) A su vez, la cuantía del subsidio se incrementará en función de las
responsabilidades familiares de la persona beneficiaria siguiendo los criterios
establecidos en el Art. 217.2 LGSS (que lo siento pero no sé cuál que es), con
independencia de su edad. Cuando las responsabilidades familiares alcanzaran a
menores de edad, esta cuantía se incrementará en 100 € por menor.
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e) La incorporación a este subsidio no estará condicionada a haber agotado
anteriormente alguna prestación contributiva o asistencial, sino exclusivamente a
los requisitos exigidos en la propia definición de cada colectivo.”
Es decir, esto es lo que decía la Proposición No de Ley que no figura en la Moción, pero
que bueno, que está bien porque yo creo que el espíritu es todo, pero también decir que
la PNL esto no era el subsidio general, esto tenía sus restricciones en cuanto a la
ampliación del subsidio de desempleo y no era una cosa universal, ni en cuanto a su
prestación, ni en cuanto a su cantidad.
Por otro lado informar a este Pleno y a los vecinos de Santa Marta que están hoy aquí
presentes y a los que lean el acta cuando la publiquemos, que UPyD cuando se presentó
en el Congreso, presentó una enmienda de modificación a dicha PNL, PNL es
Proposición No de Ley que también les voy a leer, y que sustituía todo el texto de la
Moción del Partido Socialista y decía:
“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:
a. Inicie urgentemente los trámites de modificación de la Renta Activa de Inserción.
La reforma eliminará el requisito de superar los 45 años de edad para aquellos
trabajadores que hayan agotado la prestación y el subsidio”, es decir, que no había
que tener más de 45 años para tener esta prestación.
b. “Y que el Gobierno lidere la homogeneización de los hoy muy dispares programas
de rentas mínimas de inserción autonómicas, para así sumar esfuerzos entre la
Administración Central y las autonómicas. Las rentas de inserción tendrían así dos
fases:
- Una primera activa: Nacional.
- Y una segunda mínima: Regional. En esta segunda fase, el gobierno central
coordinará a las Comunidades, de forma que los requisitos de admisión a la
percepción de la ayuda, la duración y la cuantía sean similares, igualándose al
alza en toda España”, y es que hay que entender que esto depende de donde
vivas y no digo donde vivas en España, o en Bélgica, o en Alemania, depende
donde vivas en Asturias, en Murcia, en Barcelona, o en Madrid
La enmienda que presentó UPyD no fue aceptada por el Grupo Socialista en el
Congreso de los Diputados, decir.
Y ahora voy a hacer un breve resumen si me permiten de la posición de UPyD que fue
defendida por diputado Álvaro Anchuelo y si hace falta una segunda intervención pues
le leo, se la leo toda, pero bueno vamos a hacer solamente una y voy a coger párrafos y
dice:
¿”Qué nos propone el Partido Socialista?: Básicamente ampliar el subsidio asistencial,
ampliar su duración en seis meses prorrogables y ampliar los colectivos que puede
cubrir. Sinceramente, esto nos plantea (esto decía el Diputado de UPyD), dos tipos de
objeciones:
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1. En primer lugar, objeciones de tipo político, objeciones de falta de credibilidad
porque cuando el Partido Socialista gobernó en España hubo una enorme
destrucción de empleo, hubo un fuerte aumento del paro, y al principio la cobertura
fue alta porque estábamos en los inicios de la crisis, pero en su último año de
mandato, de 2010 a 2011, la tasa de cobertura cayó ocho puntos, del 78 al 70 %.
¡Qué pena que no se les ocurriesen estas medidas entonces!
2. El segundo motivo de desconfianza, de falta de credibilidad es que el Partido
Socialista gobierna una importante Comunidad Autónoma española y allí la gestión
de los asuntos relacionados con los parados deja mucho que desear y tenemos los
casos de los ERES y de los cursos de formación”.
Hay una intervención, la publicaremos en nuestra página Web, ustedes pueden leerla,
pueden leerla en la página del Congreso de los Diputados, pero creo que no estamos
aquí para aburrirles.
En consecuencia votaremos esta Moción de igual forma que UPyD votó en el Congreso
de los Diputados el pasado 9 de septiembre, porque UPyD como dice uno de los
principios que tenemos, sólo tenemos un discurso, que es el mismo en Santa Marta, en
el Ayuntamiento de Salamanca cuando estemos, en las Cortes de Castilla y León
cuando estemos, que estaremos y en el Congreso de los Diputados.
Muchas gracias.
Sr. Alcalde
Muy bien.
¿Más intervenciones?
Sr. Santos Corral
Sí, gracias de nuevo.
Izquierda Unida va a votar evidentemente a favor, y además promete que no traerán
extractos, ni completos de la intervención de Alberto Garzón en el Parlamento, ni de
José Luis Centella, se los ahorro y decimos que votamos a favor y que casi no hace falta
que un Grupo como el nuestro explique los motivos por los que está totalmente de
acuerdo con esta propuesta y con todas las que supongan ayuda a los trabajadores y
trabajadoras, pues tal condición no se extingue cuando las circunstancias ajenas a ellos
mismos les empujan al doloroso drama del paro.
La lucha por unas condiciones de vida de la clase trabajadora es nuestra principal seña
de identidad.
Pero no es esta, no es este enunciado teórico, la única razón que nos lleva a votar esta
Moción, sino que el conocimiento de las enormes dificultades que en estos momentos se
le plantean a las familias trabajadoras, que hace tiempo han perdido sus trabajos y que
incluso están perdiendo paulatinamente las esperanzas de mejorar su penosa situación,
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Descárgate aquí el Acta integra del pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes del 25 de Septiembre de 2014

  • 1. Página 1 de 90 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO CELEBRADA EL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DE 2014. ASISTENTES: PRESIDENTE: D. Javier Cascante Roy VOCALES: Dñª Marta Labrador Gutiérrez D. David Mingo Pérez D. Ignacio Galán Gallego Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera D. Manuel T. Conde Santiago Dñª Mª Cruz Gacho Conde Dñª Blanca Francisco Valiente D. Francisco Redondo Soriano Dñª Mª José García Fraile D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito D. Florián Alonso Vicente Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica D. Jesús Santos Corral D. Miguel Ángel Moreno Valle LA SECRETARIA ACCTAL. Dª Montserrat Rodríguez Morros INTERVENTOR: D. Lucinio Hernández Marcos. En el día de la fecha, siendo las 09:00 horas, se reunieron en el Salón de Plenos del Ayuntamiento los señores que al margen se expresan, presididos por el Señor Alcalde - Presidente y asistidos por la Secretaria General Acctal. que elabora este Acta, con objeto de celebrar la correspondiente Sesión Ordinaria de Pleno, previa convocatoria al efecto. El Sr. Alcalde – Presidente abre la sesión dando lectura al recordatorio de los asuntos incluidos en el orden del día:
  • 2. Página 2 de 90 PUNTO PRIMERO: LECTURA Y APROBACIÓN SI PROCEDE DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LAS SESIÓN CELEBRADA EL DÍA: 31-07-2014. Sr. Alcalde ¿Alguna cuestión sobre el acta?. Sr. Santos Corral Sí. Sr. Alcalde Tiene usted la palabra. Sr. Santos Corral Muchas gracias Sr. Alcalde. Presentamos las siguientes impugnaciones al acta correspondiente al Pleno Ordinario celebrado el 31 de julio de 2014, para que sean subsanados errores y omisiones que hemos detectado. Antes de nada decir que con anterioridad habíamos presentado un escrito en este sentido, a través de email, por cierto y que no ha tenido reflejo en una hipotética corrección de dicha acta, al menos hasta donde nosotros somos conocedores. Primera impugnación: 1. En la página 30 de dicha acta, entre la cuarta intervención del Sr. Alcalde y leo textualmente para que la localicen: “Decir que no trabajan, decir que no trabajan es gravísimo, por el amor de Dios” y la primera del Sr. Santos Corral: “Vamos a ver, vamos a ver”, se produjeron unos hechos muy relevantes para entender lo que aconteció a continuación, que está recogido entre las páginas 30 y 39 y que termina con la expulsión de ambos Concejales del Grupo Municipal de Izquierda Unida. Los hechos a los que nos referimos son los siguientes y es lo que pediríamos con esta redacción u otra constase en el acta ya que no viene: a. En este momento se incrementan las expresiones tanto orales como gestuales de desaprobación por parte de la casi totalidad de los miembros del Grupo Municipal Popular. b. El Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida se dirige al Sr. Alcalde para protestar y pedir que su compañera, la Sra. Barandiarán Múgica pueda continuar su intervención sin interrupciones. Utiliza para ello el Sr. Santos, yo mismo, la expresión: “Vamos a ver, vamos a ver” tal como se recoge en la página 30 del acta.
  • 3. Página 3 de 90 c. Tales anotaciones no sólo pueden hacerse sino que debe hacerse para dejar constancia de lo ocurrido en el Pleno, con independencia de que la grabación recoja o no claramente tales incidentes. Decir al respecto que la intervención masiva, o mayoritaria, de los Concejales aludidos lo fue a micrófono cerrado y que además, por tanto no puede estar grabado, y que además nos referimos también a expresiones gestuales. d. En auxilio de lo que aquí planteamos viene un ejemplo clarísimo en la página 37 del acta, tras la segunda intervención del Sr. Alcalde que textualmente es: “Ay que pena me da” donde se narran hechos acaecidos y no grabados en la cinta, es decir, ahí sí se hace, luego, sí se puede hacer. Ahí sí podemos leer: - “Cuando son las diez horas y seis minutos el Sr. Portavoz de Izquierda Unida D. Jesús Santos Corral acompañado por dos Agentes de la Policía Local, y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde - Presidente, para que se callara ya que no tenía la palabra, abandona el salón de Plenos.” 2. Encontramos más argumentos que avalan la veracidad de los hechos ocurridos en las posteriores intervenciones del Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Rodríguez Ruiz, que se recogen en las páginas 40 y 41. a. En la primera de ellas dice el Sr. Rodríguez Ruiz: - “Pero lo que no me parece ni justo ni razonable es que alguien que habla sin que usted le haya dado la palabra le llame la atención y a otras personas que hacen exactamente lo mismo, que hacen exactamente lo mismo…”, aquí hay puntos suspensivos porque es interrumpido también él b. Tras una interrupción del Sr. Alcalde, el señor Rodríguez Ruiz da fe de lo sucedido (y no recogido en el acta) y en su intervención recogida en la página 41 afirma el Sr. Ruiz: - “Si es verdad que es usted (supongo que evidentemente dirigiéndose al Sr. Alcalde), quien ordena los debates, lo que se le debe de pedir es que tenga usted ecuanimidad y si alguien habla sin tener autorización sea usted el que le recrimine pero a todos, no a unos sí y a otros no, y le puedo asegurar que este rifirrafe que ha habido, usted ha habido personas a las que no les ha llamado la atención, que también han hablado”. En fin que también han hablado, meridianamente. La segunda impugnación: 1. Disculpen, nos vamos, para que lo sitúen, a la página 37 del acta donde se dice, narrando, no transcribiendo, sino narrando ya: “Cuando son las diez horas y siete minutos la Sra. Concejala de Izquierda Unida Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica acompañada por dos agentes de la Policía Local, y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde – Presidente, para que se callara, abandona el salón de Plenos”.
  • 4. Página 4 de 90 Que esto no se ajusta a la verdad lo demuestra con meridiana claridad el hecho de que en la página 38, es decir, en la siguiente se registran dos intervenciones de la aludida concejala de Izquierda Unida Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica, y otras dos intervenciones, de la misma, que se recogen en la página 39. 2. Por tanto, para que el acta se ajuste a la realidad, el hecho del abandono del salón de Plenos por parte de la Concejala de Izquierda Unida se ha de reflejar donde se produce, es decir en la página 39, entre la intervención de: a. La Sra. Barandiarán Múgica y cito textualmente: “Los únicos” b. Y la del Sr. Alcalde: “Bien, bien, no se por donde íbamos, porque ya no se por donde íbamos. Me parece que debemos de pasar a la votación. En fin entre esas dos intervenciones debería de narrarse lo que se narra en la 37, por error seguramente. Tercera impugnación: 1- En la página 84 de la referida acta, en su párrafo cuarto para que lo encuentren más rápidamente, se lee: - “D. Jesús Santos Corral pregunta sobre quien controla lo datos económicos, si se especifican los mecanismos de verificación de los datos de las empresas concesionarias”. Eso es textual. De la lectura de este párrafo cabría deducir que el citado Concejal de Izquierda Unida se habría reincorporado al Pleno tras su expulsión, ya que se utiliza el verbo preguntar en presente. Ciertamente no fue así y por tanto, para ajustarse fielmente a la realidad y no inducir a equívoco de ningún tipo, debería redactarse el verbo preguntar en tiempo pasado, cualquiera de las modalidades de tiempo pasado que mejor convengan gramaticalmente. 2- Lo anteriormente expuesto: - Es de aplicación en todos los siguientes párrafos de la página 84 de la citada acta, donde los verbos que se refieren al Concejal de Izquierda Unida: “Reitera, plantea, pregunta y se interesa” han de ser redactados utilizando algún tiempo pasado de dichos verbos y no en presente. - Lo mismo cabe decir del primer párrafo de la siguiente página la 85, y sustituir la forma de presente del verbo preguntar por la de pasado. 3- Por si estas razones de lógica gramatical no fueran suficientes, les remito a la página 80 de la referida Acta. Al inicio del punto del orden del día “5.3.3. PREGUNTAS FORMULADAS POR ESCRITO DEL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA”, ahí podemos leer:
  • 5. Página 5 de 90 - “Sr. Mingo Pérez (intervine él) El Grupo de Izquierda Unida realizaba (en pasado simple) una serie de preguntas escritas”. Aquí sí se utiliza correctamente el verbo en tiempo pasado, por lo que se debería proceder de igual modo con los citados anteriormente y reflejados en las páginas 84 y 85 y hacer los cambios solicitados a través de esta impugnación de modo que la realidad sea reflejada con mayor grado de concisión. Cuarta impugnación: 1. En la página 37, último párrafo del Acta, se dice: - “Cuando son las diez horas y siete minutos la Sra. Concejala de Izquierda Unida Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica acompañada por dos agentes de la Policía Local, y después del tercer aviso por parte del Sr. Alcalde – Presidente, para que se callara, abandona el salón de Plenos”. Nos parece evidente que el verbo elegido para describir lo sucedido no es el correcto y puede inducir a error. Nos referimos al verbo “abandonar”, que tiene una irrefutable carga semántica de voluntariedad por parte del sujeto activo de la frase. Que esto no es así, no requiere del más mínimo esfuerzo para ser demostrado, por lo que nos limitaremos a pedir que se cambie el verbo abandonar, por una de las siguientes alternativas o cualquier otra que se considere oportuna y más acorde a la realidad: “Es expulsada, es desalojada, sale a la fuerza, se ve forzada a salir, etc.”. 2. Nota: Lo anteriormente expuesto es de idéntica aplicación para el párrafo de la misma página en que se relata la expulsión del Concejal de Izquierda Unida D Jesús Santos Corral, bueno, perdón quitemos el Don, y que para su más rápida localización está situado casi al principio tras una breve intervención del Sr. Alcalde que dice: “Ay que pena me da”. Nada más. Sr. Alcalde Muy bien. ¿Alguna cuestión más? Pasamos a la votación. Por Secretaria se somete a votación la aprobación, si procede, del acta correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el día 31-07-2014.
  • 6. Página 6 de 90 Sr. Rodríguez Ruiz No, Sr. Alcalde, es que no hemos entendido el sentido de la votación, no hemos entendido si se votaba la impugnación o no se votaba, es que nos gustaría que se nos explicara. Sr. Alcalde Lo que se vota es el acta, la aprobación o no del acta. Sr. Rodríguez Ruiz ¿Y la impugnación consta, queda en el acta sin más? Sr. Alcalde La impugnación consta en el acta y tendrá los efectos que tenga. Sr. Rodríguez Ruiz Bueno, yo aunque entiendo que ha sido un procedimiento, le pediría que se volviera a repetir la votación porque no lo habíamos entendido. Sr. Alcalde No hay ningún inconveniente. Sometida a votación el Acta correspondiente a la Sesión celebrada el 31 de julio de 2014, la misma es aprobada por once votos a favor, dos votos en contra y cuatro abstenciones. Votos a favor: D. Javier Cascante Roy, Dñª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dñª Isabel Mª de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dñª Mª Cruz Gacho Conde, Dñª Blanca Francisco Valiente, D. Francisco Redondo Soriano, Dñª Mª José García Fraile y D. Miguel Ángel Moreno Valle. Votos en contra: Dñª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Jesús Corral Santos. Abstenciones: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dñª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dñª Mª Teresa Prieto Cuadrado.
  • 7. Página 7 de 90 PUNTO SEGUNDO: PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO Y GESTIÓN ENERGÉTICA DE INSTALACIONES DE EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA MARTA DE TORMES. Por Secretaría General se da lectura al dictamen aprobado en la Comisión Informativa de Contratación y Bienes celebrado el día 22 de septiembre de 2014. El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las siguientes: Sr. Moreno Valle Buenos días. Bien, el asunto que hoy nos trae, que es la adjudicación de este contrato de suministro de servicios energéticos, se trató en la Comisión Informativa del 9 de junio, y posteriormente en el Pleno del 16 de junio, en esos dos órganos se debatió el expediente de contratación y los pliegos de las cláusulas de dicho contrato, decir que dicho expediente, dicho pliego, fue aprobado únicamente, con los votos a favor del Grupo Popular. Tanto en el Pleno como en la Comisión, aparte ya del nefasto procedimiento de tramitación que tuvo el Equipo de Gobierno con la oposición pues sólo nos dieron seis días para el estudio y valoración del pliego, y la tramitación se iba a llevar a cabo en el periodo de vacaciones, el Grupo de Unión Progreso y Democracia planteó cuatro temas sobre este pliego: 1- La presencia de un miembro de la oposición en la mesa de contratación, asunto que fue aceptado por el Grupo Popular, aunque en la propuesta inicial no se contemplaba. 2- En el pliego de condiciones no se valoraba el beneficio que obtenía el Ayuntamiento con la externalización de este servicio, pues el coste del pliego era el mismo que el gasto que se había calculado para el último año y las mejoras no estaban valoradas y pedíamos que se hiciera tanto una reducción en el pliego como la valoración de las mejoras. 3- Los criterios de valoración asignados a uno que se denominaba: “Juicio de valor”, que tenía 49 punto sobre 100, es decir, 49 %, nos parecía excesivo. 4- Que se incluyera en el pliego un plazo de 15 años para este contrato nos parecía también excesivo, pues condicionaba los recursos a la capacidad de maniobra de las próximas cuatro corporaciones en este asunto. A pesar de estos argumentos, que a nosotros nos parecían de sentido común, el expediente de contratación y los pliegos de cláusulas, se aprobaron con los votos en contra de todos los grupos de la oposición, y sólo se aceptó la única modificación de incluir a un miembro de la oposición en la mesa de contratación.
  • 8. Página 8 de 90 Tramitado el expediente, hoy se trae a aprobación la propuesta de adjudicación del contrato de suministro y gestión energética de las instalaciones de los edificios Municipales y de alumbrado público del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes. La adjudicación, de acuerdo al baremo que se incluye en el expediente, se va a realizar a la U.T.E. ACEINSA MOVILIDAD S.A.-INGESAN S.A. por un importe de aproximado de: 600.000 € incluyendo el IVA, que representa: 1- Una reducción en el coste del consumo energético para el Ayuntamiento de un 10.9 %, aproximadamente: 73.000 € al año, esto es por lo que en realidad le importa a los vecinos y creo que es una de las cosas que nos debe de importar. El resto de las ventajas de este contrato que se exponen, están relacionadas o bien con la reducción de este consumo energético, pues las inversiones que se van a realizar son inversiones necesarias para implementar dicha reducción de consumo, inversiones que tienen como máximo objetivo aumentar el beneficio industrial de la empresa adjudicataria. No se equivoquen la UTE ACEINSA-INGESAN si plantea estas inversiones, no es en plan hermanitas de la caridad para con el Ayuntamiento de Santa Marta, es porque piensa que realizando estas inversiones va a incrementar su beneficio. 2- La segunda ventaja en relación con la reducción de costes en los suministros, pues igual. Son reducciones relacionadas con una mejora en la gestión de compras que cualquier empresa privada hace habitualmente. 3- Y por último las mejoras que se planteaban en el pliego valoradas en 140.000 € según se nos comunicó en la comisión en un plazo de 15 años, pues se quedan aproximadamente en: 9.000 € de mejoras por año, que consideramos que es el “chocolate del loro”, si lo comparamos con los nueve millones de euros del contrato. Bueno, es cierto que el Ayuntamiento y en consecuencia los vecinos que con sus impuestos pagan todos los ingresos del Ayuntamiento, se van a ver beneficiados con este contrato sobre la situación actual, y por tanto en consecuencia nuestro Grupo se considera satisfecho con la mejora obtenida, pues, como decíamos en nuestro punto número dos, lo que queríamos saber era cuál era la mejora y el beneficio que iba a obtener el Ayuntamiento con este contrato. Respecto al punto tres de nuestra argumentación, que le recuerdo era los criterios de valoración. Pues miren ustedes, resulta que si dicho criterio se hubiera modificado, a lo mejor estábamos hoy hablando de otra propuesta y voy a explicarme: a. A la fase final de la licitación llegaron dos empresas la UTE CLECE-ALTOCU- ELPA y la UTE ACEINSA MOVILIDAD-INGESAN, por no repetir de ahora en adelante diré: CLECE y ACEINSA aunque son Uniones Temporales de Empresa. En la evaluación de los denominados “criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor”, recordemos: “juicio de valor”, es decir, sobre el “Sobre C”:
  • 9. Página 9 de 90 - CLECE obtuvo 31.77 puntos sobre 49. - ACEINSA obtuvo 44.31 puntos sobre 49. Si me he equivocado en alguna cifra luego me podrán corregir. b. Cuando se combina esta otra oferta, con la oferta económica del “Sobre C” de: Criterios evaluables mediante fórmulas: - CLECE obtuvo 21.61 puntos sobre 51. - ACEINSA obtuvo 11.96 también sobre 51. Pues fíjense lo que ocurre, ocurre que ACEINSA al final obtiene una valoración de 56.2765 puntos sobre 100 y CLECE obtiene 53.3865 y se adjudica a ACEINSA evidentemente siguiendo este criterio. Nosotros hemos hecho un ejercicio numérico y es considerando que ambas ofertas se hubieran evaluado con el mismo criterio y que los: “criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor”, “juicio de valor”, repito, hubieran tenido sólo un peso del 40 % en vez de un 49 % y los criterios económicos hubieran obtenido un peso de un 60 % en vez de un 51, el resultado final y si quieren echen ustedes las cuentas, hubiera sido muy diferente. En ese caso el adjudicatario hubiera sido CLECE. Es decir, la oferta más económica para el Ayuntamiento, y con la cual el ahorro para el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, en vez de ser del 10,9 % seria del un 14 %, es decir, en vez de: 73.000 € al año serían: 94.000 € al año, que en 15 años serian: 315.000 € que además habría que sumar una reducción sobre las tarifas de materiales de un 31 % frente al 14 % que ofrece ACEINSA. En fin que el hecho de haber considerado que los “criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor” representaran el 49 % de los puntos a adjudicar frente a sólo un 40 %, que yo creo que parece un valor bastante suficiente ha hecho que la adjudicación se haya inclinado hacia una oferta frente a otra. Y no digo que hay nada raro, señores de la Corporación y señores vecinos, yo estaba en la mesa de contratación cuando se han abierto los sobres y he hablado con el Concejal de la oposición, el Sr. Florián que ha estado en la mesa de contratación y me dicho que ha sido todo correcto y no ha habido nada, pero si hubiéramos tenido más tiempo en su momento y si el Equipo de Gobierno hubiera permitido, debatir y discutir este pliego, con más tiempo y no utilizando el “aquí te pillo aquí te mato”, pues podríamos haber valorado en conjunto y con un cierto consenso porqué 49 puntos y no 40, o porqué 51 puntos y no 60. Pero aquí “a lo hecho, pecho”. El Equipo de Gobierno ha apostado por la mejor oferta técnica frente a la mejor oferta económica, lo cual no deja de ser un criterio, que puede ser mejor o peor para el Ayuntamiento, el tiempo nos lo dirá.
  • 10. Página 10 de 90 Y vamos al último punto de nuestra argumentación, el tiempo, el plazo, la duración del contrato. La adjudicación según el pliego aprobado el pasado mes de junio es de 15 años y existe la posibilidad de una prórroga de otros cinco. El Portavoz del Partido Popular en el Pleno del mes de junio decía textualmente: “Y si nos vamos a los contratos de servicios energéticos contratados en los Ayuntamientos de España, son superiores incluso al período que se plantea aquí”. Mire Sr. Mingo, es que en ese momento y con la premura de tiempo que ustedes nos dieron pues no hay forma de tener la información disponible para contestarle, pero ahora ya sí la tengo. Y se la voy a dar: a) Propuesta de modelo de contrato de servicios energéticos de la empresa: IDAE que es Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, propone en su cláusula 4: Plazo de duración del Contrato (y estamos hablando de contratos de servicios energéticos y leo textualmente: “El presente contrato tendrá una duración de 10 años”, este es un modelo que lanza la IDAE, evidentemente lo cogemos o no lo cogemos. b) La AMI: Asociación de Empresas de Mantenimiento Integral y Servicios Energéticos aconseja que la duración de los contratos mixtos de servicios energéticos sea de 10 años, esto es la Patronal, la Patronal, que parece que se está tirando “piedras contra su tejado”. c) La ANESE que es: La Asociación de Empresas de Servicios Energéticos, establece en sus instrucciones que los contratos deben de estar en una horquilla que vaya de 8 a 20 años para los contratos de Servicios Energéticos. Es decir, que la decisión de que el contrato del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes sea por 15 años es una decisión política, no es una decisión técnica. Como ya les comente en la Comisión y en el Pleno de junio, nuestro Grupo no está de acuerdo con que el contrato tenga una duración de 15 años, pues: - Por un lado condiciona los recursos y la capacidad de decisión de las próximas Cuatro corporaciones. - Y por otro lado porque como ya comenté, el mundo gira más deprisa, mucho más de lo que nos parece, aparecen nuevas tecnologías y nuevas oportunidades, y hay que prever hoy lo que puede pasar no mañana, ni pasado, sino el día después de pasado. Yo creo que 8 a 10 años hubiera sido una buena cifra, incluso con posibilidad de prórroga si todos estamos de acuerdo y si todo va bien, pero con flexibilidad para adaptarse un futuro que todavía no somos capaces ni de ver. Por estas razones, nuestro Grupo se va a abstener en la aprobación de la propuesta de adjudicación del contrato de suministro y gestión energética como hicimos en la Comisión. Pensamos que es un ahorro para Santa Marta de Tormes sobre la situación actual, pero pensamos que el ahorro podría haber sido mayor y sobre todo nunca nos
  • 11. Página 11 de 90 debemos de casar con contratos por periodos tan amplios, ya tenemos ejemplos de algunos contratos que luego pasan factura. Muchas gracias. Sr. Alcalde ¿Más intervenciones?. Sr. Santos Corral Gracias de nuevo. Izquierda Unida ya fijó su postura en el Pleno del mes de junio y lo hizo explicando las razones por las que votaríamos en contra y que en síntesis son las siguientes: 1- No se consultó con los demás (siento que algunas sean coincidentes, pero en fin, es nuestra opinión), no se consultó con los demás Grupos de este Ayuntamiento sobre un asunto importante, tanto su contenido como por las cantidades importantísimas que suponen de gasto para este Ayuntamiento. 2- Nos parecía entonces, y nos sigue pareciendo hoy, que el período de tiempo de duración de dicho contrato, 15 años, es muy prolongado. 3- Otro argumento: No nos parecía de recibo entonces, ni nos lo sigue pareciendo ahora, que esta decisión se tome al final del mandato, pues o bien se debería haber tomado con anterioridad, dada su importancia, o bien se debería esperar uno pocos meses, tras la nueva Corporación que surja de las Elecciones Municipales de 2015. 4- Otro argumento similar es que hipoteca en gran medida, no sólo el siguiente, el inminente Equipo de Gobierno, sea el que fuere, sino a los cuatro próximos Equipos de Gobierno. 5- Otro argumento es que tiene un evidente sesgo electoralista, consistente en dejar para el final del mandado los mayores gastos posibles con el dinero público, y que en principio pueden ser vistos por la ciudadanía como una clara propaganda electoral, a modo de traca final de unos fuegos artificiales que pagamos todos en beneficio de unos pocos. 6- Por otra parte creemos que los vecinos no se benefician en nada con este contrato, aunque es evidente que algunas empresas privadas si lo hacen, así lo decíamos ya en el mes de junio y cito textualmente: “ Creemos que el pueblo de Santa Marta no tiene nada que ganar con esto, más bien al contrario, quizás tienen que ganar, ese sí, seguro, determinadas empresas, pues por ejemplo: ACEINSA o qué se yo, que empresa que se dedica a estas cosas, pues sí, a lo mejor esas empresas están con mucha prisa y muchas ganas de hacer negocio, es normal, para eso están las empresas, pero claro, los Concejales de la oposición, por lo menos los Concejales de Izquierda Unida, estamos para que se beneficie al pueblo no sólo a las empresas, sobre todo al pueblo, para que los
  • 12. Página 12 de 90 servicios que se presten a los ciudadanos sean lo mejor posibles y con el menor coste posible, cosa que parece que no es, que evidentemente no es, no para que determinadas empresas se forren, literalmente.” Nada más. Sr. Alcalde ¿Más intervenciones?. Sr. Rodríguez Ruiz Sí, buenos días. Por el Grupo Socialista D. Florián Alonso va a explicar la posición. Sr. Alonso Vicente Buenos días a todas y a todos. Desde nuestro Grupo, decir que como ha dicho el compañero de UPyD, en su momento cuando se propuso a este Pleno la aprobación del proyecto, o la privatización de estos servicios, nuestro Grupo estuvo en contra tajantemente por varios motivos, no quiero repetirme pero prácticamente son coincidentes con los de UPyD. Uno de ellos es principalmente el tiempo, no estábamos de acuerdo en ello y desde luego seguimos estando en contra, creemos que la privatización de los servicios en un volumen tan grande, lo que hace es que pierde cercanía de los ciudadanos cuando existen problemas a la hora de resolverlos, eso es mucho más fácil cuando se hacen servicios en empresas más pequeñas, o lo hace directamente el Ayuntamiento que es la otra forma y que es en la que más de acuerdo estamos. A pesar de ello, nosotros en este Pleno, creemos que lo que aquí se trae es un proceso de gestión de algo que se aprobó y que ya se ha dicho por los tres Grupos de la oposición, exclusivamente por los votos del Grupo Popular. Y como nosotros lo que creemos que se trae a este Pleno es simplemente el proceso de ejecución de esta propuesta y en el cual no tenemos ningún reparo y más habiendo estado este Concejal en la mesa de contratación y comprobando el proceso, en este Pleno, igual que en la Comisión vamos a apoyar el proceso de gestión porque realmente sí creemos que hay beneficios económicos al final para el ciudadano. Muchas gracias. Sr. Alcalde Bien, muchas gracias a todos. Solamente decir tres cosas:
  • 13. Página 13 de 90 1- Puntualizar a UPyD que la capacidad de hipotecar los recursos de las siguientes Corporaciones no se hipotecan absolutamente en nada, al contrario, todo lo contrario, la Ley 20/20/20 va a hacer que efectivamente tenga que haber un ahorro importante de energía de todos los Ayuntamientos al tener que hacerlo. El ahorro que presenta esta empresa independientemente de que usted dice: “Un juicio de valor”, no ha sido uno sólo, han sido tres “juicios de valor”: - Uno del Arquitecto - Y dos empresas externas a este Ayuntamiento. Luego, no es un solo “juicio de valor”, son tres, para que nadie tenga dudas, pero bueno ya lo ha dicho el Concejal del Grupo Socialista que ha estado en todo este proceso y ha dado su conformidad al proceso. 2- Decir que las mejoras a las que usted se refiere, son de: 432.492 €, con un ahorro de energía del 43 %, repito y además con una inversión en estos quince años de un millón cuatrocientos y pico mil euros, y: 600.000 € condicionados en el futuro de los quince años, lo que significa que Santa Marta y cualquier otro Municipio se vería muy satisfecho con estas cifras. Independientemente de que usted remarca lo que significa un ahorro económico, que también, porque recordemos que los cuatro puntos que marcan este pliego, como otros, se encuentra: El económico. El ahorro energético. Están las inversiones que desde este Ayuntamiento se les ha obligado a hacer y las inversiones que se van a hacer en estos quince años. Efectivamente sabemos todos y quizás usted más que los demás lo conoce, y es que todos los estudios y todas las inversiones que se hacen, lógicamente se sacan del ahorro que estas empresas hacen por sus inversiones y la eficiencia que obtienen, pero este Ayuntamiento y todos que lo llevan a cabo, independientemente del tiempo ya sean quince años, doce o diez, porque efectivamente el IDAE que es nuestro modelo, independientemente de que los plazos sean de diez, doce o quince años. Por lo tanto creo que Santa Marta de Tormes, el Ayuntamiento se tiene que ver muy beneficiado, mucho, por este tema, por lo que he dicho y que repito: Ahorro económico. Ahorro energético. Unas mejoras importantes, voluntarias.
  • 14. Página 14 de 90 Y otras mejoras de inversión, en estos quince años, que suman más de un millón cuatrocientos mil euros. 3- Y saliendo al paso de lo que usted decía de las dos empresas, si se hubiera hecho de una forma o de otra. Se llevó a cabo la que se escogió, pero no obstante la otra empresa que usted nombraba las mejoras de: 432.000 € se reducían a: 8.500 €, u ocho mil doscientos y pico de euros, creo recordar, lo que significa que si tomamos por una parte una cosa y por otra parte otra, o cogemos lo mejor de todos que hubiera sido magnífico para este Ayuntamiento, escoger lo mejor de cada uno y que hubieran hecho una UTE entre las ocho que se han presentado. No tengo nada más que decir. ¿Hay alguna cuestión más?. Sr. Moreno Valle Vamos a ver, no estoy hablando del coste del ahorro energético, esto ya está valorado, estoy hablando de la puntuación que se incorporó al pliego de condiciones y vuelvo a repetir: Nuestro Grupo no estaba de acuerdo con que en función de “un juicio de valor”, “tres juicios de valor”, o “cien juicios de valor” se le diera a esa cantidad el 40 % del peso de la misma, y lo que le he estado diciendo es con la misma valoración, con el mismo “juicio de valor”, si en vez del peso hubiera sido el 40 % o sería el 49 %, ahora estaríamos en otra situación. ¿Y porqué el 49 y no el 40?. Sr. Alcalde ¿En qué situación? Sr. Moreno Valle Si me permite, voy a terminar, ¿de acuerdo?. Entonces creo que lo que aquí estamos discutiendo no es si el ahorro es mayor o menor, porque hombre, el ahorro es mayor con creces, lo que ocurre es que la oferta técnica, pues ha sido mejor valorada la de ACEINSA, no digo nada más y eso se basa en que pusieron ustedes el 49 %, o podían haber puesto el 40 y estaríamos hablando de otra oferta. Nada más y si su modelo es el de IDAE, ya termino, por favor, vuelvo a repetir: Pliego de cláusulas administrativas, cláusula cuatro: “El presente contrato tendrá una duración de diez años”, ¿Por qué quince?, ¿por qué quince?, si el modelo dice que diez, ¿por qué quince?, no lo entiendo, ¿vale?. Muchas gracias.
  • 15. Página 15 de 90 Sr. Mingo Pérez Si no le importa al Portavoz de Izquierda Unida que sé que ha pedido la palabra y es para hacer una réplica corta. Sr. Alcalde No, simplemente, ya sé que usted ha pedido la palabra después de él, pero simplemente es una réplica pequeña que le va a permitir al Portavoz del Grupo Popular que la conteste. Sr. Mingo Pérez Lo digo porque estamos en la mesa, que estaba también la oposición representada en la mesa, por cierto. Cuando hablamos de la valoración que usted dice, en función de esa valoración y si siguiéramos el criterio que usted dice, que era el ejemplo que le intentaba poner el Sr. Alcalde, en función de la oferta de la segunda empresa adjudicada hoy que ofertaba mejoras por importe de: 8.000 € que en caso alguno llegaban a los mínimos exigidos, si hubiéramos valorado la oferta económica, hubiéramos tenido un defecto en la oferta de: 400.000 €, que es lo que le estamos intentado trasladar. O sea, tan malo no será el criterio de no haber seguido como único criterio el económico en función de que lo que se pretendía era evitar ese tipo de situaciones precisamente. Alguien que buscando algún subterfugio dentro del pliego, y la palabra “subterfugio” la retiro, un tipo de mecanismo dentro del pliego, intentara mediante una oferta económica ganar lo que no ganaba mediante la oferta técnica, que desde nuestra perspectiva entendíamos que era lo que mejor beneficiaba al Municipio, desde nuestra perspectiva y desde muchos Municipios de España que desarrollan estos pliegos. Sin ánimo de polemizar, debemos de leer del pliego de IDAE todo, incluso la letra pequeña, el IDAE suele establecer pliegos – tipo en los que establece como texto legal la mitad de los años que ordinariamente se pueden llegar a establecer en este tipo de de contratos. Léalo, léase también toda la página del IDAE y verá que en la letra pequeña de IDAE pone: “Períodos de contratación similares en procedimientos especiales, tal, tal, tal,: Veinte años, y establece como mecanismo ordinario la mitad del plazo”, pero como mecanismo en pliego que es un borrador, pero léaselo, léaselo por favor, léaselo, sin ánimo de polemizar. Gracias. Sr. Alcalde Tiene la palabra el Portavoz de Izquierda Unida. Sr. Santos Corral Gracias.
  • 16. Página 16 de 90 Sólo un par de cuestiones: 1) Es sobre el período, a parte de lo que ya hemos expuesto los tres Grupos de la oposición de lo que supone de hipoteca para otros Equipos ya que estos lo tienen, igual que este Equipo ha recibido herencias similares de contratos por mucho tiempo y justo a eso me refiero: a) En algunas ocasiones se ha dicho y el propio Equipo y mucha gente hemos dicho por ejemplo el contrato que hay con AQUALIA, enorme, de más duración incluso que acabamos en el 2018 o no sé cuando, los problemas que los vecinos a veces tienen con AQUALIA y por tanto este Ayuntamiento, si el contrato fuera más corto les ataríamos más en corto a la empresa. b) Por ejemplo con los autobuses que hasta el año 2018 que así suena a siglos no se puede hacer nada legalmente, otro “gallo nos cantaría” si ese contrato acabase más pronto no estarían haciendo las subidas que hacen de precios y etc., etc., etc. Por lo tanto hay más argumentos a favor de que el período fuera o hubiese sido más pequeño. 2) Y luego una duda que me gustaría que se me aclarase por la intervención del compañero del Partido Socialista, pues no me queda claro al final qué vamos a votar, porque he vuelto a leer ahora el orden del día y en este punto en el que estamos dice que aquí lo que se va a votar es la: “Adjudicación del contrato”, mientras que el Concejal del PSOE dice que se vota el proceso, que el proceso ha sido bueno y se vota el proceso, o eso he querido entender yo. Me gustaría que quedase muy claro que no se vota el proceso, que estoy seguro que se ha actuado legalmente, faltaría más, no pongo en duda que se actúe contra la Ley, el proceso por tanto puede ser bueno, pero de una cosa con la que uno esté o no esté de acuerdo: No estamos de acuerdo con los quince años, no estamos de acuerdo con que sea a esta empresa, etc., etc., etc., con independencia, que estoy seguro que en el proceso no se ha cometido ni una sola ilegalidad, faltaría más. Me gustaría que se aclarase por parte del Equipo de Gobierno si lo que se vota es la adjudicación del contrato o la rectitud del proceso. Nada más. Gracias. Sr. Alcalde Realmente lo que se vota es lo que se trae como propuesta, lo que ocurre es que coincide con lo que efectivamente ha dicho en este punto el Portavoz del Grupo Socialista, que ahora le daré la palabra y supongo que dirá algo parecido, es eso, es decir, el procedimiento es el que adjudica.
  • 17. Página 17 de 90 Que estén o no estén de acuerdo con las premisas del pliego anterior cuando se aprobó el pliego es distinto a lo que hoy mismo se aprueba. Tiene la palabra el Partido Socialista. Sr. Alonso Vicente Simplemente, yo creo que no me ha entendido el compañero. Lo que yo quería decir es que se votó anteriormente fue el proceso de abrir el expediente y sacar a contratación en el que nosotros votamos en contra y hoy es la aprobación de la adjudicación, lo que pasa es que yo le he dado el nombre de: “Proceso de gestión interna”, es lo que he dicho, porque lo considero que es un tema que ya estaba aprobado, lo aprobó el PP en su momento y lo que se está aprobando hoy es un tema de gestión interna del Ayuntamiento simplemente. Tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde – Presidente somete a votación Plenaria la siguiente propuesta de acuerdo: “PRIMERO.- Declarar válida la licitación y clasificar las proposiciones presentadas por los licitadores, atendiendo la propuesta llevada a cabo por la Mesa de Contratación, de conformidad con el siguiente orden decreciente: 1º.- UTE ACEINSA-INGESAN ; 56,2765 puntos. 2º UTE CLECE-ALTOCU-ELPA ; 53,3865 puntos. SEGUNDO.- Notificar y requerir a la U.T.E. ACEINSA MOVILIDAD S.A.- INGESAN S.A. licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, para que presente, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que reciba el requerimiento, la elevación a público de la constitución de la U.T.E., y el depósito de la garantía definitiva por importe de 24.792,06 euros. TERCERO.- Realizados los trámites anteriores, autorizar a la Alcaldía-Presidencia para resolver al respecto y formalizar el oportuno contrato administrativo”. Esta propuesta es aprobada por mayoría, por catorce votos a favor, dos votos en contra y una abstención. Votan a favor: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano, D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente y Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado.
  • 18. Página 18 de 90 Votan en contra: Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica, D. Jesús Santos Corral. Abstenciones: D. Miguel Ángel Moreno Valle. PUNTO TERCERO: CONTROL POLÍTICO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO: 3.1.- DACIÓN DE CUENTAS CORRESPONDIENTE A LOS DECRETOS DICTADOS POR LA ALCALDÍA – PRESIDENCIA DESDE EL PLENO ANTERIOR. La totalidad de los Decretos firmados por el Sr. Alcalde desde el anterior Pleno Ordinario, han estado a disposición de los Señores Concejales en la Secretaría General del Ayuntamiento. 3.2.- MOCIONES PRESENTADAS POR LOS GRUPOS POLÍTICOS: 3.2.1.- MOCIONES RELATIVAS A LA ELECCIÓN DE ALCALDES Y ALCALDESAS: Sr. Alcalde Como ya quedamos en la Junta de Portavoces, las tres Mociones de los tres Grupos: Izquierda Unida, Grupo Socialista y Grupo Mixto de UPyD, serán defendidas por cada Grupo, y cuando este proceso haya concluido se votarán las tres por separado, es decir, cada una de ellas, al final de las intervenciones. No se da lectura por Secretaría de los acuerdos para su aprobación por el Pleno Municipal, porque cada Grupo se encargará de leer el suyo para su posterior votación por separado. PRIMERA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA EL 25 DE AGOSTO DE 2014 CON Nº DE REGISTRO DE ENTRADA: 2407. SEGUNDA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2014 CON Nº DE REGISTRO DE ENTRADA: 2484.
  • 19. Página 19 de 90 TERCERA: MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL DE UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2014 CON Nº DE REGISTRO DE ENTRADA: 2640. El Sr. Alcalde - Presidente abre un turno de intervenciones donde se producen las siguientes comenzando sus intervenciones por número de orden y fecha en el registro de entrada en este Ayuntamiento. El Sr. Alcalde – Presidente concede la palabra al Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida: Sr. Santos Corral Gracias Sr. Alcalde. Que este es un asunto de gran interés para Santa Marta y todos los Municipios de España, lo demuestra el hecho de que todos los Grupos Municipales de la oposición presentamos nuestras respectivas Mociones contra la reforma electoral del PP. Tal como acordamos en la Junta de Portavoces y lo acaba de recordar el Sr. Alcalde, trataremos globalmente las tres Mociones y las votaremos de manera individualizada. Para Izquierda Unida, el ámbito Local es la primera instancia para la resolución de los problemas de la ciudadanía y para la mejora de las condiciones de vida de la gente, la Administración más cercana a los ciudadanos y ciudadanas. Los Ayuntamientos han sido capaces de afrontar: 1. Los grandes retos y los cambios culturales de finales del siglo XX: Los fenómenos migratorios, los nuevos modelos familiares, la dependencia y el envejecimiento de la población. 2. Y en esta primera década del siglo XXI, son el principal dique de contención contra la crisis, y el principal espacio de resistencia, de dignidad, de defensa de los derechos de la ciudadanía y los principales espacios para generar alternativas sociales y económicas para paliar los efectos de la crisis y los recortes. Desde diferentes posiciones políticas, todos defendemos un modelo de gobiernos locales de proximidad, un modelo que desarrolle la Autonomía Local y las competencias, con recursos suficientes para hacerlas efectivas. La educación, los servicios sociales, las políticas de igualdad, la cultura, la solidaridad y el derecho a la vivienda son las claves de bóveda de la vertebración Municipal y la construcción de ciudadanía. Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, el territorio y el espacio natural como vectores de identidad, y de ciudades y pueblos sostenibles. Que huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una verdadera financiación del mundo local justo y ajustado a sus competencias.
  • 20. Página 20 de 90 Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, del territorio, el espacio natural como vectores de identidad y de ciudades y pueblos sostenibles que huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una verdadera financiación del mundo Local justo y ajustado a sus competencias. En definitiva, un municipalismo que efectivamente pueda desarrollarse y reconocerse en la Carta Europea de Autonomía Local, y que se base en los principios de simplificación, transparencia y modernización de los Entes Locales, el principio de autonomía, subsidiariedad, diferenciación, equilibrio territorial, desarrollo sostenible y suficiencia financiera para atender a las necesidades sociales de sus habitantes. Los Municipios españoles han sido desde 1979 la expresión más evidente de la llegada de la democracia a nuestro país, miles de Concejales y Concejalas, de Alcaldesas y Alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron al gobierno de sus Ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de sus vecinos y vecinas, y también, ante la falta de definición constitucional de las competencias locales, a afrontar aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía. Desde ese principio de Administración más cercana, se configuran los Ayuntamientos como las Entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política. Consideramos imprescindible conservar ese papel, que ha sido razonablemente garantizado durante todo este período por un sistema electoral que, sin ser perfecto, ha permitido que las opciones políticas significativas en las que se organiza la ciudadanía en cada Municipio hayan configurado mayorías de Gobierno Local con un respaldo mayoritario del voto popular a través de un sistema de representación respetando la proporcionalidad contemplada en la Ley. La democracia no es compatible con un Gobierno Municipal que no refleje la mayoría de los votos expresada en las elecciones. Eso significa que una lista Municipal no puede tener la mayoría de gobierno y, consecuentemente, la Alcaldía, si no tiene el respaldo de la mayoría de los votantes, expresada por un sistema de representación política constitucionalmente establecido. Es más, el Art. 140 de la Constitución Española establece que el voto de vecinos y vecinas será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos efectos en la elección de los Concejales y Concejalas, además, los Concejales y Concejalas serán elegidos de forma directa. La democracia quedaría seriamente afectada y los criterios de proximidad y participación vulnerados. La mayoría del vecindario vería a Alcaldes y Alcaldesas lejanos y no queridos. El sistema electoral Municipal, al contrario de lo que sucede en otros niveles, es el que más se aproxima a la equivalencia: “Una persona un voto”, por tanto es el que más se aproxima a la representatividad y proporcionalidad ideal de una democracia. Alterar esta realidad supondría menos democracia y no más regeneración.
  • 21. Página 21 de 90 Si se nos permite usar un símil futbolístico, todo el mundo comprenderá que cambiar las reglas de juego, cuando se está a pocos minutos del un partido, de un partido que con las reglas actuales probablemente las pierda quien promueve esta reforma, para beneficiarse de ello, no es jugar limpio. Lo que no es de recibo es este blindaje que algunos pretenden para perpetuarse en el poder incluso a costa de una merma democrática. Esta reforma no supone regenerar nuestra democracia sino más bien degenerarla, acabar con la pluralidad y enrocarse en el poder Municipal sobre sí mismo, convirtiendo los Ayuntamientos en organismos opacos y poco democráticos. Tras esta decisión se esconde un objetivo oculto: No perder el poder de los Ayuntamientos ahora que los vientos no soplan a su favor; mantener a toda costa y modificando las reglas en el último minuto del partido, del partido de fútbol por el símil, su cuota de poder. Por tanto, y en bien de la democracia en nuestros pueblos, por el bien de nuestras vecinas y vecinos pedimos el voto favorable para nuestra Moción. Así mismo votaremos favorablemente la Moción presentada por el Grupo Socialista y, si el Grupo Mixto UPyD tuviese a bien retirar el punto segundo, no tendríamos el más mínimo problema en votarla también favorablemente. Nada más. Sr. Alcalde Siguiente Grupo. Sr. Rodríguez Ruiz Buenos días y muchas gracias a todas y a todos. Miren ustedes, el Grupo Socialista ha presentado esta Moción sobre la elección de Alcaldes y Alcaldesas porque en estos momentos cuando quedan ocho meses para las próximas Elecciones Municipales, el Gobierno y el Partido Popular que la apoya plantean de una forma oportunista y prepotente la modificación del sistema de elección de Alcaldes y Alcaldesas. La estrategia del Partido Popular consiste en lanzar un globo sonda, decir que están abiertos al diálogo y acusar al resto de las fuerzas políticas de no querer alcanzar acuerdos. Entendemos que la política es diálogo, negociación y acuerdo, pero también y sobre todo es cumplir las reglas de las que nos hemos dotado democráticamente y no modificarlas en base a intereses partidistas. El Gobierno del Partido Popular no puede cambiar las reglas del juego minutos antes de empezar el partido y debe de explicar porqué tiene tanta prisa en modificar la reforma electoral que afecta al régimen Municipal. En el fondo la explicación es muy sencilla, se produjo el día de las Elecciones Europeas, al día siguiente de las Elecciones Europeas el
  • 22. Página 22 de 90 Partido Popular echó cuenta de los resultados que había obtenido y llegaba a la situación, a la real situación de que en las Elecciones de mayo del año que viene iba a perder la inmensa mayor parte de los Ayuntamientos que en estos momentos gobierna. Y les voy a decir fundamentalmente porqué, no solamente porque a muchos ciudadanos no les guste que las mayorías absolutas que ustedes han tenido las hayan ejercido de una manera en la que prácticamente no han permitido que los Grupos de la oposición participasen en la vida Municipal y eso muchos ciudadanos no están de acuerdo con ella. Ustedes echaron cuentas y se vieron que dadas las relaciones que habían tenido en la mayor parte de los Ayuntamientos y puedo poner el ejemplo de Santa Marta con los Grupos Municipales de la oposición, difícilmente después de mayo iban a poder llegar a acuerdos con ellos por la cantidad de temas en los que no se les había tenido en cuenta en estos cuatro años. Cuando ustedes hablan de regeneración democrática, en el fondo ustedes se han equivocado en una letra, lo que ustedes quieren decir es: Degeneración democrática y lo voy a explicar. No solamente estamos hablando de la elección de Alcaldes y Alcaldesas, porque un Alcalde que no tenga la mayoría de los grupos de los Concejales haría prácticamente imposible la gobernanza de ese Ayuntamiento durante los cuatro años, es decir, no solamente están pensando en esa elección directa sino que ese Alcalde de una manera totalmente digital obtenga la mayor parte del número de Concejales y eso realmente es una degeneración democrática en relación con lo que los ciudadanos y ciudadanas hayan expresado libremente con sus votos en esas elecciones. Miren, yo les quiero decir un tema, hace no mucho tiempo el Grupo Socialista y otros Grupos de este Ayuntamiento traíamos aquí el pedir que no se siguiera con la Ley del Aborto, ustedes, los Concejales del Partido Popular votaron en contra, todos votaron en contra a pesar de que algunos particularmente decían que había algunos temas que realmente no les gustaban, pero votaron en contra. Hoy día, antes de ayer todos los españoles nos hemos enterado en que ustedes no siguen ya con la reforma de la Ley del Aborto y de hecho el Ministro de Justicia ha dimitido de su cargo. Hace también muy pocos meses el Grupo Socialista y otros Grupos de la oposición traíamos una Moción en contra de la Ley de Reforma de la Administración Local, que por cierto con la mayor parte de las Leyes aprobadas en las Comunidades Autónomas muchas por el Partido Popular, hacen que hoy día haya mucha gente que no entienda muy bien cuál es el encaje de esa Ley. Ustedes, todos ustedes, los Concejales del Partido Popular en el Ayuntamiento de Santa Marta votaron en contra. Ya el Tribunal Constitucional ha admitido el Recurso que más de tres mil Ayuntamientos presentaron ante el Tribunal y de acuerdo con el escrito de aceptación, pues previsiblemente es un Recurso ante el Tribunal Constitucional es que ustedes, el Grupo Popular lo van a volver a perder. Yo les digo que se lo piensen y que antes de emitir el voto, y que piensen si no es mejor que esta reforma del sistema electoral que ya de entrada la han retirado y han dicho que esperan a una reunión con todos los partidos políticos, a ver qué es lo que se opina. Mire, en definitiva, no se puede plantear cambios sobre la elección de los Alcaldes modificando urgentemente la Ley Orgánica del Régimen Electoral General sin acuerdo
  • 23. Página 23 de 90 y a los pocos meses de las Elecciones Locales. El Gobierno de Rajoy acaba de aprobar una reforma Local que vacía de capacidad política y de competencias a los Ayuntamientos y aleja a los ciudadanos y a los vecinos de las Entidades Locales por el desmantelamiento que se está produciendo de los servicios públicos que los Municipios prestaron. El Partido Popular con esta reforma electoral que plantea no puede pretender hablar de cercanía y democracia porque está actuando de forma unilateral para favorecer únicamente sus intereses electorales. Por todo ello el Partido Socialista plantea una Moción muy corta, muy sencilla que dice:  “Acordamos rechazar que a unos pocos meses de las próximas Elecciones Municipales, se modifique el sistema para la elección de Alcaldes y Alcaldesas, salvo que sea con el acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con representación parlamentaria”. También por ello el Grupo Socialista va a votar a favor de las otras dos Mociones que presentan los compañeros de Izquierda Unida y el compañero de UPyD, porque aunque haya diferencias de matices en las Mociones, nosotros nos queremos quedar con la parte positiva y es que todos estamos en contra de que ahora se modifique la Ley Electoral, que se modifique el sistema de elección de Alcaldes y Alcaldesas de una manera distinta al sistema proporcional que se ha llevado hasta ahora, porque lo vendan ustedes como lo vendan siempre nueve van a ser más que ocho. Y por todo ello vamos a votar evidentemente a favor de nuestra Moción, vamos a votar a favor de las Mociones que presentan Izquierda Unida y UPyD y pedimos que los Concejales del Grupo Popular se unan a esta oposición, a esta Ley que insisto en nada, en nada va a favorecer a los intereses de los vecinos. Nada más y muchas gracias. Sr. Alcalde Muy bien. Siguiente Grupo. Sr. Moreno Valle Bien, como ya se ha explicado, hoy tenemos aquí las tres Mociones que cada uno de los Grupos de la oposición presentan a la ocurrencia esta, tenía apuntado: “Globo sonda”, pero como ya me la han pisado pues pongo ocurrencia porque yo creo que es una ocurrencia modificar el sistema de elección de Alcaldes. Curiosamente el Grupo Popular no presenta ninguna Moción, le repito al Grupo Popular que también pueden presentar Mociones aunque estén en el Equipo de Gobierno, ¿eh?, también pueden presentar Mociones, entonces entendemos que a lo mejor es que están de acuerdo con este asunto, o con esta ocurrencia del Sr. Rajoy, o ya nos lo explicarán cuando intervengan.
  • 24. Página 24 de 90 Vamos a analizar, aunque algunas cosas se repetirán, la ocurrencia del Sr. Rajoy: - A primeros de julio el Sr. Rajoy, una vez digerido el varapalo recibido por el Partido Popular en las pasadas Elecciones Europeas, y a menos de un año de las próximas Elecciones, lanzó la idea de reformar la actual Ley Electoral en lo que concierne al sistema de elección de Alcaldes. - La propuesta del Partido Popular sería, a grandes líneas, y digo a grandes líneas, porque nunca lo hemos escrito esto, son así noticias que vamos teniendo, pildoritas que vamos dando a los medios de comunicación, que se habilitará un mecanismo de elección directa del Alcalde por parte de los ciudadanos que garantice la Alcaldía al candidato que obtenga un porcentaje elevado de los votos, del 40 % y una ventaja clara y apreciable con respecto a la segunda fuerza más votada que en principio hablaban de superior a cinco puntos. - Al partido ganador que cumpliera este requisito y esto ya sí que es de Juzgado de Guardia, se le daría automáticamente la mitad más uno de los Concejales, es decir, la mayoría absoluta, aquí no vamos a tener ya más minorías, impidiéndose de este modo, que hubiera un acuerdo con el resto de los partidos de la oposición, que podría representar el 60 % de los votos de un Municipio, para elegir al Alcalde que consideren más adecuado. Es decir que bajamos la mayoría absoluta de un Municipio del 50 % al 40 %. Como ya se ha hecho el símil del fútbol pues para ser gráficos también con el partido de futbol que lo entendemos todos, es como cuando uno va perdiendo un partido por un gol y aprovechando que tiene la última posesión de la pelota, decidiera, sin contar con el rival, que los goles del último minuto valen doble. Y: ¿A qué es debido este repentino interés del Partido Popular en cambiar el sistema de elección de Alcaldes?. Pues por mucho que nos quieran vender la moto de la regeneración democrática, etc., etc., etc., el cambio es un mero cálculo electoral en base a los resultados de las últimas Elecciones Europeas, en las cuales el Partido Popular se han dado cuenta que si los resultados de las Elecciones Europeas se reproducen en las próximas Municipales, bueno, incluso algún miembro del Partido Popular ya también quiso llevarlo a las Elecciones Autonómica porque también tienen problemas, podrían perder muchos Alcaldes de Ayuntamientos importantes, en algún caso presidentes de Comunidades Autónomas, si determinados Grupos de la oposición se ponen de acuerdo en la elección del Alcalde de acuerdo a la mayoría del Pleno. Por cierto, como ha pasado desde las primeras Elecciones Municipales del año 1978 en muchos Ayuntamientos incluso participando el Partido Popular. Bien parece que a la fecha de celebración de este Pleno, el gobierno del Partido Popular, como en otros casos, como la Ley del Aborto que ya ha mencionado el Portavoz del Grupo Socialista ha reculado para atrás con la propuesta y reconoce la necesidad de establecer un consenso sobre este asunto entre los diferentes Grupos políticos y lo retrasa hasta después de las próximas Municipales. No voy a entrar a valorar ni a comentar, los argumentos y propuestas contenidas en las Mociones que han presentado Partido Socialista e Izquierda Unida:
  • 25. Página 25 de 90 a. Decir que nuestro grupo votará a favor de la Moción del Partido Socialista, ya que únicamente pide: “Que se rechace la modificación del sistema de elección de Alcaldes, antes de las elecciones municipales del 2015, salvo que hubiera un acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con representación parlamentaria”, y por tanto nosotros estamos de acuerdo con esta propuesta. b. Por el contrario nuestro Grupo votará en contra de la Moción de Izquierda Unida pues es una Moción, a nuestro juicio inmovilista en el sentido de que no queremos modificar nada. En el primer párrafo de la Moción que leo textualmente se dice: “El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, manifiesta su oposición a cualquier reforma relativa al método de elección de Concejales y Alcaldes de la Corporaciones Locales”, propuesta con la que evidentemente UPyD no puede estar de acuerdo tal y como se indica en nuestra Moción y que paso a explicar y lo intento brevemente. Como en otros casos Unión Progreso y Democracia tiene su propia propuesta que viene recogida en nuestro programa electoral de la Elecciones del 2011 y que se encuentra descrito en la Moción que hemos presentado: 1. UPyD y quiero manifestar y con orgullo, está de acuerdo con la elección directa de los Alcaldes por parte de los vecinos, pero no con el formato que propone el Partido Popular, sino en una elección a dos vueltas, en el caso de que no se alcance la mayoría absoluta en la primera vuelta, sistema por cierto ampliamente extendido en la mayoría de los países europeos con diferentes variantes. El punto 75 del programa marco de las Elecciones Municipales de UPyD proponía y leo textualmente: “Elección directa del Alcalde para propiciar una mayor participación e implicación de los vecinos en los asuntos públicos mediante su vinculación a la política. La elección directa: a) Reforzará la legitimidad de los Alcaldes respondiendo a la voluntad mayoritaria de los electores. b) Obligará a que los pactos y acuerdos entre partidos para lograr su elección sean explícitos y transparentes. El sistema que mejor garantiza la consecución de estos objetivos es el de elección a doble vuelta: si ningún candidato obtiene mayoría absoluta a la primera, pasan a la segunda vuelta los candidatos que hayan logrado determinado porcentaje de votos” 2. En segundo lugar, abordar en la misma reforma y de forma conjunta otros cambios en la Ley Electoral como que la listas electorales, que las listas electorales sean desbloqueadas con voto preferencial, es decir, que cada ciudadano pueda votar a los candidatos en el orden que quiera, no al que propone el partido político o las agrupaciones electorales, punto 77 del programa electoral de UPyD.
  • 26. Página 26 de 90 La limitación del mandato del Alcalde a un máximo de dos legislaturas completas que es el punto 78 del programa de UPyD, por ejemplo en este Ayuntamiento supondría que el Sr. Javier Cascante, no podría volver a ser Alcalde de este Ayuntamiento, o modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes no puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos, y por ejemplo, le voy a poner ejemplos: - Sr. Alfonso Fernández Mañueco: Alcalde de Salamanca y Procurador en las Cortes de Castilla y León. - Sra. Concepción Miguelez: Alcaldesa de Alba de Tormes y Procuradora en las Cortes de Castilla y León. - Sr. Julián Ramos Manzano: Alcalde de Guijuelo y procurador en las Cortes de Castilla y León. - Sr. Julio Santiago Delgado: Alcalde de Vitigudino y también Procurador en las Cortes de Castilla y León. Cuatro de los siete Procuradores por Salamanca del Partido Popular en las Cortes de Castilla y León, ostentan dos responsabilidades, yo creo que ya tiene narices ésto. 3. En tercer lugar, llevar a cabo una redistribución de las competencias Municipales entre el Alcalde y el Pleno de la Corporación, de modo que la función ejecutiva corresponda al Alcalde y las funciones normativas, presupuestarias y de control, al Pleno Municipal, punto 79 del programa de UPyD, reduciendo de esta forma el margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde como por ejemplo en cuestión de nombramientos. 4. Y por último en base a estas reformas, y como se propone en el punto 76 del programa electoral de UPyD, suprimir la Moción de censura y la cuestión de confianza, ya carentes de sentido en un sistema de elección directa del Alcalde, quedando prevista la remoción del Alcalde por causas graves previamente tasadas, apreciables por el Pleno de la Corporación con mayoría cualificada. En definitiva nuestro Grupo Municipal propone a los Grupos Municipales de este Ayuntamiento, un apoyo a la Moción presentada, no vamos a retirar el punto dos de nuestra Moción señores de Izquierda Unida, el punto dos, por cierto, es el más grande tiene ocho apartados, es que nos quieren quitar todo, en el sentido de rechazar la propuesta del gobierno de modificar el sistema de elección de Alcaldes para las próximas Elecciones Municipales del 2015, y retrasar la modificación de la Ley Electoral, para la elección directa de los Alcaldes y otras reformas necesarias de regeneración democrática, tanto en la elección de los Concejales y Alcaldes como en el funcionamiento de los Ayuntamientos a la próxima legislatura, después de un debate leal con los principales Grupos parlamentarios y con un amplio consenso. Como se indica en la Moción de UPyD, es necesario que con el apoyo del resto de los Grupos Municipales el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes se manifieste y se comprometa con el objetivo que se aborden medidas encaminadas a conseguir una
  • 27. Página 27 de 90 regeneración democrática, para recuperar la confianza de los ciudadanos en sus representantes e instituciones y una de esas medidas pasa por un cambio en la Ley Electoral de acuerdo a las recomendaciones del Consejo de Europa, de la OSCE, el Consejo de Estado y el Tribunal Constitucional. Muchas gracias. Sr. Alcalde Supongo que habrá alguna réplica. Sr. Santos Corral Vamos a ver: 1. Primero decir que como yo suelo estar bien atento a lo que se dice, yo y vamos mi Grupo y somos gente dialogante y democrática, he estado atento a todas las intervenciones y me ha convencido un argumento del Sr. Rodríguez Ruiz en el sentido de que como lo sustantivo coincidimos los tres, es decir, la retirada de una Ley en la que los tres estamos de acuerdo y la calificamos del mismo modo, pues no le pediremos al señor compañero de UPyD que retire nada, que no estamos totalmente de acuerdo, pero como sí estamos de acuerdo en lo fundamental votaremos las tres, incluida la del Partido Popular, la de UPyD, ya que en lo fundamental sí estamos de acuerdo y en otras cosas no. 2. Sólo quiero hacer unas pequeñas matizaciones o aclaraciones, claro a mí cuando se metía una parte en todo esto en el tema de la regeneración, que también tiene su cosa, claro, esto de la regeneración que no sé quien lo quiera encabezar, si el Sr. Jaume Matas, el Sr. Fabra, si el Sr. Bárcenas o el Sr. Urdangarín el cuñado de su Majestad, en fin no sé quién. Pero bien, sea quien sea se habla de consenso, pero sin embargo dentro de eso se metía, aunque ahora no se meta, y lo que pedimos es que se rechace, se pida que esto se retire definitivamente, no de momento, sino definitivamente, es decir, si lo que se pide es un consenso no podemos hacer una Ley tramposa, claramente tramposa en la que como suponemos, supone quien ahora gobierna en la mayoría de los Ayuntamientos y en la Nación y en la mayoría de las Autonomías, que va a perder las Elecciones en vista a los datos de las Elecciones Municipales, perdón, Europeas y desde luego a las encuestas. Pues claro no podemos decir como: La mayoría ya no es el 50, la mayoría es el 60 y el 40 y el 60 es la minoría, claro es que esto no hay quien lo entienda directamente, a no ser como eso, en los ejemplos que poníamos del fútbol, que mis goles valgan el doble que los de los demás, o un 20 % más, o un 10 % más, pues no, los goles valen igual los de unos que los del otro, no, no puede ser así. Entonces, lo que pedimos a todos, incluido a este Ayuntamiento, a todo el Ayuntamiento es que directamente, que se olviden incluso de las críticas que hacemos al Gobierno, obviamente no se lo podemos pedir al partido que los sustenta, pero sí una cosa muy sencilla que estemos de acuerdo, solicitar a retirada definitiva,
  • 28. Página 28 de 90 definitiva de esta propuesta que consideramos de blindaje, un blindaje autoritario, es decir, si no tenemos la mayoría…, cuando tenemos la mayoría gobernamos porque tenemos la mayoría y los demás lo respetamos democráticamente, faltaría más, si somos minoría hacemos el trabajo que nos toca, que es oposición y respetamos que gobiernen las mayorías, pero claro ahora es que como no voy a tener la mayoría me blindo, electoralmente, para tener la mayoría con la minoría. Claro, esto ya parece muy fuerte, ¿no?, muy antidemocrático. Hombre y si me permiten y desde luego, que nadie se ofenda y “mutans mutandis”, este blindaje me recuerda la final del franquismo cuando de aquellas había un grupo de los más ultras del franquismo que les llamábamos: “El Bunquer”, se lo llamaban la propia gente del Régimen: “No aquí hay que resistir por encima de todo”, y otros decían: “No, no, vamos a abrir la puerta antes de que nos la tiren”, por ejemplo el que fue Presidente de su partido mucho tiempo tenía esa frase: “Abrámosle la puerta antes de que nos la tiren”. Hombre, yo les pediría lo mismo, que no hagan trampas, que no se metan en este blindaje, entiéndame trampas políticas he querido decir, no me interpreten de otra forma, que mantengan la democracia en su mayor grado posible y que busquen los consensos que difícilmente se pueden conseguir si imponemos que una minoría, por artilugios de la Ley se convierta en mayoría. Nada más. Sr. Rodríguez Ruiz Gracias. Voy a ser muy breve. Vamos a ver, nosotros, el Grupo Municipal Socialista cuando hemos presentado esta Moción obviamente buscábamos el consenso de todo el mundo, nos hubiera gustado también tener el consenso del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, decir que no hemos tratado de poner en ningún caso ningún tipo de condicionante que pudiera parecer una imposición del Partido Socialista al resto de los Grupos y nos parecía que teníamos que buscar lo que nos unía y no lo que nos separaba, porque evidentemente a la hora de hacer un sistema seguro que cada uno tiene algunas preferencias. Por eso insisto hemos buscado una Moción que sencillamente decimos que esta modificación no nos gusta, pero no nos gusta porque no nos parece ni ético, ni democrático que a ocho meses de las Elecciones se cambien las reglas del juego, con tiempo, después de las próximas Elecciones de mayo de 2015, que todos los partidos políticos se sienten en una mesa y discutan cómo debería de ser el sistema de elección de los Alcaldes y por una mayoría, cuanto más cualificada, será mucho mejor para todo el mundo, será mucho mejor. Ahora no se debe de cambiar. Y voy a terminar utilizando una expresión que dijo el otro día el Sr. Rajoy diciendo que estoy de acuerdo con él: “Prometo que va a ser muy difícil que esto se vuelva a repetir”. El otro día el Sr. Rajoy, ayer, decía como explicación de la Ley del Aborto de que la iban a retirar porque sabían que no contaba con el Visto Bueno de la mayoría social de
  • 29. Página 29 de 90 los españoles y que una Ley sacada así que fuera a ser cambiada las Elecciones anteriores no tenía ningún sentido. Sólo quiero decir una cosa, que lo trasladen a esta, es decir, no se puede sacar una Ley en contra del sentido de la inmensa mayor parte, por no decir de todos los partidos políticos del arco parlamentario y que una Ley que pueda ser cambiada porque las Leyes se cambian donde se aprueban, es decir, en el Parlamento. No tiene ningún sentido, no sigan ustedes con la tramitación de esta Ley porque esto, desde luego no es lo que en estos momentos esperan los españoles, que fundamentalmente es un tema relacionado con la salida de la crisis económica y con la mejora en los puestos de trabajo, no solamente en cuanto a número sino en cuanto a calidad en sus puestos de trabajo y por lo tanto que sean sensatos como acaban de serlo con la Ley del Aborto y que no sigan con la tramitación de una modificación electoral. Nada más y muchas gracias. Tras el turno de intervenciones el Sr. Alcalde – Presidente somete a votación Plenaria, por separado, cada una de tres Mociones presentadas para su aprobación, relativas a la elección de Acaldes y Alcaldesas: Primera: Moción Presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida: “El ámbito local es un espacio complejo y plural, de grandes transformaciones y constantes mutaciones, así como la primera instancia para la resolución de los problemas de la ciudadanía y para la mejora de las condiciones de vida de la gente. 1. Los Ayuntamientos han sido capaces de afrontar los grandes retos y los cambios culturales de finales del Siglo XX: - Los fenómenos migratorios. - Los nuevos modelos familiares. - La dependencia y el envejecimiento de la población. 2. Y en esta primera década del Siglo XXI, son: - El principal dique de contención contra la crisis. - Y el principal espacio de resistencia, de dignidad, de defensa de los derechos de la ciudadanía. - Y los principales espacios para generar alternativas sociales y económicas para paliar los efectos de la crisis y los recortes.
  • 30. Página 30 de 90 Desde diferentes posiciones políticas, todos defendemos un modelo de gobiernos locales de proximidad, un modelo que desarrolle la Autonomía Local y las competencias, con recursos suficientes para hacerlas efectivas. La educación, los servicios sociales, las políticas de igualdad, la cultura, la solidaridad y el derecho a la vivienda, son las claves de bóveda de la vertebración Municipal y la construcción de ciudadanía. Defendemos un municipalismo que integre los valores del paisaje, el territorio y el espacio natural como vectores de identidad, y de ciudades y pueblos sostenibles. Que huya del crecimiento desde una óptica de ingresos y recursos sustitutivos de una verdadera financiación del mundo Local justo y ajustado a sus competencias. En definitiva, un municipalismo que efectivamente pueda desarrollarse y reconocerse en la Carta Europea de Autonomía Local, y que se base en: a. Los principios de simplificación, transparencia y modernización de los Entes Locales. b. El principio de autonomía, subsidiariedad, diferenciación, equilibrio territorial, desarrollo sostenible y suficiencia financiera para atender a las necesidades sociales de sus habitantes. Los Municipios españoles y han sido desde 1979, la expresión más evidente de la llegada de la Democracia a nuestro país: Miles de Concejales y Concejalas, de Alcaldesas y Alcaldes, elegidos por sus vecinos, accedieron al Gobierno de sus Ayuntamientos desde la preocupación por satisfacer las demandas más acuciantes de sus vecinos, y también, ante la falta de definición constitucional de las competencias locales, a afrontar aquellos retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía. Desde ese principio de administración más cercana, se configuraron los Ayuntamientos como las entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que representaron la primera experiencia, hasta ahora irreversible, de descentralización política. Consideramos imprescindible conservar ese papel, que ha sido razonablemente garantizado durante todo este período por un sistema electoral que, sin ser perfecto, ha permitido que las opciones políticas significativas en las que se organiza la ciudadanía en cada Municipio hayan configurado mayorías de Gobierno Local con un respaldo mayoritario del voto popular a través de un sistema de representación respetando la proporcionalidad contemplada en la CE. La Democracia no es compatible con un Gobierno Municipal que no refleje la mayoría de los votos expresada en las Elecciones. Eso significa que una lista Municipal no puede tener la mayoría de gobierno y, consecuentemente, la Alcaldía, si no tiene el respaldo de la mayoría de los votantes, expresada por un sistema de representación política constitucionalmente establecido. Es más, el Art. 140 de la Constitución Española establece que el voto de vecinos y vecinas será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos efectos
  • 31. Página 31 de 90 en la elección de los Concejales y Concejalas. Además, los/as Concejales/as serán elegidos de forma directa. La atribución del Alcalde o Alcaldesa a la lista más votada llevaría a la paradoja de que podrían ser Alcaldes/as, Concejales/as que hubieran obtenido menos del 20 % de los votos y, por tanto, no contarán con el apoyo de más del 80 % de los vecinos y vecinas. El examen de los resultados de las últimas Elecciones Municipales o de las últimas Elecciones Europeas proporciona numerosos ejemplos. En todo caso, con esos supuestos, el número de Ayuntamientos cuyo Alcalde no estaría apoyado por la mayoría de los electores sería muy mayoritario. La Democracia quedaría seriamente afectada y los criterios de proximidad y participación vulnerados. Por lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes adopta los siguientes acuerdos: 1. El Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes manifiesta su oposición a cualquier reforma relativa al método de elección de Concejales/as y Alcaldes/as de las Corporaciones Locales y, muy especialmente a: a. La atribución de cualquier prima de representación por Concejales a la lista o listas más votadas, por vulnerar los principios de proporcionalidad y voto igual establecidos constitucionalmente. b. La atribución de la Alcaldía a la lista más votada, cuando no tenga el respaldo de la mayoría de los Concejales elegidos en voto igual mediante un sistema proporcional y constituido en el Pleno del Ayuntamiento. c. La constitución del Pleno Municipal por Concejales/as que no hayan sido elegidos/as en el mismo acto electoral mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, tal como establece el Art. 140 de la Constitución Española. 2. A esta Moción se le dará la publicidad necesaria para que sea conocida por la ciudadanía del Municipio. 3. Dar traslado de los acuerdos al Gobierno de la Nación y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de Diputados”. Esta Moción es desestimada por mayoría por once votos en contra, seis votos a favor, y ninguna abstención. Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral y Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica. Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª
  • 32. Página 32 de 90 María José García Fraile, D. Francisco Redondo Soriano y D. Miguel Ángel Moreno Valle. Segunda: Moción Presentada por el Grupo Municipal Socialista: “Los medios de comunicación han avanzado estos días la intención del Gobierno del Partido Popular de seguir adelante con la Reforma de la Ley Electoral para la elección directa de Alcaldes. En estos momentos, cuando quedan nueve meses para las próximas elecciones municipales esta reforma electoral se plantea por parte del Gobierno de forma oportunista y prepotente. La estrategia del PP consiste en lanzar un globo sonda, decir que están abiertos al diálogo y acusar al resto de fuerzas políticas de no querer alcanzar acuerdos. Entendemos que la política es diálogo, negociación y acuerdo, pero también es cumplir las reglas de las que nos hemos dotado democráticamente y no modificarlas en base a intereses partidistas. El gobierno del PP no puede cambiar las reglas de juego minutos antes de empezar el partido y debe de explicar por qué tiene tanta prisa en modificar la Reforma Electoral que afecta al régimen municipal. Todo parece indicar que el miedo a perder alcaldías es el motivo que impulsa la reforma que propone el Gobierno de Rajoy. Esta propuesta no es una demanda social, ni política, únicamente responde a la petición de los Alcaldes del Partido Popular que quieren perpetuarse en el poder a base de burlar las mayorías democráticas. Las mayorías en democracia, se construyen negociando, cediendo y compartiendo. En España nos hemos dotado de un sistema electoral proporcional para dar voz a las minorías y para que estas agrupadas y desde el acuerdo político pueden convertirse también en mayoría. El PP habla mucho de regeneración democrática, pero ni la conoce, ni la práctica. El señor Rajoy debería saber que en democracia, el partido mayoritario no puede imponerse a la mayoría formada por otras fuerzas políticas, que un 40% no es mayoría absoluta, y que 5+2+2 son más que ocho. Mientras el PP no tenga claro ese principio democrático, no hay negociación posible. En definitiva, no se pueden plantear cambios sobre la elección de los Alcaldes modificando urgentemente la LOREG, sin acuerdo y a pocos meses de las elecciones locales. El Gobierno de Rajoy acaba de aprobar una reforma local que vacía de capacidad política y de competencias a los Ayuntamientos, y aleja a los ciudadanos y vecinos de las entidades locales por el desmantelamiento que se está produciendo de los servicios públicos que los municipios prestaban. El PP con esta reforma electoral que plantea no puede pretender hablar de cercanía y democracia porque está actuando de forma unilateral para favorecer únicamente sus intereses electorales. A la vista de todo ello, se propone al Ayuntamiento que adopte el siguiente
  • 33. Página 33 de 90 ACUERDO 1º.- Rechazar que a unos pocos meses de las próximas elecciones municipales, se modifique el sistema para la elección de Alcaldes y Alcaldesas, salvo que sea con el acuerdo de la mayor parte de los partidos políticos con representación parlamentaria. 2º.- Remitir este acuerdo al Gobierno de la Nación y a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados”. Esta Moción es desestimada por mayoría por diez votos en contra, siete votos a favor, y ninguna abstención. Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral, Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Miguel Ángel Moreno Valle. Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano. Primera: Moción Presentada por el Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia: “Las medidas de regeneración democrática son una necesidad imperativa no sólo para recuperar la confianza de los ciudadanos en sus representantes y sus instituciones sino también para mejorar el funcionamiento de éstas. A menos de un año de las Elecciones Municipales, el partido en el gobierno central pretende abanderar la regeneración democrática cambiando las reglas del juego a través de la imposición de la elección del Alcalde a la lista más votada y utilizando su mayoría absoluta parlamentaria para evitar consensuar esta medida. No explica lo que se pretende paliar con esta iniciativa, sólo se incide en que deberá ser una realidad, para que las nuevas reglas del juego se apliquen en la próxima cita electoral. Las Leyes electorales afectan, entre otras cosas, a la competición electoral o el número de partidos con representación, pero no solucionan por sí solas la mala gestión de los políticos tras ser elegidos. Esto supone que cambiar la Ley Electoral no es el medio adecuado para combatir dicha mala gestión de un determinado Alcalde o Equipo de Gobierno. Por otro lado, el caso español se diferencia de su entorno mediterráneo en la enorme discrecionalidad de la que gozan los Alcaldes a la hora de tomar decisiones y esto incide directamente en la politización del sistema. Si queremos que los Ayuntamientos estén mejor gobernados, es más acuciante profesionalizar la gestión Municipal eliminando la posibilidad de que un político tome
  • 34. Página 34 de 90 decisiones técnicas, antes que cambiar la forma de elegirlo. ¿Qué significa esto? Que no puede ser que el gobierno Local tenga la facultad de nombrar a multitud de cargos y asesores y a la vez poder crear sociedades, agencias y fundaciones pudiendo, de nuevo, nombrar a más cargos y asesores. Quien sabe que su puesto de trabajo depende de la opinión de una persona y de un plazo de tiempo limitado es más proclive a aceptar/solicitar prebendas, aplicar tratos de favor o en definitiva, tener un comportamiento alejado de las expectativas de los ciudadanos. Esto se agrava si, como en nuestro caso, toda la cadena de decisión local está en manos de personas que comparten un objetivo común: ganar las elecciones. La regeneración democrática en el ámbito Local es clave para avanzar en la mejora de la calidad democrática en nuestro país. Por eso resulta acuciante la búsqueda de consenso entre todos los partidos políticos. La improvisación imperante y el interés partidista distan de ser buenas compañías en una iniciativa tan relevante para el conjunto de los ciudadanos. Una vez abierto el presente debate, la propuesta de UPyD pasa por la elección directa de Alcalde por los ciudadanos en dos vueltas en caso de que ninguno haya obtenido más del 50 % de los votos en la primera votación. En la segunda vuelta se elegiría entre los dos candidatos más votados. Por un lado, la elección directa del Alcalde reforzaría su legitimidad respondiendo a la voluntad mayoritaria de los electores y obligaría a que los pactos y acuerdos entre partidos para lograr su elección fueran explícitos y transparentes. Por otro lado, la elección a doble vuelta implica que si ningún candidato obtiene mayoría absoluta a la primera, pasan a la segunda vuelta los dos candidatos más votados. En definitiva, este sistema propiciaría una mayor transparencia de los pactos de gobierno y fomentaría la participación e implicación de los vecinos en los asuntos públicos. Para UPyD, habría que aprovechar la ocasión para reformar la Ley 7/1984, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) y la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG) y así poner en marcha, entre otras cosas: a) Las listas electorales desbloqueadas con voto preferencial, de modo que el votante pueda alterar en su papeleta el orden de los candidatos propuestos por los partidos políticos o las agrupaciones electorales. b) Que se limite el mandato de los Alcaldes a dos legislaturas. c) Modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes no puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos. d) Redistribuir las competencias municipales entre el Alcalde y el Pleno de la Corporación, de modo que la función ejecutiva corresponda al Alcalde y las funciones normativas, presupuestarias y de control, al Pleno municipal.
  • 35. Página 35 de 90 e) Reducir el margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde por ejemplo en cuestiones de nombramientos. f) Suprimir la moción de censura y la cuestión de confianza, carentes de sentido en un sistema de elección directa del Alcalde. Quedaría prevista la remoción del Alcalde por causas graves previamente tasadas, apreciables por el Pleno de la Corporación con una mayoría cualificada. En base a lo anteriormente expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, ACUERDA 1- Manifestar el rechazo a cualquier modificación del artículo 196 de la LOREG un año de las elecciones municipales sin contar con el apoyo de los demás grupos políticos y contraviniendo las recomendaciones del Consejo de Europa sobre buenas prácticas electorales. 2- Manifestar que la modificación necesaria es la de la elección directa de Alcalde a doble vuelta y que ésta debe ir acompañada de otras reformas tales como: 2.1. Que las listas electorales estén desbloqueadas y cuenten con voto preferencial, de modo que el votante pueda alterar en su papeleta el orden de los candidatos propuestos por los partidos políticos o las agrupaciones electorales. 2.2. Profesionalizar la administración local. 2.3. Que se limite el mandato de los Alcaldes a dos legislaturas. 2.4. Modificar el régimen de incompatibilidades para que los Alcaldes no puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos, así como reforzar la penalización de su incumplimiento por parte de todo el personal dependiente de las entidades locales. 2.5. Redistribuir las competencias municipales entre el Alcalde y el Pleno de la Corporación, de modo la función ejecutiva corresponda al Alcalde y las funciones normativas, presupuestarias y de control, al Pleno municipal. 2.6. Reducir el margen de discrecionalidad en las funciones del Alcalde por ejemplo en nombramientos. 2.7. Suprimir la moción de censura y la cuestión de confianza, carentes de sentido en un sistema de elección directa de Alcalde. Quedaría prevista la remoción del Alcalde por causas graves previamente tasadas, apreciables por el Pleno de la Corporación con una mayoría cualificada. 3- Manifestar el compromiso del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes con la regeneración democrática como objetivo, considerando que es el único camino para recuperar la confianza ciudadana en sus representantes e instituciones”.
  • 36. Página 36 de 90 Esta Moción es desestimada por mayoría por diez votos en contra, siete votos a favor, y ninguna abstención. Votan a favor: D. Francisco Javier Rodríguez Ruiz, Dª Mª del Carmen Cabrera Benito, D. Florián Alonso Vicente, Dª Mª Teresa Prieto Cuadrado, D. Jesús Santos Corral, Dª Mª Asunción Barandiarán Múgica y D. Miguel Ángel Moreno Valle. Votan en contra: D. Javier Cascante Roy, Dª Marta Labrador Gutiérrez, D. David Mingo Pérez, D. Ignacio Galán Gallego, Dª Isabel María de la Torre Olvera, D. Manuel Tomás Conde Santiago, Dª María Cruz Gacho Conde, Dª Blanca Francisco Valiente, Dª María José García Fraile y D. Francisco Redondo Soriano. 3.2.2.- MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2014 CON Nª DE REGISTRO DE ENTRADA 2483 RELATIVA AL SUBSIDIO DE DESEMPLEO DE LARGA DURACIÓN. Por Secretaría se da lectura a la parte dispositiva de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista relativa al subsidio de desempleo de larga duración. El Sr. Alcalde – Presidente abre un turno de intervenciones, concediéndole la palabra al Portavoz del Grupo Socialista para defenderla, y en el que se producen las siguientes: Sr. Rodríguez Ruiz Gracias. Esta Moción la va a defender Dª Mª Teresa Prieto. Sra. Prieto Cuadrado Buenos días. La protección por desempleo cada día se va agotando en más unidades familiares debido a la duración de la crisis: - Según los datos de la encuesta de población activa más de setecientas cuarenta mil familias tienen a todos sus miembros en paro y carecen de todo tipo de ingresos. - Además la pobreza tan severa y sobrevenida la están padeciendo de forma muy directa los niños y niñas con sus progenitores en paro. Los organismos internacionales como UNICEF estima en más de dos millones el número de niños y niñas españoles en situación de pobreza. La situación de necesidad de todas estas familias está causada principalmente por la situación de desempleo de ahí que los poderes públicos de acuerdo con el Art. 41 de la
  • 37. Página 37 de 90 Constitución deban garantizar la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante esta situación. Actualmente la cobertura por desempleo apenas alcanza el 58 % de las personas desempleadas inscritas en las Oficinas de Empleo y si se continúa con esta misma dinámica, al final del año, la protección por desempleo será de seis mil millones menos que en 2013, todo ello a pesar de que la cifra de personas en desempleo de larga duración y de familias con todos sus miembros en paro continúa en niveles intolerables. Además el gasto medio de prestaciones por desempleo ha disminuido también. El Grupo Socialista solicitó por medio de una Proposición no de Ley la extensión de la prestación por desempleo en su nivel asistencial ante las nuevas situaciones de necesidad que ha creado esta profunda y prolongada crisis, se exigía que se garantizase el derecho constitucional a una protección por desempleo mediante el acceso al subsidio a todas las personas que lleven más de un año inscritas como paradas siempre que tengan responsabilidades familiares y carezcan de ingresos, además se extendería: - A las víctimas de violencia de género. - A las personas con discapacidad. - A las personas mayores de 45 años que hubiesen agotado la Renta Garantizada de Inserción dada la especial vulnerabilidad y dificultades de inserción. La propuesta era clara: a) El subsidio se concedería por un período de seis meses prorrogables de forma sucesiva mientras la personada desempleada continuase en situación legal de desempleo y este mecanismo de protección se mantendría hasta que la tasa de desempleo estuviese por debajo del 15 %. b) También instamos al Gobierno a que financiase la contratación de personal técnico de empleo porque los Servicios Públicos de Empleo con el fin de reforzar la atención individualizada y así facilitar la incorporación al empleo de las personas en esta situación. c) La inacción del PP en materia de estas políticas activas de empleo está contrapuesto a nuestro modelo que se basa: - En la orientación del desempleado. - La acreditación de competencias. - La formación continuada del mismo. - Y el fomento de su contratación para lo que es necesario que se contrate personal.
  • 38. Página 38 de 90 Ahora que el Gobierno anuncia el cambio de coyuntura económica, no es posible dejar a las principales víctimas de la crisis en desamparo como si se tratara de una generación olvidada. d) Las medidas que proponemos podrían alcanzar a más de un millón de personas paradas en su mayoría con responsabilidades familiares que en estos momentos no tienen ningún tipo de ingresos. Estas medidas, lógicamente, llegarían también a alguno de los 1.631 parados de Sana Marta y este Ayuntamiento ha de velar porque ello sea así. El motivo de nuestra Moción era la ampliación de la protección, es la ampliación de la protección por desempleo a las personas en desempleo de larga duración y en paralelo el aumento de dotación de los Servicios Públicos de Empleo para atender de forma especializada a estas personas. Sr. Alcalde Intervenciones Sr. Moreno Valle Con respecto a la Moción que trae hoy el Grupo Socialista del Ayuntamiento, decir que dicha Moción es prácticamente una copia de la Proposición No de Ley presentada por el Grupo Socialista del Congreso de los Diputados y por tanto justificaremos nuestro voto en base a lo mismo que le ha ocurrido en el Congreso de los Diputados, ¿vale?, sí que es cierto que en la Moción, tal y como está escrita, será por un ahorro de tinta y de papel, se ha recortado parte de lo que era la Proposición No de Ley, algo ya se ha comentado en la intervención de la Sra. Concejala diciendo que en la PNL original y leo textualmente se decía que: a) “Este subsidio se concederá por un periodo de seis meses, prorrogables de forma sucesiva mientras la persona desempleada continúe en situación legal de desempleo y que este mecanismo de protección se mantendrá hasta que la tasa de desempleo esté por debajo del 15 %”, pero además había más. b) “La cuantía de este subsidio será igual al 80 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples mensuales vigente en cada momento. c) Esta cuantía se percibirá en su totalidad por la persona desempleada aunque en su origen se tratara de un desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial. d) A su vez, la cuantía del subsidio se incrementará en función de las responsabilidades familiares de la persona beneficiaria siguiendo los criterios establecidos en el Art. 217.2 LGSS (que lo siento pero no sé cuál que es), con independencia de su edad. Cuando las responsabilidades familiares alcanzaran a menores de edad, esta cuantía se incrementará en 100 € por menor.
  • 39. Página 39 de 90 e) La incorporación a este subsidio no estará condicionada a haber agotado anteriormente alguna prestación contributiva o asistencial, sino exclusivamente a los requisitos exigidos en la propia definición de cada colectivo.” Es decir, esto es lo que decía la Proposición No de Ley que no figura en la Moción, pero que bueno, que está bien porque yo creo que el espíritu es todo, pero también decir que la PNL esto no era el subsidio general, esto tenía sus restricciones en cuanto a la ampliación del subsidio de desempleo y no era una cosa universal, ni en cuanto a su prestación, ni en cuanto a su cantidad. Por otro lado informar a este Pleno y a los vecinos de Santa Marta que están hoy aquí presentes y a los que lean el acta cuando la publiquemos, que UPyD cuando se presentó en el Congreso, presentó una enmienda de modificación a dicha PNL, PNL es Proposición No de Ley que también les voy a leer, y que sustituía todo el texto de la Moción del Partido Socialista y decía: “El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que: a. Inicie urgentemente los trámites de modificación de la Renta Activa de Inserción. La reforma eliminará el requisito de superar los 45 años de edad para aquellos trabajadores que hayan agotado la prestación y el subsidio”, es decir, que no había que tener más de 45 años para tener esta prestación. b. “Y que el Gobierno lidere la homogeneización de los hoy muy dispares programas de rentas mínimas de inserción autonómicas, para así sumar esfuerzos entre la Administración Central y las autonómicas. Las rentas de inserción tendrían así dos fases: - Una primera activa: Nacional. - Y una segunda mínima: Regional. En esta segunda fase, el gobierno central coordinará a las Comunidades, de forma que los requisitos de admisión a la percepción de la ayuda, la duración y la cuantía sean similares, igualándose al alza en toda España”, y es que hay que entender que esto depende de donde vivas y no digo donde vivas en España, o en Bélgica, o en Alemania, depende donde vivas en Asturias, en Murcia, en Barcelona, o en Madrid La enmienda que presentó UPyD no fue aceptada por el Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados, decir. Y ahora voy a hacer un breve resumen si me permiten de la posición de UPyD que fue defendida por diputado Álvaro Anchuelo y si hace falta una segunda intervención pues le leo, se la leo toda, pero bueno vamos a hacer solamente una y voy a coger párrafos y dice: ¿”Qué nos propone el Partido Socialista?: Básicamente ampliar el subsidio asistencial, ampliar su duración en seis meses prorrogables y ampliar los colectivos que puede cubrir. Sinceramente, esto nos plantea (esto decía el Diputado de UPyD), dos tipos de objeciones:
  • 40. Página 40 de 90 1. En primer lugar, objeciones de tipo político, objeciones de falta de credibilidad porque cuando el Partido Socialista gobernó en España hubo una enorme destrucción de empleo, hubo un fuerte aumento del paro, y al principio la cobertura fue alta porque estábamos en los inicios de la crisis, pero en su último año de mandato, de 2010 a 2011, la tasa de cobertura cayó ocho puntos, del 78 al 70 %. ¡Qué pena que no se les ocurriesen estas medidas entonces! 2. El segundo motivo de desconfianza, de falta de credibilidad es que el Partido Socialista gobierna una importante Comunidad Autónoma española y allí la gestión de los asuntos relacionados con los parados deja mucho que desear y tenemos los casos de los ERES y de los cursos de formación”. Hay una intervención, la publicaremos en nuestra página Web, ustedes pueden leerla, pueden leerla en la página del Congreso de los Diputados, pero creo que no estamos aquí para aburrirles. En consecuencia votaremos esta Moción de igual forma que UPyD votó en el Congreso de los Diputados el pasado 9 de septiembre, porque UPyD como dice uno de los principios que tenemos, sólo tenemos un discurso, que es el mismo en Santa Marta, en el Ayuntamiento de Salamanca cuando estemos, en las Cortes de Castilla y León cuando estemos, que estaremos y en el Congreso de los Diputados. Muchas gracias. Sr. Alcalde Muy bien. ¿Más intervenciones? Sr. Santos Corral Sí, gracias de nuevo. Izquierda Unida va a votar evidentemente a favor, y además promete que no traerán extractos, ni completos de la intervención de Alberto Garzón en el Parlamento, ni de José Luis Centella, se los ahorro y decimos que votamos a favor y que casi no hace falta que un Grupo como el nuestro explique los motivos por los que está totalmente de acuerdo con esta propuesta y con todas las que supongan ayuda a los trabajadores y trabajadoras, pues tal condición no se extingue cuando las circunstancias ajenas a ellos mismos les empujan al doloroso drama del paro. La lucha por unas condiciones de vida de la clase trabajadora es nuestra principal seña de identidad. Pero no es esta, no es este enunciado teórico, la única razón que nos lleva a votar esta Moción, sino que el conocimiento de las enormes dificultades que en estos momentos se le plantean a las familias trabajadoras, que hace tiempo han perdido sus trabajos y que incluso están perdiendo paulatinamente las esperanzas de mejorar su penosa situación,