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Discurso sobre DNU
Período 128º -Reunión 5º - Sesión Ordinaria (Especial)
21 de Abril de 2010
Extraído de la versión taquigráfica disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/sesionesxml/reunion.asp?p=128&r=5
SRA. ALONSO, LAURA.- Señor presidente: hoy, venimos a reformar una norma que no es una
cómoda norma, como se ha dicho en este recinto. Es una norma esencial para la democracia y la
República.
Me voy a remitir a lo que se nos dijo cuando se reformó la Constitución Nacional en 1994. En la
ley de reforma se nos indicó que esta nueva Constitución venía a atenuar el presidencialismo en
la Argentina.
Como no soy abogada, no voy a hacer un análisis desde el derecho sino que lo haré desde la
ciencia política, para argumentar por qué esta reforma constitucional, lamentablemente, no ha
atenuado el presidencialismo en la Argentina; lo ha acentuado.
Otro punto que quiero destacar es que la reforma a la ley 26.122, que hoy estamos tratando, no
va en contra de ningún gobierno sino que está a favor de la democracia y de la República; busca
recuperar las potestades y facultades que este Congreso ha perdido a lo largo de los últimos
años. Las ha ido perdiendo por dos razones: en primer lugar, porque el Congreso ha sido
desplazado por el Poder Ejecutivo en estos años. No me refiero sólo a los últimos, sino que diría
durante la última década y media.
Este Congreso ha sido despreciado, y la foto máxima del desprecio fue la que se produjo aquí el
pasado 1° de marzo. Pero también es cierto que este Congreso abdicó de sus potestades, entregó
facultades al Poder Ejecutivo y hoy nos disponemos a iniciar un camino diferente, un camino de
recuperación institucional de la capacidad del Congreso de participar en los procesos de
formulación de políticas públicas y también de control.
El politólogo argentino quizás más reconocido en el mundo, que es Guillermo O´Donnell, ha
caracterizado a muchas de las nuevas democracias del mundo –no sólo las de esta región o la
argentina- como democracias delegativas.
Señor presidente: creo que con esta reforma empezamos a desandar el camino de la delegación
para empezar a transitar el de la efectiva representación.
¿Cuál es la característica de la democracia delegativa? Son democracias en las que los
presidentes se sienten todopoderosos, omnipotentes, desprecian, desplazan e intentan someter a
los controles institucionales horizontales. Esos presidentes, como fue muy bien mencionado en
la cita de Leandro Alem, se vuelven débiles, creen que son poderosos pero no lo son. Tengan en
cuenta que esa cita de Alem es del siglo XIX y Guillermo O´Donnell escribe su primer artículo
sobre democracias delegativas recién en 1992.
Esas democracias delegativas tienen un peligro que es que no sólo cuando esos gobiernos entran
en crisis pueden generar gran inestabilidad en el régimen democrático, sino que tienen la
tendencia a deslizarse hacia el autoritarismo.
Cuando en la democracia no hay control y éste no es ejercido por el Congreso, la Justicia, los
órganos de control y por los ciudadanos cuando votamos cada dos años, ella se vuelve una
parodia. La democracia sin control es parodia, no es democracia.
-- Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Honorable Cámara, doctor Eduardo Alfredo Fellner.
SRA. ALONSO, LAURA.- Por eso, hoy venimos no sólo a fortalecer al Congreso de la Nación.
Venimos a fortalecer al Ejecutivo, ya que le venimos a dar la posibilidad de que haya mayor
deliberación en el proceso de formación de las leyes, aquella deliberación que exige una
democracia de calidad, una democracia puramente representativa y no delegativa. Y también
venimos a dar mayor control al Congreso sobre el Poder Ejecutivo. En definitiva, esta no es una
reforma que sólo fortalece al Congreso sino también a los presidentes.
Aquí se ha hablado de decisionismo. Me permito hacer una pequeña corrección a un diputado
preopinante. El decisionismo no es un invento de este gobierno. El hiperpresidencialismo en la
Argentina tampoco es un invento de los últimos veintisiete años, y si leemos el libro de Carlos
Santiago Nino titulado Un país al margen de la ley, que pienso que muchos de ustedes habrán
leído, observarán que varios de sus capítulos están referidos a la raíz autoritaria que está
profundamente enraizada en nuestra cultura política. Ese es el autoritarismo que tenemos que
combatir y que a todos nos cuesta hacerlo: al gobierno, a la oposición, a los partidos políticos
mayoritarios, a las minorías, a los sectores empresariales y a los sindicales. Tenemos que
combatir la cultura autoritaria que está inserta en nuestras prácticas desde hace muchísimas
décadas.
Me parece que hoy avanzamos en la recuperación del rol del Congreso en ese sentido.
Como aquí se ha dicho, sobre todo en los últimos años, y diría que previamente a la reforma de
la Constitución, comienza el récord en el uso de los decretos de necesidad y urgencia. La verdad
es que parecía –por lo menos hasta la presidencia de la actual presidenta de la Nación que los
presidentes buscaban superar sus récords. Se llegó a firmar un decreto de necesidad y urgencia
cada seis días.
Muchas veces se ha esgrimido que el Congreso era lento para dar tratamiento a estas potenciales
propuestas legislativas del Ejecutivo al Poder Legislativo. Sin embargo, me permito recordar
que este Congreso ha aprobado, por ejemplo, la intervención de la provincia de Santiago del
Estero o al PAMI en tan solo cuarenta y ocho horas, con lo cual achacarle lentitud al Congreso
es verdaderamente un argumento falso y de toda falsedad.
La Corte –se ha mencionado aquí ya ha hablado bastante, y creo que va a seguir haciéndolo,
respecto de las circunstancias excepcionales que deben existir, según lo establece la
Constitución, a la hora de que un presidente firme un decreto de necesidad y urgencia. Si
estudiamos y repasamos –como lo han hecho muchos colegas de la ciencia política y
especialistas en el funcionamiento institucional los contenidos de los decretos de necesidad y
urgencia nos daremos cuenta de que en su gran mayoría no han existido las circunstancias
excepcionales que establece la Constitución Nacional.
La Corte ha dicho que en todo caso un presidente puede firmar un decreto de necesidad y
urgencia cuando el Congreso no se pueda reunir por dos razones: una acción bélica o un
desastre natural. Yo no creo que en los últimos veintisiete años hayamos entrado en guerra o
haya habido un desastre natural que impidiera al Congreso reunirse.
Cuando un presidente firma un decreto de necesidad y urgencia –es importante decirlo no sólo
está perdiendo poder, a pesar de que cree que lo tiene: está siendo más autoritario. Cuando se
firma un DNU hay menos democracia, menos deliberación en esta casa, en este ámbito. Cuando
se firma un DNU se sustrae la voz del pueblo representado en esta Cámara y la voz de las
provincias y de la Ciudad de Buenos Aires representadas en el Senado.
Por eso digo que es importante la reforma que hoy nos disponemos a aprobar. Es más, se trata
de una reforma fundamental y esencial. No es una reforma cómoda ni de coyuntura. Para mí y
para nuestro bloque es una reforma de fondo, una reforma que va a afectar a este y a los
próximos gobiernos y que hará de este sistema un sistema mejor.
Solamente quiero destacar un punto del dictamen, que es el referido a dar finalmente
cumplimiento al artículo 82 de la Constitución Nacional, que prohíbe el silencio o la sanción
ficta. Me parece que este es un punto importante que debemos destacar.
Aquí se han mencionado otros casos recuerdo que en las discusiones hemos hablado del caso de
Italia y España, pero yo quiero llamar la atención, positivamente, respecto del caso de la Ciudad
de Buenos Aires.
En la Ciudad de Buenos Aires, cuando el jefe de Gobierno firma un decreto de necesidad y
urgencia, si éste no es tratado por la Legislatura porteña dentro de los treinta días, se cae. No
hay ninguna discusión. El silencio implica rechazo; implica caída del decreto de necesidad y
urgencia. Este es un punto importante porque genera un incentivo muy fuerte para que los jefes
de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no abusen de los decretos de necesidad y urgencia.
El actual jefe de Gobierno, Mauricio Macri, ha firmado apenas tres decretos de necesidad y
urgencia en casi tres años de gestión, y dos de esos decretos han sido firmados con motivo de
dos inundaciones -la que se produjo en 2008 y la que ocurrió recientemente en la Ciudad de
Buenos Aires- para habilitar con rapidez el pago de los subsidios.
Quiere decir que cuando las instituciones se diseñan correctamente, se generan los incentivos
que estamos buscando.
SR. PRESIDENTE FELLNER.- Señora diputada: la señora diputada Gil Lozano le solicita una
interrupción. ¿Se la concede?
SRA. ALONSO, LAURA.- No, señor presidente.
Entonces, cuando diseñamos una institución es importante saber que estamos generando
incentivos. Fíjese usted, señor presidente, que el constituyente de la Ciudad de Buenos Aires ha
tenido la inteligencia de establecer en la propia Constitución de la Ciudad un plazo de treinta
días como límite máximo para el tratamiento de los decretos de necesidad y urgencia en la
Legislatura y dotar de validez o no a un DNU firmado por un jefe de Gobierno.
Para ir redondeando y dejar en el uso de la palabra a la señora diputada Bertol, con quien
comparto mi tiempo, quiero decir que ésta no sólo es mi primera intervención en esta Cámara
sino mi primera intervención en un debate y en la elaboración de un dictamen tan importante.
Quiero destacar varias cosas. En primer lugar, la excelente coordinación que ha llevado adelante
la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que era la comisión cabecera en el
tratamiento de la reforma de esta ley. En segundo término, quiero destacar el esfuerzo que han
hecho todos los compañeros de los bloques de la oposición, sabiendo que para obtener un
resultado era necesario, en muchos casos, deponer creencias o convicciones particulares para
ganar en resultados colectivos.
Hemos hecho una negociación de la que creo que todos salimos contentos porque vemos un
producto final. Es importante destacar que se puede negociar y arribar a consensos, y lo estamos
haciendo con esta norma.
Por último, quiero recordar una cita de Guillermo Molinelli, que es uno de los que más ha
trabajado el vínculo entre el Ejecutivo y el Congreso en la Argentina. El 29 de julio de 1999,
Guillermo Molinelli escribía en el diario La Nación: “Naturalmente, la actual oposición puede
quejarse de que frente a la posibilidad de obtener la Presidencia es injusto que el próximo
presidente se vea algo más restringido que el actual. Y si ganan, tendrán razón.” Quiero decirle
a Molinelli que, si bien esperó casi once años, hoy tiene su respuesta. Hoy, estamos
anteponiendo el bienestar y el interés general por encima de los intereses particulares de muchos
de los que están en esta Cámara y que van a competir en las elecciones presidenciales de 2011.
Por lo que he expuesto y por lo que expresará luego la señora diputada Bertol, anticipo nuestro
apoyo y nuestro voto afirmativo a esta norma. (Aplausos.)

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Discurso sobre DNU

  • 1. Discurso sobre DNU Período 128º -Reunión 5º - Sesión Ordinaria (Especial) 21 de Abril de 2010 Extraído de la versión taquigráfica disponible en: http://www1.hcdn.gov.ar/sesionesxml/reunion.asp?p=128&r=5 SRA. ALONSO, LAURA.- Señor presidente: hoy, venimos a reformar una norma que no es una cómoda norma, como se ha dicho en este recinto. Es una norma esencial para la democracia y la República. Me voy a remitir a lo que se nos dijo cuando se reformó la Constitución Nacional en 1994. En la ley de reforma se nos indicó que esta nueva Constitución venía a atenuar el presidencialismo en la Argentina. Como no soy abogada, no voy a hacer un análisis desde el derecho sino que lo haré desde la ciencia política, para argumentar por qué esta reforma constitucional, lamentablemente, no ha atenuado el presidencialismo en la Argentina; lo ha acentuado. Otro punto que quiero destacar es que la reforma a la ley 26.122, que hoy estamos tratando, no va en contra de ningún gobierno sino que está a favor de la democracia y de la República; busca recuperar las potestades y facultades que este Congreso ha perdido a lo largo de los últimos años. Las ha ido perdiendo por dos razones: en primer lugar, porque el Congreso ha sido desplazado por el Poder Ejecutivo en estos años. No me refiero sólo a los últimos, sino que diría durante la última década y media. Este Congreso ha sido despreciado, y la foto máxima del desprecio fue la que se produjo aquí el pasado 1° de marzo. Pero también es cierto que este Congreso abdicó de sus potestades, entregó facultades al Poder Ejecutivo y hoy nos disponemos a iniciar un camino diferente, un camino de recuperación institucional de la capacidad del Congreso de participar en los procesos de formulación de políticas públicas y también de control. El politólogo argentino quizás más reconocido en el mundo, que es Guillermo O´Donnell, ha caracterizado a muchas de las nuevas democracias del mundo –no sólo las de esta región o la argentina- como democracias delegativas. Señor presidente: creo que con esta reforma empezamos a desandar el camino de la delegación para empezar a transitar el de la efectiva representación. ¿Cuál es la característica de la democracia delegativa? Son democracias en las que los presidentes se sienten todopoderosos, omnipotentes, desprecian, desplazan e intentan someter a los controles institucionales horizontales. Esos presidentes, como fue muy bien mencionado en la cita de Leandro Alem, se vuelven débiles, creen que son poderosos pero no lo son. Tengan en cuenta que esa cita de Alem es del siglo XIX y Guillermo O´Donnell escribe su primer artículo sobre democracias delegativas recién en 1992. Esas democracias delegativas tienen un peligro que es que no sólo cuando esos gobiernos entran en crisis pueden generar gran inestabilidad en el régimen democrático, sino que tienen la tendencia a deslizarse hacia el autoritarismo. Cuando en la democracia no hay control y éste no es ejercido por el Congreso, la Justicia, los órganos de control y por los ciudadanos cuando votamos cada dos años, ella se vuelve una parodia. La democracia sin control es parodia, no es democracia. -- Ocupa la Presidencia el señor presidente de la Honorable Cámara, doctor Eduardo Alfredo Fellner. SRA. ALONSO, LAURA.- Por eso, hoy venimos no sólo a fortalecer al Congreso de la Nación. Venimos a fortalecer al Ejecutivo, ya que le venimos a dar la posibilidad de que haya mayor
  • 2. deliberación en el proceso de formación de las leyes, aquella deliberación que exige una democracia de calidad, una democracia puramente representativa y no delegativa. Y también venimos a dar mayor control al Congreso sobre el Poder Ejecutivo. En definitiva, esta no es una reforma que sólo fortalece al Congreso sino también a los presidentes. Aquí se ha hablado de decisionismo. Me permito hacer una pequeña corrección a un diputado preopinante. El decisionismo no es un invento de este gobierno. El hiperpresidencialismo en la Argentina tampoco es un invento de los últimos veintisiete años, y si leemos el libro de Carlos Santiago Nino titulado Un país al margen de la ley, que pienso que muchos de ustedes habrán leído, observarán que varios de sus capítulos están referidos a la raíz autoritaria que está profundamente enraizada en nuestra cultura política. Ese es el autoritarismo que tenemos que combatir y que a todos nos cuesta hacerlo: al gobierno, a la oposición, a los partidos políticos mayoritarios, a las minorías, a los sectores empresariales y a los sindicales. Tenemos que combatir la cultura autoritaria que está inserta en nuestras prácticas desde hace muchísimas décadas. Me parece que hoy avanzamos en la recuperación del rol del Congreso en ese sentido. Como aquí se ha dicho, sobre todo en los últimos años, y diría que previamente a la reforma de la Constitución, comienza el récord en el uso de los decretos de necesidad y urgencia. La verdad es que parecía –por lo menos hasta la presidencia de la actual presidenta de la Nación que los presidentes buscaban superar sus récords. Se llegó a firmar un decreto de necesidad y urgencia cada seis días. Muchas veces se ha esgrimido que el Congreso era lento para dar tratamiento a estas potenciales propuestas legislativas del Ejecutivo al Poder Legislativo. Sin embargo, me permito recordar que este Congreso ha aprobado, por ejemplo, la intervención de la provincia de Santiago del Estero o al PAMI en tan solo cuarenta y ocho horas, con lo cual achacarle lentitud al Congreso es verdaderamente un argumento falso y de toda falsedad. La Corte –se ha mencionado aquí ya ha hablado bastante, y creo que va a seguir haciéndolo, respecto de las circunstancias excepcionales que deben existir, según lo establece la Constitución, a la hora de que un presidente firme un decreto de necesidad y urgencia. Si estudiamos y repasamos –como lo han hecho muchos colegas de la ciencia política y especialistas en el funcionamiento institucional los contenidos de los decretos de necesidad y urgencia nos daremos cuenta de que en su gran mayoría no han existido las circunstancias excepcionales que establece la Constitución Nacional. La Corte ha dicho que en todo caso un presidente puede firmar un decreto de necesidad y urgencia cuando el Congreso no se pueda reunir por dos razones: una acción bélica o un desastre natural. Yo no creo que en los últimos veintisiete años hayamos entrado en guerra o haya habido un desastre natural que impidiera al Congreso reunirse. Cuando un presidente firma un decreto de necesidad y urgencia –es importante decirlo no sólo está perdiendo poder, a pesar de que cree que lo tiene: está siendo más autoritario. Cuando se firma un DNU hay menos democracia, menos deliberación en esta casa, en este ámbito. Cuando se firma un DNU se sustrae la voz del pueblo representado en esta Cámara y la voz de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires representadas en el Senado. Por eso digo que es importante la reforma que hoy nos disponemos a aprobar. Es más, se trata de una reforma fundamental y esencial. No es una reforma cómoda ni de coyuntura. Para mí y para nuestro bloque es una reforma de fondo, una reforma que va a afectar a este y a los próximos gobiernos y que hará de este sistema un sistema mejor. Solamente quiero destacar un punto del dictamen, que es el referido a dar finalmente cumplimiento al artículo 82 de la Constitución Nacional, que prohíbe el silencio o la sanción ficta. Me parece que este es un punto importante que debemos destacar. Aquí se han mencionado otros casos recuerdo que en las discusiones hemos hablado del caso de Italia y España, pero yo quiero llamar la atención, positivamente, respecto del caso de la Ciudad de Buenos Aires. En la Ciudad de Buenos Aires, cuando el jefe de Gobierno firma un decreto de necesidad y urgencia, si éste no es tratado por la Legislatura porteña dentro de los treinta días, se cae. No hay ninguna discusión. El silencio implica rechazo; implica caída del decreto de necesidad y urgencia. Este es un punto importante porque genera un incentivo muy fuerte para que los jefes
  • 3. de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no abusen de los decretos de necesidad y urgencia. El actual jefe de Gobierno, Mauricio Macri, ha firmado apenas tres decretos de necesidad y urgencia en casi tres años de gestión, y dos de esos decretos han sido firmados con motivo de dos inundaciones -la que se produjo en 2008 y la que ocurrió recientemente en la Ciudad de Buenos Aires- para habilitar con rapidez el pago de los subsidios. Quiere decir que cuando las instituciones se diseñan correctamente, se generan los incentivos que estamos buscando. SR. PRESIDENTE FELLNER.- Señora diputada: la señora diputada Gil Lozano le solicita una interrupción. ¿Se la concede? SRA. ALONSO, LAURA.- No, señor presidente. Entonces, cuando diseñamos una institución es importante saber que estamos generando incentivos. Fíjese usted, señor presidente, que el constituyente de la Ciudad de Buenos Aires ha tenido la inteligencia de establecer en la propia Constitución de la Ciudad un plazo de treinta días como límite máximo para el tratamiento de los decretos de necesidad y urgencia en la Legislatura y dotar de validez o no a un DNU firmado por un jefe de Gobierno. Para ir redondeando y dejar en el uso de la palabra a la señora diputada Bertol, con quien comparto mi tiempo, quiero decir que ésta no sólo es mi primera intervención en esta Cámara sino mi primera intervención en un debate y en la elaboración de un dictamen tan importante. Quiero destacar varias cosas. En primer lugar, la excelente coordinación que ha llevado adelante la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, que era la comisión cabecera en el tratamiento de la reforma de esta ley. En segundo término, quiero destacar el esfuerzo que han hecho todos los compañeros de los bloques de la oposición, sabiendo que para obtener un resultado era necesario, en muchos casos, deponer creencias o convicciones particulares para ganar en resultados colectivos. Hemos hecho una negociación de la que creo que todos salimos contentos porque vemos un producto final. Es importante destacar que se puede negociar y arribar a consensos, y lo estamos haciendo con esta norma. Por último, quiero recordar una cita de Guillermo Molinelli, que es uno de los que más ha trabajado el vínculo entre el Ejecutivo y el Congreso en la Argentina. El 29 de julio de 1999, Guillermo Molinelli escribía en el diario La Nación: “Naturalmente, la actual oposición puede quejarse de que frente a la posibilidad de obtener la Presidencia es injusto que el próximo presidente se vea algo más restringido que el actual. Y si ganan, tendrán razón.” Quiero decirle a Molinelli que, si bien esperó casi once años, hoy tiene su respuesta. Hoy, estamos anteponiendo el bienestar y el interés general por encima de los intereses particulares de muchos de los que están en esta Cámara y que van a competir en las elecciones presidenciales de 2011. Por lo que he expuesto y por lo que expresará luego la señora diputada Bertol, anticipo nuestro apoyo y nuestro voto afirmativo a esta norma. (Aplausos.)