SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 63
Descargar para leer sin conexión
Derecho Ecológico
1
TEMA N° 1.- LA ECOLOGÍA Y EL DERECHO ECOLÓGICO.
1.- El Derecho Ecológico: Concepto como nueva concepción del Derecho.
Es incuestionable la interrelación entre el hombre y su sociedad, con el medio físico donde se desenvuelve,
así como la acción modificante, muchas veces destructiva sobre su medio, hasta llegar a producir perturbaciones de
toda índole, logrando en circunstancias, que cada vez se agravan más, los desórdenes ecológicos.
Científicos serios y optimistas, estuvieron convencidos de que la acción del hombre siempre sería
positiva para la transformación de la Biosfera, bajo su acción inteligente de artificio, en una envoltura similar a
una Biosfera Utópica que se conocería como Neósfera. Pero como utopía al fin, cuando el medio ambiente
comienza a deteriorarse progresiva y violentamente; cuando las poblaciones crecen vertiginosamente; cuando
los bosques desaparecen y las aguas cada día son más escasas y contaminadas; cuando los recursos energéticos
se hacen más escasos y caros; y cuando las ciudades se llenan de "Smog" , que impide la respiración y produce
molestias visuales y en la piel; es entonces cuando el hombre se da cuenta de que su acción destructiva se
reinvierte como fenómeno natural en venganza de la propia naturaleza, apareciendo entonces la necesidad de
normar tal acción, valiéndose para ello del Derecho.
Nace así el Derecho Ecológico, el cual podemos definir como el "conjunto de normas jurídicas de
carácter coercitivo, que regulan la acción del hombre en el usufructo de la naturaleza y sus recursos naturales, y
le fija el límite de su intervención y modificación, tanto en la explotación, como en el aprovechamiento de los
recursos naturales, para evitar su deterioro o degradación irreversible, que pudieran poner en peligro el futuro
de la misma sociedad". En tal sentido, se fundamenta en los principios de las ciencias ecológicas, y en la
racionalidad de la conducta humana en el marco de lo imprescindible y de lo permisible.
2.- La Ecología como Fuente del Derecho Ecológico.
Hemos visto, que el desarrollo, fin deseado y perseguido por toda la humanidad, se dirige al
mejoramiento evolutivo de la sociedad traducido en bienestar material y espiritual para todos sus miembros,
pero simultáneamente conlleva a la transformación del medio ambiente o ecosistema, muchas veces en forma
incontrolada o irracional, cuyos efectos tienden a producir el "desequilibrio ecológico" hasta niveles críticos y
peligrosos para la supervivencia humana.
Durante las décadas de 1970 y 1980 empezó a quedar cada vez más claro, que los recursos naturales
estaban dilapidándose en nombre del "desarrollo" y en tal sentido, se estaban produciendo cambios imprevistos
en la atmósfera, en los suelos, en las aguas, en la vegetación, en los animales, y en las relaciones entre todos
ellos. Ante esta situación, fue necesario reconocer que la velocidad del cambio era de tal magnitud, que
superaba la capacidad científica e institucional para ralentizar o invertir el sentido de sus causas y efectos.
Esta situación, producto del factor social, ha obligado a la misma sociedad a concebir formas de control
de la acción devastadora del hombre y a regular las propias actividades del desarrollo hasta racionalizarlas,
apareciendo en esta forma el "Derecho Ecológico".
Necesariamente, la ecología sirve de instrumento para que el hombre interprete al medio ambiente
como ecosistema y se percate de la interacción que hacen los seres vivos que en él intervienen, entre ellos el
mismo hombre. La Ecología en este enfoque, pasa a constituirse, no solamente en ciencia de la naturaleza, sino
una nueva concepción del mundo, que a decir de Lutzemberger "La Ecología es una generalización, una visión
global de las cosas, es la visión sinfónica del universo como sistema racional integrado".
Esta ciencia que originalmente formaba parte de la Botánica, fue invadiendo los demás campos de las
ciencias naturales, y debido a la comprobada relación de los fenómenos físicos con los sociales, sirvió esto de
estímulo, para que también las ciencias jurídicas intervinieran en la normatización de la relación del hombre con
los cambios de la naturaleza, de tal manera que sus actividades sean compatibles con el equilibrio de los
ecosistemas, prescribiendo aquellas conductas que vayan en detrimento, perturben o deformen el medio
ambiente. En tal sentido, el Derecho, fundamentándose en la Ecología, debe velar porque el hombre sea
racional en la explotación de los recursos naturales, y que al necesitar modificar el ecosistema natural,
simultáneamente cumpla con las normas que lo obligan a preservarlo, conservarlo y más aún, mejorarlo para
evitar la producción de daños irreversibles.
Derecho Ecológico
2
3.- Definición de la Ecología.
El término ecología, etimológicamente se deriva del griego ΟΙKΟΣ que significa casa u hogar y LOGOS =
tratado. Se dice también, que comparte su raíz con la economía, por lo que ecología significa: el estudio de la
economía de la naturaleza. Es la especialidad científica que centra su estudio y análisis del vínculo que surge
entre los seres vivos y el entorno que los rodea, entendido como la combinación de los factores abióticos (entre
los cuales se puede mencionar al clima y a la geología) y los factores bióticos (organismos que comparten el
hábitat). La ecología analiza también la distribución y la cantidad de organismos vivos como resultado de la
citada relación.
Se estima que el término ecología, fue propuesto como tal por el biólogo alemán Ernst Heinrich Haeckel
en el año 1869 en la concepción que hemos indicado, utilizando la expresión “OEKOLOGIE” para reunir en
conjunto los estudios que relacionan la existencia de los seres vivos con el medio. Su objeto es, por consiguiente,
el estudio de los ecosistemas.
La ecología, es un concepto biológico dentro de las ciencias, que lo conducen a su especificación original
y científica como debemos tratarlo. Por ello, la definimos como “la ciencia, parte de la Biología, que estudia las
relaciones existentes entre los seres vivos y el medio ambiente en que coexisten”. Es también parte de la
sociología, que estudia la relación entre los grupos humanos y su ambiente, tanto físico como social. Estudia a la
vez, la compleja interacción del ser vegetal con el animal y con respecto a su medio ambiente físico y biológico
(autobiología), y las relaciones aún más complejas de las asociaciones naturales o comunidades de los
organismos (sinecología). Con el tiempo, el concepto de ecología se ha extendido hasta abarcar el análisis de las
propiedades del medio, incluyendo el desplazamiento de materia y energía y su evolución a raíz de la presencia
de conjuntos biológicos.
El Diccionario de la Real Academia Española, la define como: “Parte de la Biología, que estudia las
relaciones existentes entre los organismos y el medio en que viven” y por su parte, el Grande y Novísimo
Diccionario de la Lengua Portuguesa, la define como: “La ciencia que estudia las relaciones mutuas de todos los
organismos que viven en un mismo medio y a su adaptación al ambiente”.
Por su gran relación con el estudio del ambientalismo y la conservación, se ha formado un creciente
interés de la opinión pública respecto a los problemas del medio ambiente, que han convertido la palabra
ecología en un término a menudo mal utilizado. Se le confunde con los programas ambientales y con la ciencia
medioambiental. Sin embargo, aunque se trata de una disciplina científica diferente, la ecología contribuye al
estudio y a la comprensión de los problemas del medio ambiente. En este sentido, actualmente y desde hace
varios años, la ecología la han relacionado con diversos movimientos políticos y sociales, que actúan en defensa
del medio ambiente. Movimientos que realizan distintas denuncias sociales, proponen la necesidad de reformas
legales y promueven la concienciación social para alcanzar su objetivo principal, que es la conservación de la salud
del hombre sin dañar ni alterar el equilibrio de los ecosistemas naturales.
La ecología contribuye a resolver los problemas ambientales, al estudiar la naturaleza como un sistema
complejo en el cual todos los elementos están relacionados. Para ello, emplea los conocimientos de las ciencias
naturales, de allí que se diga que es una ciencia de síntesis.
Origen y evolución de la Ecología.
Remontando la historia, se ubica el inicio de la Ecología con los filosófos griegos, particularmente con
Teofrasto, sucesor de Aristóteles en la Escuela Peripatética, quien escribió la Historia de los Animales, los Minerales
y las Plantas. Para ese entonces se le consideró como una simple descripción de la relación de los organismos entre
sí y con el medio ambiente.
Como ciencia nueva, la ecología ha sido motivadora del estudio de muchos naturistas, quienes dentro
del paso histórico de las leyes universales de la humanidad, han dado origen a modernas concepciones
filosóficas como la “evolucionista” de Herber Spencer y la concepción del “hecho social” como fenómeno
supraindividual y supernatural de Emile Durkheim, hasta llegar a la situación histórica, del hábitat como punto
de enlace de los fenómenos socioculturales.
Derecho Ecológico
3
Iniciadores del estudio de la ecología
Entre los iniciadores de la ecología actual, se ubica a Charles Darwin naturalista inglés, quien hizo hincapié
en la adaptación de los organismos a su medio ambiente por medio de la selección natural. En 1831, nombrado
naturalista de buque británico Beagle, inició un crucero de estudios que duró 5 años. En este viaje obtuvo material
para varios libros, entre ellos “Zoology of the Voyage of the Beagle” (1840). Su doctrina sobre la selección natural,
una de las varias teorías de la evolución de las especies de los seres vivos, fue expuesta en “On the Origin of
Species by Means of Natural Selection” (1859), su obra fundamental. Sobre la evolución del hombre, escribió
“Descent of Man and Selection in Relation to Sex” (1871).
En un largo viaje, Darwin visitó América del Sur y diversas islas del Pacífico y del Indico, haciendo
observaciones geológicas y zoológicas por el año 1939, para más tarde sustentar su teoría biológica de la
“Evolución Natural de los Seres Vivos”, ya planteada más de 50 años atrás sin éxito por Lamarck, quien indicaba
que la transformación o evolución era el producto de la acción del ambiente y al uso o no uso de los órganos,
que los trasformaba en útiles e inútiles; mientras que Darwin afirmó que tal transformación es el producto de la
selección natural, que actúa sobre pequeñas, fortuitas, constitucionales y hereditarias variaciones de los
caracteres, frecuentes en las poblaciones de una misma especie, de modo que favoreciese la supervivencia de
los individuos poseedores de caracteres superiores, y en consecuencia, más fuertes en la lucha por la existencia.
También hicieron grandes contribuciones, geógrafos de plantas como Alexander von Humboldt, quien
estuvo profundamente interesado en el cómo y el porqué de la distribución de los vegetales en el mundo.
4.- Las Ciencias y Disciplinas Ecológicas: Concepto y Campos de acción.
Los Ecólogos conciben en la actualidad a la Ecología, como un conjunto de ciencias o un complejo
multidisciplinario, revolucionando la concepción inicial que la trataba como una simple rama de la Biología, y se
abre el campo para darle amplitud autonómica. Más hoy, con el progreso y evolución de los criterios científicos y
tecnológicos en los inicios del Siglo XXI, se desarrolla como la ciencia fundamental del futuro, muy unida a la
Física y a la Química. Y en la medida que avanza el factor polusivo ambiental y la acción degradante del medio
ambiente, se asocia aún más con muchas otras ciencias y disciplinas, hasta convertirse en un complejo científico
que vuelca su objeto a la conservación del propio medio donde se desarrolla.
Dado este desarrollo y el auge de la ciencia, debido a los diferentes enfoques necesarios para estudiar a
los organismos en su medio ambiente natural, la ecología se sirve de disciplinas como la climatología, la
hidrología, la física, la química, la geología y el análisis de suelos. Igualmente, para estudiar las relaciones entre
muchos organismos, la ecología recurre a ciencias tan dispares como el comportamiento animal, la taxonomía,
la fisiología y las matemáticas. En un sentido general, por su definición y contenido, al estudiar los seres vivos y
el medio ambiente que los rodea, relacionamos la ecología con todas las ciencias que se desarrollan tanto con
dichos seres, como con el medio. Así podemos mencionar a la propia Biología, la Física, la Química, las
Matemáticas, la Electrónica, la Genética, la Geología, la Bioquímica, la Sociología, la Pedagogía, la Economía, la
Psicología, la Política, la Antropología y todas las ciencias que se relacionan con los animales, con las plantas, con
el hombre o con su hábitat; es decir, con todas las ciencias y disciplinas de la naturaleza que estudian los
fenómenos del hombre y de los seres vivientes en general, tratando de comprender su conducta, y muy
especialmente, las ciencias y disciplinas reguladoras de la acción del hombre, entre las cuales encontramos y
damos relevancia al Derecho.
La biogeografía
En cuanto a la ecología como sustrato del ecosistema, debemos considerar como base de los estudios
ecológicos a la “geografía en su aspecto descriptivo e historiográfico, ya que sólo esta disciplina nos hará
conocer mejor lo que fue la constitución física y biológica de determinado país y el proceso de transformación
que ha operado en él a través del tiempo”. Como materia nueva a considerar en nuestro estudio, damos
relevancia a la biogeografía, por constituir la ciencia que se encarga de estudiar la distribución geográfica de los
seres vivos y las causas y modificaciones de esta distribución. Ciencia ésta, que consta además de otras ramas
científicas, como lo son: la edafología, la zoogeografía, y otras, entre las que se ubica a la propia ecología, que
utiliza para sus estudios y relaciones.
Derecho Ecológico
4
5.- Elementos de la Ecología.
Órganos y organismos
En atención a las definiciones expuestas, entenderemos por organismo, al conjunto de órganos del
cuerpo animal o vegetal y de las leyes porque se rige, y por órgano entenderemos, cualquiera de las partes del
cuerpo animal o vegetal, que ejercen una función, es decir, que cumple una actividad o ejercicio.
La vida sobre la Tierra se manifiesta en las plantas y los animales. Se diferencian unos de otros por
características de su organización celular y ambos presentan una gran diversificación. Existe una riqueza de
especies extraordinaria, extendidas por toda la superficie terrestre. Animales y plantas tienen gran capacidad de
adaptación, habiendo vencido todos los climas y los distintos suelos. Existen seres muy sencillos y seres muy
complejos. Según la forma de nutrirse, los seres vivos se dividen en autótrofos, que son la mayoría de las
plantas, y heterótrofos, que son los animales y algunos vegetales. Los primeros son capaces de constituir su
organismo nutriéndose de sustancias minerales; los segundos han de tomar sustancia orgánica viva o muerta.
Esta diferenciación, y el estudio de los distintos seres vivos existentes, junto con los que se han extinguido ya,
nos ha de permitir descifrar el origen de la vida, que es una de las finalidades de la biología.
Autonomía de la Ecología.
La importancia actual de la Ecología como ciencia autónoma es universal y viene dada por la necesidad
de conocer los fenómenos que ella estudia en forma individual y su relación con otras ciencias y disciplinas, cuyo
fin es el de tratar de mantener el “equilibrio ecológico” antes mencionado, con cuya acción está influyendo
fundamentalmente en la elaboración y desarrollo de principios y normas del Derecho Ecológico.
Hasta hace poco tiempo, la ecología estaba limitada a la agricultura y se interesaba principalmente por
la producción y el rendimiento de las plantas cultivadas, encargándose además de analizar las relaciones
existentes entre las estructuras vegetales, sus funciones y las condiciones externas, así como también, del
estudio de los fenómenos de su adaptación al ambiente. Hoy, su campo es mucho más extenso, constituyéndose
en una ciencia relativamente nueva en cuanto a su contenido formal de principios, los cuales se fundamentan en
las ciencias naturales. Su mayor importancia hoy, se deriva de su estudio y consideración debido a los problemas
que se originan de la degradación del medio ambiente, el cual conduce al desequilibrio de los ecosistemas, sobre
todo en las regiones más desarrolladas, por el mal uso que el hombre ha hecho de la naturaleza y sus recursos y
por las distintas formas de contaminación. En este sentido, la ecología contribuye a resolver los problemas
ambientales, al estudiar la naturaleza como un sistema complejo en el cual todos los elementos están
relacionados. Para ello emplea los conocimientos de las ciencias naturales, por lo que se dice que es una ciencia
de síntesis. En la actualidad, el equilibrio de los ecosistemas se ha visto alterado, sobre todo en las regiones más
desarrolladas, por el mal uso de la naturaleza y sus recursos y por las distintas formas de contaminación.
Clasificación de la Ecología
En este sentido, la ecología ha diversificado su campo de estudio, y por ello, se le subdivide en:
vegetal o agraria, animal; y social, política o humana.
1. Ecología Vegetal o Agraria
Estudia los factores climáticos o del clima, los edafológicos o del terreno y bióticos o de los organismos
vivientes, que influyen o son determinantes en la distribución de las diferentes especies vegetales, que como seres
vivos se desarrollan fijados al suelo y realizan la fotosíntesis o función clorofiliana. Las células vegetales de estas
plantas, gracias a la clorofila, captan la energía luminosa y la transforman en energía química, con la cual forman
compuestos orgánicos a partir de dióxido de carbono, agua y sales minerales. En la concepción de los recursos
naturales, la Ecología Vegetal hace la interrelación de la flora como recurso, con el cual se denomina el reino
vegetal, con el suelo y las aguas, ubicadas también en la clasificación de renovables. Es esta interrelación y la que
mantienen dentro de la cultura o cultivo del campo mediante la agricultura, donde evidentemente interviene el
hombre, quien ejerce la acción cultural y la propiedad del suelo, lo que obliga a considerar y denominar a esta
rama de la ecología, como Agraria, por ello pensamos que también pudiera denominársele agrícola. La ecología
vegetal, de las plantas o agraria, estudia las relaciones recíprocas entre sus necesidades vitales, debidas a la
herencia y las condiciones externas que actúan sobre las plantas en el ámbito de su espacio vital. En lo que se
Derecho Ecológico
5
refiere a las plantas terrícolas pueden distinguirse las condiciones ambientales del clima de las que corresponden al
suelo. Además, hay que tener en cuenta el factor biótico, que ejerce su influencia entre los seres vivos.
La Geobotánica o Fitogeografía
Podemos considerar como rama auxiliar de la Ecología Vegetal o Agraria a la Geobotánica o
Fitogeografía, la cual estudia la distribución de las plantas en la superficie de la Tierra y trata de conocer las
características esenciales de la misma, las leyes a qué obedece y las causas a que es debida. Estas causas radican
en la ecología de las plantas y en la historia del origen y de la dispersión de los vegetales.
Generalmente se le subdivide en cuatro partes:
 Florística, que estudia la distribución de cada una de las diversas unidades sistemáticas.
 Fitocenología, que trata de las comunidades vegetales.
 Geobotánica ecológica, que estudia los fundamentos ecológicos de la distribución de las plantas.
 Geobotánica genética, la historia de la flora y de la vegetación.
2. Ecología Animal
Se encarga de estudiar al individuo animal en su relación con sus similares, con los de otras especies y
con el medio en que se desenvuelven. Una clara interpretación de la relación ecológica del animal y su medio,
entendiendo la necesidad de la ecología animal, la expone Eric From, cuando dice:
“El animal ´es vivido´ mediante leyes biológicas naturales: forma parte de la naturaleza, y nunca la
trasciende. No tiene conciencia de carácter moral, ni de sí mismo, ni de su existencia; no tiene razón, ni
entendemos por razón la capacidad de penetrar la superficie percibida por los sentidos y comprender la esencia
que está tras aquella superficie percibida por los sentidos; por lo tanto, el animal no tiene idea de la verdad,
aunque pueda tener alguna de lo útil. La existencia animal es una existencia armónica entre el animal y la
naturaleza”.
3. Ecología Política, Social o Humana
Peculiaridad del “homo faber”.
Es el hombre, como organismo viviente o animal político, parte de los componentes bióticos de la
naturaleza, por cuya razón entra en su estructura y en el funcionamiento de ella, quien en su condición de
“homo faber”, se ubica en una posición importante, en relación ambiental con los demás organismos vivientes,
teniendo la capacidad individual y colectiva para transformar el medio ambiente. De allí, que históricamente
haya producido modificaciones, algunas veces extremas y críticas, que han puesto en peligro el equilibrio
ecológico y la supervivencia de comunidades y poblaciones ecológicamente relacionadas, incluyendo la propia
población humana. Desde entonces se abre el campo para la incorporación de la ya mencionada Ecología
Humana, que consideramos relevante en el estudio del Derecho Ecológico.
Pero es el sociólogo estadounidense Park, Robert Ezra, quien efectuó sus estudios en EEUU y Europa, a
quien se considera el iniciador de esta rama de la ecología. En este sentido, se fundamenta su autoría en la obra
“Introducción a la Ciencia Sociológica” en 1921, que efectuó en colaboración con otros sociólogos, y “De Raza y
Cultura”, publicado en 1950, tras su muerte. Surge entonces la importancia en nuestro estudio de la ecología
humana, la que se le denomina también política, cuando relacionamos la conducta del ser humano en
comunidad social y con el medio ambiente; las características de esas relaciones; su efecto sobre la naturaleza;
los factores que determinan la forma de organizar la propia sociedad y el desarrollo de esa relación; el desenlace
histórico cultural de las relaciones en el tiempo; los valores, los mitos y demás peculiaridades sicológicas y
morales que han influido en la relación hombre-naturaleza, de donde se han derivado los ritos, normas y demás
elementos reguladores del propio hombre en su relación natural y social con el medio ambiente. A partir de que
Darwin señalara la “relación compleja entre las plantas y los animales”, y el economista inglés Thomas Robert
Malthus formulara su conocida ley que correlaciona a la población con la existencia de alimentos, en la cual
considera el incremento poblacional en proporción geométrica y la producción de alimentos en proporción
aritmética, pronosticando la fatal conclusión de que este fenómeno conduciría a una situación de crisis.
…..podemos completar el criterio de Eric From, cuando se refiere a la ecología animal, y en tal sentido
entender la relación del hombre con el animal así: “... el hombre no es vivido sino que vive, tiene conciencia de
Derecho Ecológico
6
su vida y del mundo, trasciende a la naturaleza pero no puede escapar a sus leyes biológicas: sabe que va a
morir. Es el animal más desvalido por la conciencia de su dicotomía, de su ruptura: la angustia de esa dicotomía
y de la conciencia de su muerte es una de las grandes fuerzas físicas que lo impulsa a asociarse y a transformar a
la naturaleza para lograr compensar su precaria condición de animal desvalido”. En fin, es la ecología humana la
que ha permitido relacionar esta ciencia biológica con el Derecho, para permitir normar lo que hoy conocemos
como “Derecho Ecológico”.
4. Ecología Cultural
Aunque referida a la clasificación que hemos considerado como política, social o humana, incluimos también a la
denominada Ecología Cultural, que es considerada como rama de la antropología que estudia los procesos
por medio de los cuales los sistemas sociales se adaptan a su entorno. La ecología cultural determina y analiza
las adaptaciones al medio ambiente teniendo en cuenta otros procesos de cambio. Fue a finales de la década de
1940, cuando el antropólogo estadounidense Julián Steward introdujo la idea de que los seres humanos forman
parte de un sistema ecológico, acuñando el término de “ecología cultural” y dio un nuevo impulso a la
investigación de las sociedades de cazadores-recolectores, de pastores y de agricultores. Sin embargo, hasta la
década de 1960 no se produjo la unificación de los conceptos de ecología cultural y biológica en el de ecología
humana. La “ecología cultural” es un método que sirve para comprobar cómo la adaptación de una cultura a su
entorno puede provocar el cambio. Hoy este concepto se incluye dentro de un amplio marco ecológico y
evolutivo, que engloba dos procesos: por un lado, la influencia del entorno en los seres humanos y la adaptación
de éstos al entorno, y, por otro, el impacto que los seres humanos producen sobre el entorno en los aspectos
físicos, económicos, culturales y otros, como la nutrición, los desastres ecológicos o la demografía.
6.- La Naturaleza como objeto del Derecho Ecológico y el Derecho Natural como fuente del Derecho Ecológico.
La relación entre el mundo de lo natural y el mundo de lo cultural, ha sido en cierta forma el punto de
partida de la experimentación científica. El distinguir la razón de las cosas, bien sean éstas el producto de
fenómenos naturales o de la elaboración del hombre, es en cierta forma el objeto de las ciencias de la
naturaleza y de las ciencias culturales.
Principio de la Causalidad en las Leyes.
En el mundo de la naturaleza, las leyes se rigen por el principio de la causalidad: dada una causa se
produce un efecto. Son verdades inexorables dentro de la ley del "ser"; mientras que en el mundo de la cultura, las
leyes corresponden al "deber ser", sin condición de inexorabilidad. En ellas encontramos al Derecho, cuyas normas,
antes de ser inexorables, son patrones de conducta del deber ser, constituyentes de actos de acción u omisión,
cuya violación se transforma en acto delictivo.
Dentro de la evolución filosófica del Derecho, la Escuela del Derecho Natural defendió el postulado
fundamental que podemos resumir en lo siguiente: Existe un derecho ideal superior al Derecho Positivo, igual
para todos los hombres y en todos los lugares, anterior a la aparición del Estado, por lo cual, éste debe limitarse
a fijar normas que garanticen los principios dictados por él. El "orden supremo" de los naturalistas, a través de
los tiempos, ha sido identificado de diferentes maneras. En la Antigua Grecia se le consideraba basado en lo más
íntimo de la "naturaleza humana".
El Derecho Ecológico y el Derecho Divino.
Heráclito se refería a un "Derecho Divino", distinto de las leyes propias de los Estados. Basándose en el
testimonio de los sentidos, concibió la realidad como algo siempre cambiante, siempre en movimiento,
enunciando este principio con su «todo fluye». El origen de este eterno cambio está en la lucha de los
contrarios: el calor y el frío, el día y la noche, etc., y esta lucha está simbolizada por el fuego, principio elemental
de la naturaleza.
Las teorías del derecho no escrito.
Hipias sostenía la existencia de un "Derecho no escrito" igual para todos los países, otorgado por los
Dioses. Al igual que Protágoras, Critias, Pródico y Gorgias, trasladaron su atención de la naturaleza al hombre. En
contrario, Sócrates a través de Platón, sostenía una idea eterna y superior de la vida. Defienden que la ciencia
Derecho Ecológico
7
está constituida por afirmaciones universales inmutables y necesarias, y sostiene asimismo que el hombre,
utilizando la razón, puede obtener conocimientos de esas características.
Cuando Sócrates habla de ciencia, se refiere sólo a la moral, reduciendo la ciencia a cómo ha de ser el
comportamiento humano. Identifica además la ciencia con la virtud: ser virtuoso consiste en realizar el bien, y
nadie -piensa él- hace el mal a sabiendas: obrar mal es fruto de la ignorancia y, cuando se conoce el bien,
necesariamente se hace.
La teoría Idealista de Platón.
Platón desarrolló la teoría idealista, para la que, además del mundo sensible, existe el mundo de las
ideas, en el que radica la única realidad y al que sólo se puede acceder a través de la razón y la ciencia.
La teoría aristotélica de la Realidad de los Objetos.
Aristóteles culminó el desarrollo de la filosofía enunciando la metafísica, que convierte la idea platónica
en la forma, la cual, al unirse con la materia, constituye la sustancia, es decir, la realidad concreta e individual.
La obra de Aristóteles es la síntesis del pensamiento griego de su época. Aristóteles formuló una teoría
según la cual el conocimiento humano se basa en la realidad de los objetos del mundo sensible a través de los
datos e informaciones que suministran los sentidos. En su lógica, Aristóteles expone las categorías del ser y las
clasifica en diez tipos, distinguiendo entre ellas la sustancia, de un lado, y los nueve accidentes (cantidad,
cualidad, relación, lugar, tiempo, etc.), de otro.
Cada realidad es un compuesto de materia y forma (teoría hilemórfica o hilemorfismo): la materia es el
principio de los caracteres individuales y la forma es universal y posibilita el conocimiento científico, que se obtiene
mediante la abstracción. Los conceptos de materia y forma los utiliza también Aristóteles para explicar el cambio y
para dar su visión de la naturaleza y del hombre. En éste, el cuerpo es la materia y el alma la forma; cuerpo y alma
constituyen una unidad substancial.
En su ontología, o teoría del ser, establece Aristóteles otra noción básica, la distinción entre acto y
potencia, y concibe a Dios como sumo ser, acto puro, principio del devenir y motor del universo. En ética
mantiene que el objetivo de la vida humana es la felicidad. En política sostiene que el hombre es por esencia un
animal social y, como la sociedad perfecta es el Estado, el hombre igualmente es un animal político.
7.- Contenido del Derecho Ecológico.
Al definir el Derecho Ecológico, expresamos que es un "conjunto de normas jurídicas que regulan la
acción del hombre en el usufructo de la naturaleza y sus recursos naturales, y le fija el límite de su intervención y
modificación, para evitar su deterioro o degradación irreversible".
En el entendido de esta definición, podemos apreciar varias ideas:
 Que es un conjunto normativo jurídico;
 Que es regulador de la conducta del hombre en el usufructo de la naturaleza; y
 Que le fija el límite de su intervención.
Apreciamos entonces, que este derecho es un conjunto normativo que comprende todo lo inherente al
usufructo de los recursos naturales, lo cual abarca todas las acciones del hombre sobre los recursos naturales, y
con ellos, a la propia naturaleza. Con otro punto de vista, dada la estructura que le hemos impartido a este
novedoso Derecho, debemos referirnos al contenido de la ciencia natural que le da el fundamento natural a lo
formal del Derecho. De allí, que al referirnos a su contenido, relacionamos todos los conjuntos normativos
específicos, que se refieren de una u otra forma: a la naturaleza, a los recursos naturales, al medio ambiente, y a
la acción social del hombre dentro del ecosistema. En este orden de ideas, relacionamos a los siguientes
conjuntos normativos, como integrantes del contenido del Derecho Ecológico:
 El Derecho para la Protección Ambiental y para la Regulación de las Actividades Degradantes del medio
ambiente y de los recursos naturales.
 El Derecho para la Gestión de la Diversidad Biológica.
 El Derecho Agrario y de Regulación y Ordenación de las Actividades del Campo.
 El Derecho Minero y de Hidrocarburos.
 El Derecho para la Ordenación Territorial y para la Ordenación de los Espacios Naturales.
Derecho Ecológico
8
 El Derecho para la Protección de los Recursos Naturales Renovables.
 El Derecho Especial para las Jurisdicciones: Agraria, Acuática y Penal del Ambiente
 El Derecho para la Defensa Sanitaria Vegetal y Animal.
Cada uno de estos Derechos está integrados por sendos conjuntos normativos, que comprenden: leyes,
reglamentos, ordenanzas, resoluciones y otros instrumentos jurídicos.
8.- El Derecho Ecológico como instrumento protector del Ecosistema.
Hemos de entender hoy, como una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido
filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir,
la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre. La
norma, que comprendiendo a la naturaleza como su objeto, regule y establezca como su sujeto a la propia
conducta social del hombre. Son las normas del Derecho Ecológico, que en un sentido coloquial generalizado pero
no restrictivo, se le conoce como Derecho Ambiental, cuya base fundamental en Venezuela ha sido hasta ahora la
Ley Orgánica del Ambiente. Ley marco que establece las políticas generales que dirigen los ámbitos en la materia,
para atender la interrelación que debe existir armónicamente en el ecosistema venezolano.
En el contenido de estas normas, debe entenderse como naturaleza, todo lo que fluye
espontáneamente y cuya existencia depende de sus propias leyes. Ella encierra para el derecho, todo lo que se
ofrece de una manera natural: aire, suelo, agua, flora, fauna y minerales, pero entendidos, no como objetos
inanimados, sino en movimiento e interrelacionados estrechamente conformando un todo, que para la Ecología,
ciencia rama de la Biología, constituye un ecosistema global, por lo que, en el sentido de globalidad actual, no
escapa a ningún pueblo de la tierra la concepción que de la naturaleza tiene la ONU, al que menciona como
Medio Humano, encerrando en él, además de los recursos antes mencionados, a los Recursos Vitales Renovables
(RVR): capacidad productiva de la tierra y los Recursos no renovables, todo dentro de una interrelación con la
sociedad, su protección y conservación, encaminados a proporcionar bienestar al ser humano, y en términos
generales, a la preservación de la especie en el planeta.
9.- Características y Relación del Derecho Ecológico con otras ramas del conocimiento.
Al ubicar al Derecho Ecológico, tal como hemos indicado, como una rama del Derecho Público, que
contiene el conjunto de normas jurídicas de carácter coercitivo, establecidas con el fin de racionalizar la conducta
del hombre en el marco de lo permisible, para la explotación y usufructo de los recursos naturales; y al entender
que el mismo se relaciona por su objeto, con las ciencias ecológicas que como hemos indicado, tienen un carácter
multidisciplinario; adquiere también esta característica de la ecología, obligándolo a relacionarse con otras ramas
jurídicas que también se relacionan con esta ciencia.
Este conjunto de normas jurídicas generalmente se ubican como derecho internacional, pero en cada
Estado se adapta a la doctrina y a los principios establecidos en su carta magna o leyes específicas, como ocurre
en Venezuela.
Muchos teóricos de la materia, consideran que el Derecho Ecológico invade todas las ramas del Derecho,
lo que consideramos es una realidad y así lo hemos indicado; y en tal circunstancia, el objeto tutelado por este
derecho, que como hemos indicado es la Naturaleza, tiene que ver con el régimen jurídico-administrativo del
Estado, con el de las relaciones Estado-individuo, y el de los individuos entre sí.
De esta manera, el Derecho Ecológico se relaciona, entre otras, con las siguientes ramas del Derecho:
 Con el Derecho Constitucional:
El derecho constitucional es la rama del derecho público interno que tiene por objeto la regulación de la
organización y funcionamiento de los poderes del Estado y el sistema de garantías de los particulares, mediante
limitaciones del poder público.
Conforme a la doctrina, de la relación entre las ciencias jurídica y política, surge el concepto de
Constitución o ley fundamental de un Estado soberano, que de manera escrita o no, se establece y acepta como
guía para su gobernabilidad. La Constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado,
estableciendo las bases del gobierno y la garantía de los derechos ciudadanos.
Derecho Ecológico
9
Es de reconocer el amplio contenido normativo que en la materia se incluyó en la nueva Constitución de
1999. Sin embargo, para ser sinceros y no pecar de ingenuos o neófitos, no debemos exaltar, como se ha hecho,
valorando esta acción constituyente, como una novedad idearia que tiende a desmeritar a los anteriores
legisladores, por cuanto, aunque no con el amplio contenido actual, la Constitución derogada de 1961,
contemplaba normas precisas y desarrolladas legalmente, que sirvieron y servirán como normas de doctrina
para engranar el contenido del nuevo Derecho Ecológico y Ambiental. Es digno de recordar la norma de la
Constitución de 1961, cuyo Art. 106° contemplaba: "El Estado atenderá a la defensa y conservación de los
recursos naturales de su territorio, y la explotación de los mismos estará dirigida primordialmente al beneficio
colectivo de los venezolanos”.
Por otra parte, creemos obvio y por lo tanto innecesario, referirnos a los aspectos jerárquicos del
instrumento constitucional y a la subordinación que todo el derecho nacional tiene de él.
 Con el Derecho Administrativo:
El Derecho Administrativo es la rama del Derecho Público que tiene por objeto la Administración pública,
entendida ésta, como la actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la
satisfacción de intereses colectivos.
En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por la
normativa administrativa general o especial, donde cabe distinguir ambas funciones, dándole a los órganos
correspondientes el fundamento jurídico para el ejercicio de la función de juzgar, y por la vía administrativa, a la
realización de los intereses generales.
En este sentido, tanto el Derecho Administrativo en específico y la normativa derivada de él, como lo es
el Derecho Ecológico, establecen las acciones fundamentales para el establecimiento de la garantía en el
ejercicio del derecho y el marco dentro del cual estará delimitado este ejercicio; es decir, el marco de la vida
colectiva para el orden de convivencia, garantizando cuáles son los ámbitos dentro de los que pueden
desarrollarse las iniciativas privadas y cuáles las posibles conductas de los particulares, realizadas dentro del
mantenimiento de la tranquilidad y el orden público; o bien, definiendo derechos, como en el caso del usufructo
de los recursos naturales, o la limitación de las posibilidades de actuación, como cuando establece una
prohibición, una tasa, un impuesto o una contraprestación, o cuando hace una concesión, para poner en manos
de particulares ciertos bienes, o la prestación de determinados servicios.
La relación también se manifiesta, al no haber dudas de que en su mayoría, el conjunto de instrumentos
normativos que integran el Derecho Ecológico, pertenecieron al Derecho Administrativo, del cual se separaron
como derecho autónomo, dada la importancia que las materias que atiende, tienen para el Estado; y más que
para él, es indiscutible la interrelación y características de especialidad del Derecho Ecológico que antes
mencionamos, en la vida pública nacional. Sin embargo, debemos entender, dentro de un criterio de
interrelación y derivación jurídica, que atendiendo a las diferentes doctrinas jurídicas, el Derecho Ecológico se
mantiene condicionalmente dentro de la estructura jurídica del Derecho Administrativo, del cual se nutre para
comprender y accionar los procesos administrativos y jurisdiccionales que les son inherentes.
 Con el Derecho Civil:
Por su interrelación con el Derecho Administrativo, el Derecho Ecológico se relaciona en muchas
materias con el Derecho Civil, siendo éste en muchos casos supletorio de aquél en todo lo que se refiere a actos
y contratos propios de los particulares y de éstos con el Estado, cuando no existan normas expresas que
determinen procedimientos especiales que lo ubique como norma del derecho público.
Son de relación entre el Derecho Ecológico y el Derecho Civil, lo relativo a las personas y al tratamiento
de los bienes del dominio público administrados bajo el régimen del derecho civil, siendo de mayor relevancia
mencionar, que una de las relaciones más estrechas entre estos derechos, está referida a las restricciones de la
propiedad que establecen muchos instrumentos normativos del Derecho Ecológico, y fundamentalmente, en el
tratamiento de la materia sobre expropiación con fines de utilidad pública.
No podemos olvidar que, el Derecho civil es el conjunto de normas e instituciones destinadas a la
protección y defensa de la persona y de los fines que son propios de ésta. En nuestro caso, es relevante lo
Derecho Ecológico
10
referente: al derecho de obligaciones y contratos; a los arrendamientos; a la responsabilidad civil; a los derechos
reales (posesión, propiedad, registro de la propiedad, derechos reales sobre cosas ajenas); al derecho de familia
(parentesco, matrimonio, filiación, patria potestad, tutela); al derecho de sucesiones (testamento, herencia,
legados, sucesión intestada).
Pero la mayor relevancia en esta relación con el Derecho Ecológico, la encontramos cuando aceptamos
la consideración del Derecho Civil con un valor paraconstitucional y como Derecho común, complementario de
otros derechos y leyes, cuyas lagunas llena.
Como fuente del derecho civil, aplicado al derecho ecológico, podríamos mencionar el principio de
responsabilidad civil por hecho ilícito consagrado en el CC. Art. 1.185, cuyo contenido es el siguiente: "El que con
intención, o por negligencia, o por imprudencia ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo. Debe,
igualmente, reparación quien haya causado un daño a otro, excediendo en el ejercicio de su derecho los límites
fijados por la buena fe o por el objeto, en vista del cual le ha sido conferido el derecho". Obviamente, en este
contenido normativo, se requiere el daño a otra persona, inclusive en los daños contemplados como ecológicos,
siendo un recurso para lograr imponer la responsabilidad civil a quien causare un daño a otro, cuyo daño esté
incluido dentro de los parámetros del contenido del Derecho Ecológico.
Debemos aclarar que existe gran dificultad, en establecer la responsabilidad civil en esta materia,
atendiendo a que el Derecho Civil es la expresión jurídico-formal de las relaciones de intercambio individual dentro
de la sociedad y por ende, tal responsabilidad por el ilícito prospera en el marco de la capacidad individual para
responder por los actos que lesionan dolosa o culposamente el derecho patrimonial de otro. En este aspecto, la
legislación en materia de Derecho Ecológico tiende a establecer responsabilidades de esta índole, considerando el
interés colectivo o de la comunidad, bajo la tutela del propio Estado y los entes que lo representan.
 Con el Derecho Penal:
Es tal vez el Derecho Penal, por su condición de contener como derecho público interno, las normas relativas
a los hechos punibles y las sanciones aplicables a quienes resulten culpables, la rama del Derecho que más interés ha
tenido para el Derecho Ecológico, por constituirse en el respaldo por vía directa y supletoria, de su acción coercitiva.
Sirve además, de fundamento y calificación integrante de los instrumentos normativos ecológicos, los cuales
contienen normas dispositivas de carácter penal, considerando al ilícito ecológico como una categoría antijurídica
capaz de constituirse en delito, para cuya violación se establecen las penas correspondientes.
El Órgano Legislativo venezolano, ha definido el contenido normativo de la Ley Penal del Ambiente, como
un conjunto de normas específicamente penales, separadas de la legislación orgánica de la materia ambiental,
como lo es la Ley Orgánica del Ambiente, pero orientadas por ésta, tal como lo expresa en su contenido.
En las reformas hechas a la Ley Orgánica del Ambiente, se contempla con especificidad a la Ley Penal del
Ambiente, toda vez que ella crea la Jurisdicción Especial Penal Ambiental, para el conocimiento y decisión de las
causas provenientes de acciones u omisiones tipificadas como delito por "la ley especial respectiva", ordenando
que la organización, composición y funcionamiento de los órganos de esta Jurisdicción Especial, se rija por las
disposiciones establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, en la propia ley orgánica correspondiente y en
el Reglamento interno de los Circuitos judiciales penales ambientales.
 Con el Derecho Internacional:
El Derecho internacional público, como rama del derecho público externo, está constituido por el
conjunto de normas que rigen las relaciones entre los Estados y entre éstos con otros sujetos internacionales
entre sí, y con los derechos y deberes recíprocos que les corresponden.
Por ser el Derecho internacional público quien contiene el ordenamiento jurídico de la comunidad
internacional, en otra época llamado iusgentium o Derecho de gentes, por ser además, el ente normativo que
regula las relaciones entre los pueblos, cuya noción está vinculada a la del Derecho natural, es por lo que se
relaciona con el Derecho Ecológico.
Hoy en día tiene gran relevancia esta interrelación, por la importancia, que además de los Estados como
sujetos del Derecho Internacional, han tomado las Organizaciones Internacionales No Gubernamentales (ONG),
Derecho Ecológico
11
de donde han surgido una serie de instrumentos normativos bilaterales y multinacionales, para la regulación de
las acciones contra la naturaleza y contra los recursos naturales del planeta.
Atendiendo a la característica mencionada de la espacialidad universal del Derecho Ecológico, es de gran
necesidad su interrelación con el Derecho Internacional, ya que con él puede dar especificidad a la normativa
como instrumento de coexistencia y cooperación entre los Estados; la regulación de las competencias vinculadas
al territorio, sobre los espacios de interés internacional (espacios aéreos, cursos de agua internacionales,
ecosistemas comunes), y el respecto de la población sobre estas competencias.
En esta rama jurídica del derecho público externo, también se ha avanzado, al ser considerado el delito
ecológico como un delito universal, lo cual da igual calificativo al Derecho. Se han enlazado y procesado diferentes
acuerdos bi y multilaterales para atender áreas regionales o mundiales en materia del Derecho Ecológico.
10.- El Sector Primario de la Economía: agricultura, ganadería, minería, actividad pesquera y la
actividad minera en Venezuela.
LOS SECTORES DE LA ECONOMÍA
Las actividades económicas se han ubicado en 3 sectores: primario, secundario y terciario y debido al
gran crecimiento, amplitud y expansión del último, algunos autores han añadido un nuevo sector denominado
“cuaternario”.
Sector Primario: basado en la explotación de los recursos naturales;
Sector Secundario: basado en la transformación de productos primarios y la generación de otros
productos o recursos mediante la industria; y
Sector Terciario: basado en la comercialización de todos los productos, bien sea en exportación o en
importación. Abarca las siguientes actividades:
1. La Agricultura: Cultivo del campo o de la tierra. Es la producción de los cultivos de varias especies vegetales.
2. La Ganadería: Cultivo de especies animales.
3. La Silvicultura: Actividades para la explotación, desarrollo y cuidado de los montes de bosques y selvas
naturales. Incluye las técnicas que se aplican a las masas forestales para obtener de ellas una producción
continua y sostenible de bienes y servicios demandados por la sociedad (leña, frutos, calidad ambiental).
Estas técnicas se pueden definir como tratamientos silvícolas, cuyo objetivo es garantizar dos principios
básicos: la persistencia y mejora de la masa (continuidad en el tiempo y aumento de su calidad) y su uso
múltiple.
4. La Minería: Actividades para la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza
terrestre. Dependiendo del tipo de material a extraer, la minería se divide en metálica y no metálica.
También se incluye la obtención de los hidrocarburos.
5. La pesca: Captura y extracción de los peces u otras especies acuáticas de su medio natural como
invertebrados, crustáceos y moluscos, además de mamíferos en el caso de culturas orientales.
6. La Acuicultura: Estrategia reconocida a nivel universal en el uso de la pesquería fundamentada en actividades,
técnicas y el conocimiento de cultivo de especies acuáticas vegetales y animales a los fines de la provisión de
alimentos, materias primas de uso industrial y farmacéutico y organismos vivos para repoblación u
ornamentación. Se fundamenta como estrategia para incrementar el ingreso y la diversificación de la dieta y
fuente de proteína en los grupos sociales menos favorecidos. Se consideran como escenario futuro, que para
las próximas décadas será una de las más importantes fuentes de proteína.
Derecho Ecológico
12
TEMA N° 2.- EL DERECHO Y LA PROBLEMÁTICA ECOLÓGICA.
1.- El Derecho en la relación hombre, ecosistema y medio ambiente.
2.- Los Ecosistemas, las Comunidades y la Población.
El ecosistema es un sistema natural conformado por la comunidad de los seres vivos o Biomasa cuyos procesos
vitales se relacionan entre sí y se desarrollan en función de los factores físicos de un mismo ambiente o hábitat.
Es una unidad natural constituida por organismos animales y vegetales que ocupan un ambiente físico dado,
donde se producen interacciones múltiples de los organismos con los factores físicos del ambiente y entre los
organismos mismos.
Derecho Ecológico
13
Comunidades
Derecho Ecológico
14
Población
3.- El Ecosistema y los Elementos de la Naturaleza
Derecho Ecológico
15
4.- Los Recursos Naturales. Clasificación y Peculiaridades.
Derecho Ecológico
16
5.- La Problemática Ecológica: Concepto. La problemática ecológica podemos conceptuarla, diciendo que: “es la
evolución y la incidencia de la acción del hombre sobre el Ecosistema, cuyo resultado se traduce en su deterioro
y cambio morfológico; el estudio analítico del medio ambiente para determinar las causas o factores que
influyen en el problema, sus efectos, tendencias, y las medidas de necesidad para la protección del ecosistema
total o Mundo Biótico, donde el hombre es la célula fundamental, siempre con el gran ideal de lograr, mantener
y mejorar la calidad de la vida”. La problemática ecológica, concepción mental y psicológica de la “crisis”, alcanza
su clímax en el momento cuando se da vigencia e importancia a la ecología, como ciencia fundamental en la
protección del medio ambiente.
5.1 El equilibrio ecológico y los problemas del Medio Ambiente
El equilibrio natural o ecológico, que es nuestro campo, se representa por el conjunto de la flora y fauna
de una región y del hábitat donde se desenvuelven, cuyos distintos componentes compiten entre sí por la
alimentación y el espacio, y donde la reproducción de cada especie está limitada por la reproducción de otras.
De allí, el evitar la preponderancia de un recurso en detrimento de otro, o evitar la destrucción o eliminación de
alguno, en el límite que debilite su cooperación e interrelación necesaria para la existencia de los demás. En
ecología se estudia la necesidad de resguardar el equilibrio ecológico, para lo cual se busca el establecimiento de
los factores que determinan la vida, fenómeno dialéctico cuya organización y desarrollo solo es posible
mediante el equilibrio entre lo orgánico y lo inorgánico.
Sobre la base de determinar los factores que inciden contra el equilibrio ecológico, para contrarrestarlos,
es el enunciado final de todo nuestro estudio. Cuando se habla de equilibrio ecológico, debe distinguirse entre
los ecosistemas naturales no intervenidos por el hombre y las zonas donde necesariamente, el hombre debe
realizar sus actividades que conducen a la perturbación total o parcial de los ecosistemas naturales. En el primer
caso, diremos que hay equilibrio ecológico cuando el balance neto de sales minerales, agua y C02, o sea, las
cantidades de estas sustancias que entran y salen del ecosistema; son similares. Por lo general, hay una cierta
pérdida neta de nutrientes que puede ser sustituida por la meteorización de los minerales constituyentes del
sustrato, donde el ecosistema se desarrolla.
Derecho Ecológico
17
6.- Universalidad de la Problemática Ecológica.
El homo sapiens en su variedad technologicus, al aparecer en escena hace unos 500.000 años se propuso
modificar la faz de la tierra para adaptarla a sus necesidades. Más tarde, cuando aprende a usar el fuego, acelera
este proceso, y con su intelecto, al aprender los rudimentos de la agricultura y más recientemente, con la
Revolución Industrial, comienza a separarse de la naturaleza de la que dependió siempre, luchando por ella y
contra ella en la medida que las necesidades se incrementan; y cuando esta lucha se separa de lo racional,
comienza la acción progresiva de depredación y el propio hombre pierde su control, hasta poner en peligro
el “equilibrio ecológico o ambiental”, necesario para obtener el aprovechamiento de esa misma naturaleza
como él se lo propuso cuando dio inicio a su transformación. Una muestra tangible de la existencia de
la “crisis” la conforma la llamada “desertización de los continentes” o “los desiertos en expansión”, donde el
mundo alarmado ve hoy como nunca la generación de zonas desérticas con violenta rapidez y se considera, que
el 80% de la tierra productiva en las zonas áridas y semiáridas del planeta, se encuentran sometidas a un
progresivo proceso de desertización, donde dos terceras partes de las naciones del mundo se ven afectadas por
este proceso, y se teme, que los desiertos podrían triplicar su extensión, tanto en los países más desarrollados
como en los menos desarrollados. Mientras esto ocurre, se piensa que los productos de la tierra disminuirán con
los años, y con la creciente población, que generará una mayor demanda de alimentos, se requerirá
proporcionalmente un gran esfuerzo para incrementarlos, lo cual exigirá un mayor rendimiento de las tierras, en
vías de extinción.
7.- Factores o causas de la Problemática Ecológica (socio-demográficas, culturales; económicas, otras causas):
el Desarrollo incontrolado: (científico, tecnológico, minero, petrolero).
Los factores o causas que originan la problemática ecológica son de diferente índole, sin embargo, no es
sino la acción irracional del hombre en su afán desmedido por transformar la naturaleza, la que produce los
mayores estragos. Como fenómenos naturales, se producen constantemente transformaciones dentro de la
propia interrelación de los organismos que interactúan en el medio natural, pero estas transformaciones pueden
considerarse como necesarias para el mantenimiento del ciclo biológico y para su equilibrio. No así, proceden en
todos los casos las transformaciones originadas por el hombre, ya que la mayoría de las veces, éste en su afán
desmedido por lograr el mayor beneficio en la utilización de los recursos, omite las más elementales leyes
naturales. Pone así en peligro el ya mencionado equilibrio ecológico, cuyos efectos ponen de manifiesto lo que
hemos dado en denominar la Problemática Ecológica o Ambiental. Consideraremos como factores, o el conjunto
de ellos, dos agrupaciones de procesos naturales provocados por el hombre, los cuales se transforman en
autónomos y de gravedad progresiva, cuyo control por parte del mismo hombre se dificulta en la misma medida
que progresa y se agrava. Estas dos agrupaciones son las producidas por la Explosión Demográfica y el Desarrollo.
Explosión demográfica.
Es un fenómeno social que incide en la Ecología, al transformarse en factor de perturbación del medio
ambiente y de los elementos que en él se desenvuelven. Se origina de la natalidad no controlada o de la
aglomeración de personas en espacios ambientales limitados, o donde la densidad de población sobrepasa el
límite de la capacidad de albergue y de los recursos que en él existen. En consecuencia, podemos considerar
como causas de la Explosión demográfica: a) el alto índice de natalidad; y b) la concentración ciudadana.
a) Alto índice de natalidad
El nacimiento es un fenómeno biológico natural, necesario para la perpetuación de las especies, sin
embargo, se transforma en un problema social, en la medida que su incremento es desproporcionado con
relación a los espacios vitales del medio ambiente y a los recursos que en él existen. Es un fenómeno
característico y predominante en los países pobres y menos desarrollados, llamados también del Tercer Mundo,
donde se hace más notorio por la reducida provisión de recursos con que cuentan y por los bajos niveles
tecnológicos y educativos, que ayudan a incrementar: la poca capacidad productiva, los bajos niveles de
Derecho Ecológico
18
rendimiento económico, el deficiente usufructo de los recursos escasos, su deterioro, desgaste y consumo
innecesario hasta su destrucción.
De hecho, la natalidad se transforma en problema, en la medida que su incremento produzca, como hemos
dicho, una población, que sobrepase el límite de la capacidad del espacio vital del medio ambiente y los recursos
que en él existan. Ya que al producirse tal situación, la población en exceso presionará sobre ellos,
ocasionando su deterioro o destrucción, transformándose en un problema ecológico cuya magnitud es
impredecible. El problema de la natalidad sobre índices ha sido analizado en diferentes épocas históricas, muy
especialmente, cuando las crisis por escasez de recursos se han hecho sentir en la humanidad. Y aun cuando el
hombre ha sido siempre capaz de superar estas crisis, cada vez que aparece la dificultad para obtener los
recursos en los niveles que los venían obteniendo, aparecen nuevas fórmulas para lograrlo y éstas siempre
conducen al control de la natalidad.
Desarrollo de la población en el mundo.
Entendemos por población humana mundial el número total de personas que viven en todo el mundo en un
momento determinado, la que es determinada por los nacimientos y los fallecimientos de los personas, así como
por su esperanza de vida en un momento determinado. Así, se ha estimado por los expertos estadísticos el
crecimiento de la población mundial en el curso de la historia; el cual fue lento. Acelerándose rápidamente a
partir del s.XIX. Se calcula, que a fines del paleolítico era de 4 millones de personas y a causa de la revolución
neolítica, el sedentarismo y la agricultura, aumentó hasta 80 millones en torno al año 5.000 a.C. También refleja
el estudio de la historia cultural, que el crecimiento poblacional en cierta forma ha sido intencional. Deducimos
entonces, que la mayoría de las sociedades prefirieron en otros tiempos crear su bienestar material, a mantener
la máxima población numérica en los mismos linderos del hambre. No obstante, en el límite del crecimiento
contribuyeron en muchos casos: la escasez de conocimientos médicos y las mortandades producidas en las
guerras. A principios de nuestra era, la población mundial alcanzó unos 250 millones, que aumentaron muy
lentamente, con épocas de regresión, como a mediados del s.XIV a causa de las guerras y de la peste en Europa.
Teorías sobre la evolución, la transición demográfica y la revolución productiva
Debemos entender, que en el crecimiento y en el mantenimiento de la población inciden varios factores en
la transición demográfica: TN = Tasa de natalidad; TM = Tasa de mortalidad; CP = Población. Ésta última es el
resultado de la sumatoria de ellas. El efecto de estos factores ha hecho que el crecimiento de la población sea
mayor en los países menos desarrollados que en los países desarrollados. En efecto, estas teorías inciden en el
mismo desarrollo de la población en las diferentes regiones del mundo.
En este sentido han surgido acciones de control: alto control sobre la procreación con el uso de métodos
anticonceptivos y apoyo intergeneracional muy amplio a hijos y nietos, reforzamiento de los lazos familiares
profundos; aumento de la esperanza de vida: envejecimiento demográfico y madurez de masas. No se produce
un envejecimiento social sino un proceso de rejuvenecimiento por la prolongación de las etapas vitales a edades
antes nunca imaginadas: la infancia se alarga, la juventud se alarga, así como la madurez, la vejez y la
decrepitud; la renovada centralidad de la familia. Todos estos estudios prestan atención al rápido crecimiento
del número de personas mayores y no sólo en las regiones ricas. En las partes más desarrolladas del mundo el
23% de la población ya es mayor de 60 años. Se prevé que el porcentaje ascienda hasta el 32% en 2050 y al 34%
en 2100. La teoría de la revolución reproductiva concluye que la familia se ha reforzado claramente. La
reproducción se da y debe darse en la familia.
Población mundial del siglo xvii al siglo xxi
A partir del siglo XVII, los grandes avances del conocimiento científico, la agricultura, la industria, la medicina y
la organización social hicieron posible que la población creciera de forma considerable. Las maquinarias fueron
sustituyendo poco a poco la fuerza de trabajo humana y animal, aumentando lentamente el conocimiento y los
medios para controlar las enfermedades.
Para el año 1.800 de nuestra era, la humanidad contaba por lo menos 1.000.000 de años de existencia y la
población de la Tierra era tan sólo de 900.000.000 de habitantes, es decir, en términos estadísticos, un
promedio anual de 900 habitantes por año en el crecimiento demográfico del globo. La revolución industrial y
los avances científicos y médicos transformaron el proceso de crecimiento, y el incremento vertiginoso de
Derecho Ecológico
19
población en Europa provocó movimientos migratorios a América, Australia y África. En el s. XX, después de la 2°
Guerra Mundial, la explosión demográfica alcanzó a países del Tercer Mundo, lo que provocó que la población
mundial, que era de 2.515 millones de personas en 1950, llegase a unos 5.000 millones en 1987. Para el año
2010 la población era de 6.500 millones de habitantes. En líneas generales, se logra controlar el hambre y las
enfermedades, incluso en zonas que no habían alcanzado todavía un alto nivel de escolarización o que no
estaban tecnológicamente desarrolladas. Las causas de este cambio fueron el bajo costo de la importación de
vacunas, antibióticos, insecticidas y la gran variedad de semillas de alto rendimiento. Al mejorar la red de
abastecimiento de agua, las instalaciones de alcantarillado y las redes de transporte, aumentaron las cosechas y
disminuyó el número de fallecimientos por enfermedades infecciosas y parasitarias. En este sentido, se incrementó
la esperanza de vida al nacer, que en los países desarrollados, pasó de 35-40 años en 1950 a 61 años en 1990.
De allí que, la rápida disminución de fallecimientos en una población con altos índices de fertilidad hizo que
muchos países en vías de desarrollo alcanzaran un índice de crecimiento anual superior al 3,1%, índice que
duplicaría la población en 23 años. Podemos notar, que la población mundial se quintuplicó en 300 años,
pasando de 500 millones en 1650 a 2.500 millones en 1950. Este crecimiento fue más mayor en las regiones
donde se inventaron y aplicaron nuevas tecnologías.
Población estimada para el siglo xxi
Según las estimaciones de las Naciones Unidas, de 5.300 millones de personas existentes en 1990, la
población mundial pasaría a 6.200 millones en el año 2000 y a 8.500 millones en el 2025. Las estimaciones,
máxima y mínima para el 2025 son de 9.100 millones y 7.900 millones respectivamente. Según los datos
estadísticos de la ONU, el 30/10/2011, el planeta alcanzó la cifra de 7.200 millones de habitantes, estimando
llegar a los 9.600 millones en 2050 y a comienzos del próximo siglo, el número de habitantes podría superar los
16.600 millones. Según la ONU, la población del planeta aumentará de manera espectacular en las regiones más
pobres del mundo. Según sus estimaciones, en el año 2028 la India se convertirá en el país más poblado del
mundo superando a China. En total, los países en desarrollo experimentarán un crecimiento de 2.300 millones
de personas hasta el año 2050, mientras que la población de las regiones desarrolladas seguirá estable. Para el
organismo internacional, el índice medio de natalidad mundial, que en 1990 era del 2,6% se debía reducir al
2,2% para finales del siglo XX, y al 1,7% en el año 2025, con la correspondiente reducción del índice total de
fertilidad de 3,3% en 1990 a 2,3% en el 2025. Entre tanto, la esperanza de vida media mundial, pasará de 65
años, que fue en 1990 a 73 años en el 2025. El estudio señala que está previsto que la mitad de todo el
crecimiento de la población entre 2013 y 2100 se concentre en sólo 8 países: Nigeria, India, Tanzania, la
República Democrática del Congo, Níger, Uganda, Etiopía y Estados Unidos. Recordando, que aunque el
crecimiento de la población mundial ha disminuido en su conjunto, aflora en el estudio, que algunos países en
desarrollo, especialmente en África, todavía crecen con rapidez. A pesar de que la población va aumentando, el
estudio de la ONU prevé que la fertilidad en el mundo descienda de 4,53 a 2,87 hijos por mujer en el periodo
2045-2050 y a 2,11 hijos en el quinquenio 2095-2100.
Regiones más pobladas del mundo.
En la actualidad las regiones más pobladas de la Tierra son Asia meridional, Asia oriental, Europa y la
fachada atlántica de América del Norte. De los datos que se poseen hoy en día sobre población absoluta,
densidad media y áreas de superpoblación, se deducen diversos factores: la concentración de habitantes en el
Norte, las bajas densidades de América y África, la hiperpoblación de China e India, etc., que se prevé varíen en
el futuro con el crecimiento demográfico de Asia meridional y África, y con el estancamiento de Europa y EEUU.
La población en países el tercer mundo. En una visión histórica, en forma comparativa podemos apreciar la
incidencia del fenómeno en los países del Tercer Mundo; así tenemos que para 1.950, de la población total del
planeta, estimada en unos 2.500 millones, solo 800 millones correspondían a los países más desarrollados y el
resto a los menos desarrollados. Hasta hoy, los desarrollados han incrementado su población hasta los 1.200
millones, mientras que los otros lo han hecho en 3.400 millones, estimándose mediante proyecciones para estos
momentos, los desarrollados tienen una población de 1.300 millones, mientras que los menos desarrollados
alcanzan los 4.800 millones.
Derecho Ecológico
20
Teorías sobre la evolución y el crecimiento de la población
La preocupación por el crecimiento de la humanidad, que ha ido en aumento constante desde su aparición
hasta nuestros días, y se ha acelerado más que retardado en las últimas generaciones, ha dado origen a muchos
estudios socioeconómicos para su control. La evolución de la población y el crecimiento poblacional, son
consecuencia de varios factores interrelacionados: la alimentación, la generalización de la higiene, la sanidad, la
difusión de medicamentos y en general el desarrollo de la tecnología, que han sido decisivos para el fuerte
crecimiento de la población mundial, que ha pasado de los casi 1.000 millones en el año 1800 a más de 6.000
millones en el 2000 y a unos 7.200 millones a finales de 2011; y aunque durante la denominada transición
demográfica se produjo una fuerte reducción de la tasa bruta de mortalidad y de la natalidad, que se agudizaría
durante la segunda transición demográfica, a partir de 1950, la población mundial siguió con un alto
crecimiento, incluso con una baja natalidad en numerosos países, ya que a la fuerte y constante reducción de la
mortalidad se ha unido el aumento generalizado de la esperanza de vida. La denominada evolución reproductiva
constata, que la reducción del esfuerzo reproductivo supone una alta eficiencia reproductiva con baja natalidad
y alta supervivencia de los individuos.
b) La concentración ciudadana
Consideramos también dentro de las causas de la explosión demográfica a la concentración ciudadana, por
cuanto ésta incide, tanto en el despoblamiento de comunidades, como en el incremento poblacional en otras.
Podemos decir, que este factor se origina en principio de la condición natural humana de la segregación, al
tratar el hombre en todo momento de vivir agrupado o en sociedad, tendiendo siempre a habitar los medios
naturales más propicios para la supervivencia, con las condiciones más favorables en cuanto a facilidad para la
satisfacción de sus necesidades con el máximo grado de confort y bienestar, todo lo cual se lo proporciona el
mayor grado de desarrollo socioeconómico, que obviamente encuentra en los centros de mayor índice
poblacional, como lo son las grandes ciudades o urbes. La incidencia descontrolada del éxodo del hombre en
busca de mejores y más fáciles medios de vida produce el crecimiento rápido y desproporcionado de éstos
grandes centros poblados, que al ofrecer aparentes mejores medios de vida, se transforma en centros de
atracción de población. A medida que un país pasa de una economía agrícola a una economía industrial, se
produce una migración en gran escala de los residentes rurales hacia las ciudades. En este proceso, el índice de
crecimiento de las áreas urbanas duplica el índice de crecimiento global de la población. En 1950, el 29% de la
población mundial vivía en áreas urbanas, en 1990 esta cifra era del 43% y para el año 2000 se estima que
aumentará a más del 50%.
El éxodo rural
La migración a las ciudades conlleva una importante disminución del número de personas que vive en el
campo, y en consecuencia índices de crecimiento negativos en las áreas rurales. Fenómeno que mantiene una
presión continua del éxodo rural y de las pequeñas poblaciones, hacia las grandes ciudades, donde este
contingente de personas que se aventuran hacia ellas, encuentran y desarrollan condiciones precarias de vida y
subsistencia inclusive inferiores a las existentes en sus lugares de origen; disminuyen la mayoría de las veces el
consumo alimenticio y dietético indispensable para una vida saludable; aumentan la insatisfacción de las
necesidades básicas; aparte de otras necesidades que generan al convivir en tales ciudades; atacan al medio
natural más cercano como lo es el propio hábitat, en procura de vivienda para protegerse de la intemperie, para
la recreación y para proporcionarse seguridad; aumentan el consumo de elementos energéticos
biocontaminantes y biodegradantes, y, además, utilizan como espacio vital, áreas naturales y ambientales
necesarias para el equilibrio biológico. El alto crecimiento de la población es un problema que viene ocurriendo
en todo el mundo, y como patrón general, se visualiza el problema de la marginalidad, que crece cada vez más
proporcionalmente en estas ciudades, con índices de gravedad de acuerdo al mayor o menor grado de
desarrollo social y económico de ellas. Por otra parte, el crecimiento de las ciudades presiona a la reubicación de
las industrias y muchas áreas de servicios, desplazando también zonas de alta vocación agropecuaria y fuentes
de agua, con la consecuente degradación ambiental. Al extremo, muchas ciudades han sobrepasado el límite
máximo de su espacio natural para permitir la vida, forzando en contra de la salud de sus habitantes: la
contaminación ambiental, en todas sus facetas o formas de manifestarse. Al nivel universal, existen ejemplos de
crecientes ciudades que presionan al máximo a su medio ambiente. En ellas, se dificulta el suministro de agua y
Derecho Ecológico
21
se ocupan áreas importantes de suelos fértiles para el cultivo; así tenemos a: Ciudad de México, Los Ángeles,
Sao Paolo, Bogotá, El Cairo, Lima y muchas otras ciudades en el mundo.
La población en Venezuela.
Venezuela es un país sub-poblado en términos comparativos. Con un territorio de 916.445 Km2, incluyendo
los 4.395Km2 reclamados a Guyana, tiene una población de 31.650.392 habitantes, 15.876.540 de población
masculina actual (50.2%) y 15.773.852 de población femenina (49.8%), distribuida en un 88% de población
urbana y 12% de población rural. Con un crecimiento estimado de 1,50%, una densidad de población de 31,9%,
una tasa de natalidad de 2,04% y mortandad del 0,52%. Una esperanza de vida de 73,5 años (Femenina 77,6
años y Masculina 71,5 años. La distribución es desequilibrada; más del 80% de la población se agrupa en los
litorales, valles y piedemontes de la cordillera de la Costa y la de los Andes, creándose así grandes vacíos
poblacionales al sur del eje fluvial Orinoco-Apure. Más del 40% de la población, está asentada en los 8 complejos
urbanos más importantes del país. En el sur de Venezuela y en parte de la región zuliana se localiza la mayor
parte de la población indígena, que apenas alcanza un 1,5% del total nacional.
Los estados con mayor densidad de población son el Distrito Capital y los estados Lara, Carabobo, Aragua,
Nueva Esparta y, en menor grado, Trujillo, Táchira y otros. Por el contrario, los estados más extensos son los que
tienen menor densidad de población, especialmente el estado Amazonas (menos de 1 hab/ km²), Bolívar, Apure
y otros, cuya densidad de población no llega a los 5 habitantes por km². Hoy, cuatro de cada cinco venezolanos
constituyen población urbana. Sin embargo, la mitad S-SE del país (Amazonas, Apure, Bolívar, Delta Amacuro)
está sub-poblada.
De manera general, Venezuela tiene sectorializada su mano de obra así: el 55% en el sector comercio y
servicios, el 14% en el sector industrial, un 15% en la agricultura, silvicultura y pesca; y un 11% en la
construcción, electricidad y transportes.
El desarrollo como causa de la problemática ecológica
Para hablar del desarrollo como causa de la problemática ecológica, es menester imbuirnos en la más
nueva concepción del desarrollo, que en consideración al fenómeno que venía manejándose como de
crecimiento económico, tuvo necesidad de considerar la posibilidad de enfrentarlo al deterioro que con él se
venía produciendo por la libre acción del hombre. Surge entonces el llamado “desarrollo sostenible”, término
aplicado al desarrollo económico y social que permite hacer frente a las necesidades del presente sin poner en
peligro la capacidad de futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Se comprendió, que
existen dos conceptos fundamentales en lo que se refiere al uso y gestión sostenibles de los recursos naturales
del planeta. En primer lugar, que estos son imperiosos para satisfacer las necesidades básicas de la humanidad,
comida, ropa, lugar donde vivir y trabajo, lo cual implica prestar atención a las necesidades, en gran medida
insatisfechas, de los pobres del mundo, ya que un mundo en el que la pobreza es endémica será siempre
proclive a las catástrofes ecológicas y de todo tipo. En segundo lugar, los límites para el desarrollo no son
absolutos, sino que vienen impuestos por el nivel tecnológico y de organización social, su impacto sobre los
recursos del medio ambiente y la capacidad de la biosfera para absorber los efectos de la actividad humana,
comprendiendo que es posible mejorar tanto la tecnología como la organización social, para abrir paso a una
nueva era de crecimiento económico sensible a los efectos que se producen en el ecosistema. Los estudios nos
indican, que durante las décadas de los 70’ y 80’, empezó a quedar cada vez más claro, que los recursos
naturales estaban dilapidándose en nombre del“ desarrollo”, cuya acción venía produciendo cambios
imprevistos en la atmósfera, en los suelos, en las aguas, en las plantas, en los animales, y en las relaciones entre
todos ellos, reconociéndose que la velocidad del cambio era tal, que superaba la capacidad científica e
institucional para detener, aminorar o invertir el sentido de sus causas y efectos. Hoy, 30 años más tarde,
pareciera que la realidad fenomenológica con el cambio climático y los desastres naturales, nos estuvieran
obligando a tomar conciencia y actuar para evitar la catástrofe final.
Derecho Ecológico
22
8.- Actividades degradantes del ambiente: (industriales, transporte, agropecuarias, minera, petrolera, etc.).
Ver Art.80 LOA.
9.- Efectos de la problemática ecológica: la contaminación del ambiente y de los recursos naturales; el
calentamiento global y el efecto invernadero.
Existen grandes problemas ambientales que detallaremos más adelante:
 El cambio climático, que es la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o
regional.
 El calentamiento global de la atmósfera (el efecto invernadero), debido a la emisión, por parte de la industria
y la agricultura, de gases (sobre todo dióxido de carbono, metano, óxido nitroso y clorofluorocarbonos) que
absorben la radiación de onda larga reflejada por la superficie de la Tierra;
 El agotamiento de la capa de ozono de la estratosfera, escudo protector del planeta, por la acción de
productos químicos basados en el cloro y el bromo, que permite una mayor penetración de rayos ultravioleta
hasta su superficie;
 La creciente contaminación del agua y los suelos por los vertidos y descargas de residuos industriales y
agrícolas;
 El agotamiento de la cubierta forestal (deforestación), especialmente en los trópicos, por la explotación para
leña y la expansión de la agricultura;
 La pérdida de especies, tanto silvestres como domesticadas, de plantas y animales por destrucción de
hábitats naturales, la especialización agrícola y la creciente presión a la que se ven sometidas las pesquerías;
 La degradación del suelo en los hábitats agrícolas y naturales, incluyendo la erosión, el encharcamiento y la
salinización, que produce con el tiempo la pérdida de la capacidad productiva del suelo.
Como consecuencia de estos fenómenos, que consideramos como factores o causas de la problemática
ecológica, dos efectos se ponen de manifiesto en forma directa sobre la acción del hombre y en consecuencia,
inciden y multiplican el factor degradante, destructor y contaminante del medio ambiente o ecosistema; ellos son:
a) El incremento de las necesidades humanas
Se deriva de la “explosión demográfica” y de la “concentración ciudadana”. Obliga a que la acción del
hombre presione sobre los elementos del sistema ecológico. Las necesidades humanas crecen en cantidad,
aunadas al desarrollo cultural que le es inherente. En este caso, el crecimiento es desmedido en cuanto a las
necesidades básicas, es decir, las fisiológicas que pesan sobre el hombre para su subsistencia, dada la dificultad
para la consecución de los recursos necesarios para la manutención y para lograr el mínimo de calidad de visa.
Es evidente, que estos dos factores que aumentan el índice poblacional, presionan sobre el propio medio
ambiente.
b) La acción devastadora de la naturaleza
Simultánea con la explotación de los recursos naturales, se produce la acción destructora de la naturaleza en
otros recursos naturales, especialmente: suelos flora y fauna. Aparece la irracionalidad en las exploraciones y
explotaciones: agrícolas, pecuarias, mineras, forestales y acuíferas.
La Contaminación del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales
La acción de estos fenómenos, concluyen en resultados del deterioro del medio ambiente y de los recursos
que en él se encuentran, siendo tal vez el más graves de los problemas de la sociedad moderna: la
contaminación, que no es otra cosa, sino la alteración o trastorno de los distintos medios o ambientes naturales
(atmósfera, agua, suelo, etc.) por la presencia de sustancias o formas de energía extrañas, que rompen el
equilibrio ecológico y destruyen o dañan a las especies animal y vegetal.
Contaminación con sustancias químicas
Para la Organización Mundial de la Salud, la contaminación del aire, del suelo, de los alimentos y del agua
por substancias químicas inorgánicas y por aguas servidas, es un problema que se viene estudiando desde hace
años y que sin duda seguirá estudiándose. Para ellos, este problema es menor, en comparación con la
contaminación que se deriva de las nuevas substancias químicas orgánicas, que el hombre sintetiza, algunas de
Derecho Ecológico
23
las cuales son persistentes y su empleo se ha generalizado a nivel mundial. Figuran entre ellos, los nuevos
plásticos y plastificantes, los detergentes y disolventes sintéticos, los aditivos alimenticios, los compuestos que
se añaden a los combustibles o a las aleaciones y los plaguicidas.
Contaminación con productos sintéticos
Los productos sintéticos, que se usan cada vez más en el hogar como materiales de construcción, utensilios
y muebles, vestidos y un sin fin de ellos, penetran directa o indirectamente en los alimentos y las reservas de
aguas superficiales y subterráneas, cuando son liberados en la atmósfera; es decir, el nivel y alcance de
contaminación es global en el medio o hábitat, por lo que en un informe presentado por la OMS, ésta
recomienda que los diferentes tipos de contaminación, sea del aire, del suelo o del agua, por cuanto su
inseparabilidad e interrelación son evidentes, y constituyen la contrapartida inevitable del modernismo, deben
ser estudiados para encontrar el nivel máximo de aceptación de ésta, sin que ponga en peligro la salud y el
bienestar del hombre, conciliando su máximo grado de desarrollo con un alto nivel de calidad de vida. La vida
misma es afectada actualmente a distintos niveles por la contaminación del aire, de las aguas y de los alimentos;
por la destrucción de los suelos devocación agrícola, de las selvas tropicales y otros ecosistemas frágiles; por las
lluvias ácidas, capaces a su vez de destruir la vegetación y corroer el mármol de los edificios y las obras de
arte que han resistido durante siglos la acción de la intemperie; por lo efectos negativos de la acción nuclear;
por los desechos tóxicos industriales; por la desaparición de los ríos y montañas; por la destrucción de la capa
de ozono; y por muchos otros efectos que se derivan de la aplicación de los avances científicos y tecnológicos,
concomitantes con el desarrollo industrial, del urbanismo y de toda la gama y facetas del desarrollo integral del
hombre, dentro y por la sociedad.
El Cambio Climático, el Calentamiento Global y el Efecto Invernadero.
El fenómeno de la contaminación atmosférica ha obligado al estudio más profundo de sus causas. En tal
sentido, el efecto invernadero, el calentamiento global y el Cambio Climático son problemas que se estudian
desde hace más de un siglo cuando los científicos descubrieron que determinados gases de la atmósfera,
especialmente el vapor de agua, el dióxido de carbono, el metano, el óxido nitroso y los clorofluorocarbonos,
contribuyen al calentamiento atmosférico.
El Cambio Climático
Se denomina cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala
global o regional. Cambios que se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros
meteorológicos: temperatura, presión atmosférica, precipitaciones, nubosidad, etc. En teoría, son debidos tanto
a causas naturales, como antropogénicas. El término suele usarse de manera poco apropiada, para hacer
referencia tan solo a los cambios climáticos que suceden en el presente, utilizándolo como sinónimo de
calentamiento global. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático usa el término
«cambio climático» solo para referirse al cambio por causas humanas o antropogénicas; es decir, un cambio de
clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera
mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables. Recibe
también el nombre de «variabilidad natural del clima», pues se produce constantemente por causas naturales.
En algunos casos, para referirse al cambio de origen humano se usa también la expresión «cambio climático
antropogénico». Además del calentamiento global, el cambio climático implica cambios en otras variables como
las lluvias y sus patrones, la cobertura de nubes y todos los demás elementos del sistema atmosférico. La
complejidad del problema y sus múltiples interacciones, hacen que la única manera de evaluar estos cambios,
sea mediante el uso de modelos computacionales que simulan la física de la atmósfera y de los océanos. La
naturaleza caótica de estos modelos hace que en sí tengan una alta proporción de incertidumbre, aunque esto
no es óbice, para que sean capaces de prever cambios significativos futuros, que tengan consecuencias tanto
económicas, como biológicas.
Derecho Ecológico
24
Derecho Ecológico
25
Derecho Ecológico
26
10.- La Problemática Ecológica en Venezuela: aspectos diferenciados y característicos.
Al analizar la problemática ecológica en Venezuela, debemos estar conscientes y considerar por lo tanto
en nuestros estudios y planes conservacionistas, que los daños que se producen en cualquier parte del planetas,
tarde o temprano dejan sentir su efecto en nuestro propio entorno, pues no hay nada más real y natural, que
todos los elementos en un sistema, y como hemos indicado, el mundo es un macrosistema, donde la interacción
de los elementos y órganos intervinientes, con su acción y la reacción mantiene el natural “equilibrio ecológico,
el que al romper, deja al descubierto los efectos de la “crisis ecológica”. El desastre de Chernóbil y el
esparcimiento de su nube radioactiva nos ha enseñado que la contaminación no tiene fronteras, por su parte,
las grandes proporciones de anhídrido carbónico ha generado en la combustión masiva local producto de la
industrialización, se acumula en la atmósfera y retiren las radiaciones infrarrojas, que conducen a un progresivo
y peligrosos aumento de la temperatura terrestre, mientras que en el escudo protector de ozono se reduce por
las reacciones de los compuestos volátiles de aligerados utilizados en aerosoles y en la combustión de las
turbinas de los aviones a reacción.
Como principal factores influyentes en la problemática ecológica venezolana podemos mencionar: el
alto índice de crecimiento poblacional y la densificación de lagunas regiones y ciudades del país; el éxodo del
campesino hacia las grandes urbes, que ayudan al incremento del fenómeno de la densificación o concentración
indicada el creciente desarrollo industrial, la inmensa explotación petrolera; la reiterada y ancestral práctica de
monocultivo, del conuco y del uso del fuego como medio de renovación de los cultivos; y una acción que ha
tomado auge recientemente motivada a la crisis económica del país, como lo es el renacimiento de “El Dorado”,
es decir, la explotación masiva de los reservorios mineros de Guayana.
Al analizar el problema, nos damos cuenta que el deterioro de la naturaleza es progresivo. El recurso agua, sufre
un grave deterioro orientado a su disminución en grandes cantidades. En el país han sido identificadas 135
cuencas hidrográficas, de las cuales 32 han sido declaradas críticas y prioritarias, afectadas por los fenómenos de
la erosión y la invasión o penetración poblacional, que de inmediato actúa sobre el hábitat, ocasionado graves
daños en sus zonas protectoras. Este factor de deterioro en notorio la actividad industrial en función del
desarrollo, y en los antes indicados espacios declarados reservatorios diamantíferos y auríferos.
Es notorio el deterioro y el alto grado de contaminación de los lagos de Maracaibo y Valencia, así como de los
nacientes de nuestros cursos de aguas que viene de Colombia, cuya incidencia por los sabotajes y atentados
guerrilleros a oleoductos de ese país y el constante uso de materiales contaminantes para la producción de
Derecho Ecológico
27
drogas, agravan y dejan fuera de control el problema, cuyo enfrentamiento escapa en gran parte al
adoctrinamiento y concientización nacional.
También es notoria la contaminación por desechos industriales y basura de las zonas donde se incrementa la
actividad industrial y la comercial, siendo un ejemplo palpable la contaminación que sufren las ciudades
comerciales del Estado Nueva Esparta con su Puerto Libre y las zonas circundantes de Valencia, Ciudad Guayana
y Maracaibo.
Podríamos resumir los factores o causas influyentes en la problemática ecológica de Venezuela y sus efectos, así:
- Explotación agropecuaria rudimentaria y atécnica: Quemas, talas, monocultivos, conucos.
- Explotación forestal incontroladas: Falta de técnica recuperadora del medio ambiente.
- Explotación minera ilegal y legal sin controles adecuados: Falta de técnicas y medidas de recuperación
ambiental.
- Desvío y sedimentación de curso de agua.
- Contaminación con elementos químicos y otras sustancias.
- Destrucción del suelo y del subsuelo.
11.- Papel protagónico de la sociedad civil en el desarrollo del Derecho Ecológico y en la formación de una
conciencia ecologista.
Todo ciudadano tiene que comprender que vivir en sociedad es una necesidad, por cuanto la
convivencia ayuda al desarrollo espiritual y económico del hombre colectivo. De esta comprensión, deberá
deducir que en su sociedad, cada persona tiene un rol que cumplir, y del cumplimiento de todos los roles, se
logrará la satisfacción de las necesidades del colectivo. Para muchos, es el medium que facilita la vida con
derechos y deberes del colectivo, para pocos, es una camisa de fuerza que restringe la libertad natural,
transformándolos en esclavos de reglas y de compromisos. Por ello, muchos inconformes se convierten en
ermitaños y buscan la felicidad al margen de los compromisos sociales.
La libertad ofrece al "homo societatis" dos posibilidades: disfrutar de la mancomunidad con sus ventajas y
restricciones, o aislarse del mundo y vivir solitario en un medio ambiente exclusivo. La sociedad en sí, exige a
cada miembro en mayor o menor grado, una cuota de sacrificio.
12.- Los Estudios de Impacto Ambiental como forma de evitar el daño ecológico.
El Impacto Ambiental, es entendido como el juicio de valor sobre la alteración o efecto ambiental
positivo o negativo de la calidad ambiental, provocada o inducida por cualquier acción del hombre.
La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es decir, la predicción o presunción del impacto ambiental de
una actividad o proyecto específico, y la proposición de alternativas para prevenir o atenuar los efectos
degradantes del medio ambiente, que pueden seguirse de su realización o ejecución. Es entonces el conjunto de
estudios y sistemas técnicos dados como un proceso de análisis, que permite estimar los efectos que la
ejecución de un proyecto, obra o actividad referidos a determinadas etapas de la vida de la empresa o
emprendimiento, como son su emplazamiento o instalación causa sobre el medio ambiente, así como su
corrección prevención y valoración a fin de ser aceptado, modificado o rechazado por las autoridades de control.
Según las características de las interacciones, el estudio puede tener alcance local, regional o global.
El alcance global se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan todo el planeta o gran
parte de él. Un ejemplo es el estudio del impacto ambiental provocado por la generación de dióxido de carbono,
aumentando el efecto invernadero y por consiguiente la temperatura media del planeta.
El alcance regional se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan una región
determinada. Un ejemplo sería el estudio del impacto ambiental provocado por la construcción de una represa,
modificando los cursos de agua y afectando, por ejemplo, el recurso suelo.
El alcance local se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan al radio de influencia del
emprendimiento. Un ejemplo es un estudio de impacto ambiental que involucre los impactos generados por los
residuos de un establecimiento fabril.
Derecho Ecológico
28
Ley Orgánica del Ambiente. Capítulo II – Control Previo Ambiental - Art. 82 – Art. 83 – Art. 84 – Art. 85
Ver concepto de Estudio de Impacto Ambiental y Evaluación de Impacto Ambiental en el Art. 3 sobre
Definiciones de la Ley Orgánica del Ambiente.
Art. 4 de la Ley de la Orgánica del Ambiente. Evaluación del Impacto Ambiental también se define como un
principio para la gestión del ambiente.
CRBV – Art. 129
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TEMA N° 3 EL DERECHO AMBIENTAL EN VENEZUELA.
1.- El Derecho Ambiental a.- Concepto, Generalidades y Bases jurídicas.
Objetivos del Derecho ambiental
Derecho Ecológico
29
CRBV. Art. 11 – 15 – 112 – 113 – 115 – 119 – 120 – 124 – 126
b.- El Derecho Ambiental y el Derecho Ecológico.
C.R.B.V. Capítulo IX - De los Derechos Ambientales
Artículo 127 Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí
misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de
un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad
biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y
demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley
que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la
activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de
Derecho Ecológico
30
contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas,
sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
Artículo 128 El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades
ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas
del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica
desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129 Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente
acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de
desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley
especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los
contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los
permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviere
expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia
de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste
resultare alterado, en los términos que fije la ley.
Existe un conjunto de leyes que regulan todo lo relacionado con las materias relacionadas con el medio ambiente, su
explotación racional, su protección y las sanciones por incumplimiento, entre las cuales se pueden mencionar:
 Ley Orgánica del Ambiente 2006: establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del
ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la
sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento
del planeta, en interés de la humanidad. De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías
y derechos constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
 Ley Orgánica de Hidrocarburos 2007: Todo lo relativo a la exploración, explotación, refinación,
industrialización, transporte, almacenamiento, comercialización, conservación de los hidrocarburos, así
como lo referente a los productos refinados y a las obras que la realización de estas actividades
requiera, se rige por esta Ley.
 Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares 2014: tiene por objeto regular el ejercicio de la
soberanía, jurisdicción y control en los espacios acuáticos, conforme al derecho interno e internacional,
así como regular y controlar la administración de los espacios acuáticos, insulares y portuarios de la
República Bolivariana de Venezuela, cuya finalidad es preservar y garantizar el mejor uso de los espacios
acuáticos, insulares y portuarios, de acuerdo a sus potencialidades y a las líneas generales definidas por
la planificación centralizada.
 Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio: cuyo objeto es establecer
las disposiciones que regirán el proceso general para la Planificación y Gestión de la Ordenación del
Territorio, en concordancia con las realidades ecológicas y los principios, criterios, objetivos estratégicos
del desarrollo sustentable, que incluyan la participación ciudadana y sirvan de base para la planificación
del desarrollo endógeno, económico y social de la Nación.
 Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas 2007: garantiza la protección del Hábitat indígena,
que constituye el conjunto de elementos físicos, químicos, biológicos y socioculturales, que constituyen
el entorno en el cual los pueblos y comunidades indígenas se desenvuelven y permiten el desarrollo de
sus formas tradicionales de vida. Comprende el suelo, el agua, el aire, la flora, la fauna y en general
todos aquellos recursos materiales e inmateriales necesarios para garantizar la vida y desarrollo de los
pueblos y comunidades indígenas.
 Ley de Bosques: rige a los fines de garantizarla la conservación de los bosques y demás componentes del
patrimonio forestal y otras formas de vegetación silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que
rigen el acceso y manejo de estos recursos naturales, en función de los interés actuales y futuros de la
nación, bajo los lineamientos del desarrollo sustentable y endógeno.
 Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable: tiene por objeto regular la creación, funcionamiento
y supresión de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable (ZEDES), con el propósito de ejecutar planes,
Derecho Ecológico
31
dinamizar y coordinar los esfuerzos del Estado e incentivar la iniciativa privada para fomentar el
desarrollo de la productividad y adecuada explotación de los recursos, elevando los niveles de bienestar
social y calidad de vida de la población.
C.- Características del Derecho Ambiental.
Derecho Ecológico
32
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf
431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf

Más contenido relacionado

Similar a 431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf

La ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoLa ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoJuan Lopez
 
La ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoLa ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoJuan Lopez
 
Informe sobre La Ecología
Informe sobre La EcologíaInforme sobre La Ecología
Informe sobre La EcologíaPaula Fabarón
 
Ecología y medio ambiente
Ecología y medio ambienteEcología y medio ambiente
Ecología y medio ambientefer1606
 
01. Ecología y medio ambiente Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...
01. Ecología y medio ambiente  Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...01. Ecología y medio ambiente  Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...
01. Ecología y medio ambiente Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...Domingo de Dios
 
Ecología y medio ambiente
Ecología y medio ambienteEcología y medio ambiente
Ecología y medio ambienteJorge Martínez
 
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambiente
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambienteEncribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambiente
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambienteLis Angélik Quevedo
 
Ecologia y medio ambiente
Ecologia y medio ambienteEcologia y medio ambiente
Ecologia y medio ambienteEdithNunez50
 
Ecologia como fuente del derecho ecologico
Ecologia como fuente del derecho ecologicoEcologia como fuente del derecho ecologico
Ecologia como fuente del derecho ecologicoAlejandroCamacaro1
 
Lectura ecologia
Lectura ecologiaLectura ecologia
Lectura ecologiaedisa1557
 
Qué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAQué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAguesteb206f
 
Qué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAQué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAguesteb206f
 

Similar a 431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf (20)

Ecología
Ecología Ecología
Ecología
 
Ecologia
EcologiaEcologia
Ecologia
 
La ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoLa ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologico
 
La ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologicoLa ecologia como fuentes del derecho ecologico
La ecologia como fuentes del derecho ecologico
 
Informe sobre La Ecología
Informe sobre La EcologíaInforme sobre La Ecología
Informe sobre La Ecología
 
Ecología y medio ambiente
Ecología y medio ambienteEcología y medio ambiente
Ecología y medio ambiente
 
01. Ecología y medio ambiente Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...
01. Ecología y medio ambiente  Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...01. Ecología y medio ambiente  Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...
01. Ecología y medio ambiente Bases de la Ecología autor El mayor portal de ...
 
Ecología y medio ambiente
Ecología y medio ambienteEcología y medio ambiente
Ecología y medio ambiente
 
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambiente
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambienteEncribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambiente
Encribd com sesion6-17-mar-ecologiaymedioambiente
 
Ecologia y medio ambiente
Ecologia y medio ambienteEcologia y medio ambiente
Ecologia y medio ambiente
 
chikungunha
chikungunhachikungunha
chikungunha
 
Ecologia como fuente del derecho ecologico
Ecologia como fuente del derecho ecologicoEcologia como fuente del derecho ecologico
Ecologia como fuente del derecho ecologico
 
Que es ecologia
Que es ecologiaQue es ecologia
Que es ecologia
 
Lectura ecologia
Lectura ecologiaLectura ecologia
Lectura ecologia
 
Informe de ecologia
Informe de ecologiaInforme de ecologia
Informe de ecologia
 
Ecología
EcologíaEcología
Ecología
 
La Ecologia
La EcologiaLa Ecologia
La Ecologia
 
Qué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAQué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíA
 
Qué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíAQué Es La EcologíA
Qué Es La EcologíA
 
Presentación2
Presentación2Presentación2
Presentación2
 

Último

Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfMaritzaRetamozoVera
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxKarlaMassielMartinez
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 

Último (20)

Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 

431090084-Guia-Derecho-Ecologico-Completa-PDF.pdf

  • 1. Derecho Ecológico 1 TEMA N° 1.- LA ECOLOGÍA Y EL DERECHO ECOLÓGICO. 1.- El Derecho Ecológico: Concepto como nueva concepción del Derecho. Es incuestionable la interrelación entre el hombre y su sociedad, con el medio físico donde se desenvuelve, así como la acción modificante, muchas veces destructiva sobre su medio, hasta llegar a producir perturbaciones de toda índole, logrando en circunstancias, que cada vez se agravan más, los desórdenes ecológicos. Científicos serios y optimistas, estuvieron convencidos de que la acción del hombre siempre sería positiva para la transformación de la Biosfera, bajo su acción inteligente de artificio, en una envoltura similar a una Biosfera Utópica que se conocería como Neósfera. Pero como utopía al fin, cuando el medio ambiente comienza a deteriorarse progresiva y violentamente; cuando las poblaciones crecen vertiginosamente; cuando los bosques desaparecen y las aguas cada día son más escasas y contaminadas; cuando los recursos energéticos se hacen más escasos y caros; y cuando las ciudades se llenan de "Smog" , que impide la respiración y produce molestias visuales y en la piel; es entonces cuando el hombre se da cuenta de que su acción destructiva se reinvierte como fenómeno natural en venganza de la propia naturaleza, apareciendo entonces la necesidad de normar tal acción, valiéndose para ello del Derecho. Nace así el Derecho Ecológico, el cual podemos definir como el "conjunto de normas jurídicas de carácter coercitivo, que regulan la acción del hombre en el usufructo de la naturaleza y sus recursos naturales, y le fija el límite de su intervención y modificación, tanto en la explotación, como en el aprovechamiento de los recursos naturales, para evitar su deterioro o degradación irreversible, que pudieran poner en peligro el futuro de la misma sociedad". En tal sentido, se fundamenta en los principios de las ciencias ecológicas, y en la racionalidad de la conducta humana en el marco de lo imprescindible y de lo permisible. 2.- La Ecología como Fuente del Derecho Ecológico. Hemos visto, que el desarrollo, fin deseado y perseguido por toda la humanidad, se dirige al mejoramiento evolutivo de la sociedad traducido en bienestar material y espiritual para todos sus miembros, pero simultáneamente conlleva a la transformación del medio ambiente o ecosistema, muchas veces en forma incontrolada o irracional, cuyos efectos tienden a producir el "desequilibrio ecológico" hasta niveles críticos y peligrosos para la supervivencia humana. Durante las décadas de 1970 y 1980 empezó a quedar cada vez más claro, que los recursos naturales estaban dilapidándose en nombre del "desarrollo" y en tal sentido, se estaban produciendo cambios imprevistos en la atmósfera, en los suelos, en las aguas, en la vegetación, en los animales, y en las relaciones entre todos ellos. Ante esta situación, fue necesario reconocer que la velocidad del cambio era de tal magnitud, que superaba la capacidad científica e institucional para ralentizar o invertir el sentido de sus causas y efectos. Esta situación, producto del factor social, ha obligado a la misma sociedad a concebir formas de control de la acción devastadora del hombre y a regular las propias actividades del desarrollo hasta racionalizarlas, apareciendo en esta forma el "Derecho Ecológico". Necesariamente, la ecología sirve de instrumento para que el hombre interprete al medio ambiente como ecosistema y se percate de la interacción que hacen los seres vivos que en él intervienen, entre ellos el mismo hombre. La Ecología en este enfoque, pasa a constituirse, no solamente en ciencia de la naturaleza, sino una nueva concepción del mundo, que a decir de Lutzemberger "La Ecología es una generalización, una visión global de las cosas, es la visión sinfónica del universo como sistema racional integrado". Esta ciencia que originalmente formaba parte de la Botánica, fue invadiendo los demás campos de las ciencias naturales, y debido a la comprobada relación de los fenómenos físicos con los sociales, sirvió esto de estímulo, para que también las ciencias jurídicas intervinieran en la normatización de la relación del hombre con los cambios de la naturaleza, de tal manera que sus actividades sean compatibles con el equilibrio de los ecosistemas, prescribiendo aquellas conductas que vayan en detrimento, perturben o deformen el medio ambiente. En tal sentido, el Derecho, fundamentándose en la Ecología, debe velar porque el hombre sea racional en la explotación de los recursos naturales, y que al necesitar modificar el ecosistema natural, simultáneamente cumpla con las normas que lo obligan a preservarlo, conservarlo y más aún, mejorarlo para evitar la producción de daños irreversibles.
  • 2. Derecho Ecológico 2 3.- Definición de la Ecología. El término ecología, etimológicamente se deriva del griego ΟΙKΟΣ que significa casa u hogar y LOGOS = tratado. Se dice también, que comparte su raíz con la economía, por lo que ecología significa: el estudio de la economía de la naturaleza. Es la especialidad científica que centra su estudio y análisis del vínculo que surge entre los seres vivos y el entorno que los rodea, entendido como la combinación de los factores abióticos (entre los cuales se puede mencionar al clima y a la geología) y los factores bióticos (organismos que comparten el hábitat). La ecología analiza también la distribución y la cantidad de organismos vivos como resultado de la citada relación. Se estima que el término ecología, fue propuesto como tal por el biólogo alemán Ernst Heinrich Haeckel en el año 1869 en la concepción que hemos indicado, utilizando la expresión “OEKOLOGIE” para reunir en conjunto los estudios que relacionan la existencia de los seres vivos con el medio. Su objeto es, por consiguiente, el estudio de los ecosistemas. La ecología, es un concepto biológico dentro de las ciencias, que lo conducen a su especificación original y científica como debemos tratarlo. Por ello, la definimos como “la ciencia, parte de la Biología, que estudia las relaciones existentes entre los seres vivos y el medio ambiente en que coexisten”. Es también parte de la sociología, que estudia la relación entre los grupos humanos y su ambiente, tanto físico como social. Estudia a la vez, la compleja interacción del ser vegetal con el animal y con respecto a su medio ambiente físico y biológico (autobiología), y las relaciones aún más complejas de las asociaciones naturales o comunidades de los organismos (sinecología). Con el tiempo, el concepto de ecología se ha extendido hasta abarcar el análisis de las propiedades del medio, incluyendo el desplazamiento de materia y energía y su evolución a raíz de la presencia de conjuntos biológicos. El Diccionario de la Real Academia Española, la define como: “Parte de la Biología, que estudia las relaciones existentes entre los organismos y el medio en que viven” y por su parte, el Grande y Novísimo Diccionario de la Lengua Portuguesa, la define como: “La ciencia que estudia las relaciones mutuas de todos los organismos que viven en un mismo medio y a su adaptación al ambiente”. Por su gran relación con el estudio del ambientalismo y la conservación, se ha formado un creciente interés de la opinión pública respecto a los problemas del medio ambiente, que han convertido la palabra ecología en un término a menudo mal utilizado. Se le confunde con los programas ambientales y con la ciencia medioambiental. Sin embargo, aunque se trata de una disciplina científica diferente, la ecología contribuye al estudio y a la comprensión de los problemas del medio ambiente. En este sentido, actualmente y desde hace varios años, la ecología la han relacionado con diversos movimientos políticos y sociales, que actúan en defensa del medio ambiente. Movimientos que realizan distintas denuncias sociales, proponen la necesidad de reformas legales y promueven la concienciación social para alcanzar su objetivo principal, que es la conservación de la salud del hombre sin dañar ni alterar el equilibrio de los ecosistemas naturales. La ecología contribuye a resolver los problemas ambientales, al estudiar la naturaleza como un sistema complejo en el cual todos los elementos están relacionados. Para ello, emplea los conocimientos de las ciencias naturales, de allí que se diga que es una ciencia de síntesis. Origen y evolución de la Ecología. Remontando la historia, se ubica el inicio de la Ecología con los filosófos griegos, particularmente con Teofrasto, sucesor de Aristóteles en la Escuela Peripatética, quien escribió la Historia de los Animales, los Minerales y las Plantas. Para ese entonces se le consideró como una simple descripción de la relación de los organismos entre sí y con el medio ambiente. Como ciencia nueva, la ecología ha sido motivadora del estudio de muchos naturistas, quienes dentro del paso histórico de las leyes universales de la humanidad, han dado origen a modernas concepciones filosóficas como la “evolucionista” de Herber Spencer y la concepción del “hecho social” como fenómeno supraindividual y supernatural de Emile Durkheim, hasta llegar a la situación histórica, del hábitat como punto de enlace de los fenómenos socioculturales.
  • 3. Derecho Ecológico 3 Iniciadores del estudio de la ecología Entre los iniciadores de la ecología actual, se ubica a Charles Darwin naturalista inglés, quien hizo hincapié en la adaptación de los organismos a su medio ambiente por medio de la selección natural. En 1831, nombrado naturalista de buque británico Beagle, inició un crucero de estudios que duró 5 años. En este viaje obtuvo material para varios libros, entre ellos “Zoology of the Voyage of the Beagle” (1840). Su doctrina sobre la selección natural, una de las varias teorías de la evolución de las especies de los seres vivos, fue expuesta en “On the Origin of Species by Means of Natural Selection” (1859), su obra fundamental. Sobre la evolución del hombre, escribió “Descent of Man and Selection in Relation to Sex” (1871). En un largo viaje, Darwin visitó América del Sur y diversas islas del Pacífico y del Indico, haciendo observaciones geológicas y zoológicas por el año 1939, para más tarde sustentar su teoría biológica de la “Evolución Natural de los Seres Vivos”, ya planteada más de 50 años atrás sin éxito por Lamarck, quien indicaba que la transformación o evolución era el producto de la acción del ambiente y al uso o no uso de los órganos, que los trasformaba en útiles e inútiles; mientras que Darwin afirmó que tal transformación es el producto de la selección natural, que actúa sobre pequeñas, fortuitas, constitucionales y hereditarias variaciones de los caracteres, frecuentes en las poblaciones de una misma especie, de modo que favoreciese la supervivencia de los individuos poseedores de caracteres superiores, y en consecuencia, más fuertes en la lucha por la existencia. También hicieron grandes contribuciones, geógrafos de plantas como Alexander von Humboldt, quien estuvo profundamente interesado en el cómo y el porqué de la distribución de los vegetales en el mundo. 4.- Las Ciencias y Disciplinas Ecológicas: Concepto y Campos de acción. Los Ecólogos conciben en la actualidad a la Ecología, como un conjunto de ciencias o un complejo multidisciplinario, revolucionando la concepción inicial que la trataba como una simple rama de la Biología, y se abre el campo para darle amplitud autonómica. Más hoy, con el progreso y evolución de los criterios científicos y tecnológicos en los inicios del Siglo XXI, se desarrolla como la ciencia fundamental del futuro, muy unida a la Física y a la Química. Y en la medida que avanza el factor polusivo ambiental y la acción degradante del medio ambiente, se asocia aún más con muchas otras ciencias y disciplinas, hasta convertirse en un complejo científico que vuelca su objeto a la conservación del propio medio donde se desarrolla. Dado este desarrollo y el auge de la ciencia, debido a los diferentes enfoques necesarios para estudiar a los organismos en su medio ambiente natural, la ecología se sirve de disciplinas como la climatología, la hidrología, la física, la química, la geología y el análisis de suelos. Igualmente, para estudiar las relaciones entre muchos organismos, la ecología recurre a ciencias tan dispares como el comportamiento animal, la taxonomía, la fisiología y las matemáticas. En un sentido general, por su definición y contenido, al estudiar los seres vivos y el medio ambiente que los rodea, relacionamos la ecología con todas las ciencias que se desarrollan tanto con dichos seres, como con el medio. Así podemos mencionar a la propia Biología, la Física, la Química, las Matemáticas, la Electrónica, la Genética, la Geología, la Bioquímica, la Sociología, la Pedagogía, la Economía, la Psicología, la Política, la Antropología y todas las ciencias que se relacionan con los animales, con las plantas, con el hombre o con su hábitat; es decir, con todas las ciencias y disciplinas de la naturaleza que estudian los fenómenos del hombre y de los seres vivientes en general, tratando de comprender su conducta, y muy especialmente, las ciencias y disciplinas reguladoras de la acción del hombre, entre las cuales encontramos y damos relevancia al Derecho. La biogeografía En cuanto a la ecología como sustrato del ecosistema, debemos considerar como base de los estudios ecológicos a la “geografía en su aspecto descriptivo e historiográfico, ya que sólo esta disciplina nos hará conocer mejor lo que fue la constitución física y biológica de determinado país y el proceso de transformación que ha operado en él a través del tiempo”. Como materia nueva a considerar en nuestro estudio, damos relevancia a la biogeografía, por constituir la ciencia que se encarga de estudiar la distribución geográfica de los seres vivos y las causas y modificaciones de esta distribución. Ciencia ésta, que consta además de otras ramas científicas, como lo son: la edafología, la zoogeografía, y otras, entre las que se ubica a la propia ecología, que utiliza para sus estudios y relaciones.
  • 4. Derecho Ecológico 4 5.- Elementos de la Ecología. Órganos y organismos En atención a las definiciones expuestas, entenderemos por organismo, al conjunto de órganos del cuerpo animal o vegetal y de las leyes porque se rige, y por órgano entenderemos, cualquiera de las partes del cuerpo animal o vegetal, que ejercen una función, es decir, que cumple una actividad o ejercicio. La vida sobre la Tierra se manifiesta en las plantas y los animales. Se diferencian unos de otros por características de su organización celular y ambos presentan una gran diversificación. Existe una riqueza de especies extraordinaria, extendidas por toda la superficie terrestre. Animales y plantas tienen gran capacidad de adaptación, habiendo vencido todos los climas y los distintos suelos. Existen seres muy sencillos y seres muy complejos. Según la forma de nutrirse, los seres vivos se dividen en autótrofos, que son la mayoría de las plantas, y heterótrofos, que son los animales y algunos vegetales. Los primeros son capaces de constituir su organismo nutriéndose de sustancias minerales; los segundos han de tomar sustancia orgánica viva o muerta. Esta diferenciación, y el estudio de los distintos seres vivos existentes, junto con los que se han extinguido ya, nos ha de permitir descifrar el origen de la vida, que es una de las finalidades de la biología. Autonomía de la Ecología. La importancia actual de la Ecología como ciencia autónoma es universal y viene dada por la necesidad de conocer los fenómenos que ella estudia en forma individual y su relación con otras ciencias y disciplinas, cuyo fin es el de tratar de mantener el “equilibrio ecológico” antes mencionado, con cuya acción está influyendo fundamentalmente en la elaboración y desarrollo de principios y normas del Derecho Ecológico. Hasta hace poco tiempo, la ecología estaba limitada a la agricultura y se interesaba principalmente por la producción y el rendimiento de las plantas cultivadas, encargándose además de analizar las relaciones existentes entre las estructuras vegetales, sus funciones y las condiciones externas, así como también, del estudio de los fenómenos de su adaptación al ambiente. Hoy, su campo es mucho más extenso, constituyéndose en una ciencia relativamente nueva en cuanto a su contenido formal de principios, los cuales se fundamentan en las ciencias naturales. Su mayor importancia hoy, se deriva de su estudio y consideración debido a los problemas que se originan de la degradación del medio ambiente, el cual conduce al desequilibrio de los ecosistemas, sobre todo en las regiones más desarrolladas, por el mal uso que el hombre ha hecho de la naturaleza y sus recursos y por las distintas formas de contaminación. En este sentido, la ecología contribuye a resolver los problemas ambientales, al estudiar la naturaleza como un sistema complejo en el cual todos los elementos están relacionados. Para ello emplea los conocimientos de las ciencias naturales, por lo que se dice que es una ciencia de síntesis. En la actualidad, el equilibrio de los ecosistemas se ha visto alterado, sobre todo en las regiones más desarrolladas, por el mal uso de la naturaleza y sus recursos y por las distintas formas de contaminación. Clasificación de la Ecología En este sentido, la ecología ha diversificado su campo de estudio, y por ello, se le subdivide en: vegetal o agraria, animal; y social, política o humana. 1. Ecología Vegetal o Agraria Estudia los factores climáticos o del clima, los edafológicos o del terreno y bióticos o de los organismos vivientes, que influyen o son determinantes en la distribución de las diferentes especies vegetales, que como seres vivos se desarrollan fijados al suelo y realizan la fotosíntesis o función clorofiliana. Las células vegetales de estas plantas, gracias a la clorofila, captan la energía luminosa y la transforman en energía química, con la cual forman compuestos orgánicos a partir de dióxido de carbono, agua y sales minerales. En la concepción de los recursos naturales, la Ecología Vegetal hace la interrelación de la flora como recurso, con el cual se denomina el reino vegetal, con el suelo y las aguas, ubicadas también en la clasificación de renovables. Es esta interrelación y la que mantienen dentro de la cultura o cultivo del campo mediante la agricultura, donde evidentemente interviene el hombre, quien ejerce la acción cultural y la propiedad del suelo, lo que obliga a considerar y denominar a esta rama de la ecología, como Agraria, por ello pensamos que también pudiera denominársele agrícola. La ecología vegetal, de las plantas o agraria, estudia las relaciones recíprocas entre sus necesidades vitales, debidas a la herencia y las condiciones externas que actúan sobre las plantas en el ámbito de su espacio vital. En lo que se
  • 5. Derecho Ecológico 5 refiere a las plantas terrícolas pueden distinguirse las condiciones ambientales del clima de las que corresponden al suelo. Además, hay que tener en cuenta el factor biótico, que ejerce su influencia entre los seres vivos. La Geobotánica o Fitogeografía Podemos considerar como rama auxiliar de la Ecología Vegetal o Agraria a la Geobotánica o Fitogeografía, la cual estudia la distribución de las plantas en la superficie de la Tierra y trata de conocer las características esenciales de la misma, las leyes a qué obedece y las causas a que es debida. Estas causas radican en la ecología de las plantas y en la historia del origen y de la dispersión de los vegetales. Generalmente se le subdivide en cuatro partes:  Florística, que estudia la distribución de cada una de las diversas unidades sistemáticas.  Fitocenología, que trata de las comunidades vegetales.  Geobotánica ecológica, que estudia los fundamentos ecológicos de la distribución de las plantas.  Geobotánica genética, la historia de la flora y de la vegetación. 2. Ecología Animal Se encarga de estudiar al individuo animal en su relación con sus similares, con los de otras especies y con el medio en que se desenvuelven. Una clara interpretación de la relación ecológica del animal y su medio, entendiendo la necesidad de la ecología animal, la expone Eric From, cuando dice: “El animal ´es vivido´ mediante leyes biológicas naturales: forma parte de la naturaleza, y nunca la trasciende. No tiene conciencia de carácter moral, ni de sí mismo, ni de su existencia; no tiene razón, ni entendemos por razón la capacidad de penetrar la superficie percibida por los sentidos y comprender la esencia que está tras aquella superficie percibida por los sentidos; por lo tanto, el animal no tiene idea de la verdad, aunque pueda tener alguna de lo útil. La existencia animal es una existencia armónica entre el animal y la naturaleza”. 3. Ecología Política, Social o Humana Peculiaridad del “homo faber”. Es el hombre, como organismo viviente o animal político, parte de los componentes bióticos de la naturaleza, por cuya razón entra en su estructura y en el funcionamiento de ella, quien en su condición de “homo faber”, se ubica en una posición importante, en relación ambiental con los demás organismos vivientes, teniendo la capacidad individual y colectiva para transformar el medio ambiente. De allí, que históricamente haya producido modificaciones, algunas veces extremas y críticas, que han puesto en peligro el equilibrio ecológico y la supervivencia de comunidades y poblaciones ecológicamente relacionadas, incluyendo la propia población humana. Desde entonces se abre el campo para la incorporación de la ya mencionada Ecología Humana, que consideramos relevante en el estudio del Derecho Ecológico. Pero es el sociólogo estadounidense Park, Robert Ezra, quien efectuó sus estudios en EEUU y Europa, a quien se considera el iniciador de esta rama de la ecología. En este sentido, se fundamenta su autoría en la obra “Introducción a la Ciencia Sociológica” en 1921, que efectuó en colaboración con otros sociólogos, y “De Raza y Cultura”, publicado en 1950, tras su muerte. Surge entonces la importancia en nuestro estudio de la ecología humana, la que se le denomina también política, cuando relacionamos la conducta del ser humano en comunidad social y con el medio ambiente; las características de esas relaciones; su efecto sobre la naturaleza; los factores que determinan la forma de organizar la propia sociedad y el desarrollo de esa relación; el desenlace histórico cultural de las relaciones en el tiempo; los valores, los mitos y demás peculiaridades sicológicas y morales que han influido en la relación hombre-naturaleza, de donde se han derivado los ritos, normas y demás elementos reguladores del propio hombre en su relación natural y social con el medio ambiente. A partir de que Darwin señalara la “relación compleja entre las plantas y los animales”, y el economista inglés Thomas Robert Malthus formulara su conocida ley que correlaciona a la población con la existencia de alimentos, en la cual considera el incremento poblacional en proporción geométrica y la producción de alimentos en proporción aritmética, pronosticando la fatal conclusión de que este fenómeno conduciría a una situación de crisis. …..podemos completar el criterio de Eric From, cuando se refiere a la ecología animal, y en tal sentido entender la relación del hombre con el animal así: “... el hombre no es vivido sino que vive, tiene conciencia de
  • 6. Derecho Ecológico 6 su vida y del mundo, trasciende a la naturaleza pero no puede escapar a sus leyes biológicas: sabe que va a morir. Es el animal más desvalido por la conciencia de su dicotomía, de su ruptura: la angustia de esa dicotomía y de la conciencia de su muerte es una de las grandes fuerzas físicas que lo impulsa a asociarse y a transformar a la naturaleza para lograr compensar su precaria condición de animal desvalido”. En fin, es la ecología humana la que ha permitido relacionar esta ciencia biológica con el Derecho, para permitir normar lo que hoy conocemos como “Derecho Ecológico”. 4. Ecología Cultural Aunque referida a la clasificación que hemos considerado como política, social o humana, incluimos también a la denominada Ecología Cultural, que es considerada como rama de la antropología que estudia los procesos por medio de los cuales los sistemas sociales se adaptan a su entorno. La ecología cultural determina y analiza las adaptaciones al medio ambiente teniendo en cuenta otros procesos de cambio. Fue a finales de la década de 1940, cuando el antropólogo estadounidense Julián Steward introdujo la idea de que los seres humanos forman parte de un sistema ecológico, acuñando el término de “ecología cultural” y dio un nuevo impulso a la investigación de las sociedades de cazadores-recolectores, de pastores y de agricultores. Sin embargo, hasta la década de 1960 no se produjo la unificación de los conceptos de ecología cultural y biológica en el de ecología humana. La “ecología cultural” es un método que sirve para comprobar cómo la adaptación de una cultura a su entorno puede provocar el cambio. Hoy este concepto se incluye dentro de un amplio marco ecológico y evolutivo, que engloba dos procesos: por un lado, la influencia del entorno en los seres humanos y la adaptación de éstos al entorno, y, por otro, el impacto que los seres humanos producen sobre el entorno en los aspectos físicos, económicos, culturales y otros, como la nutrición, los desastres ecológicos o la demografía. 6.- La Naturaleza como objeto del Derecho Ecológico y el Derecho Natural como fuente del Derecho Ecológico. La relación entre el mundo de lo natural y el mundo de lo cultural, ha sido en cierta forma el punto de partida de la experimentación científica. El distinguir la razón de las cosas, bien sean éstas el producto de fenómenos naturales o de la elaboración del hombre, es en cierta forma el objeto de las ciencias de la naturaleza y de las ciencias culturales. Principio de la Causalidad en las Leyes. En el mundo de la naturaleza, las leyes se rigen por el principio de la causalidad: dada una causa se produce un efecto. Son verdades inexorables dentro de la ley del "ser"; mientras que en el mundo de la cultura, las leyes corresponden al "deber ser", sin condición de inexorabilidad. En ellas encontramos al Derecho, cuyas normas, antes de ser inexorables, son patrones de conducta del deber ser, constituyentes de actos de acción u omisión, cuya violación se transforma en acto delictivo. Dentro de la evolución filosófica del Derecho, la Escuela del Derecho Natural defendió el postulado fundamental que podemos resumir en lo siguiente: Existe un derecho ideal superior al Derecho Positivo, igual para todos los hombres y en todos los lugares, anterior a la aparición del Estado, por lo cual, éste debe limitarse a fijar normas que garanticen los principios dictados por él. El "orden supremo" de los naturalistas, a través de los tiempos, ha sido identificado de diferentes maneras. En la Antigua Grecia se le consideraba basado en lo más íntimo de la "naturaleza humana". El Derecho Ecológico y el Derecho Divino. Heráclito se refería a un "Derecho Divino", distinto de las leyes propias de los Estados. Basándose en el testimonio de los sentidos, concibió la realidad como algo siempre cambiante, siempre en movimiento, enunciando este principio con su «todo fluye». El origen de este eterno cambio está en la lucha de los contrarios: el calor y el frío, el día y la noche, etc., y esta lucha está simbolizada por el fuego, principio elemental de la naturaleza. Las teorías del derecho no escrito. Hipias sostenía la existencia de un "Derecho no escrito" igual para todos los países, otorgado por los Dioses. Al igual que Protágoras, Critias, Pródico y Gorgias, trasladaron su atención de la naturaleza al hombre. En contrario, Sócrates a través de Platón, sostenía una idea eterna y superior de la vida. Defienden que la ciencia
  • 7. Derecho Ecológico 7 está constituida por afirmaciones universales inmutables y necesarias, y sostiene asimismo que el hombre, utilizando la razón, puede obtener conocimientos de esas características. Cuando Sócrates habla de ciencia, se refiere sólo a la moral, reduciendo la ciencia a cómo ha de ser el comportamiento humano. Identifica además la ciencia con la virtud: ser virtuoso consiste en realizar el bien, y nadie -piensa él- hace el mal a sabiendas: obrar mal es fruto de la ignorancia y, cuando se conoce el bien, necesariamente se hace. La teoría Idealista de Platón. Platón desarrolló la teoría idealista, para la que, además del mundo sensible, existe el mundo de las ideas, en el que radica la única realidad y al que sólo se puede acceder a través de la razón y la ciencia. La teoría aristotélica de la Realidad de los Objetos. Aristóteles culminó el desarrollo de la filosofía enunciando la metafísica, que convierte la idea platónica en la forma, la cual, al unirse con la materia, constituye la sustancia, es decir, la realidad concreta e individual. La obra de Aristóteles es la síntesis del pensamiento griego de su época. Aristóteles formuló una teoría según la cual el conocimiento humano se basa en la realidad de los objetos del mundo sensible a través de los datos e informaciones que suministran los sentidos. En su lógica, Aristóteles expone las categorías del ser y las clasifica en diez tipos, distinguiendo entre ellas la sustancia, de un lado, y los nueve accidentes (cantidad, cualidad, relación, lugar, tiempo, etc.), de otro. Cada realidad es un compuesto de materia y forma (teoría hilemórfica o hilemorfismo): la materia es el principio de los caracteres individuales y la forma es universal y posibilita el conocimiento científico, que se obtiene mediante la abstracción. Los conceptos de materia y forma los utiliza también Aristóteles para explicar el cambio y para dar su visión de la naturaleza y del hombre. En éste, el cuerpo es la materia y el alma la forma; cuerpo y alma constituyen una unidad substancial. En su ontología, o teoría del ser, establece Aristóteles otra noción básica, la distinción entre acto y potencia, y concibe a Dios como sumo ser, acto puro, principio del devenir y motor del universo. En ética mantiene que el objetivo de la vida humana es la felicidad. En política sostiene que el hombre es por esencia un animal social y, como la sociedad perfecta es el Estado, el hombre igualmente es un animal político. 7.- Contenido del Derecho Ecológico. Al definir el Derecho Ecológico, expresamos que es un "conjunto de normas jurídicas que regulan la acción del hombre en el usufructo de la naturaleza y sus recursos naturales, y le fija el límite de su intervención y modificación, para evitar su deterioro o degradación irreversible". En el entendido de esta definición, podemos apreciar varias ideas:  Que es un conjunto normativo jurídico;  Que es regulador de la conducta del hombre en el usufructo de la naturaleza; y  Que le fija el límite de su intervención. Apreciamos entonces, que este derecho es un conjunto normativo que comprende todo lo inherente al usufructo de los recursos naturales, lo cual abarca todas las acciones del hombre sobre los recursos naturales, y con ellos, a la propia naturaleza. Con otro punto de vista, dada la estructura que le hemos impartido a este novedoso Derecho, debemos referirnos al contenido de la ciencia natural que le da el fundamento natural a lo formal del Derecho. De allí, que al referirnos a su contenido, relacionamos todos los conjuntos normativos específicos, que se refieren de una u otra forma: a la naturaleza, a los recursos naturales, al medio ambiente, y a la acción social del hombre dentro del ecosistema. En este orden de ideas, relacionamos a los siguientes conjuntos normativos, como integrantes del contenido del Derecho Ecológico:  El Derecho para la Protección Ambiental y para la Regulación de las Actividades Degradantes del medio ambiente y de los recursos naturales.  El Derecho para la Gestión de la Diversidad Biológica.  El Derecho Agrario y de Regulación y Ordenación de las Actividades del Campo.  El Derecho Minero y de Hidrocarburos.  El Derecho para la Ordenación Territorial y para la Ordenación de los Espacios Naturales.
  • 8. Derecho Ecológico 8  El Derecho para la Protección de los Recursos Naturales Renovables.  El Derecho Especial para las Jurisdicciones: Agraria, Acuática y Penal del Ambiente  El Derecho para la Defensa Sanitaria Vegetal y Animal. Cada uno de estos Derechos está integrados por sendos conjuntos normativos, que comprenden: leyes, reglamentos, ordenanzas, resoluciones y otros instrumentos jurídicos. 8.- El Derecho Ecológico como instrumento protector del Ecosistema. Hemos de entender hoy, como una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir, la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre. La norma, que comprendiendo a la naturaleza como su objeto, regule y establezca como su sujeto a la propia conducta social del hombre. Son las normas del Derecho Ecológico, que en un sentido coloquial generalizado pero no restrictivo, se le conoce como Derecho Ambiental, cuya base fundamental en Venezuela ha sido hasta ahora la Ley Orgánica del Ambiente. Ley marco que establece las políticas generales que dirigen los ámbitos en la materia, para atender la interrelación que debe existir armónicamente en el ecosistema venezolano. En el contenido de estas normas, debe entenderse como naturaleza, todo lo que fluye espontáneamente y cuya existencia depende de sus propias leyes. Ella encierra para el derecho, todo lo que se ofrece de una manera natural: aire, suelo, agua, flora, fauna y minerales, pero entendidos, no como objetos inanimados, sino en movimiento e interrelacionados estrechamente conformando un todo, que para la Ecología, ciencia rama de la Biología, constituye un ecosistema global, por lo que, en el sentido de globalidad actual, no escapa a ningún pueblo de la tierra la concepción que de la naturaleza tiene la ONU, al que menciona como Medio Humano, encerrando en él, además de los recursos antes mencionados, a los Recursos Vitales Renovables (RVR): capacidad productiva de la tierra y los Recursos no renovables, todo dentro de una interrelación con la sociedad, su protección y conservación, encaminados a proporcionar bienestar al ser humano, y en términos generales, a la preservación de la especie en el planeta. 9.- Características y Relación del Derecho Ecológico con otras ramas del conocimiento. Al ubicar al Derecho Ecológico, tal como hemos indicado, como una rama del Derecho Público, que contiene el conjunto de normas jurídicas de carácter coercitivo, establecidas con el fin de racionalizar la conducta del hombre en el marco de lo permisible, para la explotación y usufructo de los recursos naturales; y al entender que el mismo se relaciona por su objeto, con las ciencias ecológicas que como hemos indicado, tienen un carácter multidisciplinario; adquiere también esta característica de la ecología, obligándolo a relacionarse con otras ramas jurídicas que también se relacionan con esta ciencia. Este conjunto de normas jurídicas generalmente se ubican como derecho internacional, pero en cada Estado se adapta a la doctrina y a los principios establecidos en su carta magna o leyes específicas, como ocurre en Venezuela. Muchos teóricos de la materia, consideran que el Derecho Ecológico invade todas las ramas del Derecho, lo que consideramos es una realidad y así lo hemos indicado; y en tal circunstancia, el objeto tutelado por este derecho, que como hemos indicado es la Naturaleza, tiene que ver con el régimen jurídico-administrativo del Estado, con el de las relaciones Estado-individuo, y el de los individuos entre sí. De esta manera, el Derecho Ecológico se relaciona, entre otras, con las siguientes ramas del Derecho:  Con el Derecho Constitucional: El derecho constitucional es la rama del derecho público interno que tiene por objeto la regulación de la organización y funcionamiento de los poderes del Estado y el sistema de garantías de los particulares, mediante limitaciones del poder público. Conforme a la doctrina, de la relación entre las ciencias jurídica y política, surge el concepto de Constitución o ley fundamental de un Estado soberano, que de manera escrita o no, se establece y acepta como guía para su gobernabilidad. La Constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado, estableciendo las bases del gobierno y la garantía de los derechos ciudadanos.
  • 9. Derecho Ecológico 9 Es de reconocer el amplio contenido normativo que en la materia se incluyó en la nueva Constitución de 1999. Sin embargo, para ser sinceros y no pecar de ingenuos o neófitos, no debemos exaltar, como se ha hecho, valorando esta acción constituyente, como una novedad idearia que tiende a desmeritar a los anteriores legisladores, por cuanto, aunque no con el amplio contenido actual, la Constitución derogada de 1961, contemplaba normas precisas y desarrolladas legalmente, que sirvieron y servirán como normas de doctrina para engranar el contenido del nuevo Derecho Ecológico y Ambiental. Es digno de recordar la norma de la Constitución de 1961, cuyo Art. 106° contemplaba: "El Estado atenderá a la defensa y conservación de los recursos naturales de su territorio, y la explotación de los mismos estará dirigida primordialmente al beneficio colectivo de los venezolanos”. Por otra parte, creemos obvio y por lo tanto innecesario, referirnos a los aspectos jerárquicos del instrumento constitucional y a la subordinación que todo el derecho nacional tiene de él.  Con el Derecho Administrativo: El Derecho Administrativo es la rama del Derecho Público que tiene por objeto la Administración pública, entendida ésta, como la actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de éste tienden a la satisfacción de intereses colectivos. En los Estados modernos tanto la administración como la jurisdicción se encuentran reguladas por la normativa administrativa general o especial, donde cabe distinguir ambas funciones, dándole a los órganos correspondientes el fundamento jurídico para el ejercicio de la función de juzgar, y por la vía administrativa, a la realización de los intereses generales. En este sentido, tanto el Derecho Administrativo en específico y la normativa derivada de él, como lo es el Derecho Ecológico, establecen las acciones fundamentales para el establecimiento de la garantía en el ejercicio del derecho y el marco dentro del cual estará delimitado este ejercicio; es decir, el marco de la vida colectiva para el orden de convivencia, garantizando cuáles son los ámbitos dentro de los que pueden desarrollarse las iniciativas privadas y cuáles las posibles conductas de los particulares, realizadas dentro del mantenimiento de la tranquilidad y el orden público; o bien, definiendo derechos, como en el caso del usufructo de los recursos naturales, o la limitación de las posibilidades de actuación, como cuando establece una prohibición, una tasa, un impuesto o una contraprestación, o cuando hace una concesión, para poner en manos de particulares ciertos bienes, o la prestación de determinados servicios. La relación también se manifiesta, al no haber dudas de que en su mayoría, el conjunto de instrumentos normativos que integran el Derecho Ecológico, pertenecieron al Derecho Administrativo, del cual se separaron como derecho autónomo, dada la importancia que las materias que atiende, tienen para el Estado; y más que para él, es indiscutible la interrelación y características de especialidad del Derecho Ecológico que antes mencionamos, en la vida pública nacional. Sin embargo, debemos entender, dentro de un criterio de interrelación y derivación jurídica, que atendiendo a las diferentes doctrinas jurídicas, el Derecho Ecológico se mantiene condicionalmente dentro de la estructura jurídica del Derecho Administrativo, del cual se nutre para comprender y accionar los procesos administrativos y jurisdiccionales que les son inherentes.  Con el Derecho Civil: Por su interrelación con el Derecho Administrativo, el Derecho Ecológico se relaciona en muchas materias con el Derecho Civil, siendo éste en muchos casos supletorio de aquél en todo lo que se refiere a actos y contratos propios de los particulares y de éstos con el Estado, cuando no existan normas expresas que determinen procedimientos especiales que lo ubique como norma del derecho público. Son de relación entre el Derecho Ecológico y el Derecho Civil, lo relativo a las personas y al tratamiento de los bienes del dominio público administrados bajo el régimen del derecho civil, siendo de mayor relevancia mencionar, que una de las relaciones más estrechas entre estos derechos, está referida a las restricciones de la propiedad que establecen muchos instrumentos normativos del Derecho Ecológico, y fundamentalmente, en el tratamiento de la materia sobre expropiación con fines de utilidad pública. No podemos olvidar que, el Derecho civil es el conjunto de normas e instituciones destinadas a la protección y defensa de la persona y de los fines que son propios de ésta. En nuestro caso, es relevante lo
  • 10. Derecho Ecológico 10 referente: al derecho de obligaciones y contratos; a los arrendamientos; a la responsabilidad civil; a los derechos reales (posesión, propiedad, registro de la propiedad, derechos reales sobre cosas ajenas); al derecho de familia (parentesco, matrimonio, filiación, patria potestad, tutela); al derecho de sucesiones (testamento, herencia, legados, sucesión intestada). Pero la mayor relevancia en esta relación con el Derecho Ecológico, la encontramos cuando aceptamos la consideración del Derecho Civil con un valor paraconstitucional y como Derecho común, complementario de otros derechos y leyes, cuyas lagunas llena. Como fuente del derecho civil, aplicado al derecho ecológico, podríamos mencionar el principio de responsabilidad civil por hecho ilícito consagrado en el CC. Art. 1.185, cuyo contenido es el siguiente: "El que con intención, o por negligencia, o por imprudencia ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo. Debe, igualmente, reparación quien haya causado un daño a otro, excediendo en el ejercicio de su derecho los límites fijados por la buena fe o por el objeto, en vista del cual le ha sido conferido el derecho". Obviamente, en este contenido normativo, se requiere el daño a otra persona, inclusive en los daños contemplados como ecológicos, siendo un recurso para lograr imponer la responsabilidad civil a quien causare un daño a otro, cuyo daño esté incluido dentro de los parámetros del contenido del Derecho Ecológico. Debemos aclarar que existe gran dificultad, en establecer la responsabilidad civil en esta materia, atendiendo a que el Derecho Civil es la expresión jurídico-formal de las relaciones de intercambio individual dentro de la sociedad y por ende, tal responsabilidad por el ilícito prospera en el marco de la capacidad individual para responder por los actos que lesionan dolosa o culposamente el derecho patrimonial de otro. En este aspecto, la legislación en materia de Derecho Ecológico tiende a establecer responsabilidades de esta índole, considerando el interés colectivo o de la comunidad, bajo la tutela del propio Estado y los entes que lo representan.  Con el Derecho Penal: Es tal vez el Derecho Penal, por su condición de contener como derecho público interno, las normas relativas a los hechos punibles y las sanciones aplicables a quienes resulten culpables, la rama del Derecho que más interés ha tenido para el Derecho Ecológico, por constituirse en el respaldo por vía directa y supletoria, de su acción coercitiva. Sirve además, de fundamento y calificación integrante de los instrumentos normativos ecológicos, los cuales contienen normas dispositivas de carácter penal, considerando al ilícito ecológico como una categoría antijurídica capaz de constituirse en delito, para cuya violación se establecen las penas correspondientes. El Órgano Legislativo venezolano, ha definido el contenido normativo de la Ley Penal del Ambiente, como un conjunto de normas específicamente penales, separadas de la legislación orgánica de la materia ambiental, como lo es la Ley Orgánica del Ambiente, pero orientadas por ésta, tal como lo expresa en su contenido. En las reformas hechas a la Ley Orgánica del Ambiente, se contempla con especificidad a la Ley Penal del Ambiente, toda vez que ella crea la Jurisdicción Especial Penal Ambiental, para el conocimiento y decisión de las causas provenientes de acciones u omisiones tipificadas como delito por "la ley especial respectiva", ordenando que la organización, composición y funcionamiento de los órganos de esta Jurisdicción Especial, se rija por las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, en la propia ley orgánica correspondiente y en el Reglamento interno de los Circuitos judiciales penales ambientales.  Con el Derecho Internacional: El Derecho internacional público, como rama del derecho público externo, está constituido por el conjunto de normas que rigen las relaciones entre los Estados y entre éstos con otros sujetos internacionales entre sí, y con los derechos y deberes recíprocos que les corresponden. Por ser el Derecho internacional público quien contiene el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional, en otra época llamado iusgentium o Derecho de gentes, por ser además, el ente normativo que regula las relaciones entre los pueblos, cuya noción está vinculada a la del Derecho natural, es por lo que se relaciona con el Derecho Ecológico. Hoy en día tiene gran relevancia esta interrelación, por la importancia, que además de los Estados como sujetos del Derecho Internacional, han tomado las Organizaciones Internacionales No Gubernamentales (ONG),
  • 11. Derecho Ecológico 11 de donde han surgido una serie de instrumentos normativos bilaterales y multinacionales, para la regulación de las acciones contra la naturaleza y contra los recursos naturales del planeta. Atendiendo a la característica mencionada de la espacialidad universal del Derecho Ecológico, es de gran necesidad su interrelación con el Derecho Internacional, ya que con él puede dar especificidad a la normativa como instrumento de coexistencia y cooperación entre los Estados; la regulación de las competencias vinculadas al territorio, sobre los espacios de interés internacional (espacios aéreos, cursos de agua internacionales, ecosistemas comunes), y el respecto de la población sobre estas competencias. En esta rama jurídica del derecho público externo, también se ha avanzado, al ser considerado el delito ecológico como un delito universal, lo cual da igual calificativo al Derecho. Se han enlazado y procesado diferentes acuerdos bi y multilaterales para atender áreas regionales o mundiales en materia del Derecho Ecológico. 10.- El Sector Primario de la Economía: agricultura, ganadería, minería, actividad pesquera y la actividad minera en Venezuela. LOS SECTORES DE LA ECONOMÍA Las actividades económicas se han ubicado en 3 sectores: primario, secundario y terciario y debido al gran crecimiento, amplitud y expansión del último, algunos autores han añadido un nuevo sector denominado “cuaternario”. Sector Primario: basado en la explotación de los recursos naturales; Sector Secundario: basado en la transformación de productos primarios y la generación de otros productos o recursos mediante la industria; y Sector Terciario: basado en la comercialización de todos los productos, bien sea en exportación o en importación. Abarca las siguientes actividades: 1. La Agricultura: Cultivo del campo o de la tierra. Es la producción de los cultivos de varias especies vegetales. 2. La Ganadería: Cultivo de especies animales. 3. La Silvicultura: Actividades para la explotación, desarrollo y cuidado de los montes de bosques y selvas naturales. Incluye las técnicas que se aplican a las masas forestales para obtener de ellas una producción continua y sostenible de bienes y servicios demandados por la sociedad (leña, frutos, calidad ambiental). Estas técnicas se pueden definir como tratamientos silvícolas, cuyo objetivo es garantizar dos principios básicos: la persistencia y mejora de la masa (continuidad en el tiempo y aumento de su calidad) y su uso múltiple. 4. La Minería: Actividades para la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre. Dependiendo del tipo de material a extraer, la minería se divide en metálica y no metálica. También se incluye la obtención de los hidrocarburos. 5. La pesca: Captura y extracción de los peces u otras especies acuáticas de su medio natural como invertebrados, crustáceos y moluscos, además de mamíferos en el caso de culturas orientales. 6. La Acuicultura: Estrategia reconocida a nivel universal en el uso de la pesquería fundamentada en actividades, técnicas y el conocimiento de cultivo de especies acuáticas vegetales y animales a los fines de la provisión de alimentos, materias primas de uso industrial y farmacéutico y organismos vivos para repoblación u ornamentación. Se fundamenta como estrategia para incrementar el ingreso y la diversificación de la dieta y fuente de proteína en los grupos sociales menos favorecidos. Se consideran como escenario futuro, que para las próximas décadas será una de las más importantes fuentes de proteína.
  • 12. Derecho Ecológico 12 TEMA N° 2.- EL DERECHO Y LA PROBLEMÁTICA ECOLÓGICA. 1.- El Derecho en la relación hombre, ecosistema y medio ambiente. 2.- Los Ecosistemas, las Comunidades y la Población. El ecosistema es un sistema natural conformado por la comunidad de los seres vivos o Biomasa cuyos procesos vitales se relacionan entre sí y se desarrollan en función de los factores físicos de un mismo ambiente o hábitat. Es una unidad natural constituida por organismos animales y vegetales que ocupan un ambiente físico dado, donde se producen interacciones múltiples de los organismos con los factores físicos del ambiente y entre los organismos mismos.
  • 14. Derecho Ecológico 14 Población 3.- El Ecosistema y los Elementos de la Naturaleza
  • 15. Derecho Ecológico 15 4.- Los Recursos Naturales. Clasificación y Peculiaridades.
  • 16. Derecho Ecológico 16 5.- La Problemática Ecológica: Concepto. La problemática ecológica podemos conceptuarla, diciendo que: “es la evolución y la incidencia de la acción del hombre sobre el Ecosistema, cuyo resultado se traduce en su deterioro y cambio morfológico; el estudio analítico del medio ambiente para determinar las causas o factores que influyen en el problema, sus efectos, tendencias, y las medidas de necesidad para la protección del ecosistema total o Mundo Biótico, donde el hombre es la célula fundamental, siempre con el gran ideal de lograr, mantener y mejorar la calidad de la vida”. La problemática ecológica, concepción mental y psicológica de la “crisis”, alcanza su clímax en el momento cuando se da vigencia e importancia a la ecología, como ciencia fundamental en la protección del medio ambiente. 5.1 El equilibrio ecológico y los problemas del Medio Ambiente El equilibrio natural o ecológico, que es nuestro campo, se representa por el conjunto de la flora y fauna de una región y del hábitat donde se desenvuelven, cuyos distintos componentes compiten entre sí por la alimentación y el espacio, y donde la reproducción de cada especie está limitada por la reproducción de otras. De allí, el evitar la preponderancia de un recurso en detrimento de otro, o evitar la destrucción o eliminación de alguno, en el límite que debilite su cooperación e interrelación necesaria para la existencia de los demás. En ecología se estudia la necesidad de resguardar el equilibrio ecológico, para lo cual se busca el establecimiento de los factores que determinan la vida, fenómeno dialéctico cuya organización y desarrollo solo es posible mediante el equilibrio entre lo orgánico y lo inorgánico. Sobre la base de determinar los factores que inciden contra el equilibrio ecológico, para contrarrestarlos, es el enunciado final de todo nuestro estudio. Cuando se habla de equilibrio ecológico, debe distinguirse entre los ecosistemas naturales no intervenidos por el hombre y las zonas donde necesariamente, el hombre debe realizar sus actividades que conducen a la perturbación total o parcial de los ecosistemas naturales. En el primer caso, diremos que hay equilibrio ecológico cuando el balance neto de sales minerales, agua y C02, o sea, las cantidades de estas sustancias que entran y salen del ecosistema; son similares. Por lo general, hay una cierta pérdida neta de nutrientes que puede ser sustituida por la meteorización de los minerales constituyentes del sustrato, donde el ecosistema se desarrolla.
  • 17. Derecho Ecológico 17 6.- Universalidad de la Problemática Ecológica. El homo sapiens en su variedad technologicus, al aparecer en escena hace unos 500.000 años se propuso modificar la faz de la tierra para adaptarla a sus necesidades. Más tarde, cuando aprende a usar el fuego, acelera este proceso, y con su intelecto, al aprender los rudimentos de la agricultura y más recientemente, con la Revolución Industrial, comienza a separarse de la naturaleza de la que dependió siempre, luchando por ella y contra ella en la medida que las necesidades se incrementan; y cuando esta lucha se separa de lo racional, comienza la acción progresiva de depredación y el propio hombre pierde su control, hasta poner en peligro el “equilibrio ecológico o ambiental”, necesario para obtener el aprovechamiento de esa misma naturaleza como él se lo propuso cuando dio inicio a su transformación. Una muestra tangible de la existencia de la “crisis” la conforma la llamada “desertización de los continentes” o “los desiertos en expansión”, donde el mundo alarmado ve hoy como nunca la generación de zonas desérticas con violenta rapidez y se considera, que el 80% de la tierra productiva en las zonas áridas y semiáridas del planeta, se encuentran sometidas a un progresivo proceso de desertización, donde dos terceras partes de las naciones del mundo se ven afectadas por este proceso, y se teme, que los desiertos podrían triplicar su extensión, tanto en los países más desarrollados como en los menos desarrollados. Mientras esto ocurre, se piensa que los productos de la tierra disminuirán con los años, y con la creciente población, que generará una mayor demanda de alimentos, se requerirá proporcionalmente un gran esfuerzo para incrementarlos, lo cual exigirá un mayor rendimiento de las tierras, en vías de extinción. 7.- Factores o causas de la Problemática Ecológica (socio-demográficas, culturales; económicas, otras causas): el Desarrollo incontrolado: (científico, tecnológico, minero, petrolero). Los factores o causas que originan la problemática ecológica son de diferente índole, sin embargo, no es sino la acción irracional del hombre en su afán desmedido por transformar la naturaleza, la que produce los mayores estragos. Como fenómenos naturales, se producen constantemente transformaciones dentro de la propia interrelación de los organismos que interactúan en el medio natural, pero estas transformaciones pueden considerarse como necesarias para el mantenimiento del ciclo biológico y para su equilibrio. No así, proceden en todos los casos las transformaciones originadas por el hombre, ya que la mayoría de las veces, éste en su afán desmedido por lograr el mayor beneficio en la utilización de los recursos, omite las más elementales leyes naturales. Pone así en peligro el ya mencionado equilibrio ecológico, cuyos efectos ponen de manifiesto lo que hemos dado en denominar la Problemática Ecológica o Ambiental. Consideraremos como factores, o el conjunto de ellos, dos agrupaciones de procesos naturales provocados por el hombre, los cuales se transforman en autónomos y de gravedad progresiva, cuyo control por parte del mismo hombre se dificulta en la misma medida que progresa y se agrava. Estas dos agrupaciones son las producidas por la Explosión Demográfica y el Desarrollo. Explosión demográfica. Es un fenómeno social que incide en la Ecología, al transformarse en factor de perturbación del medio ambiente y de los elementos que en él se desenvuelven. Se origina de la natalidad no controlada o de la aglomeración de personas en espacios ambientales limitados, o donde la densidad de población sobrepasa el límite de la capacidad de albergue y de los recursos que en él existen. En consecuencia, podemos considerar como causas de la Explosión demográfica: a) el alto índice de natalidad; y b) la concentración ciudadana. a) Alto índice de natalidad El nacimiento es un fenómeno biológico natural, necesario para la perpetuación de las especies, sin embargo, se transforma en un problema social, en la medida que su incremento es desproporcionado con relación a los espacios vitales del medio ambiente y a los recursos que en él existen. Es un fenómeno característico y predominante en los países pobres y menos desarrollados, llamados también del Tercer Mundo, donde se hace más notorio por la reducida provisión de recursos con que cuentan y por los bajos niveles tecnológicos y educativos, que ayudan a incrementar: la poca capacidad productiva, los bajos niveles de
  • 18. Derecho Ecológico 18 rendimiento económico, el deficiente usufructo de los recursos escasos, su deterioro, desgaste y consumo innecesario hasta su destrucción. De hecho, la natalidad se transforma en problema, en la medida que su incremento produzca, como hemos dicho, una población, que sobrepase el límite de la capacidad del espacio vital del medio ambiente y los recursos que en él existan. Ya que al producirse tal situación, la población en exceso presionará sobre ellos, ocasionando su deterioro o destrucción, transformándose en un problema ecológico cuya magnitud es impredecible. El problema de la natalidad sobre índices ha sido analizado en diferentes épocas históricas, muy especialmente, cuando las crisis por escasez de recursos se han hecho sentir en la humanidad. Y aun cuando el hombre ha sido siempre capaz de superar estas crisis, cada vez que aparece la dificultad para obtener los recursos en los niveles que los venían obteniendo, aparecen nuevas fórmulas para lograrlo y éstas siempre conducen al control de la natalidad. Desarrollo de la población en el mundo. Entendemos por población humana mundial el número total de personas que viven en todo el mundo en un momento determinado, la que es determinada por los nacimientos y los fallecimientos de los personas, así como por su esperanza de vida en un momento determinado. Así, se ha estimado por los expertos estadísticos el crecimiento de la población mundial en el curso de la historia; el cual fue lento. Acelerándose rápidamente a partir del s.XIX. Se calcula, que a fines del paleolítico era de 4 millones de personas y a causa de la revolución neolítica, el sedentarismo y la agricultura, aumentó hasta 80 millones en torno al año 5.000 a.C. También refleja el estudio de la historia cultural, que el crecimiento poblacional en cierta forma ha sido intencional. Deducimos entonces, que la mayoría de las sociedades prefirieron en otros tiempos crear su bienestar material, a mantener la máxima población numérica en los mismos linderos del hambre. No obstante, en el límite del crecimiento contribuyeron en muchos casos: la escasez de conocimientos médicos y las mortandades producidas en las guerras. A principios de nuestra era, la población mundial alcanzó unos 250 millones, que aumentaron muy lentamente, con épocas de regresión, como a mediados del s.XIV a causa de las guerras y de la peste en Europa. Teorías sobre la evolución, la transición demográfica y la revolución productiva Debemos entender, que en el crecimiento y en el mantenimiento de la población inciden varios factores en la transición demográfica: TN = Tasa de natalidad; TM = Tasa de mortalidad; CP = Población. Ésta última es el resultado de la sumatoria de ellas. El efecto de estos factores ha hecho que el crecimiento de la población sea mayor en los países menos desarrollados que en los países desarrollados. En efecto, estas teorías inciden en el mismo desarrollo de la población en las diferentes regiones del mundo. En este sentido han surgido acciones de control: alto control sobre la procreación con el uso de métodos anticonceptivos y apoyo intergeneracional muy amplio a hijos y nietos, reforzamiento de los lazos familiares profundos; aumento de la esperanza de vida: envejecimiento demográfico y madurez de masas. No se produce un envejecimiento social sino un proceso de rejuvenecimiento por la prolongación de las etapas vitales a edades antes nunca imaginadas: la infancia se alarga, la juventud se alarga, así como la madurez, la vejez y la decrepitud; la renovada centralidad de la familia. Todos estos estudios prestan atención al rápido crecimiento del número de personas mayores y no sólo en las regiones ricas. En las partes más desarrolladas del mundo el 23% de la población ya es mayor de 60 años. Se prevé que el porcentaje ascienda hasta el 32% en 2050 y al 34% en 2100. La teoría de la revolución reproductiva concluye que la familia se ha reforzado claramente. La reproducción se da y debe darse en la familia. Población mundial del siglo xvii al siglo xxi A partir del siglo XVII, los grandes avances del conocimiento científico, la agricultura, la industria, la medicina y la organización social hicieron posible que la población creciera de forma considerable. Las maquinarias fueron sustituyendo poco a poco la fuerza de trabajo humana y animal, aumentando lentamente el conocimiento y los medios para controlar las enfermedades. Para el año 1.800 de nuestra era, la humanidad contaba por lo menos 1.000.000 de años de existencia y la población de la Tierra era tan sólo de 900.000.000 de habitantes, es decir, en términos estadísticos, un promedio anual de 900 habitantes por año en el crecimiento demográfico del globo. La revolución industrial y los avances científicos y médicos transformaron el proceso de crecimiento, y el incremento vertiginoso de
  • 19. Derecho Ecológico 19 población en Europa provocó movimientos migratorios a América, Australia y África. En el s. XX, después de la 2° Guerra Mundial, la explosión demográfica alcanzó a países del Tercer Mundo, lo que provocó que la población mundial, que era de 2.515 millones de personas en 1950, llegase a unos 5.000 millones en 1987. Para el año 2010 la población era de 6.500 millones de habitantes. En líneas generales, se logra controlar el hambre y las enfermedades, incluso en zonas que no habían alcanzado todavía un alto nivel de escolarización o que no estaban tecnológicamente desarrolladas. Las causas de este cambio fueron el bajo costo de la importación de vacunas, antibióticos, insecticidas y la gran variedad de semillas de alto rendimiento. Al mejorar la red de abastecimiento de agua, las instalaciones de alcantarillado y las redes de transporte, aumentaron las cosechas y disminuyó el número de fallecimientos por enfermedades infecciosas y parasitarias. En este sentido, se incrementó la esperanza de vida al nacer, que en los países desarrollados, pasó de 35-40 años en 1950 a 61 años en 1990. De allí que, la rápida disminución de fallecimientos en una población con altos índices de fertilidad hizo que muchos países en vías de desarrollo alcanzaran un índice de crecimiento anual superior al 3,1%, índice que duplicaría la población en 23 años. Podemos notar, que la población mundial se quintuplicó en 300 años, pasando de 500 millones en 1650 a 2.500 millones en 1950. Este crecimiento fue más mayor en las regiones donde se inventaron y aplicaron nuevas tecnologías. Población estimada para el siglo xxi Según las estimaciones de las Naciones Unidas, de 5.300 millones de personas existentes en 1990, la población mundial pasaría a 6.200 millones en el año 2000 y a 8.500 millones en el 2025. Las estimaciones, máxima y mínima para el 2025 son de 9.100 millones y 7.900 millones respectivamente. Según los datos estadísticos de la ONU, el 30/10/2011, el planeta alcanzó la cifra de 7.200 millones de habitantes, estimando llegar a los 9.600 millones en 2050 y a comienzos del próximo siglo, el número de habitantes podría superar los 16.600 millones. Según la ONU, la población del planeta aumentará de manera espectacular en las regiones más pobres del mundo. Según sus estimaciones, en el año 2028 la India se convertirá en el país más poblado del mundo superando a China. En total, los países en desarrollo experimentarán un crecimiento de 2.300 millones de personas hasta el año 2050, mientras que la población de las regiones desarrolladas seguirá estable. Para el organismo internacional, el índice medio de natalidad mundial, que en 1990 era del 2,6% se debía reducir al 2,2% para finales del siglo XX, y al 1,7% en el año 2025, con la correspondiente reducción del índice total de fertilidad de 3,3% en 1990 a 2,3% en el 2025. Entre tanto, la esperanza de vida media mundial, pasará de 65 años, que fue en 1990 a 73 años en el 2025. El estudio señala que está previsto que la mitad de todo el crecimiento de la población entre 2013 y 2100 se concentre en sólo 8 países: Nigeria, India, Tanzania, la República Democrática del Congo, Níger, Uganda, Etiopía y Estados Unidos. Recordando, que aunque el crecimiento de la población mundial ha disminuido en su conjunto, aflora en el estudio, que algunos países en desarrollo, especialmente en África, todavía crecen con rapidez. A pesar de que la población va aumentando, el estudio de la ONU prevé que la fertilidad en el mundo descienda de 4,53 a 2,87 hijos por mujer en el periodo 2045-2050 y a 2,11 hijos en el quinquenio 2095-2100. Regiones más pobladas del mundo. En la actualidad las regiones más pobladas de la Tierra son Asia meridional, Asia oriental, Europa y la fachada atlántica de América del Norte. De los datos que se poseen hoy en día sobre población absoluta, densidad media y áreas de superpoblación, se deducen diversos factores: la concentración de habitantes en el Norte, las bajas densidades de América y África, la hiperpoblación de China e India, etc., que se prevé varíen en el futuro con el crecimiento demográfico de Asia meridional y África, y con el estancamiento de Europa y EEUU. La población en países el tercer mundo. En una visión histórica, en forma comparativa podemos apreciar la incidencia del fenómeno en los países del Tercer Mundo; así tenemos que para 1.950, de la población total del planeta, estimada en unos 2.500 millones, solo 800 millones correspondían a los países más desarrollados y el resto a los menos desarrollados. Hasta hoy, los desarrollados han incrementado su población hasta los 1.200 millones, mientras que los otros lo han hecho en 3.400 millones, estimándose mediante proyecciones para estos momentos, los desarrollados tienen una población de 1.300 millones, mientras que los menos desarrollados alcanzan los 4.800 millones.
  • 20. Derecho Ecológico 20 Teorías sobre la evolución y el crecimiento de la población La preocupación por el crecimiento de la humanidad, que ha ido en aumento constante desde su aparición hasta nuestros días, y se ha acelerado más que retardado en las últimas generaciones, ha dado origen a muchos estudios socioeconómicos para su control. La evolución de la población y el crecimiento poblacional, son consecuencia de varios factores interrelacionados: la alimentación, la generalización de la higiene, la sanidad, la difusión de medicamentos y en general el desarrollo de la tecnología, que han sido decisivos para el fuerte crecimiento de la población mundial, que ha pasado de los casi 1.000 millones en el año 1800 a más de 6.000 millones en el 2000 y a unos 7.200 millones a finales de 2011; y aunque durante la denominada transición demográfica se produjo una fuerte reducción de la tasa bruta de mortalidad y de la natalidad, que se agudizaría durante la segunda transición demográfica, a partir de 1950, la población mundial siguió con un alto crecimiento, incluso con una baja natalidad en numerosos países, ya que a la fuerte y constante reducción de la mortalidad se ha unido el aumento generalizado de la esperanza de vida. La denominada evolución reproductiva constata, que la reducción del esfuerzo reproductivo supone una alta eficiencia reproductiva con baja natalidad y alta supervivencia de los individuos. b) La concentración ciudadana Consideramos también dentro de las causas de la explosión demográfica a la concentración ciudadana, por cuanto ésta incide, tanto en el despoblamiento de comunidades, como en el incremento poblacional en otras. Podemos decir, que este factor se origina en principio de la condición natural humana de la segregación, al tratar el hombre en todo momento de vivir agrupado o en sociedad, tendiendo siempre a habitar los medios naturales más propicios para la supervivencia, con las condiciones más favorables en cuanto a facilidad para la satisfacción de sus necesidades con el máximo grado de confort y bienestar, todo lo cual se lo proporciona el mayor grado de desarrollo socioeconómico, que obviamente encuentra en los centros de mayor índice poblacional, como lo son las grandes ciudades o urbes. La incidencia descontrolada del éxodo del hombre en busca de mejores y más fáciles medios de vida produce el crecimiento rápido y desproporcionado de éstos grandes centros poblados, que al ofrecer aparentes mejores medios de vida, se transforma en centros de atracción de población. A medida que un país pasa de una economía agrícola a una economía industrial, se produce una migración en gran escala de los residentes rurales hacia las ciudades. En este proceso, el índice de crecimiento de las áreas urbanas duplica el índice de crecimiento global de la población. En 1950, el 29% de la población mundial vivía en áreas urbanas, en 1990 esta cifra era del 43% y para el año 2000 se estima que aumentará a más del 50%. El éxodo rural La migración a las ciudades conlleva una importante disminución del número de personas que vive en el campo, y en consecuencia índices de crecimiento negativos en las áreas rurales. Fenómeno que mantiene una presión continua del éxodo rural y de las pequeñas poblaciones, hacia las grandes ciudades, donde este contingente de personas que se aventuran hacia ellas, encuentran y desarrollan condiciones precarias de vida y subsistencia inclusive inferiores a las existentes en sus lugares de origen; disminuyen la mayoría de las veces el consumo alimenticio y dietético indispensable para una vida saludable; aumentan la insatisfacción de las necesidades básicas; aparte de otras necesidades que generan al convivir en tales ciudades; atacan al medio natural más cercano como lo es el propio hábitat, en procura de vivienda para protegerse de la intemperie, para la recreación y para proporcionarse seguridad; aumentan el consumo de elementos energéticos biocontaminantes y biodegradantes, y, además, utilizan como espacio vital, áreas naturales y ambientales necesarias para el equilibrio biológico. El alto crecimiento de la población es un problema que viene ocurriendo en todo el mundo, y como patrón general, se visualiza el problema de la marginalidad, que crece cada vez más proporcionalmente en estas ciudades, con índices de gravedad de acuerdo al mayor o menor grado de desarrollo social y económico de ellas. Por otra parte, el crecimiento de las ciudades presiona a la reubicación de las industrias y muchas áreas de servicios, desplazando también zonas de alta vocación agropecuaria y fuentes de agua, con la consecuente degradación ambiental. Al extremo, muchas ciudades han sobrepasado el límite máximo de su espacio natural para permitir la vida, forzando en contra de la salud de sus habitantes: la contaminación ambiental, en todas sus facetas o formas de manifestarse. Al nivel universal, existen ejemplos de crecientes ciudades que presionan al máximo a su medio ambiente. En ellas, se dificulta el suministro de agua y
  • 21. Derecho Ecológico 21 se ocupan áreas importantes de suelos fértiles para el cultivo; así tenemos a: Ciudad de México, Los Ángeles, Sao Paolo, Bogotá, El Cairo, Lima y muchas otras ciudades en el mundo. La población en Venezuela. Venezuela es un país sub-poblado en términos comparativos. Con un territorio de 916.445 Km2, incluyendo los 4.395Km2 reclamados a Guyana, tiene una población de 31.650.392 habitantes, 15.876.540 de población masculina actual (50.2%) y 15.773.852 de población femenina (49.8%), distribuida en un 88% de población urbana y 12% de población rural. Con un crecimiento estimado de 1,50%, una densidad de población de 31,9%, una tasa de natalidad de 2,04% y mortandad del 0,52%. Una esperanza de vida de 73,5 años (Femenina 77,6 años y Masculina 71,5 años. La distribución es desequilibrada; más del 80% de la población se agrupa en los litorales, valles y piedemontes de la cordillera de la Costa y la de los Andes, creándose así grandes vacíos poblacionales al sur del eje fluvial Orinoco-Apure. Más del 40% de la población, está asentada en los 8 complejos urbanos más importantes del país. En el sur de Venezuela y en parte de la región zuliana se localiza la mayor parte de la población indígena, que apenas alcanza un 1,5% del total nacional. Los estados con mayor densidad de población son el Distrito Capital y los estados Lara, Carabobo, Aragua, Nueva Esparta y, en menor grado, Trujillo, Táchira y otros. Por el contrario, los estados más extensos son los que tienen menor densidad de población, especialmente el estado Amazonas (menos de 1 hab/ km²), Bolívar, Apure y otros, cuya densidad de población no llega a los 5 habitantes por km². Hoy, cuatro de cada cinco venezolanos constituyen población urbana. Sin embargo, la mitad S-SE del país (Amazonas, Apure, Bolívar, Delta Amacuro) está sub-poblada. De manera general, Venezuela tiene sectorializada su mano de obra así: el 55% en el sector comercio y servicios, el 14% en el sector industrial, un 15% en la agricultura, silvicultura y pesca; y un 11% en la construcción, electricidad y transportes. El desarrollo como causa de la problemática ecológica Para hablar del desarrollo como causa de la problemática ecológica, es menester imbuirnos en la más nueva concepción del desarrollo, que en consideración al fenómeno que venía manejándose como de crecimiento económico, tuvo necesidad de considerar la posibilidad de enfrentarlo al deterioro que con él se venía produciendo por la libre acción del hombre. Surge entonces el llamado “desarrollo sostenible”, término aplicado al desarrollo económico y social que permite hacer frente a las necesidades del presente sin poner en peligro la capacidad de futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades. Se comprendió, que existen dos conceptos fundamentales en lo que se refiere al uso y gestión sostenibles de los recursos naturales del planeta. En primer lugar, que estos son imperiosos para satisfacer las necesidades básicas de la humanidad, comida, ropa, lugar donde vivir y trabajo, lo cual implica prestar atención a las necesidades, en gran medida insatisfechas, de los pobres del mundo, ya que un mundo en el que la pobreza es endémica será siempre proclive a las catástrofes ecológicas y de todo tipo. En segundo lugar, los límites para el desarrollo no son absolutos, sino que vienen impuestos por el nivel tecnológico y de organización social, su impacto sobre los recursos del medio ambiente y la capacidad de la biosfera para absorber los efectos de la actividad humana, comprendiendo que es posible mejorar tanto la tecnología como la organización social, para abrir paso a una nueva era de crecimiento económico sensible a los efectos que se producen en el ecosistema. Los estudios nos indican, que durante las décadas de los 70’ y 80’, empezó a quedar cada vez más claro, que los recursos naturales estaban dilapidándose en nombre del“ desarrollo”, cuya acción venía produciendo cambios imprevistos en la atmósfera, en los suelos, en las aguas, en las plantas, en los animales, y en las relaciones entre todos ellos, reconociéndose que la velocidad del cambio era tal, que superaba la capacidad científica e institucional para detener, aminorar o invertir el sentido de sus causas y efectos. Hoy, 30 años más tarde, pareciera que la realidad fenomenológica con el cambio climático y los desastres naturales, nos estuvieran obligando a tomar conciencia y actuar para evitar la catástrofe final.
  • 22. Derecho Ecológico 22 8.- Actividades degradantes del ambiente: (industriales, transporte, agropecuarias, minera, petrolera, etc.). Ver Art.80 LOA. 9.- Efectos de la problemática ecológica: la contaminación del ambiente y de los recursos naturales; el calentamiento global y el efecto invernadero. Existen grandes problemas ambientales que detallaremos más adelante:  El cambio climático, que es la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional.  El calentamiento global de la atmósfera (el efecto invernadero), debido a la emisión, por parte de la industria y la agricultura, de gases (sobre todo dióxido de carbono, metano, óxido nitroso y clorofluorocarbonos) que absorben la radiación de onda larga reflejada por la superficie de la Tierra;  El agotamiento de la capa de ozono de la estratosfera, escudo protector del planeta, por la acción de productos químicos basados en el cloro y el bromo, que permite una mayor penetración de rayos ultravioleta hasta su superficie;  La creciente contaminación del agua y los suelos por los vertidos y descargas de residuos industriales y agrícolas;  El agotamiento de la cubierta forestal (deforestación), especialmente en los trópicos, por la explotación para leña y la expansión de la agricultura;  La pérdida de especies, tanto silvestres como domesticadas, de plantas y animales por destrucción de hábitats naturales, la especialización agrícola y la creciente presión a la que se ven sometidas las pesquerías;  La degradación del suelo en los hábitats agrícolas y naturales, incluyendo la erosión, el encharcamiento y la salinización, que produce con el tiempo la pérdida de la capacidad productiva del suelo. Como consecuencia de estos fenómenos, que consideramos como factores o causas de la problemática ecológica, dos efectos se ponen de manifiesto en forma directa sobre la acción del hombre y en consecuencia, inciden y multiplican el factor degradante, destructor y contaminante del medio ambiente o ecosistema; ellos son: a) El incremento de las necesidades humanas Se deriva de la “explosión demográfica” y de la “concentración ciudadana”. Obliga a que la acción del hombre presione sobre los elementos del sistema ecológico. Las necesidades humanas crecen en cantidad, aunadas al desarrollo cultural que le es inherente. En este caso, el crecimiento es desmedido en cuanto a las necesidades básicas, es decir, las fisiológicas que pesan sobre el hombre para su subsistencia, dada la dificultad para la consecución de los recursos necesarios para la manutención y para lograr el mínimo de calidad de visa. Es evidente, que estos dos factores que aumentan el índice poblacional, presionan sobre el propio medio ambiente. b) La acción devastadora de la naturaleza Simultánea con la explotación de los recursos naturales, se produce la acción destructora de la naturaleza en otros recursos naturales, especialmente: suelos flora y fauna. Aparece la irracionalidad en las exploraciones y explotaciones: agrícolas, pecuarias, mineras, forestales y acuíferas. La Contaminación del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales La acción de estos fenómenos, concluyen en resultados del deterioro del medio ambiente y de los recursos que en él se encuentran, siendo tal vez el más graves de los problemas de la sociedad moderna: la contaminación, que no es otra cosa, sino la alteración o trastorno de los distintos medios o ambientes naturales (atmósfera, agua, suelo, etc.) por la presencia de sustancias o formas de energía extrañas, que rompen el equilibrio ecológico y destruyen o dañan a las especies animal y vegetal. Contaminación con sustancias químicas Para la Organización Mundial de la Salud, la contaminación del aire, del suelo, de los alimentos y del agua por substancias químicas inorgánicas y por aguas servidas, es un problema que se viene estudiando desde hace años y que sin duda seguirá estudiándose. Para ellos, este problema es menor, en comparación con la contaminación que se deriva de las nuevas substancias químicas orgánicas, que el hombre sintetiza, algunas de
  • 23. Derecho Ecológico 23 las cuales son persistentes y su empleo se ha generalizado a nivel mundial. Figuran entre ellos, los nuevos plásticos y plastificantes, los detergentes y disolventes sintéticos, los aditivos alimenticios, los compuestos que se añaden a los combustibles o a las aleaciones y los plaguicidas. Contaminación con productos sintéticos Los productos sintéticos, que se usan cada vez más en el hogar como materiales de construcción, utensilios y muebles, vestidos y un sin fin de ellos, penetran directa o indirectamente en los alimentos y las reservas de aguas superficiales y subterráneas, cuando son liberados en la atmósfera; es decir, el nivel y alcance de contaminación es global en el medio o hábitat, por lo que en un informe presentado por la OMS, ésta recomienda que los diferentes tipos de contaminación, sea del aire, del suelo o del agua, por cuanto su inseparabilidad e interrelación son evidentes, y constituyen la contrapartida inevitable del modernismo, deben ser estudiados para encontrar el nivel máximo de aceptación de ésta, sin que ponga en peligro la salud y el bienestar del hombre, conciliando su máximo grado de desarrollo con un alto nivel de calidad de vida. La vida misma es afectada actualmente a distintos niveles por la contaminación del aire, de las aguas y de los alimentos; por la destrucción de los suelos devocación agrícola, de las selvas tropicales y otros ecosistemas frágiles; por las lluvias ácidas, capaces a su vez de destruir la vegetación y corroer el mármol de los edificios y las obras de arte que han resistido durante siglos la acción de la intemperie; por lo efectos negativos de la acción nuclear; por los desechos tóxicos industriales; por la desaparición de los ríos y montañas; por la destrucción de la capa de ozono; y por muchos otros efectos que se derivan de la aplicación de los avances científicos y tecnológicos, concomitantes con el desarrollo industrial, del urbanismo y de toda la gama y facetas del desarrollo integral del hombre, dentro y por la sociedad. El Cambio Climático, el Calentamiento Global y el Efecto Invernadero. El fenómeno de la contaminación atmosférica ha obligado al estudio más profundo de sus causas. En tal sentido, el efecto invernadero, el calentamiento global y el Cambio Climático son problemas que se estudian desde hace más de un siglo cuando los científicos descubrieron que determinados gases de la atmósfera, especialmente el vapor de agua, el dióxido de carbono, el metano, el óxido nitroso y los clorofluorocarbonos, contribuyen al calentamiento atmosférico. El Cambio Climático Se denomina cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional. Cambios que se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre todos los parámetros meteorológicos: temperatura, presión atmosférica, precipitaciones, nubosidad, etc. En teoría, son debidos tanto a causas naturales, como antropogénicas. El término suele usarse de manera poco apropiada, para hacer referencia tan solo a los cambios climáticos que suceden en el presente, utilizándolo como sinónimo de calentamiento global. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático usa el término «cambio climático» solo para referirse al cambio por causas humanas o antropogénicas; es decir, un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables. Recibe también el nombre de «variabilidad natural del clima», pues se produce constantemente por causas naturales. En algunos casos, para referirse al cambio de origen humano se usa también la expresión «cambio climático antropogénico». Además del calentamiento global, el cambio climático implica cambios en otras variables como las lluvias y sus patrones, la cobertura de nubes y todos los demás elementos del sistema atmosférico. La complejidad del problema y sus múltiples interacciones, hacen que la única manera de evaluar estos cambios, sea mediante el uso de modelos computacionales que simulan la física de la atmósfera y de los océanos. La naturaleza caótica de estos modelos hace que en sí tengan una alta proporción de incertidumbre, aunque esto no es óbice, para que sean capaces de prever cambios significativos futuros, que tengan consecuencias tanto económicas, como biológicas.
  • 26. Derecho Ecológico 26 10.- La Problemática Ecológica en Venezuela: aspectos diferenciados y característicos. Al analizar la problemática ecológica en Venezuela, debemos estar conscientes y considerar por lo tanto en nuestros estudios y planes conservacionistas, que los daños que se producen en cualquier parte del planetas, tarde o temprano dejan sentir su efecto en nuestro propio entorno, pues no hay nada más real y natural, que todos los elementos en un sistema, y como hemos indicado, el mundo es un macrosistema, donde la interacción de los elementos y órganos intervinientes, con su acción y la reacción mantiene el natural “equilibrio ecológico, el que al romper, deja al descubierto los efectos de la “crisis ecológica”. El desastre de Chernóbil y el esparcimiento de su nube radioactiva nos ha enseñado que la contaminación no tiene fronteras, por su parte, las grandes proporciones de anhídrido carbónico ha generado en la combustión masiva local producto de la industrialización, se acumula en la atmósfera y retiren las radiaciones infrarrojas, que conducen a un progresivo y peligrosos aumento de la temperatura terrestre, mientras que en el escudo protector de ozono se reduce por las reacciones de los compuestos volátiles de aligerados utilizados en aerosoles y en la combustión de las turbinas de los aviones a reacción. Como principal factores influyentes en la problemática ecológica venezolana podemos mencionar: el alto índice de crecimiento poblacional y la densificación de lagunas regiones y ciudades del país; el éxodo del campesino hacia las grandes urbes, que ayudan al incremento del fenómeno de la densificación o concentración indicada el creciente desarrollo industrial, la inmensa explotación petrolera; la reiterada y ancestral práctica de monocultivo, del conuco y del uso del fuego como medio de renovación de los cultivos; y una acción que ha tomado auge recientemente motivada a la crisis económica del país, como lo es el renacimiento de “El Dorado”, es decir, la explotación masiva de los reservorios mineros de Guayana. Al analizar el problema, nos damos cuenta que el deterioro de la naturaleza es progresivo. El recurso agua, sufre un grave deterioro orientado a su disminución en grandes cantidades. En el país han sido identificadas 135 cuencas hidrográficas, de las cuales 32 han sido declaradas críticas y prioritarias, afectadas por los fenómenos de la erosión y la invasión o penetración poblacional, que de inmediato actúa sobre el hábitat, ocasionado graves daños en sus zonas protectoras. Este factor de deterioro en notorio la actividad industrial en función del desarrollo, y en los antes indicados espacios declarados reservatorios diamantíferos y auríferos. Es notorio el deterioro y el alto grado de contaminación de los lagos de Maracaibo y Valencia, así como de los nacientes de nuestros cursos de aguas que viene de Colombia, cuya incidencia por los sabotajes y atentados guerrilleros a oleoductos de ese país y el constante uso de materiales contaminantes para la producción de
  • 27. Derecho Ecológico 27 drogas, agravan y dejan fuera de control el problema, cuyo enfrentamiento escapa en gran parte al adoctrinamiento y concientización nacional. También es notoria la contaminación por desechos industriales y basura de las zonas donde se incrementa la actividad industrial y la comercial, siendo un ejemplo palpable la contaminación que sufren las ciudades comerciales del Estado Nueva Esparta con su Puerto Libre y las zonas circundantes de Valencia, Ciudad Guayana y Maracaibo. Podríamos resumir los factores o causas influyentes en la problemática ecológica de Venezuela y sus efectos, así: - Explotación agropecuaria rudimentaria y atécnica: Quemas, talas, monocultivos, conucos. - Explotación forestal incontroladas: Falta de técnica recuperadora del medio ambiente. - Explotación minera ilegal y legal sin controles adecuados: Falta de técnicas y medidas de recuperación ambiental. - Desvío y sedimentación de curso de agua. - Contaminación con elementos químicos y otras sustancias. - Destrucción del suelo y del subsuelo. 11.- Papel protagónico de la sociedad civil en el desarrollo del Derecho Ecológico y en la formación de una conciencia ecologista. Todo ciudadano tiene que comprender que vivir en sociedad es una necesidad, por cuanto la convivencia ayuda al desarrollo espiritual y económico del hombre colectivo. De esta comprensión, deberá deducir que en su sociedad, cada persona tiene un rol que cumplir, y del cumplimiento de todos los roles, se logrará la satisfacción de las necesidades del colectivo. Para muchos, es el medium que facilita la vida con derechos y deberes del colectivo, para pocos, es una camisa de fuerza que restringe la libertad natural, transformándolos en esclavos de reglas y de compromisos. Por ello, muchos inconformes se convierten en ermitaños y buscan la felicidad al margen de los compromisos sociales. La libertad ofrece al "homo societatis" dos posibilidades: disfrutar de la mancomunidad con sus ventajas y restricciones, o aislarse del mundo y vivir solitario en un medio ambiente exclusivo. La sociedad en sí, exige a cada miembro en mayor o menor grado, una cuota de sacrificio. 12.- Los Estudios de Impacto Ambiental como forma de evitar el daño ecológico. El Impacto Ambiental, es entendido como el juicio de valor sobre la alteración o efecto ambiental positivo o negativo de la calidad ambiental, provocada o inducida por cualquier acción del hombre. La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es decir, la predicción o presunción del impacto ambiental de una actividad o proyecto específico, y la proposición de alternativas para prevenir o atenuar los efectos degradantes del medio ambiente, que pueden seguirse de su realización o ejecución. Es entonces el conjunto de estudios y sistemas técnicos dados como un proceso de análisis, que permite estimar los efectos que la ejecución de un proyecto, obra o actividad referidos a determinadas etapas de la vida de la empresa o emprendimiento, como son su emplazamiento o instalación causa sobre el medio ambiente, así como su corrección prevención y valoración a fin de ser aceptado, modificado o rechazado por las autoridades de control. Según las características de las interacciones, el estudio puede tener alcance local, regional o global. El alcance global se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan todo el planeta o gran parte de él. Un ejemplo es el estudio del impacto ambiental provocado por la generación de dióxido de carbono, aumentando el efecto invernadero y por consiguiente la temperatura media del planeta. El alcance regional se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan una región determinada. Un ejemplo sería el estudio del impacto ambiental provocado por la construcción de una represa, modificando los cursos de agua y afectando, por ejemplo, el recurso suelo. El alcance local se refiere a los trabajos que involucran impactos que afectan al radio de influencia del emprendimiento. Un ejemplo es un estudio de impacto ambiental que involucre los impactos generados por los residuos de un establecimiento fabril.
  • 28. Derecho Ecológico 28 Ley Orgánica del Ambiente. Capítulo II – Control Previo Ambiental - Art. 82 – Art. 83 – Art. 84 – Art. 85 Ver concepto de Estudio de Impacto Ambiental y Evaluación de Impacto Ambiental en el Art. 3 sobre Definiciones de la Ley Orgánica del Ambiente. Art. 4 de la Ley de la Orgánica del Ambiente. Evaluación del Impacto Ambiental también se define como un principio para la gestión del ambiente. CRBV – Art. 129 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- TEMA N° 3 EL DERECHO AMBIENTAL EN VENEZUELA. 1.- El Derecho Ambiental a.- Concepto, Generalidades y Bases jurídicas. Objetivos del Derecho ambiental
  • 29. Derecho Ecológico 29 CRBV. Art. 11 – 15 – 112 – 113 – 115 – 119 – 120 – 124 – 126 b.- El Derecho Ambiental y el Derecho Ecológico. C.R.B.V. Capítulo IX - De los Derechos Ambientales Artículo 127 Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de
  • 30. Derecho Ecológico 30 contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley. Artículo 128 El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento. Artículo 129 Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviere expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultare alterado, en los términos que fije la ley. Existe un conjunto de leyes que regulan todo lo relacionado con las materias relacionadas con el medio ambiente, su explotación racional, su protección y las sanciones por incumplimiento, entre las cuales se pueden mencionar:  Ley Orgánica del Ambiente 2006: establecer las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad. De igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías y derechos constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.  Ley Orgánica de Hidrocarburos 2007: Todo lo relativo a la exploración, explotación, refinación, industrialización, transporte, almacenamiento, comercialización, conservación de los hidrocarburos, así como lo referente a los productos refinados y a las obras que la realización de estas actividades requiera, se rige por esta Ley.  Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares 2014: tiene por objeto regular el ejercicio de la soberanía, jurisdicción y control en los espacios acuáticos, conforme al derecho interno e internacional, así como regular y controlar la administración de los espacios acuáticos, insulares y portuarios de la República Bolivariana de Venezuela, cuya finalidad es preservar y garantizar el mejor uso de los espacios acuáticos, insulares y portuarios, de acuerdo a sus potencialidades y a las líneas generales definidas por la planificación centralizada.  Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio: cuyo objeto es establecer las disposiciones que regirán el proceso general para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio, en concordancia con las realidades ecológicas y los principios, criterios, objetivos estratégicos del desarrollo sustentable, que incluyan la participación ciudadana y sirvan de base para la planificación del desarrollo endógeno, económico y social de la Nación.  Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas 2007: garantiza la protección del Hábitat indígena, que constituye el conjunto de elementos físicos, químicos, biológicos y socioculturales, que constituyen el entorno en el cual los pueblos y comunidades indígenas se desenvuelven y permiten el desarrollo de sus formas tradicionales de vida. Comprende el suelo, el agua, el aire, la flora, la fauna y en general todos aquellos recursos materiales e inmateriales necesarios para garantizar la vida y desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.  Ley de Bosques: rige a los fines de garantizarla la conservación de los bosques y demás componentes del patrimonio forestal y otras formas de vegetación silvestre no arbórea, estableciendo los preceptos que rigen el acceso y manejo de estos recursos naturales, en función de los interés actuales y futuros de la nación, bajo los lineamientos del desarrollo sustentable y endógeno.  Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable: tiene por objeto regular la creación, funcionamiento y supresión de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable (ZEDES), con el propósito de ejecutar planes,
  • 31. Derecho Ecológico 31 dinamizar y coordinar los esfuerzos del Estado e incentivar la iniciativa privada para fomentar el desarrollo de la productividad y adecuada explotación de los recursos, elevando los niveles de bienestar social y calidad de vida de la población. C.- Características del Derecho Ambiental.