2. • La servidumbre es un derecho real, impuesto sobre un
inmueble.
• El inmueble en cuyo favor está constituida la
servidumbre se llama predio dominante y el que la
soporta, predio sirviente.
3. • Una servidumbre cambian de dueño, la servidumbre
continúa.
• Hasta que legalmente se extinga.
• La servidumbre es indivisible.
4. • Cuando los predios entre los que exista una servidumbre
se dividan.
• El dueño del predio sirviente puede ejecutar las obras.
5. • Obligado a restablecerlo en su antiguo estado y a
indemnizar los daños.
• Sin imposibilitar o entorpecer el uso de la servidumbre.