1. FUNDAMENTO LEGAL DE LA TECNOLOGÍA DE L A INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN EN LA EDUCACIÓN
Decreto con Fuerza Ley Orgánica Ley Orgánica de Protección del Niño y del Ley Nacional de Ley Sobre Mensajes
Constitución de la
de Ley Orgánica de de Adolescente. Juventud de Datos y Firmas
República Bolivariana
Ciencia, Tecnología e Telecomunica Electrónicas
de Venezuela
Innovación ciones
Establece el
marco legal Decreto 3.390
de Regulación Ley Nacional de Software Libre con estándares abierto
Art 108 de las Juventud Art 28 Art 1
Decreto 1290 Telecomunica
Los medios de La permanencia de los La Administración Pública
Que estipula ciones. Art 73
comunicación jóvenes en el sistema Nacional empleará
la El Estado debe
Social, Públicos y educativo, educación prioritariamente Software Libres
Organización fomentar la
Privados deben nocturna y a desarrollado con Estándares
del Sistema creación, producción
contribuir a la distancia, mediante el
Nacional de Art 68 y difusión de Abiertos, en sus sistemas, de
formación ciudadana uso de informática
Ciencias, Tecn Derecho a la Información materiales Art 29 proyectos, servicios informáticos.
ología e Art 69 informativos dirigida Art 10
A través del
Art 110 Innovación El Estado debe garantizar a a niños y Incluir el Software Libre
que adolescentes que Ministerio de
El Estado reconocerá todos los niños y adolescentes desarrollado con Estándares
orientaran las educación dirigida la promueven los Educación, Cultura y
el interés público de Abiertos, en los programas de
políticas y información adecuada a su valores de deporte promoverá
la Ciencia, la educación básica y diversificada.
Tecnología estrategias. desarrollo. paz, democracia, liber su acceso al empleo
Instrumentos Art 70 tad, tolerancia, iguald y al trabajo
fundamentales para Mensaje de los Medios de ad entre las personas. educativo inclusive Decreto 825
el Desarrollo comunicación acorde con las Art 75 del joven
Prohibida Acceso y Uso de Internet.
Económica Social y Necesidades de los Niños y imputado, detenido
informaciones e Art 1
Político. El Estado Adolescentes o condenado
Art 71 imágenes que El acceso y uso de internet como
destinará recursos Art 38
suficientes y creara el Garantía de Mensajes e promuevan a la política prioritaria para el
informaciones adecuadas violencia o al uso de Los jóvenes tienen desarrollo cultural, económico,
sistema nacional de
durante el horario armas ,tabaco o derecho a ser social y político.
ciencia y
tecnología . recomendado, podrán presentar sustancias alcohólicas reconocido como Art 5
programas, publicidad y , estupefacientes o propias todas las El Ministerio de Educación Cultura
propaganda que hayan sido psicotrópicas invenciones y Deporte dictará las directrices
consideradas adecuadas para Art 76 , creaciones tendentes a instruir sobre el uso
niños y adolescentes Los niños y científicas, tecnológi
adolescentes pueden de internet.
Art 72 cas y culturales
Programaciones dirigidas a tener acceso a los Art 8
Egly Moncada espectáculos Un plazo no mayor de 3 años el
Niños y Adolescentes de la más
C.I. 7.091.466 alta calidad con finalidades públicos, salas y 50% de los programas educativos
informativas, educativas, lugares que exhiban de Educación básica y diversificada
artísticas, cultural y de producciones deberán estar disponibles en
entretenimiento en un mínimo clasificadas como formato de internet.
de 3 horas diarias. adecuadas para su
edad.