2. • El Teletrabajo llamado también trabajo a
distancia es que es una modalidad de
prestación de servicios subordinados sea en el
ámbito privado o público que se caracteriza
por el uso de las tecnologías de información y
comunicación, llámese TIC’s.
3. • Esta forma de relación laboral es de carácter
voluntario y reversible, es decir, el empleador en
base, a razones debidamente sustentadas del
trabajo, puede variar esta modalidad de
prestación de servicios de ser presencial a una de
teletrabajo siempre en cuando el trabajador
también así lo acepte pudiendo también solicitar
al empleador volver a prestar servicios de manera
presencial pero el empleador puede denegar
dicho pedido en función a su facultad directriz.
4. • El Teletrabajo permite
aprovechar mejor las
ventajas que ofrece tanto
para la empresa, el
empleado y la sociedad en
general. Hasta ahora, el
hombre buscaba el trabajo.
Lo ideal sería que el trabajo
buscara al
hombre, debiendo ser la
persona el que decidiera, en
cada momento, sobre qué
ámbito o entorno actuar.
• El trabajo puede realizarse a
distancia gracias al
internet, coordinando con
jefes y compañeros
mediante chat y
videoconferencias. Esta
forma de trabajar, llamada
teletrabajo, está creciendo
en muchos países, gracias a
la legislación que protege
los derechos e intereses de
trabajadores y
empleadores.
5. • En el caso del teletrabajador
que aporta sus propios
equipos de trabajo, el
empleador debe compensar
la totalidad de los
gastos, incluidos los gastos
de comunicación. Si el
teletrabajador realiza sus
labores en otro lugar ya sea
dentro o fuera del país, el
empleador asume los gastos
que esto conlleva.