Esta ley tiene como propósito regular el teletrabajo como una modalidad de prestación de servicios subordinados caracterizada por el uso de las tecnologías de la información y telecomunicaciones, tanto en el ámbito público como privado. El teletrabajo es de carácter voluntario y reversible, por lo que el empleador sólo puede variar la modalidad de prestación de servicios con el consentimiento previo del trabajador. Aunque la ley no especifica el tiempo o las razones para solicitar el cambio de modalidad, sí indica que el empleador puede d