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La Dirección de Recursos Humanos, cumple con informarle a todos los
funcionarios y funcionarias adscritos a este ente gubernamental que obtuvieron
ingresos netos superiores a 1.000 unidades tributarias durante el ejercicio
2011, están obligados a presentar la Declaración del Impuesto Sobre la Renta
(I.S.L.R.), cuyo plazo vence el próximo 31 de marzo de 2012.
De igual forma se les recuerda la obligación de presentar ante esta Dirección
la estimación de los ingresos para el ejercicio económico actual, a través de la
planilla AR-I, con el objeto de determinar el porcentaje de retención de
Impuesto Sobre la Renta, aplicable sobre sueldo, salarios y demás
remuneraciones.
Todo esto con el propósito de cumplir con lo establecido en la Ley de impuesto
sobre la renta, su reglamento y demás disposiciones que rigen la materia.
Para aclarar tus dudas, realizamos
una breve presentación en las cuales
podrás encontrar las Respuestas a
las Preguntas mas frecuentes sobre
la Declaración del Impuesto Sobre la
Renta (I.S.L.R.) o visitar el sitio web
del SENIAT
http://www.seniat.gob.ve
QUE ES EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado
venezolano (a través del SENIAT) sobre las ganancias obtenidas en el año
fiscal. la definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer
artículo de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece
idéntico a pesar de todas las modificaciones, derogaciones y reformas que ha
sufrido desde entonces:
Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en
dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en
esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona
natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de
Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la
causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.
QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR Y PAGAR
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
1. Todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan
obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a
mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas
unidades tributarias (1.500 U.T.)".
2. Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil
seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven
únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel
primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N 838 del 31/05/2000
3. Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están
obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos
obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la
personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber
formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
CUANDO VENCE EL PLAZO PARA HACER LA DECLARACIÓN
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
El plazo vence el 31 de marzo de 2012, toda vez que la declaración debe
presentarse dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio
gravable del contribuyente. Es importante recordar que el ejercicio anual
gravable, en el caso de ciertas personas naturales o jurídicas, pudiera ser el
año civil u otro período de doce meses, elegido. No obstante, en la mayoría de
los casos el ejercicio corresponde al año civil. (Fundamento Legal Art. 146
RISLR).
Sin embargo para este año en particular el vencimiento cae un día inhábil, por
lo que de acuerdo a lo establecido en el numeral 3, artículo 10, del Código
Orgánico Tributario (COTH), se deberá prorrogar hasta el primer día hábil
siguiente, es decir el lunes (02/04/2012).
CUANTO DEBO HABER GANADO EN EL AÑO FISCAL PARA ESTAR
OBLIGADO A DECLARAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
Todas aquellas personas con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las
1.000 unidades tributarias (1.000 U.T.) y aquellas con ingresos brutos mayores de
mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) están obligadas a declarar el
Impuesto sobre la Renta anual antes del 31 de marzo.
CUÁL ES EL VALOR DE LA UNIDAD TRIBUTARIA QUE DEBERÁ
CONSIDERARSE PARA LA DECLARACIÓN DEL I.S.L.R. AÑO 2011
Se debe utilizar el valor de Bs. 76,00 toda vez que de acuerdo con lo previsto en el
Parágrafo Tercero del artículo 3 del C.O.T, en los casos de tributos que se liquiden
por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante
por lo menos 183 días continuos del período respectivo y, para los tributos que se
liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que
esté vigente para el inicio del período. (Fundamento Legal parágrafo tercero
Artículo 3 del COT)
CÓMO DEBERÁ SER PRESENTADA LA DECLARACIÓN DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
La Administración Tributaria ha dispuesto en la Providencia Administrativa N 0103
(Gaceta Oficial N 39.296 del 30/10/2009), la obligatoriedad de la presentación de
la declaración definitiva del ISLR a través del procedimiento electrónico, disponible
en el portal fiscal www.seniat.gob.ve, para el caso de los funcionarios públicos
la obligatoriedad, está dispuesta en la Providencia Administrativa N 0948 (Gaceta
Oficial 38.319 del 22/11/2005).
EN CUALES BANCOS SE PUEDE PRESENTAR Y PAGAR LA
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.)
El pago reflejado en cualquiera de las porciones de la respectiva declaración del
ISLR, puede efectuarse, en las entidades bancarias autorizadas entre las cuales
podemos mencionar: Banco del Tesoro, Banco Industrial de Venezuela, Banco de
Venezuela, Banco Nacional de Crédito. Es relevante destacar que, una vez
efectuada la declaración vía portal fiscal, se refleja la opción para pagar
electrónicamente.
EN CUÁNTAS PORCIONES PUEDEN PAGAR LAS PERSONAS
NATURALES EL I.S.L.R. RESULTANTE EN EL EJERCICIO
El Impuesto Sobre la Renta de personas naturales se puede pagar hasta en 3
porciones de iguales montos, a saber el pago de la primera porción hasta el
02/04/2012, el pago de la segunda porción el 20/04/2012 y el pago de la tercera
porción el 10/05/2012. Es relevante mencionar que, la falta de pago, el pago
incompleto o el pago fuera del término de alguna de las porciones hará exigible
inmediatamente la totalidad del pago a declarar.
QUÉ FORMA SE DEBE UTILIZAR PARA
PAGAR LAS PORCIONES DEL I.S.L.R.
Las porciones deben pagarse a través de las planillas de pago emitidas por el
portal fiscal, si la declaración se realizó manualmente (Forma DPN 25 / DPN NR
25), deberá utilizar la Forma 02, que pueden adquirirse en las oficinas de IPOSTEL.
Es relevante destacar, que deberá imprimir tres (03), ejemplares de la planilla
correspondiente a las porciones de los compromisos de pago, emitidos por el
sistema.
A QUIENES PUEDEN INCLUIR LAS PERSONAS NATURALES COMO CARGAS
FAMILIARES EN SU DECLARACIÓN DEFINITIVA DEL I.S.L.R.
La Ley de Impuesto Sobre la Renta permite descargar como cargas familiares sólo
a los ascendientes y descendientes directos; éstos últimos siempre que sean
menores de edad o estén incapacitados para el trabajo, o siempre que estén
estudiando y sean menores de 25 años. Los colaterales, tales como hermanos y
sobrinos no pueden incluirse como cargas familiares.
LOS CÓNYUGES DECLARAN EL I.S.L.R. EN FORMA
INDIVIDUAL O EN FORMA CONJUNTA
Los cónyuges no separados de bienes deben declarar conjuntamente todos
su enriquecimientos, como si fuesen un solo contribuyente, salvo cuando la
mujer casada opte por declarar por separado las rentas obtenidas por
concepto de sueldos u honorarios profesionales provenientes del libre
ejercicio. Ahora bien, los cónyuges separados de bienes deben declarar por
separado
CUÁLES SON LAS SANCIONES QUE SE GENERAN POR LA NO
PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL I.S.L.R., O POR SU
PRESENTACIÓN FUERA DEL LAPSO PREVISTO
El Código Orgánico Tributario, establece una sanción de 10 unidades
tributarias por cada declaración que se haya dejado de presentar, multa que se
incrementará en 10 unidades tributarias más por cada nueva infracción, hasta
un máximo de 50 unidades tributarias. Para el caso de las declaraciones
presentadas fuera del plazo previsto en la normativa antes señalada, la multa
será de 5 unidades tributarias, la cual se incrementará en cinco unidades
tributarias más por cada nueva infracción, hasta un máximo de 25 unidades
tributarias, más la sanción prevista por retraso en el pago de tributos, es decir,
multa del uno por ciento (1%) del tributo dejado de cancelar y los intereses
moratorios correspondientes.
ES OBLIGATORIO PARA LA PRESENTACIÓN DE
LA DECLARACIÓN DE I.S.L.R. DE PERSONAS
NATURALES, POSEER NÚMERO DE
REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL
Es exigido que el declarante coloque el número de su Registro de Información
Fiscal (R.I.F.) en la planilla para que la declaración pueda ser aceptada por el
banco recaudador. Todos los contribuyentes, personas naturales o jurídicas y
sus asimilados, que realicen actividades económicas en Venezuela o posean
bienes situados en el país, es decir sean de interés fiscal, están obligados a
solicitar e inscribirse en el Registro de Información Fiscal.
EN CASO QUE UNA PERSONA NATURAL NO OBTENGA EL MONTO
MÍNIMO ANUAL PARA ESTAR OBLIGADO A DECLARAR EL I.S.L.R.
1.000 U.T DE ENRIQUECIMIENTO NETO 1.500 U.T. DE INGRESOS
BRUTOS ¿DE QUÉ DOCUMENTO PUEDE VALERSE PARA
DEMOSTRAR QUE NO ES CONTRIBUYENTE?
Anteriormente, los contribuyentes que no alcanzaban el monto anual de renta
neta o de ingresos brutos exigido, tramitaban ante el SENIAT una Constancia
de No Contribuyente, con el objeto de certificar su condición de no obligado a
cumplir con ese deber formal. Sin embargo, a partir del año 2000, y siguiendo
los lineamientos esbozados en la Ley de Simplificación de Trámites
Administrativos, la Administración Tributaria, eliminó la expedición de dicha
constancia, haciendo recaer en manos del interesado la comprobación de sus
ingresos por cualquier documento que sirviera a tales fines, como la constancia
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  • 1.
  • 2. La Dirección de Recursos Humanos, cumple con informarle a todos los funcionarios y funcionarias adscritos a este ente gubernamental que obtuvieron ingresos netos superiores a 1.000 unidades tributarias durante el ejercicio 2011, están obligados a presentar la Declaración del Impuesto Sobre la Renta (I.S.L.R.), cuyo plazo vence el próximo 31 de marzo de 2012. De igual forma se les recuerda la obligación de presentar ante esta Dirección la estimación de los ingresos para el ejercicio económico actual, a través de la planilla AR-I, con el objeto de determinar el porcentaje de retención de Impuesto Sobre la Renta, aplicable sobre sueldo, salarios y demás remuneraciones. Todo esto con el propósito de cumplir con lo establecido en la Ley de impuesto sobre la renta, su reglamento y demás disposiciones que rigen la materia.
  • 3. Para aclarar tus dudas, realizamos una breve presentación en las cuales podrás encontrar las Respuestas a las Preguntas mas frecuentes sobre la Declaración del Impuesto Sobre la Renta (I.S.L.R.) o visitar el sitio web del SENIAT http://www.seniat.gob.ve
  • 4. QUE ES EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es un Impuesto que se le paga al estado venezolano (a través del SENIAT) sobre las ganancias obtenidas en el año fiscal. la definición legal del ISLR se estableció desde 1943, en el primer artículo de la Ley de Impuesto sobre la Renta que hasta hoy permanece idéntico a pesar de todas las modificaciones, derogaciones y reformas que ha sufrido desde entonces: Artículo 1. Los enriquecimientos anuales, netos y disponibles obtenidos en dinero o en especie, causarán impuestos según las normas establecidas en esta Ley. Salvo disposición en contrario de la presente Ley, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la causa o la fuente de ingresos este situada dentro del país o fuera de él.
  • 5. QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) 1. Todas las personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.)". 2. Las personas naturales que han obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades tributarias (2.625 U.T.), los cuales se deriven únicamente de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a nivel primario, salvo lo dispuesto en el Decreto de Exoneración N 838 del 31/05/2000 3. Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de la personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
  • 6. CUANDO VENCE EL PLAZO PARA HACER LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) El plazo vence el 31 de marzo de 2012, toda vez que la declaración debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio gravable del contribuyente. Es importante recordar que el ejercicio anual gravable, en el caso de ciertas personas naturales o jurídicas, pudiera ser el año civil u otro período de doce meses, elegido. No obstante, en la mayoría de los casos el ejercicio corresponde al año civil. (Fundamento Legal Art. 146 RISLR). Sin embargo para este año en particular el vencimiento cae un día inhábil, por lo que de acuerdo a lo establecido en el numeral 3, artículo 10, del Código Orgánico Tributario (COTH), se deberá prorrogar hasta el primer día hábil siguiente, es decir el lunes (02/04/2012).
  • 7. CUANTO DEBO HABER GANADO EN EL AÑO FISCAL PARA ESTAR OBLIGADO A DECLARAR EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) Todas aquellas personas con ingresos de enriquecimiento neto superiores a las 1.000 unidades tributarias (1.000 U.T.) y aquellas con ingresos brutos mayores de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.) están obligadas a declarar el Impuesto sobre la Renta anual antes del 31 de marzo. CUÁL ES EL VALOR DE LA UNIDAD TRIBUTARIA QUE DEBERÁ CONSIDERARSE PARA LA DECLARACIÓN DEL I.S.L.R. AÑO 2011 Se debe utilizar el valor de Bs. 76,00 toda vez que de acuerdo con lo previsto en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del C.O.T, en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos 183 días continuos del período respectivo y, para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período. (Fundamento Legal parágrafo tercero Artículo 3 del COT)
  • 8. CÓMO DEBERÁ SER PRESENTADA LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) La Administración Tributaria ha dispuesto en la Providencia Administrativa N 0103 (Gaceta Oficial N 39.296 del 30/10/2009), la obligatoriedad de la presentación de la declaración definitiva del ISLR a través del procedimiento electrónico, disponible en el portal fiscal www.seniat.gob.ve, para el caso de los funcionarios públicos la obligatoriedad, está dispuesta en la Providencia Administrativa N 0948 (Gaceta Oficial 38.319 del 22/11/2005). EN CUALES BANCOS SE PUEDE PRESENTAR Y PAGAR LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (I.S.L.R.) El pago reflejado en cualquiera de las porciones de la respectiva declaración del ISLR, puede efectuarse, en las entidades bancarias autorizadas entre las cuales podemos mencionar: Banco del Tesoro, Banco Industrial de Venezuela, Banco de Venezuela, Banco Nacional de Crédito. Es relevante destacar que, una vez efectuada la declaración vía portal fiscal, se refleja la opción para pagar electrónicamente.
  • 9. EN CUÁNTAS PORCIONES PUEDEN PAGAR LAS PERSONAS NATURALES EL I.S.L.R. RESULTANTE EN EL EJERCICIO El Impuesto Sobre la Renta de personas naturales se puede pagar hasta en 3 porciones de iguales montos, a saber el pago de la primera porción hasta el 02/04/2012, el pago de la segunda porción el 20/04/2012 y el pago de la tercera porción el 10/05/2012. Es relevante mencionar que, la falta de pago, el pago incompleto o el pago fuera del término de alguna de las porciones hará exigible inmediatamente la totalidad del pago a declarar. QUÉ FORMA SE DEBE UTILIZAR PARA PAGAR LAS PORCIONES DEL I.S.L.R. Las porciones deben pagarse a través de las planillas de pago emitidas por el portal fiscal, si la declaración se realizó manualmente (Forma DPN 25 / DPN NR 25), deberá utilizar la Forma 02, que pueden adquirirse en las oficinas de IPOSTEL. Es relevante destacar, que deberá imprimir tres (03), ejemplares de la planilla correspondiente a las porciones de los compromisos de pago, emitidos por el sistema.
  • 10. A QUIENES PUEDEN INCLUIR LAS PERSONAS NATURALES COMO CARGAS FAMILIARES EN SU DECLARACIÓN DEFINITIVA DEL I.S.L.R. La Ley de Impuesto Sobre la Renta permite descargar como cargas familiares sólo a los ascendientes y descendientes directos; éstos últimos siempre que sean menores de edad o estén incapacitados para el trabajo, o siempre que estén estudiando y sean menores de 25 años. Los colaterales, tales como hermanos y sobrinos no pueden incluirse como cargas familiares. LOS CÓNYUGES DECLARAN EL I.S.L.R. EN FORMA INDIVIDUAL O EN FORMA CONJUNTA Los cónyuges no separados de bienes deben declarar conjuntamente todos su enriquecimientos, como si fuesen un solo contribuyente, salvo cuando la mujer casada opte por declarar por separado las rentas obtenidas por concepto de sueldos u honorarios profesionales provenientes del libre ejercicio. Ahora bien, los cónyuges separados de bienes deben declarar por separado
  • 11. CUÁLES SON LAS SANCIONES QUE SE GENERAN POR LA NO PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL I.S.L.R., O POR SU PRESENTACIÓN FUERA DEL LAPSO PREVISTO El Código Orgánico Tributario, establece una sanción de 10 unidades tributarias por cada declaración que se haya dejado de presentar, multa que se incrementará en 10 unidades tributarias más por cada nueva infracción, hasta un máximo de 50 unidades tributarias. Para el caso de las declaraciones presentadas fuera del plazo previsto en la normativa antes señalada, la multa será de 5 unidades tributarias, la cual se incrementará en cinco unidades tributarias más por cada nueva infracción, hasta un máximo de 25 unidades tributarias, más la sanción prevista por retraso en el pago de tributos, es decir, multa del uno por ciento (1%) del tributo dejado de cancelar y los intereses moratorios correspondientes.
  • 12. ES OBLIGATORIO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE I.S.L.R. DE PERSONAS NATURALES, POSEER NÚMERO DE REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL Es exigido que el declarante coloque el número de su Registro de Información Fiscal (R.I.F.) en la planilla para que la declaración pueda ser aceptada por el banco recaudador. Todos los contribuyentes, personas naturales o jurídicas y sus asimilados, que realicen actividades económicas en Venezuela o posean bienes situados en el país, es decir sean de interés fiscal, están obligados a solicitar e inscribirse en el Registro de Información Fiscal.
  • 13. EN CASO QUE UNA PERSONA NATURAL NO OBTENGA EL MONTO MÍNIMO ANUAL PARA ESTAR OBLIGADO A DECLARAR EL I.S.L.R. 1.000 U.T DE ENRIQUECIMIENTO NETO 1.500 U.T. DE INGRESOS BRUTOS ¿DE QUÉ DOCUMENTO PUEDE VALERSE PARA DEMOSTRAR QUE NO ES CONTRIBUYENTE? Anteriormente, los contribuyentes que no alcanzaban el monto anual de renta neta o de ingresos brutos exigido, tramitaban ante el SENIAT una Constancia de No Contribuyente, con el objeto de certificar su condición de no obligado a cumplir con ese deber formal. Sin embargo, a partir del año 2000, y siguiendo los lineamientos esbozados en la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, la Administración Tributaria, eliminó la expedición de dicha constancia, haciendo recaer en manos del interesado la comprobación de sus ingresos por cualquier documento que sirviera a tales fines, como la constancia de pagos de su patrono, una certificación de ingresos emitida por un Contador Público, una declaración jurada o un balance personal