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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Impuestos sobre la Renta
(Caso Práctico)
Participante:
José Leonardo Marchan.
Asignatura: Derecho Tributario.
Facilitadora: Emily Ramírez
Barquisimeto, Mayo 2016
El impuesto sobre la renta en Venezuela es cancelado por personas naturales y
jurídicas en donde se realizo este año un cambio en cuanto al monto en donde anteriormente se
establecía que debían pagar las personas que tuviesen como ingresos brutos las 1.000 UT
actualmente debido a la alta inflación y lo elevado de los salarios mínimos y lo baja de las
Unidades Tributarias se elevo para las personas naturales en 3.000 UT, sin embargo las
personas que ya habían declarado bajo el antiguo modelo debían pagar lo que les correspondía
en impuestos sobre la renta pero el año próximo se le toma como créditos fiscales.
Personas Jurídicas
Así mismo resulta oportuno resaltar que El régimen legal del Impuesto sobre la Renta
(ISLR) para personas naturales y jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR
(LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007.
En base a ello se hace necesario mencionar el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del
ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está
obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera
sea el monto de los mismos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). A esta
regla aplican las excepciones previstas (exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR (ver:
Exenciones al ISLR, Exenciones vs. exoneraciones).
Así mismo, se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las sociedades
de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las
comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o
de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y
conexas. Actualmente las Cooperativas también pagan el Impuesto sobre la Renta.
Cálculo del ISLR para Personas Jurídicas
Para calcular el Impuesto sobre la Renta de las personas jurídicas se debe determinar su
renta neta mundial gravable. Para determinar la renta neta mundial gravable se debe sumar el
enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de fuente extraterritorial (al
tipo de cambio oficial). No se admitirá la imputación de pérdidas de fuente extraterritorial al
enriquecimiento o pérdida de fuente territorial. El enriquecimiento neto corresponde al
incremento de patrimonio que resulte después de restar de los ingresos brutos, los costos y
deducciones permitidos por la LISLR.
Personas Naturales
En lo que respecta a las persona naturales cabe destacar que el Impuesto sobre la Renta
(ISLR), el cálculo y declaración del ISLR, las rebajas, exoneraciones y desgravámenes. Todo
en lo que respecta a las personas naturales. Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben
declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que
hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000
tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs.
ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT
de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar el ISLR. La fecha tope para
la declaración del ISLR es el 31 de marzo. Actualmente se modificaron las 1.000 UT a 3.000
U.T.
Cálculo del ISLR
Para el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las personas naturales, se debe
determinar su enriquecimiento neto, es decir, el incremento de patrimonio que han tenido
durante el ejercicio gravable. Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los
costos y deducciones permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos. Cuando los ingresos sólo se
correspondan a salarios y remuneraciones obtenidos por la prestación de servicios personales
bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto.
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones)
Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento
gravable o "pérdida", para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto
por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores.
Enriquecimiento gravable = Enriquecimiento neto - pérdidas de años anteriores.
Al enriquecimiento gravable se le debe aplicar la tarifa respectiva; para ello debemos
llevar la cantidad de bolívares que corresponde al enriquecimiento gravable a Unidades
Tributarias, multiplicarlo por el porcentaje que corresponda y restarle el sustraendo si lo
hubiere.
Desgravámenes
Los desgravámenes se entienden como una disminución al monto de tributación que
pueden hacer los contribuyentes del ISLR. Las personas naturales domiciliadas en el país,
pueden optar por utilizar un desgravamen de 774 unidades tributarias (desgravamen único), o
utilizar la sumatoria del resto de los desgravámenes establecidos en la LISLR, así:
1. Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y la de sus
descendientes no mayores de 25 años. El límite de edad no es aplicable en los casos de
educación especial;
2. Lo pagado por el contribuyentes a empresas domiciliadas en el país por concepto de
primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad;
3. Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el
país al contribuyente y a las personas a su cargo (cónyuges no separados de bienes,
ascendientes y descendientes directos);
4. Lo pagado por concepto de intereses por préstamos para adquirir vivienda principal,
hasta por un monto de 1.000 U.T.
5. Los pagos por concepto de alquiler de la vivienda principal, hasta por un monto de 800
U.T. Los desgravámenes enumerados, deberán ser respaldados por sus respectivos
comprobantes de pago -que cumplan con los requisitos exigidos por la Administración
Tributaria-, como medio de prueba ante cualquier fiscalización.
Desgravamen único
La ley del ISLR permite optar por un desgravamen único de 774 unidades tributarias
con el que es posible beneficiarse de una rebaja legal del impuesto evitando declaraciones
detalladas y complicadas. Sin embargo, es muy posible que la declaración detallada sea más
ajustada a la realidad y el usuario pueda beneficiarse de un mayor desgravámen.
Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (774 unidades tributarias)
Empleando el desgravámen único se determina primero el total del ingreso bruto anual
y se resta el equivalente a 774 unidades tributarias. Sobre este monto se aplica tarifa o tasa del
ISLR según la tabla mostrada previamente.
Rebajas al ISLR
Las rebajas fueron creadas por el legislador para cubrir el monto indispensable para la
subsistencia del contribuyente y su carga familiar.
Caso Práctico o Ejemplo sobre el pago de Impuesto sobre la Renta de Personas Natural.
Caso práctico José Manchan Venezolano C.I 21.234.879 con el RIF V-21.234.879-3, trabaja
como comerciante independiente para el año 2015 en donde proporciona los siguientes datos
en el portal del SENIAT.
Preguntas: Determine c/u de los ingresos gravables con su respectivo monto contenido por
José Marchan. Determine cada uno de los Desgravámenes con su respectivo monto admitido
por la LISLR. Determine el EGNA del contribuyente para el referido ejercicio. Aplique la
tarifa respectiva. Determine el impuesto por pagar o cancelar.
Enriquecimiento Neto o Perdida Fiscal y Participante en Sociedades. Bs. 270.000,00
Desgravamen único por 774 U.T x 150 = 116.210,00
EGNA Ingreso Bruto Bs. 270.000,00 / 150 = 1.800 UT. Desgravamen Bs. 116.210,00 / 150 =
774 UT Enriquecimiento Neto Bs. 153.900,00 / 150 = 1.026 UT.
Impuesto determinado según tarifa Nº 1 ((Casilla Nº 10 x Tarifa Nº 1)-sustraendo) = 9.351,00
Menos la Rebaja personal (10UT) (Solo Residentes) 1500.
Menos la carga familiar Cantidad 3 * 10 (Solo residentes) 4500.
El impuesto total determinado que debe cancelar José Marchan es de 3.351,00
Referencias Bibliográficas
 Ley del Impuesto Sobre La Renta (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial
extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007.

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Caso pratico sobre impuesto sobre la renta jose

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Impuestos sobre la Renta (Caso Práctico) Participante: José Leonardo Marchan. Asignatura: Derecho Tributario. Facilitadora: Emily Ramírez Barquisimeto, Mayo 2016
  • 2. El impuesto sobre la renta en Venezuela es cancelado por personas naturales y jurídicas en donde se realizo este año un cambio en cuanto al monto en donde anteriormente se establecía que debían pagar las personas que tuviesen como ingresos brutos las 1.000 UT actualmente debido a la alta inflación y lo elevado de los salarios mínimos y lo baja de las Unidades Tributarias se elevo para las personas naturales en 3.000 UT, sin embargo las personas que ya habían declarado bajo el antiguo modelo debían pagar lo que les correspondía en impuestos sobre la renta pero el año próximo se le toma como créditos fiscales. Personas Jurídicas Así mismo resulta oportuno resaltar que El régimen legal del Impuesto sobre la Renta (ISLR) para personas naturales y jurídicas se encuentra establecido en la Ley del ISLR (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007. En base a ello se hace necesario mencionar el tercer aparte del artículo 79 de la Ley del ISLR, toda persona jurídica (empresas, sociedades, comunidades, organismos, etc.) está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). A esta regla aplican las excepciones previstas (exenciones) en el artículo 14 de la Ley del ISLR (ver: Exenciones al ISLR, Exenciones vs. exoneraciones). Así mismo, se consideran personas jurídicas a: compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho; los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas. Actualmente las Cooperativas también pagan el Impuesto sobre la Renta. Cálculo del ISLR para Personas Jurídicas Para calcular el Impuesto sobre la Renta de las personas jurídicas se debe determinar su renta neta mundial gravable. Para determinar la renta neta mundial gravable se debe sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto de fuente extraterritorial (al tipo de cambio oficial). No se admitirá la imputación de pérdidas de fuente extraterritorial al enriquecimiento o pérdida de fuente territorial. El enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de restar de los ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la LISLR. Personas Naturales En lo que respecta a las persona naturales cabe destacar que el Impuesto sobre la Renta (ISLR), el cálculo y declaración del ISLR, las rebajas, exoneraciones y desgravámenes. Todo
  • 3. en lo que respecta a las personas naturales. Según el artículo 79 de la Ley del ISLR, deben declarar el ISLR todas aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a 1.000 tributarias o ingresos brutos superiores a 1.500 unidades tributarias (ver: Ingresos brutos vs. ingresos de enriquecimiento neto). Cuando una de estas dos condiciones se cumpla (1.000 UT de enriquecimiento o 1500 UT de ingresos) corresponde declarar el ISLR. La fecha tope para la declaración del ISLR es el 31 de marzo. Actualmente se modificaron las 1.000 UT a 3.000 U.T. Cálculo del ISLR Para el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las personas naturales, se debe determinar su enriquecimiento neto, es decir, el incremento de patrimonio que han tenido durante el ejercicio gravable. Para determinar el enriquecimiento neto se deben restar los costos y deducciones permitidos por la Ley, a sus ingresos brutos. Cuando los ingresos sólo se correspondan a salarios y remuneraciones obtenidos por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia, éstos equivalen al enriquecimiento neto. Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (costos y deducciones) Una vez determinado el enriquecimiento neto, se debe determinar el enriquecimiento gravable o "pérdida", para lo cual se debe restar al monto de enriquecimiento neto, el monto por desgravámenes y por pérdidas de años anteriores. Enriquecimiento gravable = Enriquecimiento neto - pérdidas de años anteriores. Al enriquecimiento gravable se le debe aplicar la tarifa respectiva; para ello debemos llevar la cantidad de bolívares que corresponde al enriquecimiento gravable a Unidades Tributarias, multiplicarlo por el porcentaje que corresponda y restarle el sustraendo si lo hubiere. Desgravámenes Los desgravámenes se entienden como una disminución al monto de tributación que pueden hacer los contribuyentes del ISLR. Las personas naturales domiciliadas en el país, pueden optar por utilizar un desgravamen de 774 unidades tributarias (desgravamen único), o utilizar la sumatoria del resto de los desgravámenes establecidos en la LISLR, así: 1. Lo pagado a institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y la de sus descendientes no mayores de 25 años. El límite de edad no es aplicable en los casos de educación especial;
  • 4. 2. Lo pagado por el contribuyentes a empresas domiciliadas en el país por concepto de primas de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad; 3. Lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el país al contribuyente y a las personas a su cargo (cónyuges no separados de bienes, ascendientes y descendientes directos); 4. Lo pagado por concepto de intereses por préstamos para adquirir vivienda principal, hasta por un monto de 1.000 U.T. 5. Los pagos por concepto de alquiler de la vivienda principal, hasta por un monto de 800 U.T. Los desgravámenes enumerados, deberán ser respaldados por sus respectivos comprobantes de pago -que cumplan con los requisitos exigidos por la Administración Tributaria-, como medio de prueba ante cualquier fiscalización. Desgravamen único La ley del ISLR permite optar por un desgravamen único de 774 unidades tributarias con el que es posible beneficiarse de una rebaja legal del impuesto evitando declaraciones detalladas y complicadas. Sin embargo, es muy posible que la declaración detallada sea más ajustada a la realidad y el usuario pueda beneficiarse de un mayor desgravámen. Enriquecimiento neto = Ingreso bruto - (774 unidades tributarias) Empleando el desgravámen único se determina primero el total del ingreso bruto anual y se resta el equivalente a 774 unidades tributarias. Sobre este monto se aplica tarifa o tasa del ISLR según la tabla mostrada previamente. Rebajas al ISLR Las rebajas fueron creadas por el legislador para cubrir el monto indispensable para la subsistencia del contribuyente y su carga familiar. Caso Práctico o Ejemplo sobre el pago de Impuesto sobre la Renta de Personas Natural. Caso práctico José Manchan Venezolano C.I 21.234.879 con el RIF V-21.234.879-3, trabaja como comerciante independiente para el año 2015 en donde proporciona los siguientes datos en el portal del SENIAT. Preguntas: Determine c/u de los ingresos gravables con su respectivo monto contenido por José Marchan. Determine cada uno de los Desgravámenes con su respectivo monto admitido por la LISLR. Determine el EGNA del contribuyente para el referido ejercicio. Aplique la tarifa respectiva. Determine el impuesto por pagar o cancelar.
  • 5. Enriquecimiento Neto o Perdida Fiscal y Participante en Sociedades. Bs. 270.000,00 Desgravamen único por 774 U.T x 150 = 116.210,00 EGNA Ingreso Bruto Bs. 270.000,00 / 150 = 1.800 UT. Desgravamen Bs. 116.210,00 / 150 = 774 UT Enriquecimiento Neto Bs. 153.900,00 / 150 = 1.026 UT. Impuesto determinado según tarifa Nº 1 ((Casilla Nº 10 x Tarifa Nº 1)-sustraendo) = 9.351,00 Menos la Rebaja personal (10UT) (Solo Residentes) 1500. Menos la carga familiar Cantidad 3 * 10 (Solo residentes) 4500. El impuesto total determinado que debe cancelar José Marchan es de 3.351,00
  • 6. Referencias Bibliográficas  Ley del Impuesto Sobre La Renta (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 38.628 del 16 de febrero de 2007.