1. UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE SAN MARCOS,
EXTENSION MALACATÁN
NORMATIVO DEL EJERCICIO PROFESIONAL
SUPERVISADO
CARRERA:
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN
DE EMPRESAS
Malacatán,, julio de 2013.
2. CAPÍTULO I
DEFINICIÓN Y FINALIDAD
ARTÍCULO 1o. El Ejercicio Profesional Supervisado -EPS.- de la Carrera de
Administración de Empresas del Centro Universitario de San Marcos, Extensión
Universitaria de Malacatán, es un proceso académico integrado al currículo de la
carrera y que se desarrolla en el plano de la docencia, la investigación y la
extensión, por medio del cual el estudiante confronta la teoría con la práctica en
las comunidades o unidades de práctica, asesorado y supervisado por profesores
de la carrera, coadyuvando a la búsqueda de soluciones de los principales
problemas socioeconómicos, empresariales y productivos que afectan la región.
ARTÍCULO 2o. El E.P.S. de la Carrera de Administración de Empresas, constituye
una alternativa del proceso de evaluación en la fase terminal de la carrera, previo
a la obtención del título universitario en el grado académico de licenciado. Su
culminación en forma satisfactoria y mediante la presentación del informe
individual el estudiante podrá optar a presentarlo como informe técnico de
graduación. Tiene una duración máxima de diez (10) meses, comprendidos entre
los meses de julio a mayo y se realizará en una unidad de práctica que llene los
requisitos específicos exigidos por este normativo.
ARTÍCULO 3o. El E.P.S., mantendrá el principio de autonomía universitaria y el
de libertad de cátedra, por lo que no se subordinará o ligará a organizaciones que
disminuyan o tergiversen dichos principios, ni a organizaciones que contribuyan a
la dependencia económica y política del país.
CAPÍTULO II
OBJETIVOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO
ARTÍCULO 4o. Son objetivos generales del Ejercicio Profesional Supervisado, los
siguientes:
3. 4.1.
Contribuir al cumplimiento de las políticas y normas generales de la
Universidad de San Carlos de Guatemala y del Centro Universitario de San
Marcos, Extensión de Malacatán.
4.2.
Contribuir al desarrollo económico y social de la región por medio de la
labor profesional y de extensión, al servicio de las empresas y comunidades
que así lo demanden.
4.3.
Coadyuvar en la formación integral del estudiante, proporcionándole la
oportunidad de relacionarse directamente con la realidad de las
comunidades rurales del país.
ARTÍCULO 5º. Son objetivos específicos del Ejercicio Profesional Supervisado,
los siguientes:
5.1.
Lograr que los estudiantes apliquen integralmente los conocimientos
adquiridos en su formación académica, desarrollando actividades de
docencia, investigación y servicio en la unidad de práctica que le sea
asignada.
5.2.
Planificar acciones tanto en materia de la ciencia administrativa, como en la
formulación y ejecución de proyectos que coadyuven a la solución de los
problemas prioritarios de las empresas y/o comunidades de la región.
5.3.
Servir como medio de investigación, docencia y extensión del Centro
Universitario de San Marcos, proyectando a las comunidades ubicadas en
la región de influencia su capacidad de acción e intervención profesional en
áreas de su interés.
CAPÍTULO III
ORGANIZACIÓN DEL EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO
ARTÍCULO 6o.
El Departamento de E.P.S. es el órgano máximo de dirección,
se integra por el Coordinador o Responsable de la Carrera, el Coordinador
4. del Departamento de E.P.S., 2 Docentes Supervisores de E.P.S. y dos estudiantes Epesistas electos democráticamente, dentro de la cohorte a la cual
representan. Este Departamento se constituye en el órgano administrativo que
ejecutará funciones de organización, planificación y ejecución del E.P.S.
ARTÍCULO 7o. Para el desarrollo de las actividades académicas del E.P.S., este
se conformará administrativamente por medio de un Departamento que se integra
de la siguiente manera:
7.1.
Coordinador o Responsable de la Carrera en la Extensión Universitaria de
Malacatán del Centro Universitario de San Marcos.
7.2.
Coordinador del Departamento de E.P.S., ejercerá estas funciones el
Docente Titular del curso.
7.3.
Docentes Supervisores serán asignados y nombrados para cada cohorte,
de manera democrática, para el efecto se valorará la experiencia de los
docentes propuestos en materia de investigación. Uno de ellos y por
designación de los integrantes del Departamento de E.P.S., cumplirá la
función de Secretario de Departamento, siendo los restantes docentes
supervisores, vocales de la organización.
ARTÍCULO 8o. Son funciones del Departamento de E.P.S., las siguientes:
8.1
Planificar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo del E.P.S.
8.2
Planificar y ejecutar con los docentes asignados el cursillo propedéutico.
8.3
Resolver los problemas relacionados con el desarrollo del E.P.S.
8.4
Definir los lineamientos para determinar la ubicación y condiciones de
trabajo en que los estudiantes desarrollarán el E.P.S.
8.5
Evaluar la planificación y los informes finales de los estudiantes de E.P.S.
8.6
Velar por el cumplimiento de lo estipulado en el presente normativo.
8.7.
Presentar a coordinación de carrera su plan de trabajo anual y un informe
de las actividades realizadas.
5. 8.8.
Definir el lugar y las unidades de práctica del E.P.S. en correspondencia a
los fines y objetivos de la Unidad Académica.
8.9.
Aprobar los planes de trabajo de los estudiantes epesistas.
8.10. Elaborar y aprobar los instrumentos necesarios que orienten el enfoque
metodológico del trabajo de E.P.S.
8.11. Conocer y dictaminar sobre las sanciones a aplicar a estudiantes que
hubiesen incumplido aspectos esenciales de este normativo, o faltado a
normas legales, estatutarias y reglamentarias del CUSAM y/o de la USAC.
8.12. Proponer a la Coordinación de Carrera, las modificaciones que considere
convenientes y que mejoren el contenido de este normativo.
ARTÍCULO 9o. Son funciones del Coordinador del Departamento de E.P.S., las
siguientes:
9.1.
Elaborar el plan general anual de actividades de E.P.S. y someterlo a
discusión y aprobación del Departamento de E.P.S. a más tardar en el mes
de julio de cada año.
9.2.
Convocar y presidir las reuniones de trabajo.
9.3.
Mantener un registro de todo lo actuado.
9.4.
Coordinar la ejecución del plan.
9.5.
Supervisar y evaluar la labor de los docentes supervisores de E.P.S.
9.6.
Atender consultas y resolver aspectos relacionados al desarrollo del E.P.S.
cuando estos no trasciendan su competencia, en caso contrario trasladarlos
al órgano competente definido por las disposiciones legales de la USAC.
9.7.
Cumplir las disposiciones del Departamento de E.P.S. de la carrera de
Administración de Empresas del CUSAM, extensión Malacatán.
9.8.
Gestionar el financiamiento del E.P.S.
9.9.
Coordinar con los Departamentos de E.P.S. de otras carreras para integrar
equipos multidisciplinarios (EPSUM) de existir las condiciones pertinentes.
6. 9.10. Elaborar los informes parciales requeridos por la Coordinación de Carrera y
el informe anual de labores.
9.11. Publicar las principales actividades llevadas a cabo por los estudiantes de
E.P.S., por medio de los boletines que ya se publican o que en el futuro se
publicaren.
9.12. Planificar y ejecutar con el Departamento el cursillo propedéutico.
ARTÍCULO 10o. De la Supervisión del E.P.S. La supervisión consiste en la labor
docente que realizan los profesores universitarios que han sido nombrados para
tal efecto, con el propósito de orientar, asesorar y evaluar el trabajo que
desarrollan los estudiantes practicantes del E.P.S. de la carrera de Administración
de Empresas del CUSAM, extensión Malacatán. Son funciones de los docentes
supervisores, las siguientes:
10.1 Cumplir y hacer que se cumpla el presente normativo de E.P.S.
10.2 Orientar y asesorar a los estudiantes en el desarrollo del E.P.S.
10.3. Participar en los seminarios del E.P.S. con la finalidad de retroalimentar los
conocimientos relacionados con las áreas específicas de la carrera,
fortaleciendo los aspectos teóricos y conceptuales en los estudiantes
epesistas para que estos puedan desarrollar actitudes analíticas, reflexivas
y críticas en el desarrollo del trabajo de campo y de gabinete.
10.4 Participar en actividades propias y otras vinculadas al E.P.S, con la finalidad
de aportar calidad al proceso desarrollado por cada cohorte.
10.5. Efectuar las supervisiones programadas en las unidades de práctica según
el cronograma definido en el plan anual de actividades aprobado por el
Departamento de E.P.S.
10.6 Unificar criterios con los representantes de las instituciones cooperantes y/o
unidades de práctica, respecto a las actividades que deben realizar los
estudiantes.
10.7. Presentar al Departamento de E.P.S. un informe mensual de las actividades
que se lleven a cabo.
7. 10.8. Evaluar sistemáticamente el trabajo desarrollado por los estudiantes de
E.P.S.
10.9. Participar activamente en el desarrollo del curso propedéutico.
10.10 Llevar registro y control del avance de trabajo realizado por los estudiantes
practicantes del E.P.S. en sus diferentes etapas de aplicación.
10.11 Elaborar los dictámenes correspondientes sobre los informes colectivos,
asumiendo en ellos el papel de asesores específicos del trabajo realizado
por los estudiantes.
10.12 Informar al Departamento de E.P.S. de la carrera, sobre aquellos asuntos
de relevancia que demanden la intervención de la comisión u otro órgano
académico o administrativo del CUSAM, extensión Malacatán.
10.13 El docente supervisor que cumpla la función de Secretario, durará en sus
funciones un periodo de dos años, siendo sus atribuciones las siguientes:
a) Redactar las actas de las sesiones de trabajo del Departamento.
b) Llevar los registros de lo actuado por el Departamento de E.P.S.
c) Comunicar las disposiciones del Departamento a los interesados.
d) Remitir al Coordinador o Responsable de Carrera, el expediente del
estudiante que haya aprobado su trabajo de E.P.S.
ARTICULO 11. De los estudiantes miembros del Departamento de E.P.S. Los
dos estudiantes miembros del de Departamento de E.P.S., serán electos en forma
democrática a propuesta de la asamblea de estudiantes del E.P.S., y durarán en
funciones el periodo correspondiente a la cohorte respectiva.
ARTICULO 12. De las
Departamento de EPS.
Atribuciones de
los estudiantes miembros
del
12.1. Participar en la planificación, coordinación y ejecución del plan de trabajo
del E.P.S.
8. 12.2. Cumplir las disposiciones del Departamento de E.P.S. de la carrera de
Administración de Empresas del CUSAM, extensión Malacatán.
12.3. Cumplir y hacer que se cumpla el presente normativo.
12.4. Representar a los estudiantes cursantes del E.P.S., en todo lo relacionado
al buen desarrollo de las actividades de E.P.S.
12.5. Participar en las actividades del E.P.S. y otras vinculadas al mismo.
12.6. Velar porque se efectúen las supervisiones programadas en las unidades
de práctica, según el cronograma definido en el plan anual de actividades
aprobado por el Departamento de E.P.S.
ARTÍCULO 13o. Definiciones y obligaciones de los estudiantes epesistas.
13.1. Son estudiantes practicantes del Ejercicio Profesional Supervisado de la
carrera de Administración de Empresas, quienes están legalmente inscritos
en el Centro Universitario de San Marcos, extensión Malacatán y tienen
asignado el curso de E.P.S., estando este debidamente registrado en la
unidad de control académico del CUSAM.
13.2. Asistir y cumplir con las actividades programadas por el Departamento de
EPS y/o docente Coordinación General de E.P.S. y permanecer en ellas el
tiempo que duren las mismas.
13.3. Participar activamente en la etapa de reconocimiento del área de trabajo,
elaborando un diagnóstico preliminar, que permita al epesista realizar su
plan de trabajo. Esta actividad se desarrollará en un mínimo de tres visitas
al centro de práctica.
13.4. Elaborar, presentar y discutir el plan de trabajo con los docentes
supervisores, de acuerdo a las necesidades, problemas y demandas de la
unidad de práctica.
1.3.5. Realizar todas las actividades planificadas de investigación, docencia y
extensión aprobadas por el Departamento de E.P.S. y contenidas en el plan
anual del E.P.S. de la carrera de Administración de Empresas, del CUSAM,
extensión Malacatán.
9. 13.6. Cumplir con el tiempo establecido para el desarrollo del E.P.S., respetando
los horarios de la unidad de práctica y cronograma respectivo.
13.7. Llevar el libro diario y libreta de campo, para realizar las anotaciones
correspondientes y la información relacionada con el E.P.S., así como un
archivo, que deberá estar a disposición del supervisor.
13.8. Presentar ante el Departamento, Coordinador General, Docente Supervisor
y Unidad de Práctica del E.P.S., los informes finales de las actividades
realizadas durante el proceso.
13.8. Presentar un informe mensual del desarrollo de las actividades de E.P.S. al
Docente Supervisor.
13.10. Solicitar por escrito el permiso correspondiente al supervisor, e informar a
los representantes de las unidades de práctica cuando tenga que
ausentarse por razones plenamente justificadas.
13.11. Elaborar el informe general de grupo que consistirá en una interpretación
global del problema investigado, el que será realizado por todos los
miembros que integren un grupo de estudio debidamente aprobado por el
Departamento de E.P.S. Así como un informe individual el que
posteriormente podrá ser utilizado como trabajo de graduación.
13.12. El trabajo de campo a realizarse en el E.P.S., tendrá una duración mínima
de 300 horas, el que habrá de desarrollarse en un período no mayor de 30
días consecutivos en la comunidad o unidad de práctica designada por el
Departamento de E.P.S.
13.13. Respetar y cumplir las leyes, normas y reglamentos del CUSAM extensión
Malacatán, la Universidad de San Carlos y de la unidad de práctica
asignada.
10. CAPÍTULO IV
DE LA INSCRIPCIÓN, ETAPAS Y DESARROLLO DEL EJERCICIO
PROFESIONAL SUPERVISADO
ARTICULO 14º. De la Inscripción al E.P.S. La inscripción se realizará en las
fechas establecidas por el Departamento de E.P.S. y las autoridades académicas
correspondientes. Quienes deberán realizar la convocatoria respectiva por los
medios informativos que consideren convenientes, por lo menos un mes antes de
iniciarse dicho proceso académico.
ARTÍCULO 15o. Son requisitos para asignarse el E.P.S. los siguientes:
15.1.
Constancia original de estar inscrito en la carrera de Administración de
Empresas del Centro Universitario de San Marcos, extensión Malacatán.
15.2. Constancia de Pago de Matrícula Consolidada
15.3. Solvencias de: Biblioteca, Tesorería, Académica.
15.4. Constancia de Cierre de Currículo.
ARTICULO 16o. De las etapas del E.P.S. El Ejercicio Profesional Supervisado
se desarrolla de acuerdo a las etapas siguientes:
16.1. Curso propedéutico
16.2. Seminario General
16.3. Seminario Específico
16.4. Elaboración del Plan de Investigación y de Trabajo
16.5. Trabajo de campo y Diagnóstico
16.6. Trabajo de Gabinete
16.7. Revisión de Informes, entrega y presentación de informes finales.
16.8. Seminario final.
11. ARTÍCULO 17o. Del Curso Propedéutico. El curso propedéutico es la actividad
académica que proporciona al estudiante la orientación metodológica necesaria
para la realización del E.P.S.
ARTÍCULO 18o. Del Seminario General. Esta etapa corresponde al desarrollo de
actividades orientadas a la teorización, discusión, socialización y validación de
aspectos teóricos conceptuales sobre la situación socioeconómica de Guatemala y
del área de influencia de la unidad académica.
ARTICULO 19o. Del Seminario Específico. El propósito de esta etapa es la de
realimentar las áreas del conocimiento que están vinculadas al tema central del
E.P.S. y que previamente ha sido definido por el Departamento de E.P.S. de la
Carrera de Administración de Empresas.
ARTICULO 20o. De la Elaboración del Plan de Investigación y de Trabajo. Esta
comprende la elaboración del plan de investigación, así como la definición de los
instrumentos de investigación a aplicar frente a una situación concreta. Incluye el
reconocimiento inicial de la unidad de práctica y el plan de trabajo. Para la
presentación del Plan de Trabajo ver el Anexo II.
ARTICULO 21o. Del Trabajo de Campo y Diagnóstico. Esta etapa comprende el
conjunto de actividades de docencia, investigación y extensión que los estudiantes
realizarán en la unidad de práctica. El resultado del diagnóstico de la unidad de
práctica contiene la descripción e interpretación sistematizada de la misma. (Ver
anexo I). En esta etapa los estudiantes deberán permanecer en la unidad práctica
por un periodo de 30 días ininterrumpidos y completar 300 horas de trabajo de
campo.
ARTÍCULO 22o. Del Trabajo de Gabinete. Comprende el conjunto de actividades
que realizará cada equipo de trabajo o estudiante epesista para organizar y
disponer de manera lógica y consistente la información obtenida en la etapa
correspondiente al trabajo de campo, así como complementarla según las
necesidades.
ARTÍCULO 23o. De la Revisión de Informes, Entrega y Presentación de Informe
Final. La revisión de informes es tarea del Departamento de E.P.S., para evaluar
el cumplimiento de los aspectos contemplados en el plan de investigación y
trabajo que previamente ha sido aprobado por dicho departamento, evaluar el
planteamiento lógico del problema investigado y si cumple con los requisitos
mínimos de un trabajo profesional universitario. El informe final, debe contener la
12. descripción de las actividades realizadas, conclusiones, recomendaciones, logros
y limitaciones. (Ver anexo III y IV).
ARTÍCULO 24o. Del Seminario Final. Comprende la evaluación del Programa
de EPS que permite recapitular y proponer acciones para futuras cohortes
académicas. En el seminario final participan los actores de E.P.S., exponiendo
vivencialmente sus experiencias. Para tal efecto, la coordinación general del
E.P.S. programará la realización del Seminario Final.
CAPÍTULO V
DE LOS INFORMES COLECTIVO E INDIVIDUAL
ARTICULO 25o. De los Informes Colectivos. Los estudiantes deberán integrarse
en equipos de trabajo no mayores de cinco epesistas, quienes deberán presentar
un informe colectivo que permita una comprensión holística del problema
investigado, el que deberá ser evaluado y aprobado por el Departamento de
E.P.S. de la Carrera de Administración de Empresas, del CUSAM, extensión
Malacatán. El contenido del informe colectivo y los requisitos mínimos de
aprobación podrán verificarse en los anexos I y IV de este normativo.
La
secuencia de actividades a desarrollar, será la siguiente:
25.1. Los equipos de trabajo estudiantiles, deberán presentar ante la
Coordinación General del E.P.S. un ejemplar del informe grupal en original
y tres copias del mismo en formato electrónico (3 CD´s). Debiendo el
Coordinador General remitirlo al Docente Supervisor asignado.
25.2. El Docente Supervisor revisará el informe colectivo, haciendo las
correcciones y sugerencias que correspondan según su criterio, debiendo
informar de lo relacionado al coordinador del equipo de trabajo.
25.3. Luego de atender las observaciones, el equipo de trabajo estudiantil deberá
entregar el informe corregido a la Coordinación General de E.P.S. en el
tiempo que les haya sido estipulado, para verificar si fueron cumplidas las
recomendaciones realizadas por el docente supervisor. Luego de concluida
esta fase de revisiones y de ser satisfechas las mismas, se dará por
aprobado el informe colectivo y la nota obtenida será la nota de aprobación
13. del curso de E.P.S. En dado caso no se cumplan los tiempos definidos y las
exigencias académicas contenidas en el plan de investigación y de trabajo,
el E.P.S. se dará por reprobado.
ARTICULO 26o. De los Informes Individuales. Luego de aprobado el informe
colectivo, los estudiantes deberán elaborar un informe individual basados la
problemática del informe colectivo desarrollado en el Ejercicio Profesional
Supervisado. El epesista podrá solicitar ante la Comisión de Trabajos de
Graduación la aprobación de su informe individual como Trabajo de Graduación.
La secuencia de actividades a desarrollar, será:
26.1 Cada estudiante que conformó un equipo de trabajo, deberá presentar ante
la Coordinación General del EPS solicitud de aprobación para presentar un
informe específico sobre un aspecto puntual del problema investigado
debiendo elaborar dos propuestas de intervención para coadyuvar en la
solución de la problemática encontrada, atendiendo a las estipulaciones del
anexo V de este normativo. Una vez aprobado el punto de trabajo del
informe individual, este informe individual deberá presentarse en original y
una copia del mismo en formato electrónico (1 CD). Debiendo el
Coordinador General de EPS remitirlo al docente supervisor asignado para
tal efecto.
26.2 El docente supervisor revisará el informe individual, haciendo las
correcciones y sugerencias que correspondan según su criterio, debiendo
informar de lo relacionado al estudiante que lo presenta.
26.3 Luego de atender las observaciones, el estudiante deberá entregar el
informe corregido a la Coordinación General de EPS en el tiempo que le
haya sido estipulado, para verificar si fueron cumplidas las
recomendaciones realizadas por el docente supervisor. Luego de concluida
esta fase de revisiones y de ser satisfechas las mismas, se dará por
aprobado el informe individual.
ARTICULO 27o. Del Asesor Específico del Trabajo Individual de E.P.S. La
Coordinación del E.P.S. nombrará al Asesor Específico del Trabajo Individual, de
14. forma escrita, asegurando la calidad del profesional y experiencia acumulada para
la realización del trabajo de Asesoría.
ARTICULO 28o. Del Asesor del Trabajo Colectivo de E.P.S. Los Docentes
Supervisores realizarán la función de Asesoría en los informes colectivos de
E.P.S., y serán asignados en función de su experiencia, para asesorar cada caso
concreto.
ARTICULO 29o. Plazos de aprobación de los Informes. El informe colectivo
deberá ser aprobado en un tiempo máximo de dos meses calendario luego de
haber concluido el trabajo de campo. El informe individual debe ser aprobado en
un tiempo máximo de seis meses calendario luego de habérsele aprobado el
punto de trabajo específico por parte del la Coordinación de E.P.S. de la Carrera
de Administración de Empresas del CUSAM, extensión Malacatán.
CAPÍTULO VI
UNIDAD DE PRÁCTICA
ARTICULO 30o. Se denomina unidad de práctica al área geográfica, económica y
social, de propiedad individual, colectiva, estatal o no estatal, en la que intervienen
un conjunto de recursos humanos, materiales, financieros y técnicos con el
propósito de producir bienes y/o servicios destinados a satisfacer necesidades
humanas con fines de desarrollo socioeconómico y/o cultural.
ARTICULO 31o. Las unidades de práctica deben llenar los siguientes requisitos
para ser seleccionadas como áreas de aplicación del EPS.
31.1. Las unidades de práctica no deben pertenecer al estudiante o familiares del
estudiante practicante en ningún grado de afinidad o consanguinidad.
15. 31.2. Proporcionar al estudiante las condiciones materiales mínimas necesarias
para desarrollar su trabajo, brindando toda la información necesaria para
realizar su actividad profesional de manera eficaz y oportuna.
CAPÍTULO VII
EVALUACIÓN Y ASISTENCIA
ARTICULO 32o. De la Evaluación. Este es un proceso sistemático y totalizador
que se aplica en todas las etapas del E.P.S. con la finalidad de reconocer el
esfuerzo y dedicación del estudiante epesista, en el desarrollo de las distintas
actividades que contempla el programa de E.P.S. La ponderación de cada etapa
se describe a continuación:
Etapa
Curso Propedéutico
Seminario General
Seminario Específico
Elaboración
del
Plan
Investigación y de Trabajo
de
Trabajo de Campo y Diagnóstico
Elaboración y
Informe Final
Presentación
de
Duración
30 días o 120 horas de
docencia
efectiva
(clases presenciales y
conferencias, etc.)
30 días o 60 horas de
docencia
efectiva
(clases presenciales y
conferencias, etc.)
30 días o 60 horas de
docencia
efectiva
(clases presenciales y
conferencias, etc.)
30 días o 120 horas de
trabajo de gabinete
Punteo
05
Responsable
Departamento
de
EPS, conferencistas.
10
Departamento de EPS
y conferencistas.
10
Departamento de EPS
y conferencistas
15
y
30 días calendario (300
horas
de
trabajo
efectivo en la unidad de
práctica)
2 meses calendario
contados
luego
del
trabajo de campo
30
Estudiantes
Docentes
Supervisores
Estudiantes
Docentes
Supervisores
Estudiantes
Docentes
Supervisores
y
30
y
16. ARTICULO 33o. De la Aprobación. El E.P.S. se aprueba con un punteo mínimo
de 61 puntos. Debiendo ser aprobada cada etapa para continuar con el proceso.
ARTICULO 34o. El estudiante que repruebe el E.P.S., podrá realizarlo
nuevamente en una unidad de práctica diferente, de acuerdo a lo programado por
el Departamento de E.P.S. del CUSAM, extensión Malacatán y el docente
supervisor específico.
ARTICULO 35º. Los estudiantes que no estén conformes con la nota obtenida en
alguna etapa o la nota final del E.P.S., tienen derecho a solicitar revisión de la
misma, siguiendo el procedimiento indicado en el Reglamento General de
Evaluación y Promoción del Estudiante de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
CAPÍTULO VIII
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
ARTICULO 36º. El incumplimiento por parte del estudiante de los diferentes
aspectos contemplados en el presente normativo, Leyes y Normas del CUSAM
extensión Malacatán, la Universidad de San Carlos, y de la unidad de práctica,
quedará sujeto a las sanciones que indican los estatutos de la Universidad de San
Carlos y el presente normativo.
ARTÍCULO 37º. Para fines de aplicación de las normas disciplinarias a los
estudiantes que se encuentran realizando el EPS, la coordinación general tipifica
los siguientes hechos como faltas:
37.1. Faltas leves:
a. No tener actualizados el Libro Diario y Libreta de Campo.
b. Entregar los informes mensuales después del tiempo establecido.
c. No asistir a las actividades extraordinarias y citatorias que les haga el
docente supervisor de E.P.S. o el departamento de E.P.S., salvo
justificación debidamente comprobada.
17. d. Entregar un número menor de copias que el requerido para cada informe.
e. No dejar anotado el itinerario de trabajo y la actividad que está
desarrollando en la unidad de práctica o fuera de ella.
37.2. Faltas graves:
a. Acumulación de tres faltas leves.
b. Entregar los siguientes documentos fuera del tiempo establecido:
Diagnóstico, Plan de Investigación, Plan de Trabajo, Informe Colectivo.
c.
Acumular dos inasistencias durante el curso propedéutico y otros
eventos programados dentro del E.P.S. Las inasistencias que aquí se
mencionan tendrán validez, únicamente, si el estudiante las ha
justificado.
d. Incumplimiento con la jornada de trabajo determinada en el reglamento,
y/o cuando el estudiante, sin plena justificación, no se encuentre en su
unidad durante las supervisiones que le sean realizadas.
e. Incumplimiento del estudiante ante compromisos adquiridos con
miembros de la unidad de práctica asignada para el desarrollo del
E.P.S.
ARTÍCULO 38o. Para la imposición de sanciones se tomará en cuenta la
gravedad de la falta y se procederá de acuerdo a lo estipulado en las siguientes
literales:
a. Cuando la falta cometida sea leve, se le impondrá al estudiante una
amonestación oral, si es reincidente la amonestación se hará por escrito.
b. Cuando la falta cometida sea grave, se le impondrá al estudiante una
prolongación de la práctica de E.P.S., de treinta días calendario. En este caso
el practicante deberá seguir prestando sus servicios profesionales a su sede de
trabajo, y a efectos constantes de supervisiones.
18. c. Cuando la falta cometida amerite la suspensión del Ejercicio Profesional
Supervisado, el estudiante deberá sufragar, en lo personal, los gastos que le
ocasione la permanencia en la nueva sede que se le asigne.
ARTICULO 39º. Motivos para Reprobar el E.P.S. El Ejercicio Profesional
Supervisado será reprobado cuando el estudiante incurra en las faltas siguientes:
39.1 Cuando se presente a la Unidad de Práctica o las actividades planificadas
por el docente supervisor o Comisión de EPS, bajo efectos de substancias
que perturben su conducta.
39.2 Por incumplimiento en la entrega de los documentos e informes que se
estipulan en el presente normativo.
39.3 Por inasistencia injustificada a lo estipulado en el artículo 30 de este
normativo.
39.4 Cuando incurra en desacato de las leyes y normas de la Universidad de
San Carlos, y/o de la unidad de práctica.
39.5 Cuando exista opinión desfavorable plenamente documentada, vertida por
el responsable de la unidad de práctica, que comprometa el buen desarrollo
del EPS.
39.6 Cuando sea encontrado responsable de cualquier falta o abuso en contra
de los bienes y personas dentro de la unidad de práctica o faltas de respeto
y/o abusos en contra de profesores, representantes de instituciones,
autoridades y miembros de la unidad de práctica, debidamente
documentado.
39.7 La acumulación de dos faltas graves.
CAPÍTULO IX
DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO 40º. Los aspectos no contemplados en el presente normativo serán
resueltos en su orden por: La Coordinación General del E.P.S., Departamento de
19. EPS, Coordinación de la Carrera, Coordinación Académica, Consejo Directivo y
Consejo Superior Universitario.
ARTICULO 41º. El presente normativo entra en vigencia después de ser
aprobado por el Consejo Directivo del Centro Universitario de San Marcos.
San Marcos, Julio 12 de 2013.
ANEXOS DEL REGLAMENTO DE EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO
CENTRO UNIVERSITARIO DE SAN MARCOS
EXTENSION MALACATAN
20. ANEXO I
GUÍA PARA ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO
1. Portada
2. Contraportada
3. Indice general
4. Indice de ilustrustraciones (gráficas y tablas)
5. Resumen ejecutivo
6. Introducción
7. Diagnóstico del macroambiente empresarial
7.1. Delimitación geográfica
7.2. Ubicación y superficie territorial
7.3. División político-administrativa
7.4. Gobierno municipal
7.5. Datos demográficos
7.6. Infraestructura y vivienda (incluye infraestructura vial)
7.7. Indicadores sociales
7.7.1. Cultura
7.7.2. Etnias prevalecientes
7.7.3. Identificación de actividades sociales
7.7.4. Organizaciones de apoyo
7.8. Indicadores de salud
7.9. Educación
7.10. Economía
7.10.1. Sectores productivos
7.10.1.1. Agrícola
7.10.1.2. Industrial
7.10.1.3. Comercio y servicios
7.10.2. Empleo, desempleo y sub-empleo
7.10.3. Nivel de ingresos de los habitantes
21. 7.11. Ambiente y recursos naturales
7.11.1. Zonas de vida
7.11.2. Recursos naturales
7.11.3. Planificación y normativa legal
7.12. Matriz evaluadora de los factores del macroambiente empresarial.
7.13. Tecnología
8. Diagnóstico del microambiente empresarial
8.1. Antecedentes del centro o unidad de práctica.
8.2. Diagnóstico del área administrativa
8.3. Diagnóstico del área productiva
8.4. Diagnóstico del área mercadológica
8.5. Diagnóstico del área financiera
9. Identificación y jerarquización de los problemas encontrados:
9.1. Matriz de problemas del macroambiente
9.2. Matriz de problemas del microamiente
10. Pronóstico y recomendaciones (matriz de tendencia sintetizada)
11. Bibliografía.
12. Anexos
13. Glosario
22. ANEXO II
GUÍA DE PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO
1.
2.
3.
3.1.
3.2.
4.
5.
5.1.
5.2.
7.
8.
9.
10.
11.
11.1.
11.2.
11.3.
11.4.
Introducción.
Justificación.
Objetivos.
General
Específicos
Matriz lógica de planificación de actividades
Metodología a utilizar
Unidades de análisis
Muestra y procedimiento de selección (si procede)
Cronograma de actividades.
Recursos.
Evaluación.
Bibliografía.
Anexos:
Guías de observación
Boletas de encuesta
Formatos de diagnóstico
Técnicas de recolección de información comunitaria
23. ANEXO III
GUÍA DE PRESENTACIÓN DEL INFORME INDIVIDUAL
1. Portada
2. Contraportada
3. Indice general
4. Indice de ilustrustraciones (gráficas y tablas)
5. Resumen ejecutivo
6. Introducción
7. Antecedentes del problema.
8. Objetivo
8.1. General
8.2. Específico
9. Desarrollo de la propuesta del estudiante.
10. Resultados y evaluación de la propuesta.
11. Conclusiones.
12. Recomendaciones.
13. Bibliografía.
14. Anexos.
24. ANEXO IV
CARACTERISTICAS DE REDACCION Y ESTILO DE LOS INFORMES
· Redacción en computadora
· Papel bond tamaño carta (8.5X11)
· Letra ARIAL No. 12.
· Interlineado 1.5.
· Efecto “negrita” en títulos.
· No abusar del uso de letras mayúsculas en los títulos y teto.
· Márgenes: Superior e izquierdo 4 cms.; Derecho e inferior 3 cms. De cada lado,
justificados.
· Insertar numeración de páginas.
· Para efectuar citas bibliográficas y la bibliografía general, seguir las normas APA.
· Añadir al trabajo de investigación un glosario de términos.
25. ANEXO V
REQUISITOS MINIMOS PARA LA PROPUESTA
DEL TRABAJO INDIVIDUAL
1. Presentar dos temas sobre la problemática tratada en el informe
colectivo aprobado por la Comisión de E.P.S.
2. El contenido de cada una de las propuestas es el siguiente:
a. Denominación o título del tema de investigación.
b. Indicar el tipo de investigación a realizar, de acuerdo con el
normativo de Trabajo de Graduación.
c. Adjuntar la justificación del tema de investigación.
d. Incluir la descripción clara de la problemática a abordar.
e. Plantear los objetivos a seguir durante la investigación.
f. Describir los resultados esperados durante la fase de la
investigación.
3. La información debe redactarse siguiendo los lineamientos del anexo IV
de este reglamento.
26. ANEXO VI
ESTUDIO DE TIEMPOS, PARA LLEVAR A CABO EL EJERCICIO
PROFESIONAL SUPERVISADO EN EL CUSAM, EXTENSIÓN MALACATÁN
FASE
Trabajo de
Campo
Trabajo de
Gabinete
300 hrs.
2 meses
3
8
8
3
3
3
32
32
9
9
9
4
4
Horas
7.5
7.5
30
30
4
4
Horas
7.5
7.5
30
30
Días
120 hrs. =
1 mes
3
4
4
3
3
3
Horas
8
8
3
3
3
Total
Plan de
Trabajo
3
Días
60 hrs. =
1 mes
4
Total
Seminario
Específico
Jue.
Días
60 hrs. =
1 mes
Miér.
Total
Seminario
General
DIAS
Sáb.
Dom.
Días
120 hrs. =
1 mes
Mar.
Total
Curso
propedéutico
PROGRA
-MACION
4
Horas
Lun/
Vie
32
32
29
9
9
9
120 hrs.
Días
Horas
Total
5
10
50
5
10
50
8
10
80
4
10
40
4
10
40
4
10
40
300 hrs.
29
Total
120 hrs.
60 hrs.
60 hrs.