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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS
HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN
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Índice Pág.
1. Introducción 3
2. Objetivos
2.1. Objetivo General
2.2. Objetivos Específicos
4
4
4
3. Antecedentes Históricos 5
4. Marco Jurídico-Administrativo 6
5. Atribuciones 7
6. Políticas 9
7. Organogramas Estructurales 10
8. Funciones Sustantivas 14
8.1.Dirección 14
8.2.Subdirección de Medicina Familiar 16
8.3.Jefatura de Servicio de Medicina Familiar 18
8.4.Subdirección Médica 19
8.5.Coordinación Clínica de Turno 22
8.6.Coordinaciones Clínicas 22
8.7.Jefaturas de Servicios Clínicos 24
8.8.Jefatura de Servicio de UMAA 26
8.9.Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para
Trabajadores IMSS (SPPSTIMSS)
27
8.10. Coordinación Clínica de Salud en el Trabajo 28
8.11. Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud 29
8.12. Departamento de Enfermería 30
8.13. Departamento de Trabajo Social 33
8.14. Departamento de Nutrición y Dietética 34
8.15. Subdirección Administrativa 37
8.16. Departamento de Finanzas y Sistemas 40
8.17. Departamento de Personal y Relaciones Contractuales 43
8.18. Departamento de Servicios Generales 44
8.19. Departamento de Conservación 47
8.20. Departamento de Abastecimiento 49
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HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN
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1. Introducción
El Instituto Mexicano del Seguro Social desde su fundación, se ha constituido como un
instrumento esencial para proteger al trabajador y a su familia, contribuyendo a mejorar su
nivel de vida y bienestar social, lo que impone retos y la capacidad de generar respuestas
innovadoras acordes con las necesidades que la población derechohabiente requiere. Lo
fundamental estriba en establecer bases firmes que sustenten un cambio estructural en la
forma en que se hace la asistencia social en el instituto. Para conseguir este cambio
estructural es impostergable dar impulso constante y creciente a la profesionalización del
quehacer de la asistencia médica social de las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo
Nivel de Atención.
En el marco del programa presidencial de Simplificación Administrativa y Tala Regulatoria, se
hace necesario una revisión y actualización a fondo de la normatividad institucional; lo
anterior, viene aunado a la implementación de nuevos programas y estrategias dirigidos a
incrementar la calidad de la atención que incluye: la eficiencia en el otorgamiento de
servicios, la eficacia de sus procesos generales, la ejecución de sus sistemas de información
y medición y la evaluación de los resultados de la operación; aplicables a todos los ámbitos
de responsabilidad institucionales y al mismo tiempo, fortalecer la capacidad de gestión y
otorgar el apoyo de recursos necesarios a las unidades prestadoras de servicios, mediante la
desconcentración de facultades y procesos operativos.
Las modificaciones realizadas al Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006, y sujeto a una
última reforma el 20 de enero de 2009 y al Reglamento de Prestaciones Médicas publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006, obliga a una profunda
actualización de los documentos normativos que regulan los procesos de atención en las
Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel.
Por otra parte, en el Programa Nacional de Salud 2007-2012, publicado en octubre de 2007
se reestructuró, fortaleciendo el Programa de Certificación de los Establecimientos de
Servicios de Salud y el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la
Federación el 13 de Junio de 2008, el Acuerdo para el desarrollo y funcionamiento del
Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica (SiNaCEAM), lo
que sumado a los cambios internos del Instituto, hace necesario que este manual se
actualice, para entre otras cosas, estar acorde con los nuevos requisitos y estándares de
calidad que se exigen para cumplir con el proceso de certificación.
Para los servicios médicos, este nuevo esquema de organización permitirá autosuficiencia y
perfeccionará la correlación de funciones del primero, segundo y tercer nivel de atención a la
salud, para favorecer el sistema de referencia y contrarreferencia médica en los tres niveles
de atención y favorecerá el cumplimiento de los estándares internacionales para la
certificación de los establecimientos de salud.
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Este principio se llevará a cabo dentro del enfoque de apoyo a la operación hacia la
autonomía de gestión en los servicios médicos, en virtud de que las Unidades Médicas
Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención se convierten en el canal de comunicación
directo para coordinar, atender y apoyar los requerimientos para la operación y
funcionamiento de las Unidades de Medicina Familiar que conforman las zonas de influencia.
Por este motivo, se requiere fortalecer la infraestructura de los servicios que prestan estas
unidades, a través de una organización y asignación de funciones que hagan posible cumplir
con la responsabilidad, objetivos y metas que se les confiere.
Con base en lo anterior, se elaboró el presente documento que contiene las atribuciones,
objetivos, políticas, organogramas estructurales y funciones de las Unidades Médicas
Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención.
2. Objetivos
2.1 Objetivo General
Otorgar atención médica eficiente, oportuna y segura, conforme a los conocimientos médicos
y principios éticos vigentes, que permita satisfacer las necesidades de salud y las
expectativas de los usuarios y de los prestadores de servicios, así como fomentar la
educación y la investigación en salud a través de una administración eficiente y transparente
de los recursos institucionales.
2.2 Objetivos Específicos
– Proporcionar atención médica preventiva, diagnóstica, curativa y de rehabilitación en forma
integral, de calidad, segura y con sentido humanista a los derechohabientes que les sean
remitidos por las unidades médicas en la zona de influencia, así como a los no
derechohabientes que estén amparados en virtud de los diferentes convenios que
contempla la Ley, sin afectar la atención de los derechohabientes y hasta el límite de su
capacidad instalada.
– Brindar apoyo técnico y de recursos, necesarios para la operación de las Unidades de
Medicina Familiar ubicadas en la zona de influencia, de conformidad con los principios del
proceso de apoyo a la operación hacia la autonomía de gestión.
– Favorecer el cumplimiento de los estándares internacionales para la certificación de los
Hospitales de Segundo Nivel de Atención en el marco del Programa de Certificación de los
Establecimientos del Sistema de Salud.
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3. Antecedentes Históricos
Desde su fundación el 19 de enero de 1943, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
es una de las instituciones más importantes del país; es también una organización que posee
un pasado ilustre, un presente vigoroso y un futuro promisorio, a cuya consolidación nos
corresponde contribuir con compromiso, trabajo y esfuerzo. Derivado de lo anterior, se han
buscado diferentes estrategias para lograr una organización, dirección y administración de
sus recursos que le permitan una operación adecuada que asegure el cumplimiento de sus
postulados.
En 1953, existían sólo cinco sanatorios que presentaban servicios a los derechohabientes,
distribuidos en diferentes rumbos de la ciudad: el Sanatorio número 1, ubicado en la
confluencia de las avenidas México y Michoacán; el número 2, especializado en Oncología,
situado en la calle de Niños Héroes; el 3, en las calles de Inglaterra, en Coyoacán; el 4, de
Traumatología, ubicado en las instalaciones de lo que había sido el Hospital Italiano, en la
calzada de Tlalpan; y el 5, Urológico, en la calle de Colima. Posteriormente se incorporó el
Hospital de Neuropsiquiatría en la colonia Santa María.
Dadas las restricciones en su funcionamiento y estructura que presentaban, las autoridades
institucionales se dieron a la tarea de elaborar un plan de construcción de hospitales
modernos, amplios, suficientemente dotados de personal y equipo médico, capaces de
alcanzar un sentido de medicina de excelencia que trasformará los viejos hospitales
tradicionales.
En 1954 se inauguró el primer Hospital de Zona, que se conocería como Hospital de La
Raza, por su cercanía con el monumento de dicho nombre y que en la actualidad forma parte
del Centro Médico Nacional La Raza.
En las décadas de los sesentas y los setentas, se planearon diversas Clínicas y Hospitales a
lo largo y ancho del territorio nacional, incluyendo el antiguo Centro Médico Nacional que
pertenecía a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, el cual sufrió serios daños en el sismo
ocurrido en 1985, por lo que se reconstruyó casi en su totalidad y dio origen al actual Centro
Médico Nacional Siglo XXI.
Al mes de mayo de 2012, el Segundo Nivel de Atención está constituido por 230 Unidades
Médicas Hospitalarias, dos unidades de apoyo y 18 Unidades Médicas de Atención
Ambulatoria (UMAA, nueve autónomas y nueve anexas a Hospital).
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4. Marco Jurídico-Administrativo
– Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de febrero de 1917, última reforma publicada en DOF 09-02-2012.
– Artículo 4o.
– Artículo 123, Apartado “A” Fracción XXIX.
– Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en
el Distrito Federal Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945,
vigente al 04-06-2012.
– Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de
1984, última reforma publicada en DOF 07-06-2012.
– Artículos 61, 62, 64 y 67 a 70.
– Ley General de Población, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de
1974, última reforma aplicada en DOF 09-04-2012.
– Artículo 3o.
– Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 diciembre de
1995, última reforma publicada en DOF 28-05-2012.
– Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de
1970, última reforma publicada en DOF 09-04-2012.
– Artículo 487.
– Ley Federal sobre Metrología y Normalización, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de
la Federación el 1º de julio de 1992, última reforma publicada en DOF 09-04-2012.
– Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000, última reforma publicada en DOF 16-01-
2012.
– Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. nueva Ley
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002, última reforma
publicada en DOF 15-06-2012.
– Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Gubernamental, nueva
ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002, última reforma
publicada en DOF 08-06-2012.
– Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 14 de enero de 1999.
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– Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención
Médica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 1986, última
reforma el 04-12-2009.
– Contrato Colectivo de Trabajo IMSS-SNTSS 2011-2013
– Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 18 de septiembre de 2006, última reforma el 20-01-2009.
– Reglamento de Prestaciones Médicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30
de noviembre de 2006.
– Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de
Insumos del Sector Salud publicado en Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de
2011.
– Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el
Diario Oficial de la Federación 28 de enero de 1997.
– Reglamento de Servicios Médicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
junio de 1997, y sus reformas y adiciones del 30 de septiembre del 2000 y 20 de agosto
del 2002.
– Norma que establece las disposiciones para la aplicación de los Programas Integrados de
Salud PREVENIMSS, en el Instituto Mexicano del Seguro Social (2000-001-019) 07-12-
2012.
5. Atribuciones
Son facultades de la Dirección de Prestaciones Médicas descritas en el artículo 82 del
Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, las siguientes:
I. Planear, dirigir y normar las acciones relacionadas con la prestación de los servicios
médicos, de rehabilitación y de salud pública, atención de los riesgos de trabajo, educación e
investigación en salud, así como analizar sus resultados;
II. Normar la participación institucional en la atención de problemas de salud de la población
en general, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal relacionadas con el Sistema Nacional de Salud;
III. Atender los asuntos que le competen, en coordinación con las unidades administrativas a
su cargo y los órganos Normativos, Colegiados, de Operación Administrativa
Desconcentrada y Operativos;
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IV. Emitir la normatividad institucional relativa a vigilancia epidemiológica, medicina
preventiva, fomento a la salud, salud reproductiva, salud materno infantil, educación médica,
investigación médica, salud en el trabajo y la prestación de los servicios médicos y de
rehabilitación en sus tres niveles de atención;
V. Participar con las demás unidades administrativas y entidades del Sistema Nacional de
Salud, en la vigilancia epidemiológica de la población;
VII. Emitir la normatividad necesaria para la correcta y adecuada atención institucional de las
disposiciones relacionadas con Cuadros Básicos de Insumos para la Salud, así como para la
integración y funcionamiento de los comités correspondientes;
X. Establecer coordinación con los Órganos Normativos correspondientes para definir
conjuntamente políticas, programas y acciones dirigidas a la población usuaria en materia de
salud;
XI. Establecer, operar y explotar el sistema de información médica, de acuerdo con los
lineamientos del Instituto y los del Sistema Nacional de Salud;
XIII. Planear, dirigir y analizar en coordinación con los Órganos Normativos competentes, la
capacitación y el fomento de la cultura de la calidad relacionada con la prestación de los
servicios médicos;
XV. Validar en campo los nuevos modelos de organización de servicios de salud, en
coordinación con los órganos Normativos y de Operación Administrativa Desconcentrada, así
como generalizar y normar aquellas acciones de calidad que se compruebe mejoran los
procesos correspondientes;
XVI. Orientar, capacitar y coadyuvar con los Órganos Normativos y de Operación
Administrativa Desconcentrada competentes, en el desarrollo de propuestas de funciones,
normas de operación, nuevos esquemas de funcionamiento y criterios de clasificación de
unidades de servicio que garanticen la calidad de los servicios de salud;
XVII. Administrar los proyectos de cambio, orientados a la mejora de la gestión clínica y a la
satisfacción del usuario de las prestaciones médicas;
XVIII. Diseñar y operar, en coordinación con los Órganos Normativos, de Operación
Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, un sistema de
seguimiento y evaluación de los procesos de atención a la salud;
XIX. Normar y promover con la participación de los Órganos Normativos, de Operación
Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, las acciones que
impulsen la calidad y el mejoramiento de los procesos de atención a la salud;
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6. Políticas
– Dirigirán los esfuerzos de las acciones preventivas, terapéuticas médicas y quirúrgicas, y
de rehabilitación al derechohabiente, como actor principal en el proceso de la atención
médica.
– Otorgarán atención médica dando preferencia a las actividades de promoción y fomento de
la salud, prevención del riesgo, protección, recuperación y rehabilitación en términos
generales y reforzarán las medidas preventivas en el proceso de atención médica.
– Implantarán acciones que permitan fortalecer la interacción entre los diferentes niveles de
atención, así como el sistema de referencia y contrarreferencia de los pacientes en la zona
de adscripción.
– Propiciarán la participación de equipos multidisciplinarios de salud, para la identificación y
solución de problemas de salud pública en la zona de adscripción.
– Fortalecerán la difusión de acciones y procedimientos que permitan el autocuidado y la
reducción de riesgo a la salud, a través de un proceso continuo de información,
comunicación y educación para la salud.
– Fortalecerán la formación, capacitación y el desarrollo técnico y profesional del personal
para la salud.
– Promoverán el desarrollo de investigación en salud, que permita el desarrollo científico y
técnico de la atención médica, así como la detección oportuna de factores de riesgo en la
población.
– Dirigirán los programas de formación, capacitación y desarrollo técnico y profesional a
equipos multidisciplinarios para la atención integral y tendrán que ser congruentes con las
necesidades y demandas de la población derechohabiente, reflejadas en los resultados del
diagnóstico situacional.
– Propiciarán la evaluación técnica constante para detectar factores de riesgo e implantarán
medidas preventivas para el cuidado del medio ambiente laboral para favorecer la salud
física, mental, nutricia y social de los trabajadores.
– Efectuarán los procesos de supervisión y evaluación en forma oportuna, así como las
acciones de asesoría y apoyo a las áreas operativas de la Unidad, para favorecer los
procesos en el otorgamiento de servicios.
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7. Organogramas Estructurales
7.1. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “A”
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UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE
2do. NIVEL DE ATENCIÓN “A”,
MODELO DE 200 Ó MÁS CAMAS Y
DE MÁS DE 1000 PLAZAS
AUTORIZADAS.
DIRECCIÓN
JEFATURA DE
SERVICIO DE UMAA
SUBDIRECCIÓN DE
MEDICINA FAMILIAR
SUBDIRECCIÓN
MÉDICA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE TURNO
MEDICINA FAMILIAR
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
MEDICINA INTERNA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
CIRUGÍA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
GINECO-
OBSTETRICIA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
AUXILIARES DE
DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
PEDIATRÍA
MEDICINA INTERNA
JEFATURA DE
URGENCIAS
TERAPIA INTENSIVA
MEDICINA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
PEDIATRÍA
NEONATOLOGÍA
CIRUGÍA
TRAUMATOLOGÍA Y
ORTOPEDIA
ANESTESIOLOGÍA
QUIRÓFANO
GINECO-
OBSTETRICIA
RADIO-
DIAGNÓSTICO
RADIOTERAPIA
JEFATURA DE
LABORATORIO
ANATOMÍA
PATOLÓGICA
MEDICINA NUCLEAR
JEFATURA DE
BANCO DE SANGRE
JEFATURA DE
SPPSTIMSS
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE SALUD
EN EL TRABAJO
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
EDUCACIÓN E
INVESTIGACIÓN EN
SALUD
DEPARTAMENTO
DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO
DE TRABAJO
SOCIAL
DEPARTAMENTO
DE NUTRICIÓN Y
DIETÉTICA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO
DE FINANZAS Y
SISTEMAS
DEPARTAMENTO
DE PERSONAL Y
RELACIONES
CONTRACTUALES
DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS
GENERALES
DEPARTAMENTO
DE CONSERVACIÓN
DEPARTAMENTO
DE
ABASTECIMIENTO
TOCOCIRUGÍA
SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS.
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7.2. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “B”
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DIRECCIÓN
SUBDIRECCIÓN DE
MEDICINA FAMILIAR
SUBDIRECCIÓN
MÉDICA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE TURNO
MEDICINA FAMILIAR
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
MEDICINA INTERNA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
CIRUGÍA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
GINECO-
OBSTETRICIA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
AUXILIARES DE
DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
PEDIATRÍA
MEDICINA INTERNA
JEFATURA DE
URGENCIAS
TERAPIA INTENSIVA
MEDICINA FÍSICA Y
REHABILITACIÓN
PEDIATRÍA CIRUGÍA
TRAUMATOLOGÍA Y
ORTOPEDIA
ANESTESIOLOGÍA
GINECO-
OBSTETRICIA
RADIO-
DIAGNÓSTICO
RADIOTERAPIA
JEFATURA DE
LABORATORIO
ANATOMÍA
PATOLÓGICA
JEFATURA DE
BANCO DE SANGRE
JEFATURA DE
SPPSTIMSS
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE SALUD
EN EL TRABAJO
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
EDUCACIÓN E
INVESTIGACIÓN EN
SALUD
DEPARTAMENTO
DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO
DE TRABAJO
SOCIAL
DEPARTAMENTO
DE NUTRICIÓN Y
DIETÉTICA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO
DE FINANZAS Y
SISTEMAS
DEPARTAMENTO
DE PERSONAL Y
RELACIONES
CONTRACTUALES
DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS
GENERALES
DEPARTAMENTO
DE CONSERVACIÓN
DEPARTAMENTO
DE
ABASTECIMIENTO
UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE
2do. NIVEL DE ATENCIÓN “B”,
MODELO DE 89 A 199 CAMAS Y DE
601 A 999 PLAZAS AUTORIZADAS.
JEFATURA DE
SERVICIO DE UMAA
SPPSTIMSS:Serviciosde Prevención y Promociónde la Salud para los Trabajadores del IMSS.
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7.3. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “C”
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S
E
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C
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DIRECCIÓN
SUBDIRECCIÓN DE
MEDICINA FAMILIAR
SUBDIRECCIÓN
MÉDICA
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE TURNO
MEDICINA FAMILIAR MEDICINA INTERNA
JEFATURA DE
URGENCIAS
PEDIATRÍA CIRUGÍA
ANESTESIOLOGÍA
GINECO-
OBSTETRICIA
RADIO-
DIAGNÓSTICO
JEFATURA DE
LABORATORIO
JEFATURA DE
SPPSTIMSS
SALUD EN EL
TRABAJO
EDUCACIÓN E
INVESTIGACIÓN EN
SALUD
DEPARTAMENTO
DE ENFERMERÍA
DEPARTAMENTO
DE TRABAJO
SOCIAL
DEPARTAMENTO
DE NUTRICIÓN Y
DIETÉTICA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVA
DEPARTAMENTO
DE FINANZASY
SISTEMAS
DEPARTAMENTO
DE PERSONAL Y
RELACIONES
CONTRACTUALES
DEPARTAMENTO
DE SERVICIOS
GENERALES
DEPARTAMENTO
DE CONSERVACIÓN
DEPARTAMENTO
DE
ABASTECIMIENTO
UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE
2do. NIVEL DE ATENCIÓN “C”,
MODELO DE 57 A 89 CAMAS Y DE
301 A 600 PLAZAS AUTORIZADAS.
SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS.
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7.4. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “D”
UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE
2do. NIVEL DE ATENCIÓN “D”,
MENOS DE 57 CAMAS Y HASTA 300
PLAZAS AUTORIZADAS.
DIRECCIÓN
SUBDIRECCIÓN
MÉDICA
JEFATURA DE
SERVICIO DE
MEDICINA FAMILIAR
DEPARTAMENTO
DE ENFERMERÍA
ADMINISTRACIÓN
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8. Funciones Sustantivas
8.1. Dirección
– Organizar los procesos de atención médica integral y administrativa, conforme a la misión
y visión de la Unidad y en su caso de Medicina Familiar y Unidad Médica de Atención
Ambulatoria, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores,
criterios o estándares definidos
– Integrar y mantener actualizado el acervo normativo, bibliográfico e informativo de la
Unidad para el cumplimiento de sus funciones.
– Vigilar y acatar el correcto cumplimiento de leyes, reglamentos y normas institucionales,
así como las disposiciones dictadas por autoridades superiores del instituto y del sector
salud.
– Comunicar a los órganos dependientes de la Dirección, los objetivos, metas y programas
asignados, así como los mecanismos para su ejecución; coordinar su evaluación,
desarrollo y cumplimiento y comunicar a las Coordinaciones Delegacionales integrantes de
la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas y Cuerpo de Gobierno de la Unidad,
sobre los resultados obtenidos.
– Coordinar la elaboración e integración del diagnóstico de salud y situacional de la Unidad,
con base en los resultados de la información estadística de los servicios; identificar la
problemática, definir acciones para su solución, integrar el programa de trabajo y
presentarlo a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas para su autorización.
– Coordinar y controlar los programas específicos de trabajo de las áreas de servicio de la
Unidad, evaluar resultados con base en las metas, objetivos y el programa autorizado,
comunicando al Cuerpo de Gobierno las decisiones emitidas al respecto por las
autoridades delegacionales, para su difusión al personal operativo de la Unidad.
– Implantar, supervisar y verificar la aplicación de los indicadores autorizados para la
evaluación y medición del desempeño, productividad, calidad y eficiencia de los procesos y
servicios médico-administrativos, así como difundir la metodología para su aplicación y los
resultados obtenidos.
– Informar a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, los resultados de los
programas y proporcionar los elementos adicionales de información que le sean
requeridos.
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– Fortalecer la calidad y el mejoramiento continuo de los procesos de la atención médica
integral, a través del desarrollo de programas de capacitación y de proyectos de
investigación orientados a la solución de la problemática identificada en el diagnóstico
situacional.
– Efectuar supervisiones directas a las áreas de servicio de la Unidad, con el objeto de
verificar que la atención a la población usuaria sea otorgada con calidad, oportunidad y
sobre todo con sentido humano.
– Supervisar el correcto desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica en el
ámbito de la Unidad, así como de la operación y funcionamiento del sistema integral de
información médica.
– Supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos institucionales en materia de
prevención y dictaminación de los riesgos de trabajo, determinación del estado de invalidez
y beneficiario incapacitado, además de la reincorporación laboral y prevención y promoción
de la salud en trabajadores IMSS en el ámbito de la Unidad y unidades médicas, sociales y
administrativas dependientes.
– Convocar y presidir reuniones con el Cuerpo de Gobierno de la unidad, a fin de definir
estrategias de actuación y dar solución a la problemática detectada.
– Integrar, presidir y vigilar el funcionamiento de los diferentes comités, subcomités, y
comisiones; verificar el cumplimiento de las acciones acordadas en sus sesiones y evaluar
resultados.
– Verificar el cumplimiento de la vigilancia epidemiológica en la unidad, unidades de la zona
y guarderías bajo su responsabilidad y el registro de la información epidemiológica
específica, notificación inmediata de casos en sistemas especiales, de trascendencia,
infecciones nosocomiales y brotes hospitalarios, comunitarios y de guardería, así como
aplicar oportunamente las medidas de prevención y control en el ámbito que corresponda y
notificar a la Delegación y en forma paralela a la Instancia de la Secretaría de Salud que
corresponda.
– Vigilar que se efectúe el seguimiento y control del sistema de referencia y contrarreferencia
en su unidad y unidades en su área de influencia.
– Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar
cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito
de su competencia.
– Gestionar y solicitar a las autoridades de la Delegación los recursos humanos, materiales,
técnicos y financieros necesarios para el correcto funcionamiento de la unidad, y que
aseguren el cumplimiento de los objetivos y metas del programa de trabajo.
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– Sancionar la elaboración e integración del presupuesto anual de gastos de la unidad, de
conformidad con el techo financiero asignado y presentarlo a las autoridades
delegacionales para su autorización.
– Verificar el correcto ejercicio del presupuesto autorizado, con base en los resultados del
análisis de las variaciones presupuestales.
– Verificar que la administración de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros
asignados a la Unidad, se realice de acuerdo con las normas vigentes.
– Aprobar los requerimientos de obras menores de su Unidad y presentar a la Delegación las
propuestas de modificación a las áreas físicas de la Unidad, que rebasen su capacidad
resolutiva.
– Evaluar los casos de trabajadores de la Unidad que hayan incurrido en infracciones al
Contrato Colectivo de Trabajo, suscribir las actas administrativas procedentes y turnar al
área jurídica de la Delegación, dentro del plazo establecido, para la investigación y
resolución correspondientes.
– Vigilar que se proporcione la atención y solución a las demandas, quejas e
inconformidades presentadas por la población derechohabiente.
8.2. Subdirección de Medicina Familiar
– Evaluar y dirigir los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la
Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores,
criterios o estándares definidos.
– Integrar el diagnóstico situacional, programa de trabajo y la gestión de recursos con la
participación de las diferentes áreas médicas y administrativas de la Unidad y acorde a la
misión y visión de la Unidad, al marco legal-normativo vigente y las Guías de Práctica
Clínica.
– Validar el proyecto del presupuesto anual de gastos de Medicina Familiar de conformidad
con el techo financiero asignado y presentarlo al director de la Unidad para firma.
– Vigilar el cumplimiento de las políticas, disposiciones institucionales y nacionales vigentes
en materia de Atención Médica, Salud en el Trabajo, Prevención y Promoción de la Salud
de los derechohabientes y Trabajadores IMSS, Salud Reproductiva, Vigilancia
Epidemiológica, Programas Integrados de Salud.
– Coordinar la ejecución de programas institucionales, programas emergentes o
contingencias de la Unidad Médica.
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– Analizar los resultados obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos de la atención
que se proporciona en el servicio de Medicina Familiar y que sea acorde al Programa de
Trabajo, Normas y Procedimientos Institucionales, Guías de Práctica Clínica, Guías
Técnicas y Guías para el Cuidado de la Salud.
– Gestionar ante el Director de la Unidad las necesidades de espacios físicos dignos, equipo,
instrumental, mobiliario de cada uno de los servicios de la Unidad, la cobertura de personal
médico, paramédico y administrativo, de acuerdo a los indicadores de fuerza de trabajo.
– Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar
cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito
de su competencia.
– Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se
integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con
énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así
como su seguimiento.
– Vigilar que los médicos de los servicios operativos de Atención Médica, Estomatología,
Salud en el Trabajo, Planificación Familiar cumplan con sus actividades médico -
asistenciales y técnico - administrativas establecidas en la normatividad vigente.
– Coordinar las actividades del personal de salud para dar cumplimiento a los acuerdos
institucionales y extra institucionales que coadyuven en la mejora continua de la calidad de
los servicios y la seguridad de los pacientes, con base a la estructura y capacidad
resolutiva de la Unidad.
– Vigilar que la información generada de los estudios epidemiológicos, listados nominales de
las enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica cumplan con la protección de datos
personales de acuerdo a los lineamientos del Instituto Federal de Acceso a la Información
Pública.
– Vigilar que la información generada de la atención preventiva integrada y acciones de
planificación familiar se registre en el expediente clínico y/o en el formato RAIS, asimismo
se expidan los informes correspondientes de los Programas Integrados de Salud.
– Verificar que se genere y envíe oportunamente el informe semanal de casos nuevos de
enfermedades transmisibles y no transmisibles, de acuerdo al calendario epidemiológico
establecido.
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8.3. Jefatura de Servicio de Medicina Familiar
– Organizar los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la Unidad
con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o
estándares definidos.
– Elaborar su programa de trabajo considerando los factores biológicos, psicológicos,
sociales, culturales, geográficos, las necesidades y demandas de su población, descritos
en los diagnósticos situacionales elaborados por los médicos familiares y no familiares de
los consultorios y servicios a su cargo, y entregar para su integración al Subdirector
Médico o en su caso al Director de la Unidad.
– Dar cumplimiento a las políticas, normas, procedimientos, lineamientos y programas
emitidos por el IMSS y analizar con los responsables de los servicios, los resultados
obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos.
– Vigilar el desarrollo de los procesos de la atención médica que se proporciona en los
servicios de la Unidad y que sea acorde al programa de trabajo, normas institucionales y
en su caso a las guías de práctica clínica, y comunicar los resultados al Subdirector
Médico o en su caso al Director de la Unidad, para identificar áreas de mejora.
– Supervisar que el médico no familiar (epidemiólogo), utilice los recursos humanos,
materiales y financieros del servicio de medicina preventiva para la localización,
identificación, notificación, diagnóstico, tratamiento, eliminación y clasificación de casos
asociados epidemiológicamente, durante el desarrollo del estudio de los contactos de
aquellos enfermos sujetos a vigilancia epidemiológica.
– Participar con los Jefes de Servicio y coordinar con el personal a su cargo, la ejecución de
programas institucionales, programas emergentes o contingencias de la Unidad.
– Supervisar y asesorar a los médicos familiares, para el seguimiento de los
derechohabientes a quienes se practique una detección y el resultado sea anormal, para
que se le garantice la evaluación diagnóstica y tratamiento oportuno correspondiente.
– Propiciar la participación de los médicos familiares en el control y seguimiento de las
enfermedades transmisibles, no transmisibles, con base y cumplimiento en los documentos
normativos y técnicos existentes.
– Verificar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la
prescripción razonada de medicamentos, el uso adecuado de los auxiliares de diagnóstico
y del sistema de referencia-contrarreferencia para que éstos, se soliciten con base a los
procedimientos normativos y guías de práctica clínica.
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– Supervisar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la
prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo a los
asegurados, de empresas afiliadas y trabajadores IMSS para que se fundamente el
diagnóstico, con base a la historia natural de la enfermedad, el puesto específico de
trabajo y el Reglamento de Prestaciones Médicas.
– Supervisar que el personal de salud describa en forma integral en el sistema de
información vigente o formatos institucionales, el motivo de la atención médica, el servicio
otorgado y validar la calidad de los mismos con base a la normatividad institucional y
federal vigente.
– Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se
integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por éstos, con
énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así
como su seguimiento.
– Coordinar las actividades del personal de salud, para atender los acuerdos institucionales y
extrainstitucionales que coadyuvan en la mejora continua de la calidad de los servicios y la
seguridad del paciente.
8.4. Subdirección Médica
– Organizar, los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su
competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con
apego al marco legal y normativo vigente.
– Coordinar y controlar las áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica a su
cargo.
– Realizar las funciones del Director de la Unidad en caso de ausencia del mismo.
– Difundir y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas médico-asistenciales
emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto en las coordinaciones, áreas y
servicios dependientes de la Subdirección Médica.
– Promover la participación del personal dependiente de la Subdirección Médica, en la
elaboración o actualización de normas y programas médico-asistenciales y presentar a la
Dirección de la Unidad, las propuestas resultantes para su valoración.
– Coordinar la integración del diagnóstico situacional de las diferentes coordinaciones, áreas
y servicios dependientes de la Subdirección Médica.
– Elaborar el programa de trabajo de la Subdirección Médica y coordinar la integración de los
diferentes servicios para conformar el programa de trabajo de la Unidad.
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– Comunicar a los Coordinadores Clínicos las metas comprometidas de cada servicio,
derivadas del programa de trabajo autorizado y del diagnóstico situacional, efectuar el
seguimiento correspondiente e informarles de los resultados de la evaluación practicada
para verificar su avance y cumplimiento.
– Vigilar que los servicios médicos se otorguen con calidad, oportunidad, seguridad y sentido
humano.
– Controlar la aplicación de medidas de solución a los problemas que se presentan en los
procesos de atención médica identificados en el diagnóstico situacional de la Unidad.
– Vigilar que se realice el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes,
entre la Unidad y otras unidades en la zona de influencia.
– Vigilar el uso correcto de certificados de incapacidad y de recetarios, entregados al
personal médico facultado para su expedición.
– Coordinar las acciones para la investigación, prevención y control de infecciones asociadas
a la hospitalización, la valoración de la efectividad de la atención quirúrgica y de los
mecanismos para la evaluación y seguimiento de la atención médica.
– Supervisar que el personal médico a cargo de la Subdirección Médica identifique los
padecimientos sujetos a vigilancia epidemiológica, y notificación al médico epidemiólogo o
responsable de la vigilancia epidemiológica para su control y prevención en forma
oportuna, contribuyendo con ello a limitar el daño en la población.
– Supervisar la participación de las Coordinaciones Clínicas y Jefaturas de Servicio en los
diferentes comités y subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico
situacional, programas de trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora.
– Evaluar el resultado de los procesos de registro, integración, proceso, validación y difusión
de la información médica generada en la Unidad, así como la debida protección durante la
recepción, traslado y entrega de informes, correspondencia y medios magnéticos y aplicar
soluciones a la problemática detectada.
– Supervisar la aplicación de los indicadores autorizados de productividad, desempeño,
calidad y eficiencia de los servicios médicos otorgados en la Unidad y evaluar sus
resultados.
– Establecer la comunicación necesaria con el Coordinador Clínico de Turno, a fin de
garantizar la continuidad del proceso de atención médica en la Unidad, para los turnos
vespertino y nocturno.
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– Coordinar la interrelación productiva entre los Equipos de Supervisión Delegacional y los
responsables de los diversos servicios de la Unidad, para facilitar el buen desarrollo de las
supervisiones.
– Promover y apoyar las acciones de capacitación, desarrollo e investigación científica del
personal dependiente de la Subdirección Médica, a fin de dar continuidad y calidad a la
atención médica integral.
– Asesorar y apoyar en aspectos técnico-médicos, a los diferentes servicios dependientes de
la Subdirección Médica.
– Promover el uso racional de los recursos de personal, materiales, tecnológicos y
financieros asignados a la Subdirección Médica y órganos dependientes.
– Aplicar la supervisión directiva en la evaluación de los procesos de atención médica a su
cargo.
– Establecer estrecha coordinación con la Subdirección Administrativa, para solicitar el
abasto oportuno de equipo, material de curación y ropa hospitalaria, así como de la
atención a las solicitudes de mantenimiento y conservación de los equipos e instalaciones
de las áreas de atención médica.
– Establecer estrategias de coordinación entre los distintos servicios de la Unidad, para
lograr su interrelación funcional (vinculación interna), y favorecer la continuidad de la
atención médica integral.
– Participar en la supervisión directa a los diferentes servicios de la Unidad, para garantizar
la atención oportuna y de calidad.
– Informar al Director de la Unidad, sobre el avance en el cumplimiento de metas y
resultados del programa de trabajo médico-asistencial, con la periodicidad establecida.
– Atender a los derechohabientes que manifiesten inconformidades, quejas o sugerencias,
con el objetivo de gestionar inmediatamente su resolución y promover estrategias de
mejora para evitar la repetición de las quejas o inconformidades.
– Coordinar la integración de la información para dar respuesta a las quejas remitidas por las
diferentes instancias intra y extra institucionales de acuerdo al Instructivo para el trámite y
resolución de quejas administrativas ante el IMSS.
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8.5. Coordinación Clínica de Turno
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el
ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la
Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.
– Conocer y aplicar en el turno bajo su responsabilidad, las políticas, normas y programas
emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto relativas a los aspectos médico-
asistenciales de la Unidad; identificar desviaciones en su aplicación, coordinar las acciones
y tomar medidas para su solución.
– Mantener estrecha coordinación con el Subdirector Médico, para garantizar la continuidad
de la función directiva, así como la calidad en la atención médica de los pacientes en la
Unidad, durante el turno de su responsabilidad.
– Verificar la participación de las Coordinaciones Clínicas en los diferentes comités y
subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico situacional, programas de
trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora.
– Vigilar y controlar los procesos de atención médica y administrativos durante el turno bajo
su responsabilidad, así como efectuar visitas de supervisión a los servicios y adoptar
medidas procedentes en caso de detectar alguna desviación.
– Vigilar que se proceda de acuerdo con las normas vigentes, en los casos de pacientes
implicados en situaciones judiciales y que hayan ingresado a la Unidad durante el turno
bajo su responsabilidad.
– Realizar la entrega-recepción del turno bajo su responsabilidad e informar al Subdirector
Médico de la problemática relevante y soluciones adoptadas.
– Promover la coordinación necesaria entre los distintos servicios de la Unidad, que operen
en el turno bajo su responsabilidad, para favorecer una óptima interrelación funcional.
8.6. Coordinaciones Clínicas
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el
ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la
Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.
– Participar y coordinar la elaboración del diagnóstico situacional y el programa de trabajo de
los servicios a su cargo y presentarlos al Subdirector Médico para su aprobación.
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– Aplicar y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas emitidos por las
Direcciones Normativas del Instituto, relativas a los aspectos médico-administrativos de los
servicios a su cargo.
– Validar la aplicación de los lineamientos técnico-médicos y administrativos del proceso de
atención médica de los servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo.
– Supervisar que en los servicios a su cargo se realicen las actividades de vigilancia,
prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así
como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica.
– Evaluar los resultados de los procesos de atención médica que se desarrollan en los
servicios a su cargo, con base en los criterios, estándares, e indicadores establecidos por
las direcciones normativas y definir las medidas de solución a las variaciones detectadas.
– Validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere en los
servicios dependientes de la Coordinación.
– Efectuar el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, de los
servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo.
– Validar las necesidades de capacitación y desarrollo así como los proyectos de
investigación propuestos por el personal dependiente, orientados a la solución de la
problemática identificada en el diagnóstico situacional de la Coordinación Clínica a su
cargo.
– Participar en los diferentes comités y subcomités de la Unidad que se le solicite y cumplir
con las recomendaciones emitidas en el ámbito de su competencia.
– Participar en la determinación del presupuesto anual de gastos de la Coordinación,
tomando como base las políticas de racionalidad presupuestal y autonomía de gestión.
– Identificar las necesidades de recursos humanos, técnicos, materiales y financieros y
solicitar al Subdirector Médico su cobertura, para asegurar el cumplimiento de metas y
objetivos de los servicios dependientes de la Coordinación.
– Organizar y controlar los recursos humanos e insumos de la Coordinación, de acuerdo con
las metas y presupuesto asignado.
– Validar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de
equipo e instalaciones de la Coordinación.
– Concertar con el Subdirector Médico, las estrategias para el desarrollo de los procesos
médico-administrativos que se desarrollan en la Coordinación y servicios dependientes.
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– Definir estrategias de coordinación entre los diferentes órganos de la Unidad y Servicios,
para favorecer su interrelación funcional óptima.
– Fomentar actitudes de servicio y relaciones armónicas entre el personal dependiente de la
Coordinación, para lograr la satisfacción de los usuarios y del propio trabajador.
– Informar al Subdirector Médico los resultados de las metas y programas asignados, así
como de la aplicación del proceso de autogestión administrativa de la Coordinación.
8.7. Jefaturas de Servicios Clínicos
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el
ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la
Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.
– Aplicar las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del
Instituto relativas a los aspectos médico-asistenciales del servicio a su cargo, así como las
estrategias para su ejecución.
– Implantar los lineamientos normativos de manejo técnico-médico y técnico-administrativo
del proceso de la atención médica en el servicio a su cargo.
– Supervisar en los servicios a su cargo se realicen las actividades de la vigilancia,
prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así
como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica.
– Informar al personal del servicio a su cargo los resultados de la evaluación del
cumplimiento de metas y objetivos del programa de trabajo.
– Difundir al personal del servicio a su cargo las metas a alcanzar en los diferentes
programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto y lograr la motivación
adecuada en el personal para lograrlas, dentro de un proceso de mejora continua.
– Elaborar el programa de trabajo del servicio a su cargo, con base en los resultados de su
diagnóstico situacional y presentarlo al Coordinador Clínico para su aprobación, para su
posterior desarrollo y control.
– Participar en las reuniones de los diferentes comités de la Unidad y desempeñar las
labores encomendadas en los mismos.
– Verificar que la atención médica se otorgue a los pacientes de forma integral, con calidad,
oportunidad y seguridad.
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– Evaluar el proceso de la atención médica en el servicio a su cargo con base en los
criterios, estándares e indicadores establecidos por las Direcciones Normativas, así como
definir y aplicar soluciones para mejorar los resultados
– Participar en las reuniones de Cuerpo de Gobierno del Hospital a fin de analizar los
resultados de la operación del servicio y determinar medidas de solución a la problemática
detectada.
– Participar y colaborar con el equipo de salud en la visita médica de los pacientes
hospitalizados en su servicio.
– Participar con el personal médico tratante en el análisis de casos clínicos problema
detectados, para determinar el diagnóstico y terapia procedentes.
– Supervisar la aplicación de controles del sistema de referencia y contrarreferencia de
pacientes así como el seguimiento y evaluación correspondientes.
– Analizar y validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere
en el servicio a su cargo.
– Proponer al Coordinador Clínico las necesidades de capacitación y desarrollo de personal
del servicio a su cargo.
– Proponer al Coordinador Clínico los proyectos de investigación del personal del servicio a
su cargo, dirigidos a la solución de problemas identificados en el diagnóstico situacional.
– Apoyar el otorgamiento de la atención médica integral mediante el uso racional, coordinado
y oportuno de los recursos existentes en la Unidad.
– Identificar las necesidades de recursos de personal, físicos, materiales y tecnológicos del
servicio a su cargo y presentarlas al Coordinador Clínico respectivo.
– Colaborar en la determinación del presupuesto anual de gastos del servicio a su cargo.
– Participar en el establecimiento de dotaciones fijas de insumos del servicio a su cargo con
base en la demanda de atención médica.
– Colaborar en la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de
los recursos físicos, materiales y tecnológicos del servicio a su cargo.
– Acordar y desarrollar con el Coordinador Clínico, otras Jefaturas de Servicio, y órganos
internos y del servicio, las estrategias para el mejor desarrollo del proceso administrativo y
de atención médica.
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– Vigilar que la interacción con otros servicios clínicos se de en forma adecuada por parte
del servicio a su cargo.
– Fomentar la actitud de servicio y las relaciones interpersonales armónicas en el personal
del servicio a su cargo para lograr la satisfacción del usuario y de los prestadores de
servicios.
– Participar en la revisión y análisis de la subsecuencia en la Consulta Externa de
Especialidades.
– Coordinar con el Subdirector Médico, Coordinador Clínico de Turno o Coordinadores
Clínicos, según sea el caso, la gestión de la consulta externa de especialidades.
– Difundir las Guías de Práctica Clínica entre el personal operativo bajo su responsabilidad.
8.8. Jefatura de Servicio de UMAA
– Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica
que se proporciona en la UMAA, que sea acorde a la misión y visión de la Unidad, a su
programa de trabajo, al marco legal - normativo vigente y a las Guías de Práctica Clínica.
– Elaborar el diagnóstico situacional, diagnóstico de salud y con base en éste, su programa
de trabajo y entregarlo para su integración al Coordinador Clínico.
– Supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica que se
proporciona en los servicios de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria, prescripción de
medicamentos, prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el
trabajo y el sistema de referencia-contrarreferencia y entregar los resultados al
Coordinador Clínico.
– Participar con los Jefes de Servicios Clínicos de la Unidad y coordinar con el personal a su
cargo, la ejecución de programas institucionales, emergentes o contingencias de la Unidad
Médica de Atención Ambulatoria.
– Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se
integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con
énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente.
– Vigilar que el Departamento de Conservación de la Unidad realice el programa de
mantenimiento preventivo y correctivo del quirófano así como los controles de calidad.
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– Supervisar que el personal de salud describa en forma integral en el sistema de
información vigente o formatos institucionales, el motivo de la atención médica, el servicio
otorgado y validar la calidad de los mismos con base a la normatividad.
– Coordinar las actividades del personal de salud para atender los acuerdos institucionales y
extrainstitucionales y coadyuvar en la mejora continua de la calidad de los servicios y la
seguridad de los pacientes.
8.9. Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores
IMSS (SPPSTIMSS)
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de prevención y promoción de la salud
para trabajadores del Instituto con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la
Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.
– Elaborar el diagnóstico situacional y el programa de trabajo del servicio en el ámbito de su
competencia.
– Gestionar y controlar la asignación de recursos humanos, materiales e insumos necesarios
para el desarrollo óptimo de las actividades del servicio.
– Coordinar las actividades de la política IMSS “Libre de humo de tabaco”, conforme a la
normatividad establecida.
– Gestionar los casos de trabajadores IMSS con incapacidad temporal recurrente o que
superan los días estimados de recuperación para el trabajo, a fin de favorecer la
reincorporación laboral oportuna.
– Coordinar las acciones de vigilancia del ambiente de trabajo en los centros laborales IMSS
y recorridos por la Comisión Local Mixta de Seguridad e Higiene de su área de influencia.
– Otorgar atención médica de primeros auxilios a trabajadores IMSS de su centro de trabajo.
– Informar el avance de las actividades al Director de la Unidad, Coordinador Auxiliar
Delegacional del SPPSTIMSS y a las Autoridades Delegacionales y Normativas
Institucionales que lo requieran y retroinformar al personal a su cargo.
– Evaluar el comportamiento de los indicadores de desempeño y en su caso implementar
estrategias para la mejora de los procesos.
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8.10. Coordinación Clínica de Salud en el Trabajo
– Planear, organizar, dirigir, participar y evaluar los procesos y programas de salud,
seguridad e higiene en el trabajo con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de
la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.
– Elaborar el diagnóstico situacional y el programa de trabajo, en el ámbito de su
competencia.
– Participar en la elaboración de metas programáticas de su área de influencia y analizar
periódicamente su comportamiento.
– Coordinar el funcionamiento de los servicios de Salud en el Trabajo en el ámbito de la
Unidad y de su área de influencia, de acuerdo con los procedimientos institucionales.
– Asesorar a los médicos de Salud en el Trabajo de su Unidad y de las Unidades de
Medicina Familiar de su área de influencia, para el desarrollo de los procesos en materia
de prevención y dictamen de los riesgos de trabajo, estado de invalidez, beneficiario
incapacitado y reincorporación laboral.
– Informar a la Subdirección Médica el número de consultas otorgadas de Salud en el
Trabajo, para la aplicación de capitales constitutivos en los casos certificados por el área
de Afiliación-Cobranza de la Delegación.
– Efectuar conjuntamente con el servicio de Epidemiología y Análisis de la Información
Médica, estudios para identificar y resolver las causas que interfieren en el proceso de
atención médica para los trabajadores de centros laborales IMSS y de empresas afiliadas.
– Integrar y tramitar oportunamente la información solicitada por las autoridades de la
Unidad, con motivo de inconformidades y demandas relacionadas con dictámenes de
riesgo de trabajo e invalidez.
– Emitir opiniones médico-técnicas relativas a demandas que en materia de riesgo de trabajo
e invalidez presentan los trabajadores o patrones, a través de las autoridades superiores o
de otros órganos del Instituto.
– Representar al Instituto en las funciones de peritaje médico-técnico, ante las Juntas
Federal o Locales de Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público o autoridad que lo
requiera, en situaciones de demanda interpuesta por trabajadores o patrones en materia
de Riesgos de Trabajo e Invalidez, cuando lo indique la Jefatura de Servicios de
Prestaciones Médicas.
– Supervisar el comportamiento de los indicadores de evaluación de resultados del servicio,
referentes a la productividad, desempeño, calidad y eficacia.
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– Integrar los informes estadísticos del servicio para alimentar el sistema integrado de
información y para las autoridades de la Unidad.
– Validar la motivación y fundamentación de los dictámenes de incapacidad permanente,
invalidez y beneficiario incapacitado elaborados por los servicios de Salud en el Trabajo de
su área de influencia.
– Informar en tiempo y forma a la Coordinación Delegacional de Salud en el Trabajo y
Director de la Unidad de manera sistemática los resultados de los procesos, programas y
metas de su responsabilidad.
8.11. Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos y programas de educación e investigación
en salud con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al
marco legal y normativo vigente.
– Participar en la elaboración del diagnóstico situacional, programa de trabajo y de los
reportes de las metas programáticas y presupuestales de la Unidad, en lo que corresponde
al área de investigación y educación en salud.
– Planear, desarrollar y evaluar los programas educativos de formación de recursos
humanos, innovación educativa e investigación en salud, sustentados en las necesidades
de la operación y en las condiciones de salud de la población derechohabiente.
– Establecer coordinación con el área de Epidemiología para la identificación de factores
determinantes de riesgo a la salud comunitaria, para orientar los programas de educación
e investigación en salud de la Unidad y participar en los correspondientes de las Unidades
de Medicina Familiar dentro de la zona de influencia.
– Promover la interrelación de los programas de educación e investigación en salud, con los
procesos de atención médica de los servicios y las especialidades con que cuenta la
Unidad.
– Aplicar los indicadores para la evaluación de resultados de productividad, desempeño,
eficiencia y calidad de los programas de educación e investigación en salud e informar a la
Dirección de los resultados obtenidos así como a la Delegación y al personal de la Unidad.
– Participar en los diferentes comités, subcomités y subcomisiones de la Unidad en el ámbito
de su competencia y aplicar las acciones y estrategias que de ellos se deriven.
– Difundir y dar cumplimiento a las normas, procedimientos, lineamientos y programas
emitidos por el IMSS, de los procesos relacionados con la educación e investigación en
salud y analizar con los responsables de los servicios los resultados obtenidos.
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– Coordinar los programas de Alerta y Diseminación Selectiva de Información específicos
para satisfacer la demanda de información científica del equipo de salud de la Unidad.
– Fungir como Secretario del Comité Local de Investigación en Salud que se integre en la
Unidad, de acuerdo a las disposiciones y reglamentos institucionales vigentes.
– Promover la investigación en los diferentes campos del conocimiento, para contribuir a la
solución de problemas identificados durante el desarrollo del proceso de atención a la
salud y de educación en salud.
– Vigilar el desarrollo responsable de las actividades de investigación en salud en la Unidad,
con cumplimiento de la Ley General de Salud y de su Reglamento en Materia de
Investigación para la Salud, así como de las disposiciones institucionales en investigación
en salud.
– Vigilar que todos los protocolos de investigación en salud que se desarrollan en la Unidad
cuenten con registro institucional en el Sistema de Registro Electrónico de la Coordinación
de Investigación en Salud (SIRELCIS).
– Orientar y asesorar al personal para la atención de la salud de la Unidad, docentes e
investigadores en la elaboración y desarrollo de programas educativos y protocolos de
investigación y promover la publicación de artículos científicos.
– Coordinar las actividades del personal becado y becario que desarrolla procesos de
formación en la Unidad de acuerdo a los programas educativos vigentes y favorecer la
participación del personal médico y paramédico en las actividades docentes.
– Promover la profesionalización de su personal docente.
– Coordinar el análisis y la integración de la información de los sistemas de educación e
investigación médicas, así como coordinar el uso y mantenimiento de sistemas y equipo de
cómputo que apoyan el desarrollo de los procesos académicos y administrativos de su
competencia.
– Coordinar, evaluar y controlar el funcionamiento de los centros de documentación en salud
o salas de lectura, para ofrecer al personal el acervo de material, información científica
actualizada programas y sistemas de información automatizada y difundir los servicios que
prestan.
8.12. Departamento de Enfermería
– Difundir y aplicar las políticas, normas y programas emitidos por la Dirección de
Prestaciones Médicas, relativas a los procesos médico-asistenciales del servicio de
enfermería y validar su eficiencia y actualización.
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– Participar en la implementación y evaluación de los programas institucionales y de la
Unidad en el ámbito de su competencia, utilizando las herramientas administrativas y de
gestión más eficaces y que mejor se adaptan a las necesidades de la Unidad Hospitalaria.
– Desarrollar, organizar, implementar, evaluar y controlar el diagnóstico situacional del
Departamento en coordinación con el personal de enfermería a su cargo y con base en los
resultados, elaborar el programa de trabajo y presentar al Subdirector Médico y/o Director
de la Unidad para su aprobación.
– Participar en los comités o subcomités de la Unidad en el ámbito de su competencia, así
como en el diseño, implementación, supervisión y evaluación de estrategias de mejora.
– Informar al Director y/ o Subdirector Médico y personal operativo de enfermería de los
resultados obtenidos en la evaluación de procesos, implementación de estrategias y
avance en el cumplimiento de metas y programa de trabajo.
– Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos en los que participe el personal de
enfermería para que los cuidados de enfermería se proporcionen libres de riesgos, de
manera continua, oportuna, humana y que satisfagan la demanda de atención.
– Desarrollar programas permanentes de supervisión de los procesos en los que participe el
personal de enfermería para identificar áreas de oportunidad, con la finalidad de que la
atención se otorgue con oportunidad, calidad y eficiencia.
– Propiciar que los registros derivados de la atención de enfermería se realicen con apego a
la normatividad institucional de manera que apoye la toma de decisiones encaminadas a
fortalecer la oportunidad, continuidad y calidad de la atención del cuidado de enfermería.
– Evaluar los servicios de enfermería a través de indicadores de calidad de la atención,
eficacia y productividad que permitan detectar áreas de oportunidad e instrumentar
procesos de mejora continua.
– Participar en la gestión, organización, evaluación y control de los recursos humanos,
materiales y tecnológicos necesarios en el ámbito de su competencia, que permitan el uso
racional y eficiente para favorecer la calidad en el cuidado al paciente, familia y comunidad,
así como el óptimo desempeño del personal de enfermería.
– Colaborar en la elaboración de programas de autocuidado de la salud y prevención de
riesgos de trabajo para el personal de enfermería.
– Vigilar el cumplimiento de las metas Internacionales para la seguridad del paciente e
implementar y evaluar las medidas necesarias para su observancia.
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– Proponer estrategias para mejorar los sistemas de información acerca del estado de salud
del paciente con el fin de promover la comunicación entre el personal de enfermería y otros
profesionales de la salud.
– Analizar y validar la información de los procesos operativos del Departamento e integrar
resultados estadísticos para alimentar el sistema integral de información Institucional.
– Promover, desarrollar, dirigir y apoyar el desarrollo de proyectos de investigación en el
cuidado de enfermería y los servicios de salud, así como la utilización de la enfermería
basada en la evidencia y el uso de los resultados de la investigación.
– Promover y supervisar que se atiendan las recomendaciones contenidas en las Guías de
Práctica Clínica durante el proceso de la atención de enfermería
– Desarrollar, implementar y evaluar programas de capacitación, adiestramiento e inducción
al puesto en colaboración con otros departamentos y la Coordinación de Educación e
Investigación Médica de la Unidad.
– Establecer estrategias que aseguren la participación del personal de enfermería en
programas de educación continua para la salud, con base en las necesidades detectadas,
con el apoyo de la Coordinación de Educación e Investigación Médica de la Unidad.
– Participar en los programas institucionales e interinstitucionales de reconocimiento a la
actuación profesional del personal de enfermería; así como planear, implementar y evaluar
programas internos que promuevan el reconocimiento al desempeño en la Unidad.
– Participar en la implementación, análisis, registro y evaluación del Sistema de Vigilancia de
Eventos Centinela y Riesgos (VENCER II).
– Participar en el diseño, implantación y evaluación de estrategias ante urgencias o
emergencias epidemiológicas.
– Promover la separación adecuada de desechos hospitalarios con el propósito de disminuir
los riesgos de accidentes o exposición a agentes infecciosos en el personal, pacientes
familiares y visitantes.
– Participar con el Departamento de Conservación de la Unidad en la programación de
acciones de mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento, instalaciones y áreas
físicas del Departamento.
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8.13. Departamento de Trabajo Social
– Conocer, difundir e implantar las normas institucionales, correspondientes a Trabajo Social
de las diferentes áreas de la Dirección de Prestaciones Médicas, para su correcta
aplicación.
– Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de trabajo social médico, conforme a la
normatividad vigente.
– Elaborar el diagnóstico situacional y programa de trabajo de su servicio y entregarlo al
Director o Subdirector Médico de la Unidad para su integración.
– Participar con el Cuerpo de Gobierno de la Unidad en la planeación, organización y
ejecución de las acciones en apoyo a los programas institucionales e internos de la Unidad
Médica en los que interviene el Departamento.
– Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados al Departamento.
– Coordinar y jerarquizar las acciones e intervenciones del Departamento con otros servicios
intra y extra-institucionales para otorgar la atención social oportuna y de calidad.
– Participar con el médico epidemiólogo o responsable de la vigilancia epidemiológica para
sensibilizar al paciente para continuar con su tratamiento y control epidemiológico.
– Promover la aplicación de la metodología de trabajo social de casos, para contribuir en la
investigación social de los factores sociales que interfieren en la salud de la población
derechohabiente.
– Promover la elaboración de los estudios de investigación social, con el personal operativo
del Departamento, así como asesorar y participar en los protocolos de investigación
multidisciplinario, en coordinación con la Coordinación Clínica de Educación e
Investigación en Salud.
– Supervisar y evaluar los resultados del cumplimiento de los indicadores de desempeño e
identificar las desviaciones y puntos débiles de los procesos sustantivos, que afecten la
calidad de atención social.
– Identificar necesidades de capacitación del personal del Departamento y promover
conjuntamente con la Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud, los
cursos necesarios.
– Proporcionar al departamento de informática de la Unidad los datos informativos
correspondientes que se generen de la operación del Departamento.
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– Proporcionar al Director y Coordinador Delegacional de Trabajo Social la información
cualitativa y cuantitativa de los resultados de su servicio y proponer estrategias para su
mejora continua.
– Participar en las reuniones de trabajo de comités y comisiones que se integren en la
Unidad para identificar la intervención social de acuerdo a la problemática social que se
presente.
– Promover orientar y canalizar a los derechohabientes a los servicios de medicina
preventiva de su unidad médica de adscripción, en el primer nivel de atención.
– Vigilar que el personal del Departamento efectúe acciones relacionadas con la prevención
de enfermedades, salud materna, salud en el trabajo, en la atención al daño a la salud y en
la rehabilitación de la población derechohabiente.
8.14. Departamento de Nutrición y Dietética
– Difundir y aplicar las políticas, normas y programas emitidos por la Dirección de
Prestaciones Médicas, relativas a los procesos médico-asistenciales del servicio de
nutrición y dietética, validar su eficiencia, eficacia y productividad.
– Integrar el diagnóstico situacional de la atención nutricia que se proporciona a pacientes y
de las áreas que conforman el Departamento.
– Elaborar el programa de trabajo con base en los resultados del diagnóstico situacional y
participar en los programas generales de las áreas dependientes de las Coordinaciones
Clínicas, en lo referente a la atención nutricia.
– Coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de programas específicos de atención nutricia y
educación nutriológica individual y grupal en los procesos de atención médica.
– Planear, organizar, dirigir y controlar sistemas de trabajo y de alimentos así como los,
procedimientos y actividades de las áreas que integran el Departamento, de acuerdo con
las normas vigentes.
– Definir con las Coordinaciones Clínicas, los criterios de tratamiento nutricio en las
enfermedades de las diversas especialidades que se manejan en la Unidad.
– Supervisar en los servicios a su cargo se realicen las actividades de la vigilancia,
prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así
como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica.
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Página 35 de 50 Clave: 2000-002-005
– Organizar con los responsables de las Coordinaciones Clínicas, la integración de
profesionales de nutrición en los equipos de salud de las diferentes especialidades, de
acuerdo con las necesidades y prioridades de la atención médica.
– Verificar la participación del profesional de nutrición en la visita médica, sesiones clínicas,
proyectos de investigación y actividades académicas, en los procesos de la atención
médica con los que se interactúa.
– Supervisar el desarrollo de acciones de atención nutricia de pacientes, respecto a la
valoración de su estado nutricio, elaboración e integración de registros dietéticos,
congruencia del tratamiento nutricio con el diagnóstico, notas de evolución en el
expediente clínico y enlace de turnos para el suministro de dietas correspondiente.
– Coordinar la elaboración, programación y actualización de minutas del Sistema de
Planeación y Control de Alimentos para pacientes y personal, con base en las
prescripciones dietéticas y hábitos alimentarios.
– Coordinar y verificar la aplicación de procedimientos para la solicitud, registro,
actualización y suministro de prescripciones dietéticas en los servicios de hospitalización y
urgencias mediante la aplicación de los procedimientos para la planeación y cálculo de
aportes de nutrimentos conforme a la prescripción médica y requerimientos del paciente.
– Participar en la organización y funcionamiento del servicio en los diferentes procesos que
interviene el personal del Departamento, para satisfacer las necesidades de los
derechohabientes.
– Coordinar con el Departamento de Enfermería los lineamientos de entrega de vales y
dietas a pacientes.
– Coordinar y supervisar la aplicación de los procedimientos para la preparación, distribución
y control de temperatura de la alimentación que se suministra a pacientes y personal de la
Unidad, así como de los criterios de oportunidad, calidad y calidez.
– Supervisar se efectúe la valoración de ingesta y tolerancia de alimentos así como
complicaciones gastrointestinales o metabólicas que presenten los pacientes, para la
adecuación de sus dietas e integración al expediente clínico de registros dietéticos y notas
de evolución de los pacientes.
– Evaluar el grado de satisfacción de pacientes y personal en lo referente a la atención
nutricia y calidad de la alimentación, mediante la aplicación de encuestas e indicadores,
establecidos.
– Diseñar e implantar mecanismos que garanticen la continuidad de las acciones de atención
nutricia en los diferentes turnos, conforme a las indicaciones médicas.
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– Verificar se proporcionen las indicaciones y orientación nutriológica necesaria a pacientes
y familiares para su conocimiento y participación en el cumplimiento del tratamiento
dietético durante su estancia hospitalaria y cuando se prescriba su alta.
– Elaborar conjuntamente con el Comité de Infecciones asociadas a hospitalización el
programa anual para el control sanitario de materia prima, personal, equipo y áreas del
Departamento, conforme a la normatividad vigente y vigilar su cumplimiento.
– Supervisar la aplicación de los procedimientos para recolección, lavado, higienización de
vajilla, enseres, mobiliario, equipo y en caso necesario, su esterilización, así como
coordinar la elaboración y desarrollo de programas de limpieza exhaustiva y rutinaria, así
como el lavado de manos normado.
– Analizar los registros estadísticos y de productividad sobre el número de raciones
suministradas a pacientes y establecer comunicación continua con el Departamento de
Personal y Relaciones Contractuales, para determinar las correspondientes al personal de
la Unidad y el control de comensales con derecho a la prestación, para determinar costos y
presupuestos.
– Administrar y controlar los recursos de personal, materiales y presupuestales asignados al
Departamento y programar su dotación oportuna conforme la demanda de la operación.
– Participar con el Departamento de Finanzas y Sistemas de la Unidad, en la elaboración del
presupuesto anual de gastos y metas del departamento, análisis de su comportamiento,
justificación de variaciones presupuestales y el levantamiento de inventarios del almacén
de víveres, así como para el pago a proveedores de alimentos.
– Coordinar con el Departamento de Conservación de la Unidad, la programación de
acciones de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos, instalaciones y áreas
físicas del Departamento.
– Coordinar con el Departamento de Abastecimiento de la Unidad, para la gestión y el
suministro del consolidado de materiales e insumos para la operación del Departamento de
acuerdo a los criterios de calidad, cantidad y presentación de conformidad con las normas
vigentes.
– Participar en los comités y reuniones del Cuerpo de Gobierno de la Unidad en el ámbito de
su competencia, para la evaluación de acciones y toma de decisiones para la mejora
continua de la calidad de la atención médica integral que se proporciona a los pacientes y
en particular, para la solución de problemática que afecte la operación del Departamento.
– Elaboración y análisis de los informes mensuales e informar al Subdirector Médico los
resultados de las evaluaciones practicadas a los procesos operativos.
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Página 37 de 50 Clave: 2000-002-005
8.15. Subdirección Administrativa
– Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos administrativos, que sea acorde a la
misión y visión de la Unidad, a su programa de trabajo, y al marco legal-normativo vigente
– Interpretar, transmitir y supervisar la aplicación de las disposiciones dictadas por la
Dirección de la Unidad, así como las normas emanadas del nivel normativo central,
regional y Delegacional.
– Administrar los recursos humanos, técnicos, materiales, tecnológicos y financieros que se
requieran para el funcionamiento de la Unidad y evaluar su desempeño de acuerdo con la
normatividad establecida.
– Analizar la productividad, eficiencia y calidad de los procesos por centro de costo, e
informar y proponer acciones al Director y Cuerpo de Gobierno de la Unidad, para la
adecuada toma de decisiones.
– Informar al Director de la Unidad y difundir la normatividad institucional para la correcta y
adecuada atención de las disposiciones relacionadas con el Cuadro Básico de Insumos
para la Salud.
– Planear estrategias que permitan determinar los requerimientos de equipo e insumos para
los servicios de la Unidad, en apego al marco presupuestal asignado y a las políticas de
racionalidad, sometiéndolos a la consideración del Director y el Cuerpo de Gobierno.
– Participar en reuniones del Cuerpo de Gobierno y diferentes comités, subcomités y
comisiones de la Unidad en el ámbito de su competencia, para informar sobre la situación
prevaleciente de los servicios administrativos y su avance hacia la mejora continua de la
calidad.
– Informar permanentemente al Director de la Unidad o al Subdirector Médico en su caso, de
los aspectos sustantivos que inciden en su operación, particularmente de los aspectos
relativos a la satisfacción y sugerencias de la población usuaria.
– Supervisar y coordinar la elaboración, integración, reordenamiento y control del
presupuesto anual de gastos de la Unidad, e informar periódicamente al Cuerpo de
Gobierno de las variaciones detectadas, para la determinación de acciones procedentes.
– Vigilar que las áreas de servicio observen el ejercicio correcto de su presupuesto, realicen
el análisis de las desviaciones y efectúen las justificaciones y ajustes procedentes.
– Sancionar los resultados e informes relativos al ejercicio presupuestal, control contable y
de inventarios de la Unidad.
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Página 38 de 50 Clave: 2000-002-005
– Vigilar que el ejercicio, revolvencia y arqueos del fondo fijo asignado a la Unidad, así como
los pagos y cuotas de recuperación, se realicen con estricto apego a la normatividad
correspondiente.
– Autorizar el pago de facturas que ampara la contratación de servicios, suministro o
adquisición de bienes.
– Autorizar las solicitudes de compra directa, analizar su viabilidad en función de prioridades,
disponibilidad presupuestal, confirmación de existencia y/o alternativa de traspaso con
otras unidades de la Delegación.
– Verificar que se efectúen las conciliaciones bancarias así como de las diferentes cuentas
contables que se manejan en la Unidad e informar de los resultados a la Dirección y al
Departamento Delegacional de Presupuesto Contabilidad y Erogaciones.
– Supervisar la correcta administración de la red de cómputo y sus dispositivos conectados,
así como de la suficiencia de insumos para su funcionamiento.
– Evaluar los resultados de los procesos de registro, integración, validación y distribución de
la información sistematizada de la Unidad, así como vigilar que se apliquen las medidas de
protección y seguridad durante la recepción, traslado y entrega de informes,
correspondencia y medios magnéticos.
– Administrar el marco presupuestal de gastos de personal, conceptos extraordinarios y
capacitación, autorizado a la Unidad.
– Promover y coordinar estudios de cargas de fuerza de trabajo, que permitan el mejor
aprovechamiento del recurso humano en la Unidad.
– Vigilar el cumplimiento de los procedimientos de operación del Sistema IMSS-Personal
(APS -asistencia, puntualidad y sustituciones), y la validación de sus productos.
– Suscribir las actas administrativas levantadas a los trabajadores que hayan incurrido en
infracciones al Contrato Colectivo de Trabajo y sus Reglamentos.
– Coordinar con el Departamento Delegacional de Personal, los programas de capacitación,
adiestramiento y desarrollo para el personal de la Unidad; asimismo, supervisar que se
aplique el proceso de inducción al puesto para el personal de nuevo ingreso.
– Supervisar y evaluar que los servicios generales que se proporcionan a las áreas servicio
de la Unidad, se otorguen con oportunidad y conforme a los lineamientos vigentes.
– Sancionar los dictámenes de baja y enajenación de equipos y mobiliario de la Unidad.
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Página 39 de 50 Clave: 2000-002-005
– Evaluar el correcto funcionamiento del módulo de lavado de ropa y sancionar los
resultados de los inventarios físicos y dotaciones fijas de ropa hospitalaria.
– Establecer comunicación con los Departamentos Delegacionales de Conservación y
Servicios Generales y de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, para reportar los casos
de ilícitos, daños o siniestros ocurridos a la Unidad y supervisar el seguimiento
correspondiente.
– Supervisar y evaluar el cumplimiento de los programas y operación de los servicios de
conservación a las instalaciones y equipos de la Unidad, así como el cumplimiento de las
normas y procedimientos vigentes en materia de protección ambiental, relativas al manejo
de residuos biológico-infecciosos y tóxico-peligrosos, generados.
– Evaluar las propuestas para la modificación de las áreas físicas de la Unidad, con base en
las necesidades de los servicios y presupuesto autorizado.
– Vigilar que se realicen oportunamente y de acuerdo con los programas de trabajo, los
procesos de limpieza y desinfección, clasificación y aprovechamiento de desechos,
fumigación, control de fauna nociva y forestación.
– Validar la información de los consumos de artículos necesarios para el funcionamiento de
la Unidad, considerando como base los lineamientos de racionalización y optimización de
recursos; así como la productividad, capacidad instalada, morbilidad y acciones médicas y
administrativas
– Autorizar los consolidados de requisiciones ordinarias de bienes de consumo de la Unidad,
así como de las extraordinarias, previo cumplimiento de los procedimientos
correspondientes.
– Evaluar los procesos para la recepción, almacenaje, distribución, registro y control de
existencias de bienes de consumo en el almacén de la Unidad, así como de la supervisión
en el cumplimiento de controles de narcóticos y psicotrópicos.
– Analizar el comportamiento estadístico de bienes de consumo de la Unidad y establecer
coordinación con las unidades médicas de la Delegación, para efectuar traspasos de
artículos que presenten problemas de abasto.
– Supervisar en la Unidad, los procesos de Farmacias y almacén general de artículos IMSS
y sancionar los resultados correspondientes a los cierres mensuales de estos
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8.16. Departamento de Finanzas y Sistemas
– Establecer coordinación con las diferentes áreas de servicio de la Unidad, para elaborar e
integrar el presupuesto anual de gastos, controlar el ejercicio correspondiente, así como
analizar mensualmente las variaciones representativas y elaborar los informes para su
discusión en reuniones correspondientes.
– Gestionar el dictamen de disponibilidad presupuestal para la contratación de prestación de
servicios de proveedores de prótesis, órtesis o ayudas técnicas.
– Identificar las variaciones significativas del ejercicio presupuestal y requerir al área de
servicio, las justificaciones y ajustes procedentes.
– Vigilar que el presupuesto y las variaciones se ajusten a lo que dicta la Norma
Presupuestaria del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Procedimiento para el análisis
de variaciones al presupuesto de gastos de operación.
– Participar en coordinación con el Departamento de Presupuesto Contabilidad y
Erogaciones en la realización de las actividades inherentes a la asignación, modificación,
ejecución, seguimiento y evaluación de presupuesto.
– Coordinar a las áreas de servicio de la Unidad, para que los reordenamientos o
modificaciones presupuestales se realicen conforme a los lineamientos establecidos.
– Observar la aplicación y cumplimiento de los procedimientos para la dotación sistemática
de efectivo; de enlace con los sistemas de pago en delegaciones SIPADE-SICOPA y el
manejo del sistema de control de pagos, en los movimientos de tesorería que se generen
en la Unidad; controlar los documentos fuente e integrar los informes requeridos por la
Jefatura de Servicios de Finanzas del ámbito Delegacional.
– Coordinar con el Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones
la aplicación del presupuesto de egresos de la Unidad, estableciendo el calendario y
control de pagos.
– Integrar el programa de pagos considerando como base la dispersión de fondos
establecida en la Delegación.
– Realizar en forma oportuna y coordinada el pago a proveedores, contratistas, viáticos y
demás obligaciones institucionales y rembolsar a sus unidades dependientes, sus gastos
efectuados y enviar semanalmente su rembolso al Departamento Delegacional de
Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones.
– Efectuar la expedición de cheques invariablemente con el amparo de su respectiva orden
de pago.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS
HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN
Página 41 de 50 Clave: 2000-002-005
– Elaborar y mantener actualizado el catálogo de firmas autorizadas para ejercer el
presupuesto de gastos, la expedición de cheques, así como el correspondiente a las
cuentas bancarias vigentes.
– Vigilar y controlar la disponibilidad bancaria de conformidad con la asignación del techo
financiero asignado para el ejercicio del fondo fijo de la Unidad.
– Controlar el ejercicio del fondo fijo revolvente de la Unidad y realizar los estudios de
suficiencia correspondiente en forma semestral.
– Efectuar arqueos a los fondos fijos autorizados de la Unidad en períodos establecidos por
el Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones a los fondos
fijos autorizados, e informar de los resultados obtenidos.
– Vigilar que los gastos sean estrictamente indispensables; asimismo, que los comprobantes
se rembolsen durante el período de gasto que comprenda, a efecto de que la revolvencia
sea lo más dinámica posible, evitando el congelamiento de fondos.
– Aplicar las medidas de seguridad para garantizar la adecuada concentración y custodia de
valores y documentos con base en la normatividad vigente.
– Verificar que se efectúen con oportunidad las aclaraciones pertinentes ante las
instituciones bancarias.
– Efectuar las conciliaciones y depuraciones procedentes de las diferentes cuentas
bancarias y contables a su cargo.
– Integrar la documentación comprobatoria necesaria para efectuar los traspasos de costos
procedentes, para su envío al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y
Erogaciones.
– Elaborar las órdenes de atención médica a no derechohabientes y aplicar los capitales
constitutivos a los costos unitarios promedio.
– Solicitar a las Unidades Médicas Hospitalarias de su área de influencia, en medio
magnético la información relativa a traspasos de costos médicos interdelegacionales.
– Efectuar el análisis de precios de servicios médicos subrogados.
– Integrar, revisar y entregar semanalmente al Departamento Delegacional de Presupuesto,
Contabilidad y Erogaciones, la información contable presupuestal y el cierre contable
mensual de la Unidad, dentro de los plazos establecidos.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS
HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN
Página 42 de 50 Clave: 2000-002-005
– Elaborar, coordinar y supervisar los movimientos de bienes inventariables de su zona en el
programa IMSS - SIBI.
– Realizar el levantamiento de inventarios físicos de las áreas almacenarias y coordinar las
afectaciones contables correspondientes.
– Efectuar la recopilación, validación, actualización, integración, emisión y difusión del
sistema de información para directivos por unidad y su envío al nivel delegacional.
– Efectuar el registro, procesamiento y producción de información de los servicios
financieros, administrativos y de apoyo, a través de los equipos de cómputo asignados.
– Integrar y enviar a los Departamentos Delegacionales de Conservación y Servicios
Generales y de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, la documentación sustentatoria
derivada de siniestros e ilícitos ocurridos en la Unidad.
– Verificar oportunamente que se disponga de los recursos financieros para cumplir con los
compromisos de pagos, con base en los techos financieros.
– Efectuar la recepción de órdenes de pago, la elaboración de cheques, el pago físico, la
dispersión de recursos, el control de chequeras y la elaboración oportuna de las
conciliaciones bancarias.
– Efectuar la recepción de rembolsos por efectivo no utilizado para su depósito en el fondo
fijo y remitir quincenalmente el informe y ficha de depósito al Departamento Delegacional
de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones.
– Elaborar las conciliaciones bancarias y enviar al Departamento Delegacional de
Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones dentro de los primeros 15 días hábiles del mes.
– Ejercer la custodia y el control de cheques de la Unidad, así como elaborar la relación de
cheques expedidos.
– Administrar el uso y explotación de la red de cómputo, de los dispositivos conectados y del
sistema de información establecidos en la Unidad, aplicar los controles necesarios, apoyar
y dar solución a los problemas que se presenten con los usuarios.
– Realizar autoevaluaciones periódicas de los procesos operativos y resultados de los
servicios de finanzas, por medio de la aplicación de indicadores de evaluación del
desempeño.
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8.17. Departamento de Personal y Relaciones Contractuales
– Aplicar los procedimientos autorizados para operar el sistema de asistencia, puntualidad y
sustituciones (APS), validar los productos resultantes, elaborar y tramitar el reporte de
inconsistencias de la Unidad y en su caso brindar el apoyo necesario para lo
correspondiente en las Unidades de Medicina Familiar de la zona.
– Realizar diariamente el registro y control de asistencia del personal adscrito a la Unidad y
evaluar el ausentismo presentado para proponer y aplicar alternativas de solución para su
abatimiento.
– Efectuar el análisis, revisión y actualización de plantillas; así como el control de los
movimientos e incidencias del personal y tramitar en forma oportuna, la cobertura de
plazas vacantes en forma definitiva, no definitiva o por sustitución.
– Realizar estudios para definir las necesidades de fuerza de trabajo de los servicios de la
Unidad, integrar los requerimientos de cobertura de plazas; autorizar y controlar la
contratación de personal sustituto con apego al marco presupuestal asignado y definir los
mecanismos para racionalizar y optimizar los recursos humanos existentes.
– Ejercer el presupuesto para la contratación de personal sustituto, con estricto apego a las
normas autorizadas.
– Efectuar los trámites de las solicitudes, aclaraciones y prestaciones contractuales de los
trabajadores de la Unidad.
– Elaborar, actualizar y controlar los roles de vacaciones y de guardias del personal de la
Unidad, en coordinación con los responsables de cada servicio, verificando que la
programación guarde el equilibrio de la fuerza de trabajo y no afecte la operación.
– Elaborar conjuntamente con los responsables de cada servicio de la Unidad, el
presupuesto para pago de guardias y de conceptos extraordinarios y tramitar su
autorización.
– Efectuar el registro y control del personal con derecho a comedor y de las incidencias
resultantes.
– Efectuar la crítica de los productos del sistema IMSS - Personal, así como la elaboración y
envío de reportes y acciones correspondientes al Departamento de Personal de la
Delegación.
– Controlar el ejercicio del presupuesto de gastos de servicios de personal, identificar y
analizar desviaciones y proponer a la Subdirección Administrativa, acciones correctivas
procedentes.
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  • 2. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 2 de 50 Clave: 2000-002-005 Índice Pág. 1. Introducción 3 2. Objetivos 2.1. Objetivo General 2.2. Objetivos Específicos 4 4 4 3. Antecedentes Históricos 5 4. Marco Jurídico-Administrativo 6 5. Atribuciones 7 6. Políticas 9 7. Organogramas Estructurales 10 8. Funciones Sustantivas 14 8.1.Dirección 14 8.2.Subdirección de Medicina Familiar 16 8.3.Jefatura de Servicio de Medicina Familiar 18 8.4.Subdirección Médica 19 8.5.Coordinación Clínica de Turno 22 8.6.Coordinaciones Clínicas 22 8.7.Jefaturas de Servicios Clínicos 24 8.8.Jefatura de Servicio de UMAA 26 8.9.Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores IMSS (SPPSTIMSS) 27 8.10. Coordinación Clínica de Salud en el Trabajo 28 8.11. Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud 29 8.12. Departamento de Enfermería 30 8.13. Departamento de Trabajo Social 33 8.14. Departamento de Nutrición y Dietética 34 8.15. Subdirección Administrativa 37 8.16. Departamento de Finanzas y Sistemas 40 8.17. Departamento de Personal y Relaciones Contractuales 43 8.18. Departamento de Servicios Generales 44 8.19. Departamento de Conservación 47 8.20. Departamento de Abastecimiento 49
  • 3. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 3 de 50 Clave: 2000-002-005 1. Introducción El Instituto Mexicano del Seguro Social desde su fundación, se ha constituido como un instrumento esencial para proteger al trabajador y a su familia, contribuyendo a mejorar su nivel de vida y bienestar social, lo que impone retos y la capacidad de generar respuestas innovadoras acordes con las necesidades que la población derechohabiente requiere. Lo fundamental estriba en establecer bases firmes que sustenten un cambio estructural en la forma en que se hace la asistencia social en el instituto. Para conseguir este cambio estructural es impostergable dar impulso constante y creciente a la profesionalización del quehacer de la asistencia médica social de las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel de Atención. En el marco del programa presidencial de Simplificación Administrativa y Tala Regulatoria, se hace necesario una revisión y actualización a fondo de la normatividad institucional; lo anterior, viene aunado a la implementación de nuevos programas y estrategias dirigidos a incrementar la calidad de la atención que incluye: la eficiencia en el otorgamiento de servicios, la eficacia de sus procesos generales, la ejecución de sus sistemas de información y medición y la evaluación de los resultados de la operación; aplicables a todos los ámbitos de responsabilidad institucionales y al mismo tiempo, fortalecer la capacidad de gestión y otorgar el apoyo de recursos necesarios a las unidades prestadoras de servicios, mediante la desconcentración de facultades y procesos operativos. Las modificaciones realizadas al Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006, y sujeto a una última reforma el 20 de enero de 2009 y al Reglamento de Prestaciones Médicas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006, obliga a una profunda actualización de los documentos normativos que regulan los procesos de atención en las Unidades Médicas Hospitalarias de Segundo Nivel. Por otra parte, en el Programa Nacional de Salud 2007-2012, publicado en octubre de 2007 se reestructuró, fortaleciendo el Programa de Certificación de los Establecimientos de Servicios de Salud y el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el 13 de Junio de 2008, el Acuerdo para el desarrollo y funcionamiento del Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica (SiNaCEAM), lo que sumado a los cambios internos del Instituto, hace necesario que este manual se actualice, para entre otras cosas, estar acorde con los nuevos requisitos y estándares de calidad que se exigen para cumplir con el proceso de certificación. Para los servicios médicos, este nuevo esquema de organización permitirá autosuficiencia y perfeccionará la correlación de funciones del primero, segundo y tercer nivel de atención a la salud, para favorecer el sistema de referencia y contrarreferencia médica en los tres niveles de atención y favorecerá el cumplimiento de los estándares internacionales para la certificación de los establecimientos de salud.
  • 4. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 4 de 50 Clave: 2000-002-005 Este principio se llevará a cabo dentro del enfoque de apoyo a la operación hacia la autonomía de gestión en los servicios médicos, en virtud de que las Unidades Médicas Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención se convierten en el canal de comunicación directo para coordinar, atender y apoyar los requerimientos para la operación y funcionamiento de las Unidades de Medicina Familiar que conforman las zonas de influencia. Por este motivo, se requiere fortalecer la infraestructura de los servicios que prestan estas unidades, a través de una organización y asignación de funciones que hagan posible cumplir con la responsabilidad, objetivos y metas que se les confiere. Con base en lo anterior, se elaboró el presente documento que contiene las atribuciones, objetivos, políticas, organogramas estructurales y funciones de las Unidades Médicas Hospitalarias del Segundo Nivel de Atención. 2. Objetivos 2.1 Objetivo General Otorgar atención médica eficiente, oportuna y segura, conforme a los conocimientos médicos y principios éticos vigentes, que permita satisfacer las necesidades de salud y las expectativas de los usuarios y de los prestadores de servicios, así como fomentar la educación y la investigación en salud a través de una administración eficiente y transparente de los recursos institucionales. 2.2 Objetivos Específicos – Proporcionar atención médica preventiva, diagnóstica, curativa y de rehabilitación en forma integral, de calidad, segura y con sentido humanista a los derechohabientes que les sean remitidos por las unidades médicas en la zona de influencia, así como a los no derechohabientes que estén amparados en virtud de los diferentes convenios que contempla la Ley, sin afectar la atención de los derechohabientes y hasta el límite de su capacidad instalada. – Brindar apoyo técnico y de recursos, necesarios para la operación de las Unidades de Medicina Familiar ubicadas en la zona de influencia, de conformidad con los principios del proceso de apoyo a la operación hacia la autonomía de gestión. – Favorecer el cumplimiento de los estándares internacionales para la certificación de los Hospitales de Segundo Nivel de Atención en el marco del Programa de Certificación de los Establecimientos del Sistema de Salud.
  • 5. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 5 de 50 Clave: 2000-002-005 3. Antecedentes Históricos Desde su fundación el 19 de enero de 1943, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una de las instituciones más importantes del país; es también una organización que posee un pasado ilustre, un presente vigoroso y un futuro promisorio, a cuya consolidación nos corresponde contribuir con compromiso, trabajo y esfuerzo. Derivado de lo anterior, se han buscado diferentes estrategias para lograr una organización, dirección y administración de sus recursos que le permitan una operación adecuada que asegure el cumplimiento de sus postulados. En 1953, existían sólo cinco sanatorios que presentaban servicios a los derechohabientes, distribuidos en diferentes rumbos de la ciudad: el Sanatorio número 1, ubicado en la confluencia de las avenidas México y Michoacán; el número 2, especializado en Oncología, situado en la calle de Niños Héroes; el 3, en las calles de Inglaterra, en Coyoacán; el 4, de Traumatología, ubicado en las instalaciones de lo que había sido el Hospital Italiano, en la calzada de Tlalpan; y el 5, Urológico, en la calle de Colima. Posteriormente se incorporó el Hospital de Neuropsiquiatría en la colonia Santa María. Dadas las restricciones en su funcionamiento y estructura que presentaban, las autoridades institucionales se dieron a la tarea de elaborar un plan de construcción de hospitales modernos, amplios, suficientemente dotados de personal y equipo médico, capaces de alcanzar un sentido de medicina de excelencia que trasformará los viejos hospitales tradicionales. En 1954 se inauguró el primer Hospital de Zona, que se conocería como Hospital de La Raza, por su cercanía con el monumento de dicho nombre y que en la actualidad forma parte del Centro Médico Nacional La Raza. En las décadas de los sesentas y los setentas, se planearon diversas Clínicas y Hospitales a lo largo y ancho del territorio nacional, incluyendo el antiguo Centro Médico Nacional que pertenecía a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, el cual sufrió serios daños en el sismo ocurrido en 1985, por lo que se reconstruyó casi en su totalidad y dio origen al actual Centro Médico Nacional Siglo XXI. Al mes de mayo de 2012, el Segundo Nivel de Atención está constituido por 230 Unidades Médicas Hospitalarias, dos unidades de apoyo y 18 Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA, nueve autónomas y nueve anexas a Hospital).
  • 6. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 6 de 50 Clave: 2000-002-005 4. Marco Jurídico-Administrativo – Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917, última reforma publicada en DOF 09-02-2012. – Artículo 4o. – Artículo 123, Apartado “A” Fracción XXIX. – Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1945, vigente al 04-06-2012. – Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984, última reforma publicada en DOF 07-06-2012. – Artículos 61, 62, 64 y 67 a 70. – Ley General de Población, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974, última reforma aplicada en DOF 09-04-2012. – Artículo 3o. – Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 diciembre de 1995, última reforma publicada en DOF 28-05-2012. – Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1970, última reforma publicada en DOF 09-04-2012. – Artículo 487. – Ley Federal sobre Metrología y Normalización, nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de julio de 1992, última reforma publicada en DOF 09-04-2012. – Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000, última reforma publicada en DOF 16-01- 2012. – Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002, última reforma publicada en DOF 15-06-2012. – Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Gubernamental, nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002, última reforma publicada en DOF 08-06-2012. – Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1999.
  • 7. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 7 de 50 Clave: 2000-002-005 – Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 1986, última reforma el 04-12-2009. – Contrato Colectivo de Trabajo IMSS-SNTSS 2011-2013 – Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006, última reforma el 20-01-2009. – Reglamento de Prestaciones Médicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006. – Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud publicado en Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2011. – Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación 28 de enero de 1997. – Reglamento de Servicios Médicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, y sus reformas y adiciones del 30 de septiembre del 2000 y 20 de agosto del 2002. – Norma que establece las disposiciones para la aplicación de los Programas Integrados de Salud PREVENIMSS, en el Instituto Mexicano del Seguro Social (2000-001-019) 07-12- 2012. 5. Atribuciones Son facultades de la Dirección de Prestaciones Médicas descritas en el artículo 82 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, las siguientes: I. Planear, dirigir y normar las acciones relacionadas con la prestación de los servicios médicos, de rehabilitación y de salud pública, atención de los riesgos de trabajo, educación e investigación en salud, así como analizar sus resultados; II. Normar la participación institucional en la atención de problemas de salud de la población en general, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con el Sistema Nacional de Salud; III. Atender los asuntos que le competen, en coordinación con las unidades administrativas a su cargo y los órganos Normativos, Colegiados, de Operación Administrativa Desconcentrada y Operativos;
  • 8. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 8 de 50 Clave: 2000-002-005 IV. Emitir la normatividad institucional relativa a vigilancia epidemiológica, medicina preventiva, fomento a la salud, salud reproductiva, salud materno infantil, educación médica, investigación médica, salud en el trabajo y la prestación de los servicios médicos y de rehabilitación en sus tres niveles de atención; V. Participar con las demás unidades administrativas y entidades del Sistema Nacional de Salud, en la vigilancia epidemiológica de la población; VII. Emitir la normatividad necesaria para la correcta y adecuada atención institucional de las disposiciones relacionadas con Cuadros Básicos de Insumos para la Salud, así como para la integración y funcionamiento de los comités correspondientes; X. Establecer coordinación con los Órganos Normativos correspondientes para definir conjuntamente políticas, programas y acciones dirigidas a la población usuaria en materia de salud; XI. Establecer, operar y explotar el sistema de información médica, de acuerdo con los lineamientos del Instituto y los del Sistema Nacional de Salud; XIII. Planear, dirigir y analizar en coordinación con los Órganos Normativos competentes, la capacitación y el fomento de la cultura de la calidad relacionada con la prestación de los servicios médicos; XV. Validar en campo los nuevos modelos de organización de servicios de salud, en coordinación con los órganos Normativos y de Operación Administrativa Desconcentrada, así como generalizar y normar aquellas acciones de calidad que se compruebe mejoran los procesos correspondientes; XVI. Orientar, capacitar y coadyuvar con los Órganos Normativos y de Operación Administrativa Desconcentrada competentes, en el desarrollo de propuestas de funciones, normas de operación, nuevos esquemas de funcionamiento y criterios de clasificación de unidades de servicio que garanticen la calidad de los servicios de salud; XVII. Administrar los proyectos de cambio, orientados a la mejora de la gestión clínica y a la satisfacción del usuario de las prestaciones médicas; XVIII. Diseñar y operar, en coordinación con los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, un sistema de seguimiento y evaluación de los procesos de atención a la salud; XIX. Normar y promover con la participación de los Órganos Normativos, de Operación Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, las acciones que impulsen la calidad y el mejoramiento de los procesos de atención a la salud;
  • 9. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 9 de 50 Clave: 2000-002-005 6. Políticas – Dirigirán los esfuerzos de las acciones preventivas, terapéuticas médicas y quirúrgicas, y de rehabilitación al derechohabiente, como actor principal en el proceso de la atención médica. – Otorgarán atención médica dando preferencia a las actividades de promoción y fomento de la salud, prevención del riesgo, protección, recuperación y rehabilitación en términos generales y reforzarán las medidas preventivas en el proceso de atención médica. – Implantarán acciones que permitan fortalecer la interacción entre los diferentes niveles de atención, así como el sistema de referencia y contrarreferencia de los pacientes en la zona de adscripción. – Propiciarán la participación de equipos multidisciplinarios de salud, para la identificación y solución de problemas de salud pública en la zona de adscripción. – Fortalecerán la difusión de acciones y procedimientos que permitan el autocuidado y la reducción de riesgo a la salud, a través de un proceso continuo de información, comunicación y educación para la salud. – Fortalecerán la formación, capacitación y el desarrollo técnico y profesional del personal para la salud. – Promoverán el desarrollo de investigación en salud, que permita el desarrollo científico y técnico de la atención médica, así como la detección oportuna de factores de riesgo en la población. – Dirigirán los programas de formación, capacitación y desarrollo técnico y profesional a equipos multidisciplinarios para la atención integral y tendrán que ser congruentes con las necesidades y demandas de la población derechohabiente, reflejadas en los resultados del diagnóstico situacional. – Propiciarán la evaluación técnica constante para detectar factores de riesgo e implantarán medidas preventivas para el cuidado del medio ambiente laboral para favorecer la salud física, mental, nutricia y social de los trabajadores. – Efectuarán los procesos de supervisión y evaluación en forma oportuna, así como las acciones de asesoría y apoyo a las áreas operativas de la Unidad, para favorecer los procesos en el otorgamiento de servicios.
  • 10. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 10 de 50 Clave: 2000-002-005 7. Organogramas Estructurales 7.1. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “A” J E F A T U R A S D E S E R V I C I O S UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN “A”, MODELO DE 200 Ó MÁS CAMAS Y DE MÁS DE 1000 PLAZAS AUTORIZADAS. DIRECCIÓN JEFATURA DE SERVICIO DE UMAA SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO MEDICINA FAMILIAR COORDINACIÓN CLÍNICA DE MEDICINA INTERNA COORDINACIÓN CLÍNICA DE CIRUGÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE GINECO- OBSTETRICIA COORDINACIÓN CLÍNICA DE AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO COORDINACIÓN CLÍNICA DE PEDIATRÍA MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS TERAPIA INTENSIVA MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN PEDIATRÍA NEONATOLOGÍA CIRUGÍA TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA ANESTESIOLOGÍA QUIRÓFANO GINECO- OBSTETRICIA RADIO- DIAGNÓSTICO RADIOTERAPIA JEFATURA DE LABORATORIO ANATOMÍA PATOLÓGICA MEDICINA NUCLEAR JEFATURA DE BANCO DE SANGRE JEFATURA DE SPPSTIMSS COORDINACIÓN CLÍNICA DE SALUD EN EL TRABAJO COORDINACIÓN CLÍNICA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO TOCOCIRUGÍA SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS.
  • 11. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 11 de 50 Clave: 2000-002-005 7.2. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “B” J E F A T U R A S D E S E R V I C I O S DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO MEDICINA FAMILIAR COORDINACIÓN CLÍNICA DE MEDICINA INTERNA COORDINACIÓN CLÍNICA DE CIRUGÍA COORDINACIÓN CLÍNICA DE GINECO- OBSTETRICIA COORDINACIÓN CLÍNICA DE AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO COORDINACIÓN CLÍNICA DE PEDIATRÍA MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS TERAPIA INTENSIVA MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN PEDIATRÍA CIRUGÍA TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA ANESTESIOLOGÍA GINECO- OBSTETRICIA RADIO- DIAGNÓSTICO RADIOTERAPIA JEFATURA DE LABORATORIO ANATOMÍA PATOLÓGICA JEFATURA DE BANCO DE SANGRE JEFATURA DE SPPSTIMSS COORDINACIÓN CLÍNICA DE SALUD EN EL TRABAJO COORDINACIÓN CLÍNICA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN “B”, MODELO DE 89 A 199 CAMAS Y DE 601 A 999 PLAZAS AUTORIZADAS. JEFATURA DE SERVICIO DE UMAA SPPSTIMSS:Serviciosde Prevención y Promociónde la Salud para los Trabajadores del IMSS.
  • 12. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 12 de 50 Clave: 2000-002-005 7.3. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “C” J E F A T U R A S D E S E R V I C I O S DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN DE MEDICINA FAMILIAR SUBDIRECCIÓN MÉDICA COORDINACIÓN CLÍNICA DE TURNO MEDICINA FAMILIAR MEDICINA INTERNA JEFATURA DE URGENCIAS PEDIATRÍA CIRUGÍA ANESTESIOLOGÍA GINECO- OBSTETRICIA RADIO- DIAGNÓSTICO JEFATURA DE LABORATORIO JEFATURA DE SPPSTIMSS SALUD EN EL TRABAJO EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN EN SALUD DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO DE FINANZASY SISTEMAS DEPARTAMENTO DE PERSONAL Y RELACIONES CONTRACTUALES DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN “C”, MODELO DE 57 A 89 CAMAS Y DE 301 A 600 PLAZAS AUTORIZADAS. SPPSTIMSS: Servicios de Prevención y Promoción de la Salud para los Trabajadores del IMSS.
  • 13. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 13 de 50 Clave: 2000-002-005 7.4. Unidad Médica Hospitalaria de Segundo Nivel de Atención “D” UNIDAD MÉDICA HOSPITALARIA DE 2do. NIVEL DE ATENCIÓN “D”, MENOS DE 57 CAMAS Y HASTA 300 PLAZAS AUTORIZADAS. DIRECCIÓN SUBDIRECCIÓN MÉDICA JEFATURA DE SERVICIO DE MEDICINA FAMILIAR DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA ADMINISTRACIÓN
  • 14. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 14 de 50 Clave: 2000-002-005 8. Funciones Sustantivas 8.1. Dirección – Organizar los procesos de atención médica integral y administrativa, conforme a la misión y visión de la Unidad y en su caso de Medicina Familiar y Unidad Médica de Atención Ambulatoria, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos – Integrar y mantener actualizado el acervo normativo, bibliográfico e informativo de la Unidad para el cumplimiento de sus funciones. – Vigilar y acatar el correcto cumplimiento de leyes, reglamentos y normas institucionales, así como las disposiciones dictadas por autoridades superiores del instituto y del sector salud. – Comunicar a los órganos dependientes de la Dirección, los objetivos, metas y programas asignados, así como los mecanismos para su ejecución; coordinar su evaluación, desarrollo y cumplimiento y comunicar a las Coordinaciones Delegacionales integrantes de la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas y Cuerpo de Gobierno de la Unidad, sobre los resultados obtenidos. – Coordinar la elaboración e integración del diagnóstico de salud y situacional de la Unidad, con base en los resultados de la información estadística de los servicios; identificar la problemática, definir acciones para su solución, integrar el programa de trabajo y presentarlo a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas para su autorización. – Coordinar y controlar los programas específicos de trabajo de las áreas de servicio de la Unidad, evaluar resultados con base en las metas, objetivos y el programa autorizado, comunicando al Cuerpo de Gobierno las decisiones emitidas al respecto por las autoridades delegacionales, para su difusión al personal operativo de la Unidad. – Implantar, supervisar y verificar la aplicación de los indicadores autorizados para la evaluación y medición del desempeño, productividad, calidad y eficiencia de los procesos y servicios médico-administrativos, así como difundir la metodología para su aplicación y los resultados obtenidos. – Informar a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas, los resultados de los programas y proporcionar los elementos adicionales de información que le sean requeridos.
  • 15. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 15 de 50 Clave: 2000-002-005 – Fortalecer la calidad y el mejoramiento continuo de los procesos de la atención médica integral, a través del desarrollo de programas de capacitación y de proyectos de investigación orientados a la solución de la problemática identificada en el diagnóstico situacional. – Efectuar supervisiones directas a las áreas de servicio de la Unidad, con el objeto de verificar que la atención a la población usuaria sea otorgada con calidad, oportunidad y sobre todo con sentido humano. – Supervisar el correcto desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica en el ámbito de la Unidad, así como de la operación y funcionamiento del sistema integral de información médica. – Supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos institucionales en materia de prevención y dictaminación de los riesgos de trabajo, determinación del estado de invalidez y beneficiario incapacitado, además de la reincorporación laboral y prevención y promoción de la salud en trabajadores IMSS en el ámbito de la Unidad y unidades médicas, sociales y administrativas dependientes. – Convocar y presidir reuniones con el Cuerpo de Gobierno de la unidad, a fin de definir estrategias de actuación y dar solución a la problemática detectada. – Integrar, presidir y vigilar el funcionamiento de los diferentes comités, subcomités, y comisiones; verificar el cumplimiento de las acciones acordadas en sus sesiones y evaluar resultados. – Verificar el cumplimiento de la vigilancia epidemiológica en la unidad, unidades de la zona y guarderías bajo su responsabilidad y el registro de la información epidemiológica específica, notificación inmediata de casos en sistemas especiales, de trascendencia, infecciones nosocomiales y brotes hospitalarios, comunitarios y de guardería, así como aplicar oportunamente las medidas de prevención y control en el ámbito que corresponda y notificar a la Delegación y en forma paralela a la Instancia de la Secretaría de Salud que corresponda. – Vigilar que se efectúe el seguimiento y control del sistema de referencia y contrarreferencia en su unidad y unidades en su área de influencia. – Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito de su competencia. – Gestionar y solicitar a las autoridades de la Delegación los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros necesarios para el correcto funcionamiento de la unidad, y que aseguren el cumplimiento de los objetivos y metas del programa de trabajo.
  • 16. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 16 de 50 Clave: 2000-002-005 – Sancionar la elaboración e integración del presupuesto anual de gastos de la unidad, de conformidad con el techo financiero asignado y presentarlo a las autoridades delegacionales para su autorización. – Verificar el correcto ejercicio del presupuesto autorizado, con base en los resultados del análisis de las variaciones presupuestales. – Verificar que la administración de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros asignados a la Unidad, se realice de acuerdo con las normas vigentes. – Aprobar los requerimientos de obras menores de su Unidad y presentar a la Delegación las propuestas de modificación a las áreas físicas de la Unidad, que rebasen su capacidad resolutiva. – Evaluar los casos de trabajadores de la Unidad que hayan incurrido en infracciones al Contrato Colectivo de Trabajo, suscribir las actas administrativas procedentes y turnar al área jurídica de la Delegación, dentro del plazo establecido, para la investigación y resolución correspondientes. – Vigilar que se proporcione la atención y solución a las demandas, quejas e inconformidades presentadas por la población derechohabiente. 8.2. Subdirección de Medicina Familiar – Evaluar y dirigir los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos. – Integrar el diagnóstico situacional, programa de trabajo y la gestión de recursos con la participación de las diferentes áreas médicas y administrativas de la Unidad y acorde a la misión y visión de la Unidad, al marco legal-normativo vigente y las Guías de Práctica Clínica. – Validar el proyecto del presupuesto anual de gastos de Medicina Familiar de conformidad con el techo financiero asignado y presentarlo al director de la Unidad para firma. – Vigilar el cumplimiento de las políticas, disposiciones institucionales y nacionales vigentes en materia de Atención Médica, Salud en el Trabajo, Prevención y Promoción de la Salud de los derechohabientes y Trabajadores IMSS, Salud Reproductiva, Vigilancia Epidemiológica, Programas Integrados de Salud. – Coordinar la ejecución de programas institucionales, programas emergentes o contingencias de la Unidad Médica.
  • 17. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 17 de 50 Clave: 2000-002-005 – Analizar los resultados obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos de la atención que se proporciona en el servicio de Medicina Familiar y que sea acorde al Programa de Trabajo, Normas y Procedimientos Institucionales, Guías de Práctica Clínica, Guías Técnicas y Guías para el Cuidado de la Salud. – Gestionar ante el Director de la Unidad las necesidades de espacios físicos dignos, equipo, instrumental, mobiliario de cada uno de los servicios de la Unidad, la cobertura de personal médico, paramédico y administrativo, de acuerdo a los indicadores de fuerza de trabajo. – Establecer vinculación extra institucional con organismos públicos y privados para dar cumplimiento a los programas de prevención, promoción y atención a la salud en el ámbito de su competencia. – Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así como su seguimiento. – Vigilar que los médicos de los servicios operativos de Atención Médica, Estomatología, Salud en el Trabajo, Planificación Familiar cumplan con sus actividades médico - asistenciales y técnico - administrativas establecidas en la normatividad vigente. – Coordinar las actividades del personal de salud para dar cumplimiento a los acuerdos institucionales y extra institucionales que coadyuven en la mejora continua de la calidad de los servicios y la seguridad de los pacientes, con base a la estructura y capacidad resolutiva de la Unidad. – Vigilar que la información generada de los estudios epidemiológicos, listados nominales de las enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica cumplan con la protección de datos personales de acuerdo a los lineamientos del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública. – Vigilar que la información generada de la atención preventiva integrada y acciones de planificación familiar se registre en el expediente clínico y/o en el formato RAIS, asimismo se expidan los informes correspondientes de los Programas Integrados de Salud. – Verificar que se genere y envíe oportunamente el informe semanal de casos nuevos de enfermedades transmisibles y no transmisibles, de acuerdo al calendario epidemiológico establecido.
  • 18. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 18 de 50 Clave: 2000-002-005 8.3. Jefatura de Servicio de Medicina Familiar – Organizar los procesos de la atención médica, conforme a la misión y visión de la Unidad con apego al marco legal y normativo vigente haciendo uso de indicadores, criterios o estándares definidos. – Elaborar su programa de trabajo considerando los factores biológicos, psicológicos, sociales, culturales, geográficos, las necesidades y demandas de su población, descritos en los diagnósticos situacionales elaborados por los médicos familiares y no familiares de los consultorios y servicios a su cargo, y entregar para su integración al Subdirector Médico o en su caso al Director de la Unidad. – Dar cumplimiento a las políticas, normas, procedimientos, lineamientos y programas emitidos por el IMSS y analizar con los responsables de los servicios, los resultados obtenidos del desarrollo de los diferentes procesos. – Vigilar el desarrollo de los procesos de la atención médica que se proporciona en los servicios de la Unidad y que sea acorde al programa de trabajo, normas institucionales y en su caso a las guías de práctica clínica, y comunicar los resultados al Subdirector Médico o en su caso al Director de la Unidad, para identificar áreas de mejora. – Supervisar que el médico no familiar (epidemiólogo), utilice los recursos humanos, materiales y financieros del servicio de medicina preventiva para la localización, identificación, notificación, diagnóstico, tratamiento, eliminación y clasificación de casos asociados epidemiológicamente, durante el desarrollo del estudio de los contactos de aquellos enfermos sujetos a vigilancia epidemiológica. – Participar con los Jefes de Servicio y coordinar con el personal a su cargo, la ejecución de programas institucionales, programas emergentes o contingencias de la Unidad. – Supervisar y asesorar a los médicos familiares, para el seguimiento de los derechohabientes a quienes se practique una detección y el resultado sea anormal, para que se le garantice la evaluación diagnóstica y tratamiento oportuno correspondiente. – Propiciar la participación de los médicos familiares en el control y seguimiento de las enfermedades transmisibles, no transmisibles, con base y cumplimiento en los documentos normativos y técnicos existentes. – Verificar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la prescripción razonada de medicamentos, el uso adecuado de los auxiliares de diagnóstico y del sistema de referencia-contrarreferencia para que éstos, se soliciten con base a los procedimientos normativos y guías de práctica clínica.
  • 19. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 19 de 50 Clave: 2000-002-005 – Supervisar y orientar a los médicos familiares y estomatólogos a su cargo sobre la prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo a los asegurados, de empresas afiliadas y trabajadores IMSS para que se fundamente el diagnóstico, con base a la historia natural de la enfermedad, el puesto específico de trabajo y el Reglamento de Prestaciones Médicas. – Supervisar que el personal de salud describa en forma integral en el sistema de información vigente o formatos institucionales, el motivo de la atención médica, el servicio otorgado y validar la calidad de los mismos con base a la normatividad institucional y federal vigente. – Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por éstos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente, así como su seguimiento. – Coordinar las actividades del personal de salud, para atender los acuerdos institucionales y extrainstitucionales que coadyuvan en la mejora continua de la calidad de los servicios y la seguridad del paciente. 8.4. Subdirección Médica – Organizar, los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Coordinar y controlar las áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica a su cargo. – Realizar las funciones del Director de la Unidad en caso de ausencia del mismo. – Difundir y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas médico-asistenciales emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto en las coordinaciones, áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica. – Promover la participación del personal dependiente de la Subdirección Médica, en la elaboración o actualización de normas y programas médico-asistenciales y presentar a la Dirección de la Unidad, las propuestas resultantes para su valoración. – Coordinar la integración del diagnóstico situacional de las diferentes coordinaciones, áreas y servicios dependientes de la Subdirección Médica. – Elaborar el programa de trabajo de la Subdirección Médica y coordinar la integración de los diferentes servicios para conformar el programa de trabajo de la Unidad.
  • 20. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 20 de 50 Clave: 2000-002-005 – Comunicar a los Coordinadores Clínicos las metas comprometidas de cada servicio, derivadas del programa de trabajo autorizado y del diagnóstico situacional, efectuar el seguimiento correspondiente e informarles de los resultados de la evaluación practicada para verificar su avance y cumplimiento. – Vigilar que los servicios médicos se otorguen con calidad, oportunidad, seguridad y sentido humano. – Controlar la aplicación de medidas de solución a los problemas que se presentan en los procesos de atención médica identificados en el diagnóstico situacional de la Unidad. – Vigilar que se realice el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, entre la Unidad y otras unidades en la zona de influencia. – Vigilar el uso correcto de certificados de incapacidad y de recetarios, entregados al personal médico facultado para su expedición. – Coordinar las acciones para la investigación, prevención y control de infecciones asociadas a la hospitalización, la valoración de la efectividad de la atención quirúrgica y de los mecanismos para la evaluación y seguimiento de la atención médica. – Supervisar que el personal médico a cargo de la Subdirección Médica identifique los padecimientos sujetos a vigilancia epidemiológica, y notificación al médico epidemiólogo o responsable de la vigilancia epidemiológica para su control y prevención en forma oportuna, contribuyendo con ello a limitar el daño en la población. – Supervisar la participación de las Coordinaciones Clínicas y Jefaturas de Servicio en los diferentes comités y subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico situacional, programas de trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora. – Evaluar el resultado de los procesos de registro, integración, proceso, validación y difusión de la información médica generada en la Unidad, así como la debida protección durante la recepción, traslado y entrega de informes, correspondencia y medios magnéticos y aplicar soluciones a la problemática detectada. – Supervisar la aplicación de los indicadores autorizados de productividad, desempeño, calidad y eficiencia de los servicios médicos otorgados en la Unidad y evaluar sus resultados. – Establecer la comunicación necesaria con el Coordinador Clínico de Turno, a fin de garantizar la continuidad del proceso de atención médica en la Unidad, para los turnos vespertino y nocturno.
  • 21. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 21 de 50 Clave: 2000-002-005 – Coordinar la interrelación productiva entre los Equipos de Supervisión Delegacional y los responsables de los diversos servicios de la Unidad, para facilitar el buen desarrollo de las supervisiones. – Promover y apoyar las acciones de capacitación, desarrollo e investigación científica del personal dependiente de la Subdirección Médica, a fin de dar continuidad y calidad a la atención médica integral. – Asesorar y apoyar en aspectos técnico-médicos, a los diferentes servicios dependientes de la Subdirección Médica. – Promover el uso racional de los recursos de personal, materiales, tecnológicos y financieros asignados a la Subdirección Médica y órganos dependientes. – Aplicar la supervisión directiva en la evaluación de los procesos de atención médica a su cargo. – Establecer estrecha coordinación con la Subdirección Administrativa, para solicitar el abasto oportuno de equipo, material de curación y ropa hospitalaria, así como de la atención a las solicitudes de mantenimiento y conservación de los equipos e instalaciones de las áreas de atención médica. – Establecer estrategias de coordinación entre los distintos servicios de la Unidad, para lograr su interrelación funcional (vinculación interna), y favorecer la continuidad de la atención médica integral. – Participar en la supervisión directa a los diferentes servicios de la Unidad, para garantizar la atención oportuna y de calidad. – Informar al Director de la Unidad, sobre el avance en el cumplimiento de metas y resultados del programa de trabajo médico-asistencial, con la periodicidad establecida. – Atender a los derechohabientes que manifiesten inconformidades, quejas o sugerencias, con el objetivo de gestionar inmediatamente su resolución y promover estrategias de mejora para evitar la repetición de las quejas o inconformidades. – Coordinar la integración de la información para dar respuesta a las quejas remitidas por las diferentes instancias intra y extra institucionales de acuerdo al Instructivo para el trámite y resolución de quejas administrativas ante el IMSS.
  • 22. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 22 de 50 Clave: 2000-002-005 8.5. Coordinación Clínica de Turno – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Conocer y aplicar en el turno bajo su responsabilidad, las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto relativas a los aspectos médico- asistenciales de la Unidad; identificar desviaciones en su aplicación, coordinar las acciones y tomar medidas para su solución. – Mantener estrecha coordinación con el Subdirector Médico, para garantizar la continuidad de la función directiva, así como la calidad en la atención médica de los pacientes en la Unidad, durante el turno de su responsabilidad. – Verificar la participación de las Coordinaciones Clínicas en los diferentes comités y subcomités de la Unidad, para la elaboración del diagnóstico situacional, programas de trabajo, informes y definir e implementar acciones de mejora. – Vigilar y controlar los procesos de atención médica y administrativos durante el turno bajo su responsabilidad, así como efectuar visitas de supervisión a los servicios y adoptar medidas procedentes en caso de detectar alguna desviación. – Vigilar que se proceda de acuerdo con las normas vigentes, en los casos de pacientes implicados en situaciones judiciales y que hayan ingresado a la Unidad durante el turno bajo su responsabilidad. – Realizar la entrega-recepción del turno bajo su responsabilidad e informar al Subdirector Médico de la problemática relevante y soluciones adoptadas. – Promover la coordinación necesaria entre los distintos servicios de la Unidad, que operen en el turno bajo su responsabilidad, para favorecer una óptima interrelación funcional. 8.6. Coordinaciones Clínicas – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Participar y coordinar la elaboración del diagnóstico situacional y el programa de trabajo de los servicios a su cargo y presentarlos al Subdirector Médico para su aprobación.
  • 23. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 23 de 50 Clave: 2000-002-005 – Aplicar y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto, relativas a los aspectos médico-administrativos de los servicios a su cargo. – Validar la aplicación de los lineamientos técnico-médicos y administrativos del proceso de atención médica de los servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo. – Supervisar que en los servicios a su cargo se realicen las actividades de vigilancia, prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica. – Evaluar los resultados de los procesos de atención médica que se desarrollan en los servicios a su cargo, con base en los criterios, estándares, e indicadores establecidos por las direcciones normativas y definir las medidas de solución a las variaciones detectadas. – Validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere en los servicios dependientes de la Coordinación. – Efectuar el control del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, de los servicios dependientes de la Coordinación Clínica a su cargo. – Validar las necesidades de capacitación y desarrollo así como los proyectos de investigación propuestos por el personal dependiente, orientados a la solución de la problemática identificada en el diagnóstico situacional de la Coordinación Clínica a su cargo. – Participar en los diferentes comités y subcomités de la Unidad que se le solicite y cumplir con las recomendaciones emitidas en el ámbito de su competencia. – Participar en la determinación del presupuesto anual de gastos de la Coordinación, tomando como base las políticas de racionalidad presupuestal y autonomía de gestión. – Identificar las necesidades de recursos humanos, técnicos, materiales y financieros y solicitar al Subdirector Médico su cobertura, para asegurar el cumplimiento de metas y objetivos de los servicios dependientes de la Coordinación. – Organizar y controlar los recursos humanos e insumos de la Coordinación, de acuerdo con las metas y presupuesto asignado. – Validar el cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de equipo e instalaciones de la Coordinación. – Concertar con el Subdirector Médico, las estrategias para el desarrollo de los procesos médico-administrativos que se desarrollan en la Coordinación y servicios dependientes.
  • 24. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 24 de 50 Clave: 2000-002-005 – Definir estrategias de coordinación entre los diferentes órganos de la Unidad y Servicios, para favorecer su interrelación funcional óptima. – Fomentar actitudes de servicio y relaciones armónicas entre el personal dependiente de la Coordinación, para lograr la satisfacción de los usuarios y del propio trabajador. – Informar al Subdirector Médico los resultados de las metas y programas asignados, así como de la aplicación del proceso de autogestión administrativa de la Coordinación. 8.7. Jefaturas de Servicios Clínicos – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de atención médica y administrativos en el ámbito de su competencia con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Aplicar las políticas, normas y programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto relativas a los aspectos médico-asistenciales del servicio a su cargo, así como las estrategias para su ejecución. – Implantar los lineamientos normativos de manejo técnico-médico y técnico-administrativo del proceso de la atención médica en el servicio a su cargo. – Supervisar en los servicios a su cargo se realicen las actividades de la vigilancia, prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica. – Informar al personal del servicio a su cargo los resultados de la evaluación del cumplimiento de metas y objetivos del programa de trabajo. – Difundir al personal del servicio a su cargo las metas a alcanzar en los diferentes programas emitidos por las Direcciones Normativas del Instituto y lograr la motivación adecuada en el personal para lograrlas, dentro de un proceso de mejora continua. – Elaborar el programa de trabajo del servicio a su cargo, con base en los resultados de su diagnóstico situacional y presentarlo al Coordinador Clínico para su aprobación, para su posterior desarrollo y control. – Participar en las reuniones de los diferentes comités de la Unidad y desempeñar las labores encomendadas en los mismos. – Verificar que la atención médica se otorgue a los pacientes de forma integral, con calidad, oportunidad y seguridad.
  • 25. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 25 de 50 Clave: 2000-002-005 – Evaluar el proceso de la atención médica en el servicio a su cargo con base en los criterios, estándares e indicadores establecidos por las Direcciones Normativas, así como definir y aplicar soluciones para mejorar los resultados – Participar en las reuniones de Cuerpo de Gobierno del Hospital a fin de analizar los resultados de la operación del servicio y determinar medidas de solución a la problemática detectada. – Participar y colaborar con el equipo de salud en la visita médica de los pacientes hospitalizados en su servicio. – Participar con el personal médico tratante en el análisis de casos clínicos problema detectados, para determinar el diagnóstico y terapia procedentes. – Supervisar la aplicación de controles del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes así como el seguimiento y evaluación correspondientes. – Analizar y validar la información médico-operativa y técnico-administrativa que se genere en el servicio a su cargo. – Proponer al Coordinador Clínico las necesidades de capacitación y desarrollo de personal del servicio a su cargo. – Proponer al Coordinador Clínico los proyectos de investigación del personal del servicio a su cargo, dirigidos a la solución de problemas identificados en el diagnóstico situacional. – Apoyar el otorgamiento de la atención médica integral mediante el uso racional, coordinado y oportuno de los recursos existentes en la Unidad. – Identificar las necesidades de recursos de personal, físicos, materiales y tecnológicos del servicio a su cargo y presentarlas al Coordinador Clínico respectivo. – Colaborar en la determinación del presupuesto anual de gastos del servicio a su cargo. – Participar en el establecimiento de dotaciones fijas de insumos del servicio a su cargo con base en la demanda de atención médica. – Colaborar en la elaboración de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los recursos físicos, materiales y tecnológicos del servicio a su cargo. – Acordar y desarrollar con el Coordinador Clínico, otras Jefaturas de Servicio, y órganos internos y del servicio, las estrategias para el mejor desarrollo del proceso administrativo y de atención médica.
  • 26. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 26 de 50 Clave: 2000-002-005 – Vigilar que la interacción con otros servicios clínicos se de en forma adecuada por parte del servicio a su cargo. – Fomentar la actitud de servicio y las relaciones interpersonales armónicas en el personal del servicio a su cargo para lograr la satisfacción del usuario y de los prestadores de servicios. – Participar en la revisión y análisis de la subsecuencia en la Consulta Externa de Especialidades. – Coordinar con el Subdirector Médico, Coordinador Clínico de Turno o Coordinadores Clínicos, según sea el caso, la gestión de la consulta externa de especialidades. – Difundir las Guías de Práctica Clínica entre el personal operativo bajo su responsabilidad. 8.8. Jefatura de Servicio de UMAA – Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica que se proporciona en la UMAA, que sea acorde a la misión y visión de la Unidad, a su programa de trabajo, al marco legal - normativo vigente y a las Guías de Práctica Clínica. – Elaborar el diagnóstico situacional, diagnóstico de salud y con base en éste, su programa de trabajo y entregarlo para su integración al Coordinador Clínico. – Supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica que se proporciona en los servicios de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria, prescripción de medicamentos, prescripción y expedición de certificados de incapacidad temporal para el trabajo y el sistema de referencia-contrarreferencia y entregar los resultados al Coordinador Clínico. – Participar con los Jefes de Servicios Clínicos de la Unidad y coordinar con el personal a su cargo, la ejecución de programas institucionales, emergentes o contingencias de la Unidad Médica de Atención Ambulatoria. – Participar en los diferentes comités y comisiones en el ámbito de su competencia que se integran en la Unidad y dar cumplimiento de las recomendaciones emitidas por estos, con énfasis en quejas, demandas o inconformidades de la población derechohabiente. – Vigilar que el Departamento de Conservación de la Unidad realice el programa de mantenimiento preventivo y correctivo del quirófano así como los controles de calidad.
  • 27. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 27 de 50 Clave: 2000-002-005 – Supervisar que el personal de salud describa en forma integral en el sistema de información vigente o formatos institucionales, el motivo de la atención médica, el servicio otorgado y validar la calidad de los mismos con base a la normatividad. – Coordinar las actividades del personal de salud para atender los acuerdos institucionales y extrainstitucionales y coadyuvar en la mejora continua de la calidad de los servicios y la seguridad de los pacientes. 8.9. Jefatura de Servicio de Prevención y Promoción de la Salud para Trabajadores IMSS (SPPSTIMSS) – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de prevención y promoción de la salud para trabajadores del Instituto con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Elaborar el diagnóstico situacional y el programa de trabajo del servicio en el ámbito de su competencia. – Gestionar y controlar la asignación de recursos humanos, materiales e insumos necesarios para el desarrollo óptimo de las actividades del servicio. – Coordinar las actividades de la política IMSS “Libre de humo de tabaco”, conforme a la normatividad establecida. – Gestionar los casos de trabajadores IMSS con incapacidad temporal recurrente o que superan los días estimados de recuperación para el trabajo, a fin de favorecer la reincorporación laboral oportuna. – Coordinar las acciones de vigilancia del ambiente de trabajo en los centros laborales IMSS y recorridos por la Comisión Local Mixta de Seguridad e Higiene de su área de influencia. – Otorgar atención médica de primeros auxilios a trabajadores IMSS de su centro de trabajo. – Informar el avance de las actividades al Director de la Unidad, Coordinador Auxiliar Delegacional del SPPSTIMSS y a las Autoridades Delegacionales y Normativas Institucionales que lo requieran y retroinformar al personal a su cargo. – Evaluar el comportamiento de los indicadores de desempeño y en su caso implementar estrategias para la mejora de los procesos.
  • 28. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 28 de 50 Clave: 2000-002-005 8.10. Coordinación Clínica de Salud en el Trabajo – Planear, organizar, dirigir, participar y evaluar los procesos y programas de salud, seguridad e higiene en el trabajo con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Elaborar el diagnóstico situacional y el programa de trabajo, en el ámbito de su competencia. – Participar en la elaboración de metas programáticas de su área de influencia y analizar periódicamente su comportamiento. – Coordinar el funcionamiento de los servicios de Salud en el Trabajo en el ámbito de la Unidad y de su área de influencia, de acuerdo con los procedimientos institucionales. – Asesorar a los médicos de Salud en el Trabajo de su Unidad y de las Unidades de Medicina Familiar de su área de influencia, para el desarrollo de los procesos en materia de prevención y dictamen de los riesgos de trabajo, estado de invalidez, beneficiario incapacitado y reincorporación laboral. – Informar a la Subdirección Médica el número de consultas otorgadas de Salud en el Trabajo, para la aplicación de capitales constitutivos en los casos certificados por el área de Afiliación-Cobranza de la Delegación. – Efectuar conjuntamente con el servicio de Epidemiología y Análisis de la Información Médica, estudios para identificar y resolver las causas que interfieren en el proceso de atención médica para los trabajadores de centros laborales IMSS y de empresas afiliadas. – Integrar y tramitar oportunamente la información solicitada por las autoridades de la Unidad, con motivo de inconformidades y demandas relacionadas con dictámenes de riesgo de trabajo e invalidez. – Emitir opiniones médico-técnicas relativas a demandas que en materia de riesgo de trabajo e invalidez presentan los trabajadores o patrones, a través de las autoridades superiores o de otros órganos del Instituto. – Representar al Instituto en las funciones de peritaje médico-técnico, ante las Juntas Federal o Locales de Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público o autoridad que lo requiera, en situaciones de demanda interpuesta por trabajadores o patrones en materia de Riesgos de Trabajo e Invalidez, cuando lo indique la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas. – Supervisar el comportamiento de los indicadores de evaluación de resultados del servicio, referentes a la productividad, desempeño, calidad y eficacia.
  • 29. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 29 de 50 Clave: 2000-002-005 – Integrar los informes estadísticos del servicio para alimentar el sistema integrado de información y para las autoridades de la Unidad. – Validar la motivación y fundamentación de los dictámenes de incapacidad permanente, invalidez y beneficiario incapacitado elaborados por los servicios de Salud en el Trabajo de su área de influencia. – Informar en tiempo y forma a la Coordinación Delegacional de Salud en el Trabajo y Director de la Unidad de manera sistemática los resultados de los procesos, programas y metas de su responsabilidad. 8.11. Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos y programas de educación e investigación en salud con calidad y eficiencia, conforme a la misión y visión de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente. – Participar en la elaboración del diagnóstico situacional, programa de trabajo y de los reportes de las metas programáticas y presupuestales de la Unidad, en lo que corresponde al área de investigación y educación en salud. – Planear, desarrollar y evaluar los programas educativos de formación de recursos humanos, innovación educativa e investigación en salud, sustentados en las necesidades de la operación y en las condiciones de salud de la población derechohabiente. – Establecer coordinación con el área de Epidemiología para la identificación de factores determinantes de riesgo a la salud comunitaria, para orientar los programas de educación e investigación en salud de la Unidad y participar en los correspondientes de las Unidades de Medicina Familiar dentro de la zona de influencia. – Promover la interrelación de los programas de educación e investigación en salud, con los procesos de atención médica de los servicios y las especialidades con que cuenta la Unidad. – Aplicar los indicadores para la evaluación de resultados de productividad, desempeño, eficiencia y calidad de los programas de educación e investigación en salud e informar a la Dirección de los resultados obtenidos así como a la Delegación y al personal de la Unidad. – Participar en los diferentes comités, subcomités y subcomisiones de la Unidad en el ámbito de su competencia y aplicar las acciones y estrategias que de ellos se deriven. – Difundir y dar cumplimiento a las normas, procedimientos, lineamientos y programas emitidos por el IMSS, de los procesos relacionados con la educación e investigación en salud y analizar con los responsables de los servicios los resultados obtenidos.
  • 30. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 30 de 50 Clave: 2000-002-005 – Coordinar los programas de Alerta y Diseminación Selectiva de Información específicos para satisfacer la demanda de información científica del equipo de salud de la Unidad. – Fungir como Secretario del Comité Local de Investigación en Salud que se integre en la Unidad, de acuerdo a las disposiciones y reglamentos institucionales vigentes. – Promover la investigación en los diferentes campos del conocimiento, para contribuir a la solución de problemas identificados durante el desarrollo del proceso de atención a la salud y de educación en salud. – Vigilar el desarrollo responsable de las actividades de investigación en salud en la Unidad, con cumplimiento de la Ley General de Salud y de su Reglamento en Materia de Investigación para la Salud, así como de las disposiciones institucionales en investigación en salud. – Vigilar que todos los protocolos de investigación en salud que se desarrollan en la Unidad cuenten con registro institucional en el Sistema de Registro Electrónico de la Coordinación de Investigación en Salud (SIRELCIS). – Orientar y asesorar al personal para la atención de la salud de la Unidad, docentes e investigadores en la elaboración y desarrollo de programas educativos y protocolos de investigación y promover la publicación de artículos científicos. – Coordinar las actividades del personal becado y becario que desarrolla procesos de formación en la Unidad de acuerdo a los programas educativos vigentes y favorecer la participación del personal médico y paramédico en las actividades docentes. – Promover la profesionalización de su personal docente. – Coordinar el análisis y la integración de la información de los sistemas de educación e investigación médicas, así como coordinar el uso y mantenimiento de sistemas y equipo de cómputo que apoyan el desarrollo de los procesos académicos y administrativos de su competencia. – Coordinar, evaluar y controlar el funcionamiento de los centros de documentación en salud o salas de lectura, para ofrecer al personal el acervo de material, información científica actualizada programas y sistemas de información automatizada y difundir los servicios que prestan. 8.12. Departamento de Enfermería – Difundir y aplicar las políticas, normas y programas emitidos por la Dirección de Prestaciones Médicas, relativas a los procesos médico-asistenciales del servicio de enfermería y validar su eficiencia y actualización.
  • 31. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 31 de 50 Clave: 2000-002-005 – Participar en la implementación y evaluación de los programas institucionales y de la Unidad en el ámbito de su competencia, utilizando las herramientas administrativas y de gestión más eficaces y que mejor se adaptan a las necesidades de la Unidad Hospitalaria. – Desarrollar, organizar, implementar, evaluar y controlar el diagnóstico situacional del Departamento en coordinación con el personal de enfermería a su cargo y con base en los resultados, elaborar el programa de trabajo y presentar al Subdirector Médico y/o Director de la Unidad para su aprobación. – Participar en los comités o subcomités de la Unidad en el ámbito de su competencia, así como en el diseño, implementación, supervisión y evaluación de estrategias de mejora. – Informar al Director y/ o Subdirector Médico y personal operativo de enfermería de los resultados obtenidos en la evaluación de procesos, implementación de estrategias y avance en el cumplimiento de metas y programa de trabajo. – Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos en los que participe el personal de enfermería para que los cuidados de enfermería se proporcionen libres de riesgos, de manera continua, oportuna, humana y que satisfagan la demanda de atención. – Desarrollar programas permanentes de supervisión de los procesos en los que participe el personal de enfermería para identificar áreas de oportunidad, con la finalidad de que la atención se otorgue con oportunidad, calidad y eficiencia. – Propiciar que los registros derivados de la atención de enfermería se realicen con apego a la normatividad institucional de manera que apoye la toma de decisiones encaminadas a fortalecer la oportunidad, continuidad y calidad de la atención del cuidado de enfermería. – Evaluar los servicios de enfermería a través de indicadores de calidad de la atención, eficacia y productividad que permitan detectar áreas de oportunidad e instrumentar procesos de mejora continua. – Participar en la gestión, organización, evaluación y control de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios en el ámbito de su competencia, que permitan el uso racional y eficiente para favorecer la calidad en el cuidado al paciente, familia y comunidad, así como el óptimo desempeño del personal de enfermería. – Colaborar en la elaboración de programas de autocuidado de la salud y prevención de riesgos de trabajo para el personal de enfermería. – Vigilar el cumplimiento de las metas Internacionales para la seguridad del paciente e implementar y evaluar las medidas necesarias para su observancia.
  • 32. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 32 de 50 Clave: 2000-002-005 – Proponer estrategias para mejorar los sistemas de información acerca del estado de salud del paciente con el fin de promover la comunicación entre el personal de enfermería y otros profesionales de la salud. – Analizar y validar la información de los procesos operativos del Departamento e integrar resultados estadísticos para alimentar el sistema integral de información Institucional. – Promover, desarrollar, dirigir y apoyar el desarrollo de proyectos de investigación en el cuidado de enfermería y los servicios de salud, así como la utilización de la enfermería basada en la evidencia y el uso de los resultados de la investigación. – Promover y supervisar que se atiendan las recomendaciones contenidas en las Guías de Práctica Clínica durante el proceso de la atención de enfermería – Desarrollar, implementar y evaluar programas de capacitación, adiestramiento e inducción al puesto en colaboración con otros departamentos y la Coordinación de Educación e Investigación Médica de la Unidad. – Establecer estrategias que aseguren la participación del personal de enfermería en programas de educación continua para la salud, con base en las necesidades detectadas, con el apoyo de la Coordinación de Educación e Investigación Médica de la Unidad. – Participar en los programas institucionales e interinstitucionales de reconocimiento a la actuación profesional del personal de enfermería; así como planear, implementar y evaluar programas internos que promuevan el reconocimiento al desempeño en la Unidad. – Participar en la implementación, análisis, registro y evaluación del Sistema de Vigilancia de Eventos Centinela y Riesgos (VENCER II). – Participar en el diseño, implantación y evaluación de estrategias ante urgencias o emergencias epidemiológicas. – Promover la separación adecuada de desechos hospitalarios con el propósito de disminuir los riesgos de accidentes o exposición a agentes infecciosos en el personal, pacientes familiares y visitantes. – Participar con el Departamento de Conservación de la Unidad en la programación de acciones de mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento, instalaciones y áreas físicas del Departamento.
  • 33. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 33 de 50 Clave: 2000-002-005 8.13. Departamento de Trabajo Social – Conocer, difundir e implantar las normas institucionales, correspondientes a Trabajo Social de las diferentes áreas de la Dirección de Prestaciones Médicas, para su correcta aplicación. – Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos de trabajo social médico, conforme a la normatividad vigente. – Elaborar el diagnóstico situacional y programa de trabajo de su servicio y entregarlo al Director o Subdirector Médico de la Unidad para su integración. – Participar con el Cuerpo de Gobierno de la Unidad en la planeación, organización y ejecución de las acciones en apoyo a los programas institucionales e internos de la Unidad Médica en los que interviene el Departamento. – Administrar los recursos humanos, materiales y técnicos asignados al Departamento. – Coordinar y jerarquizar las acciones e intervenciones del Departamento con otros servicios intra y extra-institucionales para otorgar la atención social oportuna y de calidad. – Participar con el médico epidemiólogo o responsable de la vigilancia epidemiológica para sensibilizar al paciente para continuar con su tratamiento y control epidemiológico. – Promover la aplicación de la metodología de trabajo social de casos, para contribuir en la investigación social de los factores sociales que interfieren en la salud de la población derechohabiente. – Promover la elaboración de los estudios de investigación social, con el personal operativo del Departamento, así como asesorar y participar en los protocolos de investigación multidisciplinario, en coordinación con la Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud. – Supervisar y evaluar los resultados del cumplimiento de los indicadores de desempeño e identificar las desviaciones y puntos débiles de los procesos sustantivos, que afecten la calidad de atención social. – Identificar necesidades de capacitación del personal del Departamento y promover conjuntamente con la Coordinación Clínica de Educación e Investigación en Salud, los cursos necesarios. – Proporcionar al departamento de informática de la Unidad los datos informativos correspondientes que se generen de la operación del Departamento.
  • 34. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 34 de 50 Clave: 2000-002-005 – Proporcionar al Director y Coordinador Delegacional de Trabajo Social la información cualitativa y cuantitativa de los resultados de su servicio y proponer estrategias para su mejora continua. – Participar en las reuniones de trabajo de comités y comisiones que se integren en la Unidad para identificar la intervención social de acuerdo a la problemática social que se presente. – Promover orientar y canalizar a los derechohabientes a los servicios de medicina preventiva de su unidad médica de adscripción, en el primer nivel de atención. – Vigilar que el personal del Departamento efectúe acciones relacionadas con la prevención de enfermedades, salud materna, salud en el trabajo, en la atención al daño a la salud y en la rehabilitación de la población derechohabiente. 8.14. Departamento de Nutrición y Dietética – Difundir y aplicar las políticas, normas y programas emitidos por la Dirección de Prestaciones Médicas, relativas a los procesos médico-asistenciales del servicio de nutrición y dietética, validar su eficiencia, eficacia y productividad. – Integrar el diagnóstico situacional de la atención nutricia que se proporciona a pacientes y de las áreas que conforman el Departamento. – Elaborar el programa de trabajo con base en los resultados del diagnóstico situacional y participar en los programas generales de las áreas dependientes de las Coordinaciones Clínicas, en lo referente a la atención nutricia. – Coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de programas específicos de atención nutricia y educación nutriológica individual y grupal en los procesos de atención médica. – Planear, organizar, dirigir y controlar sistemas de trabajo y de alimentos así como los, procedimientos y actividades de las áreas que integran el Departamento, de acuerdo con las normas vigentes. – Definir con las Coordinaciones Clínicas, los criterios de tratamiento nutricio en las enfermedades de las diversas especialidades que se manejan en la Unidad. – Supervisar en los servicios a su cargo se realicen las actividades de la vigilancia, prevención y control de las infecciones nosocomiales de acuerdo a la normatividad, así como la notificación inmediata de los casos sujetos a la vigilancia epidemiológica.
  • 35. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 35 de 50 Clave: 2000-002-005 – Organizar con los responsables de las Coordinaciones Clínicas, la integración de profesionales de nutrición en los equipos de salud de las diferentes especialidades, de acuerdo con las necesidades y prioridades de la atención médica. – Verificar la participación del profesional de nutrición en la visita médica, sesiones clínicas, proyectos de investigación y actividades académicas, en los procesos de la atención médica con los que se interactúa. – Supervisar el desarrollo de acciones de atención nutricia de pacientes, respecto a la valoración de su estado nutricio, elaboración e integración de registros dietéticos, congruencia del tratamiento nutricio con el diagnóstico, notas de evolución en el expediente clínico y enlace de turnos para el suministro de dietas correspondiente. – Coordinar la elaboración, programación y actualización de minutas del Sistema de Planeación y Control de Alimentos para pacientes y personal, con base en las prescripciones dietéticas y hábitos alimentarios. – Coordinar y verificar la aplicación de procedimientos para la solicitud, registro, actualización y suministro de prescripciones dietéticas en los servicios de hospitalización y urgencias mediante la aplicación de los procedimientos para la planeación y cálculo de aportes de nutrimentos conforme a la prescripción médica y requerimientos del paciente. – Participar en la organización y funcionamiento del servicio en los diferentes procesos que interviene el personal del Departamento, para satisfacer las necesidades de los derechohabientes. – Coordinar con el Departamento de Enfermería los lineamientos de entrega de vales y dietas a pacientes. – Coordinar y supervisar la aplicación de los procedimientos para la preparación, distribución y control de temperatura de la alimentación que se suministra a pacientes y personal de la Unidad, así como de los criterios de oportunidad, calidad y calidez. – Supervisar se efectúe la valoración de ingesta y tolerancia de alimentos así como complicaciones gastrointestinales o metabólicas que presenten los pacientes, para la adecuación de sus dietas e integración al expediente clínico de registros dietéticos y notas de evolución de los pacientes. – Evaluar el grado de satisfacción de pacientes y personal en lo referente a la atención nutricia y calidad de la alimentación, mediante la aplicación de encuestas e indicadores, establecidos. – Diseñar e implantar mecanismos que garanticen la continuidad de las acciones de atención nutricia en los diferentes turnos, conforme a las indicaciones médicas.
  • 36. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 36 de 50 Clave: 2000-002-005 – Verificar se proporcionen las indicaciones y orientación nutriológica necesaria a pacientes y familiares para su conocimiento y participación en el cumplimiento del tratamiento dietético durante su estancia hospitalaria y cuando se prescriba su alta. – Elaborar conjuntamente con el Comité de Infecciones asociadas a hospitalización el programa anual para el control sanitario de materia prima, personal, equipo y áreas del Departamento, conforme a la normatividad vigente y vigilar su cumplimiento. – Supervisar la aplicación de los procedimientos para recolección, lavado, higienización de vajilla, enseres, mobiliario, equipo y en caso necesario, su esterilización, así como coordinar la elaboración y desarrollo de programas de limpieza exhaustiva y rutinaria, así como el lavado de manos normado. – Analizar los registros estadísticos y de productividad sobre el número de raciones suministradas a pacientes y establecer comunicación continua con el Departamento de Personal y Relaciones Contractuales, para determinar las correspondientes al personal de la Unidad y el control de comensales con derecho a la prestación, para determinar costos y presupuestos. – Administrar y controlar los recursos de personal, materiales y presupuestales asignados al Departamento y programar su dotación oportuna conforme la demanda de la operación. – Participar con el Departamento de Finanzas y Sistemas de la Unidad, en la elaboración del presupuesto anual de gastos y metas del departamento, análisis de su comportamiento, justificación de variaciones presupuestales y el levantamiento de inventarios del almacén de víveres, así como para el pago a proveedores de alimentos. – Coordinar con el Departamento de Conservación de la Unidad, la programación de acciones de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos, instalaciones y áreas físicas del Departamento. – Coordinar con el Departamento de Abastecimiento de la Unidad, para la gestión y el suministro del consolidado de materiales e insumos para la operación del Departamento de acuerdo a los criterios de calidad, cantidad y presentación de conformidad con las normas vigentes. – Participar en los comités y reuniones del Cuerpo de Gobierno de la Unidad en el ámbito de su competencia, para la evaluación de acciones y toma de decisiones para la mejora continua de la calidad de la atención médica integral que se proporciona a los pacientes y en particular, para la solución de problemática que afecte la operación del Departamento. – Elaboración y análisis de los informes mensuales e informar al Subdirector Médico los resultados de las evaluaciones practicadas a los procesos operativos.
  • 37. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 37 de 50 Clave: 2000-002-005 8.15. Subdirección Administrativa – Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos administrativos, que sea acorde a la misión y visión de la Unidad, a su programa de trabajo, y al marco legal-normativo vigente – Interpretar, transmitir y supervisar la aplicación de las disposiciones dictadas por la Dirección de la Unidad, así como las normas emanadas del nivel normativo central, regional y Delegacional. – Administrar los recursos humanos, técnicos, materiales, tecnológicos y financieros que se requieran para el funcionamiento de la Unidad y evaluar su desempeño de acuerdo con la normatividad establecida. – Analizar la productividad, eficiencia y calidad de los procesos por centro de costo, e informar y proponer acciones al Director y Cuerpo de Gobierno de la Unidad, para la adecuada toma de decisiones. – Informar al Director de la Unidad y difundir la normatividad institucional para la correcta y adecuada atención de las disposiciones relacionadas con el Cuadro Básico de Insumos para la Salud. – Planear estrategias que permitan determinar los requerimientos de equipo e insumos para los servicios de la Unidad, en apego al marco presupuestal asignado y a las políticas de racionalidad, sometiéndolos a la consideración del Director y el Cuerpo de Gobierno. – Participar en reuniones del Cuerpo de Gobierno y diferentes comités, subcomités y comisiones de la Unidad en el ámbito de su competencia, para informar sobre la situación prevaleciente de los servicios administrativos y su avance hacia la mejora continua de la calidad. – Informar permanentemente al Director de la Unidad o al Subdirector Médico en su caso, de los aspectos sustantivos que inciden en su operación, particularmente de los aspectos relativos a la satisfacción y sugerencias de la población usuaria. – Supervisar y coordinar la elaboración, integración, reordenamiento y control del presupuesto anual de gastos de la Unidad, e informar periódicamente al Cuerpo de Gobierno de las variaciones detectadas, para la determinación de acciones procedentes. – Vigilar que las áreas de servicio observen el ejercicio correcto de su presupuesto, realicen el análisis de las desviaciones y efectúen las justificaciones y ajustes procedentes. – Sancionar los resultados e informes relativos al ejercicio presupuestal, control contable y de inventarios de la Unidad.
  • 38. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 38 de 50 Clave: 2000-002-005 – Vigilar que el ejercicio, revolvencia y arqueos del fondo fijo asignado a la Unidad, así como los pagos y cuotas de recuperación, se realicen con estricto apego a la normatividad correspondiente. – Autorizar el pago de facturas que ampara la contratación de servicios, suministro o adquisición de bienes. – Autorizar las solicitudes de compra directa, analizar su viabilidad en función de prioridades, disponibilidad presupuestal, confirmación de existencia y/o alternativa de traspaso con otras unidades de la Delegación. – Verificar que se efectúen las conciliaciones bancarias así como de las diferentes cuentas contables que se manejan en la Unidad e informar de los resultados a la Dirección y al Departamento Delegacional de Presupuesto Contabilidad y Erogaciones. – Supervisar la correcta administración de la red de cómputo y sus dispositivos conectados, así como de la suficiencia de insumos para su funcionamiento. – Evaluar los resultados de los procesos de registro, integración, validación y distribución de la información sistematizada de la Unidad, así como vigilar que se apliquen las medidas de protección y seguridad durante la recepción, traslado y entrega de informes, correspondencia y medios magnéticos. – Administrar el marco presupuestal de gastos de personal, conceptos extraordinarios y capacitación, autorizado a la Unidad. – Promover y coordinar estudios de cargas de fuerza de trabajo, que permitan el mejor aprovechamiento del recurso humano en la Unidad. – Vigilar el cumplimiento de los procedimientos de operación del Sistema IMSS-Personal (APS -asistencia, puntualidad y sustituciones), y la validación de sus productos. – Suscribir las actas administrativas levantadas a los trabajadores que hayan incurrido en infracciones al Contrato Colectivo de Trabajo y sus Reglamentos. – Coordinar con el Departamento Delegacional de Personal, los programas de capacitación, adiestramiento y desarrollo para el personal de la Unidad; asimismo, supervisar que se aplique el proceso de inducción al puesto para el personal de nuevo ingreso. – Supervisar y evaluar que los servicios generales que se proporcionan a las áreas servicio de la Unidad, se otorguen con oportunidad y conforme a los lineamientos vigentes. – Sancionar los dictámenes de baja y enajenación de equipos y mobiliario de la Unidad.
  • 39. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 39 de 50 Clave: 2000-002-005 – Evaluar el correcto funcionamiento del módulo de lavado de ropa y sancionar los resultados de los inventarios físicos y dotaciones fijas de ropa hospitalaria. – Establecer comunicación con los Departamentos Delegacionales de Conservación y Servicios Generales y de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, para reportar los casos de ilícitos, daños o siniestros ocurridos a la Unidad y supervisar el seguimiento correspondiente. – Supervisar y evaluar el cumplimiento de los programas y operación de los servicios de conservación a las instalaciones y equipos de la Unidad, así como el cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes en materia de protección ambiental, relativas al manejo de residuos biológico-infecciosos y tóxico-peligrosos, generados. – Evaluar las propuestas para la modificación de las áreas físicas de la Unidad, con base en las necesidades de los servicios y presupuesto autorizado. – Vigilar que se realicen oportunamente y de acuerdo con los programas de trabajo, los procesos de limpieza y desinfección, clasificación y aprovechamiento de desechos, fumigación, control de fauna nociva y forestación. – Validar la información de los consumos de artículos necesarios para el funcionamiento de la Unidad, considerando como base los lineamientos de racionalización y optimización de recursos; así como la productividad, capacidad instalada, morbilidad y acciones médicas y administrativas – Autorizar los consolidados de requisiciones ordinarias de bienes de consumo de la Unidad, así como de las extraordinarias, previo cumplimiento de los procedimientos correspondientes. – Evaluar los procesos para la recepción, almacenaje, distribución, registro y control de existencias de bienes de consumo en el almacén de la Unidad, así como de la supervisión en el cumplimiento de controles de narcóticos y psicotrópicos. – Analizar el comportamiento estadístico de bienes de consumo de la Unidad y establecer coordinación con las unidades médicas de la Delegación, para efectuar traspasos de artículos que presenten problemas de abasto. – Supervisar en la Unidad, los procesos de Farmacias y almacén general de artículos IMSS y sancionar los resultados correspondientes a los cierres mensuales de estos
  • 40. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 40 de 50 Clave: 2000-002-005 8.16. Departamento de Finanzas y Sistemas – Establecer coordinación con las diferentes áreas de servicio de la Unidad, para elaborar e integrar el presupuesto anual de gastos, controlar el ejercicio correspondiente, así como analizar mensualmente las variaciones representativas y elaborar los informes para su discusión en reuniones correspondientes. – Gestionar el dictamen de disponibilidad presupuestal para la contratación de prestación de servicios de proveedores de prótesis, órtesis o ayudas técnicas. – Identificar las variaciones significativas del ejercicio presupuestal y requerir al área de servicio, las justificaciones y ajustes procedentes. – Vigilar que el presupuesto y las variaciones se ajusten a lo que dicta la Norma Presupuestaria del Instituto Mexicano del Seguro Social y el Procedimiento para el análisis de variaciones al presupuesto de gastos de operación. – Participar en coordinación con el Departamento de Presupuesto Contabilidad y Erogaciones en la realización de las actividades inherentes a la asignación, modificación, ejecución, seguimiento y evaluación de presupuesto. – Coordinar a las áreas de servicio de la Unidad, para que los reordenamientos o modificaciones presupuestales se realicen conforme a los lineamientos establecidos. – Observar la aplicación y cumplimiento de los procedimientos para la dotación sistemática de efectivo; de enlace con los sistemas de pago en delegaciones SIPADE-SICOPA y el manejo del sistema de control de pagos, en los movimientos de tesorería que se generen en la Unidad; controlar los documentos fuente e integrar los informes requeridos por la Jefatura de Servicios de Finanzas del ámbito Delegacional. – Coordinar con el Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones la aplicación del presupuesto de egresos de la Unidad, estableciendo el calendario y control de pagos. – Integrar el programa de pagos considerando como base la dispersión de fondos establecida en la Delegación. – Realizar en forma oportuna y coordinada el pago a proveedores, contratistas, viáticos y demás obligaciones institucionales y rembolsar a sus unidades dependientes, sus gastos efectuados y enviar semanalmente su rembolso al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones. – Efectuar la expedición de cheques invariablemente con el amparo de su respectiva orden de pago.
  • 41. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 41 de 50 Clave: 2000-002-005 – Elaborar y mantener actualizado el catálogo de firmas autorizadas para ejercer el presupuesto de gastos, la expedición de cheques, así como el correspondiente a las cuentas bancarias vigentes. – Vigilar y controlar la disponibilidad bancaria de conformidad con la asignación del techo financiero asignado para el ejercicio del fondo fijo de la Unidad. – Controlar el ejercicio del fondo fijo revolvente de la Unidad y realizar los estudios de suficiencia correspondiente en forma semestral. – Efectuar arqueos a los fondos fijos autorizados de la Unidad en períodos establecidos por el Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones a los fondos fijos autorizados, e informar de los resultados obtenidos. – Vigilar que los gastos sean estrictamente indispensables; asimismo, que los comprobantes se rembolsen durante el período de gasto que comprenda, a efecto de que la revolvencia sea lo más dinámica posible, evitando el congelamiento de fondos. – Aplicar las medidas de seguridad para garantizar la adecuada concentración y custodia de valores y documentos con base en la normatividad vigente. – Verificar que se efectúen con oportunidad las aclaraciones pertinentes ante las instituciones bancarias. – Efectuar las conciliaciones y depuraciones procedentes de las diferentes cuentas bancarias y contables a su cargo. – Integrar la documentación comprobatoria necesaria para efectuar los traspasos de costos procedentes, para su envío al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones. – Elaborar las órdenes de atención médica a no derechohabientes y aplicar los capitales constitutivos a los costos unitarios promedio. – Solicitar a las Unidades Médicas Hospitalarias de su área de influencia, en medio magnético la información relativa a traspasos de costos médicos interdelegacionales. – Efectuar el análisis de precios de servicios médicos subrogados. – Integrar, revisar y entregar semanalmente al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, la información contable presupuestal y el cierre contable mensual de la Unidad, dentro de los plazos establecidos.
  • 42. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 42 de 50 Clave: 2000-002-005 – Elaborar, coordinar y supervisar los movimientos de bienes inventariables de su zona en el programa IMSS - SIBI. – Realizar el levantamiento de inventarios físicos de las áreas almacenarias y coordinar las afectaciones contables correspondientes. – Efectuar la recopilación, validación, actualización, integración, emisión y difusión del sistema de información para directivos por unidad y su envío al nivel delegacional. – Efectuar el registro, procesamiento y producción de información de los servicios financieros, administrativos y de apoyo, a través de los equipos de cómputo asignados. – Integrar y enviar a los Departamentos Delegacionales de Conservación y Servicios Generales y de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones, la documentación sustentatoria derivada de siniestros e ilícitos ocurridos en la Unidad. – Verificar oportunamente que se disponga de los recursos financieros para cumplir con los compromisos de pagos, con base en los techos financieros. – Efectuar la recepción de órdenes de pago, la elaboración de cheques, el pago físico, la dispersión de recursos, el control de chequeras y la elaboración oportuna de las conciliaciones bancarias. – Efectuar la recepción de rembolsos por efectivo no utilizado para su depósito en el fondo fijo y remitir quincenalmente el informe y ficha de depósito al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones. – Elaborar las conciliaciones bancarias y enviar al Departamento Delegacional de Presupuesto, Contabilidad y Erogaciones dentro de los primeros 15 días hábiles del mes. – Ejercer la custodia y el control de cheques de la Unidad, así como elaborar la relación de cheques expedidos. – Administrar el uso y explotación de la red de cómputo, de los dispositivos conectados y del sistema de información establecidos en la Unidad, aplicar los controles necesarios, apoyar y dar solución a los problemas que se presenten con los usuarios. – Realizar autoevaluaciones periódicas de los procesos operativos y resultados de los servicios de finanzas, por medio de la aplicación de indicadores de evaluación del desempeño.
  • 43. MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS HOSPITALARIAS DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN Página 43 de 50 Clave: 2000-002-005 8.17. Departamento de Personal y Relaciones Contractuales – Aplicar los procedimientos autorizados para operar el sistema de asistencia, puntualidad y sustituciones (APS), validar los productos resultantes, elaborar y tramitar el reporte de inconsistencias de la Unidad y en su caso brindar el apoyo necesario para lo correspondiente en las Unidades de Medicina Familiar de la zona. – Realizar diariamente el registro y control de asistencia del personal adscrito a la Unidad y evaluar el ausentismo presentado para proponer y aplicar alternativas de solución para su abatimiento. – Efectuar el análisis, revisión y actualización de plantillas; así como el control de los movimientos e incidencias del personal y tramitar en forma oportuna, la cobertura de plazas vacantes en forma definitiva, no definitiva o por sustitución. – Realizar estudios para definir las necesidades de fuerza de trabajo de los servicios de la Unidad, integrar los requerimientos de cobertura de plazas; autorizar y controlar la contratación de personal sustituto con apego al marco presupuestal asignado y definir los mecanismos para racionalizar y optimizar los recursos humanos existentes. – Ejercer el presupuesto para la contratación de personal sustituto, con estricto apego a las normas autorizadas. – Efectuar los trámites de las solicitudes, aclaraciones y prestaciones contractuales de los trabajadores de la Unidad. – Elaborar, actualizar y controlar los roles de vacaciones y de guardias del personal de la Unidad, en coordinación con los responsables de cada servicio, verificando que la programación guarde el equilibrio de la fuerza de trabajo y no afecte la operación. – Elaborar conjuntamente con los responsables de cada servicio de la Unidad, el presupuesto para pago de guardias y de conceptos extraordinarios y tramitar su autorización. – Efectuar el registro y control del personal con derecho a comedor y de las incidencias resultantes. – Efectuar la crítica de los productos del sistema IMSS - Personal, así como la elaboración y envío de reportes y acciones correspondientes al Departamento de Personal de la Delegación. – Controlar el ejercicio del presupuesto de gastos de servicios de personal, identificar y analizar desviaciones y proponer a la Subdirección Administrativa, acciones correctivas procedentes.