Índigo Energía e Industria No. 15 - digitalización en industria farmacéutica
Primer Encuentro del Seminario de Tecnica Legislativa
1. Fecha: 8 septiembre de 2011 Expositores: Pablo Rodríguez Masena Hugo Jara INFORMACION BASICA SOBRE EL CONGRESO DE LA NACION
2. Encuentro 1: Componentes y atribuciones del Congreso de la Nación Encuentro 2: Tramite legislativo Encuentro 3: Guía para asesores. Técnica legislativa interna para proyectos
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9. Función de Representación Cámara de Diputados : Está conformada por 257 diputados, elegidos directamente por el pueblo cuyo mandato dura 4 años, renovándose la mitad de la cámara cada dos años . Es una c ámara heterogénea con mayor acceso para los diversos partidos políticos . Cámara de Senadores : integrada por 72 senadores representando a las provincias (3 por cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 2 por la mayoría y uno por la minoría). Todas las provincias tienen igual representación . Se eligen de manera directa a partir de la reforma constitucional de 1994 cuyo mandato dura 6 años (con renovación parcial cada dos años). Es una cámara homogénea, sólo acceden los partidos mayoritarios. CANTIDAD DE DIPUTADOS POR PROVINCIA Buenos Aires 70 Corrientes 7 Formosa 5 Ciudad Autónoma 25 Misiones 7 La Pampa 5 Santa Fe 19 Salta 7 La Rioja 5 Córdoba 18 Santiago del Estero 7 Neuquén 5 Mendoza 10 San Juan 6 Río Negro 5 Entre Ríos 9 Jujuy 6 San Luis 5 Tucumán 9 Chubut 5 Santa Cruz 5 Chaco 7 Catamarca 5 Tierra del Fuego 5
10. Períodos Legislativos Período de Sesiones Ordinarias 1° de marzo al 30 de noviembre Período de Sesiones Extraordinarias (1° de diciembre al 28 de febrero) Convoca únicamente el PEN El PEN establece el tiempo de duración El PEN establece el temario no pudiendo tratarse ningún otro tema. Prórroga de Sesiones Ordinarias (1° de diciembre al 28 de febrero) Convoca únicamente el PEN El PEN establece el tiempo de duración El Congreso tiene libertad de temas a tratar
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20. Comisiones de Asesoramiento Permanentes en Diputados Asuntos Constitucionales. Legislaci ó n General. Relaciones Exteriores y Culto. Presupuesto y Hacienda. Educaci ó n. Ciencia y Tecnolog í a. Cultura. Justicia. Previsi ó n y Seguridad Social. Acci ó n Social y Salud P ú blica. Familia, Mujer, Ni ñ ez y Adolescencia. Tercera Edad. Legislaci ó n Penal. Legislaci ó n del Trabajo. Defensa Nacional. Obras P ú blicas. Agricultura y Ganader í a. Finanzas. Industria. Comercio. Energ í a y Combustibles. Comunicaciones e Inform á tica. Deportes. Transportes. Econom í as y Desarrollo Regional. Asuntos Municipales. Intereses Mar í timos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios. Vivienda y ordenamiento urbano. Peticiones, Poderes y Reglamento. Juicio Pol í tico. Recursos Naturales y Conservaci ó n del Ambiente Humano. Turismo. Econom í a. Miner í a. Prevenci ó n de Adicciones y Control del Narcotr á fico An á lisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales. Poblaci ó n y Desarrollo Humano. Derechos Humanos y Garant í as. Asuntos Cooperativos, Mutuales y Ong´s. Mercosur. Peque ñ as y Medianas Empresas. Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia. Seguridad Interior. Libertad de Expresi ó n. Discapacidad .
43. Plazos Legislativos de los Proyectos de Ley Ley 13.640 “Plazos Legislativos” Proyecto de ley sin sanción de Cámara 2 años parlamentarios. AÑO PARLAMENTARIO 1° de marzo a 28 de febrero Período ordinario y Prórroga o Período extraordinario Proyecto de ley con Sanción de cualquier Cámara Se prorroga por un año parlamentario más (3 años parlamentarios).
44. Trámite interno de un Proyecto de Ley Mesa de Entradas de Cámara Revisora Recinto de la Cámara de Origen Recinto de la Cámara Revisora Comisión/es Asesora/s Comisión/es Asesora/s Comunicación a la otra Cámara Elevación al Poder Ejecutivo Dirección Secretaría Dirección Secretaría Mesa de Entradas de Cámara de Origen
45. Trámite de un Proyecto de Declaración o Resolución Mesa de Entradas Comisión Asesora Recinto de la Cámara Presidencia de la Cámara Comunicación al Poder Ejecutivo Tratamiento sobre tablas 2/3 partes Según artículo 204
46.
47. Dictamen Formal de las Comisiones A partir de la publicación del Dictamen deben pasar 7 días hábiles en observación. Después queda habilitado para su tratamiento en el recinto. Tratamiento en el recinto Con el asentimiento de la mitad más uno de los presentes se habilita el proyecto en el plan de labor para su tratamiento. En el tratamiento se debate el proyecto en particular y en general . Tratamiento Regular Tratamiento en el Recinto Durante la sesión un legislador puede realizar una moción sobre tablas Mediante esta moción, cualquier legislador puede solicitar que se trate un proyecto de ley en esa misma sesión sin necesidad de que cuente con dictamen de las comisiones. Tratamiento en el recinto Con el asentimiento de los dos tercios de los presentes se habilita el proyecto en el plan de labor para su tratamiento. En el tratamiento se debate el proyecto en particular y en general. Excepciones: Moción sobre Tablas NOTA : La moción sobre tablas es un mecanismo de excepción que permite el reglamento. Sanción de la Cámara de Origen. Pasa a la Cámara Revisora
48. Excepciones: Moción de Preferencia sin Despacho de Comisión Durante sesión un legislador puede realizar una moción de preferencia sin despacho de comisión Un legislador puede solicitar que se trate un proyecto de ley en las siguientes sesiones sin necesidad de que cuente con dictamen de las Comisiones y sin necesidad de que cumpla con los 7 días de observación. Tratamiento en el recinto En la sesión en que se realizó la moción se aprueba con los 2/3 de los presentes. En la siguiente o subsiguientes sesiones se puede habilitar el tema donde se discute en particular y en general. Sanción de la Cámara de Origen Pasa a la Cámara Revisora Tratamiento en el Recinto Excepciones: Moción de Preferencia con Despacho de Comisión Durante sesión un legislador puede realizar una moción de preferencia con despacho de comisión Cualquier legislador puede solicitar que se trate un proyecto de ley en las siguientes sesiones con dictamen de Comisiones pero sin necesidad de que cumpla con los 7 días de observación Tratamiento en el recinto En la sesión en que se realizó la moción se aprueba con la mayoría de los presentes. En la siguiente o subsiguientes sesiones se puede habilitar el tema donde se discute en particular y en general.
49. Cámara de Origen Cámara Revisora introduce modificaciones por mayoría absoluta ACEPTA las modificaciones con mayoría absoluta INSISTE en su redacción con mayoría absoluta Poder Ejecutivo LEY Trámite con modificaciones por Mayoría Absoluta Poder Ejecutivo LEY Trámite Complejo - Art. 81 de la C.N.
50. Cámara de Origen Cámara Revisora introduce modificaciones por las Dos Terceras Partes Por las Dos Terceras Partes INSISTE en su redacción Poder Ejecutivo Trámite con modificaciones por las Dos Terceras Partes LEY Trámite Complejo - Art. 81 de la C.N. Por mayoría simple, acepta modificaciones de la Cámara Revisora Poder Ejecutivo LEY
51.
52. El Congreso Nacional sanciona el proyecto de ley y lo comunica al Poder Ejecutivo. La comunicación de la sanción ingresa al Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo tiene diez días hábiles para promulgarlo o vetarlo total o parcialmente. Si vencido el plazo el proyecto no fue promulgado o vetado se considerará promulgado de hecho y pasará al Boletín Oficial para su publicación. El proyecto de ley promulgado pasa al Boletín Oficial para su publicación. La ley comenzará a regir a partir de los 8 días de su publicación. Hay leyes que establecen en su articulado que empezarán a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial . Decreto Reglamentario : Si los artículos de la ley necesitaran reglamentación es el Poder Ejecutivo quien las reglamenta a través del decreto reglamentario. Algunas leyes establecen cuál es el plazo para que el Poder Ejecutivo dicte el decreto reglamentario, caso contrario puede promulgar la ley y resuelve en qué momento dicta la reglamentación. Promulgación y publicación de la ley
53.
54. Insistencias del Poder Legislativo Poder Ejecutivo Cámara iniciadora Cámara revisora Promulgación VETA Confirma la ley (insiste con 2/3 de los votos) Confirma la ley (insiste con 2/3 de los votos) SI VETA No confirma la ley (no cuenta con los 2/3 de los votos necesarios para insistir) No puede tratarse en las sesiones de ese año Se mantiene el veto VETA Confirma la ley (insiste con 2/3 de los votos) No confirma la ley (no cuenta con los 2/3 de los votos necesarios para insistir) Se mantiene el veto VETA No confirman ni insisten en el año parlamentario en que ingresó el veto o el siguiente Caduca (según Ley 13.640)
55. Documentos legislativos PROYECTOS DE LEY (Publicaciones) CAMARA DE SENADORES Diario de Asuntos Entrados (DAE) CONTENIDO: - Proyectos de Ley presentado por los Senadores (S-1520/11) - Proyectos de Ley venidos de la Cámara de Diputados (CD-14/11) - Proyectos de Ley del Poder Ejecutivo (PE- 23/11) Sub - contenidos: - Parte Dispositiva - Fundamentos - Firma de quien suscribe el proyecto - Giro de Comisiones CAMARA DE DIPUTADOS Trámite Parlamentario (TP) CONTENIDO: - Proyectos de Ley presentado por los Diputados (1423-D-11) - Proyectos de Ley venidos del Senado (223-S-11) - Proyectos de Ley del Poder Ejecutivo (54-PE-11 o 3-JGM-11) Sub - contenidos: - Parte Dispositiva - Fundamentos - Firma de quien suscribe el proyecto - Giro de Comisiones
56.
57. Modulo III: Técnica legislativa interna Expositores: Pablo Rodríguez Masena Hugo Jara 15 Septiembre 2011