Las familias con un miembro con discapacidad intelectual o del desarrollo, asumen un sobreesfuerzo económico para garantizarle una vida digna y sostenible.
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El coste de
la vida
Discapacidad intelectual
o del desarrollo
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La Confederación española de organizaciones
en favor de las personas con discapacidad
intelectual o del desarrollo (Feaps) ha
presentado un estudio sobre el esfuerzo
económico de las familias de personas con
discapacidad intelectual o del desarrollo:
más de 24.000 euros al año.
Ingresan menos dinero, porque tienen menos
trabajo y sueldos más bajos. Además tener
discapacidad intelectual supone costes de
farmacia, transporte, ocio, cuidados, etc. …
http://www.feaps.org/
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… el informe lleva por título “El sobreesfuerzo
económico que la discapacidad intelectual
o del desarrollo ocasiona en la familia
en España 2014”, y ha contado como autores
con Zohar Consultoría & Marketing Social;
director del estudio: Ricard Valls;
consultora senior: Alejandra Peña.
Un estudio donde se pone de manifiesto que
los recortes en la Ley de Autonomía Personal,
el establecimiento de copago de servicios
sociales básicos, así como la falta de apoyos,
colocan a las personas con discapacidad
intelectual y a sus familias ante un
claro riesgo de exclusión social.
http://www.zoharconsultoria.com/
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El objetivo principal del informe es
cuantificar el sobreesfuerzo que la
discapacidad intelectual ocasiona
en la persona, en su familia y en el
entorno de soporte y hasta qué punto
las prestaciones, subvenciones y
deducciones fiscales existentes
compensan dichos costes.
Se basa en un análisis de fuentes
estadísticas directas, informes y
publicaciones sobre la discapacidad
en general y sobre la DI o de
desarrollo en particular.
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Se ha realizado en cuatro fases:
1. La identificación de las personas con DI
o de desarrollo, número, grado/perfil de
discapacidad y necesidades de apoyo.
2. El análisis de los costes para una persona
con DI y su familia.
3. El análisis de las medidas compensatorias
en términos de prestaciones, económicas y en
servicios, subvenciones y deducciones fiscales
4. El sobreesfuerzo económico, es decir, la
determinación del coste anual por grado
de discapacidad.
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Metodología del informe
Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
intelectual o del desarrollo ocasiona en la familia en España 2014”
file:///C:/Users/%C2%B46n5ca/Downloads/Informe_Ejecutivo_Sobreesfuerzo.pdf
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A diferencia del informe realizado en el
año 2008 y debido a la aprobaciónde la
LAPAD que categoriza las situaciones por
grados, en este informe se ha realizado
una correspondencia entre grado de
discapacidad, terminología del año 2008
y grados reconocidos de dependencia,
lo que no ha dejado de tener su dificultad.
Esta equivalencia se ha realizado en base a
la Disposición Adicional Novena de la LAPAD.
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Grado de discapacidad Terminología 2008 Terminología 2014
75% severo en domicilio Grado III
75% severo en residencia Grado III
del 65 al 75% moderado Grado II
del 33 al 65% leve Grado I
menos del 33% leve Grado 0
Conversión de Grado y terminología LAPAD
Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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El sistema de cálculo de costes por tiempo
se basa en el cálculo del número de
horas de atención, según las necesidades
de apoyo de la persona, que necesita la
persona con DI por parte de la familia y
en el precio por hora establecido por
el mercado en el sector servicios.
Para calcular el número de horas de
atención persona se han identificado
quellas actividades de la vida diaria para
cuya realización la persona con DI
requiere un apoyo personal.
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Tras analizar las distintas alternativas de
identificación de este tipo de variables,
se ha mantenido el criterio ya usado en
el estudio del 2008 basado en utilizar la
escala de intensidad de apoyos para
personas con discapacidad (Escala SIS,
Supports Intensity Scale).
La escala SIS permite identificar aquellas
actividades para las cuales las personas
con DI necesitan apoyos de terceros y el
tiempo necesario para dar dichos apoyos.
Estos apoyos se traducen en el número
de horas totales de atención, partiendo
de la frecuencia y el tiempo diario de
apoyo para cada actividad según el
Grado de discapacidad.
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La escala SIS ha sido elaborada por iniciativa
de la AAIDD (Asociación Americana de
Discapacidades Intelectuales y del Desarrollo),
y se ha convertido en el instrumento estándar
de referencia para determinar las ayudas y el
grado de las mismas que necesitan las personas
con discapacidad intelectual o con trastornos
del desarrollo. La evaluación de este aspecto
es clave y esencial en el diagnóstico y
evaluación, así como en la posterior
intervención.
Proporciona una información sistemática y
esencial para organizar y planificar las ayudas
necesarias, puesto que analiza 49 tipos de
actividades de la vida diaria agrupadas en
seis escalas: Vida en el hogar, Vida en la
comunidad, Aprendizaje a lo largo de la vida,
Empleo, Salud y seguridad y Actividades sociales.
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Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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Una vez calculado el número de horas
de atención prestada por la familia
Para cada Grado, el siguiente paso es
determinar la cuantía económica/precio
a asignar por hora de atención.
Se ha considerado como referencia el
salario medio del cuidador en el sector
servicios sociales, 14,43 €/hora*.
(* Promedio del precio por hora efectiva trabajada en el
sector servicios, INE 2014, Encuesta anual de estructura salarial)
Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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El cálculo de costes por ejecución se basa en la
suma de los diferentes costes asociados por la
compra de un producto o servicio, específico
o de mayor consumo, derivado de tener una
discapacidad intelectual o de desarrollo.
Informe FEAPS: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad
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Los costes que más se han incrementado en
este periodo son los de gastos de farmacia,
transporte, ocio y higiene y cuidado.
Los cambios más significativos se deben al
ajuste realizado en este informe del 2014
respecto al copago en servicios que tiene
un impacto claro a la baja en el Grado I en
la medida en que recibe menos servicios,
mientras crecen especialmente en el Grado III.
Los cambios en el importe del copago se
deben a que en el informe del año 2008,
se realizó una estimación que aplicaba
del mismo a los Grado I y II, de 2.120€,
mientras que la información disponible
en el año 2014 permite ajustar mejor
el copago entre servicios y Grados.
Por ejemplo, el copago medio en una
residencia es de 5.760€/año.
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Las Administraciones públicas han
establecido un conjunto de medidas
orientadas a compensar los costes
asociados a la DI para las personas con
discapacidad y sus familias, mediante
una serie de prestaciones, subvenciones
o deducciones fiscales.
Las medidas compensatorias existentes
son las siguientes:
1. Las Prestaciones del Sistema de Seguridad
Social por hijo a cargo.
2. Las prestaciones económicas o en servicios
derivadas de la Ley de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las
Personas en Situación de Dependencia.
3. Las subvenciones a nivel autonómico
para ciertas actividades.
4. Las deducciones fiscales en la cuota
en el IRPF.
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Las prestaciones de Seguridad Social por
hijo a cargo con discapacidad intelectual
establecen con los importes siguientes:
- Más de 18 años discapacidad + 33%: Grado I … - euros
- Más de 18 años discapacidad + 65%: Grado II … 4.391 euros
- Más 18 años discapacidad + 75%: Grado III … 6.587 euros
• Los mayores de 18 años con una discapacidad entre el 33% y el
65%, no reciben ninguna prestación de SS, con lo que se discrimina
a las personas con una discapacidad leve.
• Por otra parte, los importes de las prestaciones de la Seguridad
Social por hijo a cargo se deducen de las prestaciones económicas
o computan para le cálculo del copago del los servicios
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En los últimos años las CCAA han integrado
la mayoría de las subvenciones en el marco
de las prestaciones de derecho, lo que ha
supuesto una reducción del importe de las
subvenciones y de las actividades que se
financian. Sin embargo, las subvenciones
siguen siendo imprescindibles para muchas
familias para poder acceder a
determinados servicios.
El importe medio de subvenciones
por persona con DI es de 105,9€.
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Para el cálculo final del sobresfuerzo se han tenido en
cuenta las criterios siguientes:
• A los efectos del cálculo del resultado, se han tenido en
cuenta únicamente los costes directos asociados a la persona
con discapacidad, sin considerar los costes de oportunidad
para las familias.
• En un análisis inicial, dada la diversidad de situaciones y criterios
entre CCAA, también se han excluido los costes derivados del
copago para poder determinar más tarde cuál es su impacto final.
• Finalmente, se ha incorporado el Grado O de discapacidad para
poner en valor el trabajo y la dedicación de las familias con una
persona con una discapacidad inferior al 33%, ya que no hay
ningún reconocimiento legal ni ninguna prestación prevista.
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La media de sobreesfuerzo asumido por las
familias de personas con discapacidad
intelectual en nuestro país es de 24.237
euros (lo que equivale a un 106%
del salario medio anual en 2014,
situado en 22.727 euros).
En las personas con mayor necesidad de
apoyo este sobreesfuerzo se sitúa por
encima de los 47.129 euros.
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Este sobreesfuerzo se explica por tres
razones fundamentales.
1º. Los menores ingresos de las personas
con discapacidad intelectual.
En este colectivo, sólo uno de cada cuatro
personas trabaja, lo que corresponde a
una tasa de actividad del 28% frente
al 77% del conjunto de la población.
La tasa de paro es del 35% y el salario
medio es un 56% menor (8.626 frente
a 15.069 euros) que el de una persona
que no tiene una discapacidad intelectual.
bh
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Este sobreesfuerzo se explica por tres
razones fundamentales.
2º. Los costes específicos derivados
de la propia discapacidad.
Existe un aumento de los costes en
farmacia, transporte, ocio, cuidados,
que puede alcanzar los 2.609 euros
en aquellas personas con mayores
necesidades de apoyo.
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Este sobreesfuerzo se explica por tres
razones fundamentales.
3º. El copago de servicios sociales.
Establecido en algunas comunidades
autónomas en aplicación de la Ley de
Autonomía Personal, este copago supone
el 24% del sobreesfuerzo de las familias
(por ejemplo, una media de 5.760 euros
en una residencia).
En muchas de estas comunidades, el
importe del copago es superior a los
ingresos por prestaciones o salarios
de las personas con discapacidad.
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Este sobreesfuerzo, año a año, incide
en la pérdida de capacidad adquisitiva,
ocasionando una situación de
empobrecimiento que en muchos
casos pone en grave riesgo de exclusión
social a muchas estas familias, lo que
supone que muchas personas con
discapacidad intelectual tengan
serias dificultades para desarrollar
un proyecto de vida digna.
Una situación que exige una legislación
que articule las necesidades de estas
personas, tanto desde dentro como
fuera del Sistema de Autonomía
Personal y Atención a la Dependencia.
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“Los datos que se muestran ponen de
manifiesto que las familias que tienen en
su seno a una persona con discapacidad
intelectual o del desarrollo asumen un
sobreesfuerzo económico que en los
últimos años se ha visto agravado por
los recortes sociales y el actual sistema
de copago de la Ley de promoción
de la Autonomía Personal".
Juan Pérez
vicepresidente de FEAPS
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La renta media de las personas con discapacidad es de
6.960€/año, de las cuales ha de aportar como copago:
• 864€/año, es el importe del copago anual en un centro
de día, correspondiente al 12% de los ingresos de la
persona con discapacidad.
• 5.760€, es el importe del copago anual en una residencia,
y corresponde al 83% de los ingresos de la persona con discapacidad.
Por tanto, en ningún los Grados las medidas compensatorias son
suficientes para absorber los costes y el sobresfuerzo que genera
la discapacidad en la persona y en la familia.
En la medida en que el valor en servicios en una residencia es más alto
y que este modelo es el dominante en la persona con Grado III, es
en este grado dónde menor es el sobreesfuerzo de la familia.
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FEAPS se ha unido al CERMI y el resto de
organizaciones de la discapacidad en
la petición de acabar con el copago
confiscatorio a través de una Iniciativa
Legislativa Popular (#NoAlCopagoConfiscatorio),
al considerar que el establecimiento de este
"anula por completo la política social en España".
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Conclusiones del Informe:
1. Después de 6 años de la entrada en vigor de la ley
de Autonomía Personal y Atención a las Personas en
Situación de Dependencia, ésta ha tenido escaso impacto
como instrumento compensador del sobreesfuerzo económico
de las familias con una persona con DI. La familia sigue
asumiendo un papel crítico en la calidad de vida de
las personas con DI.
2. Este sobreesfuerzo, sin considerar los costes de oportunidad
para las familias, se sitúa de media para el conjunto de las
personas con DI en 24.237€ anuales.
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Conclusiones del Informe:
3. Las diferencias en el sobreesfuerzo económico entre Grados
son más evidentes en las personas de Grado III que viven en
su domicilio, con 47.129€, frente a aquellas que viven en
una residencia que suponen un sobreesfuerzo de 10.921€.
Estas diferencias ponen en riesgo el modelo de atención en la
comunidad y en el seno de la familia que, a pesar de ser más
económico para las administraciones, está penalizado frente
al modelo de atención residencial.
4. Por primera vez este estudio recoge al colectivo con
discapacidad límite, que no es valorado como tal ni recibe
prestación alguna: el sobreesfuerzo para las familias con
una persona con una discapacidad límite es de 10.188€.
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Conclusiones del Informe:
5. El agravio económico para las familias con una persona con
DI tiene un efecto acumulativo año a año, que acaba incidiendo
a corto plazo en la pérdida de capacidad adquisitiva y, a
medio plazo, en la descapitalización de las familias.
A largo plazo también afecta seriamente la posibilidad de que
los familiares puedan percibir pensiones contributivas, al tener
que renunciar a trabajar o a hacerlo sólo a tiempo parcial.
6. La aplicación de la Ley de Autonomía Personal y Atención a
la Dependencia ha supuesto una mejora muy relativa en la
compensación del sobreesfuerzo económico. La comparativa
entre 2008 y 2014, supone que la LAPAD ha compensado
sólo el 24% del sobreesfuerzo económico de las familias.
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Conclusiones del Informe:
7. La aplicación progresiva del copago prevista en la LAPAD
y ya implantada por algunas Autonomías, no hace sino
aumentar el agravio económico de las familias y dificulta
el acceso a los servicios.
8. En algunas CCAA el modelo de copago que se está
implantando supone un importe superior a los ingresos
propios por prestaciones o salarios de las personas con
discapacidad; esta diferencia ha de ser aportada por
las familias reincidiendo en el sobresfuerzo.
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Conclusiones del Informe:
9. En este sentido, este informe ha permitido contrastar
nuevamente que la aplicación de esta Ley está resultando
desordenada y muy desigual entre las Autonomías poniendo
en riesgo el principio de igualdad en el acceso a los servicios.
10. Finalmente, la aplicación de la Ley está siendo poco
transparente y no permite realizar una trazabilidad de las
prestaciones que reciben las personas con DI o de desarrollo.
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CAMPAÑA DE RECOGIDA DE FIRMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA ILP LEY DE
AUTONOMÍA PERSONAL Y DEPENDENCIA emitido por el Comité Español de
Representantes de Personas con Discapacidad de Madrid (CERMI):
1. El actual sistema de copago en Dependencia ha llevado a millones de personas a
una situación extrema.
2. Muchas personas en situación de dependencia han sido expulsadas del sistema y
se les ha impedido el ejercicio de sus derechos sociales.
3. Hay comunidades autónomas en las que las personas en situación de dependencia
deben aportar hasta un 90% del coste del servicio.
4. Esta situación ha forzado a sacar a personas en situación de dependencia de
recursos no domiciliarios, han tenido que abandonarlo y volver a su casa, a costa
de la inclusión y de la autonomía personal.
5. Es preciso establecer las reglas del copago, que ahora están en manos de las
comunidades, que con la excusa de la crisis han impuesto aportaciones económicas
inasumibles y dispares.
6. Entre 2009 y 2013 la media de la cantidad que aportan las personas beneficiarias
del sistema de dependencia por las ayudas que reciben se había disparado un 68%.
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CAMPAÑA DE RECOGIDA DE FIRMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA ILP LEY DE
AUTONOMÍA PERSONAL Y DEPENDENCIA emitido por el Comité Español de
Representantes de Personas con Discapacidad de Madrid (CERMI):
7. El CERMI sirve de instrumento a la ciudadanía para hacer llegar a la Administración
el malestar de muchos cuidados y hacer efectiva una solución.
8. Esa solución pasa por una aplicación más justa y realista de la Ley de Dependencia
con criterios de copago claros y equitativos.
9. Que la vida de una persona no dependa de donde resida y nadie quede fuera del
sistema por disponer de recursos.
10. La modificación legal que plantea el CERMI es una necesidad para no vaciar de
derechos una Ley que costó mucho esfuerzo conseguir. No hagamos de este
un derecho comprado.
11. Es una reivindicación que apoya no solo la sociedad sino profesionales, personas
expertas y analistas.
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CAMPAÑA DE RECOGIDA DE FIRMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA ILP LEY DE
AUTONOMÍA PERSONAL Y DEPENDENCIA emitido por el Comité Español de
Representantes de Personas con Discapacidad de Madrid (CERMI):
12. Se trata de los derechos de todas y todos, ya que nadie queda exento de la
posibilidad de verse alguna vez, en situación de dependencia.
13. Esta acción es un llamamiento a toda la ciudadanía, para que actúe y afiance
sus derechos a través de una firma.
14. Es un momento de ejercer la solidaridad y que toda la sociedad se comprometa
con las personas que peor están.
15. No se trata de conquistar nuevos derechos sino de no retroceder en derechos
ya adquiridos.
16. Si estamos hablando de un derecho subjetivo, no puede haber copago confiscatorio
en función de variables como la renta o el lugar de residencia.
17. Se trata de cumplir la Constitución y que todas las personas en situación de dependencia
sean consideradas iguales por el sistema al margen del territorio en el que hayan nacido.
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file:///C:/Users/%C2%B46n5ca/Downloads/Informe_Ejecutivo_Sobreesfuerzo.pdf
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http://www.cermi.es/es-ES/Documents/Manifiesto%203%20de%20diciembre%20de%202014.pdf
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La Confederación española de organizaciones en favor de las personas con discapacidad
intelectual o del desarrollo (Feaps) ha elaborado el Informe ‘El sobreesfuerzo económico
que la discapacidad intelectual o del desarrollo ocasiona en la familia en España 2014’,
con la colaboración de Zohar Consultoría & Marketing Social. Un estudio donde se pone
de manifiesto que los recortes en la Ley de Autonomía Personal, el establecimiento de
copago de servicios sociales básicos, así como la falta de apoyos, colocan a las personas
con discapacidad intelectual y a sus familias ante un claro riesgo de exclusión social.
http://sid.usal.es/noticias/discapacidad/52205/1-1/una-familia-con-una-persona-con-discapacidad-intelectual-gasta-ahora-5000-euros-mas-que-al-inicio-de-la-crisis.aspx
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http://www.eleconomista.es/economia/noticias/6428674/01/15/Tener-a-cargo-a-una-persona-con-discapacidad-intelectual-supone-un-gran-sobreesfuerzo-economico.html#.Kku8KpjWnHc2bmu