La legislación en salud ocupacional en Colombia incluye la Ley 9a de 1979, que establece normas para preservar la salud de los trabajadores; el Decreto 586 de 1983, que crea los comités de salud ocupacional; y el Decreto 1295 de 1994, que regula la afiliación al sistema de riesgos laborales. Estas leyes buscan proteger la salud y seguridad de los trabajadores colombianos.
2. LA LEY
• La ley 100 de 1993 estableció los
parámetros de la seguridad social en el país,
la cual consta de tres componentes como son:
• El Régimen de Pensiones
• La atención en la Salud
• El Sistema General de Riesgos Profesionales.
3. • Cada uno de los anteriores componentes tiene
su propia legislación y sus propios entes
ejecutores y fiscales para su desarrollo
4. LEY •- Año Contenido
LEY 9A. • Es la Ley marco de la Salud
Ocupacional en Colombia. Norma
DE para preservar, conservar y
mejorar la salud de los individuos
1979 en sus ocupaciones
5. • Conocida como
el "Estatuto
General de
LA Seguridad", trata
RESOLUCIÓN de disposiciones
2414 DE sobre
vivienda, higine y
1979 seguridad en los
establecimientos
de trabajo
6. DECRETO 586 DE 1983
Se crea el comité nacional, regional y local de salud
ocupacional, ajustado por el acuerdo 16 de 1997, y le asigna
como funciones asesorar a las instancias de dirección en el
diseño de la política y normalización en salud ocupacional
establecer acciones, planes y programas en salud ocupacional;
impulsar planes tendientes a la formación de personal y
divulgación en salud ocupacional; impulsar y proponer a las
instituciones las investigaciones tendientes a diagnosticar la
situación de la salud ocupacional, para la orientación y el
desarrollo de los programas
proponer un sistema nacional de información sobre accidentes
de trabajo y enfermedades profesionales, que mantengan
actualizada la problemática de la salud ocupacional en
Colombia; y evaluar el desarrollo del plan nacional de salud
ocupacional, entre las más importantes.
7. DECRETO 614
DE 1984
crea las bases para la organización y administración de la
salud ocupacional en el país, La característica principal
de la comunicación audiovisual y publicidad es dar a
conocer lo que se plantea.
Lo visto en este trabajo muestra el alcance de la imaginación
del ser humano y el progreso comercial de la sociedad, ya
que es un tema fundamental para el desarrollo de las
comunicaciones y la creatividad.
Algunas personas con solo ver una idea ya tienen la capacidad de
generarla en medios materiales convirtiéndolas en algo
extraordinario al ojo del público, el ser humano tiene miles de
talentos hay unos que lo aprovechan más que otros, pero todos
tenemos la capacidad de lograr lo que queremos es solo cuestión
de querer y tener empeño dedicación., es por eso que en
este trabajo se quiere destacar lo capaz que es el ser humano al
pensar, crear y generar ideas únicas y inimaginables.
8. RESOLUCION 2013
Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los
comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de
trabajo.
Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su
servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité
de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y
funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se
reglamenta y con la Resolución
9. RESOLUCION 1016 DE 1989
• Por el cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud
ocupacional que se deben desarrollar.
Es obligación de los patrones, velar por la salud y seguridad de los trabajadores.
Los patrones deben responder por la ejecución del programa de salud ocupacional en los
lugares de trabajo.
• Resuelven
Art 1º todos los empleadores están obligados a organizar y garantizar el programa de salud
ocupacional
•
Art 2º el programa de salud ocupacional consiste en planeación, organización y ejecución de
actividades médicas.
•
Art 3º los programas de salud podrán realizarse: exclusivos y propios de la empresa, en conjunto
con otras, o contratos con una entidad que preste los servicios.
•
Art 4º el programa de salud ocupacional de las empresas deberán desarrollarse de acuerdo a su
actividad económica
•
Art 5º este programa debe ser de funcionamiento y estar constituido por: subprograma de
medicina preventiva, de trabajo, de higiene y de seguridad industrial.
•
Art 6º estos subprogramas contaran con los servicios de personal que garantice su eficiencia.
•
Art 7º el programa de salud ocupacional asegurara cobertura efectiva en todas las jornadas.
10. DECRETO 1295 DE 1994
Supongamos que luisa ya puso su salón de Belleza y vincula laboralmente a su
amiga Esperanza, mediante un contrato a término definido por un año. Un día en los que
Esperanza se encontraba trabajando y se disponía a ascender a la segunda planta
de la peluquería, pisó en falso rodando desde el cuarto escalón, lo que le ocasionó un
fuerte dolor en el pie derecho y la dificultad para el movimiento. Al ser llevada a la
clínica de fracturas le diagnosticaron un Esguince Grado II en el pie derecho lo que le
generó una incapacidad de 2 meses. Vale la pena aclarar que Esperanza esta afiliada a la
EPS Salud Total y a la ARP Suratep.
1. Se podría decir que lo que le sucedió a Esperanza es un accidente de trabajo?
Rta- Si, porque fue un suceso repentino que ocurrió por causa del trabajo y le ocasionó
una lesión orgánica.
2. ¿A que tipo de prestaciones asistenciales y económicas tiene derecho Esperanza?
Rta- Prestaciones sociales
Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
Servicios de hospitalización.
Suministro de medicamentos.
Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
Prótesis y artesas, su reparación, y su reposición solo en casos de deterioro o
desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.
Rehabilitaciones física y profesional.
Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la
prestación de estos servicios.
11. Decreto 1832 de 1994
• Se denomina enfermedad profesional a una enfermedad producida por
cuenta ajena, a consecuencia de las condiciones del trabajo laboral.
A través de este decreto se crea una tabla de enfermedades profesionales
12. Decreto 2566 de 2009
• Estrés en el trabajo puede considerarse
enfermedad profesional.. Se fija nueva Tabla
de Enfermedades Profesionales donde se
incluye que los trabajos con sobrecarga
cuantitativa, demasiado trabajo en relación
con el tiempo para ejecutarlo, trabajo
repetitivo combinado con sobrecarga; trabajos
con técnicas de producción en
masa, repetitivo o monótono o combinados
con ritmo o control impuesto por la máquina