2. PROPIEDADES INTELECTUALES
La propiedad intelectual se relaciona con las
creaciones de la mente: invenciones, obras
literarias y artísticas, así como símbolos,
nombres e imágenes utilizados en el comercio
La propiedad intelectual tiene que ver con
las creaciones de la mente: las invenciones,
las obras literarias y artísticas, los símbolos,
los nombres, las imágenes y
los dibujos modelos utilizados en
el comercio.
3. LA LEY DE PROPIEDADES
INTELECTUALES
En nuestra propia Ley de Propiedad
Intelectual, se define la obra protegida como
aquella creación original artística, literaria o
científica, que se exprese en cualquier medio
o soporte, tangible o intangible actualmente
conocido, o que se invente en el futuro. En
definitiva, el medio o soporte no debería
afectar al hecho de que la obra fuera
protegida, e incluso a la naturaleza de la obra.
Si me dejáis ser sincero, no es del todo cierto
4. MODALIDADES DE EXPLOTACION
Hasta ahora, las nuevas tecnologías son
fundamentalmente nuevos medios o
soportes y, por lo tanto, generan la
posibilidad de nuevas modalidades de
explotación de las obras. Por lo tanto,
también van a generar flujos económicos y
van a tener que repartirse el estatus jurídico,
más o menos beneficioso, entre los diferentes
agentes, los nuevos y los anteriores.
5. LAS NUEVAS TECNOLOGÍA Y LA LEY DE
PROPIEDAD INTELECTUAL
De nuestra Ley de Propiedad Intelectual, sistema
muy experimentado y muy cercano al resto de
normativas de diferentes países, ¿qué conceptos
básicos normativos se pueden modificar?
Haciendo un breve repaso, yo diría que casi
todos: el concepto de obra, el concepto de autor,
la atribución de derechos, los derechos morales,
los derechos económicos, la transmisión de
derechos, los sistemas de protección y los
sistemas de gestión.
6. EL FUTURO DEL SISTEMA DE
DERECHO DE AUTOR
Muchas de las personas que estamos aquí
hemos visto muchas evoluciones en este
tema. Al principio de los noventa hubo una
cierta tendencia a profetizar la muerte del
sistema del copyright, de los derechos de
autor.
7. LOS AÑOS 90
A mediados de los años noventa, se produjo
un cierto giro por varias razones. Primero: la
implementación económica y social del
sistema del copyright es muy profunda. Hay
muchos intereses sociales, intelectuales y
económicos alrededor del sistema de
derechos de autor
8. PREVENCION DE FUTURO
No sé si el sistema de derechos de autor se
mantendrá o no, pero seguro que se
mantendrán los monopolios de explotación,
que son el principio inspirador del sistema de
derechos de autor.