Este documento clasifica y define los diferentes tipos de recursos financieros del estado. Los divide en recursos originarios y derivados, ordinarios y extraordinarios, nominales y reales, corrientes y de capital. Explica que los recursos públicos son los ingresos que entran a la tesorería del estado con el fin de cubrir el gasto público o intervenir en la economía nacional.
2. unidad i. tema 02.- estudios general de los recursos financieros del estado
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Estudio General de los Recursos
Financieros del Estado
(Tema 2)
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comerciales no es aconsejable ya que violaría principios elementales de propiedad intelectual, generando conflictos innecesarios en tu
persona en el grado intelectual superior llamado “Conciencia”.
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2. Estudio General de los Recursos Financieros del Estado
Los Recursos Públicos
Son los ingresos a la tesorería del Estado, de cualquier naturaleza, y cuya finalidad es cubrir el gasto público o
intervenir en la economía nacional.
Clasificación de los Recursos Públicos
Originario: Obtenidos de la economía del Estado.
Ordinario: Recurrentes, percibidos de forma habitual por más de tres (03) años de manera común.
Extraordinarios: Percibidos esporádicamente, apartándose de lo establecido (crédito público)
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3. Patrimoniales o de Dominio: de Dominio Público y Privado
Público: Naturales (ríos, playas) o artificiales (calles, puentes) y no destino en el uso común y gratuito…. Esta
gratitud es potestad del estado, puede alterarlo para obtener ingreso por concesiones.
Privado: Enajenables y prescriptibles, se rigen por el derecho Privado, pues pertenecen a particulares; pero
entran al ejercicio del sistema económico social.
Gratuito: Bienes de entrega no Onerosa por parte de terceros a través de legados y donaciones.
Tributarios: Provenientes del pago de Tributos y destinados a cubrir el gasto público; su cuantía la fija el
Legislador, y su carácter es coercitivo en el Estado absolutista.
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4. Estudio General de los Recursos Financieros del Estado
Ingresos Brutos:
Son los recursos que obtiene el Estado en forma coactiva (tributos) o voluntaria (donación, legado) de la
economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamiento) para satisfacer las
necesidades colectivas a través de la prestación de los servicios públicos.
Clasificación Económica de los Ingresos Públicos:
1. Originarios y Derivados
2. Ordinarios y Extraordinarios
3. Nominales y Reales
4. Corrientes y de Capital
Originarios: Obtenidos de los Bienes propios de su actividad económica que realiza el Estado y demás entes
públicos.
Derivados: Obtenidos por su actividad coactiva en la economía de los particulares en virtud del poder de
imperio.
Ordinarios: Son los percibidos periódicamente, son comunes y habituales.
Extraordinarios: No se perciben periódicamente, sino una sola vez, apartándose de lo establecido: alza del
precio de Hidrocarburos, venta de un activo, etc.
Nominales: Aumentan los fondos de Tesorería, pero aumentando el pasivo y disminuyendo el activo, es decir
no tiene efectos sobre el patrimonio.
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5. Clasificación de los Ingresos Públicos:
Reales: Aumentan los fondos de Tesorería sin aumentar las obligaciones del estado, ni disminuir el resto
de los activos.
Corrientes: Son las utilidades netas de las empresas, ingresos procedentes de la propiedad de Bienes, el
impuesto a la renta, circulación de Bienes y contribuciones de Seguridad Social.
Los Ingresos del Capital: Son los recursos de transferencia de capital, prestamos, impuestos sobre el
capital.
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6. El Precio Público
Es el precio establecido por la Ley que determina el valor pecuniario de los servicios que presta el Estado en la
explotación de su patrimonio o el ejercicio empresarial.
Naturaleza Jurídica
La Obligación del Comprador es pagar el precio en el día y en el lugar determinado por el contrato (Art. 1527
del C.C.V.)
Diferencias entre Ingreso Público y Recurso Público
El Ingreso Público: Son las sumas que de forma efectiva entran en la Tesorería.
El Recurso Público: Son los activos potenciales con posibilidad de convertirse en ingreso público a través de
la actividad financiera del Estado.
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Julio César Díaz Valdez
Consultor Jurídico de la firma Merino & Asociado
Correo: juliodiaztributos@gmail.com
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