Este documento resume los diferentes tipos de ingresos públicos. Explica que los ingresos públicos provienen de impuestos, precios públicos, venta de activos estatales y endeudamiento. Clasifica los ingresos en ordinarios y extraordinarios, originarios y derivados, y patrimoniales como bienes de dominio público y privado. Resalta que los impuestos constituyen el principal componente de los ingresos públicos y que su objetivo es obtener recursos para el Estado, a diferencia de las sanciones patrimoniales.
1. Universidad Fermín toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas
Escuela de Derecho
Participante: Iván Pérez
C.I: V-17.501.379
Profesora: Dra. Emily Ramírez
Barquisimeto, Agosto 2015
2. INTRODUCCIÓN
Los ingresos públicos son las sumas que en dinero, o en especie, percibe tanto el
Estado como los demás entes públicos. El Estado, al ser sujeto de actividad económica,
tiene ingresos y gastos, dadas las diferentes transacciones que realiza. Los ingresos públicos
provienen de varias fuentes. Aunque se han elaborado varias clasificaciones de los ingresos
del Estado, los dos grupos generales son los ingresos provenientes de bienes y actividades
del estado y los ingresos provenientes del ejercicio de poderes inherentes a la soberanía o al
poder del Estado, para una mayor información acerca del tema se desarrolla y explicara los
diferentes ingresos del país.
El Participante
3. LOS INGRESOS PÚBLICOS
Son los recursos que capta el sector público para realizar sus
actividades. Desde un punto de vista cuantitativo, los impuestos constituyen el
principal componente de los ingresos públicos. Un segundo componente de los
mismos son los precios públicos establecidos por la utilización de instalaciones
públicas. Otras vías de recursos públicos son los procedentes de la venta de
determinados activos, por ejemplo a través de la privatización de empresas y
también el Estado puede captar recursos mediante el endeudamiento.
4. LOS INGRESOS PUBLICOS: CLASIFICACIÓN
La variedad de características y condiciones en que el Estado percibe sus ingresos ha
dado lugar a las clasificaciones de ingresos que se exponen a continuación:
POR LA FUENTE DEL INGRESO
A. Ingresos originarios o inmediatos: presentan la característica especial de provenir del
patrimonio del Estado; tales como ingresos propios derivados de las actividad de servicio público,
utilización de reservas monetarias y otros activos convertibles en moneda corriente, entre otros.
B. Ingresos derivados o mediatos: son aquellos que derivan de la economía privada; tales como
impuestos y donaciones.
POR LA REGULARIDAD CON QUE SE PERCIBE EL INGRESO
Es la clasificación más utilizada y se fundamenta en la forma normal o accidental del
ingreso. Desde el punto de vista este pueden ser: Ordinarios ó Extraordinarios.
5. RECURSOS ORDINARIOS: son todos los percibidos por el Estado en forma regular y
continua.
RECURSOS EXTRAORDINARIOS: aquellos excepcionales y ocasionales que carecen
de la regularidad de los anteriores. Este concepto se asemeja al de gastos públicos
extraordinarios, que son las erogaciones que forzosamente hay que hacer para cubrir
necesidades imprevistas e imperiosas.
Una clasificación económica importante es la que divide a los recursos en efectivos y no
efectivos.
6. RECURSOS ORIGINARIOS: son los que provienen de los bienes patrimoniales del Estado o de
diversos tipos de actividades productivas realizadas por este. Nacen dentro del propio patrimonio o
actividad general. El derecho del Estado a la obtención del ingreso no requiere ley para su
legitimidad.
RECURSOS DERIVADOS: son los que las entidades públicas se procuran mediante contribuciones
provenientes de las economías de los individuos pertenecientes a la comunidad. Nos referimos a los
recursos tributarios, a los provenientes del crédito público, etc. En todos los casos el Estado los
obtiene ejerciendo sus poderes soberanos. Provienen de los particulares y es imprescindible el
mandato legal. Este ejercicio se transforma en coactivo cuando se trata de tributos o empréstitos
forzosos, mientras que los provenientes del crédito público tienen naturaleza contractual, pero
también implican soberanía financiera, ya que solo en virtud de tal poder puede contraerse deuda
publica. De ahí que las relaciones entre el Estado y los particulares, con motivos de estos ingresos,
están siempre gobernadas por normas del derecho público.
7. RECURSOS PATRIMONIALES PROPIAMENTE DICHOS O DE DOMINIO:
Ingresos que el Estado obtiene de los bienes de dominio público y de los
de dominio privado. Los bienes correspondientes al Estado le corresponden en
virtud de un derecho de dominio que es de carácter público o privado de acuerdo al
origen y al destino de los que están afectados.
8. BIENES DE DOMINIO PUBLICO: el Estado posee bienes destinados al disfrute de toda la
comunidad y que son utilizables por sus componentes en forma directa y general. Surgen por
causas naturales. No pueden ser objetos de apropiación privada, porque su destino es el uso
común. La utilización es gratuita, salvo en ocasiones donde el Estado puede exigir el pago de
sumas de dinero para su uso particularizado, esta alteración de gratuidad puede ser ejercida
por el Estado en virtud de su poder de imperio. Estos recursos entran en las arcas estatales,
corresponde su inclusión como ingresos del Estado.
BIENES DE DOMINIO PRIVADO: EL Estado posee otros bienes que pueden satisfacer
necesidades individuales o colectivas, pero que no se afectan al uso de todos lo habitantes
sino al de determinadas personas vinculadas a ellos por algún tipo de contratación. Son
bienes generalmente enajenables y sujetos a los efectos de la prescripción
9. RECURSOS POR SANCIONES PATRIMONIALES
Una de las misiones más trascendentales del Estado consiste e asegurar el orden jurídico
normativo, castigando mediante sanciones a quienes lo infringen, por Ej. : multas, que son
prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los particulares para reprimir las acciones
ilícitas, e intimidar a los potenciales transgresores. A pesar de que estas penalidades generan
algún ingreso al Estado, no es la finalidad de este y de ahí su diferencia con el tributo, cuyo
objetivo si, es obtener rentas para el ente publico, mientras que las penalidades patrimoniales
procuran disuadir de la comisión de actos ilícitos. Por ello mientras los ingresos tributarios son
entradas dinerales que el Estado obtiene en la medida de sus objetivos y necesidades, los
ingresos por sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados con
ese fin.
10. CONCLUSIÓN
Así pues en el presente trabajo se evidencia el objetivo principal de Ingresos
Públicos sus principios legales, la clasificación de los ingresos públicos, económica y
jurídica. Los recursos del Estado económica; recursos ordinarios, recursos
extraordinarios. Por su origen, originarios, derivados. Los recursos patrimoniales
propiamente de dominio: bienes dominio público y bienes de dominio privado. Recursos
por sanciones patrimoniales.