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Universidad Fermín toro.
Vice-rectorado académico.
Facultad de ciencias jurídicas y políticas.
Escuela de derecho.
integrante: Maryenis Piña
Cedula de identidad: 21.127.165
Derecho tributario.
Actividad financiera de
estado venezolano.
Definición: La actividad financiera es cumplir con las
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magnitud que aumentan el activo, aumentan el pasivo. Es decir, no
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Estado consiste en asegurar el orden jurídico normativo,
mediante sanciones a quienes lo infringen, tales como : multas,
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generan algún ingreso al Estado, no es la finalidad de este y
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patrimoniales procuran disuadir de la comisión de actos ilícitos.
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  • 1. Universidad Fermín toro. Vice-rectorado académico. Facultad de ciencias jurídicas y políticas. Escuela de derecho. integrante: Maryenis Piña Cedula de identidad: 21.127.165 Derecho tributario.
  • 2. Actividad financiera de estado venezolano. Definición: La actividad financiera es cumplir con las funciones que le corresponden, al Estado. Para que este cumpla con gasto que sirvan para satisfacer las necesidades de la sociedad. Por ejemplo: ( servicios públicos, salud, educación, defensa, seguridad entre otros). Economía: El estado es el sujeto activo, y la sociedad el pasivo en la actividad financiera. El estado tiene la potestad de recaudar los recursos, que necesita el resto de los miembros de la sociedad donde surgen recursos (ingresos). El estado recauda los ingresos públicos con el fin de hacer cumplir con el conjunto de fines asociado al papel que representan. política: Las necesidades de satisfacer, la planificación del gasto, de los ingresos utilizados esto será materia política ya que el gobierno será el encargado de la actividad financiera y los cambios que se beneficien la sociedad.
  • 3. Sociológico: En materia de lo social lo mas estudiado es la satisfacción de necesidades en la sociedad. Ya que puede resultar imposible atenderlas en su totalidad, lo cual estas problemáticas deber ser analizadas y valoradas para que pueda ser atendida a través del gasto publico. Fines de la actividad financiera. Presupuesto Público: Es una expresión de un plan de gobierno lo cual prevé los ingresos y gastos estatales. Principios presupuestarios. Universalidad : Se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él. Unidad: Los presupuesto del sector publico sean elaborado, aprobado y ejecutado. Sinceridad: Se debe cumplir los objetivos posible de la actividad financiera.
  • 4. Publicidad: La publicidad surge como una consecuencia inevitable al ser el presupuesto una cuestión que afecta a todos los ciudadanos que han determinado su contenido a través del parlamento. Universalidad: el presupuesto debe recoger la totalidad de los ingresos y gastos derivados de la actividad financiera del Estado. Anulidad: se establece que los presupuestos del estado tendrá carácter anual. Anticipación: El presupuesto debe ser aprobado por el órgano legislativo con anterioridad al inicio del ejercicio presupuestario. Programación presupuestaria: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto debe tener contenido, y forma de la programación.
  • 5. Efectos jurídicos de la ley de presupuestos. Gastos públicos: Se define como el total de gastos realizados por el sector público, tanto en la adquisición de bienes y servicios como en la prestación de subsidios y transferencias. Efectos económicos del gasto público: El gasto público es uno de los elementos mas importantes en la política de económica de un país. Así mismo este puede influir en diferente formas de la economía principalmente a nivel macro. Tales como: (empleo, ahorro, inversión, inflación, devaluación de la moneda, déficit fiscal).
  • 6. Clasificación del gasto público: Criterios administrativos: Este se encarga de recoger aquellos bienes y servicios adquiridos por la Administración Pública, bien sea para su consumo (material de oficina, servicios de seguridad y limpieza), como elemento de inversión (ordenadores, construcción de carreteras, hospitales). También incluye el pago de salarios a los funcionarios. Criterios económicos: Esta se encarga de la Infraestructura, Energía, Comunicaciones y Transportes, Desarrollo agropecuario y forestal, Temas laborales, empresariales, Ciencia y Tecnología, Promoción de la capacitación y el empleo, Impulso competitivo empresarial, estos se pueden considerar como un gasto real o de inversión.
  • 7. Ingresos públicos. Definición: Son recursos del sector publico, para así realizar sus actividades, cabe destacar que los impuestos constituyen los principales componente de los ingresos públicos. Principios legales de los ingresos públicos: Los ingresos públicos tienen como objeto de centrar, investigar las diversas maneras por cuyo medio el estado o cualquier otro poder público se procura los recursos materiales y financieros necesarios para su operación, así como la forma en que la riqueza será utilizada por parte del estado.
  • 8. Clasificación de los ingresos públicos. Clasificación económica: Ingresos originarios: son aquellos que el estado obtiene producto de la venta de bienes y servicios mediante su participación en una relación económica. Ingresos derivados: son aquellos que obtiene por su intervención coactiva en la relación de terceros, realizada en uso de su soberanía financiera. En estos es imprescindible contar con un mandato legal. Ordinarios: son los que se obtiene habitualmente de la renta, ya sea de capital o de trabajo. Extraordinarios: son los que se obtienen por una sola vez y por lo general resultan de una disminución del capital.
  • 9. Nominales: Aumentan los fondos de tesorería, pero en la misma magnitud que aumentan el activo, aumentan el pasivo. Es decir, no tiene efecto sobre el patrimonio. Reales: aumentan los fondos de tesorería sin aumentar las obligaciones del estado, como por ejemplo los impuestos. Mejoran la situación de patrimonio del Estado. Recursos patrimoniales propiamente de dominio: Bienes de dominio publico: Las Administraciones Públicas, con personalidad jurídica son titulares de bienes, esta titularidad pública tiene un régimen jurídico especial y distinto del régimen de la propiedad del derecho privado. Bienes del dominio privado: Son bienes o derechos de dominio privado de la Administración o patrimoniales los que siendo titularidad de las Administraciones Públicas no tengan el carácter de demenciales y puedan ser adquiridos, gravados y transmitidos por las mismas, como si de un particular se tratase.
  • 10. Recursos por sanciones patrimoniales. Estado consiste en asegurar el orden jurídico normativo, mediante sanciones a quienes lo infringen, tales como : multas, que son prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los particulares para reprimir las acciones ilícitas, e intimidar a los potenciales transgresores. A pesar de que estas penalidades generan algún ingreso al Estado, no es la finalidad de este y de ahí su diferencia con el tributo, cuyo objetivo si, es obtener rentas para el ente publico, mientras que las penalidades patrimoniales procuran disuadir de la comisión de actos ilícitos. Por ello mientras los ingresos tributarios son entradas dinerales que el Estado obtiene en la medida de sus objetivos y necesidades, los ingresos por sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados con ese fin.