Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
GUIA DEL CONTRIBUYENTE PERSONA NATURAL: Realizado por: Karina Valencia Maldonado
1. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE FILOSOFÎA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÒN
CARRERA COMERCIO Y ADMINISTRACIÒN
TEMA: Guía DEL CONTRIBuYENTE PERSONa NaTuRaL
QUINTO SEMESTRE
KARINA MARICELA VALENCIA MALDONADO
3. Es necesario un pequeño esquema que nos ayudara a entender mejor las
organizaciones.
4. ¿QUIÈNES SON LAS
PERSONAS NATURALES?
Son todas las personas, nacionales o
extranjeras, que realizan actividades
económicas lícitas.
5. PERSONAS NATURALES
Toda persona, nacional o extranjera, que inicie
Un negocio, es decir que empiece una actividad
Económica, debe cumplir con los siguientes
Pasos, también denominadas obligaciones tributarias
1.- Obtener el R.U.C
2.-Obtener Comprobantes de venta
3.-Registro de Ingresos y Egresos para personas
No obligadas a llevar Contabilidad.
4.-Presentar sus declaraciones.
6. Registro Único de
contribuyentes
Este número identifica
Más conocido Corresponde al
a todas las personas
Por Sus siglas Número de C.I.
Naturales que realizan
SRI. Más 001 al final. Una actividad económic
7. Los plazos para presentar las declaraciones y pagar los impuestos se establecen conforme el noveno dígito del RUC:
Plazos para presentar declaraciones
El incumplimiento de las normas vigentes establecidas podrá ser sancionado de conformidad a lo establecido en el Código Tributario.
8. ¿CÒMO OBTENER EL RUC?
Requisitos que debo llevar
• Si usted es ecuatoriano o extranjero residente, debe presentar el original
y una copia a color de su cédula; o
• Si usted es extranjero no residente, debe presentar el original copia a
color del pasaporte (con hojas de identificación) y tipo de visa vigente (no
se acepta la de transeúntes);
• Si usted es refugiado, original y copia a color de la credencial de
refugiado.
• Para ecuatorianos, original de la papeleta de votación del último proceso
electoral.
• Para todos los casos, original y copia del documento que indique la
dirección donde realiza la actividad económica, puede ser:
• Planilla de agua, luz o teléfono del lugar (de cualquiera de los 3 últimos
meses); o estado de cuenta, del servicio de televisión pagada, de telefonía
celular o tarjeta de crédito (cualquiera de los 3 últimos meses y debe estar
a su nombre); o pago del impuesto predial.
9. ¿CUANDO DEBO SACAR EL RUC?
Al iniciar una actividad económica toda persona tiene la obligación de acercarse a
Las oficinas del SRI y obtener el Registro único de contribuyentes .ya que el mismo
Le acredita a la persona a realizar una actividad económica.
¿En que casos debo acercarme a actualizar el RUC?
Usted debe acercarse al SRI para comunicar cualquier cambio en la
Información entregada en la inscripción tales como: ubicación, actividad económica,
U otro dato que conste o deba constar en su RUC.
¿Tengo algún plazo para obtener o actualizar el
RUC?
El plazo máximo es de 30 días hábiles después de haber iniciado su actividad o de haber ocurrido
Los cambios en la información entregada inicialmente al momento de la inscripción de su RUC.
10. ¿QUIÈNES SON LAS PERSONAS JURÌDICAS?
organizaciones sin fines de
lucros fideicomisos
mercantiles
todas las instituciones
sociedades de hecho y
del sector público
cualquier patrimonio
independiente
de sus miembros
SOCIEDADES
COMPRENDE
personas jurídicas bajo
control de la super de
compañías y de bancos
11. ¿QUÍENES SON LAS PERSONAS OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD?
Son las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas;
Y sus ingresos son mayores a $100.000, o su capital de trabajo es mayor a $ 60.000
o sus costos y gastos han sido han sido mayores a 80.000.
¿QUÍENES SON LAS PERSONAS NO BLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD?
Son las personas nacionales y extranjeras que realizan actividades económicas;
Y sus ingresos son menores o iguales a $100.000, o su capital de trabajo es menor
O igual a $ 60.000 o sus costos y gastos han sido menores a 80.000.
12. ¿Quiénes llevaban un registro de Ingresos y
Egresos?
1.Los que No son
obligados a
4.Y no Empresarial
Llevar contabilidad
Aquellos que:
3. 2. Comisionistas
Autónomos sin título Artesanos,
profesional Demás trabajadores
13. EJEMPLO DE CÓMO REALIZAR UN REGISTRO DE INGRESOS Y
EGRESOS.
SUB-
FECHA N0.COMPROBANTE CONCEPTO TOTAL IVA TOTAL
DE VENTA (SEA DE SU
COMPRA O VENTA)
15/12/2009 001-001-1234567 Compra 100,00 12,00 112,00
de gaseosa
02/01/2010 001-001-6581269 Compra 50,00 50,00
de frutas
venta de
01/02/2010 001-001-0000026 mercadería 150,00 18,00 168,00
Nota: Recuerde que en casillero de “IVA “ debe identificar el valor impuestos para los casos que generan el 12% IVA.
14. ¿QUE DECLARACIONES DEBO
PRESENTAR Y CUANDO?
DECLARAR SIGNIFICA
DECLARNOTIFICAR
AL S R I
INGRESOS EGRESOS
POR MEDIO DE
FORMULARIOS
AUTORIZADOS
S.R.I
15. Si usted se encuentra bajo alguno de los siguientes casos, deberá presentar también
los siguientes documentos:
Calificación artesanal emitida por el organismo competente:
Artesanos
Junta Nacional del Artesano o MIPRO.
Título o carné del colegio profesional respectivo; y aquellos que
Contadores Trabajen en relación de dependencia deberán presentar adicionalmente
una Certificación del empleador.
Diplomáticos Credencial de agente público.
En caso de no constar en la cedula, título universitario avalado por el
Profesionales CONESUP o certificado otorgado por el CONESUP, o carné otorgado
Por el respectivo colegio profesional.
Actividades Acuerdo ministerial para el funcionamiento de jardines de infantes,
Educativas Escuelas y colegios.
Menores no
Identificación del representante del menor (padre o madre) quién solicitará el respectivo
Emancipados
Trámite; puede ser cédula, pasaporte o carné de refugiad, según corresponda los
(bajo la tutela de
representantes beberán acudir al SRI con el menor.
Los padres)
16. Notarios y
Registradores Nombramiento otorgado por el Consejo Nacional de la Judicatura.
De la propiedad
TODA PERSONA YA SEA NATURAL O SOCIEDAD
DEBE OBTENER EL RUC.
REQUISITO INDISPENSABLE
PARA AQUELLOS QUE EMPIECEN CON UNA ACTIVIDAD ECONÒMICA
18. SRI propone que personas naturales deduzcan gastos
• Reforma plantea descontar el 50% de costos en salud y educación
Las personas naturales, obligadas a pagar Impuesto a la Renta (IR), tendrían un
beneficio si se aprueba la reforma tributaria: la potestad de reducir, hasta un 50%,
sus gastos en educación, alquiler y salud.
La propuesta del Servicio de Rentas Internas (SRI) significa, dice el analista, Jorge
Ayala, que si un individuo obtiene un ingreso gravable de 24.000 dólares anuales,
por ejemplo, ya no cancelará un IR sobre ese valor, sino uno al que le podrá restar,
hasta la mitad del monto de cada factura, que presente al fisco, en los rubros
mencionados.
La medida no hará que los ingresos por IR de personas naturales, que engruesan las
recaudaciones totales, se reduzcan. Todo lo contrario, concuerdan los entendidos, si
ellos deducen su pago de impuestos por los gastos en que incurrieron, otro sector,
los que recibieron esos dineros, tendrán que declarar esos ingresos lo que asegurará
un mayor cumplimiento en el pago de tributos. “Este mecanismo impulsará a las
personas a exigir sus facturas, porque saben que les servirá para reducir su base
imponible (ingreso gravable)”, sostiene Miguel Ruiz, ex subsecretario de Economía.
19. Más deducciones
Gasto en hipotecas se incluye
Los intereses que cancelan las personas naturales por los créditos hipotecarios también se unieron a
la propuesta.
Según la Ley para la Equidad Tributaria en el Ecuador, el costo por el crédito para una vivienda
habitual en que incurren los individuos también debería ser aceptado como un gasto para descontarlo
del ingreso y así cancelar un Impuesto a la Renta menor.
El gasto en que incurren los ciudadanos obligados a tributar IR, por servicios profesionales es otro
punto que preparó la administración tributaria al igual que las primas de seguros médicos y de vida.
Todos los gastos deben estar soportados por los documentos que determine el reglamento. (WMA)
No podrán excederse
Viajes tendrán mayor control
Los recursos que las empresas destinan a los viajes de sus ejecutivos tendrían nuevas reglas.
La Ley para la Equidad Tributaria dice que los gastos de viaje y estadía necesarios para la generación
del ingreso, que se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta que cumplan los
requisitos establecidos en el reglamento, no podrán exceder el 3% del ingreso gravado del ejercicio;
y, en el caso de sociedades nuevas, la deducción será aplicada por la totalidad de estos gastos
durante los dos primeros años de operaciones
20. COMENTARIO
Es necesario que el contribuyente acuda al SRI
Para evitar sanciones.
Y de paso le hace bien al país.
Ya que se dice en términos económicas a mayor impuestos
Recaudados mayor necesidades del país son cubiertas