SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 49
Descargar para leer sin conexión
Primera edición:
15.000 ejemplares
Edición
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI)
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Presidencia de la Nación
Dirección: Moreno 750, 1° piso. C.P. C10921AAP – Buenos Aires – República Argentina.
TE: (54-011) 4340-9400
Asistencia gratuita: 0800-999-2345
www.inadi.gob.ar
Director Responsable: Pedro Mouratian.
Directora editorial: Julia Contreras.
Autor/a: Silvina Maddaleno y Martín Canevaro.
Colaboradores/as: Martín Lanfranco, Julia Amore, Diana Sacayán, Florencia Paz Landeira.
Armado, edición y corrección: Martín De Grazia.
Diseño: Eduardo Frers.
Agradecimientos:
Gisela Dohm del Área de Trabajo sin Discriminación y a la Coordinación de Políticas Educativas y
Formación del INADI.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Alem 650 (C1001AAO) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. República Argentina.
Área Trabajo y Diversidad Sexual
Responsable: Matilde Garuti
Equipo Técnico: Eliana Jourdan y Natalia Recalde
www.trabajo.gob.ar/diversidadsexual
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - INADI
Guía Informativa para sindicatos : diversidad Sexual en el ámbito del trabajo. -1a ed.-
Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Instituto Nacional contra la Discriminación,
la Xenofobia y el Racismo - INADI, 2013.
48 pág.: 14,5 cm. X 20,8 cm.
ISBN 978-987-1629-29-9
Fecha de catalogación: 13/12/2013
AUTORIDADES NACIONALES
Presidenta de la Nación
Dra. Cristina Fernández de Kirchner
Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
Dr. Julio Alak
Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación,
la Xenofobia y el Racismo
Sr. Pedro Mouratian
Directora de Promoción y Desarrollo de Prácticas contra la Discriminación
Lic. Julia Contreras
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación
Dr. Carlos Tomada
Jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Dr. Norberto Ciaravino
5
* Esta publicación está basada en la legislación inclusiva que se ha impulsado en la República
Argentina desde el año 2003, en particular en las leyes nacionales N° 26.618 y N° 26.743, así como
en la Guía “Diversidad afectiva y sexual: Una cuestión Sindical”, elaborada por la Confederación
Sindical de Comisiones Obreras de España en el año 2012.
Guía informativa para sindicatos*
Diversidad sexual
en el ámbito del trabajo
El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI)
y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS), en el marco
de las políticas de igualdad llevadas adelante por el Gobierno nacional y en
cumplimiento del Plan Nacional contra la Discriminación (Decreto 1086/2005)
y los objetivos del MTEySS, han firmado un convenio de cooperación (MTEySS
N° 165/11) para proteger y promover los derechos de lesbianas, gays, trans,
bisexuales e intersex (LGTBI) en el ámbito laboral.
En esta oportunidad, presentamos la Guía informativa para sindicatos: sobre
la diversidad sexual en el trabajo, que tiene por objeto brindar información y
recursos a las organizaciones gremiales para contribuir a la construcción de
ámbitos laborales respetuosos de la diversidad afectiva, sexual y de género.
Luego de la sanción de las leyes de Matrimonio Igualitario e Identidad de Género,
nos proponemos avanzar en la transformación de esa igualdad jurídica en una
igualdad efectiva, que garantice el respeto y la inclusión social y laboral de
lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex, sin discriminación.
Esta guía será un aporte para la incorporación de la perspectiva de diversidad
sexual y género a las agendas de trabajo de las organizaciones sindicales,
porque si bien se han realizado importantes avances en el reconocimiento de
derechos igualitarios para la diversidad sexual, es necesario continuar aún en
la profundización de estos avances para reducir los niveles de discriminación
por orientación sexual e identidad de género en la sociedad, en general, y en los
ámbitos laborales, en particular.
Nuestro compromiso es garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio de
los derechos para todos y todas, independientemente de la orientación sexual e
identidad de género de cada uno de los trabajadores y trabajadoras. Es por eso
que asumimos nuestra responsabilidad de erradicar la LGTBI-fobia en todos y
cada uno de los lugares de trabajo.
Durante los últimos años, la República Argentina se posicionó política y jurídi-
camente a la vanguardia, como un país que reconoce y garantiza la igualdad
6
jurídica para las parejas del mismo sexo, sancionando la ley conocida como
“ley de matrimonio igualitario” (Ley 26.618) y el DNU 1006/2012, que permite el
reconocimiento igualitario de los hijos e hijas nacidos antes de la reforma que
amplió el matrimonio civil a las parejas del mismo sexo.
También ha sancionado la Ley de Identidad de Género, que reconoce el derecho
a la identidad de género de las personas trans (travestis, transexuales, transgé-
neros y hombres trans) y garantiza por ley su acceso integral a la salud. Estas
medidas se sumaron a otras tendientes al reconocimiento y la ampliación de
derechos como la Asignación Universal por Hijo, la Ley de Protección Integral
a las Mujeres, la Ley de Salud Mental y la Ley de Servicios Audiovisuales, entre
otras, que han dotado a nuestra sociedad de un marco legal más favorable para
la igualdad, el respeto a la dignidad y el pleno desarrollo de todas las personas.
En este sentido, entendemos que la capacitación sindical en materia de
diversidad sexual y de género, tanto en los niveles de conducción como en el
de los delegados y las delegadas, es fundamental para garantizar la igualdad
efectiva de los trabajadores y las trabajadoras LGTBI. Para contribuir con esa
tarea ofrecemos esta guía que contiene aspectos teóricos y prácticos como un
aporte que les permita a los sindicatos incorporar la perspectiva de la diversidad
sexual a la actividad gremial.
7
Guía informativa para sindicatos:
La incorporación de la diversidad sexual
en la agenda sindical
1
1. La incorporación de la diversidad afectiva, sexual y de género en la agenda
sindical
En este contexto en el que nuestro país se instituye como un país de avanza-
da respecto de los derechos para la población LGTBI (lesbianas, gays, trans,
bisexuales e intersex), el desafío que asumimos es transformar la igualdad
jurídica en igualdad real, lo cual implica garantizar cotidianamente ámbitos
laborales respetuosos de la diversidad sexual y de género. Si bien los cambios
legislativos significan un gran avance, en las prácticas sociales continúan
arraigados prejuicios y estereotipos que le dan marco a la discriminación y que
es necesario revertir. Así, en los contextos laborales sigue existiendo una
tendencia a invisibilizar aquellas identidades que se alejan de la heteronormatividad.
¿Qué es la heteronormatividad?
Comencemos por realizar la siguiente distinción: una cosa es ser heterosexual
y otra –muy distinta– ser heterosexista, o promover o reproducir un modelo
heteronormativo. Ser heterosexual es sentir atracción afectiva y/o sexual por
una persona de un sexo distinto al propio; la heteronormatividad, en cambio,
es dar por supuesto que todas las personas que nos rodean -en este caso, en el
trabajo- son heterosexuales, y organizar todo el sistema administrativo y valorativo
en función de esa presunción. El heterosexismo es, asimismo, la asunción de
que la heterosexualidad es más deseable que cualquier otra opción sexual; es
también la estigmatización, denigración o negación de cualquier “cosa” que no sea
no heterosexual. Esta actitud se emplea para justificar el maltrato, la discrimi-
nación y el abuso de personas que no se ajustan a la heterosexualidad normalizada;
como consecuencia, muchas de ellas interiorizan esta actitud, lo que les provoca
una negación de sus propias identidades.1
1 Warner, M., Fear of a queer planet: Queer politics and social theory, Minneapolis,
University of Minnesota, 1993.
9
Todos los deseos que no se ajustan a la heteronormatividad son calificados de
antisociales. Esto produce una gran asimetría entre el marco legal igualitario
y el contexto social que reproduce situaciones de exclusión, discriminación,
violencia o malestar en las relaciones entre los/as trabajadores/as, o con el
personal superior o los/as empleadores/as en función de la orientación sexual
e identidad de género.
El rechazo hacia las identidades LGTBI se expresa en actitudes, enunciados y
comportamientos culturales abiertamente LGTBI-fóbicos y misóginos, que en
el ámbito laboral reproducen prejuicios y estereotipos de género contra todas
aquellas personas que no responden a los roles “esperados”. La heteronor-
matividad puede provocar situaciones de discriminación sobre trabajadores
y trabajadoras LGTBI que expresen su identidad sexual o de género, o puede
condenarlos/as a permanecer en el closet2
por percibir su espacio laboral como
inseguro.
¿Por qué es necesario incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género
en los lineamientos de trabajo de las organizaciones gremiales?
En muchas oportunidades, aún hoy, se expresa una creencia muy arraigada
socialmente que ubica a la sexualidad en la órbita de la “vida privada” de las
personas. Esto implicaría no hablar ni exponer aspectos cotidianos de la vida
afectiva o sexual de las personas, ya que no revestirían ninguna importancia
para la socialización de los trabajadores y trabajadoras en su ámbito laboral,
ni para su desempeño. De esta manera, es común escuchar afirmaciones del
tipo lo que hagan entre cuatro paredes a mí no me importa. Sin embargo, no es
muy difícil inferir que esta reflexión solo se aplica a las identidades sexuales
no hegemónicas.
Las preguntas, por tanto, serían: ¿por qué lesbianas, gays, bisexuales, trans e
intersex deben hacerse visibles en sus ámbitos laborales si se trata de algo de
2 Expresión que se refiere a no hacer pública o visible nuestra orientación sexual y/o
identidad de género.
10
su “vida privada”?; ¿por qué la presión por permanecer en el closet esconde
una discriminación latente o el miedo a ser víctima de ella?
Un ejercicio efectivo para identificar si estamos o no en presencia de una práctica
social o institucional discriminatoria es tomar un supuesto y llevarlo al
extremo opuesto: si la situación deviene en absurdo, estamos ante una práctica
discriminatoria. Por ejemplo: si un trabajador o una trabajadora en un vínculo afectivo
y sexual de tipo heterosexual estuviese condenado/a a ocultar su identidad,
su vínculo y sus vivencias cotidianas frente a sus compañeros/as de trabajo,
superiores jerárquicos o empleadores/as, claramente pensaríamos que estamos
ante una práctica discriminatoria. Más aún, si por su condición, además de
tener que permanecer oculto/a, no pudiera acceder a beneficios sociales o
laborales a los que sí acceden el resto de sus compañeros o compañeras
de trabajo.
La condena a permanecer en el closet –o en el armario–, junto con otros tipos y
formas específicas de LGTBI-fobia, generan en los trabajadores y trabajadoras
LGTBI daños en su salud, como baja autoestima, autoexclusión y depresión, que
en situaciones límites han derivado en suicidio.
La incorporación de la perspectiva de la diversidad afectiva, sexual y de género
en la agenda de las entidades sindicales garantiza a los trabajadores y trabaja-
doras por igual un ambiente laboral propicio para su desarrollo y crecimiento,
además del acceso y disfrute de todos los beneficios sociales y laborales
existentes.
¿Qué implica ser lesbiana, gay, bisexual o trans en el ámbito laboral?
Los trabajadores y las trabajadoras LGTBI que se hacen visibles en sus lugares
de trabajo pueden verse expuestos no solamente a burlas o insultos discrimi-
natorios, sino también a situaciones de maltrato o acoso laboral por parte de
jefes/as o pares. Al no responder a la sexualidad hegemónica, se enfrentan a
un doble estándar en sus ámbitos laborales. Esto quiere decir que cotidianamente
deben demostrar que, aun siendo lesbianas, gays, bisexuales, trans o intersex,
11
son buenos trabajadores o trabajadoras. Los prejuicios o estereotipos les
generan una doble carga a la hora de demostrar que están capacitados/as
para cumplir con sus tareas y con la expectativa laboral que se deposita en
ellos o ellas. Por ejemplo, un docente gay debe demostrar que aun siendo gay
puede cumplir con su función como cualquier otro trabajador/a de la educación,
padeciendo la hipersexualización de su identidad3
. Lo mismo ocurre con cualquier
otro varón gay que no se encuadre dentro de los rubros en los cuales su desempeño
es socialmente “aceptado”, como puede ser el diseño de modas, la peluquería o las
disciplinas artísticas, entre otros. Asimismo, las trabajadoras lesbianas se ven
expuestas a un “triple estándar”: por su condición de trabajadoras, por ser lesbianas
y por ser mujeres; incluida la posibilidad de la maternidad, y lo que ello implica en
términos de derechos y beneficios laborales.
En este marco,en los ámbitos laborales trabajadores y trabajadoras LGTBI deciden
ocultar su identidad sexual para evitar situaciones de rechazo o exclusión, o que
sus condiciones laborales sufran cambios negativos y,en muchos casos,padezcan
el riesgo de ser despedidos/as.
¿Qué es la diversidad afectiva, sexual y de género?
La diversidad afectiva, sexual y de género son las distintas expresiones que no
responden a la ideología heterosexual hegemónica; se refiere a las identidades
LGTBI y a su capacidad de relacionarse afectiva y sexualmente.
Todas las personas somos distintas y tenemos derecho a serlo. El principio de
igualdad y no discriminación garantiza la libre expresión de la orientación sexual
e identidad de género de todas personas, también en los ámbitos laborales.
3 La hipersexualización constituye un patrón de exaltación de la sexualidad de las
personas LGTBI por sobre otras dimensiones y aspectos de su identidad, o la sexuali-
zación de sus expresiones, posturas o actitudes.
12
Antecedentes
En el año 2007, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estableció nuevas
formas de discriminación entre las cuales incluyó la orientación sexual, y en
el año 2008 incorporó el concepto de trabajo decente (digno). Además, en el
año 2011 la OIT ratificó que el abordaje de la no discriminación por orientación
sexual e identidad de género en el ámbito laboral es un objetivo pendiente.
Para tener en cuenta:
•	 No presuponer la heterosexualidad entre compañeros y compañeras
de trabajo. Es necesario utilizar un lenguaje inclusivo; por ejemplo, el
genérico ¿tenés pareja? o ¿estas saliendo con alguien?, en lugar de ¿tenés
novio o novia?
•	 Las “cargadas” o expresiones machistas, LGTBI-fóbicas o xenofóbicas
hieren a las personas con quienes se comparte el espacio laboral.
•	 Que no exista discriminación por orientación sexual e identidad de género
en los lugares de trabajo es una tarea de todos y todas.
13
Guía informativa para sindicatos:
El lenguaje como motor de cambio
2
2. El lenguaje como motor de cambio: ¿de qué hablamos cuando hablamos de
lesbianas, gays, bisexuales, trans o intersex?
Todos y todas sabemos que el uso del lenguaje crea sentido sobre el mundo. A
través del habla expresamos lo que pensamos o sentimos. El lenguaje nombra,
da existencia, y lo que no es nombrado es invisibilizado. El lenguaje como sistema
de signos que utilizamos las personas para comunicarnos y relacionarnos crea
sentido y genera percepciones, y con ello valoraciones positivas o negativas sobre
lo que estamos nombrando.
Así el lenguaje podrá ser utilizado para herir u ofender a otras personas a través de
términos como puto, maricón, torta, traba, negro, bolita, paragua, mogólico… y podría
continuar el listado.Las palabras también discriminan.Por eso es tan importante no
reproducir desde el lenguaje discursos y conductas discriminatorias, homofóbicas,
lesbofóbicas, transfóbicas, sexistas, machistas, xenofóbicas o racistas.
Entender el lenguaje como un motor de cambio implica generar la capacidad
de utilizar un lenguaje respetuoso hacia todas las personas. ¿Cómo sería vivir
en una sociedad o trabajar en una oficina donde todo el tiempo se digan chistes
o expresiones como hétero el último, no tengo un hétero peso, hétero el que lee, etc.?
Glosario de la diversidad sexual
A continuación, describimos el significado de la sigla LGTBI y otros términos
vinculados con la diversidad afectiva, sexual y de género. No pretendemos
ofrecer una enumeración taxativa, sino un aporte para aclarar conceptos, y que
partamos de una misma acepción que haga posible una mejor comunicación.
Sexo. Vamos a limitar la acepción del término sexo a su dimensión biológica,
la cual hace referencia a los órganos genitales que determinan la identificación
binaria de varones y mujeres; es el conjunto de órganos sexuales de cada persona.
Género. Es el conjunto de atributos, prácticas, valores y comportamientos
15
que determinan cómo “debe ser” un varón y cómo “debe ser” una mujer en
un sociedad determinada. Es decir, sobre la base del sexo biológico se asignan
diferencias que son de carácter sociocultural. Esas características que se
establecen sobre esa diferencia es lo que se va a nombrar con el concepto
de género. Por su condición social, cultural y por tanto histórica, implica
que puede ser transformada de acuerdo con el contexto. Para pensar esto
es interesante ver cómo ha cambiado en nuestro país lo que se entendía por
trabajos “propios de la mujeres” o “propios de los varones”. En línea con la
propuesta teórica de la antropóloga feminista Marta Lamas4
, entendemos
que las representaciones y valoraciones de lo femenino y lo masculino, las
normas que regulan sus comportamientos y las atribuciones de cada sexo, son
producto de complejas construcciones sociales y culturales que se elaboran a
partir de las diferencias sexuales y que constituyen modos de significar relaciones
de poder y estructurar relaciones sociales. En este sentido, el género es adquirido
y modificable.
Identidad de género. Más allá del sexo biológico asignado al momento del
nacimiento, todos/as desarrollan una identidad de género que puede o no
coincidir con él. Por esto decimos que la identidad de género no es del orden
de lo biológico, sino que se conforma a partir de componentes sociales
y psíquicos. Todas las personas tienen derecho a expresar la identidad de
género que sienten como propia, ya sea masculina o femenina. El proceso
identitario puede ser dinámico y tener variaciones.
Heterosexualidad. Es la orientación del deseo y el afecto hacia personas de un
sexo distinto al propio.
LGTBI. Son las iniciales que designan a lesbianas, gays, trans, bisexuales e
intersex, y que identifican al movimiento de la diversidad sexual. Se nombran
cada una de las identidades para visibilizarlas.
4 Lamas, M., “Género, diferencia de sexo y diferencia sexual”, Debate Feminista, vol. 20,
México, octubre de 1999, págs. 84-106.
16
Lesbiana. Mujer que siente atracción afectiva y sexual hacia otras mujeres.
Gay. Varón que siente atracción afectiva y sexual hacia otros hombres.
Bisexual. Persona cuya atracción afectiva y sexual se expresa hacia personas
del mismo o de distinto sexo.
Trans. Es un concepto que hace referencia a travestis, transexuales, transgéneros
y hombres trans. Se utiliza para expresar el conjunto de las identidades trans,
entendidas como las identidades de las personas que desarrollan, sienten y
expresan una identidad de género diferente del sexo biológico asignado.
	
Travesti. Persona que asume y expresa cotidianamente una identidad de género
diferente del sexo/género socialmente asignado. Por lo general, para lograr esa
expresión de género sentida, las travestis modifican parcialmente sus cuerpos
mediante cirugías estéticas, terapias de hormonas, implantes de mamas etc.,
sin la necesidad de readecuar su genitalidad a su identidad de género. Esta
identidad no presupone una orientación del deseo determinada.
Transgéneros. Aunque en distintos países los términos transgénero y travesti
adquieren diferentes significados, en Argentina ambos conceptos se refieren a
personas que expresan un género (masculino, femenino) diferente del biológico.
En otros países se entiende la identidad transgénero desde la capacidad de
transitar de un género al otro. Esta identidad no presupone una orientación del
deseo determinada.
Transexuales. Son las personas que asumen y expresan cotidianamente una
identidad de género diferente del sexo/género socialmente asignado, y que
además de modificar parcialmente sus cuerpos mediante cirugías estéticas,
terapias de hormonas,implantes de mamas,etc.,readecuan,o desean readecuar, su
genitalidad a su identidad de género. Esta identidad no presupone una orientación
del deseo determinada.
17
Hombres trans. Personas que asumen y expresan cotidianamente una identidad
de género masculina, más allá del sexo/género socialmente asignado. Por lo
general, para lograr esta expresión de género sentida modifican parcialmente
sus cuerpos mediante cirugías estéticas, terapias de hormonas, extracción de
mamas, etc. Además, en algunos casos pueden también readecuar su genitalidad
a su identidad de género. Esta identidad no presupone una orientación del deseo
determinada.
Intersex. El término intersex engloba un amplio espectro de condiciones en
las que se produce una variación anatómica del modelo dicotómico de varón-
mujer. Estas condiciones se derivan de causas genéticas, hormonales u otros
factores. Las personas intersex tienen derecho a la integridad y la autodeter-
minación de su propio cuerpo; el consentimiento previo, libre y completamente
informado del individuo intersex es un requisito que se debe garantizar en todos
los protocolos y prácticas médicas. La intersexualidad no es una patología, sino
una condición de no conformidad física con criterios culturalmente definidos
de normalidad corporal.
Homofobia. Si bien se trata específicamente del rechazo a los gays y las lesbianas,
su uso se ha extendido al rechazo hacia las identidades sexuales no hegemónicas
en general; el odio y la discriminación a gays, lesbianas, bisexuales, trans e intersex,
no obstante, tiene su propia denominación (ver LGTBI-fobia). La homofobia se puede
expresar de manera explícita o sutil, y en algunos casos se manifiesta de modo
violento, ya sea física o verbalmente.
Lesbofobia. Es el rechazo hacia las mujeres lesbianas. En general, desde la
lesbofobia se promueven estereotipos que identifican a las lesbianas como
violentas o agresivas. La lesbofobia se expresa a veces de modo violento, ya
sea física o verbalmente.
Transfobia. Es el rechazo y la discriminación hacia a las personas trans (travestis,
transexuales, transgéneros y hombres trans). La transfobia se expresa a través
del no reconocimiento de la identidad de género y la exclusión de las personas
18
trans del trabajo y de los servicios de salud. En algunos casos, se manifiesta
de modo violento, física o verbalmente, y ha sido la causa de innumerables
crímenes de odio.
Bifobia. Es el rechazo y la discriminación a las personas bisexuales, ya sean
varones o mujeres. Supone, además, que todas las personas deben limitar su
atracción afectiva y sexual a las mujeres o a los varones exclusivamente, y si
no lo hacen son consideradas “en transición” o, quizás, lesbianas y gays no
“asumidos/as”.
LGTBI-fobia. Es el término que se utiliza para agrupar el rechazo y la discrimi-
nación hacia el conjunto de las identidades sexuales y expresiones de género
no hegemónicas.
Salir del closet. Producto de la presunción de heterosexualidad que se expresa
en todos los ámbitos de la vida (familiar, laboral o social), llamamos salir del
closet –o del armario– al momento o a los momentos en los que las personas
LGTBI hacen visible su identidad socialmente.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de trato digno hacia personas trans?
La sanción de la Ley de Identidad de Género (Ley N° 26.743, sancionada
el 9 de mayo de 2012), además de reconocer el derecho a la identidad de
las personas trans y de restituir su derecho a la salud integral, incorpora un
enfoque despatologizante de las identidades trans, que incluye una mención
explícita del derecho al trato digno.
Todas las personas tienen derecho a asumir y expresar la identidad de género
(masculina o femenina) que las represente. Sin embargo, por el peso del man-
dato heteronormativo –que históricamente ha impuesto una mirada biologicista
sobre las identidades– socialmente aún se reproducen en el lenguaje y en el
trato prácticas que no respetan las identidades trans. Así, hemos leído titulares
en los diarios o la televisión que hablan de “un travesti” o de “los travestis”,
no respetando su género ni reconociendo su nombre. Ese mismo mandato ha
19
generado situaciones de discriminación cuando personas trans expresan su
identidad en la escuela o en el trabajo, y no son nombradas ni tratadas de
acuerdo con su identidad de género, lo que provoca –o puede provocar– la
deserción educativa o la renuncia o pérdida del empleo.
En este sentido, el artículo 12 de la Ley de Identidad de Género establece que
… deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas,
en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de
pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad.
A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado
para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio,
tanto en los ámbitos públicos como privados.
Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos
obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema
que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año
de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila
elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a.
En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en
público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que
respete la identidad de género adoptada.
Para tener en cuenta:
•	Utilizar el pronombre femenino o masculino para referirnos a las personas
trans según su identidad de género, utilizando la, ella o el, ellos, según
corresponda.
•	El lenguaje es uno de los principales componentes en la construcción
de un prejuicio, por eso es importante no reproducir las burlas, chistes o
comentarios que promueven la discriminación hacia las personas LGTBI.
•	Utilizar un lenguaje inclusivo en el trabajo contribuye a disminuir la
discriminación. La construcción de la igualdad es una tarea que nos
involucra a todos y todas.
20
Guía informativa para sindicatos: LGTBI-fobia
3
3. La expresión social e institucional del rechazo: la LGTBI-fobia
El 17 de mayo es el Día Internacional de la Lucha contra la LGTBI-fobia –también
llamado Día Mundial contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad
de Género– en conmemoración del día en que se eliminó a la homosexualidad de
la lista de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La LGTBI-fobia genera exclusión, violencia, odio y distintos tipos de discriminación
que constituyen una violación a los derechos humanos,porque impiden el ejercicio de
derechos básicos reconocidos para todas las personas y obstaculizan o niegan
el desarrollo laboral, educativo y social de las personas sexualmente diversas.
Como ya lo hemos dicho, la LGTBI-fobia es el rechazo y la discriminación al
conjunto de las identidades sexuales no hegemónicas; los discursos y prácticas
que la vehiculizan continúan señalando a las personas LGTBI como inferiores,
anormales, amorales o antinaturales. La LGTBI-fobia se manifiesta de modos
muy distintos, presuponiendo la heterosexualidad de todas las personas –lo que
invisibiliza y niega la existencia de otras identidades a través del rechazo
explícito o implícito–, pudiendo dar lugar a manifestaciones activas de violencia
física o psicológica. La LGTBI-fobia se extiende también hacia todas aquellas
personas heterosexuales que no responden a los roles de género impuestos
por la cultura heterosexual hegemónica.
Hay que distinguir distintos tipos de LGTBI-fobia: puede ser institucional o social,
y se puede expresar de manera sutil o explícita. La LGTBI-fobia institucional es
aquella que ejerce una institución u organización cuando invisibiliza o discrimina
a las personas LGTBI, restringiéndoles el acceso a sus derechos; o cuando en
ella faltan o no se cumplen las normas o leyes que garantizan los derechos de
las personas sexualmente diversas. La LGTBI-fobia institucional sigue siendo
una de las formas de odio más extendidas. Así, la homosexualidad está penada
o perseguida en 76 países y castigada con pena de muerte en Arabia Saudí,
Irán, Yemen, Nigeria, Somalia, Mauritania, Sudán, y en el caso de Afganistán es
castigada con la muerte por lapidación.
La LGTBI-fobia institucional también se expresa de manera más sutil a través de
22
impedimentos o trabas burocráticas para ejercer derechos básicos. Por ejemplo,
en los formularios o sistemas de carga de datos se siguen utilizando los campos
de marido y mujer en vez de cónyuge,pareja o conviviente, lo que en oportunidades
genera retrasos o negación de licencias, beneficios sociales, etc.
En algún momento de sus vidas,las personas LGTBI sufren –directa o indirectamen-
te– situaciones de rechazo, estigmatización, o han recibido insultos o agresiones.
La ridiculización de la diversidad sexual en los medios masivos de comunicación
–principalmente en la televisión– legitima la violencia y la discriminación que
luego se expresan socialmente.
Dentro de la LGTBI-fobia social podemos ubicar los sentimientos de rechazo a
las personas LGTBI de quienes dicen respetar la diversidad sexual, pero prefieren
“no ver” ni presenciar demostraciones de afecto de parejas del mismo sexo
en espacios públicos, como besarse, ir de la mano o abrazarse. Según esta
lógica, las personas heterosexuales serían las únicas que están legitimadas
para “exhibir” su afectividad en público. La resistencia a ver o presenciar
demostraciones de afecto está arraigada en el mismo prejuicio que hiper-
sexualiza a las identidades LGTBI: suponer que a un gay o a una lesbiana
le van a gustar todos los hombres o todas las mujeres respectivamente, lo
cual podría representar una amenaza para la propia heterosexualidad o
para la “sociedad heterosexual”.
Otra manifestación de LGTBI-fobia es la imposición de un modelo de masculinidad
o femineidad que acepta las diversas identidades sexuales y de género a condición
de que “no se les note”; desde este prejuicio se espera de los varones gays que
respondan al modelo de masculinidad hegemónica, lo cual implica reproducir la
cultura machista mostrándose como fuertes, viriles, poco demostrativos o no
necesariamente “prolijos”; y de las mujeres lesbianas, que sean prolijas, delicadas,
débiles, sumisas y dóciles.
La LGTBI-fobia que se expresa en los lugares de trabajo repercute de manera
grave en la autoestima de las trabajadoras y los trabajadores que se ven
expuestas/os a situaciones de maltrato por parte de pares y superiores. Esto
23
puede incidir negativamente en el desarrollo y el desempeño laboral de los/as
trabajadores/as LGTBI, ocasionando acciones desfavorables para su continuidad
laboral, como por ejemplo constantes cambios de destino, funciones, tareas,
horarios o falta de reconocimiento, y generando sanciones y otras medidas
que podrían provocar eventualmente la renuncia o el despido. Estas medidas
sancionatorias no suelen fundamentar su motivación en la orientación sexual
e identidad de género del trabajador o la trabajadora: siempre se buscan otros
motivos o excusas que disimulen la verdadera causa.
Para tener en cuenta:
•	 La LGTBI-fobia puede ser institucional o social y se expresa de manera
sutil o explicita, dando lugar a manifestaciones de violencia física o verbal.
•	 Casi todas las personas –más allá de nuestra orientación sexual e
identidad de género– tenemos internalizados comportamientos o reacciones
LGTBI-fóbicas. Poder identificarlas nos ayudará a superarlas.
•	 La información es la base para superar los prejuicios.
•	 La discriminación a lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex es un
asunto de todos y todas, ya que la LGTBI-fobia tiene el mismo origen que
el racismo, la xenofobia y el machismo, que tanto mal le hacen a nuestra
sociedad.
24
Guía informativa para sindicatos:
Inclusión laboral de la población trans.
4
4. Personas trans: acceso y permanencia en el empleo
Es sabido que el ejercicio del derecho al trabajo permite el desarrollo económico
de todas las personas en las sociedades actuales. El empleo –y lo que
económicamente implica– es crucial para el acceso a los bienes de consumo,
la seguridad social, el mercado económico y la vida sustentable, además del
reconocimiento social que las actividades laborales conllevan.
Actualmente, en nuestro país las personas trans se ven afectadas por una alta
tasa de desempleo; sobre todo en aquellos sectores que no tuvieron acceso a
la educación formal. Esta realidad llevó a la mayoría de las personas trans
a someterse a situaciones de explotación sexual o a adherir a sistemas de
prostitución como único modo de subsistencia.
Incluso existe una gran presión social hacia las/os adolescentes trans al momento
de asumir su expresión de género, porque se sabe de las enormes dificultades
que tendrán para lograr una vida sustentable debido al peso de la transfobia y
la discriminación aún existentes en el ámbito laboral. Los niveles de escolaridad
y de culminación de sus estudios se encuentran muy por debajo de la media, y
podríamos decir que esto es producto de la transfobia existente en el sistema
educativo, de las situaciones de violencia y discriminación entre sus pares, que
derivan en su exclusión del sistema. Estas situaciones han comenzado, en la
mayoría de los casos, en sus núcleos familiares.
Según los datos de la prueba piloto de la Encuesta Nacional sobre Población
Trans llevada a cabo en el municipio de La Matanza entre los días 18 y 29 de
junio de 2012 –en el marco de un convenio firmado entre el INADI y el INDEC–,
el 95% de la población travesti está o estuvo en situación de prostitución, mientras
que el 77% afirma que dejaría de prostituirse si tuviera la posibilidad. Existe una
gran exclusión en los empleos formales, tanto en empresas privadas como
en instituciones estatales, y los empleos informales se caracterizan, en gran
medida, por la baja calificación y una menor remuneración económica.
Esta realidad se vio agravada por la ausencia –hasta mayo de 2012– de una
26
Ley de Identidad de Género que le permitiera a las personas trans acceder a la
rectificación de su nombre y sexo en la documentación pública, lo que impedía
el reconocimiento de las identidades trans en el DNI, el CUIT/CUIL, la seguridad
social, la cobertura médica y la previsión social. Esto implicaba que cada vez
que una persona trans –masculina o femenina– era propuesta para un puesto
laboral debía exponerse o era empujada a renunciar por las presiones, burlas
e insultos en relación con su identidad o expresión de género.
Siguiendo esta línea, otro de los problemas de las personas trans para acceder
a un empleo formal es la baja calificación o formación para desempeñarse en
el puesto al que aspiran ocupar. Para contribuir a revertir años de exclusión y
discriminación, existen en el MTEySS programas de formación y capacitación
laboral.
Por otra parte, las pocas personas trans que tuvieron acceso a un trabajo
registrado han denunciado graves situaciones de discriminación; estos hechos
claramente atentaron contra el derecho a la salud e higiene en el trabajo, y a la
no discriminación en el ámbito laboral. También han manifestado que tuvieron la
necesidad de cambiar de empleo a causa de la discriminación motivada por su
identidad o expresión de género. Además, incluso en aquellos casos en los que
se cumpliese con los años de aportes previsionales, las mujeres trans adultas
mayores debían continuar trabajando hasta llegar a la edad de jubilación fijada
para la población masculina.
Uno de los rasgos comunes de las situaciones de discriminación y transfobia
por parte de pares, superiores y/o empleadores/as, principalmente, es el no
reconocimiento de la identidad de género en el trato, en el sistema administrativo,
y el bloqueo de ascensos o reconocimiento de tareas y funciones.
Las personas trans (masculinas o femeninas) que se encontraban incluidas en
un ámbito laboral formal tuvieron dificultades laborales muy concretas a partir
del momento en el que exteriorizaron su identidad. Así, una vez que la persona
trans dispone de un trabajo registrado y decide realizar una intervención quirúrgica
de reasignación genital, en muchas ocasiones se ve obligada a renunciar a su
27
trabajo o a enfrentar situaciones difíciles para sostener su puesto laboral.
Algunas de las dificultades añadidas, en el marco de las operaciones totales o
parciales, es la cobertura por parte de las obras sociales de estas intervenciones
o de los tratamientos de hormonización; a menudo, los regímenes de licencias
laborales permitidas no llegan a cubrir los días necesarios para concurrir al médico
o a otras ciudades en las que existan servicios especializados de salud, lo que
puede producir malestar en el empleador.
Para tener en cuenta:
•	 Respetar la identidad de género de las personas trans, utilizando el
pronombre femenino o masculino, la, ella o el, ellos, según corresponda
y el nombre que la represente.
•	 Incorporar en los convenios colectivos de trabajo una mención explícita
del respeto a la identidad de género de las personas trans y de la incorporación
en los regímenes de las licencias producto de las operaciones parciales o
totales de reasignación.
•	 Acompañar activamente a las personas trans durante el proceso de
expresión de su identidad de género en el ámbito laboral para evitar
situaciones de discriminación y transfobia, y reducir los temores a las
consecuencias de la visibilidad.
28
Guía informativa para sindicatos:
Acciones tendientes al respeto de la diversidad
afectiva, sexual y de género en el ámbito laboral
5
5. ¿Qué puede hacer el sindicato para que se respete la diversidad afectiva,
sexual y de género en el ámbito laboral?
La Guía informativa para sindicatos: sobre la diversidad sexual en el trabajo pretende
ser un disparador para generar los debates necesarios en las organizaciones
sindicales y para que, a consecuencia de ello, se desarrollen las acciones
necesarias que garanticen espacios laborales respetuosos e inclusivos para
todos los trabajadores y trabajadoras por igual, más allá de su orientación sexual
e identidad de género.
Ahora queremos proponer algunas ideas que el sindicato puede comenzar a
poner en práctica; no es una lista exhaustiva de acciones, sino algunas ideas
que se pueden completar, complementar o mejorar con el aporte de todos/as
aquellos/as que integran la organización gremial. El objetivo es que el sindicato
tenga la información adecuada y veraz con la que desarrollar las herramientas
y los recursos necesarios para poder actuar correctamente.
Incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género en el ideario del
sindicato
El primer paso que todas las organizaciones gremiales pueden dar es asumir
que no todos los trabajadores y trabajadoras que están afiliados/as o que se
desempeñan en su sector o rubro de actividad tienen que ser heterosexuales.
Asumir esta realidad implica incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género
desde la naturalidad, sin prejuicios, con el objeto de garantizarle a la totalidad de
los trabajadores y trabajadoras un espacio laboral –y gremial– inclusivo.
Es importante que esta decisión se tome en la conducción sindical para que
toda la organización la perciba con la importancia y las implicancias que tiene,
ya que involucran a toda la institución. No obstante, las actividades deben ser
responsabilidad de un área específica para que los objetivos y tareas sean
llevados efectivamente a la práctica, aunque no dependan únicamente de ella.
Es beneficioso explicitar que el sindicato reconoce a la diversidad como un
30
valor que lo enriquece. El concepto que debe guiar siempre todas las acciones
debe ser el de la igualdad, el de garantizarle a los/as trabajadores/as LGTBI
el reconocimiento y el acceso igualitario a todos los beneficios y servicios que
el sindicato brinda a sus afiliados a través de secretarías como Salud, Acción
Social y Turismo, entre otras. Así se estará explicitando el convencimiento de
que todos los trabajadores y trabajadoras merecen el mismo respeto y recono-
cimiento en la organización sindical y en el ámbito laboral.
El reconocimiento a la diversidad debe expresarse concretamente: en el lenguaje,
la comunicación, la administración, etc. Es fundamental que todas las familias
se sientan reconocidas e incluidas en el sindicato, más allá de que estén
integradas por parejas del mismo o distinto sexo. En ese sentido, además de
los matrimonios igualitarios, es necesario incluir a las parejas de hecho que
estén integradas por personas del mismo sexo.
También es importante articular con organizaciones LGTBI, ya que hacerlas
participar en el proceso de incorporación de la diversidad en la organización
sindical produce un efecto inclusivo y enriquecedor en el ámbito laboral, en
particular, y en la sociedad, en general.
La diversidad incluida en todos los papeles del sindicato
Un ejercicio muy efectivo –y necesario– es revisar todos los soportes donde el
sindicato releva información acerca de los/as afiliados/as y sus grupos familiares –ya
sea en formato papel o digital–, que es utilizada para brindar u ofrecer servicios
o beneficios. Seguramente, encontrarán que han sido formulados como si todos/
as los/as afiliados/as fueran heterosexuales y su configuración familiar también.
31
Para tener en cuenta:
•	Utilizar las palabras cónyuge, pareja o conviviente en lugar de marido y
mujer en los formularios, sistemas informáticos o bases de datos. Estas
palabras no presuponen la orientación sexual de los/as afiliados/as e
incluyen y visibilizan a todas las familias por igual.
•	En la registración de los datos de los hijos e hijas de los/as afiliados/as
al sindicato, recomendamos no utilizar en los formularios el tradicional
papá o mamá para tomar los datos de sus responsables legales, sino
utilizar la fórmula hijo/a de y de. Esta formulación –que incluye a la
diversidad familiar– es funcional tanto a las familias integradas por un
papá y una mamá como a las formadas por dos mamás o dos papás.
La diversidad incluida en la comunicación del sindicato
Una de las cosas más sencillas –pero no por ello menos importante– que el
sindicato puede hacer es incorporar a la diversidad afectiva, sexual y de género
en su comunicación institucional. El lenguaje y las imágenes que se utilicen
para comunicar pueden trasmitir –o no– la inclusión de lesbianas, gays, bisexuales
y trans en el sindicato, en sus políticas y servicios.
Concretamente, en la comunicación de los servicios a los/as afiliados/as –que
como ya hemos visto deben incluir a todos y todas independientemente de su
orientación sexual e identidad de género– es donde se debe incorporar a las
parejas del mismo sexo; por ejemplo,para comunicar los beneficios por matrimonio,
aniversarios, turismo, nacimientos o adopción, etc.
Así, desde la comunicación institucional cada organización gremial puede
contribuir a la generación de una cultura de respeto e inclusión de la diversidad
sexual.
32
Capacitación para delegados/as
El sindicato, para dar cumplimiento exitoso a su función de interlocutor frente
al empleador en lo que se refiere a la mejora de las condiciones de trabajo y del
salario, necesita contar con delegados/as gremiales que sepan representar los
intereses de los trabajadores y trabajadoras, contando con los conocimientos
necesarios que le permitan estar a la altura de la compleja realidad que presentan
las relaciones laborales.
Por ello, es conveniente que el sindicato organice actividades de capacitación
y formación, en las cuales se incorpore la perspectiva de la diversidad sexual,
el valor del empleo digno y la solidaridad, con el objetivo de concientizar y
sensibilizar a todos los sectores de la organización, y en particular a quienes
cumplan la función negociadora.
A los delegados o delegadas es a quienes recurrirán los/as trabajadores/as en
caso de necesitar ayuda para solucionar algún conflicto que pudiera presentarse
dentro de su lugar de trabajo. Para ello, los/as delegados/as necesitan una
sólida formación, que no solamente les permitirá acompañar a quien solicite
su ayuda, sino que a la vez les permitirá transformarse en educadores/as y
transmisores/as de nuevas realidades. Por tanto, se torna imprescindible la
capacitación para delegadas y delegados sobre la temática LGTBI a través de
charlas, jornadas y talleres que les brinden herramientas para prevenir situaciones
de discriminación por orientación sexual e identidad de género en el lugar de
trabajo.
Convenios colectivos
Una de las funciones más importantes del sindicato es la negociación colectiva.
A través de este mecanismo la organización sindical influye de manera directa
no solo en la cuestión salarial sino también en las condiciones laborales, de
seguridad e higiene, etc., de los trabajadores y trabajadoras.
33
Si bien los sindicatos ya tienen acuerdos establecidos con la parte empleadora,
muchos de estos no incluyen las necesidades de las personas LGTBI. Consideramos
una acción clave la incorporación de la perspectiva de la diversidad sexual en la
negociación colectiva. Algunas ideas que se pueden introducir en los convenios
colectivos son:
•	Cláusulas antidiscriminatorias que incluyan la orientación sexual y la
identidad de género.
•	Definiciones de familias que incluyan a las comaternales y las copaternales.
•	Asegurar que los beneficios sociales alcancen también a las parejas
de hecho, integradas por personas del mismo sexo.
Incorporación de una cláusula antidiscriminatoria: fundamento y propuesta
Cuando un/a trabajador/a LGTBI desea o necesita ejercer sus derechos plenamente
–es decir, actuar en igualdad con las personas heterosexuales–, asume una
serie de riesgos que, a priori, una persona heterosexual no tendría. Solicitar
la licencia por matrimonio, registrar una pareja de hecho, pedir permisos por
enfermedad, visita médica, ayudas sociales reconocidas en convenios para
cónyuge, conviviente o descendientes etc., implica volverse visible y asumir las
consecuencias que ello puede acarrear.
Hacer visible la orientación sexual o la identidad de género puede ser difícil
en la relación con los compañeros y compañeras de trabajo, como así también
con los/as responsables del área de recursos humanos, jefes/as o clientes/as,
etc. Las personas cuyas creencias avalan la discriminación pueden estar en
cualquier ámbito laboral, desempeñándose como pares o como jefes/as. Ahí es
donde pueden producirse situaciones de exclusión y hostigamiento, motivadas
por la visibilidad de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex.
Los empleadores y empleadoras, al asumir institucionalmente el principio
de igualdad y no discriminación, contribuyen a crear un contexto favorable
a la visibilidad de la diversidad. Esta medida no será suficiente per se para
34
erradicar las prácticas sociales de la LGTBI-fobia, pero sí es un paso necesario
para avanzar en un cambio cultural y normativo.
Una posible formulación de la cláusula antidiscriminatoria:
Las partes signatarias del presente convenio acuerdan eliminar –de
acuerdo con la legislación vigente– cualquier norma, medida o práctica
que pudiera producir arbitrariamente un trato discriminatorio o desigual
fundado en razones políticas, gremiales, de sexo, orientación sexual, identidad
de género, estado civil, edad, nacionalidad, condición de migrante, etnia,
religión, discapacidad, caracteres físicos, VIH, como también respecto de
cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que
menoscabe o anule la igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el
acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral.
Definiciones de familias que también incluyan a las comaternales y a las
copaternales
La relación entre la vida familiar y la laboral forma parte de la negociación colectiva,
que está directamente relacionada con el reconocimiento de la diversidad
familiar. Hoy, en la República Argentina existen miles de familias integradas por
parejas del mismo sexo a cargo de la crianza de niños y niñas. Es necesario,
entonces, que dejemos de hablar de familia, como si existiera un único modelo
posible, y hablemos de familias, dando cuenta no solo de las comaternales (dos
mamás) o copaternales (dos papás), sino también de las familias ensambladas o
monoparentales (con un solo adulto a cargo).
Se trata de garantizarle a todas las familias los mismos derechos para acceder a
las licencias o permisos por matrimonio, a los registros de parejas de hecho, a
los permisos por enfermedad o visita médica del cónyuge o pareja y familiares,
a las ayudas sociales reconocidas en convenios, a las licencias relacionadas
con la maternidad o paternidad (ya sea biológica, por adopción o sustitución),
cuidado de ascendientes o personas dependientes a cargo del trabajador/a, etc.
Para garantizar que todas las formas de convivencia reconocidas hoy, legal y
35
socialmente, tengan la plena cobertura por parte del convenio colectivo y la
protección y reconocimiento del sindicato, puede ser útil el siguiente texto:
Los supuestos contemplados para los matrimonios en los apartados referidos
a licencias, permisos, beneficios y ayudas sociales y económicas, cuando
concurran las circunstancias previstas en los mismos, se extenderán también
a las parejas de hecho –integradas por personas de igual o distinto sexo–
siempre que estén registrados como convivientes en el Registro Civil que les
corresponda.
36
Guía informativa para sindicatos:
¿Cómo hacer una denuncia por discriminación?
6
6. Cómo hacer una denuncia por discriminación en el ámbito laboral ante
el INADI
Cómo denunciar
La denuncia por discriminación debe presentarse por escrito, con la firma de
el/la interesado/a, en la Mesa de Entradas del INADI, sede ubicada en Moreno
750, 1er. piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a
20 horas.
Otra opción es remitir la denuncia por correo postal a la dirección indicada. Sin
embargo, es aconsejable obtener orientación previa en forma personal. Este
servicio se presta en la misma sede de lunes a viernes, de 9 a 18 horas.
Las situaciones de discriminación ocurridas en las provincias deberán denunciarse
en las respectivas delegaciones del INADI. Se pueden consultar las direcciones
de las delegaciones o descargar el formulario de denuncias en www.inadi.gob.
ar. Ante cualquier duda, también se puede consultar por vía telefónica a la línea
gratuita 0800-999-2345 (las 24 horas, todos los días del año) o por correo
electrónico a 0800@inadi.gob.ar.
En la denuncia deben consignarse los datos de la persona denunciante (nombre
y apellido/s, DNI, razón social u organismo, entre otros datos), como así
también los datos de la persona o entidad responsable de la situación denunciada
(nombre y apellido/s, razón social u organismo). Además, se deben describir
en forma clara y precisa los hechos denunciados, detallando cuándo, cómo y
dónde ocurrieron, e indicando la/s persona/s que estuvieron presentes. También
es necesario indicar si se realizaron otras denuncias por estos hechos y, en
este caso, señalar el organismo y el número de expediente.
Finalmente, es necesario detallar la documentación que se acompaña, indicar
los datos de los/as testigos de la situación denunciada (máximo dos) y señalar
cuáles son los hechos o circunstancias que se quieren probar con la declaración.
38
¿Cómo se tramita una denuncia por discriminación?
Una vez presentada la denuncia, se hace un primer análisis para corroborar
si cumple con los requisitos formales; de cumplir con ellos, se examina para
determinar si la situación denunciada constituye discriminación. En caso de
que no constituya discriminación, se desestima la denuncia y, eventualmente,
se deriva el caso al organismo competente para intervenir en el conflicto
planteado. Cuando se trata de una situación de discriminación, se realiza una
investigación básica para determinar si verosímilmente pudo haber ocurrido la
situación denunciada. En este marco, se piden informes y explicaciones a las
personas señaladas como responsables de la situación denunciada y a terceros,
se reciben declaraciones testimoniales y se toman otras medidas. Si esa
investigación arroja resultado positivo, se admite el caso y se brinda apoyo a
la persona discriminada con el objeto de incidir en el cese y/o no repetición de
la conducta denunciada.
La admisión o la desestimación se cumplen previa emisión de un dictamen,
que es una opinión no vinculante, aunque jurídicamente fundada. El dictamen,
que expresa si el acto denunciado se encuadra o no en un acto discriminatorio,
puede ser presentado en un proceso judicial con la finalidad de que los/as
magistrados/as lo consideren antes de emitir sentencia.
La tramitación de la denuncia se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el
Instructivo de Tramitación de Denuncias, aprobado por Disposición N° 132/12
(Boletín Oficial 26/07/2012).
Resolución rápida de conflictos
En ciertos casos, el trámite de denuncia se inicia con una gestión de buenos
oficios tendiente a la resolución rápida del conflicto planteado por el/la
denunciante. Las gestiones se realizan principalmente por vía telefónica,
comunicándonos con las personas señaladas como responsables de la situación
denunciada, con el fin de arribar a una solución voluntaria del conflicto traído
a conocimiento del INADI. Si el conflicto no logra ser resuelto mediante esta
gestión, podrá continuarse con el trámite de la denuncia.
39
Guía informativa para sindicatos:
Actuación conjunta MTESS | INADI
7
7. Actuación conjunta entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social y el INADI ante situaciones de discriminación por orientación sexual
e identidad de género en el ámbito laboral
Los delegados y delegadas gremiales son quienes se encuentran diariamente
con trabajadores y trabajadoras que pueden vivir situaciones de discriminación por
orientación sexual a identidad de género en su lugar de trabajo. El delegado/a
es la primera persona a quien, seguramente, recurrirá la persona discriminada
en busca de ayuda.
Frente a situaciones de discriminación hacia sus afiliados/as, el sindicato puede
acompañarlos/as para presentar una denuncia ante el INADI y el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Pasos a seguir:
1) Presentar un escrito consignando los datos de la persona discriminada,
su lugar de trabajo y los hechos ocurridos con la mayor cantidad de
información posible y personas presentes.
2) Comunicarse con el Área de Trabajo y Diversidad Sexual (al 4310–5997
o al correo electrónico diversidadsexual@trabajo.gob.ar ) para solicitar
el Protocolo de Derivación Inmediata al INADI. En este caso, no es necesario
que se presente la persona, pero sí el sindicato.
3) Dirigirse al INADI con el Protocolo de Derivación otorgado por el
Ministerio de Trabajo (Moreno 750, 1er. Piso, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a 20 horas), con la documentación
reunida y en compañía de la persona damnificada.
El INADI será el organismo encargado de determinar si hubo o no discriminación
por orientación sexual e identidad de género, y luego de ello elaborará el dictamen
correspondiente. El MTEySS registrará la situación denunciada, lo cual obrará
como antecedente, realizando la inmediata derivación al INADI.
En caso de que la vía administrativa no prospere y la persona decida recurrir
a la justicia, podrá acudir a ella con las respuestas y los registros obtenidos en
las tres instituciones.
41
ANEXO
Normativa igualitaria: matrimonio igualitario e identidad de género
¿Qué es el matrimonio igualitario (Ley N° 26.618)?
La ley socialmente conocida como “matrimonio igualitario” (Ley N° 26.618)
constituye una reforma parcial del Código Civil –que data de 1869–, de la Ley
del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (N° 26.423) y de la
Ley del Nombre (N° 18.248). Fue sancionada el 15 de Julio de 2010 y promulgada
por la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner el 21 de julio de
2010.
Aspectos centrales de la reforma
El núcleo del cambio radicó en una frase que se agregó al artículo 172 del
Código Civil: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con
independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
Las demás modificaciones son consecuencia de aquella, y básicamente consisten
en cambios terminológicos: se remplaza hombre y mujer por el término
genérico contrayentes; en vez de padre y madre, figura el genérico padres; y se
remplaza marido y mujer por unidos en matrimonio.
Inscripción de hijos e hijas de matrimonios igualitarios
La ley determinó que en el caso de los hijos de matrimonios entre personas del
mismo sexo deberá constar en la partida de nacimiento “el nombre y apellido
de la madre y su cónyuge, y tipo y número de los respectivos documentos de
identidad” (Artículo 36) y que “Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo
sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de estos podrá
inscribirse el apellido compuesto del cónyuge” (Artículo 37).
42
Adopción
No se modificaron las condiciones generales de la adopción, que puede ser
ejercida individualmente –sin que se considere su orientación sexual– o por
matrimonios, que ahora podrán ser de distinto o del mismo sexo.
Aplicación: Artículo 42, Cláusula complementaria
Todas las referencias a la institución del matrimonio que contiene el ordenamiento
jurídico argentino se entenderán aplicables tanto al matrimonio constituido por
dos personas del mismo sexo como al constituido por dos personas de distinto
sexo. Ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada
ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o
goce de los mismos derechos y obligaciones.
Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU N° 1006) de Reconocimiento Igualitario
para hijos e hijas nacidos antes del matrimonio igualitario
En Argentina, antes de la sanción del matrimonio igualitario, existían cientos
de familias comaternales (con dos mamás) que habían tenido sus hijos e hijas
utilizando técnicas de reproducción asistida, pero habían sido inscriptos/as
solamente como hijos/as de una de sus madres. Luego de la ampliación del
matrimonio a las parejas del mismo sexo, los registros civiles se negaron a
completar las actas con los datos de la otra madre.
El DNU 1006, firmado por la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner
en julio de 2012, se basó en “estrictas razones de igualdad”, equiparando los
derechosdelosniñosyniñasnacidosantesdelaLeydeMatrimonioIgualitario con los
nacidos después. Esto permitió emitir nuevas actas de nacimiento completando
los datos de ambas madres y el doble apellido.
Esta normativa permite que los/as niños/as nacidos/as en familias comaternales
antes de la sanción del matrimonio igualitario accedan a las previsiones sociales,
43
la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de sus madres,
la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, los
derechos hereditarios, las licencias laborales de ambas madres por enfermedad
de sus hijos y el reconocimiento legal del vínculo con sus familias extendidas:
abuelas y abuelos, tíos, tías, primos, primas, etc.
Documento Nacional de Identidad: DNI “Cero Año”
En los DNI para recién nacidos/as, como medida de seguridad, se incorporó
en el dorso del carnet el nombre y apellido de su madre y padre. Luego se lo
remplazó por la formula hijo de e hija de para incorporar indistintamente a una
mamá o un papá o a dos mamás o dos papás.
Ley de Identidad de Género (Ley Nº 26.743)
La sanción de la Ley de Identidad de Género es un paso fundamental para la
visibilidad, identidad e inclusión de las personas trans en nuestras comunidades.
Aspectos principales:
•	 Travestis, transexuales, transgéneros y hombres trans tienen derecho
a que se les reconozca su identidad de género y a recibir un trato digno.
•	 Reconoce el derecho humano fundamental de toda persona al recono-
cimiento de su identidad de género, a ser tratada de acuerdo con esta, al
libre desarrollo de su persona y, en particular, a ser identificada de ese
modo en la Partida de Nacimiento y en el Documento Nacional de identidad
(DNI).
•	 En ningún caso se pueden exigir como condiciones una intervención
quirúrgica, ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.
44
Acceso a la salud integral
Toda persona puede solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales
y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo,
incluida su genitalidad, a su identidad de género. Los procedimientos son gratuitos
en su totalidad y las prestaciones de salud respecto de estas intervenciones están
incluidas en el Plan Médico Obligatorio.
Personas trans menores de edad:
•	Tienen derecho a la rectificación registral del nombre, el sexo y la
imagen en su documentación, y a recibir un trato digno en los ámbitos
educativos, aun no habiendo realizado el cambio de identidad en su
documentación pública.
45
Índice
Guía informativa para sindicatos: diversidad sexual en el ámbito del trabajo	
1.Laincorporacióndeladiversidadafectiva,sexualydegéneroenla
agendasindical							 9
¿Quéeslaheteronormatividad?						 9
¿Porquéesnecesarioincorporarladiversidadafectiva,sexualydegénero		
enloslineamientosdetrabajodelasorganizacionesgremiales?			 10
¿Quéimplicaserlesbiana,gay,bisexualotransenelámbitolaboral?			 11
¿Quéesladiversidadafectiva,sexualydegénero?				 12
Antecedentes							 13
2.Ellenguajecomomotordecambio:¿dequéhablamoscuandohablamos
delesbianas,gays,bisexuales,transointersex?				 15
Glosariodeladiversidadsexual						 15
¿Aquénosreferimoscuandohablamosdetratodignohaciapersonastrans?		 19
3.Laexpresiónsocialeinstitucionaldelrechazo:laLGTBI-fobia			 22
4.Personastrans:accesoypermanenciaenelempleo				 26
5.¿Quépuedehacerelsindicatoparaqueserespeteladiversidadafectiva,
sexualydegéneroenelámbitolaboral?					 30
Incorporarladiversidadsexualyafectivaenelideariodelsindicato			 30
Ladiversidadincluidaentodoslospapelesdelsindicato				 31
Ladiversidadincluidaenlacomunicacióndelsindicato				 32
Capacitaciónparadelegados/as						 33
Convenioscolectivos							 33
Incorporacióndeunacláusulaantidiscriminatoria:fundamentoypropuesta		 34
Definicionesdefamiliasquetambiénincluyanalascomaternalesyalascopaternales	 35
6.CómohacerunadenunciapordiscriminaciónenelámbitolaboralanteelINADI	 38
Cómodenunciar							 38
¿Cómosetramitaunadenunciapordiscriminación?				 39
Resoluciónrápidadeconflictos						 39
7.ActuaciónconjuntaentreelMinisteriodeTrabajo,EmpleoySeguridadSocial
yelINADIantesituacionesdediscriminaciónpororientaciónsexualeidentidad
degéneroenelámbitolaboral						 41
ANEXO.Normativaigualitaria:matrimonioigualitarioeidentidaddegénero		 42
47
48
Guía sindical sobre diversidad sexual

Más contenido relacionado

Destacado

Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...
Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...
Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...Fundación Ramón Areces
 
Lehendakariaren hitzaldia - Korta taldeari bisitaldia.
Lehendakariaren hitzaldia -  Korta taldeari bisitaldia.Lehendakariaren hitzaldia -  Korta taldeari bisitaldia.
Lehendakariaren hitzaldia - Korta taldeari bisitaldia.Irekia - EJGV
 
somos los creadores de nuestra vida
somos los creadores de nuestra vida somos los creadores de nuestra vida
somos los creadores de nuestra vida xJeffDanTex
 
Presentation Ratten Club2010
Presentation Ratten Club2010Presentation Ratten Club2010
Presentation Ratten Club2010inne
 
Cv europeo Milena Milani maggio 2015
Cv europeo Milena Milani maggio 2015Cv europeo Milena Milani maggio 2015
Cv europeo Milena Milani maggio 2015Milena Milani
 
3 treball la caiguda del mur de berlín
3 treball la caiguda del mur de berlín3 treball la caiguda del mur de berlín
3 treball la caiguda del mur de berlínToni Guirao
 
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...Mónica Vallejo Gómez
 
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallego
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús GallegoResumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallego
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallegojesusgallego
 
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCAST
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCASTGUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCAST
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCASTangiesax
 
Vaccinurile preventie-sau-boala
Vaccinurile preventie-sau-boalaVaccinurile preventie-sau-boala
Vaccinurile preventie-sau-boalaIon Lorin
 
José manuel balmaceda
José manuel balmacedaJosé manuel balmaceda
José manuel balmacedadpradorios
 
Posicionamiento en Buscadores - SEO
Posicionamiento en Buscadores - SEOPosicionamiento en Buscadores - SEO
Posicionamiento en Buscadores - SEOCarlo Rodriguez
 
Taking care of oral health
Taking care of oral healthTaking care of oral health
Taking care of oral healthDr.Priti Lamba
 
Vestimenta del Imperio Bizantino
Vestimenta del Imperio BizantinoVestimenta del Imperio Bizantino
Vestimenta del Imperio BizantinoIsabel Gutierrez
 
Revista Suma2- Matemática
Revista Suma2- MatemáticaRevista Suma2- Matemática
Revista Suma2- Matemáticaaarj_15
 
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César Tzián
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César TziánEmprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César Tzián
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César TziánCésar Tzián
 
Los textos de la vida Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015
Los textos de la vida  Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015Los textos de la vida  Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015
Los textos de la vida Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015Enrique Posada
 

Destacado (20)

Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...
Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...
Jaime Reis. El crecimiento económico de Portugal 1500-1850. ¿Existe un modelo...
 
Report
ReportReport
Report
 
Lehendakariaren hitzaldia - Korta taldeari bisitaldia.
Lehendakariaren hitzaldia -  Korta taldeari bisitaldia.Lehendakariaren hitzaldia -  Korta taldeari bisitaldia.
Lehendakariaren hitzaldia - Korta taldeari bisitaldia.
 
somos los creadores de nuestra vida
somos los creadores de nuestra vida somos los creadores de nuestra vida
somos los creadores de nuestra vida
 
Presentation Ratten Club2010
Presentation Ratten Club2010Presentation Ratten Club2010
Presentation Ratten Club2010
 
Cv europeo Milena Milani maggio 2015
Cv europeo Milena Milani maggio 2015Cv europeo Milena Milani maggio 2015
Cv europeo Milena Milani maggio 2015
 
3 treball la caiguda del mur de berlín
3 treball la caiguda del mur de berlín3 treball la caiguda del mur de berlín
3 treball la caiguda del mur de berlín
 
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...
Cédula del participante a Consejos Técnicos escolares /Órganos Colegiados Esc...
 
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallego
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús GallegoResumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallego
Resumen vender en la mente del cliente. Por Jesús Gallego
 
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCAST
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCASTGUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCAST
GUIÓN PARA LA PRODUCCIÓN DE PODCAST
 
Vaccinurile preventie-sau-boala
Vaccinurile preventie-sau-boalaVaccinurile preventie-sau-boala
Vaccinurile preventie-sau-boala
 
José manuel balmaceda
José manuel balmacedaJosé manuel balmaceda
José manuel balmaceda
 
LICH Landscape Hawaii Magazine - September/October 2013 Issue
LICH Landscape Hawaii Magazine - September/October 2013 IssueLICH Landscape Hawaii Magazine - September/October 2013 Issue
LICH Landscape Hawaii Magazine - September/October 2013 Issue
 
Posicionamiento en Buscadores - SEO
Posicionamiento en Buscadores - SEOPosicionamiento en Buscadores - SEO
Posicionamiento en Buscadores - SEO
 
Taking care of oral health
Taking care of oral healthTaking care of oral health
Taking care of oral health
 
Vestimenta del Imperio Bizantino
Vestimenta del Imperio BizantinoVestimenta del Imperio Bizantino
Vestimenta del Imperio Bizantino
 
Revista Suma2- Matemática
Revista Suma2- MatemáticaRevista Suma2- Matemática
Revista Suma2- Matemática
 
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César Tzián
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César TziánEmprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César Tzián
Emprendimiento Social | Modelos de Negocio | Crowdfunding - César Tzián
 
Los textos de la vida Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015
Los textos de la vida  Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015Los textos de la vida  Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015
Los textos de la vida Volumen 7 grupo poesía y escritos poéticos cortos 2015
 
Módulo 1
Módulo 1Módulo 1
Módulo 1
 

Similar a Guía sindical sobre diversidad sexual

Área Trabajo y Diversidad Sexual
Área Trabajo y Diversidad SexualÁrea Trabajo y Diversidad Sexual
Área Trabajo y Diversidad SexualE-INADI
 
De La Ley a la Pràctica Sexual
De La Ley a la Pràctica SexualDe La Ley a la Pràctica Sexual
De La Ley a la Pràctica SexualKarii96
 
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y Diversidad
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y DiversidadReglamento del Consejo Local de Igualdad y Diversidad
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y DiversidadMario Abril
 
Equidad de genero 2º medio
Equidad de genero 2º medioEquidad de genero 2º medio
Equidad de genero 2º medioVeronica Pardo
 
Guía de educación y diversidad sexual.
Guía de educación y diversidad sexual.Guía de educación y diversidad sexual.
Guía de educación y diversidad sexual.Contenidistas
 
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.Educación y diversidad sexual - guía didáctica.
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.Contenidistas
 
Proyecto metamorfósis cultural lgtbi
Proyecto metamorfósis cultural lgtbiProyecto metamorfósis cultural lgtbi
Proyecto metamorfósis cultural lgtbiUniambiental
 
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...Unión de Asociaciones Familiares (UNAF)
 
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQ
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQManual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQ
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQespacioprogresista
 
Laigualdaddegenero
LaigualdaddegeneroLaigualdaddegenero
LaigualdaddegeneroJuanGarca262
 
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexuales
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexualesGuia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexuales
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexualesCPAS
 
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...Secretaria Nacional de la Juventud
 

Similar a Guía sindical sobre diversidad sexual (20)

Área Trabajo y Diversidad Sexual
Área Trabajo y Diversidad SexualÁrea Trabajo y Diversidad Sexual
Área Trabajo y Diversidad Sexual
 
De La Ley a la Pràctica Sexual
De La Ley a la Pràctica SexualDe La Ley a la Pràctica Sexual
De La Ley a la Pràctica Sexual
 
Agenda LGBT
Agenda LGBTAgenda LGBT
Agenda LGBT
 
Archivo: Informe de Actividades 2008-2013 GTGNDyCL
Archivo: Informe de Actividades 2008-2013 GTGNDyCL Archivo: Informe de Actividades 2008-2013 GTGNDyCL
Archivo: Informe de Actividades 2008-2013 GTGNDyCL
 
Comunidad lgbt
Comunidad lgbtComunidad lgbt
Comunidad lgbt
 
Hablemos de sexo. isonomia. 12.03.2019
Hablemos de sexo. isonomia. 12.03.2019Hablemos de sexo. isonomia. 12.03.2019
Hablemos de sexo. isonomia. 12.03.2019
 
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y Diversidad
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y DiversidadReglamento del Consejo Local de Igualdad y Diversidad
Reglamento del Consejo Local de Igualdad y Diversidad
 
Equidad de genero 2º medio
Equidad de genero 2º medioEquidad de genero 2º medio
Equidad de genero 2º medio
 
Guía de educación y diversidad sexual.
Guía de educación y diversidad sexual.Guía de educación y diversidad sexual.
Guía de educación y diversidad sexual.
 
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.Educación y diversidad sexual - guía didáctica.
Educación y diversidad sexual - guía didáctica.
 
Proyecto metamorfósis cultural lgtbi
Proyecto metamorfósis cultural lgtbiProyecto metamorfósis cultural lgtbi
Proyecto metamorfósis cultural lgtbi
 
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...
Guía para profesionales: Claves para aproximarse a la sexualidad de las perso...
 
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQ
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQManual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQ
Manual de Derechos y Conceptos LGBTTTIQ
 
ASPIDH Denuncia ante cidh final-mexico-2014-original
ASPIDH Denuncia ante  cidh final-mexico-2014-originalASPIDH Denuncia ante  cidh final-mexico-2014-original
ASPIDH Denuncia ante cidh final-mexico-2014-original
 
Laigualdaddegenero
LaigualdaddegeneroLaigualdaddegenero
Laigualdaddegenero
 
Agenda lgbt
Agenda lgbtAgenda lgbt
Agenda lgbt
 
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexuales
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexualesGuia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexuales
Guia de atencion integral a lesbianas y mujeres bisexuales
 
Revista
RevistaRevista
Revista
 
Revista
RevistaRevista
Revista
 
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...
Por una Sociedad Joven Inclusiva: compilación de trabajos sobre jóvenes Trans...
 

Más de Nelson Leiva®

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022Nelson Leiva®
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Nelson Leiva®
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Nelson Leiva®
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Nelson Leiva®
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Nelson Leiva®
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisNelson Leiva®
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesNelson Leiva®
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Nelson Leiva®
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
 

Más de Nelson Leiva® (20)

CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
CGR Tema contratos Honorarios 10.Ene.2022
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
 
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
Decreto Promulgatorio Ley N° 21.405 Reajuste 2021-2022
 
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
Boletín N° 14.733-05 Proyecto Ley Reajuste 2021-2022
 
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022
 
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021
 
Historia de Aconcagua
Historia de AconcaguaHistoria de Aconcagua
Historia de Aconcagua
 
Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima Texto Estudio Confianza Legítima
Texto Estudio Confianza Legítima
 
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021
 
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
Instructivo N° E156769/2021 CGR Contratas 17.11.2021
 
Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente Solicitud Clasificación de Patente
Solicitud Clasificación de Patente
 
Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19 Instructivo Desplazamiento Covid-19
Instructivo Desplazamiento Covid-19
 
Cronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales SubdereCronograma Plantas Municipales Subdere
Cronograma Plantas Municipales Subdere
 
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesSeminario Nacional de Municipalidades Las Condes
Seminario Nacional de Municipalidades Las Condes
 
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD GratisManual Magic Tv Chile HD Gratis
Manual Magic Tv Chile HD Gratis
 
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaModernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
Modernización Municipal Propuesta Nueva Arquitectura
 
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y BienesDictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
Dictamen Obligación Pago Servicios y Bienes
 
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesCircular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
Circular N° 0031 Nueva denominación de Regiones
 
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
Dictamen Escalafón Antiguedad 22.01.2018
 
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasDictamen  N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso Contratas
 

Último

2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reaccionesÉteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reaccionesLauraColom3
 
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfCLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfJonathanCovena1
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaDecaunlz
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfMaritzaRetamozoVera
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdfenelcielosiempre
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Alejandrino Halire Ccahuana
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptxolgakaterin
 

Último (20)

2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reaccionesÉteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
Éteres. Química Orgánica. Propiedades y reacciones
 
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdfCLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
CLASE - La visión y misión organizacionales.pdf
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdfEjercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
Ejercicios de PROBLEMAS PAEV 6 GRADO 2024.pdf
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
plan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdfplan de capacitacion docente  AIP 2024          clllll.pdf
plan de capacitacion docente AIP 2024 clllll.pdf
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
 

Guía sindical sobre diversidad sexual

  • 1.
  • 2. Primera edición: 15.000 ejemplares Edición Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Presidencia de la Nación Dirección: Moreno 750, 1° piso. C.P. C10921AAP – Buenos Aires – República Argentina. TE: (54-011) 4340-9400 Asistencia gratuita: 0800-999-2345 www.inadi.gob.ar Director Responsable: Pedro Mouratian. Directora editorial: Julia Contreras. Autor/a: Silvina Maddaleno y Martín Canevaro. Colaboradores/as: Martín Lanfranco, Julia Amore, Diana Sacayán, Florencia Paz Landeira. Armado, edición y corrección: Martín De Grazia. Diseño: Eduardo Frers. Agradecimientos: Gisela Dohm del Área de Trabajo sin Discriminación y a la Coordinación de Políticas Educativas y Formación del INADI. Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Alem 650 (C1001AAO) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. República Argentina. Área Trabajo y Diversidad Sexual Responsable: Matilde Garuti Equipo Técnico: Eliana Jourdan y Natalia Recalde www.trabajo.gob.ar/diversidadsexual Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - INADI Guía Informativa para sindicatos : diversidad Sexual en el ámbito del trabajo. -1a ed.- Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo - INADI, 2013. 48 pág.: 14,5 cm. X 20,8 cm. ISBN 978-987-1629-29-9 Fecha de catalogación: 13/12/2013
  • 3. AUTORIDADES NACIONALES Presidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Dr. Julio Alak Interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo Sr. Pedro Mouratian Directora de Promoción y Desarrollo de Prácticas contra la Discriminación Lic. Julia Contreras Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Dr. Carlos Tomada Jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Dr. Norberto Ciaravino
  • 4.
  • 5. 5 * Esta publicación está basada en la legislación inclusiva que se ha impulsado en la República Argentina desde el año 2003, en particular en las leyes nacionales N° 26.618 y N° 26.743, así como en la Guía “Diversidad afectiva y sexual: Una cuestión Sindical”, elaborada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de España en el año 2012. Guía informativa para sindicatos* Diversidad sexual en el ámbito del trabajo
  • 6. El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS), en el marco de las políticas de igualdad llevadas adelante por el Gobierno nacional y en cumplimiento del Plan Nacional contra la Discriminación (Decreto 1086/2005) y los objetivos del MTEySS, han firmado un convenio de cooperación (MTEySS N° 165/11) para proteger y promover los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersex (LGTBI) en el ámbito laboral. En esta oportunidad, presentamos la Guía informativa para sindicatos: sobre la diversidad sexual en el trabajo, que tiene por objeto brindar información y recursos a las organizaciones gremiales para contribuir a la construcción de ámbitos laborales respetuosos de la diversidad afectiva, sexual y de género. Luego de la sanción de las leyes de Matrimonio Igualitario e Identidad de Género, nos proponemos avanzar en la transformación de esa igualdad jurídica en una igualdad efectiva, que garantice el respeto y la inclusión social y laboral de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex, sin discriminación. Esta guía será un aporte para la incorporación de la perspectiva de diversidad sexual y género a las agendas de trabajo de las organizaciones sindicales, porque si bien se han realizado importantes avances en el reconocimiento de derechos igualitarios para la diversidad sexual, es necesario continuar aún en la profundización de estos avances para reducir los niveles de discriminación por orientación sexual e identidad de género en la sociedad, en general, y en los ámbitos laborales, en particular. Nuestro compromiso es garantizar la igualdad de oportunidades y el ejercicio de los derechos para todos y todas, independientemente de la orientación sexual e identidad de género de cada uno de los trabajadores y trabajadoras. Es por eso que asumimos nuestra responsabilidad de erradicar la LGTBI-fobia en todos y cada uno de los lugares de trabajo. Durante los últimos años, la República Argentina se posicionó política y jurídi- camente a la vanguardia, como un país que reconoce y garantiza la igualdad 6
  • 7. jurídica para las parejas del mismo sexo, sancionando la ley conocida como “ley de matrimonio igualitario” (Ley 26.618) y el DNU 1006/2012, que permite el reconocimiento igualitario de los hijos e hijas nacidos antes de la reforma que amplió el matrimonio civil a las parejas del mismo sexo. También ha sancionado la Ley de Identidad de Género, que reconoce el derecho a la identidad de género de las personas trans (travestis, transexuales, transgé- neros y hombres trans) y garantiza por ley su acceso integral a la salud. Estas medidas se sumaron a otras tendientes al reconocimiento y la ampliación de derechos como la Asignación Universal por Hijo, la Ley de Protección Integral a las Mujeres, la Ley de Salud Mental y la Ley de Servicios Audiovisuales, entre otras, que han dotado a nuestra sociedad de un marco legal más favorable para la igualdad, el respeto a la dignidad y el pleno desarrollo de todas las personas. En este sentido, entendemos que la capacitación sindical en materia de diversidad sexual y de género, tanto en los niveles de conducción como en el de los delegados y las delegadas, es fundamental para garantizar la igualdad efectiva de los trabajadores y las trabajadoras LGTBI. Para contribuir con esa tarea ofrecemos esta guía que contiene aspectos teóricos y prácticos como un aporte que les permita a los sindicatos incorporar la perspectiva de la diversidad sexual a la actividad gremial. 7
  • 8. Guía informativa para sindicatos: La incorporación de la diversidad sexual en la agenda sindical 1
  • 9. 1. La incorporación de la diversidad afectiva, sexual y de género en la agenda sindical En este contexto en el que nuestro país se instituye como un país de avanza- da respecto de los derechos para la población LGTBI (lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersex), el desafío que asumimos es transformar la igualdad jurídica en igualdad real, lo cual implica garantizar cotidianamente ámbitos laborales respetuosos de la diversidad sexual y de género. Si bien los cambios legislativos significan un gran avance, en las prácticas sociales continúan arraigados prejuicios y estereotipos que le dan marco a la discriminación y que es necesario revertir. Así, en los contextos laborales sigue existiendo una tendencia a invisibilizar aquellas identidades que se alejan de la heteronormatividad. ¿Qué es la heteronormatividad? Comencemos por realizar la siguiente distinción: una cosa es ser heterosexual y otra –muy distinta– ser heterosexista, o promover o reproducir un modelo heteronormativo. Ser heterosexual es sentir atracción afectiva y/o sexual por una persona de un sexo distinto al propio; la heteronormatividad, en cambio, es dar por supuesto que todas las personas que nos rodean -en este caso, en el trabajo- son heterosexuales, y organizar todo el sistema administrativo y valorativo en función de esa presunción. El heterosexismo es, asimismo, la asunción de que la heterosexualidad es más deseable que cualquier otra opción sexual; es también la estigmatización, denigración o negación de cualquier “cosa” que no sea no heterosexual. Esta actitud se emplea para justificar el maltrato, la discrimi- nación y el abuso de personas que no se ajustan a la heterosexualidad normalizada; como consecuencia, muchas de ellas interiorizan esta actitud, lo que les provoca una negación de sus propias identidades.1 1 Warner, M., Fear of a queer planet: Queer politics and social theory, Minneapolis, University of Minnesota, 1993. 9
  • 10. Todos los deseos que no se ajustan a la heteronormatividad son calificados de antisociales. Esto produce una gran asimetría entre el marco legal igualitario y el contexto social que reproduce situaciones de exclusión, discriminación, violencia o malestar en las relaciones entre los/as trabajadores/as, o con el personal superior o los/as empleadores/as en función de la orientación sexual e identidad de género. El rechazo hacia las identidades LGTBI se expresa en actitudes, enunciados y comportamientos culturales abiertamente LGTBI-fóbicos y misóginos, que en el ámbito laboral reproducen prejuicios y estereotipos de género contra todas aquellas personas que no responden a los roles “esperados”. La heteronor- matividad puede provocar situaciones de discriminación sobre trabajadores y trabajadoras LGTBI que expresen su identidad sexual o de género, o puede condenarlos/as a permanecer en el closet2 por percibir su espacio laboral como inseguro. ¿Por qué es necesario incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género en los lineamientos de trabajo de las organizaciones gremiales? En muchas oportunidades, aún hoy, se expresa una creencia muy arraigada socialmente que ubica a la sexualidad en la órbita de la “vida privada” de las personas. Esto implicaría no hablar ni exponer aspectos cotidianos de la vida afectiva o sexual de las personas, ya que no revestirían ninguna importancia para la socialización de los trabajadores y trabajadoras en su ámbito laboral, ni para su desempeño. De esta manera, es común escuchar afirmaciones del tipo lo que hagan entre cuatro paredes a mí no me importa. Sin embargo, no es muy difícil inferir que esta reflexión solo se aplica a las identidades sexuales no hegemónicas. Las preguntas, por tanto, serían: ¿por qué lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex deben hacerse visibles en sus ámbitos laborales si se trata de algo de 2 Expresión que se refiere a no hacer pública o visible nuestra orientación sexual y/o identidad de género. 10
  • 11. su “vida privada”?; ¿por qué la presión por permanecer en el closet esconde una discriminación latente o el miedo a ser víctima de ella? Un ejercicio efectivo para identificar si estamos o no en presencia de una práctica social o institucional discriminatoria es tomar un supuesto y llevarlo al extremo opuesto: si la situación deviene en absurdo, estamos ante una práctica discriminatoria. Por ejemplo: si un trabajador o una trabajadora en un vínculo afectivo y sexual de tipo heterosexual estuviese condenado/a a ocultar su identidad, su vínculo y sus vivencias cotidianas frente a sus compañeros/as de trabajo, superiores jerárquicos o empleadores/as, claramente pensaríamos que estamos ante una práctica discriminatoria. Más aún, si por su condición, además de tener que permanecer oculto/a, no pudiera acceder a beneficios sociales o laborales a los que sí acceden el resto de sus compañeros o compañeras de trabajo. La condena a permanecer en el closet –o en el armario–, junto con otros tipos y formas específicas de LGTBI-fobia, generan en los trabajadores y trabajadoras LGTBI daños en su salud, como baja autoestima, autoexclusión y depresión, que en situaciones límites han derivado en suicidio. La incorporación de la perspectiva de la diversidad afectiva, sexual y de género en la agenda de las entidades sindicales garantiza a los trabajadores y trabaja- doras por igual un ambiente laboral propicio para su desarrollo y crecimiento, además del acceso y disfrute de todos los beneficios sociales y laborales existentes. ¿Qué implica ser lesbiana, gay, bisexual o trans en el ámbito laboral? Los trabajadores y las trabajadoras LGTBI que se hacen visibles en sus lugares de trabajo pueden verse expuestos no solamente a burlas o insultos discrimi- natorios, sino también a situaciones de maltrato o acoso laboral por parte de jefes/as o pares. Al no responder a la sexualidad hegemónica, se enfrentan a un doble estándar en sus ámbitos laborales. Esto quiere decir que cotidianamente deben demostrar que, aun siendo lesbianas, gays, bisexuales, trans o intersex, 11
  • 12. son buenos trabajadores o trabajadoras. Los prejuicios o estereotipos les generan una doble carga a la hora de demostrar que están capacitados/as para cumplir con sus tareas y con la expectativa laboral que se deposita en ellos o ellas. Por ejemplo, un docente gay debe demostrar que aun siendo gay puede cumplir con su función como cualquier otro trabajador/a de la educación, padeciendo la hipersexualización de su identidad3 . Lo mismo ocurre con cualquier otro varón gay que no se encuadre dentro de los rubros en los cuales su desempeño es socialmente “aceptado”, como puede ser el diseño de modas, la peluquería o las disciplinas artísticas, entre otros. Asimismo, las trabajadoras lesbianas se ven expuestas a un “triple estándar”: por su condición de trabajadoras, por ser lesbianas y por ser mujeres; incluida la posibilidad de la maternidad, y lo que ello implica en términos de derechos y beneficios laborales. En este marco,en los ámbitos laborales trabajadores y trabajadoras LGTBI deciden ocultar su identidad sexual para evitar situaciones de rechazo o exclusión, o que sus condiciones laborales sufran cambios negativos y,en muchos casos,padezcan el riesgo de ser despedidos/as. ¿Qué es la diversidad afectiva, sexual y de género? La diversidad afectiva, sexual y de género son las distintas expresiones que no responden a la ideología heterosexual hegemónica; se refiere a las identidades LGTBI y a su capacidad de relacionarse afectiva y sexualmente. Todas las personas somos distintas y tenemos derecho a serlo. El principio de igualdad y no discriminación garantiza la libre expresión de la orientación sexual e identidad de género de todas personas, también en los ámbitos laborales. 3 La hipersexualización constituye un patrón de exaltación de la sexualidad de las personas LGTBI por sobre otras dimensiones y aspectos de su identidad, o la sexuali- zación de sus expresiones, posturas o actitudes. 12
  • 13. Antecedentes En el año 2007, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estableció nuevas formas de discriminación entre las cuales incluyó la orientación sexual, y en el año 2008 incorporó el concepto de trabajo decente (digno). Además, en el año 2011 la OIT ratificó que el abordaje de la no discriminación por orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral es un objetivo pendiente. Para tener en cuenta: • No presuponer la heterosexualidad entre compañeros y compañeras de trabajo. Es necesario utilizar un lenguaje inclusivo; por ejemplo, el genérico ¿tenés pareja? o ¿estas saliendo con alguien?, en lugar de ¿tenés novio o novia? • Las “cargadas” o expresiones machistas, LGTBI-fóbicas o xenofóbicas hieren a las personas con quienes se comparte el espacio laboral. • Que no exista discriminación por orientación sexual e identidad de género en los lugares de trabajo es una tarea de todos y todas. 13
  • 14. Guía informativa para sindicatos: El lenguaje como motor de cambio 2
  • 15. 2. El lenguaje como motor de cambio: ¿de qué hablamos cuando hablamos de lesbianas, gays, bisexuales, trans o intersex? Todos y todas sabemos que el uso del lenguaje crea sentido sobre el mundo. A través del habla expresamos lo que pensamos o sentimos. El lenguaje nombra, da existencia, y lo que no es nombrado es invisibilizado. El lenguaje como sistema de signos que utilizamos las personas para comunicarnos y relacionarnos crea sentido y genera percepciones, y con ello valoraciones positivas o negativas sobre lo que estamos nombrando. Así el lenguaje podrá ser utilizado para herir u ofender a otras personas a través de términos como puto, maricón, torta, traba, negro, bolita, paragua, mogólico… y podría continuar el listado.Las palabras también discriminan.Por eso es tan importante no reproducir desde el lenguaje discursos y conductas discriminatorias, homofóbicas, lesbofóbicas, transfóbicas, sexistas, machistas, xenofóbicas o racistas. Entender el lenguaje como un motor de cambio implica generar la capacidad de utilizar un lenguaje respetuoso hacia todas las personas. ¿Cómo sería vivir en una sociedad o trabajar en una oficina donde todo el tiempo se digan chistes o expresiones como hétero el último, no tengo un hétero peso, hétero el que lee, etc.? Glosario de la diversidad sexual A continuación, describimos el significado de la sigla LGTBI y otros términos vinculados con la diversidad afectiva, sexual y de género. No pretendemos ofrecer una enumeración taxativa, sino un aporte para aclarar conceptos, y que partamos de una misma acepción que haga posible una mejor comunicación. Sexo. Vamos a limitar la acepción del término sexo a su dimensión biológica, la cual hace referencia a los órganos genitales que determinan la identificación binaria de varones y mujeres; es el conjunto de órganos sexuales de cada persona. Género. Es el conjunto de atributos, prácticas, valores y comportamientos 15
  • 16. que determinan cómo “debe ser” un varón y cómo “debe ser” una mujer en un sociedad determinada. Es decir, sobre la base del sexo biológico se asignan diferencias que son de carácter sociocultural. Esas características que se establecen sobre esa diferencia es lo que se va a nombrar con el concepto de género. Por su condición social, cultural y por tanto histórica, implica que puede ser transformada de acuerdo con el contexto. Para pensar esto es interesante ver cómo ha cambiado en nuestro país lo que se entendía por trabajos “propios de la mujeres” o “propios de los varones”. En línea con la propuesta teórica de la antropóloga feminista Marta Lamas4 , entendemos que las representaciones y valoraciones de lo femenino y lo masculino, las normas que regulan sus comportamientos y las atribuciones de cada sexo, son producto de complejas construcciones sociales y culturales que se elaboran a partir de las diferencias sexuales y que constituyen modos de significar relaciones de poder y estructurar relaciones sociales. En este sentido, el género es adquirido y modificable. Identidad de género. Más allá del sexo biológico asignado al momento del nacimiento, todos/as desarrollan una identidad de género que puede o no coincidir con él. Por esto decimos que la identidad de género no es del orden de lo biológico, sino que se conforma a partir de componentes sociales y psíquicos. Todas las personas tienen derecho a expresar la identidad de género que sienten como propia, ya sea masculina o femenina. El proceso identitario puede ser dinámico y tener variaciones. Heterosexualidad. Es la orientación del deseo y el afecto hacia personas de un sexo distinto al propio. LGTBI. Son las iniciales que designan a lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersex, y que identifican al movimiento de la diversidad sexual. Se nombran cada una de las identidades para visibilizarlas. 4 Lamas, M., “Género, diferencia de sexo y diferencia sexual”, Debate Feminista, vol. 20, México, octubre de 1999, págs. 84-106. 16
  • 17. Lesbiana. Mujer que siente atracción afectiva y sexual hacia otras mujeres. Gay. Varón que siente atracción afectiva y sexual hacia otros hombres. Bisexual. Persona cuya atracción afectiva y sexual se expresa hacia personas del mismo o de distinto sexo. Trans. Es un concepto que hace referencia a travestis, transexuales, transgéneros y hombres trans. Se utiliza para expresar el conjunto de las identidades trans, entendidas como las identidades de las personas que desarrollan, sienten y expresan una identidad de género diferente del sexo biológico asignado. Travesti. Persona que asume y expresa cotidianamente una identidad de género diferente del sexo/género socialmente asignado. Por lo general, para lograr esa expresión de género sentida, las travestis modifican parcialmente sus cuerpos mediante cirugías estéticas, terapias de hormonas, implantes de mamas etc., sin la necesidad de readecuar su genitalidad a su identidad de género. Esta identidad no presupone una orientación del deseo determinada. Transgéneros. Aunque en distintos países los términos transgénero y travesti adquieren diferentes significados, en Argentina ambos conceptos se refieren a personas que expresan un género (masculino, femenino) diferente del biológico. En otros países se entiende la identidad transgénero desde la capacidad de transitar de un género al otro. Esta identidad no presupone una orientación del deseo determinada. Transexuales. Son las personas que asumen y expresan cotidianamente una identidad de género diferente del sexo/género socialmente asignado, y que además de modificar parcialmente sus cuerpos mediante cirugías estéticas, terapias de hormonas,implantes de mamas,etc.,readecuan,o desean readecuar, su genitalidad a su identidad de género. Esta identidad no presupone una orientación del deseo determinada. 17
  • 18. Hombres trans. Personas que asumen y expresan cotidianamente una identidad de género masculina, más allá del sexo/género socialmente asignado. Por lo general, para lograr esta expresión de género sentida modifican parcialmente sus cuerpos mediante cirugías estéticas, terapias de hormonas, extracción de mamas, etc. Además, en algunos casos pueden también readecuar su genitalidad a su identidad de género. Esta identidad no presupone una orientación del deseo determinada. Intersex. El término intersex engloba un amplio espectro de condiciones en las que se produce una variación anatómica del modelo dicotómico de varón- mujer. Estas condiciones se derivan de causas genéticas, hormonales u otros factores. Las personas intersex tienen derecho a la integridad y la autodeter- minación de su propio cuerpo; el consentimiento previo, libre y completamente informado del individuo intersex es un requisito que se debe garantizar en todos los protocolos y prácticas médicas. La intersexualidad no es una patología, sino una condición de no conformidad física con criterios culturalmente definidos de normalidad corporal. Homofobia. Si bien se trata específicamente del rechazo a los gays y las lesbianas, su uso se ha extendido al rechazo hacia las identidades sexuales no hegemónicas en general; el odio y la discriminación a gays, lesbianas, bisexuales, trans e intersex, no obstante, tiene su propia denominación (ver LGTBI-fobia). La homofobia se puede expresar de manera explícita o sutil, y en algunos casos se manifiesta de modo violento, ya sea física o verbalmente. Lesbofobia. Es el rechazo hacia las mujeres lesbianas. En general, desde la lesbofobia se promueven estereotipos que identifican a las lesbianas como violentas o agresivas. La lesbofobia se expresa a veces de modo violento, ya sea física o verbalmente. Transfobia. Es el rechazo y la discriminación hacia a las personas trans (travestis, transexuales, transgéneros y hombres trans). La transfobia se expresa a través del no reconocimiento de la identidad de género y la exclusión de las personas 18
  • 19. trans del trabajo y de los servicios de salud. En algunos casos, se manifiesta de modo violento, física o verbalmente, y ha sido la causa de innumerables crímenes de odio. Bifobia. Es el rechazo y la discriminación a las personas bisexuales, ya sean varones o mujeres. Supone, además, que todas las personas deben limitar su atracción afectiva y sexual a las mujeres o a los varones exclusivamente, y si no lo hacen son consideradas “en transición” o, quizás, lesbianas y gays no “asumidos/as”. LGTBI-fobia. Es el término que se utiliza para agrupar el rechazo y la discrimi- nación hacia el conjunto de las identidades sexuales y expresiones de género no hegemónicas. Salir del closet. Producto de la presunción de heterosexualidad que se expresa en todos los ámbitos de la vida (familiar, laboral o social), llamamos salir del closet –o del armario– al momento o a los momentos en los que las personas LGTBI hacen visible su identidad socialmente. ¿A qué nos referimos cuando hablamos de trato digno hacia personas trans? La sanción de la Ley de Identidad de Género (Ley N° 26.743, sancionada el 9 de mayo de 2012), además de reconocer el derecho a la identidad de las personas trans y de restituir su derecho a la salud integral, incorpora un enfoque despatologizante de las identidades trans, que incluye una mención explícita del derecho al trato digno. Todas las personas tienen derecho a asumir y expresar la identidad de género (masculina o femenina) que las represente. Sin embargo, por el peso del man- dato heteronormativo –que históricamente ha impuesto una mirada biologicista sobre las identidades– socialmente aún se reproducen en el lenguaje y en el trato prácticas que no respetan las identidades trans. Así, hemos leído titulares en los diarios o la televisión que hablan de “un travesti” o de “los travestis”, no respetando su género ni reconociendo su nombre. Ese mismo mandato ha 19
  • 20. generado situaciones de discriminación cuando personas trans expresan su identidad en la escuela o en el trabajo, y no son nombradas ni tratadas de acuerdo con su identidad de género, lo que provoca –o puede provocar– la deserción educativa o la renuncia o pérdida del empleo. En este sentido, el artículo 12 de la Ley de Identidad de Género establece que … deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados. Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada. Para tener en cuenta: • Utilizar el pronombre femenino o masculino para referirnos a las personas trans según su identidad de género, utilizando la, ella o el, ellos, según corresponda. • El lenguaje es uno de los principales componentes en la construcción de un prejuicio, por eso es importante no reproducir las burlas, chistes o comentarios que promueven la discriminación hacia las personas LGTBI. • Utilizar un lenguaje inclusivo en el trabajo contribuye a disminuir la discriminación. La construcción de la igualdad es una tarea que nos involucra a todos y todas. 20
  • 21. Guía informativa para sindicatos: LGTBI-fobia 3
  • 22. 3. La expresión social e institucional del rechazo: la LGTBI-fobia El 17 de mayo es el Día Internacional de la Lucha contra la LGTBI-fobia –también llamado Día Mundial contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género– en conmemoración del día en que se eliminó a la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud (OMS). La LGTBI-fobia genera exclusión, violencia, odio y distintos tipos de discriminación que constituyen una violación a los derechos humanos,porque impiden el ejercicio de derechos básicos reconocidos para todas las personas y obstaculizan o niegan el desarrollo laboral, educativo y social de las personas sexualmente diversas. Como ya lo hemos dicho, la LGTBI-fobia es el rechazo y la discriminación al conjunto de las identidades sexuales no hegemónicas; los discursos y prácticas que la vehiculizan continúan señalando a las personas LGTBI como inferiores, anormales, amorales o antinaturales. La LGTBI-fobia se manifiesta de modos muy distintos, presuponiendo la heterosexualidad de todas las personas –lo que invisibiliza y niega la existencia de otras identidades a través del rechazo explícito o implícito–, pudiendo dar lugar a manifestaciones activas de violencia física o psicológica. La LGTBI-fobia se extiende también hacia todas aquellas personas heterosexuales que no responden a los roles de género impuestos por la cultura heterosexual hegemónica. Hay que distinguir distintos tipos de LGTBI-fobia: puede ser institucional o social, y se puede expresar de manera sutil o explícita. La LGTBI-fobia institucional es aquella que ejerce una institución u organización cuando invisibiliza o discrimina a las personas LGTBI, restringiéndoles el acceso a sus derechos; o cuando en ella faltan o no se cumplen las normas o leyes que garantizan los derechos de las personas sexualmente diversas. La LGTBI-fobia institucional sigue siendo una de las formas de odio más extendidas. Así, la homosexualidad está penada o perseguida en 76 países y castigada con pena de muerte en Arabia Saudí, Irán, Yemen, Nigeria, Somalia, Mauritania, Sudán, y en el caso de Afganistán es castigada con la muerte por lapidación. La LGTBI-fobia institucional también se expresa de manera más sutil a través de 22
  • 23. impedimentos o trabas burocráticas para ejercer derechos básicos. Por ejemplo, en los formularios o sistemas de carga de datos se siguen utilizando los campos de marido y mujer en vez de cónyuge,pareja o conviviente, lo que en oportunidades genera retrasos o negación de licencias, beneficios sociales, etc. En algún momento de sus vidas,las personas LGTBI sufren –directa o indirectamen- te– situaciones de rechazo, estigmatización, o han recibido insultos o agresiones. La ridiculización de la diversidad sexual en los medios masivos de comunicación –principalmente en la televisión– legitima la violencia y la discriminación que luego se expresan socialmente. Dentro de la LGTBI-fobia social podemos ubicar los sentimientos de rechazo a las personas LGTBI de quienes dicen respetar la diversidad sexual, pero prefieren “no ver” ni presenciar demostraciones de afecto de parejas del mismo sexo en espacios públicos, como besarse, ir de la mano o abrazarse. Según esta lógica, las personas heterosexuales serían las únicas que están legitimadas para “exhibir” su afectividad en público. La resistencia a ver o presenciar demostraciones de afecto está arraigada en el mismo prejuicio que hiper- sexualiza a las identidades LGTBI: suponer que a un gay o a una lesbiana le van a gustar todos los hombres o todas las mujeres respectivamente, lo cual podría representar una amenaza para la propia heterosexualidad o para la “sociedad heterosexual”. Otra manifestación de LGTBI-fobia es la imposición de un modelo de masculinidad o femineidad que acepta las diversas identidades sexuales y de género a condición de que “no se les note”; desde este prejuicio se espera de los varones gays que respondan al modelo de masculinidad hegemónica, lo cual implica reproducir la cultura machista mostrándose como fuertes, viriles, poco demostrativos o no necesariamente “prolijos”; y de las mujeres lesbianas, que sean prolijas, delicadas, débiles, sumisas y dóciles. La LGTBI-fobia que se expresa en los lugares de trabajo repercute de manera grave en la autoestima de las trabajadoras y los trabajadores que se ven expuestas/os a situaciones de maltrato por parte de pares y superiores. Esto 23
  • 24. puede incidir negativamente en el desarrollo y el desempeño laboral de los/as trabajadores/as LGTBI, ocasionando acciones desfavorables para su continuidad laboral, como por ejemplo constantes cambios de destino, funciones, tareas, horarios o falta de reconocimiento, y generando sanciones y otras medidas que podrían provocar eventualmente la renuncia o el despido. Estas medidas sancionatorias no suelen fundamentar su motivación en la orientación sexual e identidad de género del trabajador o la trabajadora: siempre se buscan otros motivos o excusas que disimulen la verdadera causa. Para tener en cuenta: • La LGTBI-fobia puede ser institucional o social y se expresa de manera sutil o explicita, dando lugar a manifestaciones de violencia física o verbal. • Casi todas las personas –más allá de nuestra orientación sexual e identidad de género– tenemos internalizados comportamientos o reacciones LGTBI-fóbicas. Poder identificarlas nos ayudará a superarlas. • La información es la base para superar los prejuicios. • La discriminación a lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex es un asunto de todos y todas, ya que la LGTBI-fobia tiene el mismo origen que el racismo, la xenofobia y el machismo, que tanto mal le hacen a nuestra sociedad. 24
  • 25. Guía informativa para sindicatos: Inclusión laboral de la población trans. 4
  • 26. 4. Personas trans: acceso y permanencia en el empleo Es sabido que el ejercicio del derecho al trabajo permite el desarrollo económico de todas las personas en las sociedades actuales. El empleo –y lo que económicamente implica– es crucial para el acceso a los bienes de consumo, la seguridad social, el mercado económico y la vida sustentable, además del reconocimiento social que las actividades laborales conllevan. Actualmente, en nuestro país las personas trans se ven afectadas por una alta tasa de desempleo; sobre todo en aquellos sectores que no tuvieron acceso a la educación formal. Esta realidad llevó a la mayoría de las personas trans a someterse a situaciones de explotación sexual o a adherir a sistemas de prostitución como único modo de subsistencia. Incluso existe una gran presión social hacia las/os adolescentes trans al momento de asumir su expresión de género, porque se sabe de las enormes dificultades que tendrán para lograr una vida sustentable debido al peso de la transfobia y la discriminación aún existentes en el ámbito laboral. Los niveles de escolaridad y de culminación de sus estudios se encuentran muy por debajo de la media, y podríamos decir que esto es producto de la transfobia existente en el sistema educativo, de las situaciones de violencia y discriminación entre sus pares, que derivan en su exclusión del sistema. Estas situaciones han comenzado, en la mayoría de los casos, en sus núcleos familiares. Según los datos de la prueba piloto de la Encuesta Nacional sobre Población Trans llevada a cabo en el municipio de La Matanza entre los días 18 y 29 de junio de 2012 –en el marco de un convenio firmado entre el INADI y el INDEC–, el 95% de la población travesti está o estuvo en situación de prostitución, mientras que el 77% afirma que dejaría de prostituirse si tuviera la posibilidad. Existe una gran exclusión en los empleos formales, tanto en empresas privadas como en instituciones estatales, y los empleos informales se caracterizan, en gran medida, por la baja calificación y una menor remuneración económica. Esta realidad se vio agravada por la ausencia –hasta mayo de 2012– de una 26
  • 27. Ley de Identidad de Género que le permitiera a las personas trans acceder a la rectificación de su nombre y sexo en la documentación pública, lo que impedía el reconocimiento de las identidades trans en el DNI, el CUIT/CUIL, la seguridad social, la cobertura médica y la previsión social. Esto implicaba que cada vez que una persona trans –masculina o femenina– era propuesta para un puesto laboral debía exponerse o era empujada a renunciar por las presiones, burlas e insultos en relación con su identidad o expresión de género. Siguiendo esta línea, otro de los problemas de las personas trans para acceder a un empleo formal es la baja calificación o formación para desempeñarse en el puesto al que aspiran ocupar. Para contribuir a revertir años de exclusión y discriminación, existen en el MTEySS programas de formación y capacitación laboral. Por otra parte, las pocas personas trans que tuvieron acceso a un trabajo registrado han denunciado graves situaciones de discriminación; estos hechos claramente atentaron contra el derecho a la salud e higiene en el trabajo, y a la no discriminación en el ámbito laboral. También han manifestado que tuvieron la necesidad de cambiar de empleo a causa de la discriminación motivada por su identidad o expresión de género. Además, incluso en aquellos casos en los que se cumpliese con los años de aportes previsionales, las mujeres trans adultas mayores debían continuar trabajando hasta llegar a la edad de jubilación fijada para la población masculina. Uno de los rasgos comunes de las situaciones de discriminación y transfobia por parte de pares, superiores y/o empleadores/as, principalmente, es el no reconocimiento de la identidad de género en el trato, en el sistema administrativo, y el bloqueo de ascensos o reconocimiento de tareas y funciones. Las personas trans (masculinas o femeninas) que se encontraban incluidas en un ámbito laboral formal tuvieron dificultades laborales muy concretas a partir del momento en el que exteriorizaron su identidad. Así, una vez que la persona trans dispone de un trabajo registrado y decide realizar una intervención quirúrgica de reasignación genital, en muchas ocasiones se ve obligada a renunciar a su 27
  • 28. trabajo o a enfrentar situaciones difíciles para sostener su puesto laboral. Algunas de las dificultades añadidas, en el marco de las operaciones totales o parciales, es la cobertura por parte de las obras sociales de estas intervenciones o de los tratamientos de hormonización; a menudo, los regímenes de licencias laborales permitidas no llegan a cubrir los días necesarios para concurrir al médico o a otras ciudades en las que existan servicios especializados de salud, lo que puede producir malestar en el empleador. Para tener en cuenta: • Respetar la identidad de género de las personas trans, utilizando el pronombre femenino o masculino, la, ella o el, ellos, según corresponda y el nombre que la represente. • Incorporar en los convenios colectivos de trabajo una mención explícita del respeto a la identidad de género de las personas trans y de la incorporación en los regímenes de las licencias producto de las operaciones parciales o totales de reasignación. • Acompañar activamente a las personas trans durante el proceso de expresión de su identidad de género en el ámbito laboral para evitar situaciones de discriminación y transfobia, y reducir los temores a las consecuencias de la visibilidad. 28
  • 29. Guía informativa para sindicatos: Acciones tendientes al respeto de la diversidad afectiva, sexual y de género en el ámbito laboral 5
  • 30. 5. ¿Qué puede hacer el sindicato para que se respete la diversidad afectiva, sexual y de género en el ámbito laboral? La Guía informativa para sindicatos: sobre la diversidad sexual en el trabajo pretende ser un disparador para generar los debates necesarios en las organizaciones sindicales y para que, a consecuencia de ello, se desarrollen las acciones necesarias que garanticen espacios laborales respetuosos e inclusivos para todos los trabajadores y trabajadoras por igual, más allá de su orientación sexual e identidad de género. Ahora queremos proponer algunas ideas que el sindicato puede comenzar a poner en práctica; no es una lista exhaustiva de acciones, sino algunas ideas que se pueden completar, complementar o mejorar con el aporte de todos/as aquellos/as que integran la organización gremial. El objetivo es que el sindicato tenga la información adecuada y veraz con la que desarrollar las herramientas y los recursos necesarios para poder actuar correctamente. Incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género en el ideario del sindicato El primer paso que todas las organizaciones gremiales pueden dar es asumir que no todos los trabajadores y trabajadoras que están afiliados/as o que se desempeñan en su sector o rubro de actividad tienen que ser heterosexuales. Asumir esta realidad implica incorporar la diversidad afectiva, sexual y de género desde la naturalidad, sin prejuicios, con el objeto de garantizarle a la totalidad de los trabajadores y trabajadoras un espacio laboral –y gremial– inclusivo. Es importante que esta decisión se tome en la conducción sindical para que toda la organización la perciba con la importancia y las implicancias que tiene, ya que involucran a toda la institución. No obstante, las actividades deben ser responsabilidad de un área específica para que los objetivos y tareas sean llevados efectivamente a la práctica, aunque no dependan únicamente de ella. Es beneficioso explicitar que el sindicato reconoce a la diversidad como un 30
  • 31. valor que lo enriquece. El concepto que debe guiar siempre todas las acciones debe ser el de la igualdad, el de garantizarle a los/as trabajadores/as LGTBI el reconocimiento y el acceso igualitario a todos los beneficios y servicios que el sindicato brinda a sus afiliados a través de secretarías como Salud, Acción Social y Turismo, entre otras. Así se estará explicitando el convencimiento de que todos los trabajadores y trabajadoras merecen el mismo respeto y recono- cimiento en la organización sindical y en el ámbito laboral. El reconocimiento a la diversidad debe expresarse concretamente: en el lenguaje, la comunicación, la administración, etc. Es fundamental que todas las familias se sientan reconocidas e incluidas en el sindicato, más allá de que estén integradas por parejas del mismo o distinto sexo. En ese sentido, además de los matrimonios igualitarios, es necesario incluir a las parejas de hecho que estén integradas por personas del mismo sexo. También es importante articular con organizaciones LGTBI, ya que hacerlas participar en el proceso de incorporación de la diversidad en la organización sindical produce un efecto inclusivo y enriquecedor en el ámbito laboral, en particular, y en la sociedad, en general. La diversidad incluida en todos los papeles del sindicato Un ejercicio muy efectivo –y necesario– es revisar todos los soportes donde el sindicato releva información acerca de los/as afiliados/as y sus grupos familiares –ya sea en formato papel o digital–, que es utilizada para brindar u ofrecer servicios o beneficios. Seguramente, encontrarán que han sido formulados como si todos/ as los/as afiliados/as fueran heterosexuales y su configuración familiar también. 31
  • 32. Para tener en cuenta: • Utilizar las palabras cónyuge, pareja o conviviente en lugar de marido y mujer en los formularios, sistemas informáticos o bases de datos. Estas palabras no presuponen la orientación sexual de los/as afiliados/as e incluyen y visibilizan a todas las familias por igual. • En la registración de los datos de los hijos e hijas de los/as afiliados/as al sindicato, recomendamos no utilizar en los formularios el tradicional papá o mamá para tomar los datos de sus responsables legales, sino utilizar la fórmula hijo/a de y de. Esta formulación –que incluye a la diversidad familiar– es funcional tanto a las familias integradas por un papá y una mamá como a las formadas por dos mamás o dos papás. La diversidad incluida en la comunicación del sindicato Una de las cosas más sencillas –pero no por ello menos importante– que el sindicato puede hacer es incorporar a la diversidad afectiva, sexual y de género en su comunicación institucional. El lenguaje y las imágenes que se utilicen para comunicar pueden trasmitir –o no– la inclusión de lesbianas, gays, bisexuales y trans en el sindicato, en sus políticas y servicios. Concretamente, en la comunicación de los servicios a los/as afiliados/as –que como ya hemos visto deben incluir a todos y todas independientemente de su orientación sexual e identidad de género– es donde se debe incorporar a las parejas del mismo sexo; por ejemplo,para comunicar los beneficios por matrimonio, aniversarios, turismo, nacimientos o adopción, etc. Así, desde la comunicación institucional cada organización gremial puede contribuir a la generación de una cultura de respeto e inclusión de la diversidad sexual. 32
  • 33. Capacitación para delegados/as El sindicato, para dar cumplimiento exitoso a su función de interlocutor frente al empleador en lo que se refiere a la mejora de las condiciones de trabajo y del salario, necesita contar con delegados/as gremiales que sepan representar los intereses de los trabajadores y trabajadoras, contando con los conocimientos necesarios que le permitan estar a la altura de la compleja realidad que presentan las relaciones laborales. Por ello, es conveniente que el sindicato organice actividades de capacitación y formación, en las cuales se incorpore la perspectiva de la diversidad sexual, el valor del empleo digno y la solidaridad, con el objetivo de concientizar y sensibilizar a todos los sectores de la organización, y en particular a quienes cumplan la función negociadora. A los delegados o delegadas es a quienes recurrirán los/as trabajadores/as en caso de necesitar ayuda para solucionar algún conflicto que pudiera presentarse dentro de su lugar de trabajo. Para ello, los/as delegados/as necesitan una sólida formación, que no solamente les permitirá acompañar a quien solicite su ayuda, sino que a la vez les permitirá transformarse en educadores/as y transmisores/as de nuevas realidades. Por tanto, se torna imprescindible la capacitación para delegadas y delegados sobre la temática LGTBI a través de charlas, jornadas y talleres que les brinden herramientas para prevenir situaciones de discriminación por orientación sexual e identidad de género en el lugar de trabajo. Convenios colectivos Una de las funciones más importantes del sindicato es la negociación colectiva. A través de este mecanismo la organización sindical influye de manera directa no solo en la cuestión salarial sino también en las condiciones laborales, de seguridad e higiene, etc., de los trabajadores y trabajadoras. 33
  • 34. Si bien los sindicatos ya tienen acuerdos establecidos con la parte empleadora, muchos de estos no incluyen las necesidades de las personas LGTBI. Consideramos una acción clave la incorporación de la perspectiva de la diversidad sexual en la negociación colectiva. Algunas ideas que se pueden introducir en los convenios colectivos son: • Cláusulas antidiscriminatorias que incluyan la orientación sexual y la identidad de género. • Definiciones de familias que incluyan a las comaternales y las copaternales. • Asegurar que los beneficios sociales alcancen también a las parejas de hecho, integradas por personas del mismo sexo. Incorporación de una cláusula antidiscriminatoria: fundamento y propuesta Cuando un/a trabajador/a LGTBI desea o necesita ejercer sus derechos plenamente –es decir, actuar en igualdad con las personas heterosexuales–, asume una serie de riesgos que, a priori, una persona heterosexual no tendría. Solicitar la licencia por matrimonio, registrar una pareja de hecho, pedir permisos por enfermedad, visita médica, ayudas sociales reconocidas en convenios para cónyuge, conviviente o descendientes etc., implica volverse visible y asumir las consecuencias que ello puede acarrear. Hacer visible la orientación sexual o la identidad de género puede ser difícil en la relación con los compañeros y compañeras de trabajo, como así también con los/as responsables del área de recursos humanos, jefes/as o clientes/as, etc. Las personas cuyas creencias avalan la discriminación pueden estar en cualquier ámbito laboral, desempeñándose como pares o como jefes/as. Ahí es donde pueden producirse situaciones de exclusión y hostigamiento, motivadas por la visibilidad de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex. Los empleadores y empleadoras, al asumir institucionalmente el principio de igualdad y no discriminación, contribuyen a crear un contexto favorable a la visibilidad de la diversidad. Esta medida no será suficiente per se para 34
  • 35. erradicar las prácticas sociales de la LGTBI-fobia, pero sí es un paso necesario para avanzar en un cambio cultural y normativo. Una posible formulación de la cláusula antidiscriminatoria: Las partes signatarias del presente convenio acuerdan eliminar –de acuerdo con la legislación vigente– cualquier norma, medida o práctica que pudiera producir arbitrariamente un trato discriminatorio o desigual fundado en razones políticas, gremiales, de sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, nacionalidad, condición de migrante, etnia, religión, discapacidad, caracteres físicos, VIH, como también respecto de cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule la igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral. Definiciones de familias que también incluyan a las comaternales y a las copaternales La relación entre la vida familiar y la laboral forma parte de la negociación colectiva, que está directamente relacionada con el reconocimiento de la diversidad familiar. Hoy, en la República Argentina existen miles de familias integradas por parejas del mismo sexo a cargo de la crianza de niños y niñas. Es necesario, entonces, que dejemos de hablar de familia, como si existiera un único modelo posible, y hablemos de familias, dando cuenta no solo de las comaternales (dos mamás) o copaternales (dos papás), sino también de las familias ensambladas o monoparentales (con un solo adulto a cargo). Se trata de garantizarle a todas las familias los mismos derechos para acceder a las licencias o permisos por matrimonio, a los registros de parejas de hecho, a los permisos por enfermedad o visita médica del cónyuge o pareja y familiares, a las ayudas sociales reconocidas en convenios, a las licencias relacionadas con la maternidad o paternidad (ya sea biológica, por adopción o sustitución), cuidado de ascendientes o personas dependientes a cargo del trabajador/a, etc. Para garantizar que todas las formas de convivencia reconocidas hoy, legal y 35
  • 36. socialmente, tengan la plena cobertura por parte del convenio colectivo y la protección y reconocimiento del sindicato, puede ser útil el siguiente texto: Los supuestos contemplados para los matrimonios en los apartados referidos a licencias, permisos, beneficios y ayudas sociales y económicas, cuando concurran las circunstancias previstas en los mismos, se extenderán también a las parejas de hecho –integradas por personas de igual o distinto sexo– siempre que estén registrados como convivientes en el Registro Civil que les corresponda. 36
  • 37. Guía informativa para sindicatos: ¿Cómo hacer una denuncia por discriminación? 6
  • 38. 6. Cómo hacer una denuncia por discriminación en el ámbito laboral ante el INADI Cómo denunciar La denuncia por discriminación debe presentarse por escrito, con la firma de el/la interesado/a, en la Mesa de Entradas del INADI, sede ubicada en Moreno 750, 1er. piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a 20 horas. Otra opción es remitir la denuncia por correo postal a la dirección indicada. Sin embargo, es aconsejable obtener orientación previa en forma personal. Este servicio se presta en la misma sede de lunes a viernes, de 9 a 18 horas. Las situaciones de discriminación ocurridas en las provincias deberán denunciarse en las respectivas delegaciones del INADI. Se pueden consultar las direcciones de las delegaciones o descargar el formulario de denuncias en www.inadi.gob. ar. Ante cualquier duda, también se puede consultar por vía telefónica a la línea gratuita 0800-999-2345 (las 24 horas, todos los días del año) o por correo electrónico a 0800@inadi.gob.ar. En la denuncia deben consignarse los datos de la persona denunciante (nombre y apellido/s, DNI, razón social u organismo, entre otros datos), como así también los datos de la persona o entidad responsable de la situación denunciada (nombre y apellido/s, razón social u organismo). Además, se deben describir en forma clara y precisa los hechos denunciados, detallando cuándo, cómo y dónde ocurrieron, e indicando la/s persona/s que estuvieron presentes. También es necesario indicar si se realizaron otras denuncias por estos hechos y, en este caso, señalar el organismo y el número de expediente. Finalmente, es necesario detallar la documentación que se acompaña, indicar los datos de los/as testigos de la situación denunciada (máximo dos) y señalar cuáles son los hechos o circunstancias que se quieren probar con la declaración. 38
  • 39. ¿Cómo se tramita una denuncia por discriminación? Una vez presentada la denuncia, se hace un primer análisis para corroborar si cumple con los requisitos formales; de cumplir con ellos, se examina para determinar si la situación denunciada constituye discriminación. En caso de que no constituya discriminación, se desestima la denuncia y, eventualmente, se deriva el caso al organismo competente para intervenir en el conflicto planteado. Cuando se trata de una situación de discriminación, se realiza una investigación básica para determinar si verosímilmente pudo haber ocurrido la situación denunciada. En este marco, se piden informes y explicaciones a las personas señaladas como responsables de la situación denunciada y a terceros, se reciben declaraciones testimoniales y se toman otras medidas. Si esa investigación arroja resultado positivo, se admite el caso y se brinda apoyo a la persona discriminada con el objeto de incidir en el cese y/o no repetición de la conducta denunciada. La admisión o la desestimación se cumplen previa emisión de un dictamen, que es una opinión no vinculante, aunque jurídicamente fundada. El dictamen, que expresa si el acto denunciado se encuadra o no en un acto discriminatorio, puede ser presentado en un proceso judicial con la finalidad de que los/as magistrados/as lo consideren antes de emitir sentencia. La tramitación de la denuncia se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el Instructivo de Tramitación de Denuncias, aprobado por Disposición N° 132/12 (Boletín Oficial 26/07/2012). Resolución rápida de conflictos En ciertos casos, el trámite de denuncia se inicia con una gestión de buenos oficios tendiente a la resolución rápida del conflicto planteado por el/la denunciante. Las gestiones se realizan principalmente por vía telefónica, comunicándonos con las personas señaladas como responsables de la situación denunciada, con el fin de arribar a una solución voluntaria del conflicto traído a conocimiento del INADI. Si el conflicto no logra ser resuelto mediante esta gestión, podrá continuarse con el trámite de la denuncia. 39
  • 40. Guía informativa para sindicatos: Actuación conjunta MTESS | INADI 7
  • 41. 7. Actuación conjunta entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el INADI ante situaciones de discriminación por orientación sexual e identidad de género en el ámbito laboral Los delegados y delegadas gremiales son quienes se encuentran diariamente con trabajadores y trabajadoras que pueden vivir situaciones de discriminación por orientación sexual a identidad de género en su lugar de trabajo. El delegado/a es la primera persona a quien, seguramente, recurrirá la persona discriminada en busca de ayuda. Frente a situaciones de discriminación hacia sus afiliados/as, el sindicato puede acompañarlos/as para presentar una denuncia ante el INADI y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Pasos a seguir: 1) Presentar un escrito consignando los datos de la persona discriminada, su lugar de trabajo y los hechos ocurridos con la mayor cantidad de información posible y personas presentes. 2) Comunicarse con el Área de Trabajo y Diversidad Sexual (al 4310–5997 o al correo electrónico diversidadsexual@trabajo.gob.ar ) para solicitar el Protocolo de Derivación Inmediata al INADI. En este caso, no es necesario que se presente la persona, pero sí el sindicato. 3) Dirigirse al INADI con el Protocolo de Derivación otorgado por el Ministerio de Trabajo (Moreno 750, 1er. Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9 a 20 horas), con la documentación reunida y en compañía de la persona damnificada. El INADI será el organismo encargado de determinar si hubo o no discriminación por orientación sexual e identidad de género, y luego de ello elaborará el dictamen correspondiente. El MTEySS registrará la situación denunciada, lo cual obrará como antecedente, realizando la inmediata derivación al INADI. En caso de que la vía administrativa no prospere y la persona decida recurrir a la justicia, podrá acudir a ella con las respuestas y los registros obtenidos en las tres instituciones. 41
  • 42. ANEXO Normativa igualitaria: matrimonio igualitario e identidad de género ¿Qué es el matrimonio igualitario (Ley N° 26.618)? La ley socialmente conocida como “matrimonio igualitario” (Ley N° 26.618) constituye una reforma parcial del Código Civil –que data de 1869–, de la Ley del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (N° 26.423) y de la Ley del Nombre (N° 18.248). Fue sancionada el 15 de Julio de 2010 y promulgada por la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner el 21 de julio de 2010. Aspectos centrales de la reforma El núcleo del cambio radicó en una frase que se agregó al artículo 172 del Código Civil: “El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos, con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”. Las demás modificaciones son consecuencia de aquella, y básicamente consisten en cambios terminológicos: se remplaza hombre y mujer por el término genérico contrayentes; en vez de padre y madre, figura el genérico padres; y se remplaza marido y mujer por unidos en matrimonio. Inscripción de hijos e hijas de matrimonios igualitarios La ley determinó que en el caso de los hijos de matrimonios entre personas del mismo sexo deberá constar en la partida de nacimiento “el nombre y apellido de la madre y su cónyuge, y tipo y número de los respectivos documentos de identidad” (Artículo 36) y que “Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de estos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge” (Artículo 37). 42
  • 43. Adopción No se modificaron las condiciones generales de la adopción, que puede ser ejercida individualmente –sin que se considere su orientación sexual– o por matrimonios, que ahora podrán ser de distinto o del mismo sexo. Aplicación: Artículo 42, Cláusula complementaria Todas las referencias a la institución del matrimonio que contiene el ordenamiento jurídico argentino se entenderán aplicables tanto al matrimonio constituido por dos personas del mismo sexo como al constituido por dos personas de distinto sexo. Ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones. Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU N° 1006) de Reconocimiento Igualitario para hijos e hijas nacidos antes del matrimonio igualitario En Argentina, antes de la sanción del matrimonio igualitario, existían cientos de familias comaternales (con dos mamás) que habían tenido sus hijos e hijas utilizando técnicas de reproducción asistida, pero habían sido inscriptos/as solamente como hijos/as de una de sus madres. Luego de la ampliación del matrimonio a las parejas del mismo sexo, los registros civiles se negaron a completar las actas con los datos de la otra madre. El DNU 1006, firmado por la presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner en julio de 2012, se basó en “estrictas razones de igualdad”, equiparando los derechosdelosniñosyniñasnacidosantesdelaLeydeMatrimonioIgualitario con los nacidos después. Esto permitió emitir nuevas actas de nacimiento completando los datos de ambas madres y el doble apellido. Esta normativa permite que los/as niños/as nacidos/as en familias comaternales antes de la sanción del matrimonio igualitario accedan a las previsiones sociales, 43
  • 44. la continuidad del vínculo en caso de separación o muerte de una de sus madres, la circulación y la toma conjunta de decisiones médicas y educativas, los derechos hereditarios, las licencias laborales de ambas madres por enfermedad de sus hijos y el reconocimiento legal del vínculo con sus familias extendidas: abuelas y abuelos, tíos, tías, primos, primas, etc. Documento Nacional de Identidad: DNI “Cero Año” En los DNI para recién nacidos/as, como medida de seguridad, se incorporó en el dorso del carnet el nombre y apellido de su madre y padre. Luego se lo remplazó por la formula hijo de e hija de para incorporar indistintamente a una mamá o un papá o a dos mamás o dos papás. Ley de Identidad de Género (Ley Nº 26.743) La sanción de la Ley de Identidad de Género es un paso fundamental para la visibilidad, identidad e inclusión de las personas trans en nuestras comunidades. Aspectos principales: • Travestis, transexuales, transgéneros y hombres trans tienen derecho a que se les reconozca su identidad de género y a recibir un trato digno. • Reconoce el derecho humano fundamental de toda persona al recono- cimiento de su identidad de género, a ser tratada de acuerdo con esta, al libre desarrollo de su persona y, en particular, a ser identificada de ese modo en la Partida de Nacimiento y en el Documento Nacional de identidad (DNI). • En ningún caso se pueden exigir como condiciones una intervención quirúrgica, ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico. 44
  • 45. Acceso a la salud integral Toda persona puede solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género. Los procedimientos son gratuitos en su totalidad y las prestaciones de salud respecto de estas intervenciones están incluidas en el Plan Médico Obligatorio. Personas trans menores de edad: • Tienen derecho a la rectificación registral del nombre, el sexo y la imagen en su documentación, y a recibir un trato digno en los ámbitos educativos, aun no habiendo realizado el cambio de identidad en su documentación pública. 45
  • 47. Guía informativa para sindicatos: diversidad sexual en el ámbito del trabajo 1.Laincorporacióndeladiversidadafectiva,sexualydegéneroenla agendasindical 9 ¿Quéeslaheteronormatividad? 9 ¿Porquéesnecesarioincorporarladiversidadafectiva,sexualydegénero enloslineamientosdetrabajodelasorganizacionesgremiales? 10 ¿Quéimplicaserlesbiana,gay,bisexualotransenelámbitolaboral? 11 ¿Quéesladiversidadafectiva,sexualydegénero? 12 Antecedentes 13 2.Ellenguajecomomotordecambio:¿dequéhablamoscuandohablamos delesbianas,gays,bisexuales,transointersex? 15 Glosariodeladiversidadsexual 15 ¿Aquénosreferimoscuandohablamosdetratodignohaciapersonastrans? 19 3.Laexpresiónsocialeinstitucionaldelrechazo:laLGTBI-fobia 22 4.Personastrans:accesoypermanenciaenelempleo 26 5.¿Quépuedehacerelsindicatoparaqueserespeteladiversidadafectiva, sexualydegéneroenelámbitolaboral? 30 Incorporarladiversidadsexualyafectivaenelideariodelsindicato 30 Ladiversidadincluidaentodoslospapelesdelsindicato 31 Ladiversidadincluidaenlacomunicacióndelsindicato 32 Capacitaciónparadelegados/as 33 Convenioscolectivos 33 Incorporacióndeunacláusulaantidiscriminatoria:fundamentoypropuesta 34 Definicionesdefamiliasquetambiénincluyanalascomaternalesyalascopaternales 35 6.CómohacerunadenunciapordiscriminaciónenelámbitolaboralanteelINADI 38 Cómodenunciar 38 ¿Cómosetramitaunadenunciapordiscriminación? 39 Resoluciónrápidadeconflictos 39 7.ActuaciónconjuntaentreelMinisteriodeTrabajo,EmpleoySeguridadSocial yelINADIantesituacionesdediscriminaciónpororientaciónsexualeidentidad degéneroenelámbitolaboral 41 ANEXO.Normativaigualitaria:matrimonioigualitarioeidentidaddegénero 42 47
  • 48. 48