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    PROFR. LEONEL MENDOZA ORTIZ
QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS
      Son el conjunto de prerrogativas
       inherentes a la naturaleza de la
 persona, cuya realización efectiva resulta
  indispensable para el desarrollo integral
   del individuo que vive en una sociedad
jurídicamente organizada. Establecidos en
  la Constitución y en las leyes, deben ser
 reconocidos y garantizados por el Estado.
¿CUALES SON?
IGUALDAD
 En México, todas las personas tienen
     derecho a gozar y disfrutar por
 igual, de los derechos fundamentales
 que otorga la Constitución, las leyes y
      los tratados internacionales.
El color, el origen étnico, la religión, el
estado civil, las ideas políticas, la
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edad, entre otros, no pueden ser
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 especiales. Significa
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    de una persona en el
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      esclavitud. Es
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  • 1. C N D H PROFR. LEONEL MENDOZA ORTIZ
  • 2. QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
  • 4. IGUALDAD En México, todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar por igual, de los derechos fundamentales que otorga la Constitución, las leyes y los tratados internacionales. El color, el origen étnico, la religión, el estado civil, las ideas políticas, la posición social o económica, el sexo, la edad, entre otros, no pueden ser motivo de ventaja o desventaja legal, administrativa o judicial para los individuos.
  • 5. Igualdad ante la ley Prohibición de ser juzgado conforme con leyes privativas o a través de tribunales especiales. Significa que no se puede crear una ley o tribunal especial para juzgar un caso específico.
  • 6. Igualdad de todas las personas Prohibición de títulos de nobleza, prerrogativas u honores hereditarios. Ante la ley, en nuestro país todos somos iguales y los títulos reconocidos a favor de una persona en el extranjero (como el de duque o conde), no tendrán validez.
  • 7. Libertad personal Prohibición de la esclavitud. Es decir, en nuestro país no puede haber esclavos y todo aquel extranjero que llegue a nuestro territorio con esa condición, alcanzará su libertad y la protección de las leyes mexicanas.
  • 8. Libertad de trabajo profesión, industria o comercio Significa que las personas podrán elegir la labor que mejor les convenga, siempre y cuando sea lícita. Ninguna persona puede obligar a otra, a desempeñar trabajos sin su consentimiento o no pagados.
  • 9. Libertad de expresión Toda persona podrá expresar libremente sus ideas por cualquier medio de comunicación (escrito, oral u otro), con la salvedad de los casos en que estas expresiones, ataquen la moral o los derechos de otros o constituya la comisión de algún delito.
  • 10. Libertad de imprenta Es la libertad de que gozan todas las personas para escribir y publicar artículos de cualquier asunto o suceso, materia, siemp re y cuando no se afecte la vida de terceros o la estabilidad social.
  • 11. Libertad de asociación y reunión Libertad de asociación. El derecho que tienen todas las personas para poder formar parte de un grupo. Libertad de manifestación o reunión pública para presentar a la autoridad una petición o protesta. Los manifestantes deberán actuar en forma pacífica y con respeto a las leyes mexicanas.
  • 12. Libertad de tránsito y residencia Los habitantes mexicanos podrán entrar y salir del país, viajar de un lugar a otro dentro del territorio mexicano o mudar su residencia, sin que requieran para ello, algún permiso o documento legal. Existe restricción a esta libertad, cuando así lo determine la autoridad judicial o administrativa.
  • 13. Libertad religiosa Toda persona que se encuentre en nuestro país, tiene el derecho de profesar la religión o creencia filosófica que desee, inclusive puede cambiar de ésta. Además, el derecho que tienen las personas para practicar las ceremonias o ritos que les exija su religión .
  • 14. Derechos a poseer armas Todas las personas podrán tener en su domicilio para su seguridad y defensa, algún tipo de arma, siempre y cuando ésta sea de las permitidas por la ley y exista previa autorización de la autoridad correspondiente.
  • 15. Derecho a la información El Estado debe garantizar el derecho que gozan las personas para buscar, conseguir, publicar y divulgar información e ideas, por cualquier medio electrónico, informático, etcétera.
  • 16. Irretroactividad de las leyes A nadie se le podrá aplicar en su perjuicio, alguna disposición legal en forma retroactiva.
  • 17. Garantía de audiencia En todo proceso administrativo o juicio legal, los involucrados tendrán derecho a ser oídos por la autoridad correspondiente, quien deberá seguir los requisitos y etapas del procedimiento o proceso de que se trate.
  • 18. Garantía de legalidad Derecho al respeto de la persona, su familia, domicilio papeles o posesiones bajo el principio de legalidad. Los servidores públicos tiene la obligación de actuar en todo momento, con apego irrestricto a la ley. Necesidad de mandamiento escrito debidamente fundado y motivado. Nadie puede ser molestado en sus bienes, posesiones, familia o persona, sin que medie mandamiento expreso de la autoridad competente .
  • 19. Seguridad Jurídica en materia penal internacional Prohibición de celebración de pactos restrictivos de los Derechos Humanos. Prohibición de extradición de reos políticos. No podrá autorizarse la extradición de aquellas personas (reos políticos) que sean perseguidas con motivo de asuntos de naturaleza política.
  • 20. Inviolabilidad del domicilio Cuando la autoridad requiera hacer un cateo en el domicilio de una persona, tendrá que recabar una orden expedida por una autoridad competente (en este caso es la autoridad judicial), en la que se deberá señalar, con toda claridad, el domicilio que se inspeccionará, así como la persona u objetos que se buscan, y los servidores públicos autorizados para llevar a cabo tal búsqueda. Al término de la diligencia, deberá levantarse un acta circunstanciada, con la participación del ocupante del lugar y de los testigos designados por éste.
  • 21. Derecho a la nacionalidad En el Estado mexicano la nacionalidad se adquiere por nacimiento (por haber nacido dentro del territorio nacional, o habiendo nacido en el extranjero o a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, ya sean de guerra o mercantes, se es hija o hijo de madre o padre mexicanos) y por naturalización (cuando siendo extranjera o extranjero, éstos optan por la nacionalidad mexicana)
  • 22. Derecho a la educación La Constitución mexicana dispone que todo individuo tiene derecho a recibir educación y que el Estado impartirá los niveles de preescolar, primaria y secundaria. La educación cuya impartición esté a cargo del Estado será gratuita y laica. Desde luego, los padres o tutores de los menores tienen sobre sí la obligación de hacer que sus hijos o pupilos acudan a recibir esta educación.
  • 23. Derecho a la paternidad Se trata de la libertad de que deben gozar las personas para procrear el número de hijos que ellos decidan, sin que la ley o la autoridad puedan tener alguna injerencia en la adopción de esas decisiones, más allá de cumplir con la obligación de brindar información completa y adecuada a las personas
  • 24. Derecho a la protección de la salud Toda persona tiene derecho a la protección de la salud; el gobierno federal y los gobiernos de los estados deberán coordinarse a fin de que la prestación de este importante servicio público sea eficaz. Por ello, en la Ley General de Salud
  • 25. Derechos de los niños Derecho de los menores a que se satisfagan sus necesidades y obligación correlativa de los ascendientes, tutores y custodios. Derecho de los menores a que el Estado asegure el respeto a la dignidad de la niñez y el pleno ejercicio de sus derechos.