5. I. LA ORGANIZACIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA DE ESPAÑA La organización territorial del Estado español actual es el resultado de un largo proceso histórico en el que la división territorial ha experimentado numerosas modificaciones. - Hasta la conquista romana : el territorio de la Península Ibérica estuvo habitado por diversos pueblos indígenas, con sus propias instituciones y costumbres. - Bajo el dominio romano : (ss. III a. C. – V d. C.) se creó por primera vez una organización administrativa en provincias, cuyo número se incrementó desde las dos iniciales hasta siete .
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10. Con la Restauración de la monarquía se abrió un nuevo periodo de intensa centralización, por lo que fueron surgiendo movimientos regionalistas, organizaciones y partidos políticos que pidieron el reconocimiento jurídico de las diferencias regionales. Los primeros nacerían en Cataluña, el País Vasco y Galicia. La II República declararía que España era un estado integral compatible con la autonomía de los municipios y regiones (Constitución de 1931). Cataluña, el País Vasco y Galicia pidieron y plebiscitaron afirmativamente proyectos de estatuto de autonomía. Tras la Guerra Civil , el franquismo implantó un estado unitario que abolió aquellos estatutos y reprimió el nacionalismo. Impuso una estricta centralización basada en la provincia.
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17. 2. 3. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTONÓMICO : a) Cada comunidad autónoma se halla regida por su Estatuto de Autonomía, aprobado por las Cortes. Contiene la denominación de la comunidad; su delimitación territorial; los nombres, organización y sede de sus organismos autónomos; las competencias asumidas y las bases para el traspaso de otras.
18. b) Las comunidades pueden asumir competencias o funciones en diversas materias establecidas en la Constitución (art. 148). Son traspasadas por el Estado y pueden ejercerse de forma exclusiva o compartida. Existen también competencias exclusivas del Estado (art. 149) y no transferibles por considerarse esenciales para la nación: relaciones internacionales, defensa, comercio exterior, deuda pública, correos y telégrafos… Las competencias asumibles por las comunidades son muy amplias: políticas, económicas, transportes e infraestructuras, orden ación del territorio, sociales y sanitarias…
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20. d) El Estado de las autonomías se basa en la igualdad territorial y en la solidaridad. Este hecho implica que los Estatutos de las comunidades no pueden contener privilegios o discriminaciones en cuestiones fiscales, salariales o de seguridad social, y que no pueden ahondarse los desequilibrios entre comunidades.
21. III. DESEQUILIBRIOS TERRITORIALES: DISPARIDADES DEMOGRÁFICAS Y ECONÓMICAS 3. 1. CAUSAS E INDICADORES DE LAS DIFERENCIAS ESPACIALES : A pesar del principio de solidaridad, existen desequilibrios socioeconómicos y demográficos entre las comunidades autónomas y en el interior de cada una de ellas. Las causas de los desequilibrios son las diferentes condiciones naturales y la desigual distribución de los recursos, la localización de las actividades económicas más dinámicas en cada momento histórico y las actuaciones humanas, que los han acentuado hasta épocas recientes. INDICADORES DE DESEQUILIBRIO ECONÓMICOS : se observan en la capacidad productiva y se miden por el PIB y por el PIB per cápita. DEMOGRÁFICOS : se manifiestan por la densidad de población, Medida por la densidad de población. DESEQUILIBRIOS SOCIALES : se reflejan en la renta bruta disponible en los hogares y en nivel de bienestar (infraestructuras, servicios…)
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27. 4. MECANISMOS DE COHESIÓN Los desequilibrios territoriales constituyen un grave problema en España, por lo que, desde hace décadas, se ha pretendido desarrollar políticas correctoras , tendentes a lograr un desarrollo regional más equilibrado. En la actualidad , la consolidación del Estado de las Autonomías y la adhesión a la Unión Europea ha traído consigo la distribución de competencias en materia de desarrollo regional entre: ESTADO AUTONOMÍAS UNIÓN EUROPEA