Este documento es una demanda de modificación de un convenio regulador o medidas acordadas previamente debido a un cambio sustancial en las circunstancias. Se solicita aumentar la pensión de alimentos para los hijos ya que el deudor ahora tiene un empleo fijo que le permite asumir una cantidad mayor. Se alega que este cambio justifica modificar el acuerdo original y se adjuntan documentos que acreditan la nueva situación económica.
1. Práctica Jurídica 1
Demanda de modificación del convenio regulador o de las medidas acordadas
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Don/Doña , Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación procesal de Don/Doña y de Don/Doña , provistos respectivamente de D.N.I. número y , con domicilio en esta ciudad, calle número y calle número , lo que acredito mediante la correspondiente escritura de poder para pleitos, cuya devolución desde ahora dejo interesada por necesitarla para otros usos, y actuando con la asistencia del Letrado/a Don/Doña , ante el Juzgado comparezco y en la forma que mejor proceda en Derecho,
DIGO:
Que en la representación acreditada formulo solicitud de modificación del convenio regulador o de las medidas acordadas como consecuencia de la aprobación del mismo, sobre la base de los siguientes
HECHOS
PRIMERO . Mis mandantes contrajeron matrimonio el día de de , conforme se acredita mediante la aportación, como documento número de la correspondiente certificación de la inscripción de matrimonio.
De dicho matrimonio nacieron hijos, conforme se acredita con la aportación, como documentos números de las correspondientes certificaciones de nacimiento. Como es de ver los hijos habidos en el matrimonio continúan en la actualidad siendo menores de edad.
SEGUNDO . Como consecuencia de la personal decisión de mis mandantes y concurriendo causa legal para ello, con fecha de de , promovimos el correspondiente procedimiento de separación matrimonial (o de divorcio) de mutuo acuerdo, que seguido ante el Juzgado de los de Primera Instancia número de esta misma localidad, bajo su número , concluyó por sentencia firme en la que se declaraba la separación matrimonial de los cónyuges (o el divorcio), aprobándose la propuesta de convenio regulador en su momento presentada por esta misma parte. Se acompaña, como documento número , testimonio de la sentencia firme de separación matrimonial (o divorcio).
TERCERO . Al tiempo de realizar mis mandantes la correspondiente propuesta de convenio regulador, Don (o Doña ) se encontraba atravesando por una situación económica relativamente delicada al hallarse entonces en situación de desempleo percibiendo una prestación equivalente a la cantidad de euros mensuales. En atención a esa circunstancia se estableció a su cargo el abono de una pensión de alimentos en favor de los hijos menores por un importe (mínimo) de euros, insuficientes para atender a las cuantiosas y crecientes necesidades económicas de éstos pero insuperable por el deudor en atención a las que eran entonces sus circunstancias patrimoniales.
Felizmente, Don (o Doña ) ha superado la situación de desempleo en la que se encontraba, suscribiendo el correspondiente contrato de trabajo con la empresa , S.A., como empleadora,
2. Práctica Jurídica 2
percibiendo como retribución mensual la cantidad líquida de euros. En atención a ese significativo cambio en las circunstancias patrimoniales de Don (o Doña ), es por lo que ambos cónyuge han resuelto interesar la modificación de las medidas en su momento acordadas y, en particular, de la pensión de alimentos que se determinó en favor de los hijos menores habidos en el matrimonio, que afortunadamente pueden hoy beneficiarse de la venida a mejor fortuna de su padre (o madre) aproximando el importe de la referida pensión de alimentos a sus verdaderas necesidades económicas. Con ese fin, se aporta propuesta de nuevo convenio regulador que se acompaña a esta demanda como documento número
Se acompaña, como documento número , contrato de trabajo de Don (o Doña ) y como documentos números , las dos últimas nóminas correspondientes al mismo.
A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. JURÍDICO PROCESALES.
JURISDICCIÓN.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 21.1 de la ley orgánica del poder judicial y artículo 36 de la ley de enjuiciamiento civil, los Juzgados y Tribunales españoles del orden civil son los competentes para conocer de la acción que se ejercita.
COMPETENCIA.
OBJETIVA Y FUNCIONAL.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 85.1 de la ley orgánica del poder judicial, el conocimiento de este litigio corresponde a los Juzgados de Primera Instancia, en cuanto dicha norma no los atribuye a otros Juzgados o Tribunales.
TERRITORIAL.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 769.2 de la ley de enjuiciamiento civil, corresponde el conocimiento de la presente demanda a los Juzgados de esta ciudad por ser el lugar del último domicilio común del matrimonio, además de tener ambos en la actualidad sus respectivos domicilios.
LEGITIMACIÓN.
Mis mandantes están legitimados para la presentación de esta demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 777.9 de la ley de enjuiciamiento civil.
POSTULACIÓN.
De conformidad con lo establecido en el artículo 750 de la ley de enjuiciamiento civil, ambos solicitantes comparecen representados Procurador legalmente
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habilitado para actuar ante los Juzgados y Tribunales de esta ciudad y bajo la dirección técnica de Letrado ejerciente.
PROCEDIMIENTO.
Corresponde dar a esta demanda la tramitación prevenida en el artículo 777 de la ley de enjuiciamiento civil
II. JURÍDICO MATERIALES.
PRIMERO . De conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Código Civil, los acuerdos de los cónyuges, adoptados para regular las consecuencias de la nulidad, separación o divorcio serán aprobados por el Juez salvo si son dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.
Las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
SEGUNDO . En el supuesto presente nos parece claro que la modificación interesada por nosotros con respecto a las medidas que, en su día, resultaron acordadas obedecen a un significativo cambio en las circunstancias que entonces se tuvieron en cuenta, siendo igualmente prístino, a nuestro juicio, que las nuevas medidas propuestas, además de no resultar gravemente perjudiciales para ninguno de los cónyuges, lejos de ser dañosas para los hijos, contribuyen a salvaguardar en mejor manera sus preferentes intereses.
Por todo ello, en méritos de lo anterior,
AL JUZGADO SUPLICO: Que teniendo por presentado este escrito con la petición que contiene y los documentos que se acompañan, se me tenga por comparecido en las representaciones acreditadas que ostento, entendiéndose con este Procurador/a las sucesivas actuaciones que se practiquen y, previos los legales trámites pertinentes, se dicte sentencia en la que se acuerde, modificar el convenio regulador en su día aprobado, sustituyéndose las medidas que en aquél se contenían por las que ahora se proponen.
OTROSÍ DIGO PRIMERO, Que existiendo hijos menores, procede recabar informe del Ministerio Fiscal en los términos prevenidos en el artículo 777.5 de la ley de enjuiciamiento civil.
OTROSÍ DIGO SEGUNDO
Que esta parte considera que al haber sido oídos por S.S.ª los hijos menores habidos en el matrimonio en el procedimiento principal y, en atención a la modificación de la/s medida/s que aquí se proponen, no resulta preciso articular una nueva audiencia, que solo distorsiones podría producir.
4. Práctica Jurídica 4
Es todo ello justicia que se interesa en la ciudad de a de de
Firma de Abogado Firma de Procurador
Fdo Fdo
Nº Colegiado Nº Colegiado/a