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Me autorizan las Planillas de Pago

                                                                            Ya inscribí la empresa en la SUNAT y he tramitado su autorización en el sector co-
                                                                            rrespondiente. Ahora debo llevar planillas de pago. En ellas debo registrar diversos
                                                                            conceptos; por ejemplo, los pagos que se realizan a los trabajadores de manera se-
                                                                            manal, quincenal o mensual. Necesito que las planillas sean autorizadas (aprobadas
                                                                            para su uso) por la Autoridad Administrativa de Trabajo –cuya sigla es AAT– del lugar
                                                                            donde se encuentra el centro de trabajo de la empresa. Si mi empresa se encuentra
                                                                            en Lima, la AAT está en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.



Una de mis principales obligaciones como empleador es llevar planillas de pago, debidamente autorizadas
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 5
por la AAT. Hacerlo levanta positivamente la imagen de mi empresa y su prestigio en la comunidad. Estos




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 Paso
son pasos para posicionar a la empresa, ampliar mi mercado y tener acceso a asesoría técnica y apoyo
financiero de instituciones de promoción. Por otro lado, cumplir la legislación vigente y hacer efectiva una
medida de beneficio para mis trabajadores eleva la solidez de las relaciones internas y es un excelente
comienzo para la instalación de un programa de calidad.


¿QUé SON LAS PLANILLAS DE PAGO?

                    R.U.C.                                                                                                              PLANILLA UNICA DE PAGO   (PLANILLA DE PAGO DE REMUNERACIONES)                                                                                           (BENEFICIOS SOCIALES Y OTROS DERECHOS)                                                                                     Periocidad     empleados.....................
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          obreros...........................Periodicidad semanal empieza el día ..............................................................................
                                                                                                                                                    Periodo .......................................... de .......................................................                               al ............................................................... del .................




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  Me autorizan el Libro de Planillas
                                                                                                REMUNERACIÓN    Días y horas trabajadas en la Total según la                                                                                                    Otras                                    Retenciones a cargo del trabajador por tributos, aportes provisionales, cuotas y otros conceptos                                         Tributos y aportes a cargo del empleador                                        VACACIONES
                                      N°                                                                                                                                          Remuneraciones (2)
                                                                                                SEGÚN PERIODO     JORNADA LABORAL (1)          jornada(2)                                                                                                   Remuneraciones
                                AUTOGENERADO
                                                                                                                                                                                                                                                                                 TOTAL                          Sist. Privado de Pensiones A.F.P.                                                                                                                                                                        Salida              Retorno
                                   ESSALUD         CARGO                               SUELDOS                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 IMPUESTO                                                                                                                 FIRMAS
 BOLETA                                                                                                                                                                                                                                                                      REMUNERACIÓN S. Nacional
                                   ú CODIGO          Ú          PERIODO                   ó
                                                                                                                L M M J V S D
                                                                                                                                                         Horas Días y Horas en
                                                                                                                                             Días Horas sobre Jornada Laboral
                                                                                                                                                                                          Días y Horas en
                                                                                                                                                                                           sobre tiempo
                                                                                                                                                                                                                   Asignación
                                                                                                                                                                                                                    Familiar                                                      DEL     de pensiones                                                               EsSalud           Impuesto   Retenc.      Total     NETO A     ESSALUD EXTRAORDINARIO
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   DE                SENATI                           TOTAL
   N°     NOMBRES Y APELLIDOS   UNICO AFILIADO   OCUPACIÓN      DE PAGO                SALARIOS                                                                                                                                                                                 PERIODO       (ONP)           Obligat.             Adic.           Importe            Vida               Renta    Judicial   Deducción   PAGAR                                                                       APORTES         D     M       A     D     M       A
                                                                                                                                                        tiempo                                                                                                                                                                                                                                                                                SOLIDARIDAD




                                                             (1) Perioricidad semanal
                                                             (2) Días conforme a perioricidad




Figura 1.- Aspecto de un Libro de Planillas de Pago
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                    pág.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        55
Si tengo a mi cargo uno o más trabajadores, debo                                                                                                                                                                                                                                               tratación laboral.
llevar planillas de pago. Las planillas de pago son                                                                                                                                                                                                                                            Las formas de contratación establecidas pueden
un registro contable. Brindan elementos que per-                                                                                                                                                                                                                                               ser tres:
miten demostrar, de manera transparente, ante la
autoridad competente, la relación laboral del tra-                                                                                                                                                                                                                                             1.	                                  CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO INDE-
bajador con mi empresa, su remuneración y los                                                                                                                                                                                                                                                                                       TERMINADO:
demás beneficios que se le pagan. Estos registros                                                                                                                                                                                                                                              	                                    Cuando acuerdo con el trabajador que pres-
pueden ser llevados en libros, hojas sueltas o mi-                                                                                                                                                                                                                                                                                  tará sus servicios de manera subordinada y
croformas. En la figura 1 se muestra una hoja de                                                                                                                                                                                                                                                                                    remunerada; pero el contrato no se sujeta a
planilla con su rayado distintivo.                                                                                                                                                                                                                                                                                                  un plazo de duración definido.
                                                                                                                                                                                                                                                                                               2.	                                  CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MO-
¿A PARTIR DE CUÁNDO DEBO REGISTRAR A                                                                                                                                                                                                                                                                                                DALIDAD: Los contratos de trabajo sujetos
UN TRABAJADOR EN PLANILLAS?                                                                                                                                                                                                                                                                                                         a modalidad son por un tiempo determinado
Debo registrar a mis trabajadores en las planillas                                                                                                                                                                                                                                                                                  (tienen un inicio y un fin). Pueden celebrarse
dentro de las 72 horas de inicio de la prestación                                                                                                                                                                                                                                                                                   conforme a las necesidades de la empresa y
de servicios, cualquiera que sea su forma de con-                                                                                                                                                                                                                                                                                   son de tres tipos:
•	      DE NATURALEZA TEMPORAL
                                      •	      DE NATURALEZA ACCIDENTAL
                                      •	      DE OBRA O SERVICIO
                                      3.	     CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL: El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiem-
                                              po parcial cuando se haya acordado con el trabajador la prestación de servicios durante menos de 4
                                              horas al día o menos de 20 horas a la semana.


                                      ¿QUÉ TRABAJADORES DEBO REGISTRAR EN PLANILLAS?
                                      Debo registrar a todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada con independencia de
                                      las condiciones de su contratación. Es decir que debo inscribirlo en planillas cualquiera que haya sido la
                                      modalidad de su contrato.

 5                                    ¿QUÉ SANCIONES ME ORIGINA EL NO REGISTRO DE UN TRABAJADOR EN LA PLANILLA DE
                                      PAGO?
Paso




                                      La omisión de registrar a un trabajador en la planilla de pago o en el registro que la sustituya constituye una
                                      infracción administrativa GRAVE al ordenamiento jurídico sociolaboral, que se sanciona con la imposición
                                      de una multa.
                                      Esta sanción se impone en el caso de que la Inspección de Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo
                                      y Promoción del Empleo detecte que el sujeto obligado o responsable al cumplimiento de las normas so-
                                      ciolaborales1 no cumplió con registrar a su(s) trabajador(es) en la planilla de pago pese al requerimiento
                                      efectuado por el inspector del trabajo para que cumpla con subsanar dicha omisión.
                                      Las infracciones graves pueden ser sancionadas con una multa máxima de diez (10) Unidades Impositivas
                                      Tributarias, siguiendo los criterios de gravedad en la falta cometida y número de trabajadores, de acuerdo
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                      con la siguiente tabla:


                                                   Cuantía y aplicación de las sanciones por incumplimiento de las normas sociolaborales2

                                          Gravedad                                            Número de trabajadores afectados
                                                       Base de
                                           de la in-
                                                       cálculo
                                           fracción                 1 a 10          11 a 20    21 a 50       51 a 80       81 a 110   111 a 140 141 a +

                                            LEVE       1 a 5 UIT       5-10%         11-15%     16-20%        21-40%        41-50%     51-80%      81-100%

                                                        6 a 10
                                           GRAVE                       5-10%         11-15%     16-20%        21-40%        41-50%     51-80%      81-100%
                                                         UIT
                                            MUY         11 a 20
                                                                       5-10%         11-15%     16-20%        21-40%        41-50%     51-80%      81-100%
                                           GRAVE          UIT


                                      La base de cálculo de la sanción a imponerse por                   REDUCCIÓN DE LA MULTA (Artículo 40º de 
                                      las infracciones que se detecten a las empresas                    la Ley 28806 – Ley General de Inspección
pág.                                  calificadas como micro y/o pequeñas empresas,                      del Trabajo y su Reglamento el Decre-
 56                                   conforme a ley, se reduce en un 50% de las es-                     to Supremo Nº 019-2006-TR)
                                      tablecidas para la calificación de las infracciones                a)	 30% de la multa originalmente impuesta cuan-
                                      previstas en el cuadro que se señala líneas arriba.                    do el empleador acredita la subsanación des-
                                      Es posible que la multa impuesta a una micro y/o                       de la notificación del acta de infracción y hasta
                                      pequeña empresa se extinga, siempre y cuando                           el plazo de vencimiento para imponer el recur-
                                      se acoja a un plan de formalización dispuesto por                      so de apelación.
                                      la autoridad competente de la inspección del tra-                  b)	 50% de la suma impuesta cuando resuelto el
                                      bajo. De ser así, queda obligada a cumplirlo en                        recurso de apelación, acredita la subsanación
                                      los plazos y términos establecidos porque, de lo                       de las infracciones detectadas dentro de los 10
                                      contrario, dicho incumplimiento se consignará en                       días hábiles siguientes.
                                      un acta de infracción.




                                      	 Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas
                                      1


                                      	 Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Decreto Supremo N° 019-2006-TR
                                      2
INFRACCIONES REITERATIVAS               (Artículo       la información figure en la ficha del RUC. Si he cen-
50ª del Reglamento)                                     tralizado mi sistema de planillas, la autorización la
a) Para el caso de reiteración de infracciones le-      obtendré en la localidad donde se ubica el centro
   ves, éstas se incrementarán en un 25% de la          en el que se procesan las planillas.
   sanción impuesta.                                    En aquellos lugares en los que no hubiera la Au-
b) Para el caso de reiteración de infracciones gra-     toridad Administrativa de Trabajo para la autoriza-
   ves, éstas se incrementarán en un 50% de la          ción, los encargados de la autorización serán los
   sanción impuesta.                                    jueces de paz letrados respectivos.

c) Para el caso de reiteración de infracciones muy
   graves, éstas se incrementarán en un 100% de
   la sanción impuesta.


TIPOS DE PLANILLAS DE PAGO
Número de planillas
                                                                                                                 5
Tengo la facultad de llevar una o más planillas de




                                                                                                                 Paso
pago. Si llevo varias planillas, tengo libertad para
elegir cualquier criterio de clasificación del perso-
nal, siempre que sea razonable. Así, por ejemplo,
puedo llevar una planilla de obreros y otra de em-
pleados.
Puedo elaborar y llevar las planillas de pago en
cualquiera de las siguientes modalidades:
•	   Libros.




                                                                                                                  Me autorizan el Libro de Planillas
•	   Hojas sueltas. Éstas deberán estar numera-
     das.
•	   Microformas. Éstas me permiten el uso de
     tecnologías avanzadas en materia de archivos       Figura 2. Autorización de un libro con el sticker
     de documentos e información.                       pegado en la primera página, con el sello y firma
                                                        correspondientes.
¿QUIÉN ME AUTORIZA EL USO DE LAS PLANI-
LLAS DE PAGO?                                           REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE
                                                        PLANILLAS EN LIBROS U HOJAS SUELTAS
El uso de planillas me lo debe autorizar la Auto-
ridad Administrativa de Trabajo correspondiente         Los requisitos que necesito para la autorización de
(AAT). En el caso de Lima, tengo que dirigirme al       planillas son los siguientes:
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En        Para que me autoricen la primera planilla:
el caso de regiones, me debo apersonar a las Di-
recciones Regionales de Trabajo y Promoción del         1.	   Lleno la solicitud. Lo hago según Forma-
Empleo.                                                       to N° 1 (ver anexo). Si es para una obra de
                                                              Construcción Civil, uso el Formato N° 2 (ver
                                                              anexo).
¿QUÉ ME DA LA AAT COMO CONSTANCIA?
                                                        2.	   Presento el libro o las hojas sueltas. Las hojas
Como constancia de la autorización, la AAT ad-                sueltas deben estar numeradas y su formato            pág.
herirá un sticker previamente impreso, como se
muestra en la figura 2, en el primer folio de la pla-
                                                              contendrá conceptos de acuerdo con el art.
                                                              14 del D.S. N° 001-98-TR.
                                                                                                                        57
nilla. En el caso de hojas sueltas, pondrá el sticker
                                                        3.	   Acompaño mi registro de RUC. Acompaño
en la primera hoja y un sello de agua en cada una
                                                              copia del comprobante de información regis-
de las hojas restantes.
                                                              trada del RUC (con 11 dígitos).
El costo de la autorización, en el Ministerio de Tra-
                                                        4.	   Pago la tasa. Comprobante de pago del Ban-
bajo, es de 1% UIT por cada 100 hojas. O sea,
                                                              co de la Nación por la tasa de 1% UIT, por
varía en función del número de páginas que tenga
                                                              cada 100 hojas.
el libro de planillas. El pago debo realizarlo en el
Banco de la Nación.                                     5.	   Hago mi declaración jurada. Declaración jura-
                                                              da de que, por mis características, pertenez-
Las empresas que cuenten con varios centros de
                                                              co al sector de la Micro o Pequeña Empresa
trabajo en diferentes lugares pueden solicitar la
                                                              – MYPE.
autorización en cualquiera de ellos. Si mi empresa
cuenta con varios centros de trabajo, en diferentes     Todos estos requisitos los ingreso por mesa de
lugares, puedo conseguir autorización para mis          partes del MTPE (1er piso). Luego de 5 días recojo
planillas en cualquiera de ellos siempre y cuando       la planilla con la debida autorización (3er piso).
IMPORTANTE                             •	   Nombre completo, sexo y fecha de nacimiento.
                                          El número de cuenta de Tributo 5517.                      •	   Domicilio.
                                          Si mi caso se trata de una MYPE, percibo un               •	   Nacionalidad y documento de identidad.
                                          descuento del 70% de los derechos de pago                 •	   Fecha de ingreso o reingreso a la empresa.
                                          previstos en el TUPA(*) del Ministerio de Traba-
                                          jo, de acuerdo con el Tributo 1996, según Ley             •	   Cargo u ocupación.
                                          28015.                                                    •	   Número de registro o código de asegurado
                                          (*) TUPA: Texto Único de Procedimientos Administrativos        o afiliado a los sistemas previsionales corres-
                                                                                                         pondientes, y
                                      Para que me autoricen la Segunda Pla-                         •	   Fecha de cese.
                                      nilla y las siguientes:                                       (b)	 En la segunda hoja, que lleva como título


 5
                                      1.	     Cumplo con los requisitos señalados. Nece-                 “planillas de pago de remuneraciones”, debo
                                              sito los mismos requisitos de la primera pla-              registrar por separado, y según la periodici-
                                              nilla: N° 1, 2, 3, 4 y 5. Adicionalmente,                  dad de pago, los siguientes conceptos, como
                                                                                                         se muestra en la figura 4:
                                      2.	     Acompaño planillas anteriores. Si uso hojas
Paso




                                              sueltas: (a) acompaño copia de la autoriza-           •	   Nombres y apellidos de los trabajadores.
                                              ción anterior y (b) los originales de la última       •	   El pago de remuneraciones que se abonen al
                                              hoja usada y de las hojas sobrantes.                       trabajador.
                                      	        Nota: En el caso de que haya optado por              •	   El número de días y horas trabajadas.
                                              centralizar mis planillas, debo presentar una
                                              solicitud indicando la centralización de la pla-      •	   El número de horas trabajadas en sobretiem-
                                              nilla y los anexos con que cuenta la empre-                po.
                                              sa.                                                   •	   Las deducciones a cargo del trabajador por
                                      	       Para cerrar las planillas:                                 tributos, aportes a los sistemas previsionales,
                                                                                                         cuotas sindicales, descuentos autorizados u
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                      	       Debo presentar una solicitud dirigida al Mi-               ordenados por mandato judicial y otros con-
                                              nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo,                ceptos similares.
                                              adjuntando una copia de la autorización de
                                              planillas y la última hoja utilizada de la plani-     •	   Cualquier otro pago que no tenga carácter
                                              lla. Formato Nº 3 (ver anexo).                             remunerativo.
                                                                                                    •	   Los tributos y aportes a cargo del emplea-
                                                                                                         dor.
                                      ¿QUÉ INFORMACIÓN DEBO REGISTRAR EN
                                      LAS PLANILLAS DE PAGO?                                        •	   La fecha de salida y retorno de vacaciones.
                                                                                                         Excepto que, por la naturaleza del trabajo o
                                      (a)	 En la primera hoja de la planilla de pagos debo               por el tiempo trabajado, sólo hubiera lugar al
                                           registrar la información referida a cada trabaja-             pago de la remuneración vacacional.
                                           dor, como se muestra en la figura 3. Esta hoja,
                                           conocida como “hoja de datos”, contiene la               •	   Cualquier información adicional que el em-
                                           siguiente información por trabajador:                         pleador considere pertinente.




pág.

 58
5
Figura 3. Aspecto de la primera hoja de una planilla con 2 trabajadores registrados.

                  R.U.C.                                                                                                                PLANILLA UNICA DE PAGO (PLANILLA DE PAGO DE REMUNERACIONES)                                                                                                     (BENEFICIOS SOCIALES Y OTROS DERECHOS)                                                                                                            Periocidad
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           empleados.....................
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           obreros...........................      Periodicidad semanal empieza el día ..............................................................................
                                                                                                                                                         Periodo .......................................... de .......................................................                                  al ............................................................... del .................
                                                                                               REMUNERACIÓN    Días y horas trabajadas en la   Total según la                                                                                                          Otras                                      Retenciones a cargo del trabajador por tributos, aportes provisionales, cuotas y otros conceptos                                    Tributos y aportes a cargo del empleador                                                   VACACIONES
                                     N°                                                                                                                                               Remuneraciones (2)
                                                                                               SEGÚN PERIODO     JORNADA LABORAL (1)            jornada(2)                                                                                                         Remuneraciones
                               AUTOGENERADO
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        Sist. Privado de Pensiones A.F.P.




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        Paso
                                  ESSALUD         CARGO                               SUELDOS                                                                                                                                                                                           TOTAL                                                                                                                                                          IMPUESTO                                                                        Salida                    Retorno
BOLETA                                                                                                                                                                                                                                                                              REMUNERACIÓN    S. Nacional                                                                                                                                                                                                                                                                                         FIRMAS
                                  ú CODIGO          Ú          PERIODO                   ó                                                                 Horas      Días y Horas en        Días y Horas en           Asignación                                                        DEL       de pensiones                                                     EsSalud          Impuesto       Retenc.            Total     NETO A   ESSALUD   EXTRAORDINARIO      SENATI                                   TOTAL
  N°     NOMBRES Y APELLIDOS   UNICO AFILIADO   OCUPACIÓN      DE PAGO                SALARIOS
                                                                                                               L M M J V S D                   Días Horas sobre       Jornada Laboral         sobre tiempo              Familiar                                                       PERIODO         (ONP)          Obligat.          Adic.         Importe        Vida              Renta        Judicial         Deducción   PAGAR                     DE                                                   APORTES           D       M        A         D       M         A
                                                                                                                                                          tiempo                                                                                                                                                                                                                                                                                      SOLIDARIDAD




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                         Me autorizan el Libro de Planillas
                                                            (1) Perioricidad semanal
                                                            (2) Días conforme a perioricidad




Figura 4. Aspecto de la segunda hoja, Planilla de Pago de Remuneraciones



¿CÓMO EMITO LAS BOLETAS DE PAGO?                                                                                                                                                                                                                                                                                                        en este caso, corresponderá al empleador la
Otra de mis obligaciones como empleador, rela-                                                                                                                                                                                                                                                                                          carga de la prueba del pago de la remunera-
cionada con la planilla, es la de emitir las corres-                                                                                                                                                                                                                                                                                    ción y de la entrega de la boleta de pago al
pondientes boletas de pago.                                                                                                                                                                                                                                                                                                             trabajador.

1.	        ¿Qué es la boleta de pago? La boleta de pago                                                                                                                                                                                                                                                	                                La firma del trabajador en la boleta de pago
           es el medio, a mi cargo, por el cual acredito                                                                                                                                                                                                                                                                                no implica la renuncia, por parte de éste, a
           el cumplimiento de la prestación en una rela-                                                                                                                                                                                                                                                                                cobrar sumas que le correspondan y no figu-
           ción laboral. Es decir, la boleta confirma que                                                                                                                                                                                                                                                                               ren en la boleta.
           le he entregado al trabajador una remunera-
           ción como contraprestación por la labor que                                                                                                                                                                                                                                                 CONSERVACIÓN DE LAS PLANILLAS Y BOLE-
           ha realizado.                                                                                                                                                                                                                                                                               TAS DE PAGO
2.	        ¿Qué datos debo registrar en la boleta? En                                                                                                                                                                                                                                                  Los empleadores están obligados a conservar sus                                                                                                                                                                                                                                                                                     pág.
           la boleta de pago debo registrar los mismos
           datos que figuran en la planilla de pagos.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                       planillas y boletas hasta cinco años después de
                                                                                                                                                                                                                                                                                                       efectuados los pagos o del cierre de las planillas.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               59
3.	        ¿Cuándo debo entregar la boleta? Debo en-                                                                                                                                                                                                                                                   Luego de transcurrido este plazo, la prueba de los
           tregar el original de la boleta al trabajador a                                                                                                                                                                                                                                             derechos que se pudieran derivar del contenido
           más tardar el tercer día hábil siguiente a la                                                                                                                                                                                                                                               de las planillas y boletas de pago será de cargo de
           fecha de pago. Dentro del mismo plazo, debo                                                                                                                                                                                                                                                 quien alegue el derecho.
           entregar la boleta cuando el pago se realice a                                                                                                                                                                                                                                              Luego de transcurridos los 5 años, las planillas de
           través de terceros (pago a través de entidad                                                                                                                                                                                                                                                pago deberán remitirse a la Oficina de Normaliza-
           bancaria).                                                                                                                                                                                                                                                                                  ción Previsional (ONP).
4.	        ¿Cómo opera el duplicado de la boleta? El
           duplicado de la boleta, que será firmado por
           el trabajador, quedará en mi poder como em-                                                                                                                                                                                                                                                 PLANILLAS DE PAGO DE CONSTRUCCIÓN CI-
           pleador. En caso de que el trabajador no su-                                                                                                                                                                                                                                                VIL
           piera firmar, imprimirá su huella digital.                                                                                                                                                                                                                                                  Para el caso de planillas de pago de empresas
5.	        La firma de la boleta. La firma de la boleta                                                                                                                                                                                                                                                que desarrollan actividades de construcción civil,
           por el trabajador es opcional, si el empleador                                                                                                                                                                                                                                              además de las normas generales, se han regulado
           así lo considera conveniente; sin embargo,                                                                                                                                                                                                                                                  las siguientes disposiciones:
•	   Las planillas de las empresas que desarrollan    dores de obligaciones tributarias.
                                           actividades de construcción civil podrán ser
                                                                                            En caso de pérdida de los libros de planillas, des-
                                           llevadas por cada obra o en conjunto para
                                                                                            trucción por siniestro, asaltos y otros, debo comu-
                                           varias obras.
                                                                                            nicárselo a la Administración Tributaria, SUNAT,
                                      •	   En dichas planillas deberá indicarse el          en un plazo que no exceda de los 15 días hábiles
                                           nombre o razón social del empleador, ya sea      siguientes de ocurrido el hecho.
                                           contratista o subcontratista, y el nombre del
                                           propietario de la obra, salvo que éste sea       Esta comunicación debe contener información al
                                           el empleador, en cuyo caso se indicará que       detalle del libro de planillas y los períodos a los
                                           reúne ambas calidades.                           que corresponde. También debo adjuntar una
                                                                                            copia expedida por la autoridad competente (Po-
                                      •	   A la terminación de su contrato, el contratis-
                                                                                            licía Nacional) que certifique la ocurrencia de tales
                                           ta, o subcontratista, entregará al propietario
                                                                                            acontecimientos.


 5
                                           una copia certificada de la planilla de pago
                                           correspondiente a la obra y los duplicados de    Asimismo, tengo un plazo de 60 días calendario,
                                           las boletas de pago. Esta entrega no exime al    desde el día siguiente de ocurridos los hechos,
                                           contratista ni al empresario de responder por    para que el empleador proceda a rehacer el libro
                                           el pago de las obligaciones laborales.           de planillas afectado.
Paso




                                                                                            Los períodos tributarios que debe contener el li-
                                      COMUNICACIÓN A LA SUNAT DE LA PÉRDIDA                 bro de planillas que se va a rehacer serán aquéllos
                                      DE LA PLANILLA DE PAGO                                que contienen tributos que aún no han prescrito,
                                      Según la legislación vigente, debo conservar los      siguiendo las reglas de prescripción del artículo
                                      libros y registros que constituyan hechos genera-     43º del Código Tributario.
 Me autorizan el Libro de Planillas




pág.

 60
Anexos
Formato N° 1


(NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR)
SOLICITO: AUTORIZACIÓN DE LIBRO (U HOJAS SUELTAS) DE PLANILLAS DE PAGO


SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PRO-
MOCIÓN DEL EMPLEO DE LIMA Y CALLAO
S.S.D.
..................(Ver nota 1).................................................................con   RUC N°.......................................
                                                                                                                                                     5
con domicilio en ..................................................................N° .......... Distrito.............................




                                                                                                                                                     Paso
dedicado a la actividad de ......................................................debidamente representado
por............................................................................., en calidad de ..........................................
identificado con D.N.I. N° ................................, con mandato inscrito en la ficha.................
o Partida........................del Registro............................................ de los Registros Públicos de
..................................................., ante Ud. con el debido respeto me presento y expongo:
Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 001-98-TR,




                                                                                                                                                      Me autorizan el Libro de Planillas
del 22.01.98, y su modificatoria D.S. N° 017-2001-TR, del 07.06.2001, solicito a Ud. se autorice ...
......(ver nota 2)............................ de Planillas de Pago N°………..(ver nota 3)………

........ .................de .....(ver nota 4)......................el que consta de .................hojas numeradas del cen-
tro de trabajo ubicado en ......................................................................


POR TANTO:


Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia.



Lima, .........de ....................del 200.....




                                                                                                                                                        pág.

...............................................................................                                                                             61
SELLO Y FIRMA

NOTAS

(1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR

(2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS

(3) EN CASO DE SER CONTINUACIÓN, INDICAR EL N° DEL LIBRO U HOJAS SUELTAS A AUTORIZAR

(4) TIPO DE PLANILLA: EMPLEADOS, OBREROS, ÚNICA DE TRABAJADORES U OTROS (Art. 7°, Inc. G, del D.S. 017-2001-TR).



NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
Formato N° 2


                                      (NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR)


                                      SOLICITO: AUTORIZACIÓN DE LIBRO (U HOJAS SUELTAS) DE PLANILLAS DE PAGO DE OBREROS
                                      (CONSTRUCCIÓN CIVIL)


                                      SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN
                                      DEL EMPLEO DE LIMA Y CALLAO
                                      S.S.D.


 5
                                      ....................................(ver nota 1)..........................................................con RUC N°........................................
                                      con domicilio en ...............................................................................N° ................... Distrito.............................
                                      dedicado a la actividad de ..............................................................................debidamente representado
                                      por..............................................................................................., en calidad de …...................................
Paso




                                      ......identificado con D.N.I. N° ....................................., con mandato inscrito en la ficha..........................o
                                      Partida.....................del Registro...................................... de los Registros Públicos de...................................
                                      ..........................., ante Ud. con el debido respeto me presento y expongo:
                                      Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17° del Decreto Supremo N° 001-98-TR, de fecha
                                      22.01.08, y su modificatoria, D.S. N° 017-2001-TR, de fecha 07.06.2001,
                                      solicito a Ud. se autorice .......(ver nota 2)........................ de Planillas de Pago N° .................... de OBRE-
                                      ROS, que consta de ..................... .hojas numeradas, que llevaremos en calidad de........(ver nota 3)...........
                                      ........................................................................... para la(s) obra(s) que se efectuará(n) en...............................
                                      ...............................del distrito de .................................de propiedad de .........................................................
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                      .............................................................. .
                                      POR TANTO:
                                      Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia.


                                      Lima, .........de ....................del 200.....




                                      ...............................................................................
                                      SELLO Y FIRMA
pág.

 62



                                      NOTAS

                                      (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR

                                      (2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS

                                      (3) CONTRATISTA / SUBCONTRATISTA / PROPIETARIO



                                      NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de
                                      Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
Formato N° 3
(NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR)
SOLICITO: COMUNICACIÓN DE CIERRE DE PLANILLAS DE PAGO


SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO DE
LIMA Y CALLAO
S.S.D.
..................................(ver nota 1)...................................................................................con RUC N°...................
con domicilio en ....................................................................................N° ................ Distrito.............................
dedicado a la actividad de ....................................................................................debidamente representado
por................................................................................, en calidad de ..............................................................   5
identificado con D.N.I. N° ..........................................................................................., ante Ud. con el debido




                                                                                                                                                                    Paso
respeto me presento y expongo:
Que, de conformidad con las disposiciones contenidas                                                       en el Decreto Supremo N°
001-96-TR, del 22.01.98, y su modificatoria, D.S. N°                                                       017-2001-TR, del 07.06.2001,
comunico a Ud. que hemos concluido con el uso de ............(ver nota 2)..............de Planillas de
Pago N° ..............(ver nota 3)................de ...............(ver nota 4)..........siendo la última hoja utilizada la
N° ................................... .
.




                                                                                                                                                                     Me autorizan el Libro de Planillas
POR TANTO:
Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia.
Lima, .........de ....................del 200.....




...............................................................................
SELLO Y FIRMA



                                                                                                                                                                       pág.

                                                                                                                                                                           63

NOTAS

(1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR

(2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS

(3) INDICAR EL N° DEL LIBRO U HOJAS SUELTAS A CERRAR

(4) TIPO DE PLANILLAS: EMPLEADOS, OBREROS, ÚNICA DE TRABAJADORES U OTROS

(Art. 7°, Inc. G, del D.S. 017-2001-TR)



NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
Régimen Laboral Especial de la Micro
                                      y Pequeña
                                      ¿Qué es el Régimen Laboral Especial                             trabajador o conductor lo desea).
                                      de la Micro y Pequeña?
                                      Es un Régimen Laboral Especial (RLE) que sólo              ¿QUÉ DERECHOS NO SE RECONOCEN EN
                                      se aplica a los conductores y trabajadores de la           EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MI-
                                      microempresa para promover su acceso a los de-             CROEMPRESA?
                                      rechos laborales y a la seguridad social.
                                                                                                 •	   Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).


 5
                                      Este régimen fue creado por la Ley de Promoción
                                      y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa,             •	   Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.
                                      Ley 28015. Entró en vigencia el 04 de julio de             •	   Asignación familiar.
                                      2003 y finaliza el 04 de julio del 2013.                   •	   Pago de utilidades.
Paso




                                                                                                 •	   Póliza de seguros.
                                      ¿Qué empresas pueden acogerse a este
                                      Régimen?                                                    Tanto conductores como trabajadores son afi-
                                                                                                  liados regulares de EsSalud.
                                      Sólo pueden acogerse las microempresas, es
                                      decir, aquellas unidades económicas que tengan              Los trabajadores y conductores bajo el Régi-
                                      registro en SUNAT, que estén constituidas como              men Laboral Especial pueden escoger apor-
                                      persona natural o jurídica y reúnan las siguientes          tar o no al sistema de pensiones, sea público
                                      características en forma conjunta:                          (ONP) o privado (AFP). Su decisión de no
                                                                                                  aportar al régimen de pensiones debe constar
                                      •	   Tener entre 1 y 10 trabajadores en promedio
                                                                                                  por escrito.
                                           al año, incluyendo al dueño o dueña.
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                      •	   Tener un nivel de ventas brutas hasta 150
                                           Unidades Impositivas Tributarias, es decir            ¿CÓMO SE ACCEDE AL RÉGIMEN LABORAL
                                           S/. 517,500, en el ejercicio tributario anterior.     ESPECIAL - RLE?
                                           Esta cifra se modifica cada vez que cambia la
                                                                                                 Primero debes corroborar si cumples con los re-
                                           Unidad Impositiva Tributaria (para el año 2007
                                                                                                 quisitos para ser considerado microempresa.
                                           se ha fijado en S/. 3,450).
                                                                                                 Si los cumples, presenta una solicitud de acogi-
                                       Si un negocio supera el número máximo de tra-             miento en mesa de partes del Ministerio de Tra-
                                       bajadores durante dos (02) años consecutivos              bajo y Promoción del Empleo o en las respectivas
                                       o las 150 UIT en ventas en un (01) año, pierde            direcciones regionales de Trabajo y Promoción del
                                       su condición de microempresa y su derecho                 Empleo, junto con los siguientes documentos:
                                       a permanecer en este régimen, es decir, sus               •	   Fotocopia de DNI.
                                       trabajadores pasarían al Régimen Laboral Ge-              •	   Fotocopia de ficha RUC.
                                       neral.
                                                                                                 •	   Croquis de ubicación de tu negocio.
                                      Los trabajadores de las profesiones o activida-
                                                                                                 •	   Declaración jurada del Impuesto a la Renta
                                      des que cuentan con un régimen laboral especí-
                                                                                                      del año anterior, sólo para el caso de los con-
                                      fico no pueden ser contratados bajo el Régimen
                                                                                                      tribuyentes acogidos al Régimen General del
                                      Laboral Especial de la Microempresa. Es el caso
pág.                                                                                                  Impuesto a la Renta.
                                      de los médicos, enfermeras, psicólogos, tecnó-
                                                                                                 La sola presentación de la solicitud de acogimien-
 64                                   logos, odontólogos, profesores y trabajadores
                                      de construcción civil en el caso de que las obras          to es suficiente para su aprobación, que es auto-
                                      superen las 50 UIT.                                        mática. Está sujeta a una verificación posterior por
                                                                                                 parte de la autoridad de trabajo (MTPE o DRTPE).

                                      ¿QUÉ DERECHOS SE RECvONOCEN EN EL                          IMPORTANTE
                                      RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MICRO
                                      EMPRESA?                                                   •	   Sólo puedes contratar trabajadores/as bajo
                                                                                                      este régimen después de haber presentado
                                      Se reconoce como mínimo los siguientes derechos:                la solicitud de acogimiento. El contrato de
                                      •	   Remuneración no menor a una Remuneración                   trabajo debe ser efectuado por escrito, indi-
                                           Mínima Vital – RMV.                                        cando de manera expresa que la contratación
                                      •	   15 días de vacaciones al año.                              está bajo el Régimen Laboral Especial de la
                                                                                                      Microempresa.
                                      •	   Descanso semanal y descanso en días feria-
                                           dos.                                                  •	   Este régimen sólo permite la contratación de
                                      •	   Indemnización por despido injustificado.                   personal nuevo. NO puedes despedir a un
                                                                                                      trabajador/a del Régimen Laboral General
                                      •	   Seguridad social en salud.
                                                                                                      para contratarlo luego bajo el Régimen Labo-
                                      •	   Régimen de pensiones (opcional, solo si el                 ral Especial.
¡CUIDADO!
Si un trabajador se queja ante el Ministerio de Trabajo porque no está en planilla
y si la microempresa no está acogida al RLE, el Ministerio ordenará inscribirlo en
                                                                                     5




                                                                                     Paso
el Régimen General.

      No olvides que es deber del Estado proteger al trabajador

Mejorando tu situación, mejora todo el país.




                                                                                      Me autorizan el Libro de Planillas



                                                                                        pág.

                                                                                            65
FORMULARIOS
                                      SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN LABORAL DE LA MICROEMPRESA Y/O BENEFICIO DE PAGO DEL 30% EN TRÁMITES DEL TUPA
                                                                                               (Persona natural con negocio)
                                      DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – Dirección MYPE.
                                      3
                                       …………………………………………….……………….......... con R.U.C. Nº …………………………, y                          D.N.I./
                                      C.E. Nº …………………………, con dirección del negocio en4 (Av., Jr., calle) ………………………………………..
                                      ………………………………………………….., distrito …………………….…………….,                      provincia …..………………, de-
                                      partamento …………………………y domicilio legal (opcional) en ……………. ………………………………………, distrito
                                      ………………………., teléfono Nº ………………., correo electrónico: ……………………..………@……………….……………..,
                                      dedicado(a) a la actividad de …………………..……………………………………………………………………. 5, ante usted atenta-
                                      mente digo:
                                      Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su reglamento, el


 5
                                      D.S. Nº 009-2003-TR, solicito a usted:
                                      (Marcar con un ASPA la opción que corresponda en el siguiente recuadro)

                                                 Estar comprendido en el Régimen Laboral Especial (sólo para microempresas)
Paso




                                                 Pago del 30% de los derechos de pago previstos en el TUPA del MTPE (para micro y pequeña empresas)
                                      Para tal efecto, teniendo en consideración las sanciones estipuladas en la Ley Nº 27444 y demás disposiciones legales, DECLARO BAJO
                                      JURAMENTO que cumplo con las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28015, para ser considerada como
                                      ……………………………….…6, en tanto mis ventas brutas anuales ascienden a la suma de S/. ................................ NUEVOS SOLES
                                      y cuento con el personal detallado en los siguientes cuadros:

                                                                                                                FAMILIARES DEL PROPIETARIO7            NO FAMILIARES
                                          TRABAJADORES
                                                                                                                (en números)                           (en números)
                                          (No incluye al propietario)
                                                                                                                Hombre              Mujer              Hombre              Mujer
                                                                     Adultos (18 años o más)
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                          SIN DISCAPACIDAD
                                                                     Adolescentes (14 – 17 años)
                                                                     Adultos (18 años o más)
                                          CON DISCAPACIDAD
                                                                     Adolescentes (14 – 17 años)
                                          SUBTOTALES                                                            A:                  B:                 C:                  D:

                                          TOTAL TRABAJADORES (sumar A+B+C+D)



                                                                                                                               Hombre                              Mujer
                                          Propietario del negocio (marcar con un aspa)



                                      Asimismo, cumplo con adjuntar los siguientes documentos:



                                                 Fotocopia del documento de identidad del representante legal
                                                 Fotocopia de la Ficha RUC o información registrada (actualizada)8
pág.                                             Declaración jurada del Impuesto a la Renta (sólo para empresas bajo el Régimen Tributario General)

 66                                              Croquis de ubicación del negocio y de los locales anexos, con indicación de lugares de referencia


                                      …………………, ……… de …………………del 200.......
                                      (Ciudad)
                                      								                                                                                           Firma y sello del representante
                                      ______________________________________
                                      3 Nombre del propietario(a) del negocio.

                                      4 Dirección donde funciona el negocio principal. De haber otros locales, agregarlos en el croquis.

                                      5 Indicar la principal actividad comercial, industrial, servicios, manufacturas, telecomunicaciones, etc.

                                      6 Especificar la condición de (a)MICROEMPRESA o (b)PEQUEÑA EMPRESA.

                                      7 Considerar familiares hasta el 2º grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, nietos, abuelos).

                                      8 En la información registrada debe aparecer datos del representante legal y régimen tributario.
SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN LABORAL DE LA MICROEMPRESA Y/O BENEFICIO DE PAGO DEL 30% EN TRÁMITES DEL TUPA
                                                              (Persona jurídica)
DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – Dirección MYPE.
9
 ………………………………………………………..........              con  R.U.C.           Nº    …………………………,                                 representa-
da por10……………………………………………., con D.N.I./C.E. Nº …………………………, con dirección (de la em-
presa)     en11 (Av.,    Jr.,   calle) ………………………………………………………..………………………………….
. distrito, …………………………………, provincia ....…………………….....,                 departamento …………………                              y do-
micilio legal (opcional)      en ………………………………..................distrito ........................................., teléfono Nº
………………., correo electrónico: ……………………..………@……………….…………….., dedicado(a) a la actividad de
…………………..……………………………. 12, ante usted atentamente digo:


Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su reglamento, el



                                                                                                                                         5
D.S. Nº 009-2003-TR, solicito a usted:
(Marcar con un ASPA la opción que corresponda en el siguiente recuadro)




                                                                                                                                         Paso
            Estar comprendido en el Régimen Laboral Especial (sólo para microempresas)
            Pago del 30% de los derechos de pago previstos en el TUPA del MTPE (para micro y pequeña empresas)


Para tal efecto, teniendo en consideración las sanciones estipuladas en la Ley Nº 27444 y demás disposiciones legales, DECLARO BAJO
JURAMENTO que cumplo con las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28015, para ser considerada como
……………………………….…13, en tanto mis ventas brutas anuales ascienden a la suma de S/. ................................ NUEVOS
SOLES y cuento con el personal detallado en los siguientes cuadros:

    TRABAJADORES                                                       FAMILIARES DE SOCIOS14 (en
                                                                                                             NO FAMILIARES(en números)
                                                                               números)




                                                                                                                                          Me autorizan el Libro de Planillas
    (No incluye a los socios)
                                                                          Hombre            Mujer             Hombre            Mujer
                          Adultos (18 años o más)
    SIN DISCAPACIDAD
                          Adolescentes (14 – 17 años)
                          Adultos (18 años o más)
    CON DISCAPACIDAD
                          Adolescentes (14 – 17 años)
    SUBTOTALES                                                       A:                B:               C:                 D:
    TOTAL TRABAJADORES (sumar A+B+C+D)


    Socios que laboran                                                Hombre                             Mujer
    (en números)



Asimismo, cumplo con adjuntar los siguientes documentos:
               Fotocopia del documento de identidad del representante legal
               Fotocopia de la Ficha RUC o información registrada (actualizada)
               Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (sólo para empresas bajo el Régimen Tributario General)
                                                                                                                                            pág.
               Croquis de ubicación del negocio y de los locales anexos, con indicación de lugares de referencia
                                                                                                                                                67
…………………… , ..……… de …………………… del 200.....
(Ciudad)
							                                                                             Firma y sello del representante


________________________________________________
9 Denominación o razón social de la empresa.

10 Nombre del representante legal.

11 Dirección donde funciona el negocio principal. De haber otros locales, agregarlos en el croquis.

12 Indicar la principal actividad comercial, industrial, servicios, manufacturas, telecomunicaciones, etc.

13 Especificar la condición de (a)MICROEMPRESA o (b)PEQUEÑA EMPRESA.

14 Considerar familiares hasta el 2º grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, nietos, abuelos).
Planillas Electrónicas:
                                                            Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS
                                                                                   R.M. 003-2007-TR
                                       
                                      1.	   ¿Qué es el RTPS?
                                      	     El RTPS es una declaración en soporte electrónico que deben llevar los empleadores y presentarla
                                            mensualmente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de la Superintenden-
                                            cia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).
                                      	     En este registro deberá consignarse la información laboral y de seguridad social ocurrida en el mes
                                            calendario declarado y sustituirá a las planillas físicas de remuneraciones.


 5
                                      	     El RTPS sustituirá además a los PDT 600 (remuneraciones), al 610 (seguro complementario de trabajo
                                            de riesgo) y, parcialmente, al 621 (retenciones de renta de cuarta categoría). En dicho sentido, en el
                                            registro deberá consignarse también la información que ya se declara a través de dichas declaracio-
                                            nes.
Paso




                                      	     A través de la presentación del RTPS se cumplirán simultáneamente la obligación de su presentación
                                            ante el MTPE y la obligación de declaración de tributos y aportes declarados actualmente a través de
                                            los PDT referidos ante la SUNAT.
                                      2.	   ¿Cuál es la base normativa específica del RTPS?
                                      	     El Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, su modificatoria contenida en el Decreto Supremo Nº 014-2006-
                                            TR, y la Resolución Ministerial Nº 003-2007-TR. Asimismo, el Decreto Supremo N° 006-2007-TR, que
                                            prorroga la fecha de entrada en vigencia de la obligación de llevarlo y declararlo.
                                      3.	   ¿Cuándo entrará en vigencia el RPTS?
                                      	     De conformidad con el Decreto Supremo 006-2007-TR, a partir del 1 de setiembre de 2007. La primera
 Me autorizan el Libro de Planillas




                                            declaración se realizará en el mes de octubre respecto del mes de setiembre.
                                      4.	   ¿Quiénes están obligados a enviar el RTPS?
                                            Están obligados a llevar el RTPS quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
                                            •	 Cuenten con más de tres (3) trabajadores.
                                            •	 Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios.
                                            •	 Cuenten con uno (1) o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del 	
                                            	   Sistema Nacional de Pensiones.
                                            •	 Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quinta 	
                                            	   categoría.
                                            •	 Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131.
                                            •	 Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud - EPS.
                                            •	 Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro Complemen-	
                                            	   tario de Trabajo de Riesgo.
                                            •	 Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.
                                            •	 Cuenten con personas naturales que prestan servicios bajo alguna modalidad formativa.
                                      5.	   Las entidades del Estado, como el Gobierno Central, los gobiernos regionales o los gobiernos
                                            locales, ¿están obligadas a presentar el RTPS?
                                      	     Sí. Entre los empleadores obligados a presentar el RTPS se encuentran todas las entidades del sector
pág.
                                            público nacional, inclusive aquéllas a las que se refiere el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM, Texto
 68                                         Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Públi-
                                            co de proporcionar información sobre sus adquisiciones y respecto de cualquier trabajador, servidor
                                            o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral, y de sus prestadores de servicios.
                                      6.	   ¿Cómo se va a llevar y declarar el RTPS?
                                      	     El RTPS se llevará y declarará a través de un programa de declaración telemática, tal como ocurre
                                            actualmente con las declaraciones de tributos (PDT), el cual será puesto a disposición de los emplea-
                                            dores por el MTPE con anticipación a la entrada en vigencia de dicha obligación. La declaración del
                                            RTPS será presentada a la SUNAT por la Internet o a través de un disquete, y la SUNAT la pondrá a
                                            disposición del MTPE.
                                      7.	   ¿Qué información deberá registrarse en el RTPS?
                                            La principal información que deberá registrarse es la siguiente:
                                            •	   Datos de cada establecimiento o centro de labores (RUC, ubigeo y denominación social).
                                            •	   Turnos de trabajo en el centro de labores.
                                            •	   Datos de los trabajadores o prestadores de servicios (documento de identidad, nombres y ape-
                                                 llidos, categoría, fecha de nacimiento, tipo de contrato, género, teléfono, código EPS, EsSalud
Vida, Código Único del Sistema Privado de Pensiones, Seguro Complementario de Trabajo de
           Riesgo, nacionalidad, discapacidad, correo electrónico, entidad financiera donde se deposita
           la remuneración o retribución y número de cuenta, tipo de remuneración, periodicidad de la
           remuneración, modalidad de pago, si es sindicalizado o no, municipalidad donde se inscribió la
           partida de nacimiento, nivel educativo, RUC, si está sujeto a fiscalización o no, ocupación, tipo
           de contrato y estado civil).
      •	   Datos de los derechohabientes (tipo y número de documento del derechohabiente, nombres y
           apellidos, fecha de nacimiento, sexo, vínculo familiar, número de carta de atención, baja y alta,
           domicilio, municipalidad donde se inscribió la partida de nacimiento y nacionalidad).
      •	   Datos de períodos laborales (identificación del trabajador, inicio y fin del período laboral y forma
           de extinción del contrato de trabajo).
      •	   Datos de la jornada del trabajador (identificación del trabajador, número de días trabajador, nú-

      •	
           mero de horas normales trabajadas y número de horas en sobretiempo trabajadas).
           Días subsidiados del trabajador (fecha de inicio y fin del subisidio, parte lesionada y  naturaleza
           de la lesión).
                                                                                                                  5




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      •	   Detalle de la remuneración (identificación del trabajador, tipo de concepto remunerativo/no re-
           munerativo y monto).
      •	   Detalle de la retribución del prestador de servicios (identificación del trabajador, tipo de compro-
           bante emitido, serie de comprobante emitido, número de comprobante emitido, monto total del
           servicio, fecha de inicio y fin del servicio prestado y fecha de emisión).
8.	   ¿Con qué frecuencia se declaran dichos datos?
	     Al igual que los PDT, el RTPS contará con un padrón de declarantes y de trabajadores y prestadores
      de servicios en el que se registrará información relacionada con ellos por única vez y que sólo será
      modificada en caso requiera de actualización. Adicionalmente, contará con una planilla o declaración




                                                                                                                   Me autorizan el Libro de Planillas
      mensual en la que se declarará información con dicha periodicidad.
9.	   ¿Cuál es la oportunidad de presentación del RTPS?
	     La SUNAT establecerá el cronograma de envío del RTPS, que se producirá en el mes siguiente al mes
      declarado, en relación con el último dígito del RUC.
10.	 Si el RTPS sustituye a las planillas físicas, ¿qué ocurrirá con las boletas de remuneraciones?
	     La obligación de entregar la boleta de remuneraciones al trabajador se mantiene. Se prevé que el
      RTPS permita al empleador generar formatos de boleta de pago a fin de facilitar el cumplimiento de
      dicha obligación.
11.	 ¿En qué tipo de programa se completarán los archivos de importación del RTPS?.
	     El RTPS permitirá la importación de datos desde archivos generados por los propios sistemas infor-
      máticos del obligado a su presentación, tal cual ocurre actualmente con los PDT.
12.	 ¿El empleador podrá llevar más de un RTPS en función de la categoría, centro de trabajo o cual-
     quier otro criterio?
	     No. Los empleadores que estén obligados a llevar y declarar el RTPS harán una sola declaración
      centralizada.
13.	 ¿El RTPS realizará cálculos de aportes, tributos o beneficios sociales o cada empleador rea-
     lizará el cálculo correspondiente para después declarar (como actualmente se realiza el PDT                     pág.
     600)?                                                                                                               69
	     Cada empleador realizará el cálculo correspondiente para después declarar la información en el
      RTPS, tal como ocurre actualmente con el PDT 600.

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Paso 5 Planillas de pago http://b2pymes.blogspot.com/

  • 1. Me autorizan las Planillas de Pago Ya inscribí la empresa en la SUNAT y he tramitado su autorización en el sector co- rrespondiente. Ahora debo llevar planillas de pago. En ellas debo registrar diversos conceptos; por ejemplo, los pagos que se realizan a los trabajadores de manera se- manal, quincenal o mensual. Necesito que las planillas sean autorizadas (aprobadas para su uso) por la Autoridad Administrativa de Trabajo –cuya sigla es AAT– del lugar donde se encuentra el centro de trabajo de la empresa. Si mi empresa se encuentra en Lima, la AAT está en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Una de mis principales obligaciones como empleador es llevar planillas de pago, debidamente autorizadas 5 por la AAT. Hacerlo levanta positivamente la imagen de mi empresa y su prestigio en la comunidad. Estos Paso son pasos para posicionar a la empresa, ampliar mi mercado y tener acceso a asesoría técnica y apoyo financiero de instituciones de promoción. Por otro lado, cumplir la legislación vigente y hacer efectiva una medida de beneficio para mis trabajadores eleva la solidez de las relaciones internas y es un excelente comienzo para la instalación de un programa de calidad. ¿QUé SON LAS PLANILLAS DE PAGO? R.U.C. PLANILLA UNICA DE PAGO (PLANILLA DE PAGO DE REMUNERACIONES) (BENEFICIOS SOCIALES Y OTROS DERECHOS) Periocidad empleados..................... obreros...........................Periodicidad semanal empieza el día .............................................................................. Periodo .......................................... de ....................................................... al ............................................................... del ................. Me autorizan el Libro de Planillas REMUNERACIÓN Días y horas trabajadas en la Total según la Otras Retenciones a cargo del trabajador por tributos, aportes provisionales, cuotas y otros conceptos Tributos y aportes a cargo del empleador VACACIONES N° Remuneraciones (2) SEGÚN PERIODO JORNADA LABORAL (1) jornada(2) Remuneraciones AUTOGENERADO TOTAL Sist. Privado de Pensiones A.F.P. Salida Retorno ESSALUD CARGO SUELDOS IMPUESTO FIRMAS BOLETA REMUNERACIÓN S. Nacional ú CODIGO Ú PERIODO ó L M M J V S D Horas Días y Horas en Días Horas sobre Jornada Laboral Días y Horas en sobre tiempo Asignación Familiar DEL de pensiones EsSalud Impuesto Retenc. Total NETO A ESSALUD EXTRAORDINARIO DE SENATI TOTAL N° NOMBRES Y APELLIDOS UNICO AFILIADO OCUPACIÓN DE PAGO SALARIOS PERIODO (ONP) Obligat. Adic. Importe Vida Renta Judicial Deducción PAGAR APORTES D M A D M A tiempo SOLIDARIDAD (1) Perioricidad semanal (2) Días conforme a perioricidad Figura 1.- Aspecto de un Libro de Planillas de Pago pág. 55 Si tengo a mi cargo uno o más trabajadores, debo tratación laboral. llevar planillas de pago. Las planillas de pago son Las formas de contratación establecidas pueden un registro contable. Brindan elementos que per- ser tres: miten demostrar, de manera transparente, ante la autoridad competente, la relación laboral del tra- 1. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO INDE- bajador con mi empresa, su remuneración y los TERMINADO: demás beneficios que se le pagan. Estos registros Cuando acuerdo con el trabajador que pres- pueden ser llevados en libros, hojas sueltas o mi- tará sus servicios de manera subordinada y croformas. En la figura 1 se muestra una hoja de remunerada; pero el contrato no se sujeta a planilla con su rayado distintivo. un plazo de duración definido. 2. CONTRATO DE TRABAJO SUJETO A MO- ¿A PARTIR DE CUÁNDO DEBO REGISTRAR A DALIDAD: Los contratos de trabajo sujetos UN TRABAJADOR EN PLANILLAS? a modalidad son por un tiempo determinado Debo registrar a mis trabajadores en las planillas (tienen un inicio y un fin). Pueden celebrarse dentro de las 72 horas de inicio de la prestación conforme a las necesidades de la empresa y de servicios, cualquiera que sea su forma de con- son de tres tipos:
  • 2. DE NATURALEZA TEMPORAL • DE NATURALEZA ACCIDENTAL • DE OBRA O SERVICIO 3. CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL: El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiem- po parcial cuando se haya acordado con el trabajador la prestación de servicios durante menos de 4 horas al día o menos de 20 horas a la semana. ¿QUÉ TRABAJADORES DEBO REGISTRAR EN PLANILLAS? Debo registrar a todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada con independencia de las condiciones de su contratación. Es decir que debo inscribirlo en planillas cualquiera que haya sido la modalidad de su contrato. 5 ¿QUÉ SANCIONES ME ORIGINA EL NO REGISTRO DE UN TRABAJADOR EN LA PLANILLA DE PAGO? Paso La omisión de registrar a un trabajador en la planilla de pago o en el registro que la sustituya constituye una infracción administrativa GRAVE al ordenamiento jurídico sociolaboral, que se sanciona con la imposición de una multa. Esta sanción se impone en el caso de que la Inspección de Trabajo de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo detecte que el sujeto obligado o responsable al cumplimiento de las normas so- ciolaborales1 no cumplió con registrar a su(s) trabajador(es) en la planilla de pago pese al requerimiento efectuado por el inspector del trabajo para que cumpla con subsanar dicha omisión. Las infracciones graves pueden ser sancionadas con una multa máxima de diez (10) Unidades Impositivas Tributarias, siguiendo los criterios de gravedad en la falta cometida y número de trabajadores, de acuerdo Me autorizan el Libro de Planillas con la siguiente tabla: Cuantía y aplicación de las sanciones por incumplimiento de las normas sociolaborales2 Gravedad Número de trabajadores afectados Base de de la in- cálculo fracción 1 a 10 11 a 20 21 a 50 51 a 80 81 a 110 111 a 140 141 a + LEVE 1 a 5 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% 6 a 10 GRAVE 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% UIT MUY 11 a 20 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% GRAVE UIT La base de cálculo de la sanción a imponerse por REDUCCIÓN DE LA MULTA (Artículo 40º de las infracciones que se detecten a las empresas la Ley 28806 – Ley General de Inspección pág. calificadas como micro y/o pequeñas empresas, del Trabajo y su Reglamento el Decre- 56 conforme a ley, se reduce en un 50% de las es- to Supremo Nº 019-2006-TR) tablecidas para la calificación de las infracciones a) 30% de la multa originalmente impuesta cuan- previstas en el cuadro que se señala líneas arriba. do el empleador acredita la subsanación des- Es posible que la multa impuesta a una micro y/o de la notificación del acta de infracción y hasta pequeña empresa se extinga, siempre y cuando el plazo de vencimiento para imponer el recur- se acoja a un plan de formalización dispuesto por so de apelación. la autoridad competente de la inspección del tra- b) 50% de la suma impuesta cuando resuelto el bajo. De ser así, queda obligada a cumplirlo en recurso de apelación, acredita la subsanación los plazos y términos establecidos porque, de lo de las infracciones detectadas dentro de los 10 contrario, dicho incumplimiento se consignará en días hábiles siguientes. un acta de infracción. Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas 1 Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Decreto Supremo N° 019-2006-TR 2
  • 3. INFRACCIONES REITERATIVAS (Artículo la información figure en la ficha del RUC. Si he cen- 50ª del Reglamento) tralizado mi sistema de planillas, la autorización la a) Para el caso de reiteración de infracciones le- obtendré en la localidad donde se ubica el centro ves, éstas se incrementarán en un 25% de la en el que se procesan las planillas. sanción impuesta. En aquellos lugares en los que no hubiera la Au- b) Para el caso de reiteración de infracciones gra- toridad Administrativa de Trabajo para la autoriza- ves, éstas se incrementarán en un 50% de la ción, los encargados de la autorización serán los sanción impuesta. jueces de paz letrados respectivos. c) Para el caso de reiteración de infracciones muy graves, éstas se incrementarán en un 100% de la sanción impuesta. TIPOS DE PLANILLAS DE PAGO Número de planillas 5 Tengo la facultad de llevar una o más planillas de Paso pago. Si llevo varias planillas, tengo libertad para elegir cualquier criterio de clasificación del perso- nal, siempre que sea razonable. Así, por ejemplo, puedo llevar una planilla de obreros y otra de em- pleados. Puedo elaborar y llevar las planillas de pago en cualquiera de las siguientes modalidades: • Libros. Me autorizan el Libro de Planillas • Hojas sueltas. Éstas deberán estar numera- das. • Microformas. Éstas me permiten el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivos Figura 2. Autorización de un libro con el sticker de documentos e información. pegado en la primera página, con el sello y firma correspondientes. ¿QUIÉN ME AUTORIZA EL USO DE LAS PLANI- LLAS DE PAGO? REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PLANILLAS EN LIBROS U HOJAS SUELTAS El uso de planillas me lo debe autorizar la Auto- ridad Administrativa de Trabajo correspondiente Los requisitos que necesito para la autorización de (AAT). En el caso de Lima, tengo que dirigirme al planillas son los siguientes: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En Para que me autoricen la primera planilla: el caso de regiones, me debo apersonar a las Di- recciones Regionales de Trabajo y Promoción del 1. Lleno la solicitud. Lo hago según Forma- Empleo. to N° 1 (ver anexo). Si es para una obra de Construcción Civil, uso el Formato N° 2 (ver anexo). ¿QUÉ ME DA LA AAT COMO CONSTANCIA? 2. Presento el libro o las hojas sueltas. Las hojas Como constancia de la autorización, la AAT ad- sueltas deben estar numeradas y su formato pág. herirá un sticker previamente impreso, como se muestra en la figura 2, en el primer folio de la pla- contendrá conceptos de acuerdo con el art. 14 del D.S. N° 001-98-TR. 57 nilla. En el caso de hojas sueltas, pondrá el sticker 3. Acompaño mi registro de RUC. Acompaño en la primera hoja y un sello de agua en cada una copia del comprobante de información regis- de las hojas restantes. trada del RUC (con 11 dígitos). El costo de la autorización, en el Ministerio de Tra- 4. Pago la tasa. Comprobante de pago del Ban- bajo, es de 1% UIT por cada 100 hojas. O sea, co de la Nación por la tasa de 1% UIT, por varía en función del número de páginas que tenga cada 100 hojas. el libro de planillas. El pago debo realizarlo en el Banco de la Nación. 5. Hago mi declaración jurada. Declaración jura- da de que, por mis características, pertenez- Las empresas que cuenten con varios centros de co al sector de la Micro o Pequeña Empresa trabajo en diferentes lugares pueden solicitar la – MYPE. autorización en cualquiera de ellos. Si mi empresa cuenta con varios centros de trabajo, en diferentes Todos estos requisitos los ingreso por mesa de lugares, puedo conseguir autorización para mis partes del MTPE (1er piso). Luego de 5 días recojo planillas en cualquiera de ellos siempre y cuando la planilla con la debida autorización (3er piso).
  • 4. IMPORTANTE • Nombre completo, sexo y fecha de nacimiento. El número de cuenta de Tributo 5517. • Domicilio. Si mi caso se trata de una MYPE, percibo un • Nacionalidad y documento de identidad. descuento del 70% de los derechos de pago • Fecha de ingreso o reingreso a la empresa. previstos en el TUPA(*) del Ministerio de Traba- jo, de acuerdo con el Tributo 1996, según Ley • Cargo u ocupación. 28015. • Número de registro o código de asegurado (*) TUPA: Texto Único de Procedimientos Administrativos o afiliado a los sistemas previsionales corres- pondientes, y Para que me autoricen la Segunda Pla- • Fecha de cese. nilla y las siguientes: (b) En la segunda hoja, que lleva como título 5 1. Cumplo con los requisitos señalados. Nece- “planillas de pago de remuneraciones”, debo sito los mismos requisitos de la primera pla- registrar por separado, y según la periodici- nilla: N° 1, 2, 3, 4 y 5. Adicionalmente, dad de pago, los siguientes conceptos, como se muestra en la figura 4: 2. Acompaño planillas anteriores. Si uso hojas Paso sueltas: (a) acompaño copia de la autoriza- • Nombres y apellidos de los trabajadores. ción anterior y (b) los originales de la última • El pago de remuneraciones que se abonen al hoja usada y de las hojas sobrantes. trabajador. Nota: En el caso de que haya optado por • El número de días y horas trabajadas. centralizar mis planillas, debo presentar una solicitud indicando la centralización de la pla- • El número de horas trabajadas en sobretiem- nilla y los anexos con que cuenta la empre- po. sa. • Las deducciones a cargo del trabajador por Para cerrar las planillas: tributos, aportes a los sistemas previsionales, cuotas sindicales, descuentos autorizados u Me autorizan el Libro de Planillas Debo presentar una solicitud dirigida al Mi- ordenados por mandato judicial y otros con- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, ceptos similares. adjuntando una copia de la autorización de planillas y la última hoja utilizada de la plani- • Cualquier otro pago que no tenga carácter lla. Formato Nº 3 (ver anexo). remunerativo. • Los tributos y aportes a cargo del emplea- dor. ¿QUÉ INFORMACIÓN DEBO REGISTRAR EN LAS PLANILLAS DE PAGO? • La fecha de salida y retorno de vacaciones. Excepto que, por la naturaleza del trabajo o (a) En la primera hoja de la planilla de pagos debo por el tiempo trabajado, sólo hubiera lugar al registrar la información referida a cada trabaja- pago de la remuneración vacacional. dor, como se muestra en la figura 3. Esta hoja, conocida como “hoja de datos”, contiene la • Cualquier información adicional que el em- siguiente información por trabajador: pleador considere pertinente. pág. 58
  • 5. 5 Figura 3. Aspecto de la primera hoja de una planilla con 2 trabajadores registrados. R.U.C. PLANILLA UNICA DE PAGO (PLANILLA DE PAGO DE REMUNERACIONES) (BENEFICIOS SOCIALES Y OTROS DERECHOS) Periocidad empleados..................... obreros........................... Periodicidad semanal empieza el día .............................................................................. Periodo .......................................... de ....................................................... al ............................................................... del ................. REMUNERACIÓN Días y horas trabajadas en la Total según la Otras Retenciones a cargo del trabajador por tributos, aportes provisionales, cuotas y otros conceptos Tributos y aportes a cargo del empleador VACACIONES N° Remuneraciones (2) SEGÚN PERIODO JORNADA LABORAL (1) jornada(2) Remuneraciones AUTOGENERADO Sist. Privado de Pensiones A.F.P. Paso ESSALUD CARGO SUELDOS TOTAL IMPUESTO Salida Retorno BOLETA REMUNERACIÓN S. Nacional FIRMAS ú CODIGO Ú PERIODO ó Horas Días y Horas en Días y Horas en Asignación DEL de pensiones EsSalud Impuesto Retenc. Total NETO A ESSALUD EXTRAORDINARIO SENATI TOTAL N° NOMBRES Y APELLIDOS UNICO AFILIADO OCUPACIÓN DE PAGO SALARIOS L M M J V S D Días Horas sobre Jornada Laboral sobre tiempo Familiar PERIODO (ONP) Obligat. Adic. Importe Vida Renta Judicial Deducción PAGAR DE APORTES D M A D M A tiempo SOLIDARIDAD Me autorizan el Libro de Planillas (1) Perioricidad semanal (2) Días conforme a perioricidad Figura 4. Aspecto de la segunda hoja, Planilla de Pago de Remuneraciones ¿CÓMO EMITO LAS BOLETAS DE PAGO? en este caso, corresponderá al empleador la Otra de mis obligaciones como empleador, rela- carga de la prueba del pago de la remunera- cionada con la planilla, es la de emitir las corres- ción y de la entrega de la boleta de pago al pondientes boletas de pago. trabajador. 1. ¿Qué es la boleta de pago? La boleta de pago La firma del trabajador en la boleta de pago es el medio, a mi cargo, por el cual acredito no implica la renuncia, por parte de éste, a el cumplimiento de la prestación en una rela- cobrar sumas que le correspondan y no figu- ción laboral. Es decir, la boleta confirma que ren en la boleta. le he entregado al trabajador una remunera- ción como contraprestación por la labor que CONSERVACIÓN DE LAS PLANILLAS Y BOLE- ha realizado. TAS DE PAGO 2. ¿Qué datos debo registrar en la boleta? En Los empleadores están obligados a conservar sus pág. la boleta de pago debo registrar los mismos datos que figuran en la planilla de pagos. planillas y boletas hasta cinco años después de efectuados los pagos o del cierre de las planillas. 59 3. ¿Cuándo debo entregar la boleta? Debo en- Luego de transcurrido este plazo, la prueba de los tregar el original de la boleta al trabajador a derechos que se pudieran derivar del contenido más tardar el tercer día hábil siguiente a la de las planillas y boletas de pago será de cargo de fecha de pago. Dentro del mismo plazo, debo quien alegue el derecho. entregar la boleta cuando el pago se realice a Luego de transcurridos los 5 años, las planillas de través de terceros (pago a través de entidad pago deberán remitirse a la Oficina de Normaliza- bancaria). ción Previsional (ONP). 4. ¿Cómo opera el duplicado de la boleta? El duplicado de la boleta, que será firmado por el trabajador, quedará en mi poder como em- PLANILLAS DE PAGO DE CONSTRUCCIÓN CI- pleador. En caso de que el trabajador no su- VIL piera firmar, imprimirá su huella digital. Para el caso de planillas de pago de empresas 5. La firma de la boleta. La firma de la boleta que desarrollan actividades de construcción civil, por el trabajador es opcional, si el empleador además de las normas generales, se han regulado así lo considera conveniente; sin embargo, las siguientes disposiciones:
  • 6. Las planillas de las empresas que desarrollan dores de obligaciones tributarias. actividades de construcción civil podrán ser En caso de pérdida de los libros de planillas, des- llevadas por cada obra o en conjunto para trucción por siniestro, asaltos y otros, debo comu- varias obras. nicárselo a la Administración Tributaria, SUNAT, • En dichas planillas deberá indicarse el en un plazo que no exceda de los 15 días hábiles nombre o razón social del empleador, ya sea siguientes de ocurrido el hecho. contratista o subcontratista, y el nombre del propietario de la obra, salvo que éste sea Esta comunicación debe contener información al el empleador, en cuyo caso se indicará que detalle del libro de planillas y los períodos a los reúne ambas calidades. que corresponde. También debo adjuntar una copia expedida por la autoridad competente (Po- • A la terminación de su contrato, el contratis- licía Nacional) que certifique la ocurrencia de tales ta, o subcontratista, entregará al propietario acontecimientos. 5 una copia certificada de la planilla de pago correspondiente a la obra y los duplicados de Asimismo, tengo un plazo de 60 días calendario, las boletas de pago. Esta entrega no exime al desde el día siguiente de ocurridos los hechos, contratista ni al empresario de responder por para que el empleador proceda a rehacer el libro el pago de las obligaciones laborales. de planillas afectado. Paso Los períodos tributarios que debe contener el li- COMUNICACIÓN A LA SUNAT DE LA PÉRDIDA bro de planillas que se va a rehacer serán aquéllos DE LA PLANILLA DE PAGO que contienen tributos que aún no han prescrito, Según la legislación vigente, debo conservar los siguiendo las reglas de prescripción del artículo libros y registros que constituyan hechos genera- 43º del Código Tributario. Me autorizan el Libro de Planillas pág. 60
  • 7. Anexos Formato N° 1 (NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR) SOLICITO: AUTORIZACIÓN DE LIBRO (U HOJAS SUELTAS) DE PLANILLAS DE PAGO SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PRO- MOCIÓN DEL EMPLEO DE LIMA Y CALLAO S.S.D. ..................(Ver nota 1).................................................................con RUC N°....................................... 5 con domicilio en ..................................................................N° .......... Distrito............................. Paso dedicado a la actividad de ......................................................debidamente representado por............................................................................., en calidad de .......................................... identificado con D.N.I. N° ................................, con mandato inscrito en la ficha................. o Partida........................del Registro............................................ de los Registros Públicos de ..................................................., ante Ud. con el debido respeto me presento y expongo: Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 001-98-TR, Me autorizan el Libro de Planillas del 22.01.98, y su modificatoria D.S. N° 017-2001-TR, del 07.06.2001, solicito a Ud. se autorice ... ......(ver nota 2)............................ de Planillas de Pago N°………..(ver nota 3)……… ........ .................de .....(ver nota 4)......................el que consta de .................hojas numeradas del cen- tro de trabajo ubicado en ...................................................................... POR TANTO: Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia. Lima, .........de ....................del 200..... pág. ............................................................................... 61 SELLO Y FIRMA NOTAS (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR (2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS (3) EN CASO DE SER CONTINUACIÓN, INDICAR EL N° DEL LIBRO U HOJAS SUELTAS A AUTORIZAR (4) TIPO DE PLANILLA: EMPLEADOS, OBREROS, ÚNICA DE TRABAJADORES U OTROS (Art. 7°, Inc. G, del D.S. 017-2001-TR). NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
  • 8. Formato N° 2 (NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR) SOLICITO: AUTORIZACIÓN DE LIBRO (U HOJAS SUELTAS) DE PLANILLAS DE PAGO DE OBREROS (CONSTRUCCIÓN CIVIL) SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LIMA Y CALLAO S.S.D. 5 ....................................(ver nota 1)..........................................................con RUC N°........................................ con domicilio en ...............................................................................N° ................... Distrito............................. dedicado a la actividad de ..............................................................................debidamente representado por..............................................................................................., en calidad de …................................... Paso ......identificado con D.N.I. N° ....................................., con mandato inscrito en la ficha..........................o Partida.....................del Registro...................................... de los Registros Públicos de................................... ..........................., ante Ud. con el debido respeto me presento y expongo: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17° del Decreto Supremo N° 001-98-TR, de fecha 22.01.08, y su modificatoria, D.S. N° 017-2001-TR, de fecha 07.06.2001, solicito a Ud. se autorice .......(ver nota 2)........................ de Planillas de Pago N° .................... de OBRE- ROS, que consta de ..................... .hojas numeradas, que llevaremos en calidad de........(ver nota 3)........... ........................................................................... para la(s) obra(s) que se efectuará(n) en............................... ...............................del distrito de .................................de propiedad de ......................................................... Me autorizan el Libro de Planillas .............................................................. . POR TANTO: Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia. Lima, .........de ....................del 200..... ............................................................................... SELLO Y FIRMA pág. 62 NOTAS (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR (2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS (3) CONTRATISTA / SUBCONTRATISTA / PROPIETARIO NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
  • 9. Formato N° 3 (NUMERAL 07° del TUPA D.S. 016-2003-TR) SOLICITO: COMUNICACIÓN DE CIERRE DE PLANILLAS DE PAGO SEÑOR SUBDIRECTOR DE REGISTROS GENERALES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DE LIMA Y CALLAO S.S.D. ..................................(ver nota 1)...................................................................................con RUC N°................... con domicilio en ....................................................................................N° ................ Distrito............................. dedicado a la actividad de ....................................................................................debidamente representado por................................................................................, en calidad de .............................................................. 5 identificado con D.N.I. N° ..........................................................................................., ante Ud. con el debido Paso respeto me presento y expongo: Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 001-96-TR, del 22.01.98, y su modificatoria, D.S. N° 017-2001-TR, del 07.06.2001, comunico a Ud. que hemos concluido con el uso de ............(ver nota 2)..............de Planillas de Pago N° ..............(ver nota 3)................de ...............(ver nota 4)..........siendo la última hoja utilizada la N° ................................... . . Me autorizan el Libro de Planillas POR TANTO: Sírvase Ud., señor Sub-director, acceder a lo solicitado por ser de justicia. Lima, .........de ....................del 200..... ............................................................................... SELLO Y FIRMA pág. 63 NOTAS (1) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL EMPLEADOR (2) PUEDE SER LIBRO U HOJAS SUELTAS (3) INDICAR EL N° DEL LIBRO U HOJAS SUELTAS A CERRAR (4) TIPO DE PLANILLAS: EMPLEADOS, OBREROS, ÚNICA DE TRABAJADORES U OTROS (Art. 7°, Inc. G, del D.S. 017-2001-TR) NOTA: El presente modelo es sólo referencial, debiendo sujetarse a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del MTPE, D.S. 016-2003-TR
  • 10. Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña ¿Qué es el Régimen Laboral Especial trabajador o conductor lo desea). de la Micro y Pequeña? Es un Régimen Laboral Especial (RLE) que sólo ¿QUÉ DERECHOS NO SE RECONOCEN EN se aplica a los conductores y trabajadores de la EL RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MI- microempresa para promover su acceso a los de- CROEMPRESA? rechos laborales y a la seguridad social. • Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). 5 Este régimen fue creado por la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, • Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. Ley 28015. Entró en vigencia el 04 de julio de • Asignación familiar. 2003 y finaliza el 04 de julio del 2013. • Pago de utilidades. Paso • Póliza de seguros. ¿Qué empresas pueden acogerse a este Régimen? Tanto conductores como trabajadores son afi- liados regulares de EsSalud. Sólo pueden acogerse las microempresas, es decir, aquellas unidades económicas que tengan Los trabajadores y conductores bajo el Régi- registro en SUNAT, que estén constituidas como men Laboral Especial pueden escoger apor- persona natural o jurídica y reúnan las siguientes tar o no al sistema de pensiones, sea público características en forma conjunta: (ONP) o privado (AFP). Su decisión de no aportar al régimen de pensiones debe constar • Tener entre 1 y 10 trabajadores en promedio por escrito. al año, incluyendo al dueño o dueña. Me autorizan el Libro de Planillas • Tener un nivel de ventas brutas hasta 150 Unidades Impositivas Tributarias, es decir ¿CÓMO SE ACCEDE AL RÉGIMEN LABORAL S/. 517,500, en el ejercicio tributario anterior. ESPECIAL - RLE? Esta cifra se modifica cada vez que cambia la Primero debes corroborar si cumples con los re- Unidad Impositiva Tributaria (para el año 2007 quisitos para ser considerado microempresa. se ha fijado en S/. 3,450). Si los cumples, presenta una solicitud de acogi- Si un negocio supera el número máximo de tra- miento en mesa de partes del Ministerio de Tra- bajadores durante dos (02) años consecutivos bajo y Promoción del Empleo o en las respectivas o las 150 UIT en ventas en un (01) año, pierde direcciones regionales de Trabajo y Promoción del su condición de microempresa y su derecho Empleo, junto con los siguientes documentos: a permanecer en este régimen, es decir, sus • Fotocopia de DNI. trabajadores pasarían al Régimen Laboral Ge- • Fotocopia de ficha RUC. neral. • Croquis de ubicación de tu negocio. Los trabajadores de las profesiones o activida- • Declaración jurada del Impuesto a la Renta des que cuentan con un régimen laboral especí- del año anterior, sólo para el caso de los con- fico no pueden ser contratados bajo el Régimen tribuyentes acogidos al Régimen General del Laboral Especial de la Microempresa. Es el caso pág. Impuesto a la Renta. de los médicos, enfermeras, psicólogos, tecnó- La sola presentación de la solicitud de acogimien- 64 logos, odontólogos, profesores y trabajadores de construcción civil en el caso de que las obras to es suficiente para su aprobación, que es auto- superen las 50 UIT. mática. Está sujeta a una verificación posterior por parte de la autoridad de trabajo (MTPE o DRTPE). ¿QUÉ DERECHOS SE RECvONOCEN EN EL IMPORTANTE RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL DE LA MICRO EMPRESA? • Sólo puedes contratar trabajadores/as bajo este régimen después de haber presentado Se reconoce como mínimo los siguientes derechos: la solicitud de acogimiento. El contrato de • Remuneración no menor a una Remuneración trabajo debe ser efectuado por escrito, indi- Mínima Vital – RMV. cando de manera expresa que la contratación • 15 días de vacaciones al año. está bajo el Régimen Laboral Especial de la Microempresa. • Descanso semanal y descanso en días feria- dos. • Este régimen sólo permite la contratación de • Indemnización por despido injustificado. personal nuevo. NO puedes despedir a un trabajador/a del Régimen Laboral General • Seguridad social en salud. para contratarlo luego bajo el Régimen Labo- • Régimen de pensiones (opcional, solo si el ral Especial.
  • 11. ¡CUIDADO! Si un trabajador se queja ante el Ministerio de Trabajo porque no está en planilla y si la microempresa no está acogida al RLE, el Ministerio ordenará inscribirlo en 5 Paso el Régimen General. No olvides que es deber del Estado proteger al trabajador Mejorando tu situación, mejora todo el país. Me autorizan el Libro de Planillas pág. 65
  • 12. FORMULARIOS SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN LABORAL DE LA MICROEMPRESA Y/O BENEFICIO DE PAGO DEL 30% EN TRÁMITES DEL TUPA (Persona natural con negocio) DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – Dirección MYPE. 3 …………………………………………….……………….......... con R.U.C. Nº …………………………, y D.N.I./ C.E. Nº …………………………, con dirección del negocio en4 (Av., Jr., calle) ……………………………………….. ………………………………………………….., distrito …………………….……………., provincia …..………………, de- partamento …………………………y domicilio legal (opcional) en ……………. ………………………………………, distrito ………………………., teléfono Nº ………………., correo electrónico: ……………………..………@……………….…………….., dedicado(a) a la actividad de …………………..……………………………………………………………………. 5, ante usted atenta- mente digo: Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su reglamento, el 5 D.S. Nº 009-2003-TR, solicito a usted: (Marcar con un ASPA la opción que corresponda en el siguiente recuadro) Estar comprendido en el Régimen Laboral Especial (sólo para microempresas) Paso Pago del 30% de los derechos de pago previstos en el TUPA del MTPE (para micro y pequeña empresas) Para tal efecto, teniendo en consideración las sanciones estipuladas en la Ley Nº 27444 y demás disposiciones legales, DECLARO BAJO JURAMENTO que cumplo con las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28015, para ser considerada como ……………………………….…6, en tanto mis ventas brutas anuales ascienden a la suma de S/. ................................ NUEVOS SOLES y cuento con el personal detallado en los siguientes cuadros: FAMILIARES DEL PROPIETARIO7 NO FAMILIARES TRABAJADORES (en números) (en números) (No incluye al propietario) Hombre Mujer Hombre Mujer Adultos (18 años o más) Me autorizan el Libro de Planillas SIN DISCAPACIDAD Adolescentes (14 – 17 años) Adultos (18 años o más) CON DISCAPACIDAD Adolescentes (14 – 17 años) SUBTOTALES A: B: C: D: TOTAL TRABAJADORES (sumar A+B+C+D) Hombre Mujer Propietario del negocio (marcar con un aspa) Asimismo, cumplo con adjuntar los siguientes documentos: Fotocopia del documento de identidad del representante legal Fotocopia de la Ficha RUC o información registrada (actualizada)8 pág. Declaración jurada del Impuesto a la Renta (sólo para empresas bajo el Régimen Tributario General) 66 Croquis de ubicación del negocio y de los locales anexos, con indicación de lugares de referencia …………………, ……… de …………………del 200....... (Ciudad) Firma y sello del representante ______________________________________ 3 Nombre del propietario(a) del negocio. 4 Dirección donde funciona el negocio principal. De haber otros locales, agregarlos en el croquis. 5 Indicar la principal actividad comercial, industrial, servicios, manufacturas, telecomunicaciones, etc. 6 Especificar la condición de (a)MICROEMPRESA o (b)PEQUEÑA EMPRESA. 7 Considerar familiares hasta el 2º grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, nietos, abuelos). 8 En la información registrada debe aparecer datos del representante legal y régimen tributario.
  • 13. SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN LABORAL DE LA MICROEMPRESA Y/O BENEFICIO DE PAGO DEL 30% EN TRÁMITES DEL TUPA (Persona jurídica) DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – Dirección MYPE. 9 ……………………………………………………….......... con R.U.C. Nº …………………………, representa- da por10……………………………………………., con D.N.I./C.E. Nº …………………………, con dirección (de la em- presa) en11 (Av., Jr., calle) ………………………………………………………..…………………………………. . distrito, …………………………………, provincia ....……………………....., departamento ………………… y do- micilio legal (opcional) en ………………………………..................distrito ........................................., teléfono Nº ………………., correo electrónico: ……………………..………@……………….…………….., dedicado(a) a la actividad de …………………..……………………………. 12, ante usted atentamente digo: Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y su reglamento, el 5 D.S. Nº 009-2003-TR, solicito a usted: (Marcar con un ASPA la opción que corresponda en el siguiente recuadro) Paso Estar comprendido en el Régimen Laboral Especial (sólo para microempresas) Pago del 30% de los derechos de pago previstos en el TUPA del MTPE (para micro y pequeña empresas) Para tal efecto, teniendo en consideración las sanciones estipuladas en la Ley Nº 27444 y demás disposiciones legales, DECLARO BAJO JURAMENTO que cumplo con las condiciones establecidas en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 28015, para ser considerada como ……………………………….…13, en tanto mis ventas brutas anuales ascienden a la suma de S/. ................................ NUEVOS SOLES y cuento con el personal detallado en los siguientes cuadros: TRABAJADORES FAMILIARES DE SOCIOS14 (en NO FAMILIARES(en números) números) Me autorizan el Libro de Planillas (No incluye a los socios) Hombre Mujer Hombre Mujer Adultos (18 años o más) SIN DISCAPACIDAD Adolescentes (14 – 17 años) Adultos (18 años o más) CON DISCAPACIDAD Adolescentes (14 – 17 años) SUBTOTALES A: B: C: D: TOTAL TRABAJADORES (sumar A+B+C+D) Socios que laboran Hombre Mujer (en números) Asimismo, cumplo con adjuntar los siguientes documentos: Fotocopia del documento de identidad del representante legal Fotocopia de la Ficha RUC o información registrada (actualizada) Declaración Jurada del Impuesto a la Renta (sólo para empresas bajo el Régimen Tributario General) pág. Croquis de ubicación del negocio y de los locales anexos, con indicación de lugares de referencia 67 …………………… , ..……… de …………………… del 200..... (Ciudad) Firma y sello del representante ________________________________________________ 9 Denominación o razón social de la empresa. 10 Nombre del representante legal. 11 Dirección donde funciona el negocio principal. De haber otros locales, agregarlos en el croquis. 12 Indicar la principal actividad comercial, industrial, servicios, manufacturas, telecomunicaciones, etc. 13 Especificar la condición de (a)MICROEMPRESA o (b)PEQUEÑA EMPRESA. 14 Considerar familiares hasta el 2º grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos, nietos, abuelos).
  • 14. Planillas Electrónicas: Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS R.M. 003-2007-TR   1. ¿Qué es el RTPS? El RTPS es una declaración en soporte electrónico que deben llevar los empleadores y presentarla mensualmente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a través de la Superintenden- cia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT). En este registro deberá consignarse la información laboral y de seguridad social ocurrida en el mes calendario declarado y sustituirá a las planillas físicas de remuneraciones. 5 El RTPS sustituirá además a los PDT 600 (remuneraciones), al 610 (seguro complementario de trabajo de riesgo) y, parcialmente, al 621 (retenciones de renta de cuarta categoría). En dicho sentido, en el registro deberá consignarse también la información que ya se declara a través de dichas declaracio- nes. Paso A través de la presentación del RTPS se cumplirán simultáneamente la obligación de su presentación ante el MTPE y la obligación de declaración de tributos y aportes declarados actualmente a través de los PDT referidos ante la SUNAT. 2. ¿Cuál es la base normativa específica del RTPS? El Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, su modificatoria contenida en el Decreto Supremo Nº 014-2006- TR, y la Resolución Ministerial Nº 003-2007-TR. Asimismo, el Decreto Supremo N° 006-2007-TR, que prorroga la fecha de entrada en vigencia de la obligación de llevarlo y declararlo. 3. ¿Cuándo entrará en vigencia el RPTS? De conformidad con el Decreto Supremo 006-2007-TR, a partir del 1 de setiembre de 2007. La primera Me autorizan el Libro de Planillas declaración se realizará en el mes de octubre respecto del mes de setiembre. 4. ¿Quiénes están obligados a enviar el RTPS? Están obligados a llevar el RTPS quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones: • Cuenten con más de tres (3) trabajadores. • Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios. • Cuenten con uno (1) o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. • Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quinta categoría. • Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131. • Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud - EPS. • Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro Complemen- tario de Trabajo de Riesgo. • Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. • Cuenten con personas naturales que prestan servicios bajo alguna modalidad formativa. 5. Las entidades del Estado, como el Gobierno Central, los gobiernos regionales o los gobiernos locales, ¿están obligadas a presentar el RTPS? Sí. Entre los empleadores obligados a presentar el RTPS se encuentran todas las entidades del sector pág. público nacional, inclusive aquéllas a las que se refiere el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM, Texto 68 Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Públi- co de proporcionar información sobre sus adquisiciones y respecto de cualquier trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral, y de sus prestadores de servicios. 6. ¿Cómo se va a llevar y declarar el RTPS? El RTPS se llevará y declarará a través de un programa de declaración telemática, tal como ocurre actualmente con las declaraciones de tributos (PDT), el cual será puesto a disposición de los emplea- dores por el MTPE con anticipación a la entrada en vigencia de dicha obligación. La declaración del RTPS será presentada a la SUNAT por la Internet o a través de un disquete, y la SUNAT la pondrá a disposición del MTPE. 7. ¿Qué información deberá registrarse en el RTPS? La principal información que deberá registrarse es la siguiente: • Datos de cada establecimiento o centro de labores (RUC, ubigeo y denominación social). • Turnos de trabajo en el centro de labores. • Datos de los trabajadores o prestadores de servicios (documento de identidad, nombres y ape- llidos, categoría, fecha de nacimiento, tipo de contrato, género, teléfono, código EPS, EsSalud
  • 15. Vida, Código Único del Sistema Privado de Pensiones, Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, nacionalidad, discapacidad, correo electrónico, entidad financiera donde se deposita la remuneración o retribución y número de cuenta, tipo de remuneración, periodicidad de la remuneración, modalidad de pago, si es sindicalizado o no, municipalidad donde se inscribió la partida de nacimiento, nivel educativo, RUC, si está sujeto a fiscalización o no, ocupación, tipo de contrato y estado civil). • Datos de los derechohabientes (tipo y número de documento del derechohabiente, nombres y apellidos, fecha de nacimiento, sexo, vínculo familiar, número de carta de atención, baja y alta, domicilio, municipalidad donde se inscribió la partida de nacimiento y nacionalidad). • Datos de períodos laborales (identificación del trabajador, inicio y fin del período laboral y forma de extinción del contrato de trabajo). • Datos de la jornada del trabajador (identificación del trabajador, número de días trabajador, nú- • mero de horas normales trabajadas y número de horas en sobretiempo trabajadas). Días subsidiados del trabajador (fecha de inicio y fin del subisidio, parte lesionada y  naturaleza de la lesión). 5 Paso • Detalle de la remuneración (identificación del trabajador, tipo de concepto remunerativo/no re- munerativo y monto). • Detalle de la retribución del prestador de servicios (identificación del trabajador, tipo de compro- bante emitido, serie de comprobante emitido, número de comprobante emitido, monto total del servicio, fecha de inicio y fin del servicio prestado y fecha de emisión). 8. ¿Con qué frecuencia se declaran dichos datos? Al igual que los PDT, el RTPS contará con un padrón de declarantes y de trabajadores y prestadores de servicios en el que se registrará información relacionada con ellos por única vez y que sólo será modificada en caso requiera de actualización. Adicionalmente, contará con una planilla o declaración Me autorizan el Libro de Planillas mensual en la que se declarará información con dicha periodicidad. 9. ¿Cuál es la oportunidad de presentación del RTPS? La SUNAT establecerá el cronograma de envío del RTPS, que se producirá en el mes siguiente al mes declarado, en relación con el último dígito del RUC. 10. Si el RTPS sustituye a las planillas físicas, ¿qué ocurrirá con las boletas de remuneraciones? La obligación de entregar la boleta de remuneraciones al trabajador se mantiene. Se prevé que el RTPS permita al empleador generar formatos de boleta de pago a fin de facilitar el cumplimiento de dicha obligación. 11. ¿En qué tipo de programa se completarán los archivos de importación del RTPS?. El RTPS permitirá la importación de datos desde archivos generados por los propios sistemas infor- máticos del obligado a su presentación, tal cual ocurre actualmente con los PDT. 12. ¿El empleador podrá llevar más de un RTPS en función de la categoría, centro de trabajo o cual- quier otro criterio? No. Los empleadores que estén obligados a llevar y declarar el RTPS harán una sola declaración centralizada. 13. ¿El RTPS realizará cálculos de aportes, tributos o beneficios sociales o cada empleador rea- lizará el cálculo correspondiente para después declarar (como actualmente se realiza el PDT pág. 600)? 69 Cada empleador realizará el cálculo correspondiente para después declarar la información en el RTPS, tal como ocurre actualmente con el PDT 600.