3. PRESENTACIÓN
Esta presente monografía, busca cambiar y que cambie la forma de
reflexionar y pensar en beneficio de ti, de mi y de los demás. Porque si no
serás uno más en la sociedad, teniendo oportunidad de ser mejor y
trascender como algo más que “uno del montón”.
Además, más que aprenderlo como un paso hipotético, te impulsará y
motivará a la acción de tus pensamientos y la formación de una unidad sin
resentimiento alguno.
Como por ejemplo. Tenemos varias proposiciones de cómo debemos de
enfrentar la pobreza, el "subdesarrollo" vista de una manera diferente de
las clases dominantes y los pequeños grupos intelectuales que ven la
realidad peruana desde su escritorio, y nunca lo han vivido en carne
propio, ni siquiera han percatado de marea objetiva el sufrimiento de los
peruanos como muchos de nosotros.
Es por ello que la democracia y la gobernabilidad son mecanismos muy
buenos, frente a la injusticia social, para obtener el tan preciado
desarrollo.
Se trata de la perspectiva actual lo que sucede con la democracia , la
gobernabilidad y el desarrollo, visto desde un carácter humanitario, es por
ello más que ver al derecho humano como una idea es de practicar esa
idea.
"La democracia no significa: soy tan bueno como tú. Sino: tú eres tan
bueno como yo."
Theodore Parker
4. DERECHOS
HUMANOS
POLÍTICOS
CIVILES
ECONOMICO
S
SOCIALES
CULTURALES
Establecen que todos
tienen derecho a la libertad
individual, a la seguridad, a
la libertad de pensamiento,
expresión, reunión y
asociación
Se refieren al derecho de
participar en la política y a
presentarse en elecciones
como candidato a los
cargos gubernamentales.
Fijan el derecho a trabajar,
a recibir igual salario por
igual tarea, a disfrutar de
un nivel de vida adecuado,
a tener protección en casi
de enfermedad, vejez o de
invalidez, a disponer de
descanso y de tiempo libre,
a acceder a la educación,
etcétera.
5. Los deberes
Deberes ante la sociedad.-
Toda persona tiene el deber de convivir con las demás de manera que todas y cada
una pueda formar y desenvolver integralmente su personalidad. (Artículo XXIX)
Deberes para con los hijos y padres.-
Toda persona tiene el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos
menores de edad, y los hijos tienen el deber de honrar siempre a sus padres y el de
asistirlos, alimentarlos y ampararlos cuando éstos lo necesiten.( Artículo XXX)
Deberes de instrucción.-
Toda persona tiene el deber de adquirir a lo menos la instrucción primaria.
(Artículo XXXI)
Deberes de sufragio.-
Toda persona tiene el deber de votar en las elecciones populares del país de que
sea nacional, cuando esté legalmente capacitada para ello. (Artículo XXXII)
Deber de obediencia a la Ley.-
Toda persona tiene el deber de obedecer a la Ley y demás mandamientos legítimos
de las autoridades de su país y de aquél en que se encuentre. (Artículo XXXIII)
Deber de servir a la comunidad y a la nación.-
Toda persona hábil tiene el deber de prestar los servicios civiles y militares que la
Patria requiera para su defensa y conservación, y en caso de calamidad pública, los
servicios de que sea capaz. (Artículo XXXIV)
Deberes de asistencia y seguridad sociales.-
Toda persona tiene el deber de cooperar con el Estado y con la comunidad en la
asistencia y seguridad sociales de acuerdo con sus posibilidades y con las
circunstancias. (Artículo XXXV)
Deber de pagar impuestos.-
Toda persona tiene el deber de pagar los impuestos establecidos por la Ley para el
sostenimiento de los servicios públicos. (Artículo XXVI)
Deber de trabajo.-
Toda persona tiene el deber de trabajar, dentro de su capacidad y posibilidades, a
fin de obtener los recursos para su subsistencia o en beneficio de la comunidad.
(Artículo XXXVII)
Deber de abstenerse de actividades políticas en país extranjero.-
Toda persona tiene el deber de no intervenir en las actividades políticas que, de
conformidad con la Ley, sean privativas de los ciudadanos del Estado en que sea
extranjero. (Artículo XXXVIII)
6. Democracia
La idea de democracia deviene desde la antigua Grecia, cuna de la cultura
occidental. En un comienzo se entendía por participación directa del ciudadano en
asuntos públicos y buscar que el gobernante haga lo que requiere el pueblo
(polis).
Así tuvo sus inicios la democracia teóricamente con Aristóteles y en la práctica con
Clìstenes, Pericles , acicalándose luego con las ideas de Hobbes, Rousseau,
Montesquieu, etc. La democracia toma más adeptos, pero es el mundo
contemporáneo donde fija bien la base; también va calando posteriormente la
idea de democracia representativa y la mixta; - esta última tomando la idea
democracia directa como la representativa –, pero en estas formas de concebir la
democracias no tuvo alguna repercusión lo que es el carácter humanitario, la
dignidad e integridad de la persona; no dan un valor en sí mismo al ser humano
,así la democracia directa busca la solución del problema de la sociedad con
planteamientos propios del ciudadano, sin importar qué pueda suceder (valor
como persona) con los integrantes de las polis; en la representativa (en sus inicios,
más acentuado ) tampoco tiene protección humanitaria la persona en sí misma;
Mas bien, su característica principal es el individualismo, la absoluta protección de
la propiedad y de la libertad, dando mayor importancia a los derechos civiles y
políticos dejando de la lado los derechos sociales y culturales, tanto así dando
exigibilidad y judicialidad a los derechos civiles y políticos, mas poniendo a los
derechos sociales meramente declarativos; se podría decir que hubo plena
protección de esos derechos(civiles y políticos) pero menos a los derechos
humanos.
Sólo protegiendo esos derechos traía consecuencias perjudiciales para la persona
valorado como un ser superior a las normas emitidas por el propio Estado.
Ha tenido que transcurrir desgracias y medias( guerras mundiales, desastres, etc.)
para darnos cuenta de qué tan importante es valorar la persona en sí misma, el
respeto de su dignidad e integridad, valorar la persona por sí mismo, no por lo que
se tiene o les reconoce el Estado, sino porque se es , surgiendo mención expresa
en las codificaciones mundiales y en organismos internacionales el valor primario
de la dignidad de la persona como punto central de protección y de la cual se
estructura los demás derechos; Entre ellos están: Declaración Universal de
Derechos Humanos, la
Declaración Universal de Derechos Civiles y Políticos y otros tantos de carácter
internacional, regional y nacional; así la constitución política del Perú de 1993
dice: artículo 1"... la persona humana y el respeto de su dignidad es el fin supremo
de la sociedad”.
Al conocer qué tragedias y dolor humano puede traer las guerras, y dando el valor
primario de la dignidad e integridad de la persona, ahora: ¿realmente se cumple lo
que dice los convenios, tratados, declaraciones, constituciones, etc.?
7. Si es cierto que hasta el momento se ha demostrado que la democracia es el
menos peor sistema político que se puede tiene para gobernar, pero ¿parte del
poder que cedemos a nuestros representantes lo utilizan racionalmente?, ¿Lo
hacen a favor de sus representado? ¿Ejercen el poder para buscar una justa
equidad e igualdad entre los miembro de un Estado? ¿Hay realmente el respeto
por el derecho a la libertad, equilibrio de poderes como se plantea en la
democracia y en un Estado de derecho? O ¿"la mitad de su tiempo de mandato lo
utilizan para beneficiarse así mismo y la otra mitad para beneficiar a sus amigos"?
Si Frente a todas estas interrogantes se puede hablar de democracia, y no
dándoles respuestas, entonces los que nos gobiernan no conocen democracia o
bien conocen pero lo dejan de lado para que reine la injusticia social.
En realidad por la globalización del mundo se ha cambiando el concepto de
democracia – como todas las demás materias, ciencias, etc. dentro de un mundo
dialéctico – la democracia ya no es un fin en sí mismo, sino el medio para obtener
ciertos fines; ya sea social, económico o político, cambiando la idea que el fin
es la democracia, sino que es el medio para llegar a su fin.
Verdad es que tales conceptos son aplicados en el Perú; si nos
damos cuenta ciertos políticos, ya estando en el poder lo
utilizan para beneficiar con exoneraciones tributarias para su
empresa o
a sus allegados; buscan satisfacer y proteger sus
intereses, ¡vaya! Que para ellos hay bajas
sanciones, mientras el que hurta por necesidad
un pan de sus supermercado (Jean Valjean –
Los Miserables de Víctor Hugo -) los imponen
sanciones que se los imposibilitan de pagar,
entonces. ¿Existe democracia? No se supone
que democracia es igual, libertad,
participación, etc. para todos. Dónde está el
respeto por el pueblo, es ahí donde la masa popular se siente desprotegido y se ve
la necesidad de hacer algo frente a esta situación injusta, donde no se les respeta
sus derechos sociales culturales y económicos (derechos sociales) vive en un
mundo donde se siente desprotegido por el monstruo del capitalismo, reinando
en la sociedad la injusticia social.
El Perú es grande en extensión territorial, pero pequeño en convergencia de
opiniones, a la vez humilde y trabajador en lo más que se puede enfrentar a las
clases dominantes, a comparación de Ecuador, Bolivia (relativamente), teniendo
un gobierno como Gutiérrez, Banzer respectivamente, supieron unirse para poder
sacarlo del poder; esta pequeñez de desequilibrio de ideas se da en el Perú por
cuanto nuestra cultura política no nos ha puesto en algún momento de
responsabilidad en asuntos políticos; es decir nunca hubo, ni habrá, a menos que
tomemos carta en el asunto, dirección del poder que representa las verdaderas
necesidades de la masa popular.
8. Los derechos humanos son los que todos poseemos por el
simple hecho de ser personas. Entre ellos, el derecho a la educación, a la
salud, a no sufrir discriminación de ningún tipo, a tener una alimentación
adecuada y a vivir en un espacio saludable, etcétera.
La máxima autoridad en el cumplimiento de los derechos
humanos le corresponde al Estado, este firma los tratos internacionales
que exigen que se respeten los derechos humanos. Sin embargo, todos
los ciudadanos también son responsables, porque deben obedecer las
leyes que garantizan que la comunidad pueda gozar de estos derechos
Un derecho que muchos intentan silenciar
Fue declarado en 1993 por la Asamblea General de las Naciones
Unidas. En 2005, hubo 500 periodistas arrestados; y 57, acecinados. En lo
que va de 2006, la estadística no se detuvo; hubo 15 decesos.
La Prensa, 3 DE MAYO DE 20006. Sección actualidad
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las
Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de
Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes.
Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros
que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera
"distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros
establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición
política de los países o de los territorios".
9. Carta Internacional de Derechos Humanos
En 1948, se creó la base jurídica del siglo XX en materia de derechos humanos: la
"Declaración Universal de Derechos Humanos", como ideal común por el que todos los
pueblos y naciones deben esforzarse. Esta Declaración se aprobó el 10 de diciembre e
1948 y desde entonces se observa este día como Día de los Derechos Humanos. La
Declaración está compuesta por 30 artículos que no tienen obligatoriedad jurídica
aunque por la aceptación que ha recibido por parte de los Estados Miembros, poseen
gran fuerza moral. Esta "Declaración, junto con el "Pacto Internacional sobre Derechos
Civiles y Políticos", el "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales" y sus respectivos protocolos opcionales, conforman la "Carta Internacional
de los Derechos Humanos". Estos pactos fueron establecidos el 16 de diciembre de
1966 e imparten obligatoriedad jurídica a los derechos proclamados por la
Declaración.
El "Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" entró en vigor
el 3 de enero de 1976 y tenía ya 143 Estados partes al 31 de diciembre de 2000. Estos
Estados presentan anualmente un informe al Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, que depende del Consejo Económico y Social y está integrado por
18 expertos que tienen como finalidad hacer que se aplique el Pacto y dar
recomendaciones al respecto.
Los derechos humanos que trata de promover este Pacto son de tres tipos:
El derecho al trabajo en condiciones justas y favorables
El derecho a la seguridad social, a un nivel de vida adecuado y a los niveles más altos
posibles de bienestar físico y mental
El derecho a la educación y el disfrute de los beneficios de la libertad cultural y el
progreso científico
El "Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos" cuenta con 147 Estados
partes al 31 de diciembre de 2000 y entró en vigor el 23 de marzo de 1976. Este Pacto
hace referencia a derechos tales como la libertad de circulación, la igualdad ante la ley,
el derecho a un juicio imparcial y la presunción de inocencia, a la libertad de
pensamiento, conciencia, religión, expresión y opinión, derecho de reunión pacífica,
libertad de asociación y de participación en la vida pública, en las elecciones y la
protección de los derechos de las minorías. Además prohíbe la privación arbitraria de
la vida, las torturas y los tratos o penas crueles o degradantes, la esclavitud o el trabajo
forzado, el arresto o detención arbitrarios y la injerencia arbitraria en la vida privada, la
propaganda bélica y la instigación al odio racial o religioso.
Este Pacto cuenta además con el "Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos", del 16 diciembre de 1966, el cual faculta al Comité de
Derechos Humanos para recibir y considerar comunicaciones de individuos que
aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos enunciados en el
Pacto. También cuenta con el "Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte", del 15 de
diciembre de 1989.
10. Asimismo, el Consejo Económico y Social adoptó la resolución 1235 (XLII) que
autorizaba a la Comisión de Derechos Humanos y a su Subcomisión de Prevención de
Discriminaciones y Protección de las Minorías a examinar información pertinente
relativa a violaciones graves de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
En 1970, el ECOSOC adoptó al resolución 1503 (XLVIII) que estableció el mecanismo
para responder a las denuncias de los particulares. Este documento es conocido
también como "procedimiento 1503" y establece que estas aseveraciones se resuman
en documentos confidenciales que se envían para su examen a la Comisión de
Derechos Humanos. Si se ve que hay un cuadro persistente de abusos graves y
verificados de los derechos humanos, la Comisión puede investigar la situación
mediante su sistema de procedimientos especiales
La problemática de los derechos humanos de las mujeres es a la vez la misma y distinta
que la de los hombes. Como los hombres, las mujeres son víctimas de represión,
tortura, desapariciones, hambre. A su vez, las mujeres también pueden ser víctimas de
métodos represivos particulares, tales como la violación sexual y el embarazo forzado
y sin duda la discriminación cotidiana. Las mujeres trabajan más, ganan menos, y
muchas veces no tienen el derecho a su vientre, a su nombre, a sus hijos. En está
página pretendemos ofrecer información y enlaces sobre la problemática particular de
las mujeres.
Instrumentos internacionales de derechos humanos
La "Declaración Universal de los Derechos Humanos" es el primer documento de
carácter universal que trata la cuestión de los derechos humanos. Esta Declaración
carece de carácter vinculante, por lo que en 1966 se establecieron el "Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales" y el "Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos", los cuales llevan más lejos la Declaración Universal y
tienen disposiciones jurídicamente obligatorias. Este pacto a su vez cuenta con el
"Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", de 1966
que faculta al Comité de Derechos Humanos para recibir y considerar comunicaciones
de víctimas de violaciones de los derechos enunciados en el Pacto. Además cuenta con
un "Segundo Protocolo
Facultativo del Pacto
Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, destinado a abolir la
pena de muerte", de 1989.
Además de la Declaración, los
Pactos y sus Protocolos, que
forman la "Carta Internacional
de derechos humanos", existen a
nivel internacional más de 80
convenios y declaraciones con
cuestiones más específicas
acerca de temas relacionados
con los derechos humanos