Este documento explica la política de plagio de la UNAD. Define el plagio como copiar el trabajo de otros sin dar crédito y señala que constituye un fraude académico. Detalla cuatro formas de cometer plagio e indica que los estudiantes que plagien recibirán una calificación de cero y pueden ser sancionados con amonestaciones, matrícula condicional o cancelación definitiva, dependiendo de la gravedad de la falta.
1. Zona Sur. CERES Mariquita
Política de Plagio de la
UNAD
Liliana Marcela García Vega
Mariquita Tolima,
Enero 28 del 2013
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
“Educación para todos con calidad global”
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Introducción
El fácil acceso a innumerables tipos de información a
través de la internet y de medios de comunicación
similares, ha contribuido con el desarrollo de una
cultura del facilismo educativo, una cultura donde las
ideas propias se dejan a un lado para copiar de
manera insólita y atrevida las ideas de los otros,
dejando a un lado la responsabilidad que tenemos de
referenciar aquello que copiamos textualmente de las
fuentes consultadas.
Por estas, y muchas más razones resulta
imprescindible hablarle a los estudiante unadista del
significado y las consecuencias de plagiar información.
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¿Qué es el Plagio?
El plagio está definido por el diccionario de la
Real Academia como la acción de “copiar en
lo sustancial obras ajenas, dándolas como
propias. ”
El plagio es una falta grave: es el equivalente,
en el ámbito académico, al robo. Un
estudiante que plagia no se toma su
educación en serio, y no respeta el trabajo
intelectual ajeno.
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¿Cuándo se está incurriendo en plagio?
1. Cuando no referenciamos una cita textual, es decir no
indicamos el autor de la misma.
2. Cuando nos solicitan que expresemos nuestro punto
de vista o construyamos un texto y copiamos
información extraída de fuentes como artículos de
internet, libros, revistas, tesis, entre otros.
3. Cuando copiamos trabajos y actividades realizadas por
nuestros compañeros, expresando que son
producciones nuestras.
4. Cuando transcribimos información textual de páginas
de internet para elaborar los trabajos académicos.
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¿Qué seria de esta frase… sin el autor?
Aquel que recibe una idea se instruye a sí mismo sin
disminuir mi educación; como aquel que enciende su vela
en la mía, recibe luz sin oscurecerme…Las ideas no
pueden, por naturaleza, ser sujetas a propiedad.
Thomas Jefferson, 1813 .
http://oaulpgc.wordpress.com/category/frases-para-
pensar/
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¿Qué sucede cuando un estudiante en la
UNAD comete plagio?
La política del plagio de la UNAD, expresa que al respecto
se espera que los estudiantes sepan que el plagio no es
una conducta académica aceptable.
Por lo tanto una vez que un estudiante cometa plagio en
una de sus clases, le será asignada la nota “0‟ en dicha
clase, y su dependencia será informada de la
transgresión.
“Según el artículo 70 del reglamento general estudiantil la
Dirección de CEAD es la instancia competente para recibir
y tramitar en primera instancia las quejas o denuncias
formuladas contra estudiantes de la universidad y le
corresponde decidir si una queja amerita la iniciación de
proceso disciplinario.
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Deberes de los estudiantes
El reglamento general estudiantil de la UNAD en el
capítulo X De los derechos y los deberes; en el
artículo 76 menciona como falta disciplinaria de
los estudiantes “Hacer fraude en cualquiera de
las pruebas o actividades académicas”.
Lo anterior indica que, incurrir en plagio y/o
violación a los derechos de autor, representa
fraude, por tanto debe ser sancionado según el
procedimiento de faltas disciplinarias.
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Sanciones por falta disciplinaria
a) Amonestación escrita tras la comisión de faltas leves de la Dirección
del CEAD o la Zonal. Es un llamado de atención por escrito al
estudiante, con copia a la historia académica.
b) Matricula condicional por la comisión de faltas graves decretada por la
Dirección del CEAD o por la Zonal. En la providencia que la impone se
especificará la duración de la sanción, que no podrá exceder de cuatro
períodos académicos. Apelable ante el Consejo de Escuela.
c) Cancelación temporal de la matrícula por comisión de faltas graves
impuesta por el Consejo de Escuela. En la providencia que la impone se
especifica la duración de la sanción, no inferior a un período académico
completo. Apelable ante el Consejo Académico.
d) Cancelación definitiva de la matrícula por la comisión de faltas
gravísimas impuesta por el Consejo de Escuela. Apelable ante el
Consejo Académico. (Art, 80. Reglamento general estudiantil)
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REFERENCIAS
1. Frases célebres. Recuperado en
http://oaulpgc.wordpress.com/category/frases-para-pensar/
2. Política de Plagio UNAD. Recuperado en
http://calidad.unad.edu.co/documentos/sgc/normograma/DO
CUMENTOS/DOCUMENTO_2007_POLITICAPLAGIO.pdf.
3. Reglamento general estudiantil de la UNAD. Recuperado en
www.unad.edu.co.
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10. UZona Sur. CERES Mariquita
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