MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOSPARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS.pdf
1. MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD
DE ALUMNOS
2. INTRODUCCIÓN
La escuela es la institución encargada de promover el desarrollo integral del educando. Entre los objetivos
formativos que se propone alcanzar está el de propiciar las oportunidades necesarias y adecuadas para que
el alumno pueda desenvolverse con libertad, iniciativa y responsabilidad, además de prepararlo para que
actúe en el seno de su comunidad en forma consciente y constructiva. Es decir, se pretende garantizar la
formación de una conciencia ciudadana, indispensable para que en lo futuro asuma plenamente sus
derechos y obligaciones como miembro de la sociedad a la que pertenece.
La participación responsable se adquiere, sobre todo, en la práctica y una de las actividades escolares que
mayores posibilidades ofrecen para conocer y valorar la actuación social del educando es la constitución
formal de la sociedad de alumnos. La elección democrática de la mesa directiva y el desarrollo del plan
de trabajo anual de este órgano estudiantil, bajo la acertada orientación y apoyo de la dirección y del
personal docente de la escuela constituyen, en su conjunto, un cúmulo de valiosas experiencias y
enseñanzas para ejercitar la conciencia de solidaridad y la responsabilidad compartida entre los miembros
de la comunidad escolar. Para que se logren los objetivos propuestos y haya congruencia en la elección
de la mesa directiva y en las acciones de la sociedad de alumnos, se considerarán las etapas de planeación,
organización, realización y evaluación en todas las actividades.
Por otra parte, es importante señalar que la participación de los alumnos debe ser resultado de una ardua
labor de sensibilización para hacer conciencia de la transcendencia que tiene para la convivencia armónica
y el logro de las aspiraciones de la comunidad escolar, la suma de esfuerzos y capacidades, en forma
voluntaria y corresponsable.
Este documento contiene los a objetivos, las normas y los procedimientos generales a que se sujetará la
constitución y funcionamiento de la sociedad de alumnos de cada plantel, de conformidad con lo previsto
en el Acuerdo No.98 del C. Secretario de Educación Pública y las finalidades de la educación secundaria.
3. CONTENIDO
I.- OBJETIVOS DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS
GENERALES
1.1.-Contribuir a la formación integral del educando.
1.2.-Estimular el desarrollo social de los alumnos.
1.3.-Propiciar la participación democrática de los educandos en actividades escolares.
PARTICULARES
1.1.1.-Realizar actividades que contribuyan a formar en los educandos una actitud responsable, con
claro sentido de sus obligaciones y derechos.
1.1.2.-Promover cuanto estime necesario y útil para el mejoramiento físico, moral, social y cultural de
sus componentes.
1.1.3.-Fortalecer los vínculos de solidaridad entre los alumnos de la escuela.
1.1.4.-Propiciar mayor comunicación y colaboración entre los miembros de la comunidad escolar para
el mejoramiento de la misma.
1.1.5.-Ejercitar a sus miembros en la práctica de la vida democrática.
2.- NORMAS
2.1.-Se constituirá una sociedad de alumnos por cada escuela secundaria.
2.2.-La sociedad de alumnos estará integrada por todos los educandos inscritos en el plantel.
2.3.-La mesa directiva será órgano de gobierno de la sociedad de alumnos.
2.4.-La mesa directiva estará constituida por un presidente, un secretario, un tesorero y un vocal por
cada uno de los grupos escolares que operen en el plantel.
2.5.-Los miembros de la mesa directiva serán propuestos por plantillas integradas por el presidente,
secretario y tesorero que pertenecerán a diferentes grupos y por los vocales que serán los
representantes del resto de los grupos que existan en la escuela, con el propósito de garantizar que
haya representatividad del alumnado.
2.6.-La elección de la mesa directiva será por voto directo emitido por todos los alumnos del plantel.
2.7.-Para cada uno de los cargos de la mesa directiva se designará un suplente, que ejercerá las
funciones del titular en los casos en que éste tenga necesidad de ausentarse temporal o
4. definitivamente.
2.8.-Los integrantes de la mesa directiva durarán en sus funciones un año escolar.
2.9.- Los miembros titulares de la mesa directiva de este órgano estudiantil no podrán ocupar el mismo
cargo en elecciones posteriores.
2.10.- Para ser miembro de la mesa directiva se requiere ser alumno regular y haber destacado en el
mejoramiento de la comunidad escolar.
2.11.- La mesa directiva de la sociedad de alumnos se elegirá democráticamente dentro de los cuarenta
y cinco días siguientes a la fecha de iniciación del clases.
2.12.- Los alumnos gozarán de amplia libertad para realizar sus actividades, siempre que coadyuven
al logro de los fines de la educación secundaria, no interrumpan las labores docentes y estén
dentro de los límites de orden, respeto y disciplina.
2.13.- El programa de trabajo anual que formule la sociedad de alumnos deberá ajustarse a las normas
que establece este documento.
2.14.- La obtención de recursos económicos o materiales como parte del programa de trabajo anual
de la sociedad de alumnos, deberá ser autorizada por la dirección de la escuela.
2.15.- Los recursos económicos o materiales que llegare a obtener la sociedad de alumnos, se aplicarán
Rigurosamente a fines educativos en beneficio de toda la comunidad escolar.
2.16.- La administración, distribución o utilización de los recursos aludidos en el artículo anterior,
serán autorizados y supervisados por la dirección del plantel.
2.17.- La mesa directiva fijará, con la participación del maestro asesor y el acuerdo del director, la
periodicidad con la que sesionará y la autorización para disponer de un local de la escuela, en
el horario que se convenga.
2.18.- El domicilio de la sociedad de alumnos será el de la escuela en que funcione.
3.- RESPONSABILIDADES
3.1.- Corresponde a la dirección de la escuela:
3.1.1.- Integrar en el plan anual de actividades de la escuela la elección democrática de la mesa
3.1.2.- Designar asesor de la mesa directiva de la sociedad de alumnos, preferentemente, a un maestro
del área de Ciencias Sociales y a otro como suplente.
3.1.3.- Responsabilizar al maestro asesor de la mesa directiva de la sociedad de alumnos del
cumplimiento eficiente de su función.
5. 3.1.4.- Precisar las bases y procedimientos para la elección de la mesa directiva de la sociedad de
alumnos.
3.1.5.- Elaborar y lanzar la convocatoria para la elección de la mesa directiva de la sociedad de
alumnos, en forma conjunta con la mesa directiva saliente, dentro de los primeros cuarenta y
cinco días del año escolar en curso.
3.1.6.- Vigilar que el proceso de la elección democrática de la mesa directiva de la sociedad de
alumnos se realice conforme a las bases de la convocatoria y los fines educativos de esta
actividad.
3.1.7.- Dar posesión a la mesa directiva electa, en un acto solemne, en el que esté presente toda la
comunidad escolar.
3.1.8.- Autorizar y supervisar la planeación, organización y desarrollo de las actividades de la
sociedad de alumnos, así como la administración de los recursos que obtenga la misma.
3.1.9.- Someter al Consejo Técnico Escolar, para su análisis y efectos procedentes, los casos de
acciones irregulares de los miembros de la mesa directiva de la sociedad de alumnos que
afecten a la comunidad escolar.
3.2.- Corresponde al maestro asesor de la mesa directiva:
3.2.1.- Colaborar con la dirección del plantel en la planeación, orientación, organización y desarrollo
de la elección democrática de la mesa directiva de la sociedad de alumnos.
3.2.2.- Orientar y sensibilizar a los alumnos integrantes de la mesa directiva de sus responsabilidades
y derechos.
3.2.3.- Asistir, en su calidad de asesor, a las reuniones periódicas de la mesa directiva en función de
la sociedad de alumnos, cuando su presencia sea necesaria.
3.2.4.- Intervenir en las reuniones de la mesa directiva, fundamentalmente para estimular la
participación democrática y responsable de los asistentes, sin imponer criterios.
3.2.5.- Informar a la dirección de la escuela sobre el desarrollo de sus actividades de asesoría.
3.2.6.- Propiciar que las actividades previstas por la mesa directiva de la sociedad de alumnos:
- Estén autorizadas por el director de la escuela.
- Estimulen la participación democrática del mayor número de alumnos.
- Respeten la organización, la unidad y la armonía del plantel.
3.3.- Corresponde a los alumnos integrantes de la mesa directiva:
6. 3.3.1.- Representar con dignidad y responsabilidad al alumnado de la escuela.
3.3.2.- Cumplir con los propósitos y atribuciones específicas de la sociedad de alumnos, de acuerdo
Con lo dispuesto en este Manual.
3.3.3.- Elaborar un programa anual de trabajo, someterlo a consideración de la dirección del plantel
para su aprobación, así como realizar y evaluar las actividades previstas en el mismo.
3.3.4.- Establecer la comunicación y coordinación convenientes entre las autoridades escolares y sus
representados.
3.3.5.- Determinar la periodicidad de las juntas ordinarias de la mesa directiva.
3.3.6.- Convocar a juntas extraordinarias, cuando sea necesario, previa anuencia de la dirección del
plantel.
3.3.7.- Citar a las asambleas generales que sean autorizadas por la dirección de la escuela.
3.3.8.- Registrar los acuerdos de la asamblea.
3.3.9.- Informar a la dirección de la escuela de los acuerdos tomados y del desarrollo de las actividades.
3.3.10.- Solicitar a la dirección del plantel, con respeto y comedimiento, la información, la orientación
y la atención relativa a los planteamientos de sus representados.
3.3.11.- Presentar a la dirección sugerencias encaminadas al mejoramiento del plantel, la superación
del trabajo y la organización escolar.
3.3.12.- Pugnar por la unidad y la superación de la comunidad escolar.
3.3.13.- Son funciones inherentes al cargo que específicamente desempeñe cada uno de los integrantes
de la mesa directiva de la sociedad de alumnos.
3.4.- Corresponde a los miembros de la sociedad de alumnos:
3.4.1.- Actuar con alto sentido de responsabilidad y respeto como miembro de la comunidad escolar.
3.4.2.- Participar activa y constructivamente en las actividades de la sociedad de alumnos.
3.4.3.- Desempeñar las comisiones que le asigne la mesa directiva de la sociedad de alumnos.
3.5.- Corresponde al Consejo Técnico Escolar:
3.5.1.- Estudiar los casos de irregularidades graves en que haya incurrido la sociedad de alumnos y
que afecten a la comunidad escolar.
3.5.2.- Presentar a las autoridades educativas correspondientes los resultados de los estudios de estos
casos, así como sus recomendaciones.
7. 3.5.3.- Proponer estímulos para los miembros de la sociedad de alumnos que hayan destacado en su
Actuación en el seno de la comunidad escolar.
4.- PROCEDIMIENTOS
4.1.- Para la elección del maestro asesor y del suplente:
4.1.1.- El director selecciona entre los maestros, preferentemente del área de Ciencias Sociales, el
asesor y el suplente, de acuerdo con su capacidad de organización, espíritu de colaboración,
experiencia y buena comunicación con el alumnado.
4.1.2.- El director les informa y orienta sobre sus funciones, responsabilidades y acciones por realizar
en la asesoría a la sociedad de alumnos, destacando la importancia educativa que tiene este
órgano estudiantil.
4.2.- Para la elección de la mesa directiva de la sociedad de alumnos:
4.2.1.- El director elabora, de común acuerdo con la mesa directiva saliente la convocatoria en la que
Se precisará:
- Que la elección será por voto directo y ante la presencia de los representantes de las
planillas registradas oficialmente.
- Que para ser miembro de la mesa directiva, se requiere ser alumno regular y tener relevante
espíritu de colaboración y liderazgo.
- La fecha y horario de la votación, ubicación de urnas, boletas para la emisión de votos, etc.
- Que las condiciones previstas para realizar campañas de propaganda y otras acciones de
apoyo para la postulación de planillas, programas de trabajo, etc., serán primordialmente
las de respeto a las personas, a las actividades de propaganda de otras planillas, así como
–entre otras- evitar la interrupción de clases, el desorden, el deterioro de los muebles, muros
y demás instalaciones escolares.
4.2.2.- La dirección del plantel y la mesa directiva saliente publican y difunden la convocatoria para
la elección de la mesa directiva de la sociedad de alumnos.
4.2.3.- Las planillas se registran, identifican y promueven, con nombres de colores, de próceres
mexicanos o de lemas alusivos a un fin positivo y significativo.
4.2.4.- La elección de la mesa directiva se efectuará de acuerdo con las bases fijadas en la convocatoria
y con el auxilio de todos los maestros.
4.2.5.- El escrutinio se realiza por una comisión integrada por un representante de cada grupo y
8. supervisión del maestro asesor.
4.2.6.- Los resultados de la votación se consignarán en un acta que asignarán los representantes de las
planillas registradas, con el visto bueno del asesor.
4.2.7.- Los resultados de la elección se darán a conocer públicamente a todo el alumnado.
4.2.8.- La mesa directiva saliente rendirá un informe sobre las actividades realizadas en el periodo de
su ejercicio.
4.2.9.- El director tomará la protesta a la mesa directiva electa en asamblea general de la escuela.
4.3.- Para presentar el plan anual de actividades de la sociedad de alumnos, la mesa directiva:
4.3.1.- Elaborará un proyecto general de trabajo con la participación del maestro asesor.
4.3.2.- Dará a conocer el proyecto al alumnado, en asamblea general o grupo por grupo, y se recogerán
las sugerencias procedentes.
4.3.3.- Analizará las sugerencias, su factibilidad y la competencia de la sociedad de alumnos en su
Realización, con la asesoría del maestro.
4.3.4.- Presentará el programa anual de trabajo a la dirección de la escuela para su autorización o
modificaciones, en su caso.
4.4.- Para organizar y realizar cada una de las actividades del programa de trabajo, la mesa directiva
de la sociedad de alumnos:
4.4.1.- Invitará a sus miembros a participar en el desarrollo de las actividades, sin que se interfiera con
el trabajo escolar.
4.4.2.- Designará responsabilidades en la organización y desarrollo de cada actividad.
4.4.3.- Coordinará el desarrollo de la actividad, vigilando que se respeten las normas establecidas para
ello.
4.4.4.- Redactará un informe de los resultados obtenidos en cada actividad y lo presentará a la dirección
de la escuela y a la comunidad escolar.
TRANSITORIO
Los casos no previstos en este documento deberán ser consultados y resueltos por el jefe del departamento
de educación secundaria correspondiente.
Referencia.- Dirección General de Educación Secundaria.