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PRINCIPIOS, DEBERESY
PROHIBICIONESÉTICASEN LA
FUNCIÓN
PÚBLICA
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS
EN LA FUNCIÓNPÚBLICAPRINCIPIOS,DEBERESYPROHIBICIONES
ÉTICASENLAFUNCIÓNPÚBLICA:
GuíaparafuncionariosyservidoresdelEstado
ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN)
CoordinaciónGeneraldelaCAN
Jr.CuscoNº121,piso6,LimaLima.Perú
Teléfono:(51)(1)2197000(7118)
Email:can@pcm.gob.pehttps://can.pcm.gob.pewww.facebook.com/CAN.Anticorrupcion.Peru
Twitter:@canticorrupcion
Youtube:CANanticorrupcion
CooperaciónAlemana,implementadaporlaDeutscheGesellschaftfürInternationaleZusammenarbeit(GIZ)GmbH
ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza)
Av.LosIncas172,piso6,ElOlivar,SanIsidro.Lima,Perú
Teléfono:(511)4211333-Fax:(511)4214540
www.buenagobernanza.org.pe
Responsabledelacontribución
ComisióndeAltoNivelAnticorrupción
PabloSánchez,PresidentedelaComisióndeAltoNivelAnticorrupción
CooperaciónAlemana-GIZ:
HartmutPaulsen,DirectordelProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza)
Elaboracióndecontenidos:
ComisióndeAltoNivelAnticorrupción
CampodeAcción3“Accountability”ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza)
Revisióndecontenidosycuidadodeedición:
ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN)
CampodeAcción3“Accountability”ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza)
Primeraedición.
Enero2016
Impresión:
TareaAsociaciónGráficaEducativa
PasajeMaríaAuxiliadora156,Lima5,Perú
Diseñográfico:
Destaco:DiseñoyComunicación
Tiraje:
500ejemplares
PrimeraEdición
Lima-Perú,Enero2016
HechoelDepósitoLegalenlaBibliotecaNacionaldelPerú:Nº2015-18482
2015,CooperaciónAlemanaalDesarrollo-AgenciadelaGIZenelPerú
ProlongaciónArenales801,Miraflores
DerechosReservados,prohibidalareproduccióndeestelibroporcualquiermediototaloparcialmente,sinpermisoexpresodeloseditores
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS, DEBERESY
PROHIBICIONESÉTICASEN LA
FUNCIÓN
PÚBLICA
ÍNDICE
1. PrincipiosÉticosdelempleadopúblico
1. Respeto
2. Probidad
3. Eficiencia
4. Idoneidad
5. Veracidad
6. LealtadyObediencia
7. JusticiayEquidad
8. LealtadalEstadodeDerecho
2. DeberesdelaFunciónPública
1. Neutralidad
2. Transparencia
3. Discreción
4. Ejercicioadecuadodelcargo
5. UsoadecuadodelosbienesdelEstado
6. Responsabilidad
3. ProhibicionesÉticasdelempleadopúblico
1. MantenerInteresesenConflicto
2. Obtenerventajasindebidas
3. Realizaractividadesdeproselitismopolítico
4. Hacermalusodeinformaciónprivilegiada
5. Presionar,amenazary/oacosar
4.Consideracionesfinales
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YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
6
PRESENTACIÓN
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
7
H
acepocomásdediezañosfueaprobadoelCódigodeÉticadelaFunciónPública
mediantelaLeyN°27815deagostode2002,incorporandoenelordenamiento
jurídicoocho(8)principios,seis(6)deberesycinco(5)prohibicionesdeinnegable
basemoral,conformandounconjuntodepreceptosdirigidosaprofesionalesque
laboranenlasentidadespúblicasparaqueatravésdesucumplimiento,promuevan
lageneracióndeconfianzaycredibilidadenlacomunidadsobrelafunciónpúblicayenquienesla
ejercen.Obviamenteparaello,resultaindispensablepromoversostenidamentesuconocimiento,
comprensiónycumplimientoespontáneo.
Enconjunto,esteCódigopretendeserelestándaréticocomúnexigibleacadaempleadoy
empleada,independientementedesuposiciónjerárquica,antigüedadenelcargo,especialidad
delalabor,odelaentidadenlacualsedesempeña.Precisamenteeseestándarético,porsupropia
naturalezaesdistintoalmodelooparámetroéticoexistenteenlagestiónprivada,puestoquehay
cosasperfectamentelícitasyadmisiblesparaunparticular,quenolosonparaquienessedesem-
peñanenlafunciónpúblicaunaempleadapúblicaoempleadopúblico.Porlogeneral,recibir
regalosyobsequiosnoesnadamoralmenteilícitoparacualquierparticular,sobretodoenfechas
emblemáticascomocumpleaños,aniversariosodíasinstitucionales.Encambio,cuandoseocupa
lafunciónpúblicaauncuandoestospresentesnovayanaparejadosexpresamentealabúsquedade
ganarfavoresenunsentidoorecompensarlosporhaberlosrecibidos,nopodríanadmitirloscomo
cualquierparticular1
.Enigualsentido,sucedeconlasexigenciasdeprobidad,laprevencióndelos
conflictosdeintereses,elrespetoalalegalidad,entreotros.
Ciertoesqueestosprincipios,deberesyprohibicionespresentanmaticessegúnsetratedela
actividadespecíficadeempleadas/ososervidoras/es,delaposiciónjerárquicaqueocupanodela
naturalezadelaentidadalacualsirven.Porejemplo,elgradodeexigenciaéticaesmayortratándose
delaaltadireccióndeunaentidad,dequienlaboraenunorganismodesupervisiónoregulación,
odequienesejercenfuncioneseneláreadeadquisicionesoejercenatributosdeinspeccióno
regulaciónsobrederechoseinteresesdeparticulares.Esosedeterminarácasuísticamentesegúnel
contextodecadasituación.
1
SAVATER,Fernando;“Ética,Política,Ciudadanía”.EditorialGrijalbo,México,1998,p.46.
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
8
Elcumplimientovisibledeestosprincipios,deberesyprohibicionesportodaslaspersonasquela-
boranenelsectorpúblicoeselestándaréticoquesedebeexigirenarasdealcanzarloqueseconoce
comolaejemplaridadpública2
,esdecir,laconductahonestaquelaciudadaníaesperadequienes
ejercenelpoderpúblico.Enresumen,elliderazgoquelasautoridadesestánllamadasatenerenel
ejerciciodelpoderdemodoqueinfluyanpositivamenteenlacolectividad.
Enlahorapresente,enquelafunciónpúblicageneradudasydesconfianzaenlaciudadanía
debido,nosóloacasosdecorrupciónqueconnopocafrecuenciaseconocen,sino,especialmente
alincumplimientodelosestándareséticosmínimosquelaciudadaníaexigealpersonalquelabora
enelsectorpúblico3
,esqueesnecesarioimpulsarunliderazgoejemplarenlaconducta.Yesque
debequedarclaroquequieneslaboranenlasentidadespúblicastienenunadobleresponsabili-
dad.Porunlado,ladecumplirconelmandatoparaelcualseleeligióocontratóenfueelegido/a
ocontratado/aporelEstadoy,porotro,ladecuidarlaimagendelaadministraciónpública,en
tantorepresentaalEstado.Deahílaexigenciadeunaconductaejemplarenlasociedad,tantoen
suvidapúblicacomoprivada.Así,dado
queestáalavista“másexpuestoque
losdemás,suactitudpúblicaysuforma
decomportarse,susgastos,domicilio,
vestuario,eldesufamilia,todoesotiene
unafunciónejemplar,tambiéndecara
alasociedad”4
.
Enefecto,quienessedesempeñan
en la función pública deben mostrar
una conducta intachable y proba de
caraalaciudadanía,suactitudesycom-
portamientonosolodebesermostra-
dosinoreconocidoporlaspersonascon
quienesinteractúan(…)”5
.
Noobstantelatranscendenciadees-
tosprincipios,deberesyprohibiciones,
comúnmente se tiene la percepción
que el Código de Ética contiene solo
“EsteCódigopretende
serelestándarético
comúnexigibleacada
empleadoyempleada,
independientementede
suposiciónjerárquica,
antigüedadenelcargo,
especialidaddelalabor,o
delaentidadenlacualse
desempeña”.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
9
normasgenerales,abstractas,sinconcreciónclaray,además,desconectadasdeotrasregulaciones
delserviciocivil.Enbuenamedidaelloescierto,porquelanaturalezadelCódigodeÉticaesserun
documentogeneralaplicableatodalaAdministraciónPúblicademanerapermanente,conteniendo
lodeseableoaspiracionaldelaconductafuncionalperosinsupuestosdehechoespecíficos,cuando
larealidadenlaquesedesenvuelvenesparticular,contingente,pragmática,inmediataymutable.
Estapercepciónhacequeseincurranenequivocadasinterpretacionessobresusalcances,como
porejemplo,pensarquelaaplicacióndelCódigodeÉticadelaFunciónPúblicasóloesposiblesise
cuentaconcódigosdeconductainstitucionalesosectoriales6
,oqueelCódigodeÉticadelaFunción
Públicaregulasupuestosdistintosdesconectadosalanormassobreincompatibilidades,nepotismo,
conflictodeinterésydemásprohibicionesfuncionalesqueseapruebansucesivamentetantopor
sectorescomoporregulacióndealcancenacional,regionalolocal.
Dichapercepciónerradaconduceaequivocacionesconceptuales,comoentenderquedetermi-
nadaaccióntransgresorasoloestáprohibidaapartirdealgunanormaadicionalqueasíloprevea
expresamente,sinadvertirquelosprincipios,deberesyprohibicionescontenidasenesteCódigo,
porsuextensiónydinamismopotencial(elasticidad,expansiónyproyección)yalascontempla
suficientemente,conteniendounjuiciodereprochequepermiteentenderqueyaesunaacción
funcionalimpropia.Porejemplo,sibienelfavorecimientoalos/asllamados/asparientespolíticos
paraelaccesoaloscargospúblicosnoestácalificadoenlafiguradenepotismo,dichaacción,perse,
esunaafrentaaldeberdeneutralidadquenonecesitaríatipificaciónadicional.
Porotrolado,laexperienciamuestraquesignificativoscasosdetransgresionesalCódigode
Éticanoderivandelasactuacionesdolosasdeliberadasdequieneslasejercendeliberadamente
dolosasdesusautoresoautoras,sinodeundéficitdecomprensióndelsentidoquelosvalores
éticos poseen en los contextos específicos de la actuación funcional. Coincidentemente, una
de las recomendaciones del Consejo de la OCDE sobre el mejoramiento de la conducta ética
2
GOMALANZÓN,Javier;“EjemplaridadPública”,EditorialTaurus,España,2009.
3
Porejemplo,enlaEncuestaNacionalsobrepercepcionesdelacorrupciónenelPerú2013encargadoporPROÉTICAylaComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN)se
obtuvieronlossiguientesindicadorespreocupantes:83%deToleranciaaqueun/aempleado/apúblico/afavorezcaasusparientesyamigos/asenelcargo;un83%de
Toleranciaaqueserecibanobsequiosodineroparaagilizaruntrámitepúblico;un81%deToleranciaaquesepaguepropinasparaqueperdonenmultas,un73%aquesellenen
documentoscondatosfalsosporconvenienciayun70%aqueserobenserviciospúblicos.
4
SAVATER,Fernando;op.cit.,p.66-7.
5
SAVATER,Fernando;op.cit.,p.67.
6
Loscódigosdeconductainstitucionalesosectorialessondocumentosdegestiónyorientaciónalinteriordeunaentidadpública.Sinsustituirlo,constituyeuncomplemento
valiosodelCódigodeÉticadelaFunciónPública.
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
10
enelserviciopúblicoesque“lasnormaséticasparaelserviciopúblicodebenserclaras”7
,dado
queempleadasyempleadospúblicosnecesitanconocerlosprincipiosynormasqueseespera
destinenasutrabajoasícomosaberdóndeselocalizanloslímitesdeunaconductaaceptable,
entendimientoqueademásdebesercompartidoentodalaadministraciónyporlacomunidad
nacional.Esemismodocumento,tambiénrecomiendaqueservidorasyservidoresdebancontar
conunaguíaética,demodoquenosoloseposibiliteunclaroentendimientodelosestándares
éticosexigidossinotambiénseproporcionecapacitaciónyasesoríasobrelaexistenciaonode
transgresionesencasosespecíficosysituacionesconcretas.
Enesemarco,sehaconcebidoelpresenteManual,comoundocumentoorientador,explicativo,
ilustrador,deestilocomprensibleyconcretodirigidoatodaslaspersonasquelaboranenlasentida-
despúblicassobrelosalcancesycontenidosdelCódigodeÉticadelaFunciónPública,perotambién,
dirigidoalasociedadaefectosdetenermayoresymejoreselementosenlavigilanciaycontrolsocial
delafunciónpública.
EstaherramientaéticaseinscribeenunmodelodeDerecho“promocional”yno“conflictualista”.En
esesentido,elpresentetrabajonoseconstituyecomountextolegal,quegeneredirectricesdeobli-
gatoriocumplimiento,oquepermitajuzgarotipificarlasaccionescometidasporlasylosempleados
públicos.Asimismo,tampocopuedeserutilizadocomounaherramientadecontrolporninguna
autoridadadministrativaojudicial.Enresumen,lapretensióndeestedocumentoesseruninstru-
mentodeapoyoparalacompresiónymejoraplicacióndelCódigodeÉticadelaFunciónPública.
Comocuestióndeprincipio,esteManualalcanzaelmismoámbitosubjetivodelCódigodeÉtica
delaFunciónPública,estoes,comprendeatodapersonaquerealiceactividadtemporaloper-
manente,remuneradauhonoraria,ennombreoalserviciodelasentidadesdelaAdministración
Públicaincluidasenelartículo1delaLeyN°27444incluyendoalasempresaspúblicas,encualquier
niveljerárquico,encalidaddepersonalnombrado,contratado,designado,deconfianzaoelectoen
calidaddenombrado/a,contratado/a,designado/a,deconfianzaoelecto/a,siendoindiferenteel
régimenjurídicodelaentidadenlaquesepresteservicios,elrégimendecarreraodecontrataciónal
queestésujeto,einclusivesiestuvierebajoelrégimendecontrataciónadministrativadeservicios8
.
Elpresentedocumentoesperaserconsideradocomounaguíaparaeldesempeñocotidianode
servidorasyservidores,comounabaseparasucapacitaciónenaspectosdeconductaética.Con
dichofin,cadaunodelosprincipios,deberesyprohibicioneshasidodesarrolladodeacuerdoala
siguienteestructura:
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
11
7
OCDE:OrganizaciónparalaCooperaciónyDesarrolloEconómicos“RecomendacióndelConsejosobreelmejoramientodelaconductaéticaenelserviciopúblico”,en:Lasreglas
dejuegocambiaron,laluchacontraelsobornoylacorrupción.Paris,2000.
8
D.Leg.1057Artículo9º.
9
SERVIR,SecretariadeGestiónPública,ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN),ContraloríaGeneraldelaRepública.
Definiciónyalcancedecadaprincipio,deberyprohibición,afindeentenderelsentidoyrazónde
serdelprincipio,delaprohibiciónodeldeberéticoimpuestoaempleadasyempleadospúblicos.
Concordanciasconlasprincipalesnormasaplicablesalagestiónpública,aefectosdeestablecer
laconexiónnecesariaconotrasregulacionesqueconstituyenespecificacionesdeundeber,
prohibiciónoprincipioreguladopositivamente.Porejemplo,elnepotismocomoespecificación
delaprohibicióndemantenerconflictosdeinterés.
Ejemplosaplicativosparailustrarcadaprincipio,deberoprohibiciónéticaconlarealidadcoti-
diana,loquepermitiráidentificarsupuestoscomunesqueconstituyenaccionesuomisiones
prohibidasporlasnormaséticasmencionadas.
Conrelaciónalosejemplos,sedebeprecisarquesibienexistenconductasclaramenteincompati-
blesconlosprincipiosydeberescontenidosenelCódigodeÉticadelaFunciónPública,existenotras
endondelalíneadeloqueeséticoonodebeseranalizadaponderandoelprincipioderazonabilidad.
Porestarazón,noeselpropósitodeesteManualpresentaruncatálogointegraldehechossan-
cionablesdemodoquesepuedadeterminarquelonoenumeradoresultaéticamentecorrecto
ono,sinomásbienmostrarcasosrecurrentesdesituacionesenlosqueesosprincipios,debereso
prohibicionessevenaplicadosalarealidad.
Precisamente,debidoalalíneadelgadaquepuedeexistirendeterminadossupuestosconcre-
tos,ysinperjuiciodelasconsultasalasentidadespúblicasconcompetenciaparaatenderlas9
,una
buenaprácticadetodagestiónpúblicaseríadefiniralinteriordecadaentidadespaciosycuerposde
reflexiónsobrelosprincipios,deberesyprohibicioneséticasdesarrolladasenesteManual.
PabloSánchezVelarde,
FiscaldelaNaciónyPresidentedelaComisióndeAltoNivelAnticorrupción
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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PRINCIPIOSÉTICOSDEL
EMPLEADOPÚBLICO
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
13
AdecuasuconductahaciaelrespetodelaConstituciónylasleyes,garantizandoque
en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los
procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido
procedimiento.
1.RESPETO
Concordancias
Constitución Política del Perú, Artículo 51 (Supremacía de la Constitución); Artículo 139
(PrincipiosyDerechosdelaFunciónJurisdiccional).
ConstituciónPolítica,Artículo2(DerechoalaIgualdadantelaLey).
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,TítuloPreliminarArtículoIV,1.1.
(Principiodelegalidad);Artículo29(procedimientoadministrativo);Artículo36(legalidaddel
procedimiento);Artículo76(Deberesdelasautoridadesenlosprocedimientosadministrati-
vos);Artículo239(Faltasadministrativasreferidosalprocedimientoadministrativo);Artículo
230Inciso1(principiodelegalidadsancionador)y2(debidoprocedimientoenmateriasan-
cionadora).
LeyMarcodeModernizacióndelaGestióndelEstado,LeyN°27658,Articulo11(deberfun-
cionaldeprivilegiarsatisfaccióndenecesidadesdelciudadano).
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalh(calificacomofaltalaprevaricación).
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,ArtículoIII,f),T.P.(LegalidadyEspecialidaddelaNorma);
Artículo50(ImpugnacióndelasuspensiónytérminodelServicioCivil).
Sentencia 4289-2004-AA/TC (la observancia del debido proceso es obligatoria en sede
administrativa).
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
14
Comentarios
Elsometimientodelaspersonasquelaboranenlasentidadespúblicasalalegalidad-enten-
didaensumanifestaciónmásamplia,comoConstituciónPolítica,leyes,reglamentos,senten-
cias judiciales firmes- configura una de las garantías esenciales del Estado de derecho. En su
acepciónderespeto,nosóloserefiereaunrespetoabstractoogeneralsobreelordenamiento
olegalidad,sinoderespetoalaciudadaníay,engeneral,alasylosadministradoscuyasgarantías
yderechosestánresguardadosporlalegalidad.
Conforme al principio de respeto, todas las actividades realizadas deben encuadrarse en
aquellos aspectos que tiene competencia atribuida por alguna norma expresa, satisfacer las
etapasyactuacionespropiasdelprocedimientoreguladasenlasleyesyreglamentosaplicables
y,sobretodo,perseguirlosfinesquelasnormasconsagranparacadaacción.Enesamedida,el
principioderespetoesincompatibleyconstituyeunavulneracióndelmismo,cualquierdeci-
siónadoptadaporlaoelempleadopúblicodesucompetenciamaterial,territorialotemporal
previstaenlanorma,laconduccióndeunprocedimientoadministrativossincautelarelrespeto
a los derechos del público administrado y persiguiendo finalidades personales o de grupo,
distintosalinteréspúblico.
La definición de respeto enfatiza los derechos a la defensa y al debido procedimiento que
protegealaspersonasadministradas,paracontextualizarlasaccionesdesupervisiónydesan-
ciónquelaadministraciónejerceconformealeyparaladetecciónypenalizacióndeilícitos.Elfin
sancionadornojustificacualquieracción,porqueelprivilegiomoralquetienelaadministración
essancionarperorespetandoderechosygarantías,aundequienhacometidola infracción.
Porello,esincompatibleconesteprincipioaplicarsanciones:
Sinseguirunprocedimientoadministrativoprevio,oqueestenohayacontadoconlasga-
rantíasdebidas,tornándoloenunritualismoinútil.
Sindarderechoaaudienciapreviaalapersonaadministradaparaqueexponga-porsímismo
omediantelaasesoríaquenecesite-suposición.
Sin que el procedimiento sea conducido sin dilaciones indebidas, es decir, excediendo el
plazolegaloracionalmenteadecuadoenfuncióndelacomplejidaddelasunto,elcompor-
tamientodelapersonaprocesada,yloqueordinariamentedemoraenresolveresetipode
procedimientos.
Sin contar con pruebas suficientes que generen convicción más allá de toda duda sobre la
responsabilidadimputadaysiemprequehayansidoobtenidaslegítimamenteysinquese
leimpongalacargadeprobarsupropiainocencia.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
15
Sincomunicarpreviamenteuncargoconlainformaciónsuficienteparaejercerel derecho
dedefensa,demaneraprecisa,conredacciónclarayqueseainmutablealolargodelproce-
dimientosancionador.
Sin garantizar derecho de acceso a las pruebas de cargo con antelación para preparar la
defensa o contar con un tiempo razonable para entrega de información o absolución de
posicionesoformulardescargosyalegaciones.
Sinmotivarsuficientementesobrelaresponsabilidaddelasupuestapersonainfractorayla
graduacióndelasanciónaaplicarseenfuncióndelosatenuantes,agravantesyeximentes
deresponsabilidad.
Otramanifestacióndeevidenteincompatibilidadconelprincipioderespetoloconstituye
incurrirensituacionesdediscriminación,seapormotivodeorigen,raza,sexo,idioma,religión,
condición económica o de cualquier otra índole, así como cualquier conducta (como acoso,
chantaje, etc.) que afecte la integridad personal. El principio de respeto en su manifestación
detratoigualitario,dignoyrespetuoso,debeestarpresentenosóloalinteriordeunaentidad,
sinoquedebeconstituirunapremisadetodapersonaquelaboraenelsectorpúblicoentodo
momentodelejerciciodelafunciónpública.
Apartirdelasincompatibilidadesconelprincipioderespetovinculadoaldebidoproceso,
seconsideranbuenasprácticasquecoadyuvanalejerciciodeunafunciónpúblicaacordecon
elprincipioderespeto,lassiguientes:
Instaurarprocedimientosadministrativosprevios,quecuentenconlasgarantíasdebidas.
Verificary,deserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquecuentenconuna
etapaquebrindederechoaaudienciapreviaalapersonaconcernida,paraqueexpongapor
símisma,omediantelaasesoríaquenecesite,suposición.
Generar procesos o herramientas que permitan a la propia administración controlar los
tiempos de duración de la atención de los procedimientos administrativos, a efectos que
seanconducidossindilaciones.
Verificar y, de ser el caso, implementar procedimientos sancionadores que permitan la
evaluación de medios probatorios, en tanto no se trate de un hecho no sujeto a actuación
probatoria,antesdelaemisióndelasanción;aplicandoparaellolasconsideracionesprevis-
tasenlaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral(LeyN°27444,artículos162y163).
Establecerpautasespecíficasparaquelascomunicacionesdepresuntosactosadesvirtuar,se
consolidenenundocumentoconinformaciónsuficiente,demaneraprecisa,conredacción
clarayqueseainmutable.
Generarprocesosoherramientasquepermitanalapropiaadministraciónverificarlavalidez
delasnotificacionesdebidas,quepermitaeldebidoejerciciodelderechodedefensa.
Verificarydeserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquepermitanquelas
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
16
personasinvolucradastenganderechodeaccesoalaspruebasdecargoconantelaciónpara
prepararladefensa,dentrodelosplazosestablecidosencadamateria.
Establecerpautasespecíficasparaquelasresolucionesocomunicacionesquedeterminenla
responsabilidaddequienhacometidolainfracción,seencuentrendebidamentemotivadas
sobrecadaaspectodecidido(sanción,atenuantes,agravantes,eximentesderesponsabili-
dad,etc.)
Actúaconrectitud,honradezyhonestidad,procurandosatisfacerelinterésgeneraly
desechandotodoprovechooventajapersonal,obtenidoporsíoporinterpósitapersona.
2.PROBIDAD
Concordancias
Constitución Política del Perú, Artículo 44 (Es un deber primordial del Estado promover el
bienestargeneral)
Constitución Política del Perú, Artículo 39 (Todos los funcionarios y trabajadores públicos
estánalserviciodelaNación).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, b) (Principio de
Moralidad).
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminarArtículoIII,a);Artículo39b)(Privilegiar
interesesdelEstadosobreinteresespropiosodeparticulares)
TUOdelaNormatividaddelServicioCivil,Articulo44b)(deberdesupeditarinterésprivado
alinteréspúblico)yd)(deberdedesempeñohonestoyprobo).
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
17
Comentarios
Quien actúa con probidad, actúa. Una empleada proba o empleado probo es quien actúa
conhonradez,rectituddeánimoeintegridadensuconductafuncional,particularmente,ensu
relaciónconlaspersonasadministradas-seanusuarios/asdelosserviciosoproveedores/asde
laentidad-einclusofrentealrestodelpersonal.Lamayormuestradeprobidadeslaexigencia
deprivilegiarlosinteresespúblicosconfiadosasuresponsabilidadporencimadesusintereses
propios.Deahíquelanormaafirmaquetodoprovechooventajapersonaldebeserdesechado,
incluso,todoaquelloquepudieradarlaaparienciadebeneficio.
EsteprincipioconstituyelabasedeotrosdebereséticoscontempladosenelpropioCódigo,
comolaneutralidad,latransparencia,elejercicioadecuadodelcargoyelusoadecuadodelos
bienesdelEstado;asícomodeprohibicioneséticas,comolademantenerconflictodeintereses,
obtenerventajasindebidas,proselitismopolíticoyemplearinformaciónprivilegiada.
Sinperjuiciodequeenelincumplimientodeotrosdeberesyprohibicionescontenidasenel
Código se configure una trasgresión del principio de probidad, existen supuestos frecuentes
enlaadministraciónpública(comolaaceptacióndeinvitacionesaalmuerzos,cocteles,eventos
públicosocapacitacionesporpartedeproveedoras/es,reconocimientosprotocolaresyotor-
gamientosdetítuloshonoríficosdelsectorprivado)quepudierancolisionarconesteprincipio.
Resaltamos“pudieran”porque de hecho, no todas las invitaciones o reconocimientos que
vienendepartedetercerosconllevanunatransgresiónalaprobidad.Deahíquenoresultaría
pertinenteentenderprohibidasestasaccionesdemanerauniforme,sinadmitirexcepciones.
Admitiendoqueenocasionespuederesultarmuydelgadalalíneaquedefinesiunasituación
afectaelprincipiodeprobidady,porende,debeserdeclinadoporservidorasoservidores,co-
rrespondeapreciarsisuaceptaciónpuedeimplicarparaellaoélmismoodarlaimpresiónobje-
tivamenteatercerosquesejustificaenalgunadecisiónanteriorquepudierahaberbeneficiado
al/ainvitanteoaquienpropiciaelreconocimiento,o,si,decaraalfuturo,generauncompromiso
quepuedaafectarlaautonomíadesusdecisionesrespectodequienrecibeelhomenaje.
Para ello resulta importante tener en cuenta que serán probablemente reprochables las
invitacionesyreconocimientos,aempleadasyempleadospúblicos,provenientesde:
Quienrealizaactividadregulada,reglamentadaofiscalizadaporlaentidadenlaquesedes-
empeñaelempleadoolaempleadapúblicaohagausodesusservicios.
Quien gestiona o actúa bajo autorización, permiso, concesión o similar título habilitante
otorgadaporlaentidad.
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YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
18
Quien es contratista o provee bienes y/o servicios a la entidad en la que se desempeña el
empleadoolaempleadaosiestátratandodeestablecerrelacionescontractualesocomer-
cialesconlaentidad.
Quiensuinteréspudieraverseafectadoporladecisiónuomisióndelaentidadenlaquelabora.
Siesunapersonajurídica(asociación,fundación,gremioosimilar)enqueparticipen
significativamentecualquieradelaspersonasseñaladasantes.
Quien estuviere tramitando un procedimiento administrativo en el que algún personal de
lasentidadespúblicastuvieraalgunaparticipación.
Estossupuestosgeneranreprocheporqueevidencianogeneranlaaparienciadequeexiste
uninterésindebidodel/ainvitantedei)obtenerunarelacióncontractual,ii)lograrunaacción
oficialfavorable,presenteofutura,oiii)evitarverseafectadaoafectadoporeldesempeñoono,
delosdeberesoficiales(criteriodefuenteprohibida).
Para evitar incurrir en dichas situaciones, debe entenderse como criterio referencial de
evaluaciónparainferirqueunregalo,gratificación,favor,servicio,donativo,préstamo,recono-
cimientoocualquierotracosadevalormonetariodeunapersona,noesincompatibleconel
principiodeprobidadcuando:
Noimplicaparaunoodalaimpresiónobjetivaaterceraspersonasque,laatenciónsedaen
respuesta a un actuar anterior que hubiera beneficiado al/a invitante (obtenido, logrado o
evitado).
No implica para uno o da la impresión objetiva a terceras personas que, la atención se da
comouncompromisoafuturoparabeneficiaral/ainvitante(obtenido,logradooevitado).
Están fundados en actividades distintas a las de la función pública que desempeña la o el
empleadopúblico.
Otrassituacionesquereflejaríanincompatibilidadconelprincipiodeprobidadson:
Lapercepcióndeotrosingresosadicionalesalascompensacioneseconómicasprovenientes
desuentidad,poreldictadodeconferencias,cursosoparticipaciónenactividadesacadé-
micas o culturales actuando en representación de la entidad o del Estado, o difundiendo
informaciónobtenidaconmotivodesufunción.
Elaprovechamientoparticularporpartedeltrabajadorotrabajadoradelospasajesobene-
ficiossemejantesgeneradosporlasmillasacumuladasporviajesenlíneasaéreasoagencias
turismoenejerciciodelafunciónquefueronpagadosconrecursospúblicos10
.
El financiamiento público de publirreportajes, spots televisivos, radiofónicos o materiales
depublicidadpararesaltarlaimagenpersonaldelasautoridades,enperiodoelectoralono.
Laentregadebienesoprestacióndeserviciosalacomunidadidentificándolos/asmediante
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
19
10
CaberesaltarlaexperienciaChilena,quemedianteLeyNº18.575,LeyOrgánicaConstitucionaldeBasesGeneralesdelaAdministracióndelEstadodeChile,(Art.62°)establece
quelosservidorespúblicosseencuentranprohibidosdeusarelmillajeuotrobeneficiosimilarqueotorguenlaslíneasaéreasporvuelosnacionalesointernacionalesalosque
viajencomoautoridadesofuncionarios,yqueseanfinanciadosconrecursospúblicos.
propagandaconlaautoridadquelosprovee(ej.entregadecanastasnavideñasconfotosde
laautoridadoconelsímboloolemadelpartido)
Colocacióndeavisoenlasobrasoenactividadesoficialesconmenciónoalusiónapartidos
políticosoalaimagenpersonaldelasautoridades.
Los reconocimientos provenientes de actividades distintas a la funcional parecen menos
controvertibles con el principio de probidad, tales como los reconocimientos recibidos por
actividaddocenteodeinvestigación.Delmismomodo,silapremiadaeslapropiaentidadyno
elempleadoolaempleadaatítulopersonal;siserecibedegobiernos,organismosinternacio-
nalesoentidadessinfinesdelucro,conjustificaciónobjetiva,siguiendounprocedimientode
seleccióntransparente.
Finalmente,esimportanteincidirenqueauncuandoenestossupuestosnoexistaunapro-
hibiciónlegalexpresa,incurrirenellosvulnerademodoindubitableelprincipiodeprobidad.
Brindacalidadencadaunadelasfuncionesasucargo,procurandoobtenerunacapa-
citaciónsólidaypermanente.
3.EFICIENCIA
Concordancias
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminar,ArtículoIIIb)(principiosdeeficienciay
eficacia),ArtículoII(FinalidaddelaLey),yArtículo11,c)(Lagestióndelacapacitaciónenel
sectorpúblicoprocuralaespecializaciónyeficiencia)LeyOrgánicadelPoderEjecutivo,Ley
N°29158,T.P.,ArtículoII(principiodeeficiencia)
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
20
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo22(Capacitacióncomodeberfuncional).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, f) (Principio de
eficiencia)
NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artículo2,f)(PrincipiodeEficaciay
Eficiencia)
Comentarios
Atravésdeesteprincipioseasumeunmandatodemediosyunmandatodefines.
Empleadas y empleados asumen por este principio un mandato de medios y un mandato
defines.Elmandatodemediosescapacitarsepermanentementeensuactividadprofesional
ylastareasasucargodemaneradeconstruirconsusconocimientos,habilidades,creatividad,
innovación la calidad que se requiere en el servicio público. De ahí la importancia de seguir
programas de capacitación en herramientas modernas de gestión, uso de herramientas de
calidad,emplearincentivosparaasumirlageneracióndeindicadoresdegestiónyevaluaciones
demetasyresultados.
Elmandatodefinesesbrindarcalidadenlosserviciosquebrindaasusclientasyclientesin-
ternos(otrasdependencias,áreasoempleados/asdelaentidad)yexternos(personasnaturales
o jurídicas, conocidas genéricamente como“administrados o administradas”), optimizando
lautilizacióndelosrecursosdisponibles,procurandoinnovaciónymejoramientocontinuo.
La gestión pública estará orientada a la calidad cuando se constituya en una gestión cen-
trada en el servicio a la ciudadanía y una gestión orientada a resultados, en este último caso,
optimizandolosresultadosalcanzadosconrelaciónalosrecursosdisponibleseinvertidosen
suconsecución11
.
Son formas evidenciables de alcanzar calidad y eficiencia por parte de las Entidades del
SectorPúblico:
Implantarprogramasderacionalizacióndelgasto.
Lacomunicaciónderesultadosalcanzados,
Latransparenciayresponsabilidadpública,larendicióndecuentas.
Laaceleracióndelostiemposdeserviciosalacolectividad.
Mejorarlosnivelesdesatisfacciónciudadanaporlosserviciosquerecibe.
Actualizarelportaldeinformaciónalaciudadaníademaneraamigableycompleta.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
21
11
CLAD,CartaIberoamericanadeCalidadenlaGestiónPública.AprobadaporlaXConferenciaIberoamericanadeMinistrosdeAdministraciónPúblicayreformadelEstadoy
AdoptadaporlaXVIIICumbreIberoamericanadeJefesdeEstadoydeGobierno(2008).
Contar con servicio de orientación presencial, virtual o telefónica al público usuario en
tiemporeal,
Aprobarprotocolosdeatenciónalpúblicoconsiderandobuentratoalaciudadanía,horarios
extendidos,informaciónadecuada,estándaresytiemposdeatención,
Simplificación de trámites rutinarios, redundantes, ineficientes, o que no agregue valor
agregadoaladecisión.
Laorganizacióndeprogramasdeestímulosalpersonalpararealizarinnovacionesenelservicioo
laincorporacióndebuenasprácticasdegestiónpública,retroalimentacióndeprocesosrealizados
conanterioridad,ocírculosdecalidadparapromovermejorasalagestióndelaentidad.
Aprobar medidas de ecoeficiencia para la gestión cotidiana de la entidad (ej. evitar fugas
de agua, mantener equipos o sistemas conectados al servicio eléctrico innecesariamente,
reducir servicio de fotocopiado, disponer reúso de papel o útiles de escritorio, materiales
deimpresión,administrareficientementelageneraciónydisposiciónderesiduosdepapel,
cartón,cartuchosdetintas,etc.
Enesesentido,esteprincipioestransgredidocuando,porejemplo,unapersonaqueocupa
unpuestoenlaadministraciónpúblicaincumpleinjustificadamenteconlosplazosenlatrami-
tacióndeexpedientesadministrativos,nodarespuestaolohacedemaneraparcialalassolici-
tudesdeaccesoalainformaciónpública,cuandosehacemalusodelosrecursosdelEstadoal
ubicaraunapersonaenunpuestoparaelquenocuentaconelperfilyconocimientoadecuados
paralarealizacióndetareasofuncionesespecíficas,aldestinarlashorascorrespondientesalho-
rariodetrabajoatemaspersonales,alnoinformaradecuadamentealaciudadanía;entreotros.
Loquesebuscaesqueelpersonal-servidorasyservidorespúblicos-tengaladebidaprepara-
ciónyloselementosnecesarios,pararealizarsustareasyfuncionesenelmenortiempoposible
yconeladecuadousodelosrecursos.
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
22
Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso
y ejercicio de la función pública. Se debe propender a una formación sólida acorde
a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de las
funciones.
4.IDONEIDAD
Concordancias
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminar,ArticuloIII,literald)(Principiodelmérito
enlaspolíticasderecursoshumanos)yArtículo39literalk)(deberdemejorarcontinuamente
suscompetenciasymanteneriniciativaensuslabores).
Comentarios
Las políticas de recursos humanos de acceso, permanencia, progresión, mejora en las
compensacionesydemovilidadsebasanenlaapreciaciónobjetivadelaaptitud,laactitud,el
desempeño,lacapacidady,engeneral,laevaluacióndelméritoenlafunciónquedesempeña
unounaempleadapública.
Quienesparticipanduranteestosprocesostécnicos,encalidaddeórganosdirectivos,consul-
tivos,ejecutivosodecontrolinternoquerealizayqueestáacargodelapropiaentidad,deben
atenderacomprobarelméritodequienespostulanodelpersonalparaadoptarlasdecisiones
correspondientes.
Elinterésenlavaloracióndelméritonosolopromuevediferenciarpositivamenteentrequien
poseeméritosdequiennolostiene,sinoquebuscaquelagestiónpúblicarecluteymantengaa
losmejoresrecursoshumanosdentrodesurealidad.Enparticular,losprocesosqueconducen
al acceso al servicio deben considerar instrumentos de selección que den oportunidad a evi-
denciardelamaneramásobjetivaelméritodequienpostula,atravésdeanálisisdeinformación
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
23
Seexpresaconautenticidadenlasrelacionesfuncionalesdequienesintegranlainsti-
tuciónyconlaciudadanía,ycontribuyealesclarecimientodeloshechos.
5.VERACIDAD
Concordancias
ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo41,(DeclaraciónJuradadeBienesyRentas).
Principio N° 27444, Artículo IV, numeral 1.8 (Principio de conducta procedimental) y 1.15
(principiodepredictibilidad).
Comentarios
Las expresiones, declaraciones, afirmaciones y documentos que genera un/a empleado/a
público/a deben ser veraces. Es su responsabilidad confirmar la certeza de los hechos que
biográfica,pruebasdeconocimiento,deaptitudescognitivas,psicológicas,físicas,superación
desimulacionesyexámenesmédicos.
Serecomiendanadoptarlassiguientesmedidasacordesconelprincipiodeidoneidad:
Establecer perfiles idóneos a la función a desarrollar, para la contratación de personal de
confianza,yparalacontrataciónynombramientoengeneral;conelfindeevitareldireccio-
namiento de perfiles de puesto y la aprobación de requisitos inadecuados al cargo que se
pretendecubrir.
Cumplirestrictamenteconlosprincipiosdeigualdadynodiscriminaciónenladetermina-
ción de los perfiles de puestos o en el proceso de selección de postulantes, así como con
las normas contra el nepotismo, impidiendo el intercambio de favores entre autoridades
gubernamentalesparacontratarparientesdemaneracruzada.
Prohibir expresamente que personas sin vínculo contractual o laboral realicen actividades
funcionales,aunqueelprocedimientoseencuentreentrámite.
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
24
afirmayasegurarsedelaposibilidaddecumplirlosofrecimientosquerealizaantesdeefectuar
declaraciones, afirmaciones, firmar documentos o comunicarlos a la ciudadanía y a quienes
integranlainstitución.
Teniendoenconsideraciónlaformamásrecurrentedevulneracióndelprincipiodeveracidad
enlaadministraciónpública,resultanecesarioenfatizarelcumplimientodeesteprincipioen
lossiguientessupuestos:
Declaracionespúblicassobreeltrabajoquerealizaoaccionesadesarrollar,
Explicacionesalaspersonasadministradassobreelestadodeprocedimientoolaubicación
delexpediente,
Enlascertificacionesqueemite(ej.Valorizacionesdeavancedeobra,certificadosdeestudio
odesalud),
Informaciónenhojasdevidaocurrícula,
Declaracionesdebienesyrentasquerinde,
Facturasycomprobantesdepagoquesonpresentadasenlasrendicionesdecuentas,
Declaracionesjuradasquepresentaparajustificargastosoviáticos,
Entregadeinformaciónodocumentossolicitados;accesoalainformación,
Información que se brinda a las autoridades de fiscalización o a sus superiores jerárquicos
(enparticularsilainformacióntuvieraincidenciaensuingresoopermanenciaenelcargoo
servicio,enlosascensosopromocionesoparajustificaralgunasituaciónlaboralparticular),
Enlasafirmacionesuofrecimientosrealizadosalpúblicousuariodelosservicios,lasinceridad
enelregistrodetiempos,enlascausalesdejustificacióndelasausencias,entreotros.
La contribución al esclarecimiento de los hechos es uno de los aspectos del principio de
veracidad que se asocia con la responsabilidad en el ejercicio de la función por lo que la y el
empleadopúblicodebenentregaroportunayverazmentelainformaciónqueleseasolicitada
paracualquierinvestigaciónsobresusactuacionesodeterceraspersonas.Esoimplicatambién
daraccesoalainformación,recintos,lugares,expedientes,documentos,librososistemainfor-
máticos necesarios para las diligencias de esclarecimiento por parte de las autoridades com-
petentes.Laresponsabilidadimplicalacapacidadderesponderporsusaccionesydecisiones
públicassometiéndosealasinvestigacionesyesclarecimientos,queconformealey,serealicen
sobresuactuaciónfuncional.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
25
Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a
cadaquienloqueleesdebido,actuandoconequidadensusrelacionesinterpersona-
lesdentrodelEstadoyconlaciudadaníaengeneral.
6.LEALTADYOBEDIENCIA
Concordancias
Ley del Servicio Civil, Artículo 39 literal a) (Obligación de cumplir lealmente deberes y fun-
ción);Artículo85literalb)(esfaltadisciplinarialareiteradaresistenciaalcumplimientodelas
órdenessuperiores)
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalb)(calificacióncomofaltalaretirada
resistenciaalcumplimientodelasórdenesdesussuperioresrelacionadasconsulabor).
Comentarios
Launidaddeacciónylacohesióndelasentidadesselograatravésdeunaorganizaciónjerar-
quizadaquepermitaunarelaciónordenadadentrodelajerarquíaentrelacapacidadopoderde
mandodelsuperiory,eldeberdeobedienciadequienesestánbajosucargo.
La estructura interna de todas las entidades constituye una organización piramidal y jerár-
quica,enlaquelossuperioresordenanylosinferiorescarecen,frenteaaquellos,deautonomía
alguna,debiendoimplementarlaorden,mandatooinstrucciónrecibida.Porello,lossuperiores
jerárquicosposeenrespectodelosubicadospordebajoenlaestructura,lacapacidadparadar-
leslasórdenesimponiéndolesunaconductaespecíficaenrelaciónconunasuntooconjunto
deasuntosconcretosdesucompetencia.Estapotestaddemandoesalavezjurídicaytécnica,
peronoarbitrariaoautoritaria.
Porello,esdeberdecumplirconelprincipiodeobediencia,atravésdelcualseacatanyejecu-
tanlasórdenesimpartidasporlaautoridadcompetente.Obedienciaquenoesalapersonaque
detentaelcargojerárquicamentesuperior,sinoalordenamientojurídicoqueledacompetencia
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
26
paradarórdenesymandatos.Lafaltadeobedienciaconstituye,deordinario,unafaltadisciplinaria
sancionablenosoloporquesecuestionalasubordinaciónjerárquica,sinoporqueseafectala
continuidadyoportunidaddelcumplimientodelasaccionesdegestión.Envíainversa,elcumpli-
mientodeunmandatouordenlegítimadeautoridadjerárquicamentecompetenteemitidacon
lasformalidadeslegalesesunacausaldejustificacióndeconductayexclusiónderesponsabilidad
funcionaldadoquelaresponsabilidadcorresponderáalaautoridadjerárquicamentesuperior.
Ahora bien, dentro del Estado de derecho, este deber de obediencia no puede entrar en
conflictoconotrosvaloreséticosdelserviciocomorespetoylealtadalEstadodeDerecho,por
loquenopuedeserejercidodemaneraindiferenterespectoalosvaloresquelaordenrecibida
implica.Delocontrario,laobedienciajerárquicaseríauninstrumentovaliosopararegímenes
autoritarios,ejecutaractosilegalesosituacionessimilares.Poresoquelaobedienciadebeser
másbienunvalordeejercicioconscienteyreflexivoporloqueencuentrasulímitenaturalenla
contradicciónquepudierahaberconelprincipiodelegalidadqueleexigeatodo/aempleado/a
cumplirconlasreglas,procedimientosyfinesplasmadosenelordenamiento.
Eselcasodelasórdenesomandatosilegalesdadosporlossuperioresjerárquicosinmediatos,
cuandosoncumplidasporquiendebehacerlo,obviamenteleaparejaresponsabilidadtambién
porlaejecucióndeunaacciónindebida.Esdecir,laejecucióndeunaordenmanifiestamente
antijurídicaesclaramenteunaacciónantijurídicatambién.Porello,esteprincipioorientasobre
cómo proceder en caso de órdenes ilegales, permitiendo al empleado rechazar las mismas
cuandoconcurracualquieradelossiguientessupuestos:
Quelaordennoprovengadeunaautoridadqueactúedentrodelaesferadesucompetencia,
yquelaordencumplaconlosrequisitosdevalidezaplicablesasunaturaleza.Porejemplo,si
unadirectoraregionaldierainstruccionesaunempleadodeotraregión,paraquesecontrate
aunapersona.
Quelaordentengaporobjetolarealizacióndeactosdeservicionovinculadosconlasfun-
ciones a su cargo. Por ejemplo, si el jefe ordena a una especialista a su cargo que recolecte
firmasparaunpartido.
Quelaordenimplicadaconstituyaunaarbitrariedadoilegalidadmanifiestaonotable,esto
es,unacontravenciónclaraydirectaaunpreceptodelaleyounanormaexpresa.Porejem-
plo,realizarunpagoporunservicionorealizadoocelebraruncontratoquenohaseguido
unprocesodeselecciónprevio,sincausaldeexoneraciónqueloampare.
Como en la práctica, no solo basta el criterio de la persona que debe acatar la orden para
determinar si está frente a alguna de las tres situaciones. Lo que corresponde es que en tales
casos se ponga en conocimiento ante la autoridad respectiva su apreciación sobre la orden,
paraqueéstoslaconfirmenono.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
27
En cualquiera de estos casos, estamos ante la circunstancia excepcional del ejercicio ilegal
del poder de mando jerárquico, surgiendo aquí, la excepción al deber de obediencia ante lo
indebido,peroquesecanalizaespecíficamenteantelaautoridadrespectiva.
Finalmente, el principio de lealtad y obediencia implica actuar con solidaridad hacia todo
elpersonaldesuinstitución,entendidacomolacolaboraciónypredisposiciónparaapoyarse
mutuamente en el desarrollo de las funciones, atender sus pedidos como personal interno,
entreotras.Noesfundamentoparapracticarunmalespíritudecuerpoparasilenciarprácticas
indebidasdelpersonal,incumplimientodegestión,maltratoalpúblicousuario,entreotras.
Actúaconfidelidadysolidaridadhaciatodoelpersonaldelainstitución,cumpliendolas
órdenesqueleimpartalaautoridadcompetente,enlamedidaquereúnanlasformalida-
desdelcasoytenganporobjetolarealizacióndeactosdeservicioquesevinculencon
lasfuncionesasucargo,salvolossupuestosdearbitrariedadoilegalidadmanifiestas,las
quedeberáponerenconocimiento.
7.JUSTICIAYEQUIDAD
Concordancias
ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo44(DeberesdelEstado),Artículo26(Principiosdela
RelaciónLaboral).
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158 T.P., Artículo III (Principio de Inclusión y
Equidad)
Comentarios
Losvaloresdelajusticiayequidadtienenparticularrelevanciaenlasactividadesdediseñode
políticas,preparacióndeplanes,ejecucióndeevaluaciones,preparacióndereglamentosyde
regulacionesy,engeneral,encualquieracciónpredominantementediscrecionalenlasqueel
personalactúa.Dichosvaloresdebenirimpresosenlasactuacionesdeempleadosyempleadas
frentealosadministradosoelpúblicousuariodelosserviciosquelaentidadatiende,teniendo
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
28
comomiralainclusiónsocial,lasuperacióndelascausasdelatraso,laasignaciónproporcional
delascargasyatribucionesqueelordenamientopermite.Deestamanera,sedebetenerclaro
que los valores de justicia y equidad tienen dos dimensiones, aquella que debe ser generada
porlapropiaentidadylaquehaderegirelcomportamientodelfuncionariado.
Porlaequidad,lagestiónpromuevelaigualdaddetodaslaspersonasenelaccesoalasoportu-
nidadesybeneficiosquesederivandelaprestacióndeserviciospúblicosydelaactividadpública
engeneral,asícomosevaloransituacionesparticularesdelaspersonasadministradascomopor
ejemplo,losagravantesyatenuantesexistentesenelcasoconcretoparaaplicarunasancióno
unamedidalimitativadederechos,paradeterminarelmediolegalrazonablementeadecuado
alascircunstanciasdelcasoparaejecutarunactoadministrativoovalorarlanecesidaddedictar
medidascautelaresocorrectivasdeterminandosucontenido,reconoceralgúncomportamiento
incorrectooilegaldelapropiaadministraciónagraviandoalparticularofundarseenlaequidad
parasuspenderlaejecucióndeactosimpugnadoscuandosuaplicaciónproducirádañosgraveso
irreparablesapersonasparticulares.Sibienlaempleadayelempleadopúblicotieneneldeberde
sujetarsealalegalidad,eselpropioordenamientoelquepermite-encasosdecontarconmarcos
deapreciaciónadmitidos-seatiendalaequidadcomocriteriofundantedeesasdecisiones.
Enelámbitointerno,laequidadenlasrelacionesconelpersonal,esapreciada,porejemplo,
cuando se asignan incentivos o estímulos, en la asignación equitativa de los beneficios al
personal,enlascargasdetrabajo,enlaadmisióndepermisosoeneldiseñodelasestructuras
retributivasqueapreciensuficientementeelméritoyelrendimiento.
Enaplicacióndedichoprincipio,sedeberá:
Cumplir con el horario de trabajo establecido por su Entidad, actuando con permanente
disposicióndeservicioenelcumplimientodesusfunciones.
Atenderalaspersonassindiscriminacióndeningunaíndole.
Cuando corresponda definir la contratación o ascenso de un personal, se debe priorizar la
mayoridoneidadycapacidadparaelcargo.
Enlosprogramassocialesdeberánincluirapersonasbeneficiariasquecumplanlosrequisitos
establecidosporLeyparaserconsideradoscomotales,yquedelasevaluacioneseconómicas
y/osocialessedeterminequerealmenterequierandelaayudaestatal.
Asimismo,encumplimientodelprincipiodejusticiayequidad,laentidadpuedeadoptarlas
siguientesmedidas:
Establecermecanismosidóneosparaverificarelcumplimientodelhorariodetrabajo.
Establecer mecanismos que alienten un trato justo entre el personal y entre éstos y los/as
administrados/as.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
29
Establecercriteriosparaprocederalascensodelpersonalentantonoseapruebeny/oentren
envigencialasnormasaprobadasporSERVIR.
Adoptar decisiones en función a la información brindada por los sistemas defocalización
dehogaresy/odepersonasbeneficiariasdelosprogramassociales.
El funcionariado de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho.
Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e
inmediatodelafunciónpública.
8.LEALTADALESTADO
DEDERECHO
Comentarios
EsteprincipioesunaderivaciónespecíficadelprincipioderespetoalaConstituciónqueeste
mismoCódigoplanteaantes.Esunacláusulademocráticaparaelfuncionariadodeconfianza
delaAdministración.Conestosebuscagarantizarsucompromisoactivoconlosprincipiosde
respeto a la Constitución y con el Estado de derecho y no una subordinación simplemente a
quiendetentaelpodercualquieraseasuformadeascensión.
Conesteprincipioespecíficosepropendequeencasodeestablecerseenelfuturounrégimen
defacto,quienesocupabanposicionesdeconfianzanodeberíanencubrirdichorégimendándole
estabilidadaeserégimenusurpadory,asuturno,correspondequelaspersonasqueseanconvoca-
dasparareemplazardichasposiciones,declinenlainvitación,conelmismoobjetivo.Atendiendoa
dichafinalidadlacomprensióndefuncionariaofuncionariodeconfianzaalcanzaalfuncionariadode
designaciónoremociónregulada(ej.titulares,adjuntosoadjuntas,integrantesdelconsejodirectivo
deorganismostécnicosespecializadosyreguladoresytribunalesadministrativos),aquienesson
delibredesignaciónyremoción(ej.MinistrosyMinistrasdeEstado,ViceministrosyViceministras,
SecretariosySecretariasGenerales,etc.),personaldirectivoy,servidorasyservidoresdeconfianza.
Paraellolanormaestablecelacláusulafinal,enelsentido,queunavezretornadoelEstadodede-
rechoquienessirvieronalrégimendefactoseránobjetodeceseautonómicoenlafunciónpública.
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YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
30
DEBERESDE
LAFUNCIÓNPÚBLICA
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
31
Debeactuarconabsolutaimparcialidadpolítica,económicaodecualquierotraíndole
eneldesempeñodesusfuncionesdemostrandoindependenciaasusvinculaciones
conpersonas,partidospolíticosoinstituciones.
1.NEUTRALIDAD
Concordancias
LPAGTítuloPreliminar,ArtículoIV,numeral1.5.(Principiodeimparcialidad).
Ley del Servicio Civil, Artículo 39 literal g) (deberá actuar con imparcialidad y neutralidad
política);Artículo85literalm)calificarcomofaltaactosdediscriminaciónporrazóndeorigen,
raza,sexo,idioma,religión,opiniónocondicióneconómica).
LeydeModernizacióndelEstado,articulo11(deberfuncionaldebrindarservicioimparcial,
oportuno,confiable,predecibleydebajocosto)
Comentarios
Laneutralidadoimparcialidaddelafunciónpúblicaesuncanondeconductaparalabuena
administraciónqueelordenamientojurídicoimponecomoformaderespetarelderechoala
igualdaddelaciudadanía.Esteprincipiodeimparcialidadtienedosvertientesdeobligaciones:
Lavertientenegativadelaimparcialidadimplicalaseparacióndelapolíticaydelaadminis-
traciónpúblicaenlamedidaqueatiendeninteresesnonecesariamenteconcurrentesyaque
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
32
empleadasyempleadosdebenrespetarlapluralidadpolítica.Paraello,losordenamientosin-
corporanreglascomolaneutralidadpolíticaentiemposelectoralesynoelectorales,laprovisión
porméritodeloscargospúblicosylacarrerapública.
Desdelavertientepositiva,laimparcialidadexpresaquelasautoridadesdebenencadacaso
concretoadoptaraquelladecisiónqueentiendasatisfaceelinteréspúblicoyalavezencuentre
sustento en la ley, sin que para ello ingresen en el análisis los factores externos o subjetivos
políticos, ideológicos, económicos, o sus vinculaciones con personas, partidos políticos o
instituciones,gruposdeinterésydepresión,prejuiciosopreferenciaspersonales.
Enesteúltimoalcance,cuandoelempleadooempleadadiseñeunapolítica,interpreteyapli-
queunanormaadministrativa,seencuentraenlaobligacióndedispensaraquienseencuentre
enprocesodeadministraciónuntratamientoytutelaigualitarios,sindiscriminaranadieporsu
lugardeorigen,raza,nacionalidad,sexo,idioma,religión,opinión,edad,condicióneconómica
osocial,ydecualquieraotraíndole.Debenevitarcualquiertratamientopreferencialodiscrimi-
natoriohaciacualquierpersonaogrupodeellaensusdecisiones,talescomodistinguir,excluir,
restringiropreferiraalguiensinbaselegal.Elejemplocomúneselnepotismoyelamiguismo,
queconsisteenlapreferenciaporlasamistades,colegasopertenecientesaungrupodeper-
sonas(promoción,clubes,logias,etc.)paradesignaciones,contratos,nominacionesyotros.
Porlamismarazón,nopuedeadmitirsequeperturbelacalificacióndelinteréspúblicocon
algunacontroversiaentresuinteréspersonalyelpúblico,nientresuinteréspersonalconelde
las personas administradas, porque cuando las autoridades no puedan cumplir con el deber
deimparcialidad,estoes,enfrentenconflictosdeinterés,corresponderáalejarsedelarelación
jurídico-procedimentalvoluntariamentemediantelaabstenciónsegúncontemplalaLeydel
ProcedimientoAdministrativoGeneral(Artículo88).Aesareglasesumanotrasparticularidades
orientadasareforzarlaimparcialidaddelempleadofrentealcasoconcreto,talescomo,elrégi-
mendeincompatibilidadesyprohibicionesprevias,concurrentesyposterioresalejerciciode
lafunciónpública,laexigenciadedesdoblarenautoridadesdistintaslainstrucciónylasanción
deunprocedimientosancionador,entreotras.
Lasempleadasyempleadosdebenfundarsusactuacionesenlabaseobjetivaqueleseñala
lasatisfaccióndelascomunesnecesidadesdeloscometidospúblicos(interésgeneral),node-
biendoguiarseporfinalidadesparticularesdeíndolepersonaloinstitucional.Paranoincurrir
endesvíodepoder,todaslasactuacionesadministrativasseorientanaalgunafinalidadpública.
Noobstante,laAdministración,comotal,nopuededesempeñarsedentrodelprocedimiento
con objetividad, porque en la secuencia, está en juego el interés público del cual, aquélla es
gestora y tutora. Las decisiones que se adopten deben ser tomadas sin considerar aspectos
políticos, económicos o de cualquier otra índole. Por el contrario, las decisiones que adopten
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
33
deberdemostrarindependenciarespectoalasvinculacionesquesemantienenconpersonas
(familia, amistades, grupos de promoción), partidos o movimientos políticos o instituciones
privadas (gremios,asociaciones,etc.).
Sibienestaexigenciasepuedeapreciarmásnítidamenteenlosprocedimientostrilaterales, en
los que convergen a la vez dos personas en proceso administrativo, y en los concurrenciales
(licitacionesosubastas),tambiéntienelugarenlosprocedimientoslineales(licencias,permisos,
etc.)enlosqueeltratamientoigualitariodebeapreciarserespectoaadministradasyadministra-
dosquepreviamente,concurrenteoposteriormente,siguenprocedimientosadministrativos
delmismotipoantelaautoridad.
Finalmente,resultaconvenienteadvertirqueesteprincipionoresultaincompatibleconlas
discriminacionesdetratopositivasquelasautoridadesdebenatendercuandolanormaloexige
porapreciarseobjetivamentesituacionesdehechoesencialmentediferentes.Porejemplo,el
deberdeatenderenlasoficinaspúblicaspreferentementeamujeresembarazadas,personas
condiscapacidadopersonasadultasmayores.Enestoscasoseldeberdeimparcialidad–ade-
másdetenerbaselegal-noresultaafectadoporqueesasdistincionestienenjustificaciónobje-
tivayrazonableyesproporcionalentrelosmediosempleadosylosfinesbuscados.
En esa lógica, se deben considerar los siguientes criterios para considerar una actuación
acordeconelprincipiodeneutralidad:
Cuandotengaunabaseobjetivadirigidaalinterésgeneralopúblico.
Cuandolaactuaciónnoseadopteporconsideracionespolíticas,económicas,portratamien-
topreferencialinjustificadoodiscriminatorio.
Cuando denoten independencia respecto a sus vinculaciones de parentesco, laborales o
comerciales.
EnatenciónalDeberdeNeutralidad,quienestrabajanenlaadministraciónpúblicadeberán
evitarenelcumplimientodesusfunciones:
Emitirunalicencia,otorgarunpermisooresolverunprocedimientoadministrativo,encontra
deloestablecidoenelmarcolegal,porpresionesdetipopolíticooeconómico.
Contratar, despedir u obligar a la renuncia, bajo presiones de la misma naturaleza, o por
vinculaciónamicalopartidaria.
Solicitaraportesparacampañaspolíticasencuestiónodelpartidopolíticoalcualpertenece.
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34
Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos
actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda
personanaturalojurídica.Servidorpúblicoyservidorapúblicadebenbrindaryfacilitar
informaciónfidedigna,completayoportuna.
2.TRANSPARENCIA
Concordancias
TUO LeyTransparencia y Acceso a la Información (D.S. N° 043-2003-PCM) y su Reglamento
(D.S.N°072-2003-PCM)
TUONormativadelServicioCivil,Articulo45f)(deberdeactuarcontransparencia).
LOPE,LeyN°29158,T.P.,ArtículoIV(PrincipiodeParticipaciónyTransparencia)
Comentarios
LaAdministracióncontemporáneaessujetadedemandademayorymejortransparenciacomo
unacualidadesencialpararecuperarlalegitimidadylaconfianzaciudadana.Seaspiraaqueenla
relaciónconlaciudadanía,empleadosyempleadasactúenconsinceridadysecomprometana
garantizarlaaccesibilidadalainformaciónydocumentaciónqueellaposee.Esuncompromisoque
debealcanzarlapreocupaciónporexplicar,porhacercomprender,porreconocererroresomala
praxis,porabrirarchivosyapuntesyrecuerdos,pordescribirfielmentehechosycircunstancias,en
suma,porhacersecomprenderporelpúblicousuario.Unaprincipalreformacontemporáneaesla
decisióndeconsiderarcomoreglageneral,laapertura,latransparenciaylaAdministraciónabierta.
Laexcepcióneselsigilo,lareservaolaconfidencialidadcuandoelloseaestrictamentenecesariopara
protegerbienesjurídicossuperiorescalificadosporlaConstituciónolaley.
La transparencia como deber ético de las personas que laboran en las entidades públicas
implica un conjunto de obligaciones funcionales, tales como responder por los actos y omi-
sionesdegestión,eldesarrollodeprocedimientosabiertosydeconsultaenlaformulaciónde
decisionesdegobierno(incluyendolarespuestaoportunayrelevantealcuestionamientode
laspropuestasysuimplementación);laaperturaaloselementosdecontrolinternoyexterno,
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
35
allibreescrutiniodelaprensademodooportuno,responsableycompetenteencuantoalos
asuntosdepolíticaspúblicas(conlasexcepcionesquecontemplalaLeydelamateriaylaLey
deAccesoalaInformaciónPública),operacionesgubernamentalesysuintegridad,eltraslado
deoficiodeinformaciónalaciudadanía(portalesdeinformación,porejemplo),elaccesoalos
documentos e informaciones que obran en las entidades, la publicidad de las normas, actas
y documentos de gestión pública, el deber de dar información sobre las políticas y acciones
gubernamentales,entreotros.
Desdeesaperspectiva,esinformaciónaccesiblealaciudadaníaaquellaqueestábajolacus-
todia,administraciónotenenciadelaadministración,laqueelEstadoproduceylainformación
que está obligado a producir; la información que está bajo poder de quienes administran los
serviciospúblicosydequienesadministrandineropúblico;lainformaciónquelasdependen-
ciascaptandeterceros,ylaqueestáobligadoarecolectarencumplimientodesusfuncionesy
cualquieraseaelmediodesoporte(contenidaendocumentosescritos,fotografías,grabacio-
nes,soportemagnéticoodigital)ysinperjuiciodelaantigüedaddesutenencia.
Paracumplirconesteespecíficodeberdedaraccesoalainformación,correspondeque
empleadosyempleadascumplancondeterminadasaccionescomolassiguientes:
Adaptar la organización para atender el derecho de acceso a la información y designar a
responsables.
Clasificar toda la información en secreta, confidencial, reservada y accesible, para poder
atenderlospedidos.
Respondersustancialmentelassolicitudes de información en el plazo legal,determinando
siexisteonoelderechodeaccesoalainformaciónsolicitada.
Agotarlosmediosdebúsquedadelainformación,
Recuperarlainformaciónsolicitadayqueseconsideredestruidaoextraviada.
Proveer dentro del tiempo legal y solo con el costo que suponga el pedido la información
requerida.
Lanecesidaddefundamentarexpresamentelaexistenciadealgunacausalparanoacceder
alpedidoynodenegarbajopretextos.
Porimperiodeestedeber,lassituacionesexcepcionalesenlasquenoprocedetrasparentar
lainformaciónodocumentossonsóloaquellasqueestánseñaladasexpresamenteenlaCons-
tituciónPolíticayenlasnormasexpresasyespecíficas12
.
12
LasveremoseneldeberéticodeDiscreción.
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36
EnesesentidoydeacuerdoconelDeberdeTransparencia,ladenegatoriadeinformaciónno
deberíasustentarseenlossiguientesargumentos:
Quelarevelacióndelainformaciónresulteinconvenienteoafectelaimagendelaautoridad,
partidodegobiernooelEstado.
QuelarevelaciónpuedacomprometerpolíticamentealaautoridadoalGobierno.
Quesedeniegueelpedidoporcualquierconsideraciónsobrelaidentidaddelapersonasoli-
citante(Ejemplo:nacionalidad,domicilio,capacidadparaapreciarlainformaciónsolicitada).
Quelarevelacióndelainformaciónentorpezcaelcumplimientodelasfuncionesdelórgano
requerido.
Quehayaoposicióndetercerosparalaentregadelainformación.
Queelvolumendelainformaciónseaexcesivo.
Queseconsiderequeelcontenidodelainformaciónsolicitadaesfrívolaoirrelevante.
Quelainformaciónversesobreproyectosodocumentosinconclusosomeramenteinternososi
sonactosdelaentidad,nosujetosaderechoadministrativooreferidosaprocedimientosentrámite.
Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga cono-
cimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los
deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que
regulanelaccesoylatransparenciadelainformaciónpública.
3.DISCRECIÓN
Concordancias
LeydeProteccióndeDatos,LeyN°29733,ysureglamentoaprobadoporDecretoSupremo
N°003-2013-JUS.
TUOLeydeTransparenciayAccesoalaInformación(excepciones).
LeydelServicioCivil,Ley30057,Artículo39literale)(deberdenoemitiropinionesnideclara-
cionesennombredelaentidad);yliteralj)(deberdeguardarreservadeinformaciónsecreta
oreservadaauncuandocesendelserviciocivil).
TUONormatividaddelServicioCivil,artículo45literalk)(deberdereserva,aundespuésde
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
37
habercesadoenelcargo),74literald)(prohibicióndeemitiropiniónenmediosdecomuni-
caciónsobreasuntosdeestado)
LeyN°27588,Artículo1°(Obligacionesdeguardarsecretooreservadeinformaciónprivile-
giadaorelevante).
Comentarios
Eldeberdediscreciónimplicaparaquientrabajaenlaadministraciónpúblicalanecesidadde
conducirseconreservayprudenciaconloshechosqueconozcaoinformacionesdelaentidadode
terceraspersonasqueconozcaconmotivodelejerciciodelafunciónencomendada.Existiendoel
principioconstitucionaldelatransparenciayelcriteriodelamáximadivulgación,seasumeapriori
quetodalainformaciónquelasentidadesposeenesaccesible,sujetasolamenteaunsistemares-
tringidodeexcepcionesconbaselegalclara,acordesconunasociedaddemocráticayproporcional
alinterésquelosjustifica.Porloqueencasodediscrepanciasoconflictodenormas,eldeberde
transparenciaprevalecesobretodaotralegislación.
Enesesentido,eldeberdediscreciónsignificaquerespectoaaquellainformaciónexcluidadel
accesopúblico,élylaempleadapúblicanodebenusarlaenbeneficiopropioodeterceraspersonas,
revelarla,dejarqueotrapersonaloreveleoqueaccedanaellas,personasnoautorizadas,auncuando
hayancesadoenelcargo.13
Algunosdeloscasosmásemblemáticosdecasoscalificadoslegalmentecomoreservadosycuya
situacióndebeanalizarsecasoporcasoponderandolosdiversosinteresesyderechosinvolucrados
sonlossiguientes:
Informaciónsecreta,reservadayconfidencial14
:Informaciónsecretaesaquelladelcampomi-
litarcuyaexclusióndelaccesopúblicoaseguralaadecuadadefensadelanación,laseguridad
nacional,laintegridadterritorial,ylasubsistenciadelrégimendemocráticoolaboresdeinte-
ligencia.Lainformaciónreservada,esaquellaquedebeserexcluidadelaccesopúblicocon
lafinalidaddecombatirdemaneraeficientealadelincuenciayenelcampodelaseguridad
externa,ylaqueseexcluyedelconocimientopúblicoparaasegurareleficienteresguardode
losinteresesinternacionalesdelEstado.Finalmente,informaciónconfidencialesaquellaque
estáenpoderdelEstado,yquesólocompeteasustitularesyaquellainformaciónestratégica
13
LeydelServicioCivilArtículo39literalj)(deberdeguardarreservadeinformaciónsecretaoreservadaauncuandocesendelserviciocivil)yTUONormatividaddelServicio
Civil,articulo45literalk)(deberdereserva,aundespuésdehabercesadoenelcargo).
14
LeyNo.29733,deProteccióndeDatosysureglamentoaprobadoporD.S.No.003-2013-JUS.
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38
paradecisionesdegobierno,acciónsancionadoraoprocesosadministrativosojudiciales.
Datospersonalesysensiblesquelasentidadesposean.Conformealrégimendelamateria
son“Datospersonales”aquellainformaciónnumérica,alfabética,gráfica,fotográfica,acústi-
ca,sobrehábitospersonales,odecualquierotrotipoconcernientealaspersonasnaturales
quelasidentificaolashaceidentificablesatravésdemediosquepuedanserrazonablemente
utilizados.Porsuparte,“Datossensibles”esaquellainformaciónrelativaadatospersonales
referidos a las características físicas, morales o emocionales, hechos o circunstancias de la
vida afectiva o familiar, los hábitos personales que corresponden a la esfera más íntima, la
informaciónrelativaalasaludfísicaomentaluotrasanálogasqueafectensuintimidad
Informaciónprivilegiadaorelevantepara laadministración15
,estoes,cualquierinformación
alaqueaccedenenelejerciciodesusfuncionesyqueportenercaráctersecreta,reservadao
confidencialconformealey,resulteprivilegiadaporsucontenidorelevanteyque,portanto,
seasusceptibledeemplearseenbeneficiopropioodeterceros,directaoindirectamente.En
semejantecondiciónseencuentralainformaciónsobreidentificacióndedenunciantesde
actosdecorrupción16
acogidosalareservadesuidentidad.
Finalmente,otraproyeccióndeldeberdediscrecióneslaprohibiciónquetienen-empleadas
yempleados-deemitiropiniónenmediosdecomunicación,incluyendoredessociales,sobre
asuntosdeEstadosincontarconlaautorizaciónpreviacorrespondiente17
.Porunacuestiónde
orden, la comunicación hacia la comunidad es realizada por los canales previstos, mediante
voceríaautorizadayconelmensajeoficialquecorrespondeaderechoyaloshechos.Porello,
constituyeunaproyeccióndeldeberdediscreciónqueelpersonalquenotieneasucargolas
comunicacionesenlasentidades,nodéaconocerinformacionesquesurjandesuejerciciodel
cargo o publiquen sus opiniones sobre temas oficiales, salvo que se cuente con autorización
expresadelempleadopúblicoresponsabledelascomunicaciones.
Amaneradeejemplo,sepuedeseñalarqueconstituiríaunavulneracióndelDeberdeDiscreción:
Entregarcopiasorevelarapersonasnoautorizadasporelpacienteolapaciente,elcontenido
delasHistoriasClínicas.
Revelarinformaciónprivilegiada,queotorgueapersonasnaturalesoempresasunaposición
injustificadamenteventajosaenelmercadodevalores.
Difundir información sobre los materiales empleados en su construcción, equipamiento o
medidasdeseguridaddebasespolicialesymilitares.
Revelar información sujeta a reserva tributaria o bajo el deber de reserva vinculado a las
investigacionesenmateriadecontrol.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
39
15
LeyN°27588,Artículo1°(Obligacionesdeguardarsecretooreservadeinformaciónprivilegiadaorelevante).
16
LeyN°.29542.
17
TUONormatividaddelServicioCivil,articulo74literald)(prohibicióndeemitiropiniónenmediosdecomunicaciónsobreasuntosdeestado)yLeydelServicioCivil,articulo39
literale)(deberdenoemitiropinionesnideclaracionesennombredelaentidad).
Conmotivooenocasióndelejerciciodesusfuncionesquienlaboreenelsectorpúblico
nodebeadoptarrepresaliadeningúntipooejercercoacciónalgunacontrasuscolegas
uotraspersonas.
4.EJERCICIOADECUADODELCARGO
Concordancias
El empleado y empleada pública, como representantes de la autoridad estatal ejercen el
monopolio de la autoridad para el bien común. Para ello tiene la capacidad de mando sobre
quienesseencuentranbajosuliderazgoylaspotestadesdeautotutelayejecutoriedadsobre
losderechosypatrimoniosdelaciudadanía.Laprimeralepermitedarinstruccionesyórdenes
a quienes están bajo su subordinación y obtener la obediencia correspondiente. El segundo,
le permite coaccionar a particulares para por ejemplo, el cobro de deudas, acudir a la fuerza
pública,ejecutarpatrimonios,coaccionarlasvoluntadesparaalinearlasalinteréscomún.
Peroellonoautorizaaque,enelplanointerno,laautoridadejerzacoacciónparaobligaraquediga,
oculteoejecutealgoindebido(ej.Inhibirointimidarporsíoporinterpósitapersonaaposiblesdenun-
ciantesoquejosos/asconelfindeevitarlapresentacióndedenunciasobuscarsuretiro)oimponera
otrosservidores/asactividadesajenasasusfunciones(ej.homenajesalasautoridades,descuentospor
planilla,realizarlaboresdemantenimientoojardineríaenlascasasdeellos/ellas),privardederechos(ej.
impedirlegozardevacacionesodíasdefranco).Tampocopuedeadoptarrepresaliascontraempleados
oempleadasporeventosanterioresadversosasusintereses(ej.haberdenunciadounaincorrección,
habercompetidoporuncargo,ohabersidoconanterioridadsujefeojefa).
Enelplanoexterno,tampocoquienseencuentrecumpliendocontratoparaelsectorpúblico
puede,fueradeloscasosdeejercicioregulardepotestadespúblicas,ejerceractosdecoacción
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
40
sobreparticularesoadoptarrepresaliasporalgunaposiciónanterioradversadelparticularcon
elempleadoolaempleadapública(ej.Haberpresentadouna queja funcional, una denuncia
penalalaFiscalía,ounademandacontenciosa).
Eldeberdeejerceradecuadamenteelcargoimplicaquelacuotadepoderatribuidocorres-
pondeserejercidaparaperseguirfinespúblicoslícitos,nopudiendoobligaraunempleadoa
hacerloquelanormanodisponeniimpedirrealizarloquesíessucometidolegal.Delmismo
modo, a personas particulares no puede obligárseles a hacer lo que no desean dentro de su
libertadniimpedírselesejerceractividadeslícitas.
El medio a través del cual se logra coaccionar es usualmente el anuncio de una amenaza
concreta, seria, posible, con el objeto de intimidar (ej. amenaza de privarle de servicios o
prestacionesestatalesalasquesetienederecho,aretrasarlaenlosascensosfuturos,arotarle
fueradelajurisdicción,osancionarle).Estasamenazasproducenrazonablementeuntemor
o compulsión, por lo que la persona se ve obligada a obedecer, realizando la conducta que
seleindica.
Haycasosenqueesacoacciónamenazantenoesexpresaperoseexplicitasuficientemente
pormediodelainfluenciaojerarquíadequienlaejerce,oporelcontextoenqueéstaserealiza.
Porejemplo,sise“invita”aproveedores,empresasopersonassujetasasufiscalizaciónparaque
realicendonaciones,adquierannúmerosderifas,auspicienagasajos,ofrezcanregalos,benefi-
ciosocolaboracionesenbienesodineroparalaentidad.Elloesparticularmentemásevidente
siseproduceencontextodenecesidaddelpúblicousuario(ej.Personalmédicodeunhospital
públicoduranteunahuelgaquesugiereatendermejoralpúblicousuarioensuconsultorio,la
profesoraoprofesorestatalquevendelibrosomaterialesdeconsultaasualumnadoinducien-
docondicionesventajosasenlasevaluaciones,osinvendérselosdirectamente,induceaquelo
adquierandeterceros,oquelesinducearealizarinvestigacionesuobtenerinformaciónpara
subeneficio,oelpolicíaantequienlaciudadaníarecurreparadenunciarunroboosonsujeto
debatidaspoliciales).
Otrosejemplosquesepuedenconsiderarcomounejercicioinadecuadodelcargoesexigir
aporteseconómicosaempresasproveedorasconelfindeapoyarlareeleccióndelasautorida-
deslocalesyregionales;ocontratarcomopersonaldelaentidadenlaquelaboraélolafuncio-
nariaapersonasquetrabajancomoempleadasenlascasasoensusempresas.
Enesesentido,seconsideraráncriteriosparaidentificaruninadecuadoejerciciodelcargode
lasylosempleadospúblicosenelplanointernosi:
Mediantecoacciónseexigehacer,ocultarodeciralgo.
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
41
Seimponenaccionesajenasalafunciónpública.
Seadoptanmedidasidentificadascomorepresaliascontralasy/olosempleadospúblicos.
Mediantecoacciónnoexpresa,sesometeaempresassujetasafiscalizaciónabrindardona-
ciones,regalosobeneficios.
Mediantecoacciónexpresa,sesometealpúblicousuariodeserviciospúblicosaunacondición
paralaatención,oselederivaamediosprivadosvinculadosalservidor/aparasuatención.
Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran
asignadosparaeldesempeñodesusfuncionesdemaneraracional,evitandosuabuso,
derrocheodesaprovechamiento,sinemplearopermitirelempleodelosbienesdelEs-
tadoparafinesparticularesopropósitosquenoseanaquellosparaloscualeshubieran
sidoespecíficamentedestinados.
5.USOADECUADODE
LOSBIENESDELESTADO
Concordancias
LeydelServicioCivilArtículo39literald)(deberdeemplearausteramenterecursospúblicos);
Artículo85literalf)(calificarcomofaltalautilizaciónoladisposicióndebienesdelaentidad
públicaenbeneficiopropioodeterceros);yliteralI)(calificacomofaltacausardañosmate-
rialesalocales,instalaciones,obrasydemásdelaentidad).
TUO Normatividad del Servicio Civil, Artículo 45 literal c) (deber de emplear austeramente
recursospúblicos),79literalf)(calificacomofaltalautilizaciónodisposicióndebienesdela
entidadenbeneficiopropioodetercero),literali)(calificancomofaltacausardañosmate-
rialesenlocales,instalaciones,otrosybienesdepropiedaddelaentidadobajosuposesión.
LeyN°29151,LeyGeneraldelSistemaNacionaldeBienesEstatalesysuReglamentoaproba-
doporD.S.N°007-2008-VIVIENDAysusmodificatorias.
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
42
Comentarios
Los bienes de dominio público y de dominio privado del Estado así como los recursos que
formanpartedelpatrimoniodelasentidadesdelaAdministraciónPúblicaoqueseencuentra
bajosuadministraciónestánasignadosydestinadosparaelcumplimientodesusfunciones.El/
laempleado/apúblico/adebeprocederconformealeyalrealizarlosactosdeadministración
(por lo que los bienes son usados y aprovechados, incluyendo figuras contractuales de uso,
comodatoyconstrucciónyequipamiento),losactosdedisposición(porlosquelosbienesse
desplazan de dominio, como venta, permuta, constitución de fideicomiso, superficie, entre
otros),actosdeadquisición(porloqueseincorporanbienesasupatrimoniocomodonación,
daciónenpago,decomiso,primerainscripcióndedominio,etc.),actosderegistro(inscripción
enelsistemaoficialdeinformacióndebienesestatales)yactosdesupervisión(porlosquese
controlanlaregularidaddelosactosanteriores).
Respectodeellos,esimportantequelasentidadespúblicasimplementenaccionesefectivasy
adecuadasparacautelarelusodelosbienesyrecursospúblicos,talescomo:
Efectuarinventariosoportunos,detalladosycompletosdelosbienesdelaentidad.
Aprobardirectivasparasuadecuadouso,conservaciónymantenimiento,enlasqueseprohí-
ba,entreotrossupuestos,elusoprivadodelosmismos(ej.usarelvehículooficialparallevara
lafamiliaapasearoirdecompras),ysuabuso,derrocheodesaprovechamiento.
Algunasdelasprácticascomunesquesonincompatiblesconestedeberético,son:
Hacerllamadastelefónicasdesproporcionadas(porsunúmero,costo,destinooreiteración)
de índole personal, a través de equipos o servicios pagados por el Estado (Ej. llamar a un
familiaralextranjerooaunaamistadcotidianamenteparaorganizaractividadesprivadas).
Vender bienes que están destinados a ser distribuidos gratuitamente a la colectividad (ej.
alimentos,frazadas,textosescolares,medicinas,etc.)
Usarpersonalmenteoenviajesnooficialeselmillajeuotrobeneficiosimilarqueotorguenlas
líneasaéreasoagenciadeviajesporvuelosnacionalesointernacionalesalasqueviajenen
representacióndesuentidadyquehayansidofinanciadosconrecursospúblicos.
UsarparasíbienesdelEstadooemplearsusequiposoinfraestructuraenprovechopropio(ej.
imprimirunatesispersonalusandolaimpresorayútilesdeescritoriodelaentidad).
Alquilar la infraestructura pública (ej. losas deportivas, auditorios) o equipos de la entidad
(vehículos,materialdeportivodeloscolegios,computadoras,impresoras)paraactividades
privadassinautorización.
Emplearvehículosoficialesasignadosparaactividadesoficialesenactividadespersonaleso
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
43
familiares,oprescindiendodelpersonalasignadoparasuconducción18
.
Emplearloslocalesdelasinstitucionesparaagasajospersonalesoreunionesfestivas,afec-
tandolacontinuidaddelservicio.
Emplear las computadoras asignadas para el trabajo para comunicaciones personales asi-
duasenredessociales,visitarpáginasdediversiónorealizarjuegosenred.
Aparentar o crear viajes institucionales para realizar viajes a destinos o realizar actividades
personales.
Disponerrecursospresupuestariosenbeneficiopropioodequienpostuleacargodeelec-
ciónpopularopartidopolíticoalguno,entodomomento.
Usarlocalesuoficinasdeentidadespúblicas,decolegiosyescuelasestatales,delasfuerzas
armadas y de la policía nacional, incluyendo cuarteles, para la realización de conferencias,
asambleas,reunionesoactosparaactividadprivadasinautorización.
18
CabeprecisarqueelfuncionariadodelEstadoyexfuncionariostienenasignadosasucargovehículosdeformapermanentetantoparasuusocomoparasuseguridad.El
artículo10delDecretoLegislativo1148,LeydelaPolicíaNacionaldelPerú,señalaqueesfuncióndelaPolicíaNacionalbrindarseguridadintegralalPresidenteConstitucional
delaRepúblicaenejercicio,alelectoyexPresidentes;seguridadpersonalalosPresidentesdelosPoderesPúblicos,CongresistasdelaRepública,MinistrosdeEstado,Jefesde
Estadoenvisitaoficialalpaísyotraspersonalidadesquedetermineelreglamento.
Asimismo,existeactualmenteennuestroordenamientojurídicodistintasnormas,lascualesseencuentranenprocesoderevisión(porejemplo,elDecretoSupremoNº008-
2000-IN,DecretoSupremoN°011-2001-PCM,DecretoSupremoNº082-2001-PCM,DecretoSupremoN°002-2003-IN,ResoluciónMinisterialNº1084-2003-IN-PNP,entreotros)
queestablecendirectivasylineamientossobrenormasyprocedimientosparabrindarseguridad,protecciónpersonalymovilidadafuncionariosyexfuncionariospúblicos.
Enesesentido,existensituacionesendondeelusodelosvehículosoficialespodríaserutilizadoparaactividadesnorelacionadasdirectamenteconlafunciónpública,sinque
necesariamentesetransgredaelCódigodeÉtica;siempreycuandoestésiendoutilizadoporelfuncionariooexfuncionarioalcuallehasidoasignadoelvehículo.
Enlamismalínea,elTribunalConstitucionalhaseñalado(ResoluciónExp.N°04298-2012-PA/TC)quesibienelvehículooficialdelaltofuncionarionopuedeserdestinadoaluso
personaldelcónyuge,hijosuotrosfamiliaresdelfuncionario,tampocopuedeconsiderarsequecualquierusoquesehagadelvehículoporunapersonadistintadelfuncionario
constituyaunaconductatípica,porcuantoesinevitablequeelvehículopuedaserutilizadoporotraspersonassinqueellodistorsionenecesariamenteelconceptodeuso
personalquehaceelfuncionariodeél.
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
44
Todapersonaquelaboreenelsectorpúblicodebedesarrollarsusfuncionesacabali-
dadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunciónpública.
Antesituacionesextraordinarias,laservidoraoservidorpúblico,puederealizaraque-
llastareasqueporsunaturalezaomodalidadnoseanlasestrictamenteinherentesa
su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las
dificultadesqueseenfrenten.
6.RESPONSABILIDAD
Concordancias
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,artículo63.3(responsabilidad
por demora o negligencia en el ejercicio de la competencia), y 65.1 (obligación de ejercer
competencia).
Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057, Artículo 39 a) (debe de cumplir leal y diligentemente
deberesyfunciones);c)(deberdeinformarcircunstanciasqueponganenriesgoobjetivos
institucionales),yf)deberdeinformaractosdelictivos,faltaseirregularidades).
Comentarios
Las normas, los documentos de gestión y en general, las reglamentaciones atinentes a los
cargosylaboresdeservidoresyservidorasleasignanunconjuntodeobligacionesofunciones
derivadasdelaactividadquerealizan.Enesamedida,essuobligaciónagotarlabúsquedade
ejercerlasfuncionesacabalidadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunción
pública.Elestándaréticoderesponsabilidaddequienlaboraenlaadministraciónpúblicaleexi-
genosoloejercerdeoficiolascompetenciasasignadas,sinoademásdesarrollarsucontenido
atravésdelcumplimientoformaldelastareasasignadasyaquellasrazonablementeimplícitas
delcargo,peroademáscondiligencia,esmeroyprontitud.
Comoaplicacióndeestedeber,resultaincompatible:
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
45
Ejecutar actividades u ocupar tiempo de la jornada de trabajo en fines ajenos a las institu-
cionales.
Silenciarlacomisióndefaltasfuncionales,incumplimientosalCódigodeÉticayparticular-
menteactosquesuponganperjuicioeconómicoparalaentidadolacomisióndedelitospor
servidoresyservidorasoporterceraspersonasenperjuiciodelaadministración;asícomono
dartrámiteoportunoalasdenunciasconqueseformulan.
Incumplir los instrumentos de rendición de cuentas, de los planes, programas y recursos
asignados.
Permitirquesedeterioreodestruyaladocumentaciónsustentadoradelasoperaciones.
Cumplirformalmenteorutinariamentelastareassindarlevaloragregadoalosinformesque
sepreparan.
Eldeberpermitequeempleadosyempleadasasumancompetenciasexcepcionalesantesitua-
cionesextraordinarias,paraquerealicenaquellastareasqueporsunaturalezaomodalidadnosean
estrictamenteinherentesasucargo,siemprequeellasresultennecesariasparamitigar,neutralizaro
superarlasdificultadesqueseenfrenten.
Estassituacionesimprevisiblesrequierenque,quienestrabajanenelsectorpúblico,asuman
competenciasexcepcionalesparamitigarlas,neutralizarlasosuperarlas,comoporejemplolassitua-
cionesderivadasdecatástrofesnaturalescomoterremotos,maremotosoinundaciones.Entodos
estoscasos,senecesitaqueasumanconresponsabilidadlasactividadesnecesariasparasuperarla
situación,especialmentelasaccionesqueserealicenenelmarcodeexoneracionesporsituaciónde
emergenciadelanormativadecontratacionesdelEstado.
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
46
PROHIBICIONES
ÉTICAS
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
47
Mantenerrelacionesoaceptarsituacionesencuyocontextosusinteresespersonales,
laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento
delosdeberesyfuncionesasucargo.
1.MANTENERINTERESES
DECONFLICTO19
Concordancias
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,Artículo88(Conflictosdeinterés
queseresuelvaconlaabstención)yArtículo241(Conflictosdeinterésdeexservidorespúblicos)
Ley N° 27588 (Ley que establece prohibiciones a incompatibilidades de funcionarios y
servidorespúblicos),Artículo2°(impedimentosfuncionalesconcurrentesyposterioresala
gestiónrespectodeempresaseinstitucionesprivadasdentrodesuámbitofuncional)yD.S.
N°019-2002-PCM(reglamentacióndeimpedimentos).
LeycontraNepotismo,LeyN°26771,ysureglamentoaprobadoporD.S.N°021-2000-PCM.
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,Artículo39literalh)(deberdenoparticiparniinterveniren
contratosconsuentidaduotraentidadenlosquetenganinteréssusparientes);i)(noparti-
ciparniintervenirengestióndeinteresesenprocedimientosadministrativosenlaentidady
enelsector);83(prohibicionesdenepotismo)
19
InteresesenConflicto:Situaciónenlaquelosinteresespersonalescolisionanconelinteréspúblicoyelejerciciodelasfuncionespúblicas,entendiéndosequecualquier
actuaciónrealizadaporlaspersonasquelaboranenlaadministraciónpúblicadebeestardirigidaaasegurarelinteréspúblicoynoafavorecerinteresespersonalesodeterceros.
GUÍAPARAFUNCIONARIOS
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
48
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo74literale)(prohibicionesdecelebrarporsío
porterceros,directaoindirectamente,contratosenlosquetenganinteréssusparientes).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 10 (Impedimentos
paraserpostory/ocontratista);NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artí-
culo11(impedimentos).
Comentarios
Lanecesidaddeevitarlasuperposicióndeintereses.-
Elejerciciodelafunciónpúblicaexigeladelimitaciónclaraentrelosdiversosfinesquetiene
unapersonaconuncargopúblico:losfinesprivados(personalesyalosgruposquepertenece,
en las vertientes económica, familiar, amical, entre otros), los fines del partido o agrupación
políticaalaqueseperteneceylosfinesdelEstado,delacolectividadcomotal,quesedenomina
interéspúblicoobúsquedadelbiencomún.
ComoafirmaSAVATER,laéticadelafunciónpúblicaexigetenerbienclarosesostresfines,
“(…)lostressonlegítimos,perolosonmientrasnosemezclen;esdecir,unapersona,un
políticonopuedetomardeterminadasdecisionesquelebeneficianaélpersonalmente,
oasupartido,conelpretextodequebeneficianalacolectividad.Loimportanteesque
sedistinganesosfines,queelpolíticosepadiferenciarlaactividadconunosfinesocon
otros.Ysiunonoescapazdedistinguirentrelosdiversosfines,nodebeofrecersepara
laactividadpública,puesesobvioqueesapersonanopuedeocuparunlugarpúblico,ni
tampocolopuedehacerunapersonafanatizadayobsesionadaconsupropiopartido,de
talmaneraquerealmenteseaincapazdeverquelasociedadesuntodo”20
Toda aquella persona que trabaje en la administración pública debe distinguir y separar
radicalmentelosinteresespersonalesdelosinteresespúblicosasucargo,adoptadotodaslas
medidasasualcanceparapreveniroevitarlaconjunciónreal,aparenteopotencialdeintereses
eneldesempeñodesuactividadquemenoscabelacredibilidadenlarectagestiónpública.
¿QUÉESCONFLICTODEINTERÉS?
Elconflictodeinterésesunasituaciónoestadodecosasderiesgorazonableparaelinterés
generalconfiadoaun/aempleado/apúblico/a,quesurgeporqueéloellamantiene,concurren-
temente, legítimos intereses personales de origen privado (familiares, amicales, económicos,
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
49
20
SAVATER,Fernando;op.cit.,p-56-7.
21
InformeLegalNo.189-2012-SERVIR/GG-OAJde29.FEB.2012.
sociales, partidarios) que podrían generar un incentivo para favorecerlos (desvío de poder) o,
cuandomenos,podríaafectarlaobjetividaddelcriterioparaadoptarladecisiónquelecompete.
En su composición concurren tres condiciones: i) El deber funcional que debe ejercerse
conimparcialidadyneutralidad;ii)Elinterésprivado(personal,económico,financiero,amical,
corporativo,etc.)concurrenteyquepuederesultarimplicadoporladecisiónenlaqueparticipa
elempleado;y,iii)Lavaloraciónqueeseinterésprivadopuedeafectardemanerarazonablela
objetividaddelanálisis,aunqueellonoseconsume.
Algunosejemplosdeconflictodeintereses,lospodemosencontraracontinuación:
Si un/a accionista mayoritario/a de una empresa de transporte es nombrado/a Director/a
GeneraldeTransporteTerrestre.
Siun/aintegrantedelComitédeAdquisicionesvaaevaluarlaspropuestasdetresempresas,
enunadelascualessuhermanotieneacciones.
Siel/lapresidente/adeunaempresadelEstadoenelrubrodehidrocarburosesconsultor/a
deempresasprivadasenelmismorubro.
Si un/a empleado/a de la Superintendencia de Banca y Seguros que tiene a su cargo la
supervisión del Sistema, renuncia a su cargo y es nombrado/a Gerente/a en una empresa
quesupervisaba.
Siel/lapresidente/adelComitéqueotorgaunaconcesiónenProinversión,esconsultor/ade
lasempresaspostorasenelproceso.
Siun/ainspector/alaboralsupervisapersonasohechosrespectodeloscualespodríateneralgún
interésdirectooindirecto,ocuyosresultadospodríanfavorecerlo/apositivaonegativamente,
comosifiscalizaraelcumplimientodelasobligacioneslaboralesdesupropioempleador/a.21
Conformeasunaturaleza,estaprohibiciónesuninstrumentopreventivodeinfraccionesma-
yores,porloqueparasuconfiguraciónnoesnecesarialaconsumacióndelconflictodeinterés
conlaaprobacióndelinforme,acto,normaopolíticapúblicaespecíficaenlaqueseimplique
elinterésprivado.Laideaesqueapartirdeesteprincipio,todapersonaquelaboraenelsector
público debe estar permanentemente alerta sobre cualquier actual o potencial conflicto de
interés,tomarlasprevisionesparaevitaresosconflictos,procurartenerdeclaracionesyrevela-
ciones oportunas sobre esa situación, y tan pronto las conozca, adopte las decisiones legales
máseficientesparaprevenirlasituacióndeconflicto.
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
50
Esconvenientediferenciarelverdaderoconflictodelfalsoconflictodeinterés,cuandosibien
concurrenenlamismapersonaambosintereses,elinterésprivadonocorrespondeaunaprove-
chamientooventajasinounacondiciónnaturaleigualitariaparalaciudadaníaengeneral.Por
ejemplo,laconcurrenciaenun/aempleado/apúblico/adelafuncióndesupervisoradebancos
ymantenercuentasbancariasotomarunpréstamoenunaempresafinancieradelsector,oser
empleadodeOSINERGMINytenersuministroeléctricoconunaempresaregulada.
¿EXISTEUNASOLACLASEDECONFLICTODEINTERÉS?
No,existenvariostiposdeconflictosdeinterés.
Desdelaperspectivatemporal:losconflictospuedenserpreexistentesalafunciónpública,
concurrentesaéstaosubsecuentesalaextincióndelafunción.
Losconflictospreexistentesserefieren,porejemplo,alosvínculoseconómicososocietarios
dequieningreseopostulealserviciotieneohatenidoconanterioridad.Deordinario,seexpre-
sancomoincompatibilidadesoprohibicionesparaejercerlafunciónpública(Ej.accionistade
unaempresaqueesproveedoradelaentidadalacualvaaservir,olaasesoraoconsultorade
una empresa que es regulada o supervisada por la Entidad en la que posteriormente entra a
trabajardichaasesoraoconsultora).
Losconflictosconcurrentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosqueconfluyeno
convergenconlafunciónpúblicaqueseejercesimultáneamente,porejemplo,siaun/aempleado/a
público/alo/aunerelacióndeparentescoconcualquieradelaspersonasadministradasoconsusre-
presentantes,autoridades,conquienesadministranlasempresasqueprestenserviciosenlaentidad
enlaquelabora;sihaintervenidoantescomoasesor/a,perito/aotestigo/aenunprocedimientoque
lecorresponderesolver;osicomoautoridadhubieremanifestadopreviamentesuparecersobreel
mismo,demodoquepudieraentendersequesehapronunciadosobreelasunto;sipersonalmente,
obiensucónyugeoalgúnparientecercanoydirectotuviereinterésenelasuntoquedeberesolver;
situviereamistadíntima,enemistadmanifiestaconcualquieradelaspersonasadministradas
intervinientesenelprocedimiento,osituviereohubiesetenidoenlosúltimosdosaños,relación
deservicioodesubordinaciónconcualquieradelaspersonasencargadasdelaadministracióno
terceraspersonasdirectamenteinteresadasenelasunto,osituvieraenproyectounaconcertación
denegociosconalgunadelaspartes,auncuandonoseconcreteposteriormente.
Losconflictosdeinteresessubsecuentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosquesur-
genconposterioridadalcesedelserviciocivil,comoporejemplo,representaroasistiraunapersona
administradaenalgúnprocedimientoenelqueparticipódurantesuactividadenlaentidad,asesorar
acualquieradministrado/aenalgúnasuntoqueestabapendientededecisióndurantesurelación
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
51
conlaentidad;contratar,directaoindirectamente,aunapersonaconunprocedimientoresuelto
consuparticipaciónduranteelúltimoaño.Estaregulacióndelosconflictosabordalosproblemasde
las“puertasgiratorias”entreelsectorprivadoyelsectorpúblico,asícomoeldenominado,soborno
diferido,porelqueseofrecenanticipadamentecargos,contratosycualquierclasedepagosfuturos
paracuandolosresponsablespúblicosabandonenelserviciocivil,porloqueelseguimientoylas
restriccionesdesalidadelagestiónpúblicasonútilesparacontrolarestasprácticas.
Desdelaperspectivadelasconsecuencias,elconflictopuedeserreal,potencialoaparente.
El Conflicto Real existe cuando el interés privado del servidor o servidora interfiere efecti-
vamente con sus obligaciones públicas, afectando la independencia de criterio profesional y
consumándoseunactoarbitrario.Ej.El/lajefe/adeadministracióndeunaentidadautorizala
contratacióndeunaempresaenlacualél/ella(osucónyuge)tieneunaparticipación(acciones).
ElConflictoaparentenoesunconflictodeinterésrealoconsumado,peroeslasituaciónenla
queotraspersonasqueobservanlasituaciónrazonablementelleganalapercepciónquedicho
interésejerceunainfluenciaindebidaenelresponsablepúblico,auncuando,dehecho,noloejerza.
Aquínollegaaexistirunconflictoreal,nidesvíodepoderenladecisión,sinembargo,laimageny
reputacióndelaautoridad-asícomolaconfianzadelaciudadaníaenlajusticiaeimparcialidaddelos
procedimientos-quedaenduda,porloquedebeevitarse.Estamosfrenteauninteréspersonalque
nonecesariamentevaainfluenciarenlatomadedecisionesdelapersonaempleada,noobstante,el
sólohechodeexistirelriesgo,puededarlugaraqueotros/asconsiderenquelosinteresespersonales
primanyejerceninfluenciaenelcumplimientodesusdeberes,locual,entérminosdeimagen,debe
igualmenteevitarse.Ej.Un/aempleado/apúblico/aqueesaccionistadeunaempresafarmacéutica
ylaboraenunaentidadodependenciaencargadadeautorizarysupervisarladistribuciónycalidad
demedicamentosenelpaís.Enestecasoesprobablequeel/laempleado/aenmenciónactúecon
totalneutralidadeimparcialidadensulabor,peroaojosdelaopiniónpública,porlomenos,aparen-
temente,sutrabajopodríaestarinfluenciadoporsusintereseseconómicos.
Losconflictosdeinteresesaparentespuedensertandañinosparaelprestigioycredibilidad
delaadministracióncomounconflictodeinteresesrealmenteexistente,auncuandosehayan
tomadolasdecisionescorrectas.
El conflicto potencial de intereses sucede cuando quien asume la responsabilidad pública
tieneuninterésprivadoopersonalquepodríacausarleunconflictodesurgirenalgúnmomen-
toenelfuturoaunquenoexistaahoraeseconflicto.Ej.Siunaempleadaoempleadopúblico,
integrantedelcomitépermanentedeseleccióndebienesyserviciosdeunaentidad,esaccio-
nistadeunaempresadeserviciosquecontrataregularmenteconentidadescomoaquellaen
la que trabaja el/la empleado/a mencionado/a. El conflicto de intereses sólo se configuraría
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
52
silareferidaempresasepresentaaunprocesoenlaentidadyel/laempleado/apúblico/ano
seinhibedeparticiparenelcomitéresponsabledeelegiralaempresaproveedoraganadora.
Paraevitarestosconflictospotencialesyaparentes,sesugierelaimplementacióndedeclara-
cionesjuradasdeinteresesquepermitanalempleado/apúblico/atransparentarsusintereses
comerciales,económicosofinancieros,detalmaneraquepuedainhibirseenloscasosenlos
queelconflictodeinteresespotencialpuedaconvertirseenunoreal.
¿CÓMOIDENTIFICARSINOSENCONTRAMOSFRENTEAUNCONFLIC-
TODEINTERESES?
Algunasdelaspreguntasclavesparadilucidarsiseencuentraenunconflictodeintereses,
sonlassiguientes:22
¿Quépasaríasiseinviertenlasposiciones:siyofueraquiensolicitauntrabajoounapromo-
ción?¿Pensaríaqueelprocesoenelqueparticipécomoseleccionador/afuejusto?
¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,ganarfinancieramenteacausadela
decisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaorganización?
¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,verafectadanuestrareputaciónante
unadecisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaentidad?
¿Soy miembro de alguna organización, club, o tengo vínculos con personas que puedan
verseafectadasobeneficiadasconelresultadodeladecisiónquemecorrespondeadoptar
sobreelasunto?
¿Podríahaberenelfuturobeneficiospersonalesparamíoalguienvinculadoamíporladeci-
siónenlaqueparticiparé,quepuedangenerardudasobremiobjetividad?
¿Siparticipoenlaevaluaciónotomadecisiones,mepreocuparíasimiscolegasyelpúblico
llegaranaconocermiasociaciónoconexiónconlaspersonasbeneficiadaspormidecisión?
¿Unapersonajustayrazonablepodríaafirmarquefuiinfluenciado/aporuninteréspersonal
aldesempeñarmisresponsabilidadespúblicas?
Medidaspreventivas:
Laprohibiciónimplicaqueelempleadonopuedemantenerrelacionesoaceptarsituaciones
encuyocontextosusinteresespersonalespudieranestarenconflictoconelcumplimentodelos
deberesyfuncionesasucargo.Paracumplirconello,lasmedidasqueencadacasocorresponde
adoptarsonlasqueelordenamientoestablece,comoporejemplo,lanopostulaciónauncargo
paraelcualsetieneunconflictodeinterés(lanormageneralmentelesdenominaimpedimentos
oincompatibilidades),laabstencióndelejerciciodelacompetenciaquelecorrespondierele-
Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
53
22
LaHoradelaTransparencia,p.295.
23
Enlalegislaciónperuananohaynormaqueobliguealapresentacióndedeclaracionesjuradasdeintereses,aunqueenalgunasentidadespúblicasseestilacomounabuena
prácticalapresentaciónvoluntariadelasmismas.Noobstanteello,resultanecesarioqueseregulemedianteleyoensudefectopordirectivas,laobligacióndesupresentación.
24
Ventajaindebida:CualquierliberalidadobeneficionoreconocidoporlaLey,decualquiernaturaleza,quepropicienparasíoparaterceroslosempleadospúblicos,seadirectao
indirectamente,porelcumplimiento,incumplimientouomisióndesufunción;asícomohacervalersuinfluenciaoaparienciadeésta,prometiendounaactuaciónuomisiónpropiaoajena.
galmente,lasdeclaracionespreventivasdeintereses23
ypatrimonios,elabandonodelosinterés
privadosqueconstituyenelimpedimento,latransparenciadelainformación.Afaltaderegulación
explícita,elservidoroservidorapodríaconsideraralgunadelassiguientes:
Las declaraciones juradas de bienes y rentas informan sobre el patrimonio que posee o
percibeduranteelejerciciodelcargoqueocupasupresentación.
Laseparacióndelcargoolaabstencióndelacompetenciacuandoesparientedecualquiera
delaspersonasadministradasoconsusempresas,sipersonalmenteoalguienrelacionado
tuviereinterésenelasuntodequesetratauotrosemejante,osituviereamistadcercanao
enemistadmanifiestaconcualquieradelaspersonasintervinientesenelprocedimiento,etc.
Elabandonodelosinteresesprivadospreviosalaasuncióndelcargo.(Ej.Transferenciadefi-
nitiva,confechaciertaverificable,deaccionesantesdeasumirelencargopúblico)
Latransparenciadelinterésprivadohacialaorganizaciónadministrativaohacialacolectividad(ej.
declaracióndefuentesdeingresos,parentescoointereses,realizacióndeconsultaspreventivasa
laoficinacompetentesiconsideradudosaoinciertalaexistenciadeconflictoenelcasoconcreto.
Obteneroprocurarbeneficiosoventajasindebidas24
,parasíoparaterceraspersonas,
medianteelusodesucargo,autoridad,influenciaoaparienciadeinfluencia.
2.OBTENERVENTAJAS
INDEBIDAS
Concordancias
ConvenciónInteramericanacontralaCorrupción;ArtículoVI(calificacomoactodecorrupción
alrequerimientooaceptación,directaoindirecta,decualquierobjetodevalorpecuniariou
otrosbeneficioscomodadivas,favores,promesasoventajas).
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  • 2. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICAPRINCIPIOS,DEBERESYPROHIBICIONES ÉTICASENLAFUNCIÓNPÚBLICA: GuíaparafuncionariosyservidoresdelEstado ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN) CoordinaciónGeneraldelaCAN Jr.CuscoNº121,piso6,LimaLima.Perú Teléfono:(51)(1)2197000(7118) Email:can@pcm.gob.pehttps://can.pcm.gob.pewww.facebook.com/CAN.Anticorrupcion.Peru Twitter:@canticorrupcion Youtube:CANanticorrupcion CooperaciónAlemana,implementadaporlaDeutscheGesellschaftfürInternationaleZusammenarbeit(GIZ)GmbH ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza) Av.LosIncas172,piso6,ElOlivar,SanIsidro.Lima,Perú Teléfono:(511)4211333-Fax:(511)4214540 www.buenagobernanza.org.pe Responsabledelacontribución ComisióndeAltoNivelAnticorrupción PabloSánchez,PresidentedelaComisióndeAltoNivelAnticorrupción CooperaciónAlemana-GIZ: HartmutPaulsen,DirectordelProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza) Elaboracióndecontenidos: ComisióndeAltoNivelAnticorrupción CampodeAcción3“Accountability”ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza) Revisióndecontenidosycuidadodeedición: ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN) CampodeAcción3“Accountability”ProgramaReformadelEstadoorientadoalaciudadanía(BuenaGobernanza) Primeraedición. Enero2016 Impresión: TareaAsociaciónGráficaEducativa PasajeMaríaAuxiliadora156,Lima5,Perú Diseñográfico: Destaco:DiseñoyComunicación Tiraje: 500ejemplares PrimeraEdición Lima-Perú,Enero2016 HechoelDepósitoLegalenlaBibliotecaNacionaldelPerú:Nº2015-18482 2015,CooperaciónAlemanaalDesarrollo-AgenciadelaGIZenelPerú ProlongaciónArenales801,Miraflores DerechosReservados,prohibidalareproduccióndeestelibroporcualquiermediototaloparcialmente,sinpermisoexpresodeloseditores
  • 5. 1. PrincipiosÉticosdelempleadopúblico 1. Respeto 2. Probidad 3. Eficiencia 4. Idoneidad 5. Veracidad 6. LealtadyObediencia 7. JusticiayEquidad 8. LealtadalEstadodeDerecho 2. DeberesdelaFunciónPública 1. Neutralidad 2. Transparencia 3. Discreción 4. Ejercicioadecuadodelcargo 5. UsoadecuadodelosbienesdelEstado 6. Responsabilidad 3. ProhibicionesÉticasdelempleadopúblico 1. MantenerInteresesenConflicto 2. Obtenerventajasindebidas 3. Realizaractividadesdeproselitismopolítico 4. Hacermalusodeinformaciónprivilegiada 5. Presionar,amenazary/oacosar 4.Consideracionesfinales
  • 7. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 7 H acepocomásdediezañosfueaprobadoelCódigodeÉticadelaFunciónPública mediantelaLeyN°27815deagostode2002,incorporandoenelordenamiento jurídicoocho(8)principios,seis(6)deberesycinco(5)prohibicionesdeinnegable basemoral,conformandounconjuntodepreceptosdirigidosaprofesionalesque laboranenlasentidadespúblicasparaqueatravésdesucumplimiento,promuevan lageneracióndeconfianzaycredibilidadenlacomunidadsobrelafunciónpúblicayenquienesla ejercen.Obviamenteparaello,resultaindispensablepromoversostenidamentesuconocimiento, comprensiónycumplimientoespontáneo. Enconjunto,esteCódigopretendeserelestándaréticocomúnexigibleacadaempleadoy empleada,independientementedesuposiciónjerárquica,antigüedadenelcargo,especialidad delalabor,odelaentidadenlacualsedesempeña.Precisamenteeseestándarético,porsupropia naturalezaesdistintoalmodelooparámetroéticoexistenteenlagestiónprivada,puestoquehay cosasperfectamentelícitasyadmisiblesparaunparticular,quenolosonparaquienessedesem- peñanenlafunciónpúblicaunaempleadapúblicaoempleadopúblico.Porlogeneral,recibir regalosyobsequiosnoesnadamoralmenteilícitoparacualquierparticular,sobretodoenfechas emblemáticascomocumpleaños,aniversariosodíasinstitucionales.Encambio,cuandoseocupa lafunciónpúblicaauncuandoestospresentesnovayanaparejadosexpresamentealabúsquedade ganarfavoresenunsentidoorecompensarlosporhaberlosrecibidos,nopodríanadmitirloscomo cualquierparticular1 .Enigualsentido,sucedeconlasexigenciasdeprobidad,laprevencióndelos conflictosdeintereses,elrespetoalalegalidad,entreotros. Ciertoesqueestosprincipios,deberesyprohibicionespresentanmaticessegúnsetratedela actividadespecíficadeempleadas/ososervidoras/es,delaposiciónjerárquicaqueocupanodela naturalezadelaentidadalacualsirven.Porejemplo,elgradodeexigenciaéticaesmayortratándose delaaltadireccióndeunaentidad,dequienlaboraenunorganismodesupervisiónoregulación, odequienesejercenfuncioneseneláreadeadquisicionesoejercenatributosdeinspeccióno regulaciónsobrederechoseinteresesdeparticulares.Esosedeterminarácasuísticamentesegúnel contextodecadasituación. 1 SAVATER,Fernando;“Ética,Política,Ciudadanía”.EditorialGrijalbo,México,1998,p.46.
  • 8. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 8 Elcumplimientovisibledeestosprincipios,deberesyprohibicionesportodaslaspersonasquela- boranenelsectorpúblicoeselestándaréticoquesedebeexigirenarasdealcanzarloqueseconoce comolaejemplaridadpública2 ,esdecir,laconductahonestaquelaciudadaníaesperadequienes ejercenelpoderpúblico.Enresumen,elliderazgoquelasautoridadesestánllamadasatenerenel ejerciciodelpoderdemodoqueinfluyanpositivamenteenlacolectividad. Enlahorapresente,enquelafunciónpúblicageneradudasydesconfianzaenlaciudadanía debido,nosóloacasosdecorrupciónqueconnopocafrecuenciaseconocen,sino,especialmente alincumplimientodelosestándareséticosmínimosquelaciudadaníaexigealpersonalquelabora enelsectorpúblico3 ,esqueesnecesarioimpulsarunliderazgoejemplarenlaconducta.Yesque debequedarclaroquequieneslaboranenlasentidadespúblicastienenunadobleresponsabili- dad.Porunlado,ladecumplirconelmandatoparaelcualseleeligióocontratóenfueelegido/a ocontratado/aporelEstadoy,porotro,ladecuidarlaimagendelaadministraciónpública,en tantorepresentaalEstado.Deahílaexigenciadeunaconductaejemplarenlasociedad,tantoen suvidapúblicacomoprivada.Así,dado queestáalavista“másexpuestoque losdemás,suactitudpúblicaysuforma decomportarse,susgastos,domicilio, vestuario,eldesufamilia,todoesotiene unafunciónejemplar,tambiéndecara alasociedad”4 . Enefecto,quienessedesempeñan en la función pública deben mostrar una conducta intachable y proba de caraalaciudadanía,suactitudesycom- portamientonosolodebesermostra- dosinoreconocidoporlaspersonascon quienesinteractúan(…)”5 . Noobstantelatranscendenciadees- tosprincipios,deberesyprohibiciones, comúnmente se tiene la percepción que el Código de Ética contiene solo “EsteCódigopretende serelestándarético comúnexigibleacada empleadoyempleada, independientementede suposiciónjerárquica, antigüedadenelcargo, especialidaddelalabor,o delaentidadenlacualse desempeña”.
  • 9. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 9 normasgenerales,abstractas,sinconcreciónclaray,además,desconectadasdeotrasregulaciones delserviciocivil.Enbuenamedidaelloescierto,porquelanaturalezadelCódigodeÉticaesserun documentogeneralaplicableatodalaAdministraciónPúblicademanerapermanente,conteniendo lodeseableoaspiracionaldelaconductafuncionalperosinsupuestosdehechoespecíficos,cuando larealidadenlaquesedesenvuelvenesparticular,contingente,pragmática,inmediataymutable. Estapercepciónhacequeseincurranenequivocadasinterpretacionessobresusalcances,como porejemplo,pensarquelaaplicacióndelCódigodeÉticadelaFunciónPúblicasóloesposiblesise cuentaconcódigosdeconductainstitucionalesosectoriales6 ,oqueelCódigodeÉticadelaFunción Públicaregulasupuestosdistintosdesconectadosalanormassobreincompatibilidades,nepotismo, conflictodeinterésydemásprohibicionesfuncionalesqueseapruebansucesivamentetantopor sectorescomoporregulacióndealcancenacional,regionalolocal. Dichapercepciónerradaconduceaequivocacionesconceptuales,comoentenderquedetermi- nadaaccióntransgresorasoloestáprohibidaapartirdealgunanormaadicionalqueasíloprevea expresamente,sinadvertirquelosprincipios,deberesyprohibicionescontenidasenesteCódigo, porsuextensiónydinamismopotencial(elasticidad,expansiónyproyección)yalascontempla suficientemente,conteniendounjuiciodereprochequepermiteentenderqueyaesunaacción funcionalimpropia.Porejemplo,sibienelfavorecimientoalos/asllamados/asparientespolíticos paraelaccesoaloscargospúblicosnoestácalificadoenlafiguradenepotismo,dichaacción,perse, esunaafrentaaldeberdeneutralidadquenonecesitaríatipificaciónadicional. Porotrolado,laexperienciamuestraquesignificativoscasosdetransgresionesalCódigode Éticanoderivandelasactuacionesdolosasdeliberadasdequieneslasejercendeliberadamente dolosasdesusautoresoautoras,sinodeundéficitdecomprensióndelsentidoquelosvalores éticos poseen en los contextos específicos de la actuación funcional. Coincidentemente, una de las recomendaciones del Consejo de la OCDE sobre el mejoramiento de la conducta ética 2 GOMALANZÓN,Javier;“EjemplaridadPública”,EditorialTaurus,España,2009. 3 Porejemplo,enlaEncuestaNacionalsobrepercepcionesdelacorrupciónenelPerú2013encargadoporPROÉTICAylaComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN)se obtuvieronlossiguientesindicadorespreocupantes:83%deToleranciaaqueun/aempleado/apúblico/afavorezcaasusparientesyamigos/asenelcargo;un83%de Toleranciaaqueserecibanobsequiosodineroparaagilizaruntrámitepúblico;un81%deToleranciaaquesepaguepropinasparaqueperdonenmultas,un73%aquesellenen documentoscondatosfalsosporconvenienciayun70%aqueserobenserviciospúblicos. 4 SAVATER,Fernando;op.cit.,p.66-7. 5 SAVATER,Fernando;op.cit.,p.67. 6 Loscódigosdeconductainstitucionalesosectorialessondocumentosdegestiónyorientaciónalinteriordeunaentidadpública.Sinsustituirlo,constituyeuncomplemento valiosodelCódigodeÉticadelaFunciónPública.
  • 10. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 10 enelserviciopúblicoesque“lasnormaséticasparaelserviciopúblicodebenserclaras”7 ,dado queempleadasyempleadospúblicosnecesitanconocerlosprincipiosynormasqueseespera destinenasutrabajoasícomosaberdóndeselocalizanloslímitesdeunaconductaaceptable, entendimientoqueademásdebesercompartidoentodalaadministraciónyporlacomunidad nacional.Esemismodocumento,tambiénrecomiendaqueservidorasyservidoresdebancontar conunaguíaética,demodoquenosoloseposibiliteunclaroentendimientodelosestándares éticosexigidossinotambiénseproporcionecapacitaciónyasesoríasobrelaexistenciaonode transgresionesencasosespecíficosysituacionesconcretas. Enesemarco,sehaconcebidoelpresenteManual,comoundocumentoorientador,explicativo, ilustrador,deestilocomprensibleyconcretodirigidoatodaslaspersonasquelaboranenlasentida- despúblicassobrelosalcancesycontenidosdelCódigodeÉticadelaFunciónPública,perotambién, dirigidoalasociedadaefectosdetenermayoresymejoreselementosenlavigilanciaycontrolsocial delafunciónpública. EstaherramientaéticaseinscribeenunmodelodeDerecho“promocional”yno“conflictualista”.En esesentido,elpresentetrabajonoseconstituyecomountextolegal,quegeneredirectricesdeobli- gatoriocumplimiento,oquepermitajuzgarotipificarlasaccionescometidasporlasylosempleados públicos.Asimismo,tampocopuedeserutilizadocomounaherramientadecontrolporninguna autoridadadministrativaojudicial.Enresumen,lapretensióndeestedocumentoesseruninstru- mentodeapoyoparalacompresiónymejoraplicacióndelCódigodeÉticadelaFunciónPública. Comocuestióndeprincipio,esteManualalcanzaelmismoámbitosubjetivodelCódigodeÉtica delaFunciónPública,estoes,comprendeatodapersonaquerealiceactividadtemporaloper- manente,remuneradauhonoraria,ennombreoalserviciodelasentidadesdelaAdministración Públicaincluidasenelartículo1delaLeyN°27444incluyendoalasempresaspúblicas,encualquier niveljerárquico,encalidaddepersonalnombrado,contratado,designado,deconfianzaoelectoen calidaddenombrado/a,contratado/a,designado/a,deconfianzaoelecto/a,siendoindiferenteel régimenjurídicodelaentidadenlaquesepresteservicios,elrégimendecarreraodecontrataciónal queestésujeto,einclusivesiestuvierebajoelrégimendecontrataciónadministrativadeservicios8 . Elpresentedocumentoesperaserconsideradocomounaguíaparaeldesempeñocotidianode servidorasyservidores,comounabaseparasucapacitaciónenaspectosdeconductaética.Con dichofin,cadaunodelosprincipios,deberesyprohibicioneshasidodesarrolladodeacuerdoala siguienteestructura:
  • 11. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 11 7 OCDE:OrganizaciónparalaCooperaciónyDesarrolloEconómicos“RecomendacióndelConsejosobreelmejoramientodelaconductaéticaenelserviciopúblico”,en:Lasreglas dejuegocambiaron,laluchacontraelsobornoylacorrupción.Paris,2000. 8 D.Leg.1057Artículo9º. 9 SERVIR,SecretariadeGestiónPública,ComisióndeAltoNivelAnticorrupción(CAN),ContraloríaGeneraldelaRepública. Definiciónyalcancedecadaprincipio,deberyprohibición,afindeentenderelsentidoyrazónde serdelprincipio,delaprohibiciónodeldeberéticoimpuestoaempleadasyempleadospúblicos. Concordanciasconlasprincipalesnormasaplicablesalagestiónpública,aefectosdeestablecer laconexiónnecesariaconotrasregulacionesqueconstituyenespecificacionesdeundeber, prohibiciónoprincipioreguladopositivamente.Porejemplo,elnepotismocomoespecificación delaprohibicióndemantenerconflictosdeinterés. Ejemplosaplicativosparailustrarcadaprincipio,deberoprohibiciónéticaconlarealidadcoti- diana,loquepermitiráidentificarsupuestoscomunesqueconstituyenaccionesuomisiones prohibidasporlasnormaséticasmencionadas. Conrelaciónalosejemplos,sedebeprecisarquesibienexistenconductasclaramenteincompati- blesconlosprincipiosydeberescontenidosenelCódigodeÉticadelaFunciónPública,existenotras endondelalíneadeloqueeséticoonodebeseranalizadaponderandoelprincipioderazonabilidad. Porestarazón,noeselpropósitodeesteManualpresentaruncatálogointegraldehechossan- cionablesdemodoquesepuedadeterminarquelonoenumeradoresultaéticamentecorrecto ono,sinomásbienmostrarcasosrecurrentesdesituacionesenlosqueesosprincipios,debereso prohibicionessevenaplicadosalarealidad. Precisamente,debidoalalíneadelgadaquepuedeexistirendeterminadossupuestosconcre- tos,ysinperjuiciodelasconsultasalasentidadespúblicasconcompetenciaparaatenderlas9 ,una buenaprácticadetodagestiónpúblicaseríadefiniralinteriordecadaentidadespaciosycuerposde reflexiónsobrelosprincipios,deberesyprohibicioneséticasdesarrolladasenesteManual. PabloSánchezVelarde, FiscaldelaNaciónyPresidentedelaComisióndeAltoNivelAnticorrupción
  • 12. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 12 PRINCIPIOSÉTICOSDEL EMPLEADOPÚBLICO
  • 13. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 13 AdecuasuconductahaciaelrespetodelaConstituciónylasleyes,garantizandoque en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento. 1.RESPETO Concordancias Constitución Política del Perú, Artículo 51 (Supremacía de la Constitución); Artículo 139 (PrincipiosyDerechosdelaFunciónJurisdiccional). ConstituciónPolítica,Artículo2(DerechoalaIgualdadantelaLey). LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,TítuloPreliminarArtículoIV,1.1. (Principiodelegalidad);Artículo29(procedimientoadministrativo);Artículo36(legalidaddel procedimiento);Artículo76(Deberesdelasautoridadesenlosprocedimientosadministrati- vos);Artículo239(Faltasadministrativasreferidosalprocedimientoadministrativo);Artículo 230Inciso1(principiodelegalidadsancionador)y2(debidoprocedimientoenmateriasan- cionadora). LeyMarcodeModernizacióndelaGestióndelEstado,LeyN°27658,Articulo11(deberfun- cionaldeprivilegiarsatisfaccióndenecesidadesdelciudadano). TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalh(calificacomofaltalaprevaricación). LeydelServicioCivil,LeyN°30057,ArtículoIII,f),T.P.(LegalidadyEspecialidaddelaNorma); Artículo50(ImpugnacióndelasuspensiónytérminodelServicioCivil). Sentencia 4289-2004-AA/TC (la observancia del debido proceso es obligatoria en sede administrativa).
  • 14. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 14 Comentarios Elsometimientodelaspersonasquelaboranenlasentidadespúblicasalalegalidad-enten- didaensumanifestaciónmásamplia,comoConstituciónPolítica,leyes,reglamentos,senten- cias judiciales firmes- configura una de las garantías esenciales del Estado de derecho. En su acepciónderespeto,nosóloserefiereaunrespetoabstractoogeneralsobreelordenamiento olegalidad,sinoderespetoalaciudadaníay,engeneral,alasylosadministradoscuyasgarantías yderechosestánresguardadosporlalegalidad. Conforme al principio de respeto, todas las actividades realizadas deben encuadrarse en aquellos aspectos que tiene competencia atribuida por alguna norma expresa, satisfacer las etapasyactuacionespropiasdelprocedimientoreguladasenlasleyesyreglamentosaplicables y,sobretodo,perseguirlosfinesquelasnormasconsagranparacadaacción.Enesamedida,el principioderespetoesincompatibleyconstituyeunavulneracióndelmismo,cualquierdeci- siónadoptadaporlaoelempleadopúblicodesucompetenciamaterial,territorialotemporal previstaenlanorma,laconduccióndeunprocedimientoadministrativossincautelarelrespeto a los derechos del público administrado y persiguiendo finalidades personales o de grupo, distintosalinteréspúblico. La definición de respeto enfatiza los derechos a la defensa y al debido procedimiento que protegealaspersonasadministradas,paracontextualizarlasaccionesdesupervisiónydesan- ciónquelaadministraciónejerceconformealeyparaladetecciónypenalizacióndeilícitos.Elfin sancionadornojustificacualquieracción,porqueelprivilegiomoralquetienelaadministración essancionarperorespetandoderechosygarantías,aundequienhacometidola infracción. Porello,esincompatibleconesteprincipioaplicarsanciones: Sinseguirunprocedimientoadministrativoprevio,oqueestenohayacontadoconlasga- rantíasdebidas,tornándoloenunritualismoinútil. Sindarderechoaaudienciapreviaalapersonaadministradaparaqueexponga-porsímismo omediantelaasesoríaquenecesite-suposición. Sin que el procedimiento sea conducido sin dilaciones indebidas, es decir, excediendo el plazolegaloracionalmenteadecuadoenfuncióndelacomplejidaddelasunto,elcompor- tamientodelapersonaprocesada,yloqueordinariamentedemoraenresolveresetipode procedimientos. Sin contar con pruebas suficientes que generen convicción más allá de toda duda sobre la responsabilidadimputadaysiemprequehayansidoobtenidaslegítimamenteysinquese leimpongalacargadeprobarsupropiainocencia.
  • 15. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 15 Sincomunicarpreviamenteuncargoconlainformaciónsuficienteparaejercerel derecho dedefensa,demaneraprecisa,conredacciónclarayqueseainmutablealolargodelproce- dimientosancionador. Sin garantizar derecho de acceso a las pruebas de cargo con antelación para preparar la defensa o contar con un tiempo razonable para entrega de información o absolución de posicionesoformulardescargosyalegaciones. Sinmotivarsuficientementesobrelaresponsabilidaddelasupuestapersonainfractorayla graduacióndelasanciónaaplicarseenfuncióndelosatenuantes,agravantesyeximentes deresponsabilidad. Otramanifestacióndeevidenteincompatibilidadconelprincipioderespetoloconstituye incurrirensituacionesdediscriminación,seapormotivodeorigen,raza,sexo,idioma,religión, condición económica o de cualquier otra índole, así como cualquier conducta (como acoso, chantaje, etc.) que afecte la integridad personal. El principio de respeto en su manifestación detratoigualitario,dignoyrespetuoso,debeestarpresentenosóloalinteriordeunaentidad, sinoquedebeconstituirunapremisadetodapersonaquelaboraenelsectorpúblicoentodo momentodelejerciciodelafunciónpública. Apartirdelasincompatibilidadesconelprincipioderespetovinculadoaldebidoproceso, seconsideranbuenasprácticasquecoadyuvanalejerciciodeunafunciónpúblicaacordecon elprincipioderespeto,lassiguientes: Instaurarprocedimientosadministrativosprevios,quecuentenconlasgarantíasdebidas. Verificary,deserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquecuentenconuna etapaquebrindederechoaaudienciapreviaalapersonaconcernida,paraqueexpongapor símisma,omediantelaasesoríaquenecesite,suposición. Generar procesos o herramientas que permitan a la propia administración controlar los tiempos de duración de la atención de los procedimientos administrativos, a efectos que seanconducidossindilaciones. Verificar y, de ser el caso, implementar procedimientos sancionadores que permitan la evaluación de medios probatorios, en tanto no se trate de un hecho no sujeto a actuación probatoria,antesdelaemisióndelasanción;aplicandoparaellolasconsideracionesprevis- tasenlaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral(LeyN°27444,artículos162y163). Establecerpautasespecíficasparaquelascomunicacionesdepresuntosactosadesvirtuar,se consolidenenundocumentoconinformaciónsuficiente,demaneraprecisa,conredacción clarayqueseainmutable. Generarprocesosoherramientasquepermitanalapropiaadministraciónverificarlavalidez delasnotificacionesdebidas,quepermitaeldebidoejerciciodelderechodedefensa. Verificarydeserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquepermitanquelas
  • 16. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 16 personasinvolucradastenganderechodeaccesoalaspruebasdecargoconantelaciónpara prepararladefensa,dentrodelosplazosestablecidosencadamateria. Establecerpautasespecíficasparaquelasresolucionesocomunicacionesquedeterminenla responsabilidaddequienhacometidolainfracción,seencuentrendebidamentemotivadas sobrecadaaspectodecidido(sanción,atenuantes,agravantes,eximentesderesponsabili- dad,etc.) Actúaconrectitud,honradezyhonestidad,procurandosatisfacerelinterésgeneraly desechandotodoprovechooventajapersonal,obtenidoporsíoporinterpósitapersona. 2.PROBIDAD Concordancias Constitución Política del Perú, Artículo 44 (Es un deber primordial del Estado promover el bienestargeneral) Constitución Política del Perú, Artículo 39 (Todos los funcionarios y trabajadores públicos estánalserviciodelaNación). Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, b) (Principio de Moralidad). LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminarArtículoIII,a);Artículo39b)(Privilegiar interesesdelEstadosobreinteresespropiosodeparticulares) TUOdelaNormatividaddelServicioCivil,Articulo44b)(deberdesupeditarinterésprivado alinteréspúblico)yd)(deberdedesempeñohonestoyprobo).
  • 17. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 17 Comentarios Quien actúa con probidad, actúa. Una empleada proba o empleado probo es quien actúa conhonradez,rectituddeánimoeintegridadensuconductafuncional,particularmente,ensu relaciónconlaspersonasadministradas-seanusuarios/asdelosserviciosoproveedores/asde laentidad-einclusofrentealrestodelpersonal.Lamayormuestradeprobidadeslaexigencia deprivilegiarlosinteresespúblicosconfiadosasuresponsabilidadporencimadesusintereses propios.Deahíquelanormaafirmaquetodoprovechooventajapersonaldebeserdesechado, incluso,todoaquelloquepudieradarlaaparienciadebeneficio. EsteprincipioconstituyelabasedeotrosdebereséticoscontempladosenelpropioCódigo, comolaneutralidad,latransparencia,elejercicioadecuadodelcargoyelusoadecuadodelos bienesdelEstado;asícomodeprohibicioneséticas,comolademantenerconflictodeintereses, obtenerventajasindebidas,proselitismopolíticoyemplearinformaciónprivilegiada. Sinperjuiciodequeenelincumplimientodeotrosdeberesyprohibicionescontenidasenel Código se configure una trasgresión del principio de probidad, existen supuestos frecuentes enlaadministraciónpública(comolaaceptacióndeinvitacionesaalmuerzos,cocteles,eventos públicosocapacitacionesporpartedeproveedoras/es,reconocimientosprotocolaresyotor- gamientosdetítuloshonoríficosdelsectorprivado)quepudierancolisionarconesteprincipio. Resaltamos“pudieran”porque de hecho, no todas las invitaciones o reconocimientos que vienendepartedetercerosconllevanunatransgresiónalaprobidad.Deahíquenoresultaría pertinenteentenderprohibidasestasaccionesdemanerauniforme,sinadmitirexcepciones. Admitiendoqueenocasionespuederesultarmuydelgadalalíneaquedefinesiunasituación afectaelprincipiodeprobidady,porende,debeserdeclinadoporservidorasoservidores,co- rrespondeapreciarsisuaceptaciónpuedeimplicarparaellaoélmismoodarlaimpresiónobje- tivamenteatercerosquesejustificaenalgunadecisiónanteriorquepudierahaberbeneficiado al/ainvitanteoaquienpropiciaelreconocimiento,o,si,decaraalfuturo,generauncompromiso quepuedaafectarlaautonomíadesusdecisionesrespectodequienrecibeelhomenaje. Para ello resulta importante tener en cuenta que serán probablemente reprochables las invitacionesyreconocimientos,aempleadasyempleadospúblicos,provenientesde: Quienrealizaactividadregulada,reglamentadaofiscalizadaporlaentidadenlaquesedes- empeñaelempleadoolaempleadapúblicaohagausodesusservicios. Quien gestiona o actúa bajo autorización, permiso, concesión o similar título habilitante otorgadaporlaentidad.
  • 18. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 18 Quien es contratista o provee bienes y/o servicios a la entidad en la que se desempeña el empleadoolaempleadaosiestátratandodeestablecerrelacionescontractualesocomer- cialesconlaentidad. Quiensuinteréspudieraverseafectadoporladecisiónuomisióndelaentidadenlaquelabora. Siesunapersonajurídica(asociación,fundación,gremioosimilar)enqueparticipen significativamentecualquieradelaspersonasseñaladasantes. Quien estuviere tramitando un procedimiento administrativo en el que algún personal de lasentidadespúblicastuvieraalgunaparticipación. Estossupuestosgeneranreprocheporqueevidencianogeneranlaaparienciadequeexiste uninterésindebidodel/ainvitantedei)obtenerunarelacióncontractual,ii)lograrunaacción oficialfavorable,presenteofutura,oiii)evitarverseafectadaoafectadoporeldesempeñoono, delosdeberesoficiales(criteriodefuenteprohibida). Para evitar incurrir en dichas situaciones, debe entenderse como criterio referencial de evaluaciónparainferirqueunregalo,gratificación,favor,servicio,donativo,préstamo,recono- cimientoocualquierotracosadevalormonetariodeunapersona,noesincompatibleconel principiodeprobidadcuando: Noimplicaparaunoodalaimpresiónobjetivaaterceraspersonasque,laatenciónsedaen respuesta a un actuar anterior que hubiera beneficiado al/a invitante (obtenido, logrado o evitado). No implica para uno o da la impresión objetiva a terceras personas que, la atención se da comouncompromisoafuturoparabeneficiaral/ainvitante(obtenido,logradooevitado). Están fundados en actividades distintas a las de la función pública que desempeña la o el empleadopúblico. Otrassituacionesquereflejaríanincompatibilidadconelprincipiodeprobidadson: Lapercepcióndeotrosingresosadicionalesalascompensacioneseconómicasprovenientes desuentidad,poreldictadodeconferencias,cursosoparticipaciónenactividadesacadé- micas o culturales actuando en representación de la entidad o del Estado, o difundiendo informaciónobtenidaconmotivodesufunción. Elaprovechamientoparticularporpartedeltrabajadorotrabajadoradelospasajesobene- ficiossemejantesgeneradosporlasmillasacumuladasporviajesenlíneasaéreasoagencias turismoenejerciciodelafunciónquefueronpagadosconrecursospúblicos10 . El financiamiento público de publirreportajes, spots televisivos, radiofónicos o materiales depublicidadpararesaltarlaimagenpersonaldelasautoridades,enperiodoelectoralono. Laentregadebienesoprestacióndeserviciosalacomunidadidentificándolos/asmediante
  • 19. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 19 10 CaberesaltarlaexperienciaChilena,quemedianteLeyNº18.575,LeyOrgánicaConstitucionaldeBasesGeneralesdelaAdministracióndelEstadodeChile,(Art.62°)establece quelosservidorespúblicosseencuentranprohibidosdeusarelmillajeuotrobeneficiosimilarqueotorguenlaslíneasaéreasporvuelosnacionalesointernacionalesalosque viajencomoautoridadesofuncionarios,yqueseanfinanciadosconrecursospúblicos. propagandaconlaautoridadquelosprovee(ej.entregadecanastasnavideñasconfotosde laautoridadoconelsímboloolemadelpartido) Colocacióndeavisoenlasobrasoenactividadesoficialesconmenciónoalusiónapartidos políticosoalaimagenpersonaldelasautoridades. Los reconocimientos provenientes de actividades distintas a la funcional parecen menos controvertibles con el principio de probidad, tales como los reconocimientos recibidos por actividaddocenteodeinvestigación.Delmismomodo,silapremiadaeslapropiaentidadyno elempleadoolaempleadaatítulopersonal;siserecibedegobiernos,organismosinternacio- nalesoentidadessinfinesdelucro,conjustificaciónobjetiva,siguiendounprocedimientode seleccióntransparente. Finalmente,esimportanteincidirenqueauncuandoenestossupuestosnoexistaunapro- hibiciónlegalexpresa,incurrirenellosvulnerademodoindubitableelprincipiodeprobidad. Brindacalidadencadaunadelasfuncionesasucargo,procurandoobtenerunacapa- citaciónsólidaypermanente. 3.EFICIENCIA Concordancias LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminar,ArtículoIIIb)(principiosdeeficienciay eficacia),ArtículoII(FinalidaddelaLey),yArtículo11,c)(Lagestióndelacapacitaciónenel sectorpúblicoprocuralaespecializaciónyeficiencia)LeyOrgánicadelPoderEjecutivo,Ley N°29158,T.P.,ArtículoII(principiodeeficiencia)
  • 20. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 20 TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo22(Capacitacióncomodeberfuncional). Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, f) (Principio de eficiencia) NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artículo2,f)(PrincipiodeEficaciay Eficiencia) Comentarios Atravésdeesteprincipioseasumeunmandatodemediosyunmandatodefines. Empleadas y empleados asumen por este principio un mandato de medios y un mandato defines.Elmandatodemediosescapacitarsepermanentementeensuactividadprofesional ylastareasasucargodemaneradeconstruirconsusconocimientos,habilidades,creatividad, innovación la calidad que se requiere en el servicio público. De ahí la importancia de seguir programas de capacitación en herramientas modernas de gestión, uso de herramientas de calidad,emplearincentivosparaasumirlageneracióndeindicadoresdegestiónyevaluaciones demetasyresultados. Elmandatodefinesesbrindarcalidadenlosserviciosquebrindaasusclientasyclientesin- ternos(otrasdependencias,áreasoempleados/asdelaentidad)yexternos(personasnaturales o jurídicas, conocidas genéricamente como“administrados o administradas”), optimizando lautilizacióndelosrecursosdisponibles,procurandoinnovaciónymejoramientocontinuo. La gestión pública estará orientada a la calidad cuando se constituya en una gestión cen- trada en el servicio a la ciudadanía y una gestión orientada a resultados, en este último caso, optimizandolosresultadosalcanzadosconrelaciónalosrecursosdisponibleseinvertidosen suconsecución11 . Son formas evidenciables de alcanzar calidad y eficiencia por parte de las Entidades del SectorPúblico: Implantarprogramasderacionalizacióndelgasto. Lacomunicaciónderesultadosalcanzados, Latransparenciayresponsabilidadpública,larendicióndecuentas. Laaceleracióndelostiemposdeserviciosalacolectividad. Mejorarlosnivelesdesatisfacciónciudadanaporlosserviciosquerecibe. Actualizarelportaldeinformaciónalaciudadaníademaneraamigableycompleta.
  • 21. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 21 11 CLAD,CartaIberoamericanadeCalidadenlaGestiónPública.AprobadaporlaXConferenciaIberoamericanadeMinistrosdeAdministraciónPúblicayreformadelEstadoy AdoptadaporlaXVIIICumbreIberoamericanadeJefesdeEstadoydeGobierno(2008). Contar con servicio de orientación presencial, virtual o telefónica al público usuario en tiemporeal, Aprobarprotocolosdeatenciónalpúblicoconsiderandobuentratoalaciudadanía,horarios extendidos,informaciónadecuada,estándaresytiemposdeatención, Simplificación de trámites rutinarios, redundantes, ineficientes, o que no agregue valor agregadoaladecisión. Laorganizacióndeprogramasdeestímulosalpersonalpararealizarinnovacionesenelservicioo laincorporacióndebuenasprácticasdegestiónpública,retroalimentacióndeprocesosrealizados conanterioridad,ocírculosdecalidadparapromovermejorasalagestióndelaentidad. Aprobar medidas de ecoeficiencia para la gestión cotidiana de la entidad (ej. evitar fugas de agua, mantener equipos o sistemas conectados al servicio eléctrico innecesariamente, reducir servicio de fotocopiado, disponer reúso de papel o útiles de escritorio, materiales deimpresión,administrareficientementelageneraciónydisposiciónderesiduosdepapel, cartón,cartuchosdetintas,etc. Enesesentido,esteprincipioestransgredidocuando,porejemplo,unapersonaqueocupa unpuestoenlaadministraciónpúblicaincumpleinjustificadamenteconlosplazosenlatrami- tacióndeexpedientesadministrativos,nodarespuestaolohacedemaneraparcialalassolici- tudesdeaccesoalainformaciónpública,cuandosehacemalusodelosrecursosdelEstadoal ubicaraunapersonaenunpuestoparaelquenocuentaconelperfilyconocimientoadecuados paralarealizacióndetareasofuncionesespecíficas,aldestinarlashorascorrespondientesalho- rariodetrabajoatemaspersonales,alnoinformaradecuadamentealaciudadanía;entreotros. Loquesebuscaesqueelpersonal-servidorasyservidorespúblicos-tengaladebidaprepara- ciónyloselementosnecesarios,pararealizarsustareasyfuncionesenelmenortiempoposible yconeladecuadousodelosrecursos.
  • 22. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 22 Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. Se debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de las funciones. 4.IDONEIDAD Concordancias LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminar,ArticuloIII,literald)(Principiodelmérito enlaspolíticasderecursoshumanos)yArtículo39literalk)(deberdemejorarcontinuamente suscompetenciasymanteneriniciativaensuslabores). Comentarios Las políticas de recursos humanos de acceso, permanencia, progresión, mejora en las compensacionesydemovilidadsebasanenlaapreciaciónobjetivadelaaptitud,laactitud,el desempeño,lacapacidady,engeneral,laevaluacióndelméritoenlafunciónquedesempeña unounaempleadapública. Quienesparticipanduranteestosprocesostécnicos,encalidaddeórganosdirectivos,consul- tivos,ejecutivosodecontrolinternoquerealizayqueestáacargodelapropiaentidad,deben atenderacomprobarelméritodequienespostulanodelpersonalparaadoptarlasdecisiones correspondientes. Elinterésenlavaloracióndelméritonosolopromuevediferenciarpositivamenteentrequien poseeméritosdequiennolostiene,sinoquebuscaquelagestiónpúblicarecluteymantengaa losmejoresrecursoshumanosdentrodesurealidad.Enparticular,losprocesosqueconducen al acceso al servicio deben considerar instrumentos de selección que den oportunidad a evi- denciardelamaneramásobjetivaelméritodequienpostula,atravésdeanálisisdeinformación
  • 23. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 23 Seexpresaconautenticidadenlasrelacionesfuncionalesdequienesintegranlainsti- tuciónyconlaciudadanía,ycontribuyealesclarecimientodeloshechos. 5.VERACIDAD Concordancias ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo41,(DeclaraciónJuradadeBienesyRentas). Principio N° 27444, Artículo IV, numeral 1.8 (Principio de conducta procedimental) y 1.15 (principiodepredictibilidad). Comentarios Las expresiones, declaraciones, afirmaciones y documentos que genera un/a empleado/a público/a deben ser veraces. Es su responsabilidad confirmar la certeza de los hechos que biográfica,pruebasdeconocimiento,deaptitudescognitivas,psicológicas,físicas,superación desimulacionesyexámenesmédicos. Serecomiendanadoptarlassiguientesmedidasacordesconelprincipiodeidoneidad: Establecer perfiles idóneos a la función a desarrollar, para la contratación de personal de confianza,yparalacontrataciónynombramientoengeneral;conelfindeevitareldireccio- namiento de perfiles de puesto y la aprobación de requisitos inadecuados al cargo que se pretendecubrir. Cumplirestrictamenteconlosprincipiosdeigualdadynodiscriminaciónenladetermina- ción de los perfiles de puestos o en el proceso de selección de postulantes, así como con las normas contra el nepotismo, impidiendo el intercambio de favores entre autoridades gubernamentalesparacontratarparientesdemaneracruzada. Prohibir expresamente que personas sin vínculo contractual o laboral realicen actividades funcionales,aunqueelprocedimientoseencuentreentrámite.
  • 24. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 24 afirmayasegurarsedelaposibilidaddecumplirlosofrecimientosquerealizaantesdeefectuar declaraciones, afirmaciones, firmar documentos o comunicarlos a la ciudadanía y a quienes integranlainstitución. Teniendoenconsideraciónlaformamásrecurrentedevulneracióndelprincipiodeveracidad enlaadministraciónpública,resultanecesarioenfatizarelcumplimientodeesteprincipioen lossiguientessupuestos: Declaracionespúblicassobreeltrabajoquerealizaoaccionesadesarrollar, Explicacionesalaspersonasadministradassobreelestadodeprocedimientoolaubicación delexpediente, Enlascertificacionesqueemite(ej.Valorizacionesdeavancedeobra,certificadosdeestudio odesalud), Informaciónenhojasdevidaocurrícula, Declaracionesdebienesyrentasquerinde, Facturasycomprobantesdepagoquesonpresentadasenlasrendicionesdecuentas, Declaracionesjuradasquepresentaparajustificargastosoviáticos, Entregadeinformaciónodocumentossolicitados;accesoalainformación, Información que se brinda a las autoridades de fiscalización o a sus superiores jerárquicos (enparticularsilainformacióntuvieraincidenciaensuingresoopermanenciaenelcargoo servicio,enlosascensosopromocionesoparajustificaralgunasituaciónlaboralparticular), Enlasafirmacionesuofrecimientosrealizadosalpúblicousuariodelosservicios,lasinceridad enelregistrodetiempos,enlascausalesdejustificacióndelasausencias,entreotros. La contribución al esclarecimiento de los hechos es uno de los aspectos del principio de veracidad que se asocia con la responsabilidad en el ejercicio de la función por lo que la y el empleadopúblicodebenentregaroportunayverazmentelainformaciónqueleseasolicitada paracualquierinvestigaciónsobresusactuacionesodeterceraspersonas.Esoimplicatambién daraccesoalainformación,recintos,lugares,expedientes,documentos,librososistemainfor- máticos necesarios para las diligencias de esclarecimiento por parte de las autoridades com- petentes.Laresponsabilidadimplicalacapacidadderesponderporsusaccionesydecisiones públicassometiéndosealasinvestigacionesyesclarecimientos,queconformealey,serealicen sobresuactuaciónfuncional.
  • 25. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 25 Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cadaquienloqueleesdebido,actuandoconequidadensusrelacionesinterpersona- lesdentrodelEstadoyconlaciudadaníaengeneral. 6.LEALTADYOBEDIENCIA Concordancias Ley del Servicio Civil, Artículo 39 literal a) (Obligación de cumplir lealmente deberes y fun- ción);Artículo85literalb)(esfaltadisciplinarialareiteradaresistenciaalcumplimientodelas órdenessuperiores) TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalb)(calificacióncomofaltalaretirada resistenciaalcumplimientodelasórdenesdesussuperioresrelacionadasconsulabor). Comentarios Launidaddeacciónylacohesióndelasentidadesselograatravésdeunaorganizaciónjerar- quizadaquepermitaunarelaciónordenadadentrodelajerarquíaentrelacapacidadopoderde mandodelsuperiory,eldeberdeobedienciadequienesestánbajosucargo. La estructura interna de todas las entidades constituye una organización piramidal y jerár- quica,enlaquelossuperioresordenanylosinferiorescarecen,frenteaaquellos,deautonomía alguna,debiendoimplementarlaorden,mandatooinstrucciónrecibida.Porello,lossuperiores jerárquicosposeenrespectodelosubicadospordebajoenlaestructura,lacapacidadparadar- leslasórdenesimponiéndolesunaconductaespecíficaenrelaciónconunasuntooconjunto deasuntosconcretosdesucompetencia.Estapotestaddemandoesalavezjurídicaytécnica, peronoarbitrariaoautoritaria. Porello,esdeberdecumplirconelprincipiodeobediencia,atravésdelcualseacatanyejecu- tanlasórdenesimpartidasporlaautoridadcompetente.Obedienciaquenoesalapersonaque detentaelcargojerárquicamentesuperior,sinoalordenamientojurídicoqueledacompetencia
  • 26. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 26 paradarórdenesymandatos.Lafaltadeobedienciaconstituye,deordinario,unafaltadisciplinaria sancionablenosoloporquesecuestionalasubordinaciónjerárquica,sinoporqueseafectala continuidadyoportunidaddelcumplimientodelasaccionesdegestión.Envíainversa,elcumpli- mientodeunmandatouordenlegítimadeautoridadjerárquicamentecompetenteemitidacon lasformalidadeslegalesesunacausaldejustificacióndeconductayexclusiónderesponsabilidad funcionaldadoquelaresponsabilidadcorresponderáalaautoridadjerárquicamentesuperior. Ahora bien, dentro del Estado de derecho, este deber de obediencia no puede entrar en conflictoconotrosvaloreséticosdelserviciocomorespetoylealtadalEstadodeDerecho,por loquenopuedeserejercidodemaneraindiferenterespectoalosvaloresquelaordenrecibida implica.Delocontrario,laobedienciajerárquicaseríauninstrumentovaliosopararegímenes autoritarios,ejecutaractosilegalesosituacionessimilares.Poresoquelaobedienciadebeser másbienunvalordeejercicioconscienteyreflexivoporloqueencuentrasulímitenaturalenla contradicciónquepudierahaberconelprincipiodelegalidadqueleexigeatodo/aempleado/a cumplirconlasreglas,procedimientosyfinesplasmadosenelordenamiento. Eselcasodelasórdenesomandatosilegalesdadosporlossuperioresjerárquicosinmediatos, cuandosoncumplidasporquiendebehacerlo,obviamenteleaparejaresponsabilidadtambién porlaejecucióndeunaacciónindebida.Esdecir,laejecucióndeunaordenmanifiestamente antijurídicaesclaramenteunaacciónantijurídicatambién.Porello,esteprincipioorientasobre cómo proceder en caso de órdenes ilegales, permitiendo al empleado rechazar las mismas cuandoconcurracualquieradelossiguientessupuestos: Quelaordennoprovengadeunaautoridadqueactúedentrodelaesferadesucompetencia, yquelaordencumplaconlosrequisitosdevalidezaplicablesasunaturaleza.Porejemplo,si unadirectoraregionaldierainstruccionesaunempleadodeotraregión,paraquesecontrate aunapersona. Quelaordentengaporobjetolarealizacióndeactosdeservicionovinculadosconlasfun- ciones a su cargo. Por ejemplo, si el jefe ordena a una especialista a su cargo que recolecte firmasparaunpartido. Quelaordenimplicadaconstituyaunaarbitrariedadoilegalidadmanifiestaonotable,esto es,unacontravenciónclaraydirectaaunpreceptodelaleyounanormaexpresa.Porejem- plo,realizarunpagoporunservicionorealizadoocelebraruncontratoquenohaseguido unprocesodeselecciónprevio,sincausaldeexoneraciónqueloampare. Como en la práctica, no solo basta el criterio de la persona que debe acatar la orden para determinar si está frente a alguna de las tres situaciones. Lo que corresponde es que en tales casos se ponga en conocimiento ante la autoridad respectiva su apreciación sobre la orden, paraqueéstoslaconfirmenono.
  • 27. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 27 En cualquiera de estos casos, estamos ante la circunstancia excepcional del ejercicio ilegal del poder de mando jerárquico, surgiendo aquí, la excepción al deber de obediencia ante lo indebido,peroquesecanalizaespecíficamenteantelaautoridadrespectiva. Finalmente, el principio de lealtad y obediencia implica actuar con solidaridad hacia todo elpersonaldesuinstitución,entendidacomolacolaboraciónypredisposiciónparaapoyarse mutuamente en el desarrollo de las funciones, atender sus pedidos como personal interno, entreotras.Noesfundamentoparapracticarunmalespíritudecuerpoparasilenciarprácticas indebidasdelpersonal,incumplimientodegestión,maltratoalpúblicousuario,entreotras. Actúaconfidelidadysolidaridadhaciatodoelpersonaldelainstitución,cumpliendolas órdenesqueleimpartalaautoridadcompetente,enlamedidaquereúnanlasformalida- desdelcasoytenganporobjetolarealizacióndeactosdeservicioquesevinculencon lasfuncionesasucargo,salvolossupuestosdearbitrariedadoilegalidadmanifiestas,las quedeberáponerenconocimiento. 7.JUSTICIAYEQUIDAD Concordancias ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo44(DeberesdelEstado),Artículo26(Principiosdela RelaciónLaboral). Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158 T.P., Artículo III (Principio de Inclusión y Equidad) Comentarios Losvaloresdelajusticiayequidadtienenparticularrelevanciaenlasactividadesdediseñode políticas,preparacióndeplanes,ejecucióndeevaluaciones,preparacióndereglamentosyde regulacionesy,engeneral,encualquieracciónpredominantementediscrecionalenlasqueel personalactúa.Dichosvaloresdebenirimpresosenlasactuacionesdeempleadosyempleadas frentealosadministradosoelpúblicousuariodelosserviciosquelaentidadatiende,teniendo
  • 28. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 28 comomiralainclusiónsocial,lasuperacióndelascausasdelatraso,laasignaciónproporcional delascargasyatribucionesqueelordenamientopermite.Deestamanera,sedebetenerclaro que los valores de justicia y equidad tienen dos dimensiones, aquella que debe ser generada porlapropiaentidadylaquehaderegirelcomportamientodelfuncionariado. Porlaequidad,lagestiónpromuevelaigualdaddetodaslaspersonasenelaccesoalasoportu- nidadesybeneficiosquesederivandelaprestacióndeserviciospúblicosydelaactividadpública engeneral,asícomosevaloransituacionesparticularesdelaspersonasadministradascomopor ejemplo,losagravantesyatenuantesexistentesenelcasoconcretoparaaplicarunasancióno unamedidalimitativadederechos,paradeterminarelmediolegalrazonablementeadecuado alascircunstanciasdelcasoparaejecutarunactoadministrativoovalorarlanecesidaddedictar medidascautelaresocorrectivasdeterminandosucontenido,reconoceralgúncomportamiento incorrectooilegaldelapropiaadministraciónagraviandoalparticularofundarseenlaequidad parasuspenderlaejecucióndeactosimpugnadoscuandosuaplicaciónproducirádañosgraveso irreparablesapersonasparticulares.Sibienlaempleadayelempleadopúblicotieneneldeberde sujetarsealalegalidad,eselpropioordenamientoelquepermite-encasosdecontarconmarcos deapreciaciónadmitidos-seatiendalaequidadcomocriteriofundantedeesasdecisiones. Enelámbitointerno,laequidadenlasrelacionesconelpersonal,esapreciada,porejemplo, cuando se asignan incentivos o estímulos, en la asignación equitativa de los beneficios al personal,enlascargasdetrabajo,enlaadmisióndepermisosoeneldiseñodelasestructuras retributivasqueapreciensuficientementeelméritoyelrendimiento. Enaplicacióndedichoprincipio,sedeberá: Cumplir con el horario de trabajo establecido por su Entidad, actuando con permanente disposicióndeservicioenelcumplimientodesusfunciones. Atenderalaspersonassindiscriminacióndeningunaíndole. Cuando corresponda definir la contratación o ascenso de un personal, se debe priorizar la mayoridoneidadycapacidadparaelcargo. Enlosprogramassocialesdeberánincluirapersonasbeneficiariasquecumplanlosrequisitos establecidosporLeyparaserconsideradoscomotales,yquedelasevaluacioneseconómicas y/osocialessedeterminequerealmenterequierandelaayudaestatal. Asimismo,encumplimientodelprincipiodejusticiayequidad,laentidadpuedeadoptarlas siguientesmedidas: Establecermecanismosidóneosparaverificarelcumplimientodelhorariodetrabajo. Establecer mecanismos que alienten un trato justo entre el personal y entre éstos y los/as administrados/as.
  • 29. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 29 Establecercriteriosparaprocederalascensodelpersonalentantonoseapruebeny/oentren envigencialasnormasaprobadasporSERVIR. Adoptar decisiones en función a la información brindada por los sistemas defocalización dehogaresy/odepersonasbeneficiariasdelosprogramassociales. El funcionariado de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediatodelafunciónpública. 8.LEALTADALESTADO DEDERECHO Comentarios EsteprincipioesunaderivaciónespecíficadelprincipioderespetoalaConstituciónqueeste mismoCódigoplanteaantes.Esunacláusulademocráticaparaelfuncionariadodeconfianza delaAdministración.Conestosebuscagarantizarsucompromisoactivoconlosprincipiosde respeto a la Constitución y con el Estado de derecho y no una subordinación simplemente a quiendetentaelpodercualquieraseasuformadeascensión. Conesteprincipioespecíficosepropendequeencasodeestablecerseenelfuturounrégimen defacto,quienesocupabanposicionesdeconfianzanodeberíanencubrirdichorégimendándole estabilidadaeserégimenusurpadory,asuturno,correspondequelaspersonasqueseanconvoca- dasparareemplazardichasposiciones,declinenlainvitación,conelmismoobjetivo.Atendiendoa dichafinalidadlacomprensióndefuncionariaofuncionariodeconfianzaalcanzaalfuncionariadode designaciónoremociónregulada(ej.titulares,adjuntosoadjuntas,integrantesdelconsejodirectivo deorganismostécnicosespecializadosyreguladoresytribunalesadministrativos),aquienesson delibredesignaciónyremoción(ej.MinistrosyMinistrasdeEstado,ViceministrosyViceministras, SecretariosySecretariasGenerales,etc.),personaldirectivoy,servidorasyservidoresdeconfianza. Paraellolanormaestablecelacláusulafinal,enelsentido,queunavezretornadoelEstadodede- rechoquienessirvieronalrégimendefactoseránobjetodeceseautonómicoenlafunciónpública.
  • 31. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 31 Debeactuarconabsolutaimparcialidadpolítica,económicaodecualquierotraíndole eneldesempeñodesusfuncionesdemostrandoindependenciaasusvinculaciones conpersonas,partidospolíticosoinstituciones. 1.NEUTRALIDAD Concordancias LPAGTítuloPreliminar,ArtículoIV,numeral1.5.(Principiodeimparcialidad). Ley del Servicio Civil, Artículo 39 literal g) (deberá actuar con imparcialidad y neutralidad política);Artículo85literalm)calificarcomofaltaactosdediscriminaciónporrazóndeorigen, raza,sexo,idioma,religión,opiniónocondicióneconómica). LeydeModernizacióndelEstado,articulo11(deberfuncionaldebrindarservicioimparcial, oportuno,confiable,predecibleydebajocosto) Comentarios Laneutralidadoimparcialidaddelafunciónpúblicaesuncanondeconductaparalabuena administraciónqueelordenamientojurídicoimponecomoformaderespetarelderechoala igualdaddelaciudadanía.Esteprincipiodeimparcialidadtienedosvertientesdeobligaciones: Lavertientenegativadelaimparcialidadimplicalaseparacióndelapolíticaydelaadminis- traciónpúblicaenlamedidaqueatiendeninteresesnonecesariamenteconcurrentesyaque
  • 32. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 32 empleadasyempleadosdebenrespetarlapluralidadpolítica.Paraello,losordenamientosin- corporanreglascomolaneutralidadpolíticaentiemposelectoralesynoelectorales,laprovisión porméritodeloscargospúblicosylacarrerapública. Desdelavertientepositiva,laimparcialidadexpresaquelasautoridadesdebenencadacaso concretoadoptaraquelladecisiónqueentiendasatisfaceelinteréspúblicoyalavezencuentre sustento en la ley, sin que para ello ingresen en el análisis los factores externos o subjetivos políticos, ideológicos, económicos, o sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones,gruposdeinterésydepresión,prejuiciosopreferenciaspersonales. Enesteúltimoalcance,cuandoelempleadooempleadadiseñeunapolítica,interpreteyapli- queunanormaadministrativa,seencuentraenlaobligacióndedispensaraquienseencuentre enprocesodeadministraciónuntratamientoytutelaigualitarios,sindiscriminaranadieporsu lugardeorigen,raza,nacionalidad,sexo,idioma,religión,opinión,edad,condicióneconómica osocial,ydecualquieraotraíndole.Debenevitarcualquiertratamientopreferencialodiscrimi- natoriohaciacualquierpersonaogrupodeellaensusdecisiones,talescomodistinguir,excluir, restringiropreferiraalguiensinbaselegal.Elejemplocomúneselnepotismoyelamiguismo, queconsisteenlapreferenciaporlasamistades,colegasopertenecientesaungrupodeper- sonas(promoción,clubes,logias,etc.)paradesignaciones,contratos,nominacionesyotros. Porlamismarazón,nopuedeadmitirsequeperturbelacalificacióndelinteréspúblicocon algunacontroversiaentresuinteréspersonalyelpúblico,nientresuinteréspersonalconelde las personas administradas, porque cuando las autoridades no puedan cumplir con el deber deimparcialidad,estoes,enfrentenconflictosdeinterés,corresponderáalejarsedelarelación jurídico-procedimentalvoluntariamentemediantelaabstenciónsegúncontemplalaLeydel ProcedimientoAdministrativoGeneral(Artículo88).Aesareglasesumanotrasparticularidades orientadasareforzarlaimparcialidaddelempleadofrentealcasoconcreto,talescomo,elrégi- mendeincompatibilidadesyprohibicionesprevias,concurrentesyposterioresalejerciciode lafunciónpública,laexigenciadedesdoblarenautoridadesdistintaslainstrucciónylasanción deunprocedimientosancionador,entreotras. Lasempleadasyempleadosdebenfundarsusactuacionesenlabaseobjetivaqueleseñala lasatisfaccióndelascomunesnecesidadesdeloscometidospúblicos(interésgeneral),node- biendoguiarseporfinalidadesparticularesdeíndolepersonaloinstitucional.Paranoincurrir endesvíodepoder,todaslasactuacionesadministrativasseorientanaalgunafinalidadpública. Noobstante,laAdministración,comotal,nopuededesempeñarsedentrodelprocedimiento con objetividad, porque en la secuencia, está en juego el interés público del cual, aquélla es gestora y tutora. Las decisiones que se adopten deben ser tomadas sin considerar aspectos políticos, económicos o de cualquier otra índole. Por el contrario, las decisiones que adopten
  • 33. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 33 deberdemostrarindependenciarespectoalasvinculacionesquesemantienenconpersonas (familia, amistades, grupos de promoción), partidos o movimientos políticos o instituciones privadas (gremios,asociaciones,etc.). Sibienestaexigenciasepuedeapreciarmásnítidamenteenlosprocedimientostrilaterales, en los que convergen a la vez dos personas en proceso administrativo, y en los concurrenciales (licitacionesosubastas),tambiéntienelugarenlosprocedimientoslineales(licencias,permisos, etc.)enlosqueeltratamientoigualitariodebeapreciarserespectoaadministradasyadministra- dosquepreviamente,concurrenteoposteriormente,siguenprocedimientosadministrativos delmismotipoantelaautoridad. Finalmente,resultaconvenienteadvertirqueesteprincipionoresultaincompatibleconlas discriminacionesdetratopositivasquelasautoridadesdebenatendercuandolanormaloexige porapreciarseobjetivamentesituacionesdehechoesencialmentediferentes.Porejemplo,el deberdeatenderenlasoficinaspúblicaspreferentementeamujeresembarazadas,personas condiscapacidadopersonasadultasmayores.Enestoscasoseldeberdeimparcialidad–ade- másdetenerbaselegal-noresultaafectadoporqueesasdistincionestienenjustificaciónobje- tivayrazonableyesproporcionalentrelosmediosempleadosylosfinesbuscados. En esa lógica, se deben considerar los siguientes criterios para considerar una actuación acordeconelprincipiodeneutralidad: Cuandotengaunabaseobjetivadirigidaalinterésgeneralopúblico. Cuandolaactuaciónnoseadopteporconsideracionespolíticas,económicas,portratamien- topreferencialinjustificadoodiscriminatorio. Cuando denoten independencia respecto a sus vinculaciones de parentesco, laborales o comerciales. EnatenciónalDeberdeNeutralidad,quienestrabajanenlaadministraciónpúblicadeberán evitarenelcumplimientodesusfunciones: Emitirunalicencia,otorgarunpermisooresolverunprocedimientoadministrativo,encontra deloestablecidoenelmarcolegal,porpresionesdetipopolíticooeconómico. Contratar, despedir u obligar a la renuncia, bajo presiones de la misma naturaleza, o por vinculaciónamicalopartidaria. Solicitaraportesparacampañaspolíticasencuestiónodelpartidopolíticoalcualpertenece.
  • 34. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 34 Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda personanaturalojurídica.Servidorpúblicoyservidorapúblicadebenbrindaryfacilitar informaciónfidedigna,completayoportuna. 2.TRANSPARENCIA Concordancias TUO LeyTransparencia y Acceso a la Información (D.S. N° 043-2003-PCM) y su Reglamento (D.S.N°072-2003-PCM) TUONormativadelServicioCivil,Articulo45f)(deberdeactuarcontransparencia). LOPE,LeyN°29158,T.P.,ArtículoIV(PrincipiodeParticipaciónyTransparencia) Comentarios LaAdministracióncontemporáneaessujetadedemandademayorymejortransparenciacomo unacualidadesencialpararecuperarlalegitimidadylaconfianzaciudadana.Seaspiraaqueenla relaciónconlaciudadanía,empleadosyempleadasactúenconsinceridadysecomprometana garantizarlaaccesibilidadalainformaciónydocumentaciónqueellaposee.Esuncompromisoque debealcanzarlapreocupaciónporexplicar,porhacercomprender,porreconocererroresomala praxis,porabrirarchivosyapuntesyrecuerdos,pordescribirfielmentehechosycircunstancias,en suma,porhacersecomprenderporelpúblicousuario.Unaprincipalreformacontemporáneaesla decisióndeconsiderarcomoreglageneral,laapertura,latransparenciaylaAdministraciónabierta. Laexcepcióneselsigilo,lareservaolaconfidencialidadcuandoelloseaestrictamentenecesariopara protegerbienesjurídicossuperiorescalificadosporlaConstituciónolaley. La transparencia como deber ético de las personas que laboran en las entidades públicas implica un conjunto de obligaciones funcionales, tales como responder por los actos y omi- sionesdegestión,eldesarrollodeprocedimientosabiertosydeconsultaenlaformulaciónde decisionesdegobierno(incluyendolarespuestaoportunayrelevantealcuestionamientode laspropuestasysuimplementación);laaperturaaloselementosdecontrolinternoyexterno,
  • 35. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 35 allibreescrutiniodelaprensademodooportuno,responsableycompetenteencuantoalos asuntosdepolíticaspúblicas(conlasexcepcionesquecontemplalaLeydelamateriaylaLey deAccesoalaInformaciónPública),operacionesgubernamentalesysuintegridad,eltraslado deoficiodeinformaciónalaciudadanía(portalesdeinformación,porejemplo),elaccesoalos documentos e informaciones que obran en las entidades, la publicidad de las normas, actas y documentos de gestión pública, el deber de dar información sobre las políticas y acciones gubernamentales,entreotros. Desdeesaperspectiva,esinformaciónaccesiblealaciudadaníaaquellaqueestábajolacus- todia,administraciónotenenciadelaadministración,laqueelEstadoproduceylainformación que está obligado a producir; la información que está bajo poder de quienes administran los serviciospúblicosydequienesadministrandineropúblico;lainformaciónquelasdependen- ciascaptandeterceros,ylaqueestáobligadoarecolectarencumplimientodesusfuncionesy cualquieraseaelmediodesoporte(contenidaendocumentosescritos,fotografías,grabacio- nes,soportemagnéticoodigital)ysinperjuiciodelaantigüedaddesutenencia. Paracumplirconesteespecíficodeberdedaraccesoalainformación,correspondeque empleadosyempleadascumplancondeterminadasaccionescomolassiguientes: Adaptar la organización para atender el derecho de acceso a la información y designar a responsables. Clasificar toda la información en secreta, confidencial, reservada y accesible, para poder atenderlospedidos. Respondersustancialmentelassolicitudes de información en el plazo legal,determinando siexisteonoelderechodeaccesoalainformaciónsolicitada. Agotarlosmediosdebúsquedadelainformación, Recuperarlainformaciónsolicitadayqueseconsideredestruidaoextraviada. Proveer dentro del tiempo legal y solo con el costo que suponga el pedido la información requerida. Lanecesidaddefundamentarexpresamentelaexistenciadealgunacausalparanoacceder alpedidoynodenegarbajopretextos. Porimperiodeestedeber,lassituacionesexcepcionalesenlasquenoprocedetrasparentar lainformaciónodocumentossonsóloaquellasqueestánseñaladasexpresamenteenlaCons- tituciónPolíticayenlasnormasexpresasyespecíficas12 . 12 LasveremoseneldeberéticodeDiscreción.
  • 36. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 36 EnesesentidoydeacuerdoconelDeberdeTransparencia,ladenegatoriadeinformaciónno deberíasustentarseenlossiguientesargumentos: Quelarevelacióndelainformaciónresulteinconvenienteoafectelaimagendelaautoridad, partidodegobiernooelEstado. QuelarevelaciónpuedacomprometerpolíticamentealaautoridadoalGobierno. Quesedeniegueelpedidoporcualquierconsideraciónsobrelaidentidaddelapersonasoli- citante(Ejemplo:nacionalidad,domicilio,capacidadparaapreciarlainformaciónsolicitada). Quelarevelacióndelainformaciónentorpezcaelcumplimientodelasfuncionesdelórgano requerido. Quehayaoposicióndetercerosparalaentregadelainformación. Queelvolumendelainformaciónseaexcesivo. Queseconsiderequeelcontenidodelainformaciónsolicitadaesfrívolaoirrelevante. Quelainformaciónversesobreproyectosodocumentosinconclusosomeramenteinternososi sonactosdelaentidad,nosujetosaderechoadministrativooreferidosaprocedimientosentrámite. Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga cono- cimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulanelaccesoylatransparenciadelainformaciónpública. 3.DISCRECIÓN Concordancias LeydeProteccióndeDatos,LeyN°29733,ysureglamentoaprobadoporDecretoSupremo N°003-2013-JUS. TUOLeydeTransparenciayAccesoalaInformación(excepciones). LeydelServicioCivil,Ley30057,Artículo39literale)(deberdenoemitiropinionesnideclara- cionesennombredelaentidad);yliteralj)(deberdeguardarreservadeinformaciónsecreta oreservadaauncuandocesendelserviciocivil). TUONormatividaddelServicioCivil,artículo45literalk)(deberdereserva,aundespuésde
  • 37. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 37 habercesadoenelcargo),74literald)(prohibicióndeemitiropiniónenmediosdecomuni- caciónsobreasuntosdeestado) LeyN°27588,Artículo1°(Obligacionesdeguardarsecretooreservadeinformaciónprivile- giadaorelevante). Comentarios Eldeberdediscreciónimplicaparaquientrabajaenlaadministraciónpúblicalanecesidadde conducirseconreservayprudenciaconloshechosqueconozcaoinformacionesdelaentidadode terceraspersonasqueconozcaconmotivodelejerciciodelafunciónencomendada.Existiendoel principioconstitucionaldelatransparenciayelcriteriodelamáximadivulgación,seasumeapriori quetodalainformaciónquelasentidadesposeenesaccesible,sujetasolamenteaunsistemares- tringidodeexcepcionesconbaselegalclara,acordesconunasociedaddemocráticayproporcional alinterésquelosjustifica.Porloqueencasodediscrepanciasoconflictodenormas,eldeberde transparenciaprevalecesobretodaotralegislación. Enesesentido,eldeberdediscreciónsignificaquerespectoaaquellainformaciónexcluidadel accesopúblico,élylaempleadapúblicanodebenusarlaenbeneficiopropioodeterceraspersonas, revelarla,dejarqueotrapersonaloreveleoqueaccedanaellas,personasnoautorizadas,auncuando hayancesadoenelcargo.13 Algunosdeloscasosmásemblemáticosdecasoscalificadoslegalmentecomoreservadosycuya situacióndebeanalizarsecasoporcasoponderandolosdiversosinteresesyderechosinvolucrados sonlossiguientes: Informaciónsecreta,reservadayconfidencial14 :Informaciónsecretaesaquelladelcampomi- litarcuyaexclusióndelaccesopúblicoaseguralaadecuadadefensadelanación,laseguridad nacional,laintegridadterritorial,ylasubsistenciadelrégimendemocráticoolaboresdeinte- ligencia.Lainformaciónreservada,esaquellaquedebeserexcluidadelaccesopúblicocon lafinalidaddecombatirdemaneraeficientealadelincuenciayenelcampodelaseguridad externa,ylaqueseexcluyedelconocimientopúblicoparaasegurareleficienteresguardode losinteresesinternacionalesdelEstado.Finalmente,informaciónconfidencialesaquellaque estáenpoderdelEstado,yquesólocompeteasustitularesyaquellainformaciónestratégica 13 LeydelServicioCivilArtículo39literalj)(deberdeguardarreservadeinformaciónsecretaoreservadaauncuandocesendelserviciocivil)yTUONormatividaddelServicio Civil,articulo45literalk)(deberdereserva,aundespuésdehabercesadoenelcargo). 14 LeyNo.29733,deProteccióndeDatosysureglamentoaprobadoporD.S.No.003-2013-JUS.
  • 38. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 38 paradecisionesdegobierno,acciónsancionadoraoprocesosadministrativosojudiciales. Datospersonalesysensiblesquelasentidadesposean.Conformealrégimendelamateria son“Datospersonales”aquellainformaciónnumérica,alfabética,gráfica,fotográfica,acústi- ca,sobrehábitospersonales,odecualquierotrotipoconcernientealaspersonasnaturales quelasidentificaolashaceidentificablesatravésdemediosquepuedanserrazonablemente utilizados.Porsuparte,“Datossensibles”esaquellainformaciónrelativaadatospersonales referidos a las características físicas, morales o emocionales, hechos o circunstancias de la vida afectiva o familiar, los hábitos personales que corresponden a la esfera más íntima, la informaciónrelativaalasaludfísicaomentaluotrasanálogasqueafectensuintimidad Informaciónprivilegiadaorelevantepara laadministración15 ,estoes,cualquierinformación alaqueaccedenenelejerciciodesusfuncionesyqueportenercaráctersecreta,reservadao confidencialconformealey,resulteprivilegiadaporsucontenidorelevanteyque,portanto, seasusceptibledeemplearseenbeneficiopropioodeterceros,directaoindirectamente.En semejantecondiciónseencuentralainformaciónsobreidentificacióndedenunciantesde actosdecorrupción16 acogidosalareservadesuidentidad. Finalmente,otraproyeccióndeldeberdediscrecióneslaprohibiciónquetienen-empleadas yempleados-deemitiropiniónenmediosdecomunicación,incluyendoredessociales,sobre asuntosdeEstadosincontarconlaautorizaciónpreviacorrespondiente17 .Porunacuestiónde orden, la comunicación hacia la comunidad es realizada por los canales previstos, mediante voceríaautorizadayconelmensajeoficialquecorrespondeaderechoyaloshechos.Porello, constituyeunaproyeccióndeldeberdediscreciónqueelpersonalquenotieneasucargolas comunicacionesenlasentidades,nodéaconocerinformacionesquesurjandesuejerciciodel cargo o publiquen sus opiniones sobre temas oficiales, salvo que se cuente con autorización expresadelempleadopúblicoresponsabledelascomunicaciones. Amaneradeejemplo,sepuedeseñalarqueconstituiríaunavulneracióndelDeberdeDiscreción: Entregarcopiasorevelarapersonasnoautorizadasporelpacienteolapaciente,elcontenido delasHistoriasClínicas. Revelarinformaciónprivilegiada,queotorgueapersonasnaturalesoempresasunaposición injustificadamenteventajosaenelmercadodevalores. Difundir información sobre los materiales empleados en su construcción, equipamiento o medidasdeseguridaddebasespolicialesymilitares. Revelar información sujeta a reserva tributaria o bajo el deber de reserva vinculado a las investigacionesenmateriadecontrol.
  • 39. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 39 15 LeyN°27588,Artículo1°(Obligacionesdeguardarsecretooreservadeinformaciónprivilegiadaorelevante). 16 LeyN°.29542. 17 TUONormatividaddelServicioCivil,articulo74literald)(prohibicióndeemitiropiniónenmediosdecomunicaciónsobreasuntosdeestado)yLeydelServicioCivil,articulo39 literale)(deberdenoemitiropinionesnideclaracionesennombredelaentidad). Conmotivooenocasióndelejerciciodesusfuncionesquienlaboreenelsectorpúblico nodebeadoptarrepresaliadeningúntipooejercercoacciónalgunacontrasuscolegas uotraspersonas. 4.EJERCICIOADECUADODELCARGO Concordancias El empleado y empleada pública, como representantes de la autoridad estatal ejercen el monopolio de la autoridad para el bien común. Para ello tiene la capacidad de mando sobre quienesseencuentranbajosuliderazgoylaspotestadesdeautotutelayejecutoriedadsobre losderechosypatrimoniosdelaciudadanía.Laprimeralepermitedarinstruccionesyórdenes a quienes están bajo su subordinación y obtener la obediencia correspondiente. El segundo, le permite coaccionar a particulares para por ejemplo, el cobro de deudas, acudir a la fuerza pública,ejecutarpatrimonios,coaccionarlasvoluntadesparaalinearlasalinteréscomún. Peroellonoautorizaaque,enelplanointerno,laautoridadejerzacoacciónparaobligaraquediga, oculteoejecutealgoindebido(ej.Inhibirointimidarporsíoporinterpósitapersonaaposiblesdenun- ciantesoquejosos/asconelfindeevitarlapresentacióndedenunciasobuscarsuretiro)oimponera otrosservidores/asactividadesajenasasusfunciones(ej.homenajesalasautoridades,descuentospor planilla,realizarlaboresdemantenimientoojardineríaenlascasasdeellos/ellas),privardederechos(ej. impedirlegozardevacacionesodíasdefranco).Tampocopuedeadoptarrepresaliascontraempleados oempleadasporeventosanterioresadversosasusintereses(ej.haberdenunciadounaincorrección, habercompetidoporuncargo,ohabersidoconanterioridadsujefeojefa). Enelplanoexterno,tampocoquienseencuentrecumpliendocontratoparaelsectorpúblico puede,fueradeloscasosdeejercicioregulardepotestadespúblicas,ejerceractosdecoacción
  • 40. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 40 sobreparticularesoadoptarrepresaliasporalgunaposiciónanterioradversadelparticularcon elempleadoolaempleadapública(ej.Haberpresentadouna queja funcional, una denuncia penalalaFiscalía,ounademandacontenciosa). Eldeberdeejerceradecuadamenteelcargoimplicaquelacuotadepoderatribuidocorres- pondeserejercidaparaperseguirfinespúblicoslícitos,nopudiendoobligaraunempleadoa hacerloquelanormanodisponeniimpedirrealizarloquesíessucometidolegal.Delmismo modo, a personas particulares no puede obligárseles a hacer lo que no desean dentro de su libertadniimpedírselesejerceractividadeslícitas. El medio a través del cual se logra coaccionar es usualmente el anuncio de una amenaza concreta, seria, posible, con el objeto de intimidar (ej. amenaza de privarle de servicios o prestacionesestatalesalasquesetienederecho,aretrasarlaenlosascensosfuturos,arotarle fueradelajurisdicción,osancionarle).Estasamenazasproducenrazonablementeuntemor o compulsión, por lo que la persona se ve obligada a obedecer, realizando la conducta que seleindica. Haycasosenqueesacoacciónamenazantenoesexpresaperoseexplicitasuficientemente pormediodelainfluenciaojerarquíadequienlaejerce,oporelcontextoenqueéstaserealiza. Porejemplo,sise“invita”aproveedores,empresasopersonassujetasasufiscalizaciónparaque realicendonaciones,adquierannúmerosderifas,auspicienagasajos,ofrezcanregalos,benefi- ciosocolaboracionesenbienesodineroparalaentidad.Elloesparticularmentemásevidente siseproduceencontextodenecesidaddelpúblicousuario(ej.Personalmédicodeunhospital públicoduranteunahuelgaquesugiereatendermejoralpúblicousuarioensuconsultorio,la profesoraoprofesorestatalquevendelibrosomaterialesdeconsultaasualumnadoinducien- docondicionesventajosasenlasevaluaciones,osinvendérselosdirectamente,induceaquelo adquierandeterceros,oquelesinducearealizarinvestigacionesuobtenerinformaciónpara subeneficio,oelpolicíaantequienlaciudadaníarecurreparadenunciarunroboosonsujeto debatidaspoliciales). Otrosejemplosquesepuedenconsiderarcomounejercicioinadecuadodelcargoesexigir aporteseconómicosaempresasproveedorasconelfindeapoyarlareeleccióndelasautorida- deslocalesyregionales;ocontratarcomopersonaldelaentidadenlaquelaboraélolafuncio- nariaapersonasquetrabajancomoempleadasenlascasasoensusempresas. Enesesentido,seconsideraráncriteriosparaidentificaruninadecuadoejerciciodelcargode lasylosempleadospúblicosenelplanointernosi: Mediantecoacciónseexigehacer,ocultarodeciralgo.
  • 41. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 41 Seimponenaccionesajenasalafunciónpública. Seadoptanmedidasidentificadascomorepresaliascontralasy/olosempleadospúblicos. Mediantecoacciónnoexpresa,sesometeaempresassujetasafiscalizaciónabrindardona- ciones,regalosobeneficios. Mediantecoacciónexpresa,sesometealpúblicousuariodeserviciospúblicosaunacondición paralaatención,oselederivaamediosprivadosvinculadosalservidor/aparasuatención. Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignadosparaeldesempeñodesusfuncionesdemaneraracional,evitandosuabuso, derrocheodesaprovechamiento,sinemplearopermitirelempleodelosbienesdelEs- tadoparafinesparticularesopropósitosquenoseanaquellosparaloscualeshubieran sidoespecíficamentedestinados. 5.USOADECUADODE LOSBIENESDELESTADO Concordancias LeydelServicioCivilArtículo39literald)(deberdeemplearausteramenterecursospúblicos); Artículo85literalf)(calificarcomofaltalautilizaciónoladisposicióndebienesdelaentidad públicaenbeneficiopropioodeterceros);yliteralI)(calificacomofaltacausardañosmate- rialesalocales,instalaciones,obrasydemásdelaentidad). TUO Normatividad del Servicio Civil, Artículo 45 literal c) (deber de emplear austeramente recursospúblicos),79literalf)(calificacomofaltalautilizaciónodisposicióndebienesdela entidadenbeneficiopropioodetercero),literali)(calificancomofaltacausardañosmate- rialesenlocales,instalaciones,otrosybienesdepropiedaddelaentidadobajosuposesión. LeyN°29151,LeyGeneraldelSistemaNacionaldeBienesEstatalesysuReglamentoaproba- doporD.S.N°007-2008-VIVIENDAysusmodificatorias.
  • 42. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 42 Comentarios Los bienes de dominio público y de dominio privado del Estado así como los recursos que formanpartedelpatrimoniodelasentidadesdelaAdministraciónPúblicaoqueseencuentra bajosuadministraciónestánasignadosydestinadosparaelcumplimientodesusfunciones.El/ laempleado/apúblico/adebeprocederconformealeyalrealizarlosactosdeadministración (por lo que los bienes son usados y aprovechados, incluyendo figuras contractuales de uso, comodatoyconstrucciónyequipamiento),losactosdedisposición(porlosquelosbienesse desplazan de dominio, como venta, permuta, constitución de fideicomiso, superficie, entre otros),actosdeadquisición(porloqueseincorporanbienesasupatrimoniocomodonación, daciónenpago,decomiso,primerainscripcióndedominio,etc.),actosderegistro(inscripción enelsistemaoficialdeinformacióndebienesestatales)yactosdesupervisión(porlosquese controlanlaregularidaddelosactosanteriores). Respectodeellos,esimportantequelasentidadespúblicasimplementenaccionesefectivasy adecuadasparacautelarelusodelosbienesyrecursospúblicos,talescomo: Efectuarinventariosoportunos,detalladosycompletosdelosbienesdelaentidad. Aprobardirectivasparasuadecuadouso,conservaciónymantenimiento,enlasqueseprohí- ba,entreotrossupuestos,elusoprivadodelosmismos(ej.usarelvehículooficialparallevara lafamiliaapasearoirdecompras),ysuabuso,derrocheodesaprovechamiento. Algunasdelasprácticascomunesquesonincompatiblesconestedeberético,son: Hacerllamadastelefónicasdesproporcionadas(porsunúmero,costo,destinooreiteración) de índole personal, a través de equipos o servicios pagados por el Estado (Ej. llamar a un familiaralextranjerooaunaamistadcotidianamenteparaorganizaractividadesprivadas). Vender bienes que están destinados a ser distribuidos gratuitamente a la colectividad (ej. alimentos,frazadas,textosescolares,medicinas,etc.) Usarpersonalmenteoenviajesnooficialeselmillajeuotrobeneficiosimilarqueotorguenlas líneasaéreasoagenciadeviajesporvuelosnacionalesointernacionalesalasqueviajenen representacióndesuentidadyquehayansidofinanciadosconrecursospúblicos. UsarparasíbienesdelEstadooemplearsusequiposoinfraestructuraenprovechopropio(ej. imprimirunatesispersonalusandolaimpresorayútilesdeescritoriodelaentidad). Alquilar la infraestructura pública (ej. losas deportivas, auditorios) o equipos de la entidad (vehículos,materialdeportivodeloscolegios,computadoras,impresoras)paraactividades privadassinautorización. Emplearvehículosoficialesasignadosparaactividadesoficialesenactividadespersonaleso
  • 43. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 43 familiares,oprescindiendodelpersonalasignadoparasuconducción18 . Emplearloslocalesdelasinstitucionesparaagasajospersonalesoreunionesfestivas,afec- tandolacontinuidaddelservicio. Emplear las computadoras asignadas para el trabajo para comunicaciones personales asi- duasenredessociales,visitarpáginasdediversiónorealizarjuegosenred. Aparentar o crear viajes institucionales para realizar viajes a destinos o realizar actividades personales. Disponerrecursospresupuestariosenbeneficiopropioodequienpostuleacargodeelec- ciónpopularopartidopolíticoalguno,entodomomento. Usarlocalesuoficinasdeentidadespúblicas,decolegiosyescuelasestatales,delasfuerzas armadas y de la policía nacional, incluyendo cuarteles, para la realización de conferencias, asambleas,reunionesoactosparaactividadprivadasinautorización. 18 CabeprecisarqueelfuncionariadodelEstadoyexfuncionariostienenasignadosasucargovehículosdeformapermanentetantoparasuusocomoparasuseguridad.El artículo10delDecretoLegislativo1148,LeydelaPolicíaNacionaldelPerú,señalaqueesfuncióndelaPolicíaNacionalbrindarseguridadintegralalPresidenteConstitucional delaRepúblicaenejercicio,alelectoyexPresidentes;seguridadpersonalalosPresidentesdelosPoderesPúblicos,CongresistasdelaRepública,MinistrosdeEstado,Jefesde Estadoenvisitaoficialalpaísyotraspersonalidadesquedetermineelreglamento. Asimismo,existeactualmenteennuestroordenamientojurídicodistintasnormas,lascualesseencuentranenprocesoderevisión(porejemplo,elDecretoSupremoNº008- 2000-IN,DecretoSupremoN°011-2001-PCM,DecretoSupremoNº082-2001-PCM,DecretoSupremoN°002-2003-IN,ResoluciónMinisterialNº1084-2003-IN-PNP,entreotros) queestablecendirectivasylineamientossobrenormasyprocedimientosparabrindarseguridad,protecciónpersonalymovilidadafuncionariosyexfuncionariospúblicos. Enesesentido,existensituacionesendondeelusodelosvehículosoficialespodríaserutilizadoparaactividadesnorelacionadasdirectamenteconlafunciónpública,sinque necesariamentesetransgredaelCódigodeÉtica;siempreycuandoestésiendoutilizadoporelfuncionariooexfuncionarioalcuallehasidoasignadoelvehículo. Enlamismalínea,elTribunalConstitucionalhaseñalado(ResoluciónExp.N°04298-2012-PA/TC)quesibienelvehículooficialdelaltofuncionarionopuedeserdestinadoaluso personaldelcónyuge,hijosuotrosfamiliaresdelfuncionario,tampocopuedeconsiderarsequecualquierusoquesehagadelvehículoporunapersonadistintadelfuncionario constituyaunaconductatípica,porcuantoesinevitablequeelvehículopuedaserutilizadoporotraspersonassinqueellodistorsionenecesariamenteelconceptodeuso personalquehaceelfuncionariodeél.
  • 44. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 44 Todapersonaquelaboreenelsectorpúblicodebedesarrollarsusfuncionesacabali- dadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunciónpública. Antesituacionesextraordinarias,laservidoraoservidorpúblico,puederealizaraque- llastareasqueporsunaturalezaomodalidadnoseanlasestrictamenteinherentesa su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultadesqueseenfrenten. 6.RESPONSABILIDAD Concordancias LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,artículo63.3(responsabilidad por demora o negligencia en el ejercicio de la competencia), y 65.1 (obligación de ejercer competencia). Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057, Artículo 39 a) (debe de cumplir leal y diligentemente deberesyfunciones);c)(deberdeinformarcircunstanciasqueponganenriesgoobjetivos institucionales),yf)deberdeinformaractosdelictivos,faltaseirregularidades). Comentarios Las normas, los documentos de gestión y en general, las reglamentaciones atinentes a los cargosylaboresdeservidoresyservidorasleasignanunconjuntodeobligacionesofunciones derivadasdelaactividadquerealizan.Enesamedida,essuobligaciónagotarlabúsquedade ejercerlasfuncionesacabalidadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunción pública.Elestándaréticoderesponsabilidaddequienlaboraenlaadministraciónpúblicaleexi- genosoloejercerdeoficiolascompetenciasasignadas,sinoademásdesarrollarsucontenido atravésdelcumplimientoformaldelastareasasignadasyaquellasrazonablementeimplícitas delcargo,peroademáscondiligencia,esmeroyprontitud. Comoaplicacióndeestedeber,resultaincompatible:
  • 45. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 45 Ejecutar actividades u ocupar tiempo de la jornada de trabajo en fines ajenos a las institu- cionales. Silenciarlacomisióndefaltasfuncionales,incumplimientosalCódigodeÉticayparticular- menteactosquesuponganperjuicioeconómicoparalaentidadolacomisióndedelitospor servidoresyservidorasoporterceraspersonasenperjuiciodelaadministración;asícomono dartrámiteoportunoalasdenunciasconqueseformulan. Incumplir los instrumentos de rendición de cuentas, de los planes, programas y recursos asignados. Permitirquesedeterioreodestruyaladocumentaciónsustentadoradelasoperaciones. Cumplirformalmenteorutinariamentelastareassindarlevaloragregadoalosinformesque sepreparan. Eldeberpermitequeempleadosyempleadasasumancompetenciasexcepcionalesantesitua- cionesextraordinarias,paraquerealicenaquellastareasqueporsunaturalezaomodalidadnosean estrictamenteinherentesasucargo,siemprequeellasresultennecesariasparamitigar,neutralizaro superarlasdificultadesqueseenfrenten. Estassituacionesimprevisiblesrequierenque,quienestrabajanenelsectorpúblico,asuman competenciasexcepcionalesparamitigarlas,neutralizarlasosuperarlas,comoporejemplolassitua- cionesderivadasdecatástrofesnaturalescomoterremotos,maremotosoinundaciones.Entodos estoscasos,senecesitaqueasumanconresponsabilidadlasactividadesnecesariasparasuperarla situación,especialmentelasaccionesqueserealicenenelmarcodeexoneracionesporsituaciónde emergenciadelanormativadecontratacionesdelEstado.
  • 47. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 47 Mantenerrelacionesoaceptarsituacionesencuyocontextosusinteresespersonales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento delosdeberesyfuncionesasucargo. 1.MANTENERINTERESES DECONFLICTO19 Concordancias LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,Artículo88(Conflictosdeinterés queseresuelvaconlaabstención)yArtículo241(Conflictosdeinterésdeexservidorespúblicos) Ley N° 27588 (Ley que establece prohibiciones a incompatibilidades de funcionarios y servidorespúblicos),Artículo2°(impedimentosfuncionalesconcurrentesyposterioresala gestiónrespectodeempresaseinstitucionesprivadasdentrodesuámbitofuncional)yD.S. N°019-2002-PCM(reglamentacióndeimpedimentos). LeycontraNepotismo,LeyN°26771,ysureglamentoaprobadoporD.S.N°021-2000-PCM. LeydelServicioCivil,LeyN°30057,Artículo39literalh)(deberdenoparticiparniinterveniren contratosconsuentidaduotraentidadenlosquetenganinteréssusparientes);i)(noparti- ciparniintervenirengestióndeinteresesenprocedimientosadministrativosenlaentidady enelsector);83(prohibicionesdenepotismo) 19 InteresesenConflicto:Situaciónenlaquelosinteresespersonalescolisionanconelinteréspúblicoyelejerciciodelasfuncionespúblicas,entendiéndosequecualquier actuaciónrealizadaporlaspersonasquelaboranenlaadministraciónpúblicadebeestardirigidaaasegurarelinteréspúblicoynoafavorecerinteresespersonalesodeterceros.
  • 48. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 48 TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo74literale)(prohibicionesdecelebrarporsío porterceros,directaoindirectamente,contratosenlosquetenganinteréssusparientes). Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 10 (Impedimentos paraserpostory/ocontratista);NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artí- culo11(impedimentos). Comentarios Lanecesidaddeevitarlasuperposicióndeintereses.- Elejerciciodelafunciónpúblicaexigeladelimitaciónclaraentrelosdiversosfinesquetiene unapersonaconuncargopúblico:losfinesprivados(personalesyalosgruposquepertenece, en las vertientes económica, familiar, amical, entre otros), los fines del partido o agrupación políticaalaqueseperteneceylosfinesdelEstado,delacolectividadcomotal,quesedenomina interéspúblicoobúsquedadelbiencomún. ComoafirmaSAVATER,laéticadelafunciónpúblicaexigetenerbienclarosesostresfines, “(…)lostressonlegítimos,perolosonmientrasnosemezclen;esdecir,unapersona,un políticonopuedetomardeterminadasdecisionesquelebeneficianaélpersonalmente, oasupartido,conelpretextodequebeneficianalacolectividad.Loimportanteesque sedistinganesosfines,queelpolíticosepadiferenciarlaactividadconunosfinesocon otros.Ysiunonoescapazdedistinguirentrelosdiversosfines,nodebeofrecersepara laactividadpública,puesesobvioqueesapersonanopuedeocuparunlugarpúblico,ni tampocolopuedehacerunapersonafanatizadayobsesionadaconsupropiopartido,de talmaneraquerealmenteseaincapazdeverquelasociedadesuntodo”20 Toda aquella persona que trabaje en la administración pública debe distinguir y separar radicalmentelosinteresespersonalesdelosinteresespúblicosasucargo,adoptadotodaslas medidasasualcanceparapreveniroevitarlaconjunciónreal,aparenteopotencialdeintereses eneldesempeñodesuactividadquemenoscabelacredibilidadenlarectagestiónpública. ¿QUÉESCONFLICTODEINTERÉS? Elconflictodeinterésesunasituaciónoestadodecosasderiesgorazonableparaelinterés generalconfiadoaun/aempleado/apúblico/a,quesurgeporqueéloellamantiene,concurren- temente, legítimos intereses personales de origen privado (familiares, amicales, económicos,
  • 49. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 49 20 SAVATER,Fernando;op.cit.,p-56-7. 21 InformeLegalNo.189-2012-SERVIR/GG-OAJde29.FEB.2012. sociales, partidarios) que podrían generar un incentivo para favorecerlos (desvío de poder) o, cuandomenos,podríaafectarlaobjetividaddelcriterioparaadoptarladecisiónquelecompete. En su composición concurren tres condiciones: i) El deber funcional que debe ejercerse conimparcialidadyneutralidad;ii)Elinterésprivado(personal,económico,financiero,amical, corporativo,etc.)concurrenteyquepuederesultarimplicadoporladecisiónenlaqueparticipa elempleado;y,iii)Lavaloraciónqueeseinterésprivadopuedeafectardemanerarazonablela objetividaddelanálisis,aunqueellonoseconsume. Algunosejemplosdeconflictodeintereses,lospodemosencontraracontinuación: Si un/a accionista mayoritario/a de una empresa de transporte es nombrado/a Director/a GeneraldeTransporteTerrestre. Siun/aintegrantedelComitédeAdquisicionesvaaevaluarlaspropuestasdetresempresas, enunadelascualessuhermanotieneacciones. Siel/lapresidente/adeunaempresadelEstadoenelrubrodehidrocarburosesconsultor/a deempresasprivadasenelmismorubro. Si un/a empleado/a de la Superintendencia de Banca y Seguros que tiene a su cargo la supervisión del Sistema, renuncia a su cargo y es nombrado/a Gerente/a en una empresa quesupervisaba. Siel/lapresidente/adelComitéqueotorgaunaconcesiónenProinversión,esconsultor/ade lasempresaspostorasenelproceso. Siun/ainspector/alaboralsupervisapersonasohechosrespectodeloscualespodríateneralgún interésdirectooindirecto,ocuyosresultadospodríanfavorecerlo/apositivaonegativamente, comosifiscalizaraelcumplimientodelasobligacioneslaboralesdesupropioempleador/a.21 Conformeasunaturaleza,estaprohibiciónesuninstrumentopreventivodeinfraccionesma- yores,porloqueparasuconfiguraciónnoesnecesarialaconsumacióndelconflictodeinterés conlaaprobacióndelinforme,acto,normaopolíticapúblicaespecíficaenlaqueseimplique elinterésprivado.Laideaesqueapartirdeesteprincipio,todapersonaquelaboraenelsector público debe estar permanentemente alerta sobre cualquier actual o potencial conflicto de interés,tomarlasprevisionesparaevitaresosconflictos,procurartenerdeclaracionesyrevela- ciones oportunas sobre esa situación, y tan pronto las conozca, adopte las decisiones legales máseficientesparaprevenirlasituacióndeconflicto.
  • 50. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 50 Esconvenientediferenciarelverdaderoconflictodelfalsoconflictodeinterés,cuandosibien concurrenenlamismapersonaambosintereses,elinterésprivadonocorrespondeaunaprove- chamientooventajasinounacondiciónnaturaleigualitariaparalaciudadaníaengeneral.Por ejemplo,laconcurrenciaenun/aempleado/apúblico/adelafuncióndesupervisoradebancos ymantenercuentasbancariasotomarunpréstamoenunaempresafinancieradelsector,oser empleadodeOSINERGMINytenersuministroeléctricoconunaempresaregulada. ¿EXISTEUNASOLACLASEDECONFLICTODEINTERÉS? No,existenvariostiposdeconflictosdeinterés. Desdelaperspectivatemporal:losconflictospuedenserpreexistentesalafunciónpública, concurrentesaéstaosubsecuentesalaextincióndelafunción. Losconflictospreexistentesserefieren,porejemplo,alosvínculoseconómicososocietarios dequieningreseopostulealserviciotieneohatenidoconanterioridad.Deordinario,seexpre- sancomoincompatibilidadesoprohibicionesparaejercerlafunciónpública(Ej.accionistade unaempresaqueesproveedoradelaentidadalacualvaaservir,olaasesoraoconsultorade una empresa que es regulada o supervisada por la Entidad en la que posteriormente entra a trabajardichaasesoraoconsultora). Losconflictosconcurrentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosqueconfluyeno convergenconlafunciónpúblicaqueseejercesimultáneamente,porejemplo,siaun/aempleado/a público/alo/aunerelacióndeparentescoconcualquieradelaspersonasadministradasoconsusre- presentantes,autoridades,conquienesadministranlasempresasqueprestenserviciosenlaentidad enlaquelabora;sihaintervenidoantescomoasesor/a,perito/aotestigo/aenunprocedimientoque lecorresponderesolver;osicomoautoridadhubieremanifestadopreviamentesuparecersobreel mismo,demodoquepudieraentendersequesehapronunciadosobreelasunto;sipersonalmente, obiensucónyugeoalgúnparientecercanoydirectotuviereinterésenelasuntoquedeberesolver; situviereamistadíntima,enemistadmanifiestaconcualquieradelaspersonasadministradas intervinientesenelprocedimiento,osituviereohubiesetenidoenlosúltimosdosaños,relación deservicioodesubordinaciónconcualquieradelaspersonasencargadasdelaadministracióno terceraspersonasdirectamenteinteresadasenelasunto,osituvieraenproyectounaconcertación denegociosconalgunadelaspartes,auncuandonoseconcreteposteriormente. Losconflictosdeinteresessubsecuentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosquesur- genconposterioridadalcesedelserviciocivil,comoporejemplo,representaroasistiraunapersona administradaenalgúnprocedimientoenelqueparticipódurantesuactividadenlaentidad,asesorar acualquieradministrado/aenalgúnasuntoqueestabapendientededecisióndurantesurelación
  • 51. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 51 conlaentidad;contratar,directaoindirectamente,aunapersonaconunprocedimientoresuelto consuparticipaciónduranteelúltimoaño.Estaregulacióndelosconflictosabordalosproblemasde las“puertasgiratorias”entreelsectorprivadoyelsectorpúblico,asícomoeldenominado,soborno diferido,porelqueseofrecenanticipadamentecargos,contratosycualquierclasedepagosfuturos paracuandolosresponsablespúblicosabandonenelserviciocivil,porloqueelseguimientoylas restriccionesdesalidadelagestiónpúblicasonútilesparacontrolarestasprácticas. Desdelaperspectivadelasconsecuencias,elconflictopuedeserreal,potencialoaparente. El Conflicto Real existe cuando el interés privado del servidor o servidora interfiere efecti- vamente con sus obligaciones públicas, afectando la independencia de criterio profesional y consumándoseunactoarbitrario.Ej.El/lajefe/adeadministracióndeunaentidadautorizala contratacióndeunaempresaenlacualél/ella(osucónyuge)tieneunaparticipación(acciones). ElConflictoaparentenoesunconflictodeinterésrealoconsumado,peroeslasituaciónenla queotraspersonasqueobservanlasituaciónrazonablementelleganalapercepciónquedicho interésejerceunainfluenciaindebidaenelresponsablepúblico,auncuando,dehecho,noloejerza. Aquínollegaaexistirunconflictoreal,nidesvíodepoderenladecisión,sinembargo,laimageny reputacióndelaautoridad-asícomolaconfianzadelaciudadaníaenlajusticiaeimparcialidaddelos procedimientos-quedaenduda,porloquedebeevitarse.Estamosfrenteauninteréspersonalque nonecesariamentevaainfluenciarenlatomadedecisionesdelapersonaempleada,noobstante,el sólohechodeexistirelriesgo,puededarlugaraqueotros/asconsiderenquelosinteresespersonales primanyejerceninfluenciaenelcumplimientodesusdeberes,locual,entérminosdeimagen,debe igualmenteevitarse.Ej.Un/aempleado/apúblico/aqueesaccionistadeunaempresafarmacéutica ylaboraenunaentidadodependenciaencargadadeautorizarysupervisarladistribuciónycalidad demedicamentosenelpaís.Enestecasoesprobablequeel/laempleado/aenmenciónactúecon totalneutralidadeimparcialidadensulabor,peroaojosdelaopiniónpública,porlomenos,aparen- temente,sutrabajopodríaestarinfluenciadoporsusintereseseconómicos. Losconflictosdeinteresesaparentespuedensertandañinosparaelprestigioycredibilidad delaadministracióncomounconflictodeinteresesrealmenteexistente,auncuandosehayan tomadolasdecisionescorrectas. El conflicto potencial de intereses sucede cuando quien asume la responsabilidad pública tieneuninterésprivadoopersonalquepodríacausarleunconflictodesurgirenalgúnmomen- toenelfuturoaunquenoexistaahoraeseconflicto.Ej.Siunaempleadaoempleadopúblico, integrantedelcomitépermanentedeseleccióndebienesyserviciosdeunaentidad,esaccio- nistadeunaempresadeserviciosquecontrataregularmenteconentidadescomoaquellaen la que trabaja el/la empleado/a mencionado/a. El conflicto de intereses sólo se configuraría
  • 52. GUÍAPARAFUNCIONARIOS YSERVIDORESDELESTADO PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA 52 silareferidaempresasepresentaaunprocesoenlaentidadyel/laempleado/apúblico/ano seinhibedeparticiparenelcomitéresponsabledeelegiralaempresaproveedoraganadora. Paraevitarestosconflictospotencialesyaparentes,sesugierelaimplementacióndedeclara- cionesjuradasdeinteresesquepermitanalempleado/apúblico/atransparentarsusintereses comerciales,económicosofinancieros,detalmaneraquepuedainhibirseenloscasosenlos queelconflictodeinteresespotencialpuedaconvertirseenunoreal. ¿CÓMOIDENTIFICARSINOSENCONTRAMOSFRENTEAUNCONFLIC- TODEINTERESES? Algunasdelaspreguntasclavesparadilucidarsiseencuentraenunconflictodeintereses, sonlassiguientes:22 ¿Quépasaríasiseinviertenlasposiciones:siyofueraquiensolicitauntrabajoounapromo- ción?¿Pensaríaqueelprocesoenelqueparticipécomoseleccionador/afuejusto? ¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,ganarfinancieramenteacausadela decisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaorganización? ¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,verafectadanuestrareputaciónante unadecisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaentidad? ¿Soy miembro de alguna organización, club, o tengo vínculos con personas que puedan verseafectadasobeneficiadasconelresultadodeladecisiónquemecorrespondeadoptar sobreelasunto? ¿Podríahaberenelfuturobeneficiospersonalesparamíoalguienvinculadoamíporladeci- siónenlaqueparticiparé,quepuedangenerardudasobremiobjetividad? ¿Siparticipoenlaevaluaciónotomadecisiones,mepreocuparíasimiscolegasyelpúblico llegaranaconocermiasociaciónoconexiónconlaspersonasbeneficiadaspormidecisión? ¿Unapersonajustayrazonablepodríaafirmarquefuiinfluenciado/aporuninteréspersonal aldesempeñarmisresponsabilidadespúblicas? Medidaspreventivas: Laprohibiciónimplicaqueelempleadonopuedemantenerrelacionesoaceptarsituaciones encuyocontextosusinteresespersonalespudieranestarenconflictoconelcumplimentodelos deberesyfuncionesasucargo.Paracumplirconello,lasmedidasqueencadacasocorresponde adoptarsonlasqueelordenamientoestablece,comoporejemplo,lanopostulaciónauncargo paraelcualsetieneunconflictodeinterés(lanormageneralmentelesdenominaimpedimentos oincompatibilidades),laabstencióndelejerciciodelacompetenciaquelecorrespondierele-
  • 53. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente 53 22 LaHoradelaTransparencia,p.295. 23 Enlalegislaciónperuananohaynormaqueobliguealapresentacióndedeclaracionesjuradasdeintereses,aunqueenalgunasentidadespúblicasseestilacomounabuena prácticalapresentaciónvoluntariadelasmismas.Noobstanteello,resultanecesarioqueseregulemedianteleyoensudefectopordirectivas,laobligacióndesupresentación. 24 Ventajaindebida:CualquierliberalidadobeneficionoreconocidoporlaLey,decualquiernaturaleza,quepropicienparasíoparaterceroslosempleadospúblicos,seadirectao indirectamente,porelcumplimiento,incumplimientouomisióndesufunción;asícomohacervalersuinfluenciaoaparienciadeésta,prometiendounaactuaciónuomisiónpropiaoajena. galmente,lasdeclaracionespreventivasdeintereses23 ypatrimonios,elabandonodelosinterés privadosqueconstituyenelimpedimento,latransparenciadelainformación.Afaltaderegulación explícita,elservidoroservidorapodríaconsideraralgunadelassiguientes: Las declaraciones juradas de bienes y rentas informan sobre el patrimonio que posee o percibeduranteelejerciciodelcargoqueocupasupresentación. Laseparacióndelcargoolaabstencióndelacompetenciacuandoesparientedecualquiera delaspersonasadministradasoconsusempresas,sipersonalmenteoalguienrelacionado tuviereinterésenelasuntodequesetratauotrosemejante,osituviereamistadcercanao enemistadmanifiestaconcualquieradelaspersonasintervinientesenelprocedimiento,etc. Elabandonodelosinteresesprivadospreviosalaasuncióndelcargo.(Ej.Transferenciadefi- nitiva,confechaciertaverificable,deaccionesantesdeasumirelencargopúblico) Latransparenciadelinterésprivadohacialaorganizaciónadministrativaohacialacolectividad(ej. declaracióndefuentesdeingresos,parentescoointereses,realizacióndeconsultaspreventivasa laoficinacompetentesiconsideradudosaoinciertalaexistenciadeconflictoenelcasoconcreto. Obteneroprocurarbeneficiosoventajasindebidas24 ,parasíoparaterceraspersonas, medianteelusodesucargo,autoridad,influenciaoaparienciadeinfluencia. 2.OBTENERVENTAJAS INDEBIDAS Concordancias ConvenciónInteramericanacontralaCorrupción;ArtículoVI(calificacomoactodecorrupción alrequerimientooaceptación,directaoindirecta,decualquierobjetodevalorpecuniariou otrosbeneficioscomodadivas,favores,promesasoventajas).