Este documento presenta una guía sobre los principios éticos, deberes y prohibiciones para funcionarios y servidores públicos. Busca promover la confianza de la ciudadanía en la función pública a través del cumplimiento de estándares éticos como la probidad, neutralidad y transparencia. También destaca la necesidad de que los funcionarios tengan una conducta intachable ejemplar para la sociedad.
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AdecuasuconductahaciaelrespetodelaConstituciónylasleyes,garantizandoque
en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los
procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido
procedimiento.
1.RESPETO
Concordancias
Constitución Política del Perú, Artículo 51 (Supremacía de la Constitución); Artículo 139
(PrincipiosyDerechosdelaFunciónJurisdiccional).
ConstituciónPolítica,Artículo2(DerechoalaIgualdadantelaLey).
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,TítuloPreliminarArtículoIV,1.1.
(Principiodelegalidad);Artículo29(procedimientoadministrativo);Artículo36(legalidaddel
procedimiento);Artículo76(Deberesdelasautoridadesenlosprocedimientosadministrati-
vos);Artículo239(Faltasadministrativasreferidosalprocedimientoadministrativo);Artículo
230Inciso1(principiodelegalidadsancionador)y2(debidoprocedimientoenmateriasan-
cionadora).
LeyMarcodeModernizacióndelaGestióndelEstado,LeyN°27658,Articulo11(deberfun-
cionaldeprivilegiarsatisfaccióndenecesidadesdelciudadano).
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalh(calificacomofaltalaprevaricación).
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,ArtículoIII,f),T.P.(LegalidadyEspecialidaddelaNorma);
Artículo50(ImpugnacióndelasuspensiónytérminodelServicioCivil).
Sentencia 4289-2004-AA/TC (la observancia del debido proceso es obligatoria en sede
administrativa).
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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Comentarios
Elsometimientodelaspersonasquelaboranenlasentidadespúblicasalalegalidad-enten-
didaensumanifestaciónmásamplia,comoConstituciónPolítica,leyes,reglamentos,senten-
cias judiciales firmes- configura una de las garantías esenciales del Estado de derecho. En su
acepciónderespeto,nosóloserefiereaunrespetoabstractoogeneralsobreelordenamiento
olegalidad,sinoderespetoalaciudadaníay,engeneral,alasylosadministradoscuyasgarantías
yderechosestánresguardadosporlalegalidad.
Conforme al principio de respeto, todas las actividades realizadas deben encuadrarse en
aquellos aspectos que tiene competencia atribuida por alguna norma expresa, satisfacer las
etapasyactuacionespropiasdelprocedimientoreguladasenlasleyesyreglamentosaplicables
y,sobretodo,perseguirlosfinesquelasnormasconsagranparacadaacción.Enesamedida,el
principioderespetoesincompatibleyconstituyeunavulneracióndelmismo,cualquierdeci-
siónadoptadaporlaoelempleadopúblicodesucompetenciamaterial,territorialotemporal
previstaenlanorma,laconduccióndeunprocedimientoadministrativossincautelarelrespeto
a los derechos del público administrado y persiguiendo finalidades personales o de grupo,
distintosalinteréspúblico.
La definición de respeto enfatiza los derechos a la defensa y al debido procedimiento que
protegealaspersonasadministradas,paracontextualizarlasaccionesdesupervisiónydesan-
ciónquelaadministraciónejerceconformealeyparaladetecciónypenalizacióndeilícitos.Elfin
sancionadornojustificacualquieracción,porqueelprivilegiomoralquetienelaadministración
essancionarperorespetandoderechosygarantías,aundequienhacometidola infracción.
Porello,esincompatibleconesteprincipioaplicarsanciones:
Sinseguirunprocedimientoadministrativoprevio,oqueestenohayacontadoconlasga-
rantíasdebidas,tornándoloenunritualismoinútil.
Sindarderechoaaudienciapreviaalapersonaadministradaparaqueexponga-porsímismo
omediantelaasesoríaquenecesite-suposición.
Sin que el procedimiento sea conducido sin dilaciones indebidas, es decir, excediendo el
plazolegaloracionalmenteadecuadoenfuncióndelacomplejidaddelasunto,elcompor-
tamientodelapersonaprocesada,yloqueordinariamentedemoraenresolveresetipode
procedimientos.
Sin contar con pruebas suficientes que generen convicción más allá de toda duda sobre la
responsabilidadimputadaysiemprequehayansidoobtenidaslegítimamenteysinquese
leimpongalacargadeprobarsupropiainocencia.
15. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
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Sincomunicarpreviamenteuncargoconlainformaciónsuficienteparaejercerel derecho
dedefensa,demaneraprecisa,conredacciónclarayqueseainmutablealolargodelproce-
dimientosancionador.
Sin garantizar derecho de acceso a las pruebas de cargo con antelación para preparar la
defensa o contar con un tiempo razonable para entrega de información o absolución de
posicionesoformulardescargosyalegaciones.
Sinmotivarsuficientementesobrelaresponsabilidaddelasupuestapersonainfractorayla
graduacióndelasanciónaaplicarseenfuncióndelosatenuantes,agravantesyeximentes
deresponsabilidad.
Otramanifestacióndeevidenteincompatibilidadconelprincipioderespetoloconstituye
incurrirensituacionesdediscriminación,seapormotivodeorigen,raza,sexo,idioma,religión,
condición económica o de cualquier otra índole, así como cualquier conducta (como acoso,
chantaje, etc.) que afecte la integridad personal. El principio de respeto en su manifestación
detratoigualitario,dignoyrespetuoso,debeestarpresentenosóloalinteriordeunaentidad,
sinoquedebeconstituirunapremisadetodapersonaquelaboraenelsectorpúblicoentodo
momentodelejerciciodelafunciónpública.
Apartirdelasincompatibilidadesconelprincipioderespetovinculadoaldebidoproceso,
seconsideranbuenasprácticasquecoadyuvanalejerciciodeunafunciónpúblicaacordecon
elprincipioderespeto,lassiguientes:
Instaurarprocedimientosadministrativosprevios,quecuentenconlasgarantíasdebidas.
Verificary,deserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquecuentenconuna
etapaquebrindederechoaaudienciapreviaalapersonaconcernida,paraqueexpongapor
símisma,omediantelaasesoríaquenecesite,suposición.
Generar procesos o herramientas que permitan a la propia administración controlar los
tiempos de duración de la atención de los procedimientos administrativos, a efectos que
seanconducidossindilaciones.
Verificar y, de ser el caso, implementar procedimientos sancionadores que permitan la
evaluación de medios probatorios, en tanto no se trate de un hecho no sujeto a actuación
probatoria,antesdelaemisióndelasanción;aplicandoparaellolasconsideracionesprevis-
tasenlaLeydelProcedimientoAdministrativoGeneral(LeyN°27444,artículos162y163).
Establecerpautasespecíficasparaquelascomunicacionesdepresuntosactosadesvirtuar,se
consolidenenundocumentoconinformaciónsuficiente,demaneraprecisa,conredacción
clarayqueseainmutable.
Generarprocesosoherramientasquepermitanalapropiaadministraciónverificarlavalidez
delasnotificacionesdebidas,quepermitaeldebidoejerciciodelderechodedefensa.
Verificarydeserelcaso,implementarprocedimientossancionadoresquepermitanquelas
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YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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personasinvolucradastenganderechodeaccesoalaspruebasdecargoconantelaciónpara
prepararladefensa,dentrodelosplazosestablecidosencadamateria.
Establecerpautasespecíficasparaquelasresolucionesocomunicacionesquedeterminenla
responsabilidaddequienhacometidolainfracción,seencuentrendebidamentemotivadas
sobrecadaaspectodecidido(sanción,atenuantes,agravantes,eximentesderesponsabili-
dad,etc.)
Actúaconrectitud,honradezyhonestidad,procurandosatisfacerelinterésgeneraly
desechandotodoprovechooventajapersonal,obtenidoporsíoporinterpósitapersona.
2.PROBIDAD
Concordancias
Constitución Política del Perú, Artículo 44 (Es un deber primordial del Estado promover el
bienestargeneral)
Constitución Política del Perú, Artículo 39 (Todos los funcionarios y trabajadores públicos
estánalserviciodelaNación).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, b) (Principio de
Moralidad).
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminarArtículoIII,a);Artículo39b)(Privilegiar
interesesdelEstadosobreinteresespropiosodeparticulares)
TUOdelaNormatividaddelServicioCivil,Articulo44b)(deberdesupeditarinterésprivado
alinteréspúblico)yd)(deberdedesempeñohonestoyprobo).
17. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
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Comentarios
Quien actúa con probidad, actúa. Una empleada proba o empleado probo es quien actúa
conhonradez,rectituddeánimoeintegridadensuconductafuncional,particularmente,ensu
relaciónconlaspersonasadministradas-seanusuarios/asdelosserviciosoproveedores/asde
laentidad-einclusofrentealrestodelpersonal.Lamayormuestradeprobidadeslaexigencia
deprivilegiarlosinteresespúblicosconfiadosasuresponsabilidadporencimadesusintereses
propios.Deahíquelanormaafirmaquetodoprovechooventajapersonaldebeserdesechado,
incluso,todoaquelloquepudieradarlaaparienciadebeneficio.
EsteprincipioconstituyelabasedeotrosdebereséticoscontempladosenelpropioCódigo,
comolaneutralidad,latransparencia,elejercicioadecuadodelcargoyelusoadecuadodelos
bienesdelEstado;asícomodeprohibicioneséticas,comolademantenerconflictodeintereses,
obtenerventajasindebidas,proselitismopolíticoyemplearinformaciónprivilegiada.
Sinperjuiciodequeenelincumplimientodeotrosdeberesyprohibicionescontenidasenel
Código se configure una trasgresión del principio de probidad, existen supuestos frecuentes
enlaadministraciónpública(comolaaceptacióndeinvitacionesaalmuerzos,cocteles,eventos
públicosocapacitacionesporpartedeproveedoras/es,reconocimientosprotocolaresyotor-
gamientosdetítuloshonoríficosdelsectorprivado)quepudierancolisionarconesteprincipio.
Resaltamos“pudieran”porque de hecho, no todas las invitaciones o reconocimientos que
vienendepartedetercerosconllevanunatransgresiónalaprobidad.Deahíquenoresultaría
pertinenteentenderprohibidasestasaccionesdemanerauniforme,sinadmitirexcepciones.
Admitiendoqueenocasionespuederesultarmuydelgadalalíneaquedefinesiunasituación
afectaelprincipiodeprobidady,porende,debeserdeclinadoporservidorasoservidores,co-
rrespondeapreciarsisuaceptaciónpuedeimplicarparaellaoélmismoodarlaimpresiónobje-
tivamenteatercerosquesejustificaenalgunadecisiónanteriorquepudierahaberbeneficiado
al/ainvitanteoaquienpropiciaelreconocimiento,o,si,decaraalfuturo,generauncompromiso
quepuedaafectarlaautonomíadesusdecisionesrespectodequienrecibeelhomenaje.
Para ello resulta importante tener en cuenta que serán probablemente reprochables las
invitacionesyreconocimientos,aempleadasyempleadospúblicos,provenientesde:
Quienrealizaactividadregulada,reglamentadaofiscalizadaporlaentidadenlaquesedes-
empeñaelempleadoolaempleadapúblicaohagausodesusservicios.
Quien gestiona o actúa bajo autorización, permiso, concesión o similar título habilitante
otorgadaporlaentidad.
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ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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Quien es contratista o provee bienes y/o servicios a la entidad en la que se desempeña el
empleadoolaempleadaosiestátratandodeestablecerrelacionescontractualesocomer-
cialesconlaentidad.
Quiensuinteréspudieraverseafectadoporladecisiónuomisióndelaentidadenlaquelabora.
Siesunapersonajurídica(asociación,fundación,gremioosimilar)enqueparticipen
significativamentecualquieradelaspersonasseñaladasantes.
Quien estuviere tramitando un procedimiento administrativo en el que algún personal de
lasentidadespúblicastuvieraalgunaparticipación.
Estossupuestosgeneranreprocheporqueevidencianogeneranlaaparienciadequeexiste
uninterésindebidodel/ainvitantedei)obtenerunarelacióncontractual,ii)lograrunaacción
oficialfavorable,presenteofutura,oiii)evitarverseafectadaoafectadoporeldesempeñoono,
delosdeberesoficiales(criteriodefuenteprohibida).
Para evitar incurrir en dichas situaciones, debe entenderse como criterio referencial de
evaluaciónparainferirqueunregalo,gratificación,favor,servicio,donativo,préstamo,recono-
cimientoocualquierotracosadevalormonetariodeunapersona,noesincompatibleconel
principiodeprobidadcuando:
Noimplicaparaunoodalaimpresiónobjetivaaterceraspersonasque,laatenciónsedaen
respuesta a un actuar anterior que hubiera beneficiado al/a invitante (obtenido, logrado o
evitado).
No implica para uno o da la impresión objetiva a terceras personas que, la atención se da
comouncompromisoafuturoparabeneficiaral/ainvitante(obtenido,logradooevitado).
Están fundados en actividades distintas a las de la función pública que desempeña la o el
empleadopúblico.
Otrassituacionesquereflejaríanincompatibilidadconelprincipiodeprobidadson:
Lapercepcióndeotrosingresosadicionalesalascompensacioneseconómicasprovenientes
desuentidad,poreldictadodeconferencias,cursosoparticipaciónenactividadesacadé-
micas o culturales actuando en representación de la entidad o del Estado, o difundiendo
informaciónobtenidaconmotivodesufunción.
Elaprovechamientoparticularporpartedeltrabajadorotrabajadoradelospasajesobene-
ficiossemejantesgeneradosporlasmillasacumuladasporviajesenlíneasaéreasoagencias
turismoenejerciciodelafunciónquefueronpagadosconrecursospúblicos10
.
El financiamiento público de publirreportajes, spots televisivos, radiofónicos o materiales
depublicidadpararesaltarlaimagenpersonaldelasautoridades,enperiodoelectoralono.
Laentregadebienesoprestacióndeserviciosalacomunidadidentificándolos/asmediante
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo22(Capacitacióncomodeberfuncional).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 4, f) (Principio de
eficiencia)
NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artículo2,f)(PrincipiodeEficaciay
Eficiencia)
Comentarios
Atravésdeesteprincipioseasumeunmandatodemediosyunmandatodefines.
Empleadas y empleados asumen por este principio un mandato de medios y un mandato
defines.Elmandatodemediosescapacitarsepermanentementeensuactividadprofesional
ylastareasasucargodemaneradeconstruirconsusconocimientos,habilidades,creatividad,
innovación la calidad que se requiere en el servicio público. De ahí la importancia de seguir
programas de capacitación en herramientas modernas de gestión, uso de herramientas de
calidad,emplearincentivosparaasumirlageneracióndeindicadoresdegestiónyevaluaciones
demetasyresultados.
Elmandatodefinesesbrindarcalidadenlosserviciosquebrindaasusclientasyclientesin-
ternos(otrasdependencias,áreasoempleados/asdelaentidad)yexternos(personasnaturales
o jurídicas, conocidas genéricamente como“administrados o administradas”), optimizando
lautilizacióndelosrecursosdisponibles,procurandoinnovaciónymejoramientocontinuo.
La gestión pública estará orientada a la calidad cuando se constituya en una gestión cen-
trada en el servicio a la ciudadanía y una gestión orientada a resultados, en este último caso,
optimizandolosresultadosalcanzadosconrelaciónalosrecursosdisponibleseinvertidosen
suconsecución11
.
Son formas evidenciables de alcanzar calidad y eficiencia por parte de las Entidades del
SectorPúblico:
Implantarprogramasderacionalizacióndelgasto.
Lacomunicaciónderesultadosalcanzados,
Latransparenciayresponsabilidadpública,larendicióndecuentas.
Laaceleracióndelostiemposdeserviciosalacolectividad.
Mejorarlosnivelesdesatisfacciónciudadanaporlosserviciosquerecibe.
Actualizarelportaldeinformaciónalaciudadaníademaneraamigableycompleta.
21. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
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11
CLAD,CartaIberoamericanadeCalidadenlaGestiónPública.AprobadaporlaXConferenciaIberoamericanadeMinistrosdeAdministraciónPúblicayreformadelEstadoy
AdoptadaporlaXVIIICumbreIberoamericanadeJefesdeEstadoydeGobierno(2008).
Contar con servicio de orientación presencial, virtual o telefónica al público usuario en
tiemporeal,
Aprobarprotocolosdeatenciónalpúblicoconsiderandobuentratoalaciudadanía,horarios
extendidos,informaciónadecuada,estándaresytiemposdeatención,
Simplificación de trámites rutinarios, redundantes, ineficientes, o que no agregue valor
agregadoaladecisión.
Laorganizacióndeprogramasdeestímulosalpersonalpararealizarinnovacionesenelservicioo
laincorporacióndebuenasprácticasdegestiónpública,retroalimentacióndeprocesosrealizados
conanterioridad,ocírculosdecalidadparapromovermejorasalagestióndelaentidad.
Aprobar medidas de ecoeficiencia para la gestión cotidiana de la entidad (ej. evitar fugas
de agua, mantener equipos o sistemas conectados al servicio eléctrico innecesariamente,
reducir servicio de fotocopiado, disponer reúso de papel o útiles de escritorio, materiales
deimpresión,administrareficientementelageneraciónydisposiciónderesiduosdepapel,
cartón,cartuchosdetintas,etc.
Enesesentido,esteprincipioestransgredidocuando,porejemplo,unapersonaqueocupa
unpuestoenlaadministraciónpúblicaincumpleinjustificadamenteconlosplazosenlatrami-
tacióndeexpedientesadministrativos,nodarespuestaolohacedemaneraparcialalassolici-
tudesdeaccesoalainformaciónpública,cuandosehacemalusodelosrecursosdelEstadoal
ubicaraunapersonaenunpuestoparaelquenocuentaconelperfilyconocimientoadecuados
paralarealizacióndetareasofuncionesespecíficas,aldestinarlashorascorrespondientesalho-
rariodetrabajoatemaspersonales,alnoinformaradecuadamentealaciudadanía;entreotros.
Loquesebuscaesqueelpersonal-servidorasyservidorespúblicos-tengaladebidaprepara-
ciónyloselementosnecesarios,pararealizarsustareasyfuncionesenelmenortiempoposible
yconeladecuadousodelosrecursos.
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso
y ejercicio de la función pública. Se debe propender a una formación sólida acorde
a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de las
funciones.
4.IDONEIDAD
Concordancias
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,TítuloPreliminar,ArticuloIII,literald)(Principiodelmérito
enlaspolíticasderecursoshumanos)yArtículo39literalk)(deberdemejorarcontinuamente
suscompetenciasymanteneriniciativaensuslabores).
Comentarios
Las políticas de recursos humanos de acceso, permanencia, progresión, mejora en las
compensacionesydemovilidadsebasanenlaapreciaciónobjetivadelaaptitud,laactitud,el
desempeño,lacapacidady,engeneral,laevaluacióndelméritoenlafunciónquedesempeña
unounaempleadapública.
Quienesparticipanduranteestosprocesostécnicos,encalidaddeórganosdirectivos,consul-
tivos,ejecutivosodecontrolinternoquerealizayqueestáacargodelapropiaentidad,deben
atenderacomprobarelméritodequienespostulanodelpersonalparaadoptarlasdecisiones
correspondientes.
Elinterésenlavaloracióndelméritonosolopromuevediferenciarpositivamenteentrequien
poseeméritosdequiennolostiene,sinoquebuscaquelagestiónpúblicarecluteymantengaa
losmejoresrecursoshumanosdentrodesurealidad.Enparticular,losprocesosqueconducen
al acceso al servicio deben considerar instrumentos de selección que den oportunidad a evi-
denciardelamaneramásobjetivaelméritodequienpostula,atravésdeanálisisdeinformación
23. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
23
Seexpresaconautenticidadenlasrelacionesfuncionalesdequienesintegranlainsti-
tuciónyconlaciudadanía,ycontribuyealesclarecimientodeloshechos.
5.VERACIDAD
Concordancias
ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo41,(DeclaraciónJuradadeBienesyRentas).
Principio N° 27444, Artículo IV, numeral 1.8 (Principio de conducta procedimental) y 1.15
(principiodepredictibilidad).
Comentarios
Las expresiones, declaraciones, afirmaciones y documentos que genera un/a empleado/a
público/a deben ser veraces. Es su responsabilidad confirmar la certeza de los hechos que
biográfica,pruebasdeconocimiento,deaptitudescognitivas,psicológicas,físicas,superación
desimulacionesyexámenesmédicos.
Serecomiendanadoptarlassiguientesmedidasacordesconelprincipiodeidoneidad:
Establecer perfiles idóneos a la función a desarrollar, para la contratación de personal de
confianza,yparalacontrataciónynombramientoengeneral;conelfindeevitareldireccio-
namiento de perfiles de puesto y la aprobación de requisitos inadecuados al cargo que se
pretendecubrir.
Cumplirestrictamenteconlosprincipiosdeigualdadynodiscriminaciónenladetermina-
ción de los perfiles de puestos o en el proceso de selección de postulantes, así como con
las normas contra el nepotismo, impidiendo el intercambio de favores entre autoridades
gubernamentalesparacontratarparientesdemaneracruzada.
Prohibir expresamente que personas sin vínculo contractual o laboral realicen actividades
funcionales,aunqueelprocedimientoseencuentreentrámite.
24. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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afirmayasegurarsedelaposibilidaddecumplirlosofrecimientosquerealizaantesdeefectuar
declaraciones, afirmaciones, firmar documentos o comunicarlos a la ciudadanía y a quienes
integranlainstitución.
Teniendoenconsideraciónlaformamásrecurrentedevulneracióndelprincipiodeveracidad
enlaadministraciónpública,resultanecesarioenfatizarelcumplimientodeesteprincipioen
lossiguientessupuestos:
Declaracionespúblicassobreeltrabajoquerealizaoaccionesadesarrollar,
Explicacionesalaspersonasadministradassobreelestadodeprocedimientoolaubicación
delexpediente,
Enlascertificacionesqueemite(ej.Valorizacionesdeavancedeobra,certificadosdeestudio
odesalud),
Informaciónenhojasdevidaocurrícula,
Declaracionesdebienesyrentasquerinde,
Facturasycomprobantesdepagoquesonpresentadasenlasrendicionesdecuentas,
Declaracionesjuradasquepresentaparajustificargastosoviáticos,
Entregadeinformaciónodocumentossolicitados;accesoalainformación,
Información que se brinda a las autoridades de fiscalización o a sus superiores jerárquicos
(enparticularsilainformacióntuvieraincidenciaensuingresoopermanenciaenelcargoo
servicio,enlosascensosopromocionesoparajustificaralgunasituaciónlaboralparticular),
Enlasafirmacionesuofrecimientosrealizadosalpúblicousuariodelosservicios,lasinceridad
enelregistrodetiempos,enlascausalesdejustificacióndelasausencias,entreotros.
La contribución al esclarecimiento de los hechos es uno de los aspectos del principio de
veracidad que se asocia con la responsabilidad en el ejercicio de la función por lo que la y el
empleadopúblicodebenentregaroportunayverazmentelainformaciónqueleseasolicitada
paracualquierinvestigaciónsobresusactuacionesodeterceraspersonas.Esoimplicatambién
daraccesoalainformación,recintos,lugares,expedientes,documentos,librososistemainfor-
máticos necesarios para las diligencias de esclarecimiento por parte de las autoridades com-
petentes.Laresponsabilidadimplicalacapacidadderesponderporsusaccionesydecisiones
públicassometiéndosealasinvestigacionesyesclarecimientos,queconformealey,serealicen
sobresuactuaciónfuncional.
25. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
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Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a
cadaquienloqueleesdebido,actuandoconequidadensusrelacionesinterpersona-
lesdentrodelEstadoyconlaciudadaníaengeneral.
6.LEALTADYOBEDIENCIA
Concordancias
Ley del Servicio Civil, Artículo 39 literal a) (Obligación de cumplir lealmente deberes y fun-
ción);Artículo85literalb)(esfaltadisciplinarialareiteradaresistenciaalcumplimientodelas
órdenessuperiores)
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo79literalb)(calificacióncomofaltalaretirada
resistenciaalcumplimientodelasórdenesdesussuperioresrelacionadasconsulabor).
Comentarios
Launidaddeacciónylacohesióndelasentidadesselograatravésdeunaorganizaciónjerar-
quizadaquepermitaunarelaciónordenadadentrodelajerarquíaentrelacapacidadopoderde
mandodelsuperiory,eldeberdeobedienciadequienesestánbajosucargo.
La estructura interna de todas las entidades constituye una organización piramidal y jerár-
quica,enlaquelossuperioresordenanylosinferiorescarecen,frenteaaquellos,deautonomía
alguna,debiendoimplementarlaorden,mandatooinstrucciónrecibida.Porello,lossuperiores
jerárquicosposeenrespectodelosubicadospordebajoenlaestructura,lacapacidadparadar-
leslasórdenesimponiéndolesunaconductaespecíficaenrelaciónconunasuntooconjunto
deasuntosconcretosdesucompetencia.Estapotestaddemandoesalavezjurídicaytécnica,
peronoarbitrariaoautoritaria.
Porello,esdeberdecumplirconelprincipiodeobediencia,atravésdelcualseacatanyejecu-
tanlasórdenesimpartidasporlaautoridadcompetente.Obedienciaquenoesalapersonaque
detentaelcargojerárquicamentesuperior,sinoalordenamientojurídicoqueledacompetencia
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PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
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paradarórdenesymandatos.Lafaltadeobedienciaconstituye,deordinario,unafaltadisciplinaria
sancionablenosoloporquesecuestionalasubordinaciónjerárquica,sinoporqueseafectala
continuidadyoportunidaddelcumplimientodelasaccionesdegestión.Envíainversa,elcumpli-
mientodeunmandatouordenlegítimadeautoridadjerárquicamentecompetenteemitidacon
lasformalidadeslegalesesunacausaldejustificacióndeconductayexclusiónderesponsabilidad
funcionaldadoquelaresponsabilidadcorresponderáalaautoridadjerárquicamentesuperior.
Ahora bien, dentro del Estado de derecho, este deber de obediencia no puede entrar en
conflictoconotrosvaloreséticosdelserviciocomorespetoylealtadalEstadodeDerecho,por
loquenopuedeserejercidodemaneraindiferenterespectoalosvaloresquelaordenrecibida
implica.Delocontrario,laobedienciajerárquicaseríauninstrumentovaliosopararegímenes
autoritarios,ejecutaractosilegalesosituacionessimilares.Poresoquelaobedienciadebeser
másbienunvalordeejercicioconscienteyreflexivoporloqueencuentrasulímitenaturalenla
contradicciónquepudierahaberconelprincipiodelegalidadqueleexigeatodo/aempleado/a
cumplirconlasreglas,procedimientosyfinesplasmadosenelordenamiento.
Eselcasodelasórdenesomandatosilegalesdadosporlossuperioresjerárquicosinmediatos,
cuandosoncumplidasporquiendebehacerlo,obviamenteleaparejaresponsabilidadtambién
porlaejecucióndeunaacciónindebida.Esdecir,laejecucióndeunaordenmanifiestamente
antijurídicaesclaramenteunaacciónantijurídicatambién.Porello,esteprincipioorientasobre
cómo proceder en caso de órdenes ilegales, permitiendo al empleado rechazar las mismas
cuandoconcurracualquieradelossiguientessupuestos:
Quelaordennoprovengadeunaautoridadqueactúedentrodelaesferadesucompetencia,
yquelaordencumplaconlosrequisitosdevalidezaplicablesasunaturaleza.Porejemplo,si
unadirectoraregionaldierainstruccionesaunempleadodeotraregión,paraquesecontrate
aunapersona.
Quelaordentengaporobjetolarealizacióndeactosdeservicionovinculadosconlasfun-
ciones a su cargo. Por ejemplo, si el jefe ordena a una especialista a su cargo que recolecte
firmasparaunpartido.
Quelaordenimplicadaconstituyaunaarbitrariedadoilegalidadmanifiestaonotable,esto
es,unacontravenciónclaraydirectaaunpreceptodelaleyounanormaexpresa.Porejem-
plo,realizarunpagoporunservicionorealizadoocelebraruncontratoquenohaseguido
unprocesodeselecciónprevio,sincausaldeexoneraciónqueloampare.
Como en la práctica, no solo basta el criterio de la persona que debe acatar la orden para
determinar si está frente a alguna de las tres situaciones. Lo que corresponde es que en tales
casos se ponga en conocimiento ante la autoridad respectiva su apreciación sobre la orden,
paraqueéstoslaconfirmenono.
27. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
27
En cualquiera de estos casos, estamos ante la circunstancia excepcional del ejercicio ilegal
del poder de mando jerárquico, surgiendo aquí, la excepción al deber de obediencia ante lo
indebido,peroquesecanalizaespecíficamenteantelaautoridadrespectiva.
Finalmente, el principio de lealtad y obediencia implica actuar con solidaridad hacia todo
elpersonaldesuinstitución,entendidacomolacolaboraciónypredisposiciónparaapoyarse
mutuamente en el desarrollo de las funciones, atender sus pedidos como personal interno,
entreotras.Noesfundamentoparapracticarunmalespíritudecuerpoparasilenciarprácticas
indebidasdelpersonal,incumplimientodegestión,maltratoalpúblicousuario,entreotras.
Actúaconfidelidadysolidaridadhaciatodoelpersonaldelainstitución,cumpliendolas
órdenesqueleimpartalaautoridadcompetente,enlamedidaquereúnanlasformalida-
desdelcasoytenganporobjetolarealizacióndeactosdeservicioquesevinculencon
lasfuncionesasucargo,salvolossupuestosdearbitrariedadoilegalidadmanifiestas,las
quedeberáponerenconocimiento.
7.JUSTICIAYEQUIDAD
Concordancias
ConstituciónPolíticadelPerú,Artículo44(DeberesdelEstado),Artículo26(Principiosdela
RelaciónLaboral).
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158 T.P., Artículo III (Principio de Inclusión y
Equidad)
Comentarios
Losvaloresdelajusticiayequidadtienenparticularrelevanciaenlasactividadesdediseñode
políticas,preparacióndeplanes,ejecucióndeevaluaciones,preparacióndereglamentosyde
regulacionesy,engeneral,encualquieracciónpredominantementediscrecionalenlasqueel
personalactúa.Dichosvaloresdebenirimpresosenlasactuacionesdeempleadosyempleadas
frentealosadministradosoelpúblicousuariodelosserviciosquelaentidadatiende,teniendo
28. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
28
comomiralainclusiónsocial,lasuperacióndelascausasdelatraso,laasignaciónproporcional
delascargasyatribucionesqueelordenamientopermite.Deestamanera,sedebetenerclaro
que los valores de justicia y equidad tienen dos dimensiones, aquella que debe ser generada
porlapropiaentidadylaquehaderegirelcomportamientodelfuncionariado.
Porlaequidad,lagestiónpromuevelaigualdaddetodaslaspersonasenelaccesoalasoportu-
nidadesybeneficiosquesederivandelaprestacióndeserviciospúblicosydelaactividadpública
engeneral,asícomosevaloransituacionesparticularesdelaspersonasadministradascomopor
ejemplo,losagravantesyatenuantesexistentesenelcasoconcretoparaaplicarunasancióno
unamedidalimitativadederechos,paradeterminarelmediolegalrazonablementeadecuado
alascircunstanciasdelcasoparaejecutarunactoadministrativoovalorarlanecesidaddedictar
medidascautelaresocorrectivasdeterminandosucontenido,reconoceralgúncomportamiento
incorrectooilegaldelapropiaadministraciónagraviandoalparticularofundarseenlaequidad
parasuspenderlaejecucióndeactosimpugnadoscuandosuaplicaciónproducirádañosgraveso
irreparablesapersonasparticulares.Sibienlaempleadayelempleadopúblicotieneneldeberde
sujetarsealalegalidad,eselpropioordenamientoelquepermite-encasosdecontarconmarcos
deapreciaciónadmitidos-seatiendalaequidadcomocriteriofundantedeesasdecisiones.
Enelámbitointerno,laequidadenlasrelacionesconelpersonal,esapreciada,porejemplo,
cuando se asignan incentivos o estímulos, en la asignación equitativa de los beneficios al
personal,enlascargasdetrabajo,enlaadmisióndepermisosoeneldiseñodelasestructuras
retributivasqueapreciensuficientementeelméritoyelrendimiento.
Enaplicacióndedichoprincipio,sedeberá:
Cumplir con el horario de trabajo establecido por su Entidad, actuando con permanente
disposicióndeservicioenelcumplimientodesusfunciones.
Atenderalaspersonassindiscriminacióndeningunaíndole.
Cuando corresponda definir la contratación o ascenso de un personal, se debe priorizar la
mayoridoneidadycapacidadparaelcargo.
Enlosprogramassocialesdeberánincluirapersonasbeneficiariasquecumplanlosrequisitos
establecidosporLeyparaserconsideradoscomotales,yquedelasevaluacioneseconómicas
y/osocialessedeterminequerealmenterequierandelaayudaestatal.
Asimismo,encumplimientodelprincipiodejusticiayequidad,laentidadpuedeadoptarlas
siguientesmedidas:
Establecermecanismosidóneosparaverificarelcumplimientodelhorariodetrabajo.
Establecer mecanismos que alienten un trato justo entre el personal y entre éstos y los/as
administrados/as.
29. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
29
Establecercriteriosparaprocederalascensodelpersonalentantonoseapruebeny/oentren
envigencialasnormasaprobadasporSERVIR.
Adoptar decisiones en función a la información brindada por los sistemas defocalización
dehogaresy/odepersonasbeneficiariasdelosprogramassociales.
El funcionariado de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho.
Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e
inmediatodelafunciónpública.
8.LEALTADALESTADO
DEDERECHO
Comentarios
EsteprincipioesunaderivaciónespecíficadelprincipioderespetoalaConstituciónqueeste
mismoCódigoplanteaantes.Esunacláusulademocráticaparaelfuncionariadodeconfianza
delaAdministración.Conestosebuscagarantizarsucompromisoactivoconlosprincipiosde
respeto a la Constitución y con el Estado de derecho y no una subordinación simplemente a
quiendetentaelpodercualquieraseasuformadeascensión.
Conesteprincipioespecíficosepropendequeencasodeestablecerseenelfuturounrégimen
defacto,quienesocupabanposicionesdeconfianzanodeberíanencubrirdichorégimendándole
estabilidadaeserégimenusurpadory,asuturno,correspondequelaspersonasqueseanconvoca-
dasparareemplazardichasposiciones,declinenlainvitación,conelmismoobjetivo.Atendiendoa
dichafinalidadlacomprensióndefuncionariaofuncionariodeconfianzaalcanzaalfuncionariadode
designaciónoremociónregulada(ej.titulares,adjuntosoadjuntas,integrantesdelconsejodirectivo
deorganismostécnicosespecializadosyreguladoresytribunalesadministrativos),aquienesson
delibredesignaciónyremoción(ej.MinistrosyMinistrasdeEstado,ViceministrosyViceministras,
SecretariosySecretariasGenerales,etc.),personaldirectivoy,servidorasyservidoresdeconfianza.
Paraellolanormaestablecelacláusulafinal,enelsentido,queunavezretornadoelEstadodede-
rechoquienessirvieronalrégimendefactoseránobjetodeceseautonómicoenlafunciónpública.
32. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
32
empleadasyempleadosdebenrespetarlapluralidadpolítica.Paraello,losordenamientosin-
corporanreglascomolaneutralidadpolíticaentiemposelectoralesynoelectorales,laprovisión
porméritodeloscargospúblicosylacarrerapública.
Desdelavertientepositiva,laimparcialidadexpresaquelasautoridadesdebenencadacaso
concretoadoptaraquelladecisiónqueentiendasatisfaceelinteréspúblicoyalavezencuentre
sustento en la ley, sin que para ello ingresen en el análisis los factores externos o subjetivos
políticos, ideológicos, económicos, o sus vinculaciones con personas, partidos políticos o
instituciones,gruposdeinterésydepresión,prejuiciosopreferenciaspersonales.
Enesteúltimoalcance,cuandoelempleadooempleadadiseñeunapolítica,interpreteyapli-
queunanormaadministrativa,seencuentraenlaobligacióndedispensaraquienseencuentre
enprocesodeadministraciónuntratamientoytutelaigualitarios,sindiscriminaranadieporsu
lugardeorigen,raza,nacionalidad,sexo,idioma,religión,opinión,edad,condicióneconómica
osocial,ydecualquieraotraíndole.Debenevitarcualquiertratamientopreferencialodiscrimi-
natoriohaciacualquierpersonaogrupodeellaensusdecisiones,talescomodistinguir,excluir,
restringiropreferiraalguiensinbaselegal.Elejemplocomúneselnepotismoyelamiguismo,
queconsisteenlapreferenciaporlasamistades,colegasopertenecientesaungrupodeper-
sonas(promoción,clubes,logias,etc.)paradesignaciones,contratos,nominacionesyotros.
Porlamismarazón,nopuedeadmitirsequeperturbelacalificacióndelinteréspúblicocon
algunacontroversiaentresuinteréspersonalyelpúblico,nientresuinteréspersonalconelde
las personas administradas, porque cuando las autoridades no puedan cumplir con el deber
deimparcialidad,estoes,enfrentenconflictosdeinterés,corresponderáalejarsedelarelación
jurídico-procedimentalvoluntariamentemediantelaabstenciónsegúncontemplalaLeydel
ProcedimientoAdministrativoGeneral(Artículo88).Aesareglasesumanotrasparticularidades
orientadasareforzarlaimparcialidaddelempleadofrentealcasoconcreto,talescomo,elrégi-
mendeincompatibilidadesyprohibicionesprevias,concurrentesyposterioresalejerciciode
lafunciónpública,laexigenciadedesdoblarenautoridadesdistintaslainstrucciónylasanción
deunprocedimientosancionador,entreotras.
Lasempleadasyempleadosdebenfundarsusactuacionesenlabaseobjetivaqueleseñala
lasatisfaccióndelascomunesnecesidadesdeloscometidospúblicos(interésgeneral),node-
biendoguiarseporfinalidadesparticularesdeíndolepersonaloinstitucional.Paranoincurrir
endesvíodepoder,todaslasactuacionesadministrativasseorientanaalgunafinalidadpública.
Noobstante,laAdministración,comotal,nopuededesempeñarsedentrodelprocedimiento
con objetividad, porque en la secuencia, está en juego el interés público del cual, aquélla es
gestora y tutora. Las decisiones que se adopten deben ser tomadas sin considerar aspectos
políticos, económicos o de cualquier otra índole. Por el contrario, las decisiones que adopten
33. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
33
deberdemostrarindependenciarespectoalasvinculacionesquesemantienenconpersonas
(familia, amistades, grupos de promoción), partidos o movimientos políticos o instituciones
privadas (gremios,asociaciones,etc.).
Sibienestaexigenciasepuedeapreciarmásnítidamenteenlosprocedimientostrilaterales, en
los que convergen a la vez dos personas en proceso administrativo, y en los concurrenciales
(licitacionesosubastas),tambiéntienelugarenlosprocedimientoslineales(licencias,permisos,
etc.)enlosqueeltratamientoigualitariodebeapreciarserespectoaadministradasyadministra-
dosquepreviamente,concurrenteoposteriormente,siguenprocedimientosadministrativos
delmismotipoantelaautoridad.
Finalmente,resultaconvenienteadvertirqueesteprincipionoresultaincompatibleconlas
discriminacionesdetratopositivasquelasautoridadesdebenatendercuandolanormaloexige
porapreciarseobjetivamentesituacionesdehechoesencialmentediferentes.Porejemplo,el
deberdeatenderenlasoficinaspúblicaspreferentementeamujeresembarazadas,personas
condiscapacidadopersonasadultasmayores.Enestoscasoseldeberdeimparcialidad–ade-
másdetenerbaselegal-noresultaafectadoporqueesasdistincionestienenjustificaciónobje-
tivayrazonableyesproporcionalentrelosmediosempleadosylosfinesbuscados.
En esa lógica, se deben considerar los siguientes criterios para considerar una actuación
acordeconelprincipiodeneutralidad:
Cuandotengaunabaseobjetivadirigidaalinterésgeneralopúblico.
Cuandolaactuaciónnoseadopteporconsideracionespolíticas,económicas,portratamien-
topreferencialinjustificadoodiscriminatorio.
Cuando denoten independencia respecto a sus vinculaciones de parentesco, laborales o
comerciales.
EnatenciónalDeberdeNeutralidad,quienestrabajanenlaadministraciónpúblicadeberán
evitarenelcumplimientodesusfunciones:
Emitirunalicencia,otorgarunpermisooresolverunprocedimientoadministrativo,encontra
deloestablecidoenelmarcolegal,porpresionesdetipopolíticooeconómico.
Contratar, despedir u obligar a la renuncia, bajo presiones de la misma naturaleza, o por
vinculaciónamicalopartidaria.
Solicitaraportesparacampañaspolíticasencuestiónodelpartidopolíticoalcualpertenece.
34. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
34
Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos
actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda
personanaturalojurídica.Servidorpúblicoyservidorapúblicadebenbrindaryfacilitar
informaciónfidedigna,completayoportuna.
2.TRANSPARENCIA
Concordancias
TUO LeyTransparencia y Acceso a la Información (D.S. N° 043-2003-PCM) y su Reglamento
(D.S.N°072-2003-PCM)
TUONormativadelServicioCivil,Articulo45f)(deberdeactuarcontransparencia).
LOPE,LeyN°29158,T.P.,ArtículoIV(PrincipiodeParticipaciónyTransparencia)
Comentarios
LaAdministracióncontemporáneaessujetadedemandademayorymejortransparenciacomo
unacualidadesencialpararecuperarlalegitimidadylaconfianzaciudadana.Seaspiraaqueenla
relaciónconlaciudadanía,empleadosyempleadasactúenconsinceridadysecomprometana
garantizarlaaccesibilidadalainformaciónydocumentaciónqueellaposee.Esuncompromisoque
debealcanzarlapreocupaciónporexplicar,porhacercomprender,porreconocererroresomala
praxis,porabrirarchivosyapuntesyrecuerdos,pordescribirfielmentehechosycircunstancias,en
suma,porhacersecomprenderporelpúblicousuario.Unaprincipalreformacontemporáneaesla
decisióndeconsiderarcomoreglageneral,laapertura,latransparenciaylaAdministraciónabierta.
Laexcepcióneselsigilo,lareservaolaconfidencialidadcuandoelloseaestrictamentenecesariopara
protegerbienesjurídicossuperiorescalificadosporlaConstituciónolaley.
La transparencia como deber ético de las personas que laboran en las entidades públicas
implica un conjunto de obligaciones funcionales, tales como responder por los actos y omi-
sionesdegestión,eldesarrollodeprocedimientosabiertosydeconsultaenlaformulaciónde
decisionesdegobierno(incluyendolarespuestaoportunayrelevantealcuestionamientode
laspropuestasysuimplementación);laaperturaaloselementosdecontrolinternoyexterno,
35. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
35
allibreescrutiniodelaprensademodooportuno,responsableycompetenteencuantoalos
asuntosdepolíticaspúblicas(conlasexcepcionesquecontemplalaLeydelamateriaylaLey
deAccesoalaInformaciónPública),operacionesgubernamentalesysuintegridad,eltraslado
deoficiodeinformaciónalaciudadanía(portalesdeinformación,porejemplo),elaccesoalos
documentos e informaciones que obran en las entidades, la publicidad de las normas, actas
y documentos de gestión pública, el deber de dar información sobre las políticas y acciones
gubernamentales,entreotros.
Desdeesaperspectiva,esinformaciónaccesiblealaciudadaníaaquellaqueestábajolacus-
todia,administraciónotenenciadelaadministración,laqueelEstadoproduceylainformación
que está obligado a producir; la información que está bajo poder de quienes administran los
serviciospúblicosydequienesadministrandineropúblico;lainformaciónquelasdependen-
ciascaptandeterceros,ylaqueestáobligadoarecolectarencumplimientodesusfuncionesy
cualquieraseaelmediodesoporte(contenidaendocumentosescritos,fotografías,grabacio-
nes,soportemagnéticoodigital)ysinperjuiciodelaantigüedaddesutenencia.
Paracumplirconesteespecíficodeberdedaraccesoalainformación,correspondeque
empleadosyempleadascumplancondeterminadasaccionescomolassiguientes:
Adaptar la organización para atender el derecho de acceso a la información y designar a
responsables.
Clasificar toda la información en secreta, confidencial, reservada y accesible, para poder
atenderlospedidos.
Respondersustancialmentelassolicitudes de información en el plazo legal,determinando
siexisteonoelderechodeaccesoalainformaciónsolicitada.
Agotarlosmediosdebúsquedadelainformación,
Recuperarlainformaciónsolicitadayqueseconsideredestruidaoextraviada.
Proveer dentro del tiempo legal y solo con el costo que suponga el pedido la información
requerida.
Lanecesidaddefundamentarexpresamentelaexistenciadealgunacausalparanoacceder
alpedidoynodenegarbajopretextos.
Porimperiodeestedeber,lassituacionesexcepcionalesenlasquenoprocedetrasparentar
lainformaciónodocumentossonsóloaquellasqueestánseñaladasexpresamenteenlaCons-
tituciónPolíticayenlasnormasexpresasyespecíficas12
.
12
LasveremoseneldeberéticodeDiscreción.
36. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
36
EnesesentidoydeacuerdoconelDeberdeTransparencia,ladenegatoriadeinformaciónno
deberíasustentarseenlossiguientesargumentos:
Quelarevelacióndelainformaciónresulteinconvenienteoafectelaimagendelaautoridad,
partidodegobiernooelEstado.
QuelarevelaciónpuedacomprometerpolíticamentealaautoridadoalGobierno.
Quesedeniegueelpedidoporcualquierconsideraciónsobrelaidentidaddelapersonasoli-
citante(Ejemplo:nacionalidad,domicilio,capacidadparaapreciarlainformaciónsolicitada).
Quelarevelacióndelainformaciónentorpezcaelcumplimientodelasfuncionesdelórgano
requerido.
Quehayaoposicióndetercerosparalaentregadelainformación.
Queelvolumendelainformaciónseaexcesivo.
Queseconsiderequeelcontenidodelainformaciónsolicitadaesfrívolaoirrelevante.
Quelainformaciónversesobreproyectosodocumentosinconclusosomeramenteinternososi
sonactosdelaentidad,nosujetosaderechoadministrativooreferidosaprocedimientosentrámite.
Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga cono-
cimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los
deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que
regulanelaccesoylatransparenciadelainformaciónpública.
3.DISCRECIÓN
Concordancias
LeydeProteccióndeDatos,LeyN°29733,ysureglamentoaprobadoporDecretoSupremo
N°003-2013-JUS.
TUOLeydeTransparenciayAccesoalaInformación(excepciones).
LeydelServicioCivil,Ley30057,Artículo39literale)(deberdenoemitiropinionesnideclara-
cionesennombredelaentidad);yliteralj)(deberdeguardarreservadeinformaciónsecreta
oreservadaauncuandocesendelserviciocivil).
TUONormatividaddelServicioCivil,artículo45literalk)(deberdereserva,aundespuésde
38. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
38
paradecisionesdegobierno,acciónsancionadoraoprocesosadministrativosojudiciales.
Datospersonalesysensiblesquelasentidadesposean.Conformealrégimendelamateria
son“Datospersonales”aquellainformaciónnumérica,alfabética,gráfica,fotográfica,acústi-
ca,sobrehábitospersonales,odecualquierotrotipoconcernientealaspersonasnaturales
quelasidentificaolashaceidentificablesatravésdemediosquepuedanserrazonablemente
utilizados.Porsuparte,“Datossensibles”esaquellainformaciónrelativaadatospersonales
referidos a las características físicas, morales o emocionales, hechos o circunstancias de la
vida afectiva o familiar, los hábitos personales que corresponden a la esfera más íntima, la
informaciónrelativaalasaludfísicaomentaluotrasanálogasqueafectensuintimidad
Informaciónprivilegiadaorelevantepara laadministración15
,estoes,cualquierinformación
alaqueaccedenenelejerciciodesusfuncionesyqueportenercaráctersecreta,reservadao
confidencialconformealey,resulteprivilegiadaporsucontenidorelevanteyque,portanto,
seasusceptibledeemplearseenbeneficiopropioodeterceros,directaoindirectamente.En
semejantecondiciónseencuentralainformaciónsobreidentificacióndedenunciantesde
actosdecorrupción16
acogidosalareservadesuidentidad.
Finalmente,otraproyeccióndeldeberdediscrecióneslaprohibiciónquetienen-empleadas
yempleados-deemitiropiniónenmediosdecomunicación,incluyendoredessociales,sobre
asuntosdeEstadosincontarconlaautorizaciónpreviacorrespondiente17
.Porunacuestiónde
orden, la comunicación hacia la comunidad es realizada por los canales previstos, mediante
voceríaautorizadayconelmensajeoficialquecorrespondeaderechoyaloshechos.Porello,
constituyeunaproyeccióndeldeberdediscreciónqueelpersonalquenotieneasucargolas
comunicacionesenlasentidades,nodéaconocerinformacionesquesurjandesuejerciciodel
cargo o publiquen sus opiniones sobre temas oficiales, salvo que se cuente con autorización
expresadelempleadopúblicoresponsabledelascomunicaciones.
Amaneradeejemplo,sepuedeseñalarqueconstituiríaunavulneracióndelDeberdeDiscreción:
Entregarcopiasorevelarapersonasnoautorizadasporelpacienteolapaciente,elcontenido
delasHistoriasClínicas.
Revelarinformaciónprivilegiada,queotorgueapersonasnaturalesoempresasunaposición
injustificadamenteventajosaenelmercadodevalores.
Difundir información sobre los materiales empleados en su construcción, equipamiento o
medidasdeseguridaddebasespolicialesymilitares.
Revelar información sujeta a reserva tributaria o bajo el deber de reserva vinculado a las
investigacionesenmateriadecontrol.
40. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
40
sobreparticularesoadoptarrepresaliasporalgunaposiciónanterioradversadelparticularcon
elempleadoolaempleadapública(ej.Haberpresentadouna queja funcional, una denuncia
penalalaFiscalía,ounademandacontenciosa).
Eldeberdeejerceradecuadamenteelcargoimplicaquelacuotadepoderatribuidocorres-
pondeserejercidaparaperseguirfinespúblicoslícitos,nopudiendoobligaraunempleadoa
hacerloquelanormanodisponeniimpedirrealizarloquesíessucometidolegal.Delmismo
modo, a personas particulares no puede obligárseles a hacer lo que no desean dentro de su
libertadniimpedírselesejerceractividadeslícitas.
El medio a través del cual se logra coaccionar es usualmente el anuncio de una amenaza
concreta, seria, posible, con el objeto de intimidar (ej. amenaza de privarle de servicios o
prestacionesestatalesalasquesetienederecho,aretrasarlaenlosascensosfuturos,arotarle
fueradelajurisdicción,osancionarle).Estasamenazasproducenrazonablementeuntemor
o compulsión, por lo que la persona se ve obligada a obedecer, realizando la conducta que
seleindica.
Haycasosenqueesacoacciónamenazantenoesexpresaperoseexplicitasuficientemente
pormediodelainfluenciaojerarquíadequienlaejerce,oporelcontextoenqueéstaserealiza.
Porejemplo,sise“invita”aproveedores,empresasopersonassujetasasufiscalizaciónparaque
realicendonaciones,adquierannúmerosderifas,auspicienagasajos,ofrezcanregalos,benefi-
ciosocolaboracionesenbienesodineroparalaentidad.Elloesparticularmentemásevidente
siseproduceencontextodenecesidaddelpúblicousuario(ej.Personalmédicodeunhospital
públicoduranteunahuelgaquesugiereatendermejoralpúblicousuarioensuconsultorio,la
profesoraoprofesorestatalquevendelibrosomaterialesdeconsultaasualumnadoinducien-
docondicionesventajosasenlasevaluaciones,osinvendérselosdirectamente,induceaquelo
adquierandeterceros,oquelesinducearealizarinvestigacionesuobtenerinformaciónpara
subeneficio,oelpolicíaantequienlaciudadaníarecurreparadenunciarunroboosonsujeto
debatidaspoliciales).
Otrosejemplosquesepuedenconsiderarcomounejercicioinadecuadodelcargoesexigir
aporteseconómicosaempresasproveedorasconelfindeapoyarlareeleccióndelasautorida-
deslocalesyregionales;ocontratarcomopersonaldelaentidadenlaquelaboraélolafuncio-
nariaapersonasquetrabajancomoempleadasenlascasasoensusempresas.
Enesesentido,seconsideraráncriteriosparaidentificaruninadecuadoejerciciodelcargode
lasylosempleadospúblicosenelplanointernosi:
Mediantecoacciónseexigehacer,ocultarodeciralgo.
42. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
42
Comentarios
Los bienes de dominio público y de dominio privado del Estado así como los recursos que
formanpartedelpatrimoniodelasentidadesdelaAdministraciónPúblicaoqueseencuentra
bajosuadministraciónestánasignadosydestinadosparaelcumplimientodesusfunciones.El/
laempleado/apúblico/adebeprocederconformealeyalrealizarlosactosdeadministración
(por lo que los bienes son usados y aprovechados, incluyendo figuras contractuales de uso,
comodatoyconstrucciónyequipamiento),losactosdedisposición(porlosquelosbienesse
desplazan de dominio, como venta, permuta, constitución de fideicomiso, superficie, entre
otros),actosdeadquisición(porloqueseincorporanbienesasupatrimoniocomodonación,
daciónenpago,decomiso,primerainscripcióndedominio,etc.),actosderegistro(inscripción
enelsistemaoficialdeinformacióndebienesestatales)yactosdesupervisión(porlosquese
controlanlaregularidaddelosactosanteriores).
Respectodeellos,esimportantequelasentidadespúblicasimplementenaccionesefectivasy
adecuadasparacautelarelusodelosbienesyrecursospúblicos,talescomo:
Efectuarinventariosoportunos,detalladosycompletosdelosbienesdelaentidad.
Aprobardirectivasparasuadecuadouso,conservaciónymantenimiento,enlasqueseprohí-
ba,entreotrossupuestos,elusoprivadodelosmismos(ej.usarelvehículooficialparallevara
lafamiliaapasearoirdecompras),ysuabuso,derrocheodesaprovechamiento.
Algunasdelasprácticascomunesquesonincompatiblesconestedeberético,son:
Hacerllamadastelefónicasdesproporcionadas(porsunúmero,costo,destinooreiteración)
de índole personal, a través de equipos o servicios pagados por el Estado (Ej. llamar a un
familiaralextranjerooaunaamistadcotidianamenteparaorganizaractividadesprivadas).
Vender bienes que están destinados a ser distribuidos gratuitamente a la colectividad (ej.
alimentos,frazadas,textosescolares,medicinas,etc.)
Usarpersonalmenteoenviajesnooficialeselmillajeuotrobeneficiosimilarqueotorguenlas
líneasaéreasoagenciadeviajesporvuelosnacionalesointernacionalesalasqueviajenen
representacióndesuentidadyquehayansidofinanciadosconrecursospúblicos.
UsarparasíbienesdelEstadooemplearsusequiposoinfraestructuraenprovechopropio(ej.
imprimirunatesispersonalusandolaimpresorayútilesdeescritoriodelaentidad).
Alquilar la infraestructura pública (ej. losas deportivas, auditorios) o equipos de la entidad
(vehículos,materialdeportivodeloscolegios,computadoras,impresoras)paraactividades
privadassinautorización.
Emplearvehículosoficialesasignadosparaactividadesoficialesenactividadespersonaleso
43. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
43
familiares,oprescindiendodelpersonalasignadoparasuconducción18
.
Emplearloslocalesdelasinstitucionesparaagasajospersonalesoreunionesfestivas,afec-
tandolacontinuidaddelservicio.
Emplear las computadoras asignadas para el trabajo para comunicaciones personales asi-
duasenredessociales,visitarpáginasdediversiónorealizarjuegosenred.
Aparentar o crear viajes institucionales para realizar viajes a destinos o realizar actividades
personales.
Disponerrecursospresupuestariosenbeneficiopropioodequienpostuleacargodeelec-
ciónpopularopartidopolíticoalguno,entodomomento.
Usarlocalesuoficinasdeentidadespúblicas,decolegiosyescuelasestatales,delasfuerzas
armadas y de la policía nacional, incluyendo cuarteles, para la realización de conferencias,
asambleas,reunionesoactosparaactividadprivadasinautorización.
18
CabeprecisarqueelfuncionariadodelEstadoyexfuncionariostienenasignadosasucargovehículosdeformapermanentetantoparasuusocomoparasuseguridad.El
artículo10delDecretoLegislativo1148,LeydelaPolicíaNacionaldelPerú,señalaqueesfuncióndelaPolicíaNacionalbrindarseguridadintegralalPresidenteConstitucional
delaRepúblicaenejercicio,alelectoyexPresidentes;seguridadpersonalalosPresidentesdelosPoderesPúblicos,CongresistasdelaRepública,MinistrosdeEstado,Jefesde
Estadoenvisitaoficialalpaísyotraspersonalidadesquedetermineelreglamento.
Asimismo,existeactualmenteennuestroordenamientojurídicodistintasnormas,lascualesseencuentranenprocesoderevisión(porejemplo,elDecretoSupremoNº008-
2000-IN,DecretoSupremoN°011-2001-PCM,DecretoSupremoNº082-2001-PCM,DecretoSupremoN°002-2003-IN,ResoluciónMinisterialNº1084-2003-IN-PNP,entreotros)
queestablecendirectivasylineamientossobrenormasyprocedimientosparabrindarseguridad,protecciónpersonalymovilidadafuncionariosyexfuncionariospúblicos.
Enesesentido,existensituacionesendondeelusodelosvehículosoficialespodríaserutilizadoparaactividadesnorelacionadasdirectamenteconlafunciónpública,sinque
necesariamentesetransgredaelCódigodeÉtica;siempreycuandoestésiendoutilizadoporelfuncionariooexfuncionarioalcuallehasidoasignadoelvehículo.
Enlamismalínea,elTribunalConstitucionalhaseñalado(ResoluciónExp.N°04298-2012-PA/TC)quesibienelvehículooficialdelaltofuncionarionopuedeserdestinadoaluso
personaldelcónyuge,hijosuotrosfamiliaresdelfuncionario,tampocopuedeconsiderarsequecualquierusoquesehagadelvehículoporunapersonadistintadelfuncionario
constituyaunaconductatípica,porcuantoesinevitablequeelvehículopuedaserutilizadoporotraspersonassinqueellodistorsionenecesariamenteelconceptodeuso
personalquehaceelfuncionariodeél.
44. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
44
Todapersonaquelaboreenelsectorpúblicodebedesarrollarsusfuncionesacabali-
dadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunciónpública.
Antesituacionesextraordinarias,laservidoraoservidorpúblico,puederealizaraque-
llastareasqueporsunaturalezaomodalidadnoseanlasestrictamenteinherentesa
su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las
dificultadesqueseenfrenten.
6.RESPONSABILIDAD
Concordancias
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,artículo63.3(responsabilidad
por demora o negligencia en el ejercicio de la competencia), y 65.1 (obligación de ejercer
competencia).
Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057, Artículo 39 a) (debe de cumplir leal y diligentemente
deberesyfunciones);c)(deberdeinformarcircunstanciasqueponganenriesgoobjetivos
institucionales),yf)deberdeinformaractosdelictivos,faltaseirregularidades).
Comentarios
Las normas, los documentos de gestión y en general, las reglamentaciones atinentes a los
cargosylaboresdeservidoresyservidorasleasignanunconjuntodeobligacionesofunciones
derivadasdelaactividadquerealizan.Enesamedida,essuobligaciónagotarlabúsquedade
ejercerlasfuncionesacabalidadyenformaintegral,asumiendoconplenorespetosufunción
pública.Elestándaréticoderesponsabilidaddequienlaboraenlaadministraciónpúblicaleexi-
genosoloejercerdeoficiolascompetenciasasignadas,sinoademásdesarrollarsucontenido
atravésdelcumplimientoformaldelastareasasignadasyaquellasrazonablementeimplícitas
delcargo,peroademáscondiligencia,esmeroyprontitud.
Comoaplicacióndeestedeber,resultaincompatible:
45. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
45
Ejecutar actividades u ocupar tiempo de la jornada de trabajo en fines ajenos a las institu-
cionales.
Silenciarlacomisióndefaltasfuncionales,incumplimientosalCódigodeÉticayparticular-
menteactosquesuponganperjuicioeconómicoparalaentidadolacomisióndedelitospor
servidoresyservidorasoporterceraspersonasenperjuiciodelaadministración;asícomono
dartrámiteoportunoalasdenunciasconqueseformulan.
Incumplir los instrumentos de rendición de cuentas, de los planes, programas y recursos
asignados.
Permitirquesedeterioreodestruyaladocumentaciónsustentadoradelasoperaciones.
Cumplirformalmenteorutinariamentelastareassindarlevaloragregadoalosinformesque
sepreparan.
Eldeberpermitequeempleadosyempleadasasumancompetenciasexcepcionalesantesitua-
cionesextraordinarias,paraquerealicenaquellastareasqueporsunaturalezaomodalidadnosean
estrictamenteinherentesasucargo,siemprequeellasresultennecesariasparamitigar,neutralizaro
superarlasdificultadesqueseenfrenten.
Estassituacionesimprevisiblesrequierenque,quienestrabajanenelsectorpúblico,asuman
competenciasexcepcionalesparamitigarlas,neutralizarlasosuperarlas,comoporejemplolassitua-
cionesderivadasdecatástrofesnaturalescomoterremotos,maremotosoinundaciones.Entodos
estoscasos,senecesitaqueasumanconresponsabilidadlasactividadesnecesariasparasuperarla
situación,especialmentelasaccionesqueserealicenenelmarcodeexoneracionesporsituaciónde
emergenciadelanormativadecontratacionesdelEstado.
47. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
47
Mantenerrelacionesoaceptarsituacionesencuyocontextosusinteresespersonales,
laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento
delosdeberesyfuncionesasucargo.
1.MANTENERINTERESES
DECONFLICTO19
Concordancias
LeydelProcedimientoAdministrativoGeneral,LeyN°27444,Artículo88(Conflictosdeinterés
queseresuelvaconlaabstención)yArtículo241(Conflictosdeinterésdeexservidorespúblicos)
Ley N° 27588 (Ley que establece prohibiciones a incompatibilidades de funcionarios y
servidorespúblicos),Artículo2°(impedimentosfuncionalesconcurrentesyposterioresala
gestiónrespectodeempresaseinstitucionesprivadasdentrodesuámbitofuncional)yD.S.
N°019-2002-PCM(reglamentacióndeimpedimentos).
LeycontraNepotismo,LeyN°26771,ysureglamentoaprobadoporD.S.N°021-2000-PCM.
LeydelServicioCivil,LeyN°30057,Artículo39literalh)(deberdenoparticiparniinterveniren
contratosconsuentidaduotraentidadenlosquetenganinteréssusparientes);i)(noparti-
ciparniintervenirengestióndeinteresesenprocedimientosadministrativosenlaentidady
enelsector);83(prohibicionesdenepotismo)
19
InteresesenConflicto:Situaciónenlaquelosinteresespersonalescolisionanconelinteréspúblicoyelejerciciodelasfuncionespúblicas,entendiéndosequecualquier
actuaciónrealizadaporlaspersonasquelaboranenlaadministraciónpúblicadebeestardirigidaaasegurarelinteréspúblicoynoafavorecerinteresespersonalesodeterceros.
48. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
48
TUONormatividaddelServicioCivil,Artículo74literale)(prohibicionesdecelebrarporsío
porterceros,directaoindirectamente,contratosenlosquetenganinteréssusparientes).
Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Legislativo N° 1017, Artículo 10 (Impedimentos
paraserpostory/ocontratista);NuevaLeydeContratacionesdelEstado,LeyN°30225,Artí-
culo11(impedimentos).
Comentarios
Lanecesidaddeevitarlasuperposicióndeintereses.-
Elejerciciodelafunciónpúblicaexigeladelimitaciónclaraentrelosdiversosfinesquetiene
unapersonaconuncargopúblico:losfinesprivados(personalesyalosgruposquepertenece,
en las vertientes económica, familiar, amical, entre otros), los fines del partido o agrupación
políticaalaqueseperteneceylosfinesdelEstado,delacolectividadcomotal,quesedenomina
interéspúblicoobúsquedadelbiencomún.
ComoafirmaSAVATER,laéticadelafunciónpúblicaexigetenerbienclarosesostresfines,
“(…)lostressonlegítimos,perolosonmientrasnosemezclen;esdecir,unapersona,un
políticonopuedetomardeterminadasdecisionesquelebeneficianaélpersonalmente,
oasupartido,conelpretextodequebeneficianalacolectividad.Loimportanteesque
sedistinganesosfines,queelpolíticosepadiferenciarlaactividadconunosfinesocon
otros.Ysiunonoescapazdedistinguirentrelosdiversosfines,nodebeofrecersepara
laactividadpública,puesesobvioqueesapersonanopuedeocuparunlugarpúblico,ni
tampocolopuedehacerunapersonafanatizadayobsesionadaconsupropiopartido,de
talmaneraquerealmenteseaincapazdeverquelasociedadesuntodo”20
Toda aquella persona que trabaje en la administración pública debe distinguir y separar
radicalmentelosinteresespersonalesdelosinteresespúblicosasucargo,adoptadotodaslas
medidasasualcanceparapreveniroevitarlaconjunciónreal,aparenteopotencialdeintereses
eneldesempeñodesuactividadquemenoscabelacredibilidadenlarectagestiónpública.
¿QUÉESCONFLICTODEINTERÉS?
Elconflictodeinterésesunasituaciónoestadodecosasderiesgorazonableparaelinterés
generalconfiadoaun/aempleado/apúblico/a,quesurgeporqueéloellamantiene,concurren-
temente, legítimos intereses personales de origen privado (familiares, amicales, económicos,
49. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
49
20
SAVATER,Fernando;op.cit.,p-56-7.
21
InformeLegalNo.189-2012-SERVIR/GG-OAJde29.FEB.2012.
sociales, partidarios) que podrían generar un incentivo para favorecerlos (desvío de poder) o,
cuandomenos,podríaafectarlaobjetividaddelcriterioparaadoptarladecisiónquelecompete.
En su composición concurren tres condiciones: i) El deber funcional que debe ejercerse
conimparcialidadyneutralidad;ii)Elinterésprivado(personal,económico,financiero,amical,
corporativo,etc.)concurrenteyquepuederesultarimplicadoporladecisiónenlaqueparticipa
elempleado;y,iii)Lavaloraciónqueeseinterésprivadopuedeafectardemanerarazonablela
objetividaddelanálisis,aunqueellonoseconsume.
Algunosejemplosdeconflictodeintereses,lospodemosencontraracontinuación:
Si un/a accionista mayoritario/a de una empresa de transporte es nombrado/a Director/a
GeneraldeTransporteTerrestre.
Siun/aintegrantedelComitédeAdquisicionesvaaevaluarlaspropuestasdetresempresas,
enunadelascualessuhermanotieneacciones.
Siel/lapresidente/adeunaempresadelEstadoenelrubrodehidrocarburosesconsultor/a
deempresasprivadasenelmismorubro.
Si un/a empleado/a de la Superintendencia de Banca y Seguros que tiene a su cargo la
supervisión del Sistema, renuncia a su cargo y es nombrado/a Gerente/a en una empresa
quesupervisaba.
Siel/lapresidente/adelComitéqueotorgaunaconcesiónenProinversión,esconsultor/ade
lasempresaspostorasenelproceso.
Siun/ainspector/alaboralsupervisapersonasohechosrespectodeloscualespodríateneralgún
interésdirectooindirecto,ocuyosresultadospodríanfavorecerlo/apositivaonegativamente,
comosifiscalizaraelcumplimientodelasobligacioneslaboralesdesupropioempleador/a.21
Conformeasunaturaleza,estaprohibiciónesuninstrumentopreventivodeinfraccionesma-
yores,porloqueparasuconfiguraciónnoesnecesarialaconsumacióndelconflictodeinterés
conlaaprobacióndelinforme,acto,normaopolíticapúblicaespecíficaenlaqueseimplique
elinterésprivado.Laideaesqueapartirdeesteprincipio,todapersonaquelaboraenelsector
público debe estar permanentemente alerta sobre cualquier actual o potencial conflicto de
interés,tomarlasprevisionesparaevitaresosconflictos,procurartenerdeclaracionesyrevela-
ciones oportunas sobre esa situación, y tan pronto las conozca, adopte las decisiones legales
máseficientesparaprevenirlasituacióndeconflicto.
50. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
50
Esconvenientediferenciarelverdaderoconflictodelfalsoconflictodeinterés,cuandosibien
concurrenenlamismapersonaambosintereses,elinterésprivadonocorrespondeaunaprove-
chamientooventajasinounacondiciónnaturaleigualitariaparalaciudadaníaengeneral.Por
ejemplo,laconcurrenciaenun/aempleado/apúblico/adelafuncióndesupervisoradebancos
ymantenercuentasbancariasotomarunpréstamoenunaempresafinancieradelsector,oser
empleadodeOSINERGMINytenersuministroeléctricoconunaempresaregulada.
¿EXISTEUNASOLACLASEDECONFLICTODEINTERÉS?
No,existenvariostiposdeconflictosdeinterés.
Desdelaperspectivatemporal:losconflictospuedenserpreexistentesalafunciónpública,
concurrentesaéstaosubsecuentesalaextincióndelafunción.
Losconflictospreexistentesserefieren,porejemplo,alosvínculoseconómicososocietarios
dequieningreseopostulealserviciotieneohatenidoconanterioridad.Deordinario,seexpre-
sancomoincompatibilidadesoprohibicionesparaejercerlafunciónpública(Ej.accionistade
unaempresaqueesproveedoradelaentidadalacualvaaservir,olaasesoraoconsultorade
una empresa que es regulada o supervisada por la Entidad en la que posteriormente entra a
trabajardichaasesoraoconsultora).
Losconflictosconcurrentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosqueconfluyeno
convergenconlafunciónpúblicaqueseejercesimultáneamente,porejemplo,siaun/aempleado/a
público/alo/aunerelacióndeparentescoconcualquieradelaspersonasadministradasoconsusre-
presentantes,autoridades,conquienesadministranlasempresasqueprestenserviciosenlaentidad
enlaquelabora;sihaintervenidoantescomoasesor/a,perito/aotestigo/aenunprocedimientoque
lecorresponderesolver;osicomoautoridadhubieremanifestadopreviamentesuparecersobreel
mismo,demodoquepudieraentendersequesehapronunciadosobreelasunto;sipersonalmente,
obiensucónyugeoalgúnparientecercanoydirectotuviereinterésenelasuntoquedeberesolver;
situviereamistadíntima,enemistadmanifiestaconcualquieradelaspersonasadministradas
intervinientesenelprocedimiento,osituviereohubiesetenidoenlosúltimosdosaños,relación
deservicioodesubordinaciónconcualquieradelaspersonasencargadasdelaadministracióno
terceraspersonasdirectamenteinteresadasenelasunto,osituvieraenproyectounaconcertación
denegociosconalgunadelaspartes,auncuandonoseconcreteposteriormente.
Losconflictosdeinteresessubsecuentessonaquellosqueserefierenainteresesprivadosquesur-
genconposterioridadalcesedelserviciocivil,comoporejemplo,representaroasistiraunapersona
administradaenalgúnprocedimientoenelqueparticipódurantesuactividadenlaentidad,asesorar
acualquieradministrado/aenalgúnasuntoqueestabapendientededecisióndurantesurelación
51. Haciaunaadministraciónpúblicahonestayeficiente
51
conlaentidad;contratar,directaoindirectamente,aunapersonaconunprocedimientoresuelto
consuparticipaciónduranteelúltimoaño.Estaregulacióndelosconflictosabordalosproblemasde
las“puertasgiratorias”entreelsectorprivadoyelsectorpúblico,asícomoeldenominado,soborno
diferido,porelqueseofrecenanticipadamentecargos,contratosycualquierclasedepagosfuturos
paracuandolosresponsablespúblicosabandonenelserviciocivil,porloqueelseguimientoylas
restriccionesdesalidadelagestiónpúblicasonútilesparacontrolarestasprácticas.
Desdelaperspectivadelasconsecuencias,elconflictopuedeserreal,potencialoaparente.
El Conflicto Real existe cuando el interés privado del servidor o servidora interfiere efecti-
vamente con sus obligaciones públicas, afectando la independencia de criterio profesional y
consumándoseunactoarbitrario.Ej.El/lajefe/adeadministracióndeunaentidadautorizala
contratacióndeunaempresaenlacualél/ella(osucónyuge)tieneunaparticipación(acciones).
ElConflictoaparentenoesunconflictodeinterésrealoconsumado,peroeslasituaciónenla
queotraspersonasqueobservanlasituaciónrazonablementelleganalapercepciónquedicho
interésejerceunainfluenciaindebidaenelresponsablepúblico,auncuando,dehecho,noloejerza.
Aquínollegaaexistirunconflictoreal,nidesvíodepoderenladecisión,sinembargo,laimageny
reputacióndelaautoridad-asícomolaconfianzadelaciudadaníaenlajusticiaeimparcialidaddelos
procedimientos-quedaenduda,porloquedebeevitarse.Estamosfrenteauninteréspersonalque
nonecesariamentevaainfluenciarenlatomadedecisionesdelapersonaempleada,noobstante,el
sólohechodeexistirelriesgo,puededarlugaraqueotros/asconsiderenquelosinteresespersonales
primanyejerceninfluenciaenelcumplimientodesusdeberes,locual,entérminosdeimagen,debe
igualmenteevitarse.Ej.Un/aempleado/apúblico/aqueesaccionistadeunaempresafarmacéutica
ylaboraenunaentidadodependenciaencargadadeautorizarysupervisarladistribuciónycalidad
demedicamentosenelpaís.Enestecasoesprobablequeel/laempleado/aenmenciónactúecon
totalneutralidadeimparcialidadensulabor,peroaojosdelaopiniónpública,porlomenos,aparen-
temente,sutrabajopodríaestarinfluenciadoporsusintereseseconómicos.
Losconflictosdeinteresesaparentespuedensertandañinosparaelprestigioycredibilidad
delaadministracióncomounconflictodeinteresesrealmenteexistente,auncuandosehayan
tomadolasdecisionescorrectas.
El conflicto potencial de intereses sucede cuando quien asume la responsabilidad pública
tieneuninterésprivadoopersonalquepodríacausarleunconflictodesurgirenalgúnmomen-
toenelfuturoaunquenoexistaahoraeseconflicto.Ej.Siunaempleadaoempleadopúblico,
integrantedelcomitépermanentedeseleccióndebienesyserviciosdeunaentidad,esaccio-
nistadeunaempresadeserviciosquecontrataregularmenteconentidadescomoaquellaen
la que trabaja el/la empleado/a mencionado/a. El conflicto de intereses sólo se configuraría
52. GUÍAPARAFUNCIONARIOS
YSERVIDORESDELESTADO
PRINCIPIOS,DEBERES YPROHIBICIONES
ÉTICAS EN LA FUNCIÓNPÚBLICA
52
silareferidaempresasepresentaaunprocesoenlaentidadyel/laempleado/apúblico/ano
seinhibedeparticiparenelcomitéresponsabledeelegiralaempresaproveedoraganadora.
Paraevitarestosconflictospotencialesyaparentes,sesugierelaimplementacióndedeclara-
cionesjuradasdeinteresesquepermitanalempleado/apúblico/atransparentarsusintereses
comerciales,económicosofinancieros,detalmaneraquepuedainhibirseenloscasosenlos
queelconflictodeinteresespotencialpuedaconvertirseenunoreal.
¿CÓMOIDENTIFICARSINOSENCONTRAMOSFRENTEAUNCONFLIC-
TODEINTERESES?
Algunasdelaspreguntasclavesparadilucidarsiseencuentraenunconflictodeintereses,
sonlassiguientes:22
¿Quépasaríasiseinviertenlasposiciones:siyofueraquiensolicitauntrabajoounapromo-
ción?¿Pensaríaqueelprocesoenelqueparticipécomoseleccionador/afuejusto?
¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,ganarfinancieramenteacausadela
decisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaorganización?
¿Puedoyo,unfamiliar,unaamistadoun/aasociado/a,verafectadanuestrareputaciónante
unadecisiónoacciónquedeboadoptarennombredelaentidad?
¿Soy miembro de alguna organización, club, o tengo vínculos con personas que puedan
verseafectadasobeneficiadasconelresultadodeladecisiónquemecorrespondeadoptar
sobreelasunto?
¿Podríahaberenelfuturobeneficiospersonalesparamíoalguienvinculadoamíporladeci-
siónenlaqueparticiparé,quepuedangenerardudasobremiobjetividad?
¿Siparticipoenlaevaluaciónotomadecisiones,mepreocuparíasimiscolegasyelpúblico
llegaranaconocermiasociaciónoconexiónconlaspersonasbeneficiadaspormidecisión?
¿Unapersonajustayrazonablepodríaafirmarquefuiinfluenciado/aporuninteréspersonal
aldesempeñarmisresponsabilidadespúblicas?
Medidaspreventivas:
Laprohibiciónimplicaqueelempleadonopuedemantenerrelacionesoaceptarsituaciones
encuyocontextosusinteresespersonalespudieranestarenconflictoconelcumplimentodelos
deberesyfuncionesasucargo.Paracumplirconello,lasmedidasqueencadacasocorresponde
adoptarsonlasqueelordenamientoestablece,comoporejemplo,lanopostulaciónauncargo
paraelcualsetieneunconflictodeinterés(lanormageneralmentelesdenominaimpedimentos
oincompatibilidades),laabstencióndelejerciciodelacompetenciaquelecorrespondierele-