UNIDAD DIDACTICA DE CUARTO BIMESTRE DOCENTES SECUNDARIA
Presentación de la empresa EAR ABOGADOS
1.
2. El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19,
establece entre otras cuestiones:
❖ Moratoria de la deuda arrendaticia para arrendatarios
en situación de vulnerabilidad, automática en caso de
gran tenedor de vivienda, arrendador que no es gran
tenedor puede aceptarlo, proponer alternativa o rechazarlo,
en caso de rechazo acceso a crédito finalista.
❖ Se suspenden los desahucios durante seis meses desde
la entrada en vigor del Estado de Alarma.
❖ Renovación automática de los contratos de alquiler que
venzan en los tres meses desde la entrada en vigor.
Prórroga de contrato de seis meses.
3. El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se
adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19,
establece entre otras cuestiones:
❖Se amplía la posibilidad de moratoria de deuda
hipotecaria que se aplicaba a la vivienda habitual a:
- Los autónomos, empresarios y
profesionales respecto de los inmuebles afectos a su
actividad económica.
- Personas físicas que tengan arrendados
inmuebles por los que no perciban la renta por la
aplicación de las medidas en favor de los
arrendatarios por el estado de alarma.
4. El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19,
establece entre otras cuestiones:
❖ Moratoria en los créditos y préstamos no
hipotecarios que mantengan las personas en situación
de vulnerabilidad, incluyendo los créditos al consumo.
❖ Apoyo en suministros básicos:
- Ampliación bono social eléctrico a colectivos como
autónomos que hayan cesado su actividad o visto
reducidos sus ingresos en más de un 75%.
- Prohibición de su suspensión de suministros de
electricidad y agua por motivos distintos a la seguridad
del suministro.
5. El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se
adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y
económico para hacer frente al COVID-19, establece entre otras
cuestiones:
❖ Los partícipes de un plan de pensiones que a raíz del
COVID-19 estén en desempleo por ERTE o de cese de
negocio, podrán rescatar sus ahorros, bajo una serie de
condiciones y límites.
❖ Contratos cuya ejecución sea imposible como consecuencia del
Estado de Alarma, derecho a resolver el contrato durante un
plazo de 14 días. En los contratos de tracto sucesivo, se
paralizará el cobro de nuevas cuotas hasta que el servicio
pueda volver a prestarse con normalidad.
❖ Viajes combinados, el consumidor tendrá derecho a un bono a
utilizar en 1 año, de no utilizarse podrá solicitar el reembolso.