La póliza de seguros cubre accidentes personales de los aprendices del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) durante un año. La póliza proporciona cobertura las 24 horas para gastos médicos, incapacidad permanente, muerte accidental, auxilio funerario, y otros eventos relacionados con accidentes. El documento explica los detalles de la cobertura, los procedimientos para reclamar beneficios, y las exclusiones de la póliza.
2. NUMERO DE LA POLIZA 999200246
VIGENCIA 09/09/2015 (23:59) AL 08/09/2016 (23:59)
COMPAÑÍA DE SEGUROS UNION TEMPORAL AXA COLPATRIA, MAPFRE Y
LIBERTY SEGUROS
OBJETO
Amparar a los aprendices del SERVICIO NACIONAL DE
APRENDIZAJE - SENA (APRENDIZ) durante la vigencia
del seguro cuando este sufra alguna lesión orgánica o
perturbación funcional permanente o temporal
causada por accidente, el cual se entiende como
hecho exterior, imprevisto, repentino, violento e
independiente de la voluntad que no haya sido
provocada deliberadamente por el asegurado. Según
lo establecido en la Ley 789 de 2002
3. NO. DE DIAS 365 Días
CUBRIMIENTO Protección al aprendiz asegurado las 24 horas del día los
7 días de la semana, en cualquier lugar del territorio
nacional.
ASEGURADOS Todos aprendices matriculados en programas de
Formación Titulada, Complementaria, Presencial,
Semipresencial, y en los programas de Ampliación
de cobertura y de Articulación con la Educación
Media registrados y activos en SOFIA PLUS.
Excepto aprendices de formación virtual.
4. ACCIDENTE:
Hecho o suceso imprevisto, ocasional, violento, súbito, externo,
visible, repentino e independiente de la voluntad del asegurado,
comprobable por los medios legalmente admisibles, siempre que tales
hechos no se hallen excluidos.
Ej: caída de columpio, caída de su propia altura, caída en eventos
deportivos, entre otros.
LESION ACCIDENTAL:
Se entiende por lesión accidental el daño corporal, que se
compruebe médicamente y que sea consecuencia inmediata y directa
de un accidente.
5. Gastos médicos derivados por accidente.
Muerte Accidental.
Incapacidad Total y Permanente originada por cualquier causa accidental.
Desmembración Accidental.
Rehabilitación integral por invalidez.
Gastos de traslado de pacientes.
Riesgo Biológico.
Enfermedades amparadas.
Suicidio o lesiones por tentativa de suicidio desde la iniciación de la póliza.
Auxilio Funerario
6. GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTE: Cubre los gastos médicos,
quirúrgicos, hospitalarios y de atención ambulatoria por cualquier causa
accidental incluyendo, pero sin limitarse a medicamentos, asistencia
farmacéutica, material de osteosíntesis, prótesis, órtesis y demás
elementos necesarios para la fisioterapia y rehabilitación integral del
paciente.
MUERTE DE ORIGEN ACCIDENTAL: Se afecta, si a consecuencia de un
evento Amparado por la póliza y ocurrido dentro de la vigencia de la
misma el Asegurado fallece
7. INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE DE ORIGEN ACCIDENTAL: Si a
consecuencia de un evento Amparado por la póliza y ocurrido dentro de la
vigencia de la misma, se presentan lesiones que produzcan al Alumno
Invalidez Total y Permanente medicamente comprobada, la Aseguradora
pagara la totalidad de la Suma Asegurada.
DESMEMBRACION: La aseguradora cubre la pérdida total e irreparable,
anatómica o funcional de los miembros corporales o de los sentidos, de
acuerdo con la siguiente tabla, siempre y cuando se produzca dentro de los
180 días calendario siguientes al accidente ocurrido durante la vigencia de
esta póliza
8. REHABILITACION INTEGRAL POR INVALIDEZ: Cubre los gastos médicos
necesarios para la rehabilitación del asegurado que como consecuencia
directa de un accidente cubierto por la póliza, quedare en estado de
incapacidad total y permanente debidamente calificada por un médico
autorizado por COLPATRIA.
Este amparo opera en adición al amparo de Gastos Médicos.
GASTOS DE TRASLADO: Cubre el servicio de traslado de pacientes desde
sitio del Accidente y hasta Centro de Atención medica , para el respectivo
tratamiento.
9. RIESGO BIOLOGICO: Atención integral del paciente que sufra accidente
relacionado y/o derivado con riesgo biológico, incluyendo pero sin limitarse a:
• Tratamiento médico y hospitalario
• Medicamentos y asistencia farmacéutica (profiláctica y terapéutica)
• Los exámenes de diagnóstico y control requeridos después del tratamiento
• Exámenes de diagnóstico que se lleguen a requerir en la persona fuente del
riesgo biológico
10. ENFERMEDADES AMPARADAS: Este amparo cubre la muerte y atención
médica derivada de alguna de las enfermedades amparadas, relacionadas a
continuación, hasta la concurrencia del valor asegurado:
• Cáncer
• Poliomielitis
• Leucemia
• Tétanos
• Escarlatina
• Sida
• Afección Renal Crónica
• Infarto Agudo del Miocardio
• Accidente cerebro vascular
11. AUXILIO FUNERARIO: Durante la vigencia del seguro, como consecuencia
directa de un accidente si el aprendiz llegase a fallecer, dentro de los ( 365 )
días siguientes a la fecha de su ocurrencia la aseguradora dará el auxilio
contratado.
CONVENIO NACIONAL CON DROGUERIAS Y FARMACIAS: Para la entrega
de medicamentos a los aprendices
12. Con sujeción a los términos, condiciones y límite de suma asegurada, AXA
COLPATRIA cubre además el riesgo de muerte o de lesiones corporales a
consecuencia directa de los siguientes eventos:
Práctica de cualquier deporte en calidad de aficionado, excepto la
participación en competencias en vehículos automotores de cualquier
clase, naves acuáticas y aeronaves.
Picaduras o mordeduras de ofidios, de rayas o de perros.
Caídas involuntarias al agua; aspiración involuntaria de gases o vapores
letales, electrocución involuntaria.
(la ingestión involuntaria o en las inhalaciones accidentales de, pero sin limitarse a, venenos, tóxicos,
alimentos o bebidas en descomposición o adulterados, gases o vapores venenosos, tóxicos, asfixiantes)
13. AVISO DEL SINIESTRO: El tomador, el asegurado o cualquier persona
interesada, según el caso, tiene la obligación de dar aviso por cualquier medio
a AXA COLPATRIA SEGUROS S.A. de toda lesión, perdida o muerte que pueda
dar origen a una reclamación comprendida en los términos de la póliza.
FORMALIZACION DEL RECLAMO: La aseguradora pagará por conducto del
Tomador, a los beneficiarios o directamente a estos, la indemnización a que
esté obligada por este seguro dentro del término legal, contados a partir de la
fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro mediante los documentos
probatorios idóneos.
ATENCION UNICAMENTE POR EL CALL CENTER
BOGOTA: 6283627
NIVEL NACIONAL: 018000521221
14. MUERTE ACCIDENTAL Y AUXILIO FUNERARIO
Registro de Defunción, en el que conste la causa de deceso
Registro Civil de nacimiento del fallecido
Fotocopia del carné estudiantil vigente o la certificación emitida por el
SENA, que conste la inscripción y matricula del estudiante.
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE Y DESMEMBRACIÓN
Fotocopia del carné estudiantil vigente o la certificación emitida por el
SENA, que conste la inscripción y matricula del estudiante.
Certificado de incapacidad emitido por la Junta de Calificación de
Invalidez o autoridad competente.
15. RIESGO BIOLOGICO
Fotocopia del carné estudiantil vigente o la certificación emitida por el
SENA, que conste la inscripción y matricula del estudiante.
GASTOS MEDICOS
Fotocopia del carné estudiantil vigente o la certificación emitida por el
SENA, que conste la inscripción y matricula del estudiante.
Original de las facturas que acrediten los gastos.
16. Cuando la causa del fallecimiento sea porque el aprendiz se encuentre bajo la
influencia de bebidas embriagantes o de drogas toxicas y/o alucinógenas o de
fármacos no prescritos medicamente.
La muerte provocada al aprendiz, causada por cualquier infracción a las leyes o
decretos.
Cuando sea producidos por hechos de guerra declarada o no declarado, motín,
huelga o cualquier acto que constituya delito de conformidad con lo estipulado a
la ley.
Cuando sea consecuencia de un accidente sufrido por el aprendiz mientras haga
parte de la tripulación de cualquier aeronave.
Los gastos médicos para cubrir cirugías estéticas o plásticas con fines de
embellecimientos.
Lesiones sufridas como consecuencia de la práctica de deportes de alto riesgo,
tales como: Boxeo, buceo, motociclismo, paracaidismo, pesca, pilotos, aviadores,
tauromaquia y pruebas de resistencia.
17. ADMISIONES
El estudiante llega a la institución medica
Admisiones llama a
línea de atención
1. Carnet y cedula
2. Confirma aprendiz en Sofia
plus
Asimep
confirma:
Entidad presta
servicio
VERIFICACION DE ASEGURABILIDAD - APRENDIZ SENA
18. ASEGURADO
• Copia del carné estudiantil
• Copia de la cedula de ciudadanía
• Copia de la historia clínica
• Facturas originales de ley
• Soportes de atención que acrediten los
gastos.
Análisis y validación de
documentos
Pago de la
Indemnización
REEMBOLSO POR GASTOS MEDICOS
19. Muerte accidental y auxilio funerario
Incapacidad Total Y permanente
Beneficios por desmembración
BENEFICIARIOS
• Documento de identidad del
asegurado
• Copia del carné estudiantil.
• Registro de defunción.
• Documentos que acrediten la calidad
de los beneficiarios.
• Copia del acta del levantamiento del
cadáver y copia del protocolo de
necropsia.
ASEGURADO
• Documento de identidad del
asegurado.
• Copia del carné estudiantil.
• Certificado medico sobre la
incapacidad total y permanente.
• Copia de la historia clinica.
ASEGURADO
• Copia del documento de identidad.
• Copia del carné estudiantil.
• Copia de la historia clinica.
Análisis y validación de
documentos
•Veracidad de los hechos.
•Acreditación de los
asegurados.
•Calidad de estudiante
Pago de la
Indemnización
RECLAMACION DE AMPAROS
20. GRACIAS
SENA DIRECCION GENERAL
DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
• Grupo Servicios Generales y Adquisiciones
DIRECCION DE FORMACION PROFESIONAL
• Grupo de Bienestar al Aprendiz
CORREDOR DE SEGUROS
• Rocio Prieto R, Coordinadora Unidad,. rocio_prieto@jltcolombia.com,