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LAS REFORMAS BORBÓNICAS.
El siglo XVIII en América y Chile va estar marcado por una serie de cambios como una nueva
división administrativa, la supresión de antiguas instituciones y cargos políticos y la
incorporación nuevos organismos de administración indiana.
Durante la segunda mitad del siglo, particularmente bajo el gobierno de Carlos III, se van a
llevar a desarrollar una serie de reformas que apuntaban a un mayor control de la metrópoli
sobre sus colonias, al aumento de la producción y el comercio, buscando lograr una monarquía
nacional, unificada y centralizada. En materia comercial se había adaptado el mercantilismo,
enunciado por Colbert, a la realidad española. Se buscaba reforzar los lazos entre España y sus
colonias sin que eso significara mayor autonomía para las segundas. Muy por el contrario
buscaban mejorar la producción de éstas en la medida que no fueran competencia para la
industria peninsular.
En materia de la administración se trató de llevar adelante una serie de reformas, bastante
drásticas y revolucionarias, que buscaban uniformar y modernizar el sistema de administración
de las provincias de ultramar.
El proyecto general de reformas descansaba sobre la base de 4 pilares fundamentales:
1. La administración correría por cuenta del Estado. En otras palabras el Estado español, a
diferencia de lo ocurrido durante el período de los Austria, ejercería su control con funcionarios
pagados; aboliendo o incorporando a la administración de la Corona todos aquellos cargos
honorarios u oficios rematados ejercidos por particulares.
2. Toda la administración pública estaría en manos de funcionarios profesionales y pagados.
Evitándose nombrar funcionarios con influencia en la Corte o por títulos nobiliarios. Los
funcionarios ocuparían esos cargos por méritos y servicios, iniciándose así una verdadera
carrera dentro de la administración del Estado, pudiendo ser destituidos aquellos funcionarios
corruptos o incapaces.
3. Debía realizarse una modificación completa del sistema administrativo. Creando una técnica
oficinista moderna, lo que sería posible gracias a las competencias y habilidades de los
funcionarios reales, quienes recibirían ordenes claras y precisas, informando a sus superiores de
su pronta ejecución. Además la administración moderna consagraba un sistema de fiscalización
mutua con otros funcionarios o instituciones.
4. Evitar dilatar la ejecución de leyes y ordenanzas de gobierno y administración, como ocurría
anteriormente que bajo la fórmula se obedece pero no se cumple, permitía que la normas no se
cumplieran con diligencia y exactitud. Ahora la fórmula a aplicar será obedezco o cumplo o
informo haberlo hecho con rapidez y exactitud.
Todo ese proyecto y política reformista no fue aplicado de una sola vez, sino en forma gradual.
Entre 1763 y 1775 se planificó y se experimentó en forma piloto esas reformas en algunos
puntos de las provincias de ultramar. Entre 1776 y 1792 las reformas fueron implantadas en
toda la América española y desde 1793 el plan reformista va a mantenerse por efecto de su
propia inercia. Desde ese último año el impulso renovador ya estaba agotado, debido, en parte, a
la interrupción de las comunicaciones entre la metrópolis y sus colonias, y la falta de liderazgo
político de los monarcas tras la muerte de Carlos III. Las reformas con su sucesor Carlos IV
pierden firmeza y dignidad.
REFORMAS EN LA ESFERA ADMINISTRATIVA
La primera innovación en esta esfera es la aparición de dos nuevos virreinatos que se
desprenden fundamentalmente de la división del antiguo virreinato peruano: La Plata (con sede
en Buenos Aires) y Nueva Granada (Colombia).
El Consejo de Indias fue perdiendo importancia y se transformó en un organismo consultivo
cuando Felipe V implantó, la Secretaría del Despacho Universal de Indias. En tanto la casa de
Contratación corrió una suerte similar al se trasladada a Cádiz, en 1772, y su posterior extinción
en 1790.
Otra innovación es la aparición del sistema de intendencias, a cargo de un funcionario
profesional llamado intendente, que subdividen las antiguas provincias. Este sistema en una
primera etapa va a ser implantada en Caracas, Mar del Plata y después en todos los territorios de
Ultramar, incluso en Filipinas, llegando a establecerse para la época de Carlos III un total de 44.
Los intendentes son los funcionarios que mejor interpretaban las reformas que se querían llevar
adelante. Eran funcionarios de carrera, bien remunerados, preparados, de personalidad burguesa
y con atribuciones amplísimas en las esferas de hacienda, guerra, justicia y gobierno e incluso
ejerciendo el vice-patronato de la Iglesia en su jurisdicción.
Estos funcionarios fueron asesorados por los subdelegados, que vinieron a reemplazar a los
corregidores en los partidos.
En materia de Hacienda, tanto los intendentes como los virreyes van a quedar supeditados a la
autoridad de un Superintendente General de Hacienda, que dependía directamente del monarca,
porque ésta era una esfera muy importante para el soporte de la burocracia moderna española.
Con esta reforma se lograría unificar la administración de los recursos públicos y obligaría a
hacer eficiente los tribunales de cuenta y el cobro de los tributos y controlar las cargas
impositivas del comercio interno y externo.
En la esfera de justicia, como parte de ese proceso, surgieron nuevas sedes de Reales
Audiencias en Caracas (1776); Buenos Aires (1785); Cuzco (1786) y Puerto Príncipe (1799). Si
bien es cierto conservaron, en parte importante del siglo XVIII, su antigua estructura a partir de
1776 se incorpora a ese organismo un nuevo funcionario: el regente, que presidió la Audiencia,
se encargó de programar el trabajo de esa institución y vigiló las acciones de los funcionarios
judiciales .Así, con la creación de ese cargo se buscaba concentrar a los oidores en las tares del
ámbito de la justicia, limitando sus ingerencia en otras materias.
RESULTADOS REFORMAS.
Entre el proyecto general y su correcta aplicación hubo bastante distancia, toda vez que la
fuerza de la tradición, la casuística, los intereses creados y los choques entre la antigua
burocracia y la nueva jugaron en contra de lo imaginado por los reformadores. Surgiendo
pugnas entre los virreyes y los superintendentes de Hacienda, porque los primeros se resistieron
a perder atribuciones en ese ámbito o entre virreyes y visitadores generales. La única excepción
la constituyó Buenos Aires, porque allí ambos funcionarios eran recién llegados. En la pugna
entre los virreyes y los superintendentes de hacienda va a ser resulta a favor de la vieja
administración, ya que los superintendentes de Lima, México y Buenos Aires, en 1787, van a
recibir nuevas designaciones.
Las intendencias se implementaron en muchos lugares rápidamente y sin mayores dificultades.
En Caracas (1777); en el Virreinato de Buenos Aires (1776); en Chile y Guatemala (1786). Pero
en los antiguos Virreinatos, Perú y Nueva España, sólo pudieron establecerse entre 1784 y 1785.
Los recelos entre éstos y los virreyes decayeron rápidamente.
Las Intendencias por su parte fueron buenos administradores y jueces en las ciudades, que eran
centros de decisión política, pero su eficiencia fue disminuyendo considerablemente en los
lugares más alejados de dichos centros. Situación que se debió fundamentalmente a: la falta de
tiempo, la falta de recursos económicos para realizar visitas y a la carencia de subdelegados en
zonas donde esos cargos quedaron vacantes, porque no habían personas competentes para
ejercerlos.
El régimen de subdelegado habría contribuido muy poco a mejorar el sistema de administración
pública, salvo contadas excepciones en las ciudades sedes de virreinato o en las zonas próximas
a las sedes de intendencias.
En otras materias se va a mejorar considerablemente las cifras globales de recaudación de
fondos públicos a partir del último tercio del siglo XVIII. Lo que se explicaría por que existió
un mayor control de la corona, la aparición de nuevas fuentes de ingresos fiscales, la creación
de nuevos impuestos y el incremento de otros. Además es importante señalar la reorganización
de los monopolios estatales( particularmente, los de pólvora, azogue, aguardiente y naipes); las
gestiones directas de la Corona en relación al cobro de impuestos y sobre la acción de las casas
de moneda y la fiscalización ejercidas sobre aduanas y resguardos.
En suma, los ingresos fiscales se van a elevar no tanto por el aumento de los impuestos, sino
porque hay un control más eficaz para el cobro de esos tributos. Por otra parte, y a pesar de esta
mejora en los ingresos fiscales, no es menos cierto que aumentó el gasto público como
consecuencia de los gastos relacionados con esta burocracia moderna y por los gastos militares.
En el ámbito de la administración de justicia hay que señalar que conservó su prestigio, pero se
agilizaron los procesos o causas civiles y criminales, gracias a la acción del regente. Esto último
fundamentalmente a la aparición de una sala dedicada a lo civil y otra a lo criminal.
Por otra parte en varios lugares de América los oidores alzaron sus voces contra el recorte de
atribuciones de justicia y de gobierno que tenían los oidores y el establecimiento de
jurisdicciones especiales que aparecen con las reformas como por ejemplo, los fueros minero y
comercial, generándose una serie de roces entre los miembros de la audiencia y las autoridades
que ejercían estos fueros. Es importante también destacar una serie de rencillas que se dieron
entre la vieja burocracia, de cuño más conservador y lento, y la nueva burocracia más dinámica,
renovadora y agresiva. Así, no pudo ser desterrada del todo las antiguas prácticas que se
sintetizaba en la fórmula se obedece pero no se cumple.
Las reformas lograron poner fin a algunos abusos, poner término en parte a la corrupción
funcionaria e introducir algunas modificaciones en el ámbito económico, pero nada más. Lo que
se puede explicar por la resistencia de la oligarquía hispano criolla a los cambios introducidos,
por no querer ver mermado su poder político, económico y social y, en segundo lugar, a la
resistencia de la burocracia tradicional que se mostró proclive a mantener los usos y costumbres
y los derechos adquiridos, tratando de mantener una relativa autonomía en la toma de
decisiones.
REFORMAS EN CHILE.
1. La aparición de la Real Universidad de San Felipe (1757), con sede en Santiago, que va a
introducir el fuero universitario y le permitió ejercer una jurisdicción propia en algunos puntos
determinados.
2.La creación del Tribunal del Consulado (1795), que introduce el fuero mercantil, evita que
los casos judiciales por estas materias se ventilen en el Perú y porque constituyó un organismo
impulsor de reformas en el ámbito comercial en Chile.
3. La política de estatizar todas aquellas actividades monopólicas que estaban en manos de
particulares, es así como paulatinamente las va incorporando a la Real Hacienda. Por ejemplo,
entre 1753 y1754 se incorpora el tabaco; en 1780 los naipes y el papel sellado; el azogue, en
1782 y la pólvora, en1783. Inserta en este punto está la estatización de la Casa de Moneda, que
hasta 1772 permaneció en manos de particulares, y la estatización de correos y posta , que a
partir de 1773 pasó su administración a manos de la Corona.
4. La aplicación en Chile de la Ordenanza de Libre Comercio de 1778 va introducir cambios
importantes en la rebaja de impuestos de importación y exportación de productos, lo que se va a
traducir en serios problemas para nuestra economía, toda vez que se va a ver atochada de
productos extranjeros, sin poder poner nuestros productos en los mercados externos.
5. A partir de 1776 se incorporó a la Real Audiencia el regente, que va distribuir las causas y
representar al gobernador en dicha instancia, tiene voz pero no voto en las decisiones del
organismo judicial.
Hasta 1776 era el oidor decano quien reemplazaba al gobernador en caso de enfermedad,
ausencia o muerte, pero a partir de esa fecha y hasta1788, lo hará el regente y desde 1788 en
adelante lo hará el brigadier de milicias de más alta graduación quien subrogue al gobernador.
6. En 1787 se creó el Tribunal Minero y, en 1801, el Tribunal de Minería, instituciones que
se encargan de administrar justicia en ese ámbito, realizar tareas de prospección minera e
incentivar la explotación de yacimientos mineros.
7. Entre 1786 y 1787 se estableció en Chile el régimen de Intendencias, que viene a poner
orden y normaliza las tareas de gobierno y hacienda. Acá se establecieron dos intendencias:
Santiago, que ejercía el propio gobernador, (con 9 partidos y un gobierno político- militar en
Valparaíso) y Concepción (6 partidos y dos gobiernos político- militares: Valdivia y Juan
Fernández).
8. Surgió un importante organismo fiscalizador de la hacienda pública como es la Contaduría
Mayor. Antes de 1795 venía desde el Perú una persona comisionada casi siempre un contador,
quien debía supervisar y preparar las cuentas de la hacienda chilena. Se estableció un nuevo
fuero de hacienda, que va recaer en el contador mayor o tesorero mayor.
9. Durante parte importante del siglo XVIII se aplicó, en Chile, una política fundacional.
Nuestro país se caracterizó porque su población fue marcadamente rural y dispersa, y porque
disminuyó, en relación a otras regiones de Hispanoamérica, el número de vecinos.
Esa política buscaba terminar con la ruralización se impulsará la refundación de las ciudades
abandonadas y destruidas y fundación de nuevas villas a lo largo del territorio, mejorando con
ello el cobro de tributos, la administración de justicia y gobierno y la asistencia espiritual de los
vecinos. Sin embargo, el principal elemento que complotó contra esa política fundacional fue
que la vida económica chilena siguió dependiendo de las haciendas o grandes propiedades
agrícolas.
Las nuevas ciudades fundadas fueron: Copiapó(1744), Huasco(1753), Vallenar(1789),
Combarbalá (1789), Illapel (1753), Petorca (1753), La Ligua (1754), San Felipe (1740),
Quillota (1717), Santa Rosa de Los Andes (1791), Casablanca (1753), Melipilla (1743),
Rancagua (1743), San Fernando (1742), Curicó (1743), Talca (1742), San Javier (1768),
Linares(1794), Parral(1795), San Carlos(1788), Constitución (1794), Cauquenes (1742), Osorno
(1796) y Ancud (1768). Destacaron dentro de esa política fundacional los gobernadores José
Santiago Concha, Manso de Velasco, Domingo Ortiz de Rozas y Ambrosio O`Higgins.

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Las reformas administrativas borbónicas en América

  • 1. LAS REFORMAS BORBÓNICAS. El siglo XVIII en América y Chile va estar marcado por una serie de cambios como una nueva división administrativa, la supresión de antiguas instituciones y cargos políticos y la incorporación nuevos organismos de administración indiana. Durante la segunda mitad del siglo, particularmente bajo el gobierno de Carlos III, se van a llevar a desarrollar una serie de reformas que apuntaban a un mayor control de la metrópoli sobre sus colonias, al aumento de la producción y el comercio, buscando lograr una monarquía nacional, unificada y centralizada. En materia comercial se había adaptado el mercantilismo, enunciado por Colbert, a la realidad española. Se buscaba reforzar los lazos entre España y sus colonias sin que eso significara mayor autonomía para las segundas. Muy por el contrario buscaban mejorar la producción de éstas en la medida que no fueran competencia para la industria peninsular. En materia de la administración se trató de llevar adelante una serie de reformas, bastante drásticas y revolucionarias, que buscaban uniformar y modernizar el sistema de administración de las provincias de ultramar. El proyecto general de reformas descansaba sobre la base de 4 pilares fundamentales: 1. La administración correría por cuenta del Estado. En otras palabras el Estado español, a diferencia de lo ocurrido durante el período de los Austria, ejercería su control con funcionarios pagados; aboliendo o incorporando a la administración de la Corona todos aquellos cargos honorarios u oficios rematados ejercidos por particulares. 2. Toda la administración pública estaría en manos de funcionarios profesionales y pagados. Evitándose nombrar funcionarios con influencia en la Corte o por títulos nobiliarios. Los funcionarios ocuparían esos cargos por méritos y servicios, iniciándose así una verdadera carrera dentro de la administración del Estado, pudiendo ser destituidos aquellos funcionarios corruptos o incapaces. 3. Debía realizarse una modificación completa del sistema administrativo. Creando una técnica oficinista moderna, lo que sería posible gracias a las competencias y habilidades de los funcionarios reales, quienes recibirían ordenes claras y precisas, informando a sus superiores de su pronta ejecución. Además la administración moderna consagraba un sistema de fiscalización mutua con otros funcionarios o instituciones. 4. Evitar dilatar la ejecución de leyes y ordenanzas de gobierno y administración, como ocurría anteriormente que bajo la fórmula se obedece pero no se cumple, permitía que la normas no se cumplieran con diligencia y exactitud. Ahora la fórmula a aplicar será obedezco o cumplo o informo haberlo hecho con rapidez y exactitud. Todo ese proyecto y política reformista no fue aplicado de una sola vez, sino en forma gradual. Entre 1763 y 1775 se planificó y se experimentó en forma piloto esas reformas en algunos puntos de las provincias de ultramar. Entre 1776 y 1792 las reformas fueron implantadas en toda la América española y desde 1793 el plan reformista va a mantenerse por efecto de su propia inercia. Desde ese último año el impulso renovador ya estaba agotado, debido, en parte, a la interrupción de las comunicaciones entre la metrópolis y sus colonias, y la falta de liderazgo político de los monarcas tras la muerte de Carlos III. Las reformas con su sucesor Carlos IV pierden firmeza y dignidad.
  • 2. REFORMAS EN LA ESFERA ADMINISTRATIVA La primera innovación en esta esfera es la aparición de dos nuevos virreinatos que se desprenden fundamentalmente de la división del antiguo virreinato peruano: La Plata (con sede en Buenos Aires) y Nueva Granada (Colombia). El Consejo de Indias fue perdiendo importancia y se transformó en un organismo consultivo cuando Felipe V implantó, la Secretaría del Despacho Universal de Indias. En tanto la casa de Contratación corrió una suerte similar al se trasladada a Cádiz, en 1772, y su posterior extinción en 1790. Otra innovación es la aparición del sistema de intendencias, a cargo de un funcionario profesional llamado intendente, que subdividen las antiguas provincias. Este sistema en una primera etapa va a ser implantada en Caracas, Mar del Plata y después en todos los territorios de Ultramar, incluso en Filipinas, llegando a establecerse para la época de Carlos III un total de 44. Los intendentes son los funcionarios que mejor interpretaban las reformas que se querían llevar adelante. Eran funcionarios de carrera, bien remunerados, preparados, de personalidad burguesa y con atribuciones amplísimas en las esferas de hacienda, guerra, justicia y gobierno e incluso ejerciendo el vice-patronato de la Iglesia en su jurisdicción. Estos funcionarios fueron asesorados por los subdelegados, que vinieron a reemplazar a los corregidores en los partidos. En materia de Hacienda, tanto los intendentes como los virreyes van a quedar supeditados a la autoridad de un Superintendente General de Hacienda, que dependía directamente del monarca, porque ésta era una esfera muy importante para el soporte de la burocracia moderna española. Con esta reforma se lograría unificar la administración de los recursos públicos y obligaría a hacer eficiente los tribunales de cuenta y el cobro de los tributos y controlar las cargas impositivas del comercio interno y externo. En la esfera de justicia, como parte de ese proceso, surgieron nuevas sedes de Reales Audiencias en Caracas (1776); Buenos Aires (1785); Cuzco (1786) y Puerto Príncipe (1799). Si bien es cierto conservaron, en parte importante del siglo XVIII, su antigua estructura a partir de 1776 se incorpora a ese organismo un nuevo funcionario: el regente, que presidió la Audiencia, se encargó de programar el trabajo de esa institución y vigiló las acciones de los funcionarios judiciales .Así, con la creación de ese cargo se buscaba concentrar a los oidores en las tares del ámbito de la justicia, limitando sus ingerencia en otras materias. RESULTADOS REFORMAS. Entre el proyecto general y su correcta aplicación hubo bastante distancia, toda vez que la fuerza de la tradición, la casuística, los intereses creados y los choques entre la antigua burocracia y la nueva jugaron en contra de lo imaginado por los reformadores. Surgiendo pugnas entre los virreyes y los superintendentes de Hacienda, porque los primeros se resistieron a perder atribuciones en ese ámbito o entre virreyes y visitadores generales. La única excepción la constituyó Buenos Aires, porque allí ambos funcionarios eran recién llegados. En la pugna entre los virreyes y los superintendentes de hacienda va a ser resulta a favor de la vieja administración, ya que los superintendentes de Lima, México y Buenos Aires, en 1787, van a recibir nuevas designaciones. Las intendencias se implementaron en muchos lugares rápidamente y sin mayores dificultades. En Caracas (1777); en el Virreinato de Buenos Aires (1776); en Chile y Guatemala (1786). Pero en los antiguos Virreinatos, Perú y Nueva España, sólo pudieron establecerse entre 1784 y 1785. Los recelos entre éstos y los virreyes decayeron rápidamente.
  • 3. Las Intendencias por su parte fueron buenos administradores y jueces en las ciudades, que eran centros de decisión política, pero su eficiencia fue disminuyendo considerablemente en los lugares más alejados de dichos centros. Situación que se debió fundamentalmente a: la falta de tiempo, la falta de recursos económicos para realizar visitas y a la carencia de subdelegados en zonas donde esos cargos quedaron vacantes, porque no habían personas competentes para ejercerlos. El régimen de subdelegado habría contribuido muy poco a mejorar el sistema de administración pública, salvo contadas excepciones en las ciudades sedes de virreinato o en las zonas próximas a las sedes de intendencias. En otras materias se va a mejorar considerablemente las cifras globales de recaudación de fondos públicos a partir del último tercio del siglo XVIII. Lo que se explicaría por que existió un mayor control de la corona, la aparición de nuevas fuentes de ingresos fiscales, la creación de nuevos impuestos y el incremento de otros. Además es importante señalar la reorganización de los monopolios estatales( particularmente, los de pólvora, azogue, aguardiente y naipes); las gestiones directas de la Corona en relación al cobro de impuestos y sobre la acción de las casas de moneda y la fiscalización ejercidas sobre aduanas y resguardos. En suma, los ingresos fiscales se van a elevar no tanto por el aumento de los impuestos, sino porque hay un control más eficaz para el cobro de esos tributos. Por otra parte, y a pesar de esta mejora en los ingresos fiscales, no es menos cierto que aumentó el gasto público como consecuencia de los gastos relacionados con esta burocracia moderna y por los gastos militares. En el ámbito de la administración de justicia hay que señalar que conservó su prestigio, pero se agilizaron los procesos o causas civiles y criminales, gracias a la acción del regente. Esto último fundamentalmente a la aparición de una sala dedicada a lo civil y otra a lo criminal. Por otra parte en varios lugares de América los oidores alzaron sus voces contra el recorte de atribuciones de justicia y de gobierno que tenían los oidores y el establecimiento de jurisdicciones especiales que aparecen con las reformas como por ejemplo, los fueros minero y comercial, generándose una serie de roces entre los miembros de la audiencia y las autoridades que ejercían estos fueros. Es importante también destacar una serie de rencillas que se dieron entre la vieja burocracia, de cuño más conservador y lento, y la nueva burocracia más dinámica, renovadora y agresiva. Así, no pudo ser desterrada del todo las antiguas prácticas que se sintetizaba en la fórmula se obedece pero no se cumple. Las reformas lograron poner fin a algunos abusos, poner término en parte a la corrupción funcionaria e introducir algunas modificaciones en el ámbito económico, pero nada más. Lo que se puede explicar por la resistencia de la oligarquía hispano criolla a los cambios introducidos, por no querer ver mermado su poder político, económico y social y, en segundo lugar, a la resistencia de la burocracia tradicional que se mostró proclive a mantener los usos y costumbres y los derechos adquiridos, tratando de mantener una relativa autonomía en la toma de decisiones. REFORMAS EN CHILE. 1. La aparición de la Real Universidad de San Felipe (1757), con sede en Santiago, que va a introducir el fuero universitario y le permitió ejercer una jurisdicción propia en algunos puntos determinados. 2.La creación del Tribunal del Consulado (1795), que introduce el fuero mercantil, evita que los casos judiciales por estas materias se ventilen en el Perú y porque constituyó un organismo impulsor de reformas en el ámbito comercial en Chile.
  • 4. 3. La política de estatizar todas aquellas actividades monopólicas que estaban en manos de particulares, es así como paulatinamente las va incorporando a la Real Hacienda. Por ejemplo, entre 1753 y1754 se incorpora el tabaco; en 1780 los naipes y el papel sellado; el azogue, en 1782 y la pólvora, en1783. Inserta en este punto está la estatización de la Casa de Moneda, que hasta 1772 permaneció en manos de particulares, y la estatización de correos y posta , que a partir de 1773 pasó su administración a manos de la Corona. 4. La aplicación en Chile de la Ordenanza de Libre Comercio de 1778 va introducir cambios importantes en la rebaja de impuestos de importación y exportación de productos, lo que se va a traducir en serios problemas para nuestra economía, toda vez que se va a ver atochada de productos extranjeros, sin poder poner nuestros productos en los mercados externos. 5. A partir de 1776 se incorporó a la Real Audiencia el regente, que va distribuir las causas y representar al gobernador en dicha instancia, tiene voz pero no voto en las decisiones del organismo judicial. Hasta 1776 era el oidor decano quien reemplazaba al gobernador en caso de enfermedad, ausencia o muerte, pero a partir de esa fecha y hasta1788, lo hará el regente y desde 1788 en adelante lo hará el brigadier de milicias de más alta graduación quien subrogue al gobernador. 6. En 1787 se creó el Tribunal Minero y, en 1801, el Tribunal de Minería, instituciones que se encargan de administrar justicia en ese ámbito, realizar tareas de prospección minera e incentivar la explotación de yacimientos mineros. 7. Entre 1786 y 1787 se estableció en Chile el régimen de Intendencias, que viene a poner orden y normaliza las tareas de gobierno y hacienda. Acá se establecieron dos intendencias: Santiago, que ejercía el propio gobernador, (con 9 partidos y un gobierno político- militar en Valparaíso) y Concepción (6 partidos y dos gobiernos político- militares: Valdivia y Juan Fernández). 8. Surgió un importante organismo fiscalizador de la hacienda pública como es la Contaduría Mayor. Antes de 1795 venía desde el Perú una persona comisionada casi siempre un contador, quien debía supervisar y preparar las cuentas de la hacienda chilena. Se estableció un nuevo fuero de hacienda, que va recaer en el contador mayor o tesorero mayor. 9. Durante parte importante del siglo XVIII se aplicó, en Chile, una política fundacional. Nuestro país se caracterizó porque su población fue marcadamente rural y dispersa, y porque disminuyó, en relación a otras regiones de Hispanoamérica, el número de vecinos. Esa política buscaba terminar con la ruralización se impulsará la refundación de las ciudades abandonadas y destruidas y fundación de nuevas villas a lo largo del territorio, mejorando con ello el cobro de tributos, la administración de justicia y gobierno y la asistencia espiritual de los vecinos. Sin embargo, el principal elemento que complotó contra esa política fundacional fue que la vida económica chilena siguió dependiendo de las haciendas o grandes propiedades agrícolas. Las nuevas ciudades fundadas fueron: Copiapó(1744), Huasco(1753), Vallenar(1789), Combarbalá (1789), Illapel (1753), Petorca (1753), La Ligua (1754), San Felipe (1740), Quillota (1717), Santa Rosa de Los Andes (1791), Casablanca (1753), Melipilla (1743), Rancagua (1743), San Fernando (1742), Curicó (1743), Talca (1742), San Javier (1768), Linares(1794), Parral(1795), San Carlos(1788), Constitución (1794), Cauquenes (1742), Osorno (1796) y Ancud (1768). Destacaron dentro de esa política fundacional los gobernadores José Santiago Concha, Manso de Velasco, Domingo Ortiz de Rozas y Ambrosio O`Higgins.