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UNIVERSIDAD
PERUANA
LOS
ANDES
Modalidad
de
Educación
Semipresencial
Docente: Abog. Lorenzo Pablo ILAVE GARCIA
Semestre Académico 2021 – II
Asignatura: DERECHO PENITENCIARIO
Unidad Nº 2 : NORMAS JURIDICAS DEL REGIMEN PENITENCIARIO
Facultad
de
DERECHO
Semana Nro. 05
 Tenemos que referir que todo Código cuenta con un Titulo
Preliminar, incluso la Constitución Política tiene un Titulo Preliminar
que se llama RPEAMBULO que contiene la filosofía, los principios y
garantías que nos van a servir para su interpretación.
 La Constitucional Política de 1993 en su artículo 139 numeral 22
dice:”El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la
reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la
sociedad .”, repite el texto de la Constitución de 1979 art. 234
 “Creyentes en la primacía de la persona humana y en que
todos los hombres, iguales en dignidad, tienen derechos de
validez universal, anteriores y superiores al Estado;
 Que la familia es célula básica de la sociedad y raíz de su
grandeza, así como ámbito natural de la educación y la
cultura;
 Que el trabajo es deber y derecho de todos los hombre y
representa la base del bienestar nacional;
 Que la justicia es valor primario de la vida en comunidad y
que el ordenamiento social se cimenta en el bien común y la
solidaridad humana;…….”
 Artículo 233. Son garantías de la administración de justicia…
19.- El derecho de los reclusos y sentenciados a ocupar
establecimientos sanos y convenientes
 Artículo 234.Nadie puede ser sometido a torturas o tratos
inhumanos o humillantes.
 Cualquiera puede solicitar al Juez que ordene de inmediato el
examen medido de la persona privada de su libertad, si cree
que esta es victima de maltratos.
 El régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación,
rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, de
acuerdo con el Código de Ejecución Penal.
 Titulo preliminar
 Título I E L INTERNO
 Título II REGIMEN PENITENCIARIO
 Título III TRATAMIETNO PENITENCIARIO
 Título IV LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
 Título V EJECUCIÍN DE LAS PENAS RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD.
 Título VI ÉJECUCIÓN DE LAS PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS
 Título VII ASISTENCIA POST PENITENICARIA
 Título VIII PERSONAL PENITENCIARILO
 Título IX INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
 Título X DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS.
 Art. I. Este Código de acuerdo con el artículo 234 de la
Constitución Política del Perú, regula la ejecución de las
sigientes penasdictadas por los órganos
jurisdiccionales competentes .
 1. Penas privativas de la llibertads.
 2. Penas restrictivas de libertad.
 3. Penas limitativas de derechos.
 Comprenden también, las medidas de seguridad.
 .
 “Artículo II. La ejecución penal tiene por objeto la reeducación, la
rehabilitación y la reincorporación del penado a la sociedad.
 Las mismas reglas se aplican al procesado en lo que fuese
pertinente.”
 Esta tarea se encuentra a cargo del personal técnico penitenciario .
 “Artículo III. La ejecución penal y las medidas preventivas de
libertad de los procesados están exentos de tortura o tratos
inhumanos o humillantes y de cualquier otro acto o
procedimiento que atente contra la dignidad del interno”..
 La Constitución en su art. 1° dice “La defensa de la persona
humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la
sociedad y del Estado”.
 Artículo IV. El sistema penitenciario se realiza mediante
el sistema progresivo.”
 El sistema progresivo consta de tres etapas:
observación tratamiento y prueba.
 En aplicación de este sistema se debe conseguir que el
interno en forma paulatina se adapte nuevamente a la
vida respetuosa de las convivencia social, una forma de
probar su tratamiento progresivo son los beneficios
penitenciarios.
 “Artículo V. El Régimen penitenciario se desarrolla respetando
los derechos del interno que no han sido afectados por la
sentencia”.
 “Está prohibido toda discriminación racial, social, política,
religiosa, económica, cultural, o de cualquier otra índole”
 Todo esto conforme a los Tratados y Convenios Internacionales
sobre DDHH suscritos por el Perú.
 “”Artículo VI. La sociedad, las instituciones y las personas
participan en forma activa en el tratamiento del interno y en
acciones de asistencia post penitenciaria”.
 Conforme al artículo primero de la Constitución, la persona
humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la
sociedad y del Estado.
 En consecuencia es una obligación de toda persona ayudar al
interno en su reincorporación a la sociedad.
 “Artículo VII. La transferencia de persona extranjeras o nacionales
condenadas por jueces peruanos para el cumplimiento de las
penas impuestas en su país de origen o en el de su residencia
habitual se regirá por los Tratados o Convenios Internacionales
sobre la materia y el principio de reciprocidad por razones
humanitarias y leyes respectivas”.
 “No se autorizará la transferencia de aquellos que se encuentren
comprendidos por delito de terrorismo, terrorismo agravado,
atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria o del
agente que actúa como cabecilla o dirigente de una organización
destinada al tráfico ilícito de drogas sin perjuicio de los dispuesto
en los Tratados o Convenios Internacionales en los que el Perú es
 “Artículo VIII. La retroactividad y la interpretación de este
código se resuelve en lo mas favorable al interno”
 Este artículo está siendo cuestionado por el Tribunal
Constitucional, cuando interpreta la aplicación temporal delas
normas penitenciarias.
 “Artículo IX. La interna gestante o madre y los hijos menores
de ésta que conviven con ella, gozan de amplia protección
del sistema penitenciario.”
 Esta disposición es concordante con el artículo 4 de la actual
Constitución y con el art. 7 y 8 de la Constitución de 1979.
 “Artículo X. El sistema penitenciario acoge las disposiciones,
conclusiones y recomendaciones de las Naciones Unidas para la
prevención del delito y tratamiento del delincuente.”
 Estas reglas mínimas de las Naciones Unidas fueron Adoptadas
por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención
del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra
en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus
resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de
13 de mayo de 1977.
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  • 1. UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES Modalidad de Educación Semipresencial Docente: Abog. Lorenzo Pablo ILAVE GARCIA Semestre Académico 2021 – II Asignatura: DERECHO PENITENCIARIO Unidad Nº 2 : NORMAS JURIDICAS DEL REGIMEN PENITENCIARIO Facultad de DERECHO Semana Nro. 05
  • 2.  Tenemos que referir que todo Código cuenta con un Titulo Preliminar, incluso la Constitución Política tiene un Titulo Preliminar que se llama RPEAMBULO que contiene la filosofía, los principios y garantías que nos van a servir para su interpretación.  La Constitucional Política de 1993 en su artículo 139 numeral 22 dice:”El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad .”, repite el texto de la Constitución de 1979 art. 234
  • 3.  “Creyentes en la primacía de la persona humana y en que todos los hombres, iguales en dignidad, tienen derechos de validez universal, anteriores y superiores al Estado;  Que la familia es célula básica de la sociedad y raíz de su grandeza, así como ámbito natural de la educación y la cultura;  Que el trabajo es deber y derecho de todos los hombre y representa la base del bienestar nacional;  Que la justicia es valor primario de la vida en comunidad y que el ordenamiento social se cimenta en el bien común y la solidaridad humana;…….”
  • 4.  Artículo 233. Son garantías de la administración de justicia… 19.- El derecho de los reclusos y sentenciados a ocupar establecimientos sanos y convenientes  Artículo 234.Nadie puede ser sometido a torturas o tratos inhumanos o humillantes.  Cualquiera puede solicitar al Juez que ordene de inmediato el examen medido de la persona privada de su libertad, si cree que esta es victima de maltratos.  El régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad, de acuerdo con el Código de Ejecución Penal.
  • 5.  Titulo preliminar  Título I E L INTERNO  Título II REGIMEN PENITENCIARIO  Título III TRATAMIETNO PENITENCIARIO  Título IV LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS  Título V EJECUCIÍN DE LAS PENAS RESTRICTIVAS DE LA LIBERTAD.  Título VI ÉJECUCIÓN DE LAS PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS  Título VII ASISTENCIA POST PENITENICARIA  Título VIII PERSONAL PENITENCIARILO  Título IX INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO  Título X DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS.
  • 6.  Art. I. Este Código de acuerdo con el artículo 234 de la Constitución Política del Perú, regula la ejecución de las sigientes penasdictadas por los órganos jurisdiccionales competentes .  1. Penas privativas de la llibertads.  2. Penas restrictivas de libertad.  3. Penas limitativas de derechos.  Comprenden también, las medidas de seguridad.  .
  • 7.  “Artículo II. La ejecución penal tiene por objeto la reeducación, la rehabilitación y la reincorporación del penado a la sociedad.  Las mismas reglas se aplican al procesado en lo que fuese pertinente.”  Esta tarea se encuentra a cargo del personal técnico penitenciario .
  • 8.  “Artículo III. La ejecución penal y las medidas preventivas de libertad de los procesados están exentos de tortura o tratos inhumanos o humillantes y de cualquier otro acto o procedimiento que atente contra la dignidad del interno”..  La Constitución en su art. 1° dice “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”.
  • 9.  Artículo IV. El sistema penitenciario se realiza mediante el sistema progresivo.”  El sistema progresivo consta de tres etapas: observación tratamiento y prueba.  En aplicación de este sistema se debe conseguir que el interno en forma paulatina se adapte nuevamente a la vida respetuosa de las convivencia social, una forma de probar su tratamiento progresivo son los beneficios penitenciarios.
  • 10.  “Artículo V. El Régimen penitenciario se desarrolla respetando los derechos del interno que no han sido afectados por la sentencia”.  “Está prohibido toda discriminación racial, social, política, religiosa, económica, cultural, o de cualquier otra índole”  Todo esto conforme a los Tratados y Convenios Internacionales sobre DDHH suscritos por el Perú.
  • 11.  “”Artículo VI. La sociedad, las instituciones y las personas participan en forma activa en el tratamiento del interno y en acciones de asistencia post penitenciaria”.  Conforme al artículo primero de la Constitución, la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.  En consecuencia es una obligación de toda persona ayudar al interno en su reincorporación a la sociedad.
  • 12.  “Artículo VII. La transferencia de persona extranjeras o nacionales condenadas por jueces peruanos para el cumplimiento de las penas impuestas en su país de origen o en el de su residencia habitual se regirá por los Tratados o Convenios Internacionales sobre la materia y el principio de reciprocidad por razones humanitarias y leyes respectivas”.  “No se autorizará la transferencia de aquellos que se encuentren comprendidos por delito de terrorismo, terrorismo agravado, atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria o del agente que actúa como cabecilla o dirigente de una organización destinada al tráfico ilícito de drogas sin perjuicio de los dispuesto en los Tratados o Convenios Internacionales en los que el Perú es
  • 13.  “Artículo VIII. La retroactividad y la interpretación de este código se resuelve en lo mas favorable al interno”  Este artículo está siendo cuestionado por el Tribunal Constitucional, cuando interpreta la aplicación temporal delas normas penitenciarias.
  • 14.  “Artículo IX. La interna gestante o madre y los hijos menores de ésta que conviven con ella, gozan de amplia protección del sistema penitenciario.”  Esta disposición es concordante con el artículo 4 de la actual Constitución y con el art. 7 y 8 de la Constitución de 1979.
  • 15.  “Artículo X. El sistema penitenciario acoge las disposiciones, conclusiones y recomendaciones de las Naciones Unidas para la prevención del delito y tratamiento del delincuente.”  Estas reglas mínimas de las Naciones Unidas fueron Adoptadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977.