1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
N° 40033 “SAN AGUSTÍN DE HUNTER”.
R.D. N° 0446 – DREA 03 – 05 – 1989.
“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD”
Upis Paisajista F – 1, Jacobo Hunter Telf. 054 625359 E – mail:sanagustín.sah@gmail.com
Código Modular Primaria: 0794198 Facebook: San Agustín Código Modular Secundaria: 0899294
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 089–2019–SAH. D
Jacobo Hunter, 28 de octubre del 2019.
VISTO:
El expediente N° 0785 de fecha 25 de octubre del 2019 que se acompaña en 33
folios que forman parte de los antecedentes de la presente Resolución, mediante el cual el
docente asesor del 6° grado de Primaria de la Institución Educativa N° 40033 “San Agustín
de Hunter” está solicitando su autorización para la realización de Viaje de Estudio.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo indicado en el Artículo 8° de la Ley General de Educación
N° 28004, una de las funciones de la Institución Educativa es (…) Promover el desarrollo
educativo, cultural y deportivo de su comunidad y actuar como instancia administrativa en
los asuntos de su competencia (…);
Que, el Artículo 79° de la Ley General de Educación, establece que el Ministerio de
Educación es el órgano de Gobierno Nacional, que tiene por finalidad definir, dirigir y articular
la política general del Estado;
Que, mediante expediente N° 785 presentado por el Profesor Adolfo Alberto Araujo
Olivera, en condición de tutor y docente responsable del Sexto Grado de Primaria, Sección
“Única” de la Institución Educativa N° 40033 San Agustín de Hunter, el que solicita
autorización de viaje de estudio y visita cultural en la jurisdicción de la Región Arequipa,
específicamente la provincia de Caylloma, Chivay, Valle del Colca teniendo el proyecto como
fecha de ejecución los días 30 y 31 de octubre del presente año, teniendo como hora de
partida a las 07:30 horas del día 30 de octubre y como hora de retorno de viaje las 18:30
horas del día 31 de octubre de 2019.
Que, de acuerdo a los objetivos y lineamientos de su Política Educativa la institución
tiene por finalidad generar experiencias significativas en contextos reales, lo que significa
que no sólo se puede generar aprendizajes en el interior de las paredes de un aula; siendo
muy significativas actividades históricas; estando conforme a sus competencias para
autorizar la Aprobación de viajes de Estudio, Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de
integración, Participación en eventos deportivos y culturales, y otras actividades culturales.
Que, de conformidad con la Ley General de Educación N° 28044 y su reglamento
Decreto supremo 011-2012-ED; La Ley de la Reforma Magisterial N° 29944 y su reglamento
por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; Ley 20719 Ley que promueve la Convivencia sin
violencia sin violencia en las Instituciones Educativas y su reglamento Decreto Supremo N°
010-2012-ED; La Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444; Ley N° 27337
Ley que aprueba el nuevo Código de los Niños y Adolescentes; La Resolución Ministerial N°
712-2018-MINEDU, que aprueba la norma Técnica denominada: “Orientaciones para el
desarrollo del año escolar 2019 en la instituciones educativas y programas educativos de la
Educación Básica; Ley N° 30403, Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante
contra los niños, niñas y adolescentes; Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, que
aprueba los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la
Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.
2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA
N° 40033 “SAN AGUSTÍN DE HUNTER”.
R.D. N° 0446 – DREA 03 – 05 – 1989.
“AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD”
Upis Paisajista F – 1, Jacobo Hunter Telf. 054 625359 E – mail:sanagustín.sah@gmail.com
Código Modular Primaria: 0794198 Facebook: San Agustín Código Modular Secundaria: 0899294
Que, en virtud de la Resolución Ministerial N° 086-2015-MINEDU, que resuelve
aprobar la norma técnica denominada Normas para la aprobación de los Viajes de estudios,
Visitas Culturales, Jornadas y Paseos de integración, Participación en Eventos Deportivos y
Culturales, y Otras Actividades Escolares. En correspondencia al acápite 5.2. que establece:
“Los directores de las instituciones públicas o privadas de Educación Básica a nivel nacional
son los responsables de autorizar los viajes de estudio, visitas culturales, paseos de
integración y participación en eventos deportivos y culturales”.
SE RESUELVE:
PRIMERO: AUTORIZAR el Viaje de Estudios al Colca para dieciseis (016) estudiantes
del Sexto Grado de Primaria, sección única y a un (01) docente tutor de aula y una docente
(01).
SEGUNDO: RESPONSABILIZAR al tutor de Primaria del Sexto Grado de Primaria,
Sección única, Profesor EQUIS YE ZETA, como docente asesor de la conducción y el
cumplimiento de objetivos del viaje de estudio y visita cultural, conforme al plan presentado;
y encomendar salvaguardar ante cualquier incidente en forma prioritaria la integridad física
y moral de los estudiantes. Debiendo presentar un informe detallado de las actividades
realizadas conforme al plan.
TERCERO: ENCARGAR a la Subdirectora del nivel primario, Juana Neyra Pérez
monitorear y velar el cumplimento de los objetivos del viaje de estudios.
CUARTO: INFORMAR, la presente Resolución a quien corresponda, para su
conocimiento y coordinaciones durante el presente año.
Regístrese, Comuníquese y Archívese.
DJQT/ D. SAH
relo/SEC.
c.c. Archivo