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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
PEDAGÓGICO PÚBLICO
“David Sánchez infante”
Reglamento general
DE LA PRÁCTICA
PRE PROFESIONAL 2015-2016
San Pedro de Lloc
Pacasmayo – La libertad
2015
INSTITUTOS
UPERIORPE
DAGÓGICO
S
AN PEDRO
DE LLOC
“AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL
FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN”
“Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 – 2016”
REGLAMENTO GENERAL DE
PRÁCTICA PROFESIONAL
CAPITULO I
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
Art. 1. El presente Reglamento contiene las normas académicas y administrativas
para la planificación, organización, ejecución y evaluación de la Práctica, de la
especialidad de Educación Física, idiomas: inglés, Computación e informática, en lo
que respecta a sus diferentes etapas.
Art.2. Las disposiciones del presente Reglamento alcanzan a los siguientes
órganos:
 Dirección General del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público
“David Sánchez Infante”.
 Jefatura de la Unidad Académica del IESPP “DSI”
 Jefatura de Área Académica de Educación secundaria
 Jefatura de Unidad Administrativa.
 Dirección de las Instituciones Educativas Asociadas.
 Formadores de práctica
 Alumnos practicantes.
CAPITULO II
BASES LEGAL
Art. 3. El Reglamento de la Práctica e Investigación obedece a la normatividad vigente:
3.1. Ley N° 28044, Ley General de Educación
3.2. Ley N° 29394 Ley de institutos y escuelas de Educación Superior y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°004-2010-ED
3.3. Resolución Suprema N° 001-2007-ED N° 001-2007-ED, aprueba proyecto
Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos en el Perú.
3.4. RM. N° 0023-2010-ED, aprueba el plan de adecuación de los actuales
Institutos y Escuelas de Educación Superior
3.5. D.S. 004-2010-ED. Reglamento General de Institutos Superiores Pedagógicas
y Escuelas Superiores de Formación Docente Públicos y Privados.
3.6. Reglamento de Educación Secundaria Nº 04-83-ED.
3.7. RD. N° 0165-2010-ED, aprueba los diseños Curriculares Básicos Nacionales
para la carreras profesionales Pedagógicas de Educación inicial, Educación
Primaria, Educación Secundaria, especialidades de Ciencia, Tecnología y
Ambiente, Matemática, ciencias Sociales y Comunicación, Educación Física,
Idiomas especialidad: Inglés y Computación e Informática
3.8. Reglamento interno de la institución Educativa Superior David Sánchez
Infante.
DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS DE LA
PRÁCTICA Y PRÁCTICA PRE PROFESIONAL
Art. 4. FINALIDAD Y ALCANCE
En el currículo de formación Inicial docente, práctica y práctica pre-profesional es
una sub área del área de Educación. Su finalidad es poner al estudiante en
contacto progresivo y de creciente complejidad con la realidad educativa concreta a
través del ejercicio profesional en condiciones reales, para que identifique, analice,
reflexione y optimice roles, funciones y acciones inherentes al trabajo docente.
Además, que re conceptualice la teoría desde la práctica y viceversa, genere
conocimiento pedagógico a través de la investigación y consolide el logro de las
competencias profesionales de la carrera docente. Es normar el funcionamiento de
la PRÁCTICA PROFESIONAL en concordancia con el DCBN de las Especialidades
de Educación Secundaria en las especialidades de Computación Informática,
Idioma: inglés, Educación Física de Formación Docente para los ingresantes al
I.E.S.P. “David Sánchez Infante” a partir del año 2015
Art. 5. LOS OBJETIVOS DE LA SUB-ÁREA DE PRÁCTICA son:
3.1. Poner en contacto e involucrar al futuro maestro con la realidad educativa para
que identifique, analice, reflexione y optimice roles, funciones y acciones
inherentes al trabajo docente.
3.2. Re conceptualización de la teoría desde la práctica y viceversa, para que
consiga otorgarle un significado trascendental a los aprendizajes que va
construyendo en su formación profesional.
3.3. Iniciar, clasificar y comprender la vocación profesional como producto del
contacto directo con el contexto educativo
3.4. Brindar oportunidades al futuro maestro para que realice una reflexión crítica
sobre la realidad educativa, analice su problemática y proponga alternativas de
solución innovadoras a través de la investigación.
3.5. Clarificar y consolidar la vocación profesional del futuro maestro como
producto del contacto directo con la realidad del contexto educativo.
Art. 6. La Práctica se desarrolla sobre la base del Diseño Curricular Básico de Formación
Docente de la especialidad de Educación Física, Computación e informática e/E
idiomas: Ingles; se caracteriza por ser:
a) Integral, porque está dirigida al desarrollo de los saberes: ser, hacer, conocer
y convivir.
b) Coherente, porque su estructura permite la interrelación de las diferentes
actividades en forma gradual.
c) Diversificada, porque utiliza diversas estrategias de aplicación, de acuerdo a
las etapas de la práctica.
d) Formativa, porque mediante el contacto continuo con diversos problemas
educativos se enriquece la formación docente, especialmente de los aportes
que ofrece permanentemente la comunidad.
e) Secuencial, porque se desarrolla en etapas sucesivas evaluadas
progresivamente.
CAPÍTULO III
DE LAS COMPETENCIAS ALOGRAR EN LAPRÁCTICA
Art. 7. LAS COMPETENCIAS: Que debe lograr el estudiante son las siguientes:
7.1. Desarrolla su práctica profesional con eficacia y calidad en la especialidad que
le corresponde, considerando los actuales paradigmas y enfoques
pedagógicos, de acuerdo con su pertinencia.
7.2. Realiza en forma articulada la Práctica e Investigación intensivas en la
especialidad que le corresponde con eficacia y calidad, mostrando
identificación institucional y compromiso profesional.
7.3. Conoce y aplica estrategias de diseño, diversificación, implementación,
ejecución, seguimiento y evaluación de actividades que promueven
aprendizajes significativos.
7.4. Participa adecuadamente en actividades de gestión, a nivel de aula y de
Centros Educativos, sobre la base del diagnóstico y los Perfiles del Proyecto
Educativo Institucional.
7.5. Analiza y reflexiona sobre su propia práctica y propone la práctica ajena para
optimizar sus acciones educativas como mediador, promotor e investigador.
7.6. Transforma el aula y los escenarios pedagógicos en espacios de investigación,
reflexión e innovación constantes con la finalidad de mejorar los procesos de
enseñanza y aprendizaje y la educación en general.
7.7. Propicia un ambiente inclusivo e intercultural durante su práctica profesional,
afirmando la cultura local de los alumnos.
CAPÍTULO IV
DE LAS ETAPAS Y COMPONENTES
Art. 8. La Práctica se desarrolla en las siguientes etapas:
a) Práctica: Contacto con los entornos socio-educativos
b)Práctica pre profesional: Profundización y Sistematización:
Art. 9. La Práctica correspondiente a la Formación General que se desarrolla del I al IV
semestre académico, se orienta a afianzar la vocación de servicio, el liderazgo y la
sensibilidad social, al acercar a los estudiantes a diversas realidades socio-
educativas de su medio, a través de la conducción de actividades lúdico-
recreativas, de proyección social entre otras.
Art. 10. La Práctica pre-profesional correspondiente a la Formación Especializada que se
desarrolla del V al X semestre académico, se orienta al desarrollo del pensamiento
creativo, reflexivo y crítico para aplicar y generar teoría pedagógica a través de la
investigación. Orienta la intervención del estudiante en el aula, a través de la
ejecución de sesiones de aprendizaje en el nivel educativo relacionado con su
carrera y especialidad.
Art. 11. La práctica en sus diferentes etapas deberá cubrir los siguientes componentes:
a) Facilitación del aprendizaje: Su finalidad es que el estudiante realice
diferentes actividades relacionadas con el proceso de enseñanza –
aprendizaje, tales como :
 Observación.
 Análisis del Diseño Curricular Nacional.
 Acciones de sensibilización.
 Diseño y ejecución de actividades de apoyo y sesiones de aprendizajes.
 Materiales educativos.
b) Gestión: Tiene como finalidad que los estudiantes aprendan a desempeñarse
como docentes:
 En los roles y funciones inherentes a la gestión administrativa y pedagógica,
a nivel de aula y de la institución educativa.
 Teniendo en cuenta los perfiles profesionales, las demandas sociales y
educativas del contexto y los aprendizajes en las diferentes áreas
curriculares.
c) Talleres de sistematización : tienen como finalidad que los estudiantes:
 Cuenten con espacios de reflexión, sistematización y evaluación de las
experiencias observadas y/o protagonizadas en la práctica.
 Hagan efectivo el cambio de las formas de enseñanza-aprendizaje
internalizados a través de las experiencias de formación como estudiante y
en la institución de práctica, bajo el paradigma de construcción del
conocimiento.
Art. 12. La práctica en la primera etapa, está destinada a ofrecer situaciones concretas
de acercamiento a diversas realidades socio-educativas de su medio, a través de la
conducción de actividades lúdico-recreativas y de proyección social de zonas
urbanas y urbanas marginales de la costa.
 I al IV ciclo.
Esta práctica consiste en:
 Observación de aula y análisis del Diseño Curricular Nacional del nivel.
 Observación del desempeño docente e identificación de los actores educativos.
 Diseño, ejecución y evaluación de actividades lúdicas y de proyección social.
 Elaboran diagnósticos del contexto educativo.
 Selección y elaboración de material educativo.
 Sistematización de experiencias educativas a través de talleres
Art. 13. La práctica en la segunda etapa, se desarrollará en las instituciones educativas
de las zonas urbanas, urbanas marginal y rurales cercanas al área de influencia
del IESPPCH.
Esta práctica consiste en:
 Diseño, ejecución y evaluación de sesiones de aprendizaje significativo.
 Adaptación, evaluación y validación de material educativo.
 Observación de la institución educativa.
 Gestión del aula y de la institución educativa.
 Talleres de sistematización.
 Actividades relacionadas con proyección Educativa Comunal
 Desarrollo de acciones de tutoría y acompañamiento al estudiante.
CAPÍTULO V
DEL PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN
Art. 14. La práctica profesional de los estudiantes se desarrollará según la siguiente
distribución de etapas, ciclos, horas, créditos y componentes: en Educación Físical,
, Idioma: Inglés y Computación e Informática
ETAPA:
PRÀCTICA (Del I al IV ciclo)
ETAPA:
PRÁCTICA PREPROFESIONAL
Art. 15. Para iniciar la práctica: los formadores del área, elaboran el silabo y documentos
complementarios de práctica; los Jefes de las Áreas Académicas de Educación
Física, Computación e informática Secundaria, Idiomas: Inglés elaboran el Plan
de práctica, los mismos que serán aprobados por la Dirección General del
Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “David Sánchez Infante”.
Art. 16. El silabo por especialidad, es un documento técnico-pedagógico que contiene en
forma sistematizada las competencias y acciones que lograrán y realizarán los
alumnos, con el propósito de desarrollar integralmente la práctica que ofrece el
ETAPAS PRACTICA
SEMESTRE ACADÈMICO I II III IV
HORAS 2 2 2 2
CRÉDITOS 1 1 1 1
CARRERA O ESPECIALIDAD SEMESTRES
V VI VII VIII IX X
H C H C H C H C H C H C
EDUCACIOÒN FÍSICA 2 1 2 1 4 3 4 3 22 16 22 16
IDIOMAS: INGLÈS 2 1 2 1 4 3 4 3 22 14 22 14
COMPUTACIÒN E INFORMÀ TICA 2 1 2 1 4 3 4 3 22 14 22 14
Instituto. Asimismo el docente prepara otros documentos que orientan el
desarrollo de la práctica como: guías de práctica, fichas de observación, fichas
integrales de supervisión etc.
Art. 17. Para la conducción de la práctica, en las instituciones educativas asociados, los
docentes de aula deberán reunir los siguientes requisitos:
 Ser docente titulado.
 Acreditar asistencia a cursos de actualización y perfeccionamiento.
 Asistir a reuniones de intercambio de experiencias y capacitación
organizados por el IESPP. “DSI”.
Art. 18. La ubicación de los practicantes que desarrollan la práctica I-V se realizará
teniendo las en
Cuenta la cercanía de su domicilio a las instituciones asociadas e irán en pares.
Art. 19. La ubicación de los practicantes que desarrollan la práctica pre profesional en las
II.EE. se realizará teniendo en cuenta:
 Los equipos conformados en el proyecto de investigación.
 La temática y grado educativo de su investigación.
Art. 20. Fortalece la formación académica de los estudiantes al promover el análisis, la
reflexión y la confrontación teórica respecto a los enfoques pedagógicos, roles de
los actores educativos y elementos que intervienen en los procesos educativos a
partir de la observación y ayudantía en instituciones educativas de su contexto.
Art. 21. Posibilita al estudiante desarrollar su pensamiento creativo, reflexivo y crítico al
diseñar, implementar (con metodología activa, material adecuado), ejecutar y
evaluar con autonomía sesiones de aprendizaje reales, con base en fundamentos
psicológicos y pedagógicos. Orienta el registro de la experiencia en aula del
proceso enseñanza aprendizaje y da la oportunidad para generar temas de
investigación. Permite identificar factores que influyen en el aprendizaje del
inglés, así como casos de diversidad e exclusividad. Contribuye a la
sistematización de la experiencia pre-profesional.
Art. 22 Orienta al dominio de las técnicas del proceso de evaluación de las sesiones de
aprendizaje real, en los diferentes contextos con el uso de estrategias de la
metodología activa, estilos de aprendizaje, materiales educativos creados,
adaptados y evaluados.
Art. 23 Permite desarrollar la tesis a partir de práctica en el aula para que los estudiantes
sean capaces de comprender y profundizar el conocimiento de los diferentes
aspectos de la realidad educativa con visión prospectiva, innovadora y participe
en el diseño y ejecución de proyectos de desarrollo integral de la comunidad a
través de la Institución Educativa.
Art. 24 Orienta la actualización y complementación de su quehacer pedagógico con la
participación en seminarios y talleres. Contribuye a la sistematización de la
experiencia pre-profesional
Art. 25 La Práctica Profesional se regula a través de un Plan Anual de Práctica
Profesional (PAPP), que es un documento técnico que contiene los objetivos,
acciones y sistemas de evaluación de las áreas de Práctica de los ciclos IX y X,
así como la distribución de los practicantes de las diversas especialidades en los
centros, programas y proyectos en los que se realiza dicha Práctica.
La Práctica Profesional que se realiza entre los Ciclos I y VIII se regula a través
del propio programa o sílabo de la área de la cual depende.
.
CAPÌTULO VI
ELEMENTOS DE LAPRÀCTICA Y SU RELACIÒN CON OTRAS ÁREAS.
Art. 26: Los componentes articulados de Práctica son tres: Facilitación del aprendizaje,
Gestión y Talleres de Sistematización. Mediante los tres componentes de Práctica
se pretende atender las necesidades de formación que tienen los futuros maestros
para lograr un desempeño de calidad en cualquier área
Art. 27: El componente Facilitación del Aprendizaje tiene por finalidad un acercamiento y
una intervención progresiva de los estudiantes en los procesos enseñanza –
aprendizaje en el contexto del aula y fuera de ella, tomando en cuenta los
diferentes todos los elementos que intervienen en dichos procesos. Este no es un
trabajo exclusivo de la práctica, pero si es esta la sub-área encargada de
coordinarlo.
En este componente se considera la realización de diferentes actividades en
trabajo coordinado con otras Áreas y Sub-áreas:
27.1.- Observación: Infraestructura, equipamiento y otros.
27.2.- Documentos Técnico – pedagógicos.
27.3.- Interacción entre los diferentes agentes educativos en contextos diversos.
9.4.- Sesiones de Aprendizajes (Observación).
27.4.- Análisis del Diseño Curricular Básico Nacional de acuerdo con la carrera
profesional.
27.6.- Actividades de ayudantía en el aula de Educación Básica.
27.5.- Actividades de sensibilización con alumnos y alumnas.
27.6.- Diseño y ejecución de sesiones de aprendizaje.
27.7.- Elaboración y validación Materiales educativos.
El detalle de todas estas actividades se encuentra en el acápite 3.1
correspondiente a las Guía de Práctica para Institutos y Escuelas de Educación
Superior con Carreras Pedagógicas Modalidades de la Práctica.
Art. 28: La gestión tiene por finalidad que los estudiantes aprendan a desempeñarse como
docente en los roles y funciones inherentes a la gestión administrativa y
pedagógica a nivel de aula y de Centros Educativos, teniendo en cuenta los perfiles
institucionales, los demandas sociales y educativos del contexto y los aprendizajes
de las diferentes áreas curriculares.
Este componente se ha considerado a partir del IV Ciclo, pues en los 03 primeros
ciclos se da más énfasis al aspecto pedagógico. Para operativizar y efectivizar este
componente debe el estudiante realizar las siguientes actividades:
 Observación de la organización administrativa y de las condiciones
pedagógicas del aula y del Centro Educativo.
 Selección, recolección y análisis crítico de documentos administrativos más
usados.
 Planificación, implementación, ejecución y evaluación de acciones
administrativas y pedagógicas a nivel de aula y de Centros Educativos.
 Participación en la elaboración y/o revisión y ejecución del PEI (Proyecto
Educativo Institucional).
 Organización y ejecución de escuelas de padres y/o proyectos productivos de
desarrollo comunal e Institucional.
La gestión como componente de la práctica implica que los estudiantes desarrollen
capacidades para gerencia el aula, el I.E. y para promover la comunidad a través
de la planificación, puesta en marcha y evaluación de proyectos de carácter
alternativo. Esta labor el estudiante la empieza a desarrollar desde el trabajo de
proyectos en las diferentes áreas de la E.C., sobre todo desde los de Sociedad y
Ecosistema y retroalimentado por el área de Educación con sus áreas.
El componente Gestión tiene como finalidad que los estudiantes adquieran
competencias para desempeñarse con eficiencia en los roles y funciones
inherentes a la gestión institucional, administrativa y pedagógica; dentro del aula y
de la Institución Educativa o, si fuese el caso, en la red educativa y/o en el contexto
comunal. Para lograr esta finalidad es indispensable que el estudiante conozca el
Proyecto Educativo Institucional (PEI) y los demás instrumentos de gestión que
proporcionan el marco normativo a las actividades que se suscitan en la institución
educativa donde realiza sus prácticas.
La gestión educativa es un proceso creativo que permite obtener resultados a
través de transformaciones permanentes, empleando las potencialidades y
recursos con los que cuenta la Institución Educativa; incluyendo su activo más
importante: el conocimiento. La gestión educativa se vale de instrumentos, entre
los que destaca por su importancia el Proyecto Educativo Institucional (PEI);
además existen: el Proyecto Curricular de Centro (PCC), el Plan Anual de Trabajo
(PAT), el Reglamento Interno (RI), el Informe de Gestión (IG), el Plan de
Mejoramiento y los Proyectos de Innovación.
Art. 29: Los Talleres de Sistematización vienen a ser espacios, en que los estudiantes
evalúan, sistematizan y reflexionan sobre las experiencias que ellos han observado
y/o protagonizado en la práctica educativa para hacer efectivo el cambio de las
formas de enseñanza y aprendizaje que se han internalizado a través de todas las
experiencias de formación que el estudiante ha experimentado, sobre todo en la
escuela.
CAPÌTULO VII
DEL PERSONAL RESPONSABLE.
Art. 18: Del Director del IESPP. “David Sánchez Infante”
a. Orienta la planificación, organización, implementación, evaluación y difusión de
la práctica pre-profesional, en coordinación con el Jefe de la Unidad
Académica, en el marco del Diseño Curricular Básico Nacional (DCBN), de las
normas vigentes, de las políticas institucionales consideradas en el PEI y del
Reglamento Institucional
b. Orientar la incorporación de criterios procedimientos y requisitos en el
Reglamentos Institucional, para operativizar la práctica pre-profesional con
pertinencia y eficacia
c. Gestionar de ser necesario, la suscripción de convenios con instituciones
educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil (municipalidad,
iglesia, hospital, Cementos Pacasmayo, Avícola Sschuader, centro de
reclusión u otros), de acuerdo a los lineamientos vigentes, con la finalidad de
crear y fortalecer diversos escenarios para el desarrollo de la práctica pre-
profesional
d. Convoca a reuniones de coordinación con encargados de los órganos
correspondientes, formadores de práctica con el Jefe de la Unidad Académica
jefe área académica, profesores de área de práctica de educación secundaria
para selección de C.E.
e. Aprueba el Plan Anual General de Prácticas.
f. Elabora, conjuntamente con formador de práctica, el Convenio Marco
Institucional para el desarrollo de las Prácticas.
g. Supervisar el cumplimiento de los convenios suscritos, analizar los resultados
de la acción pedagógica y administrativa con la finalidad de tomar decisiones.
h. Aprueba y forma el Convenio Marco entre I.S.P y los C.E.
i. Aprueba uso de recursos para la práctica.
Art. 19: Son responsabilidades del Jefe de Unidad Académica de La Institución
educativa Superior “David Sánchez Infante”,
a. planificar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de la práctica pre-
profesional, considerando la sumilla del área en cada semestre académico
b. designar a los docentes que tendrán a su cargo la práctica, el cuadro de horas
asignadas a la práctica y práctica pre-profesional en carreras o especialidades
afines a su formación profesional; convocarlos para unificar criterios de
orientación del área y de organización de los talleres de sistematización y de
actualización.
c. Elaborar con flexibilidad y pertinencia, el cuadro de horas asignadas a la
práctica y pre-práctica en concordancia con el Plan de Estudios de cada
carrera o especialidad, consignado en el DCBN respectivo a la carrera de
computación informática, inglés y educación física
d. Monitorear y supervisar el cumplimiento de las funciones de los docentes
responsables de la práctica pre-profesional
e. Observar por muestreo el desempeño de los estudiantes de la práctica pre-
profesional en instituciones educativas seleccionadas
f. Autorizar mediante carta de presentación a los estudiantes para la realización
de su práctica pre-profesional en instituciones educativas seleccionadas.
g. Solicitar a los docentes responsables de la práctica pre-profesional, informes
bimestrales sobre el cumplimiento de sus funciones y los resultados obtenidos
h. Sistematizar los informes presentados y evaluar el cumplimiento de los
convenios suscritos
i. Promover en coordinación con la DREL, docentes asesores y estudiantes, la
difusión de los logros alcanzados en la práctica en la práctica pre-profesional,
a través de ferias pedagógicas, exposiciones, audiciones, presentaciones, web
institucional, entre otros.
Art. 20: Son responsabilidades del Jefe de la Unidad Administrativa de la Institución
educativa Superior “David Sánchez Infante”
a. Prever en coordinación con los responsables de la ejecución de la práctica pre-
profesional el presupuesto que haga factible su desarrollo, dentro de las
posibilidades económicas de la institución.
b. Gestionar recursos complementarios para optimizar las acciones de la práctica
pre-profesional, solicitando apoyo a la DRELL, empresas y otras instituciones
de la sociedad civil del ámbito privado.
Art. 21. Las funciones del Jefe de Área Académica de Educación Inicial, Primaria y
EBA,
Secundaria, Idiomas: Inglés en la ejecución de la práctica, son las siguientes:
a) Orienta, organiza, monitorea y evalúa la práctica.
b) Elabora el Plan de la Práctica de la Jefatura, en coordinación con los
formadores de práctica.
c) Coordina el desarrollo de la práctica con los formadores de práctica,
profesores de área
d) Propone a la Dirección las instituciones educativas para la práctica, a docentes
que reúnan requisitos mínimos, que garanticen la eficiencia de la práctica.
e) Aprueba los sílabos y documentos complementarios de la práctica.
f) Propone normas y estrategias que garanticen el logro de los objetivos de la
práctica.
g) Prevé acciones de capacitación para docentes de las instituciones educativas
asociados.
h) Propone estrategias para la integración de las demás áreas con el área de
práctica.
i) Monitorea y evalúa el desarrollo de la práctica en las instituciones educativas
asociados.
j) Consolida los resultados del monitoreo y evaluación de la práctica con los
formadores de práctica.
k) Presenta a la Dirección del Instituto, el informe evaluativo semestral del
desarrollo de la Práctica.
Art. 22. Son responsabilidades del docente formador de práctica pre-profesional:
a) Elabora el Sílabo y documentos complementarios de la Práctica
b) Planificar y organizar el área de manera funcional en concordancia con los
lineamientos del DCBN. La normatividad vigente institucional y regional
c) Realizar reuniones de coordinación con los directivos y docentes de las
instituciones educativas seleccionadas en las que practicarán sus estudiantes,
para consensuar procedimientos a seguir y delimitar las funciones y
responsabilidades del docente de aula
d) Coordina con el director de la institución educativa asociado, profesor de aula y
practicante, la programación, ejecución y evaluación de la práctica
e) Promover a los estudiantes el desarrollo de la capacidad propositiva y de
innovación para formular propuestas pedagógicas orientadas a la mejora o
soluciones de situaciones identificadas en su intervención educativa
f) Orientar a los practicantes en la elaboración del diagnóstico del entorno en el
que se inserta la institución educativa donde realiza la práctica
g) Revisar los esquemas de sesiones de aprendizaje que desarrollarán los
estudiantes a su cargo, alcanzando recomendaciones y sugerencias para su
reformulación de ser necesario. El tema o contenido a desarrollar será
proporcionado por el docente de aula de la institución de las actividades
planificadas
h) Observar, evaluar y asesorar a los practicantes durante su práctica pre-
profesional, en la ejecución de las actividades planificadas
i) Organizar y ejecutar talleres de:
 Actualización, para fortalecer la formación académica de los estudiantes
con temas educativos de actualidad, a fin de mejorar su desempeño en los
diferentes espacios educativos en los que intervienen
 Sistematización (presencial y/o virtual) orientados a la socialización,
reflexión y evaluación de experiencias educativas observadas y/o
protagonizadas en la práctica y sustentadas teóricamente mediante
investigaciones realizadas
 Elaboración de propuestas que respondan a los episodios críticos que se
han detectado en las experiencias pedagógicas vividas
 Difusión de los logros alcanzados en la práctica pre-profesional
j) Implementar una red social con los estudiantes de cada semestre académico
con la finalidad de compartir experiencias exitosas y debilidades encontradas
que contribuyan a una mejor acción pedagógica frente a sus alumnos
k) Evaluar de manera continua el cumplimiento de los convenios suscritos con las
instituciones educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil e
informar por escrito los resultados obtenidos al jefe de área u de unidad
Académica.
Art. 24: Son funciones del docente de aula de la Institución Educativa Asociado
a. Coordina y Brinda posibilidades al formador de Práctica del I.E.S.P.P “DSI”.
b. Coordina y brinda facilidades al practicante y formador del Instituto de
Educación Superior Pedagógico Público “Chimbote”
c. Coordina y realiza con el practicante, la programación, implementación,
ejecución y evaluación de las actividades curriculares, conforme al sílabo y a la
guía de práctica.
d. Participa en las acciones de organización e implementación de los sectores de
trabajo del aula.
e. Supervisa el control de la asistencia del practicante, dando cuenta de las
irregularidades al formador del instituto.
f. Observa, acompaña y evalúa el desarrollo de la práctica, según la naturaleza
de la etapa.
g. Coordina y elabora con el practicante los documentos de la carpeta didáctica y
administrativa, según la naturaleza de la etapa.
h. Informa periódicamente al director de la institución educativa y al formador de
práctica del Instituto sobre el desarrollo de la práctica.
i. Presenta al practicante a los padres de familia del aula, previa convocatoria a
una reunión, para dar a conocer la razón de su presencia y le presten el apoyo
correspondiente.
j. Recepciona y analiza los documentos pertinentes a la práctica, entregados por
el practicante.
k. Facilita la documentación de aula y materiales educativos al practicante, con el
fin de que éste desarrolle eficazmente su práctica.
l. Visa la programación anual, unidades didácticas, previa revisión y según la
naturaleza de la etapa.
m. Aplica la ficha integral de supervisión, al practicante que está bajo su asesoría.
n. Orienta al practicante en la realización del turno, realizándolo en forma
conjunta el día que le toca.
o. Permanece en el aula en todo momento con el practicante con el fin de
apoyarlo, orientarlo y evaluarlo y éste, logre eficazmente las competencias.
p. Está prohibido pactar el reemplazo de los docentes titulares de las
instituciones educativas por los practicantes de I al VIII semestre
Art. 25: Del Estudiante de Práctica:
q. Coordina con los agentes educativos del C.E. para el desarrollo de la Práctica
Profesional.
r. Elabora y presenta oportunamente los esquemas de las unidades didácticas
s. Elabora documentos técnicos pedagógicos y administrativos
correspondientes, formando su carpeta pedagógica.
t. Ejerce óptimamente el rol de facilitador del aprendizaje, de investigador y
promotor.
u. Informa al formador de práctica, sobre los logros y dificultades de la práctica
v. Elabora y presenta oportunamente los esquemas de sesiones de aprendizaje.
w. Asiste puntualmente al C.E que se le asigne asumiendo responsablemente la
Práctica a su cargo.
x. Ejerce oportunamente el rol de facilitador del aprendizaje de investigador y
promotor.
y. Informa sobre los logros y dificultades de la Práctica.
z. Participa en los talleres de Sistematización de la Práctica y en eventos de
actualización.
aa. Realiza una auto – evaluación y coordinación sobre el desarrollo de la
Práctica.
Art. 26. Son funciones del Director y/o Sub Director de la Institución Educativa
Asociado:
a) Establece vínculos de coordinación entre formadores, docentes y practicantes.
b) Es responsable del cumplimiento del convenio, en su institución educativa.
c) Determina los docentes y secciones, donde se realizará la práctica.
d) Supervisa el desarrollo de la práctica en su institución educativa.
e) Visa el informe de desempeño de los practicantes del instituto y expide
constancias sobre el desarrollo de la práctica. Asimismo, visa la constancia de
no adeudo a la institución educativa.
f) Presenta a los practicantes al docente de aula del grado y sección al cual fue
asignado.
g) Visa la hoja de asistencia del practicante, verificando asistencia y puntualidad.
En caso de irregularidades informar al coordinador de los practicantes y/o
formador de práctica del IESPP´”DSI”.
h) Visa los documentos de la carpeta de trabajo de los practicantes.
i) Revisa la carpeta de trabajo del practicante a manera de muestreo.
j) Brinda facilidades al formador de práctica del IESPP. “DSI”.
k) Posibilita el préstamo y uso de documentos de dirección, ambientes y
materiales educativos de la institución educativa que fueran necesarios para el
desarrollo de la práctica, cuando lo soliciten los practicantes.
l) Coordina y elabora un cronograma con los practicantes para la realización de
actividades administrativas propias de la dirección, en horario especificado en
la guía de práctica.
CAPÍTULO VIII
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PRACTICANTE
Art 27. Son derechos del practicante:
a) Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación por quienes asumen
responsabilidades en la orientación y supervisión de la Práctica.
b) Recibir asesoramiento y orientación oportuna de los formadores de área y del
formador de práctica para el cumplimiento de su práctica.
c) Tener libertad de aplicar estrategias metodológicas y los materiales educativos
que domine y que considere útiles para el logro de los objetivos educacionales,
siempre que éstos guarden relación con los principios metodológicos y con el
pensamiento educativo de nuestra institución.
d) Disponer de los materiales educativos adquiridos o elaborados con sus propios
recursos materiales y económicos.
e) Ser evaluado en forma justa y objetiva, así como recibir información oportuna de
los resultados.
f) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de acciones extraordinarias durante el
desarrollo de su práctica.
Art 28. Son deberes del practicante:
a) Cumplir las normas establecidas por el IESPP “DSI”, referentes al desarrollo de la
práctica especialmente el contenido en el sílabo de Práctica IX y X.
b) Cumplir con las normas del Reglamento Interno de la institución educativa
asociado donde desarrolla su práctica.
c) Demostrar actitudes éticas acordes con la formación docente.
d) Aplicar y difundir en todas las acciones de su práctica el pensamiento filosófico
del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “Chimbote”:
 Tener en cuenta las diferencias individuales de los estudiantes, sus
inquietudes, opiniones y fomentar el desarrollo de su autonomía.
 Explicitar su vocación de servicio y solidaridad asumiendo tareas orientadas a
la atención de quienes más lo necesiten.
 Demostrar responsabilidad y constante actitud de cambio. Poseer
pensamiento crítico y capacidad creadora e innovadora.
e) Programar, implementar, ejecutar y evaluar las acciones educativas y demás
tareas que implica la práctica en sus diferentes etapas, teniendo en cuenta las
normas técnico-pedagógicas y administrativas vigentes.
f) Seleccionar o preparar el material educativo para el desarrollo de cada una de las
experiencias pedagógicas de su práctica.
g) Conservar en buen funcionamiento los materiales, equipos e infraestructura de la
institución educativa donde realiza su práctica.
h) Hacer la autocrítica de su desempeño durante la práctica realizada, a fin de
superar las deficiencias identificadas.
i) Informar oportunamente al formador de práctica sobre el desarrollo de todas las
actividades que se realicen, salvo en casos de fuerza mayor, con el debido
consentimiento del director o quien haga sus veces.
j) Por ningún motivo debe abandonar la institución educativa dentro del horario
establecido para la práctica, salvo en casos de fuerza mayor, con el debido
conocimiento del director de la I.E. o quien haga sus veces.
k) Asistir puntualmente a la institución educativa asociado, dentro del horario
establecido. En casos de inasistencias, por motivos justificables informar
oportunamente al director de la institución educativa, profesor de aula (área) y
formador de práctica para su inmediata verificación y justificación. La justificación
se hará mediante los documentos pertinentes.
l) Coordinar permanentemente con el profesor de aula (área) y directivos de la
institución educativa de práctica, lo referente a las acciones pertinentes a ejecutar,
siempre y cuando estén relacionadas con el quehacer docente.
m) Demostrar actitudes positivas en su comportamiento dentro de la institución
educativa, así como en la comunidad.
n) Mantener constante comunicación con el (la) coordinador(a) del equipo. También,
demostrar capacidad de integración y trabajo en equipo, respeto a sus
compañeros de grupo y a los acuerdos que se tomen en el mismo.
o) Organizar solo la fecha cívica del día del maestro durante el desarrollo de la
práctica pre-profesional y colaborar en las otras fechas, demostrando
capacidades para el trabajo en equipo y organización con los diferentes actores
educativos.
p) Asistir puntualmente a los talleres de sistematización en el IESPPCH.
q) Tener ordenada y actualizada su carpeta pedagógica.
r) Participar en la elaboración, actualización o reajuste del PEI de las I.E.A. donde
realiza su práctica.
CAPÍTULO IX
Art 29. DEL MONITOREO Y SEGUIMIENTO
Se entiende por monitoreo y seguimiento a las acciones que orientan el logro de los perfiles
profesionales del futuro docente del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público
Chimbote.
Art 30. Son objetivos del monitoreo y seguimiento:
a) Contribuir con una adecuada formación del futuro docente.
b) Asegurar que la Práctica responda en calidad y eficiencia a las características y
necesidades del educando y la comunidad.
c) Estimular el trabajo del practicante, llevándolo hacia niveles superiores de
formación profesional.
d) Promover las relaciones humanas entre los sujetos de la educación, posibilitando
su estrecha relación para el desarrollo educativo.
Art 31. Las acciones de monitoreo y seguimiento son realizados por el personal docente del
instituto e incidirá en los siguientes aspectos:
a) Claridad en la redacción de los instrumentos recogidos en la etapa de práctica.
b) Ejecución de actividades de proyección social.
c) Claridad en la capacidad de la sesión de aprendizaje.
d) Manejo de los saberes previos.
e) Uso de estrategias de trabajo.
f) Uso de materiales educativos.
g) Interacciones en el aula.
h) Facilitación de un nivel adecuado de análisis y profundización de los contenidos.
i) Uso efectivo del tiempo en el aula.
j) Clima para el aprendizaje de los estudiantes.
k) Evaluación.
Art 32.Las características de las acciones de monitoreo y seguimiento de la práctica son:
a) Permanente e integral, en cuanto atiende de modo continuo y armónico el
desarrollo de la práctica y práctica pre-profesional.
b) Sistemática, en su organización y orientación, hacia el logro de los objetivos
establecidos.
c) Flexible, en cuanto a las formas en que se ofrece y a su adaptación a la realidad
educativa, donde se desarrolla la acción educativa.
d) Motivadora, de ideas y acciones que impulsen y hagan efectiva la superación de
dificultades que tenga el practicante.
e) Proyectiva, a través de una evaluación que promueva la creación de nuevas y
mejores formas de aprendizaje.
CAPÍTULO X
DE LA EVALUACIÓN
Art 33. Los criterios de evaluación están íntimamente ligados a las competencias
específicas de la práctica en sus diferentes etapas y componentes.
Art. 34. Para la evaluación de la práctica se establecerán estrategias evaluativas de acuerdo
a sus etapas y componentes, las cuales serán consideradas en los planes de práctica.
Art. 35. El calificativo mínimo para la aprobación de la práctica en cada semestre es de
ONCE (11) puntos, en la escala vigesimal.
Art. 36. La nota final de la práctica se obtiene del promedio de las notas de cada uno de los
componentes de la práctica. (No se obtendrá la nota promedio si el estudiante tiene más de
tres faltas o inasistencias injustificadas). En caso de tener más de tres inasistencias la nota
debe ser cero (00).
Art. 37. La evaluación sumativa de la práctica será realizada por el formador de práctica y
tendrá en cuenta lo reportado por el docente de aula. (Ver artículo anterior).
Art. 38. La evaluación de la práctica en las diferentes etapas, y de acuerdo a los
componentes, tendrá en cuenta los siguientes rubros:
a) Facilitación del Aprendizaje: del IV al X ciclo.
 Programación e implementación.
 Ejecución y evaluación.
 Cualidades personales.
b) Gestión: del IV al X ciclo.
 Actividades de gestión a nivel de aula.
 Actividades de gestión a nivel de I.E.
c) Sistematización: del I al X ciclo.
 Taller de sistematización (I al X ciclo).
 Informe de la práctica (IX – X ciclo).
Art. 39. El auto y coevaluación se constituyen en procedimientos específicos para la
evaluación formativa de la práctica.
Art. 40. La aprobación de la práctica IX es pre-requisito para llevar la práctica X.
Art. 41. La irresponsabilidad de los alumnos en cualquiera de los aspectos y momentos de
la práctica, ameritará la nota 00 (cero) como promedio.
CAPÍTULO XI
DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES
Art. 42. Los estímulos a los practicantes se otorgarán por la realización de acciones
sobresalientes a favor de los educandos y de la comunidad.
Artículo XXVIII. Los estímulos a otorgarse son:
a) Oficio o carta de felicitación.
b) Diploma al mérito.
c) Resolución directoral de felicitación.
d) Cualquier otro estímulo que el instituto establezca.
Art. 43. Los estímulos señalados en los incisos “a” y “b” del Art. 44, serán otorgados por el
cumplimiento destacado de sus deberes; lo señalado en el inciso “c”, se otorgará por la
realización de proyectos a favor de los alumnos y de la comunidad.
Art. 44. Las sanciones a los practicantes por el incumplimiento de sus deberes son:
a) Amonestación verbal o escrita por el formador de práctica o Jefe de Área
Académica de Educación Primaria y Secundaria del Instituto de Educación
Superior Pedagógico Público Chimbote.
b) Amonestación verbal o escrita por la Directora General del instituto.
c) Impedimento de continuar con el desarrollo de la práctica en el semestre.
Art. 44. Se consideran actos que justifican la suspensión de un practicante en sus
diferentes etapas:
a) El incumplimiento injustificado de sus obligaciones, la reiterada resistencia a las
sugerencias de sus superiores relacionados con las labores pedagógicas y la no
observación del reglamento de práctica.
b) Las inasistencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos a la I. E. de
práctica.
c) El incurrir en acto de violencia verbal, en agravio del personal de la institución o
de los compañeros, dentro o fuera de él.
d) Incurrir en actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
e) Incurrir en falta en relación a los deberes, debidamente comprobados.
f) Incurrir en situaciones que involucre la imagen de la institución por sus acciones
personales.
g) Generar conflictos en la comunidad donde desarrolla su práctica.
h) Generar escándalo en la comunidad mediante actos comprobados.
CAPITULO XII: COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Art. 32: En caso que se presente huelga magisterial u otros problemas, el Instituto retirará a
los practicantes hasta que se solucione el caso. Los estudiantes deberán asistir al
Instituto que les asignará las tareas a cumplir.
Art. 33: los convenios suscritos entre los I.E.S. “DAVID SÁNCHEZ INFANTE” e instituciones
educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil para la práctica pre-
profesional, que transgreden lo establecido en la presente norma son nulos de pleno
derecho
Art. 34: Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por la
Dirección, en coordinación con las instancias involucradas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 35: El presente Reglamento de Práctica rige para los ingresantes al Institución
Educativa Superior “David Sánchez Infante” a partir del año 2015 y las promociones
que se adecúen a los nuevas diseño curricular básico nacional de cada carrera
profesional docente.
_____________________________ ____________________________
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Reglamento de la práctica del 2015

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Reglamento de la práctica del 2015

  • 1. INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO “David Sánchez infante” Reglamento general DE LA PRÁCTICA PRE PROFESIONAL 2015-2016 San Pedro de Lloc Pacasmayo – La libertad 2015 INSTITUTOS UPERIORPE DAGÓGICO S AN PEDRO DE LLOC “AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN” “Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 – 2016”
  • 2. REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICA PROFESIONAL CAPITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCES Art. 1. El presente Reglamento contiene las normas académicas y administrativas para la planificación, organización, ejecución y evaluación de la Práctica, de la especialidad de Educación Física, idiomas: inglés, Computación e informática, en lo que respecta a sus diferentes etapas. Art.2. Las disposiciones del presente Reglamento alcanzan a los siguientes órganos:  Dirección General del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “David Sánchez Infante”.  Jefatura de la Unidad Académica del IESPP “DSI”  Jefatura de Área Académica de Educación secundaria  Jefatura de Unidad Administrativa.  Dirección de las Instituciones Educativas Asociadas.  Formadores de práctica  Alumnos practicantes. CAPITULO II BASES LEGAL Art. 3. El Reglamento de la Práctica e Investigación obedece a la normatividad vigente: 3.1. Ley N° 28044, Ley General de Educación 3.2. Ley N° 29394 Ley de institutos y escuelas de Educación Superior y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°004-2010-ED 3.3. Resolución Suprema N° 001-2007-ED N° 001-2007-ED, aprueba proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos en el Perú. 3.4. RM. N° 0023-2010-ED, aprueba el plan de adecuación de los actuales Institutos y Escuelas de Educación Superior 3.5. D.S. 004-2010-ED. Reglamento General de Institutos Superiores Pedagógicas y Escuelas Superiores de Formación Docente Públicos y Privados. 3.6. Reglamento de Educación Secundaria Nº 04-83-ED. 3.7. RD. N° 0165-2010-ED, aprueba los diseños Curriculares Básicos Nacionales para la carreras profesionales Pedagógicas de Educación inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria, especialidades de Ciencia, Tecnología y Ambiente, Matemática, ciencias Sociales y Comunicación, Educación Física, Idiomas especialidad: Inglés y Computación e Informática 3.8. Reglamento interno de la institución Educativa Superior David Sánchez Infante.
  • 3. DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y CARACTERÍSTICAS DE LA PRÁCTICA Y PRÁCTICA PRE PROFESIONAL Art. 4. FINALIDAD Y ALCANCE En el currículo de formación Inicial docente, práctica y práctica pre-profesional es una sub área del área de Educación. Su finalidad es poner al estudiante en contacto progresivo y de creciente complejidad con la realidad educativa concreta a través del ejercicio profesional en condiciones reales, para que identifique, analice, reflexione y optimice roles, funciones y acciones inherentes al trabajo docente. Además, que re conceptualice la teoría desde la práctica y viceversa, genere conocimiento pedagógico a través de la investigación y consolide el logro de las competencias profesionales de la carrera docente. Es normar el funcionamiento de la PRÁCTICA PROFESIONAL en concordancia con el DCBN de las Especialidades de Educación Secundaria en las especialidades de Computación Informática, Idioma: inglés, Educación Física de Formación Docente para los ingresantes al I.E.S.P. “David Sánchez Infante” a partir del año 2015 Art. 5. LOS OBJETIVOS DE LA SUB-ÁREA DE PRÁCTICA son: 3.1. Poner en contacto e involucrar al futuro maestro con la realidad educativa para que identifique, analice, reflexione y optimice roles, funciones y acciones inherentes al trabajo docente. 3.2. Re conceptualización de la teoría desde la práctica y viceversa, para que consiga otorgarle un significado trascendental a los aprendizajes que va construyendo en su formación profesional. 3.3. Iniciar, clasificar y comprender la vocación profesional como producto del contacto directo con el contexto educativo 3.4. Brindar oportunidades al futuro maestro para que realice una reflexión crítica sobre la realidad educativa, analice su problemática y proponga alternativas de solución innovadoras a través de la investigación. 3.5. Clarificar y consolidar la vocación profesional del futuro maestro como producto del contacto directo con la realidad del contexto educativo. Art. 6. La Práctica se desarrolla sobre la base del Diseño Curricular Básico de Formación Docente de la especialidad de Educación Física, Computación e informática e/E idiomas: Ingles; se caracteriza por ser: a) Integral, porque está dirigida al desarrollo de los saberes: ser, hacer, conocer y convivir. b) Coherente, porque su estructura permite la interrelación de las diferentes actividades en forma gradual. c) Diversificada, porque utiliza diversas estrategias de aplicación, de acuerdo a las etapas de la práctica. d) Formativa, porque mediante el contacto continuo con diversos problemas educativos se enriquece la formación docente, especialmente de los aportes que ofrece permanentemente la comunidad. e) Secuencial, porque se desarrolla en etapas sucesivas evaluadas progresivamente.
  • 4. CAPÍTULO III DE LAS COMPETENCIAS ALOGRAR EN LAPRÁCTICA Art. 7. LAS COMPETENCIAS: Que debe lograr el estudiante son las siguientes: 7.1. Desarrolla su práctica profesional con eficacia y calidad en la especialidad que le corresponde, considerando los actuales paradigmas y enfoques pedagógicos, de acuerdo con su pertinencia. 7.2. Realiza en forma articulada la Práctica e Investigación intensivas en la especialidad que le corresponde con eficacia y calidad, mostrando identificación institucional y compromiso profesional. 7.3. Conoce y aplica estrategias de diseño, diversificación, implementación, ejecución, seguimiento y evaluación de actividades que promueven aprendizajes significativos. 7.4. Participa adecuadamente en actividades de gestión, a nivel de aula y de Centros Educativos, sobre la base del diagnóstico y los Perfiles del Proyecto Educativo Institucional. 7.5. Analiza y reflexiona sobre su propia práctica y propone la práctica ajena para optimizar sus acciones educativas como mediador, promotor e investigador. 7.6. Transforma el aula y los escenarios pedagógicos en espacios de investigación, reflexión e innovación constantes con la finalidad de mejorar los procesos de enseñanza y aprendizaje y la educación en general. 7.7. Propicia un ambiente inclusivo e intercultural durante su práctica profesional, afirmando la cultura local de los alumnos. CAPÍTULO IV DE LAS ETAPAS Y COMPONENTES Art. 8. La Práctica se desarrolla en las siguientes etapas: a) Práctica: Contacto con los entornos socio-educativos b)Práctica pre profesional: Profundización y Sistematización: Art. 9. La Práctica correspondiente a la Formación General que se desarrolla del I al IV semestre académico, se orienta a afianzar la vocación de servicio, el liderazgo y la sensibilidad social, al acercar a los estudiantes a diversas realidades socio- educativas de su medio, a través de la conducción de actividades lúdico- recreativas, de proyección social entre otras. Art. 10. La Práctica pre-profesional correspondiente a la Formación Especializada que se desarrolla del V al X semestre académico, se orienta al desarrollo del pensamiento creativo, reflexivo y crítico para aplicar y generar teoría pedagógica a través de la investigación. Orienta la intervención del estudiante en el aula, a través de la ejecución de sesiones de aprendizaje en el nivel educativo relacionado con su carrera y especialidad. Art. 11. La práctica en sus diferentes etapas deberá cubrir los siguientes componentes: a) Facilitación del aprendizaje: Su finalidad es que el estudiante realice diferentes actividades relacionadas con el proceso de enseñanza – aprendizaje, tales como :  Observación.
  • 5.  Análisis del Diseño Curricular Nacional.  Acciones de sensibilización.  Diseño y ejecución de actividades de apoyo y sesiones de aprendizajes.  Materiales educativos. b) Gestión: Tiene como finalidad que los estudiantes aprendan a desempeñarse como docentes:  En los roles y funciones inherentes a la gestión administrativa y pedagógica, a nivel de aula y de la institución educativa.  Teniendo en cuenta los perfiles profesionales, las demandas sociales y educativas del contexto y los aprendizajes en las diferentes áreas curriculares. c) Talleres de sistematización : tienen como finalidad que los estudiantes:  Cuenten con espacios de reflexión, sistematización y evaluación de las experiencias observadas y/o protagonizadas en la práctica.  Hagan efectivo el cambio de las formas de enseñanza-aprendizaje internalizados a través de las experiencias de formación como estudiante y en la institución de práctica, bajo el paradigma de construcción del conocimiento. Art. 12. La práctica en la primera etapa, está destinada a ofrecer situaciones concretas de acercamiento a diversas realidades socio-educativas de su medio, a través de la conducción de actividades lúdico-recreativas y de proyección social de zonas urbanas y urbanas marginales de la costa.  I al IV ciclo. Esta práctica consiste en:  Observación de aula y análisis del Diseño Curricular Nacional del nivel.  Observación del desempeño docente e identificación de los actores educativos.  Diseño, ejecución y evaluación de actividades lúdicas y de proyección social.  Elaboran diagnósticos del contexto educativo.  Selección y elaboración de material educativo.  Sistematización de experiencias educativas a través de talleres Art. 13. La práctica en la segunda etapa, se desarrollará en las instituciones educativas de las zonas urbanas, urbanas marginal y rurales cercanas al área de influencia del IESPPCH. Esta práctica consiste en:  Diseño, ejecución y evaluación de sesiones de aprendizaje significativo.  Adaptación, evaluación y validación de material educativo.  Observación de la institución educativa.  Gestión del aula y de la institución educativa.  Talleres de sistematización.
  • 6.  Actividades relacionadas con proyección Educativa Comunal  Desarrollo de acciones de tutoría y acompañamiento al estudiante. CAPÍTULO V DEL PLANEAMIENTO Y ORGANIZACIÓN Art. 14. La práctica profesional de los estudiantes se desarrollará según la siguiente distribución de etapas, ciclos, horas, créditos y componentes: en Educación Físical, , Idioma: Inglés y Computación e Informática ETAPA: PRÀCTICA (Del I al IV ciclo) ETAPA: PRÁCTICA PREPROFESIONAL Art. 15. Para iniciar la práctica: los formadores del área, elaboran el silabo y documentos complementarios de práctica; los Jefes de las Áreas Académicas de Educación Física, Computación e informática Secundaria, Idiomas: Inglés elaboran el Plan de práctica, los mismos que serán aprobados por la Dirección General del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “David Sánchez Infante”. Art. 16. El silabo por especialidad, es un documento técnico-pedagógico que contiene en forma sistematizada las competencias y acciones que lograrán y realizarán los alumnos, con el propósito de desarrollar integralmente la práctica que ofrece el ETAPAS PRACTICA SEMESTRE ACADÈMICO I II III IV HORAS 2 2 2 2 CRÉDITOS 1 1 1 1 CARRERA O ESPECIALIDAD SEMESTRES V VI VII VIII IX X H C H C H C H C H C H C EDUCACIOÒN FÍSICA 2 1 2 1 4 3 4 3 22 16 22 16 IDIOMAS: INGLÈS 2 1 2 1 4 3 4 3 22 14 22 14 COMPUTACIÒN E INFORMÀ TICA 2 1 2 1 4 3 4 3 22 14 22 14
  • 7. Instituto. Asimismo el docente prepara otros documentos que orientan el desarrollo de la práctica como: guías de práctica, fichas de observación, fichas integrales de supervisión etc. Art. 17. Para la conducción de la práctica, en las instituciones educativas asociados, los docentes de aula deberán reunir los siguientes requisitos:  Ser docente titulado.  Acreditar asistencia a cursos de actualización y perfeccionamiento.  Asistir a reuniones de intercambio de experiencias y capacitación organizados por el IESPP. “DSI”. Art. 18. La ubicación de los practicantes que desarrollan la práctica I-V se realizará teniendo las en Cuenta la cercanía de su domicilio a las instituciones asociadas e irán en pares. Art. 19. La ubicación de los practicantes que desarrollan la práctica pre profesional en las II.EE. se realizará teniendo en cuenta:  Los equipos conformados en el proyecto de investigación.  La temática y grado educativo de su investigación. Art. 20. Fortalece la formación académica de los estudiantes al promover el análisis, la reflexión y la confrontación teórica respecto a los enfoques pedagógicos, roles de los actores educativos y elementos que intervienen en los procesos educativos a partir de la observación y ayudantía en instituciones educativas de su contexto. Art. 21. Posibilita al estudiante desarrollar su pensamiento creativo, reflexivo y crítico al diseñar, implementar (con metodología activa, material adecuado), ejecutar y evaluar con autonomía sesiones de aprendizaje reales, con base en fundamentos psicológicos y pedagógicos. Orienta el registro de la experiencia en aula del proceso enseñanza aprendizaje y da la oportunidad para generar temas de investigación. Permite identificar factores que influyen en el aprendizaje del inglés, así como casos de diversidad e exclusividad. Contribuye a la sistematización de la experiencia pre-profesional. Art. 22 Orienta al dominio de las técnicas del proceso de evaluación de las sesiones de aprendizaje real, en los diferentes contextos con el uso de estrategias de la metodología activa, estilos de aprendizaje, materiales educativos creados, adaptados y evaluados. Art. 23 Permite desarrollar la tesis a partir de práctica en el aula para que los estudiantes sean capaces de comprender y profundizar el conocimiento de los diferentes aspectos de la realidad educativa con visión prospectiva, innovadora y participe en el diseño y ejecución de proyectos de desarrollo integral de la comunidad a través de la Institución Educativa. Art. 24 Orienta la actualización y complementación de su quehacer pedagógico con la participación en seminarios y talleres. Contribuye a la sistematización de la experiencia pre-profesional Art. 25 La Práctica Profesional se regula a través de un Plan Anual de Práctica Profesional (PAPP), que es un documento técnico que contiene los objetivos, acciones y sistemas de evaluación de las áreas de Práctica de los ciclos IX y X, así como la distribución de los practicantes de las diversas especialidades en los centros, programas y proyectos en los que se realiza dicha Práctica. La Práctica Profesional que se realiza entre los Ciclos I y VIII se regula a través del propio programa o sílabo de la área de la cual depende. . CAPÌTULO VI ELEMENTOS DE LAPRÀCTICA Y SU RELACIÒN CON OTRAS ÁREAS.
  • 8. Art. 26: Los componentes articulados de Práctica son tres: Facilitación del aprendizaje, Gestión y Talleres de Sistematización. Mediante los tres componentes de Práctica se pretende atender las necesidades de formación que tienen los futuros maestros para lograr un desempeño de calidad en cualquier área Art. 27: El componente Facilitación del Aprendizaje tiene por finalidad un acercamiento y una intervención progresiva de los estudiantes en los procesos enseñanza – aprendizaje en el contexto del aula y fuera de ella, tomando en cuenta los diferentes todos los elementos que intervienen en dichos procesos. Este no es un trabajo exclusivo de la práctica, pero si es esta la sub-área encargada de coordinarlo. En este componente se considera la realización de diferentes actividades en trabajo coordinado con otras Áreas y Sub-áreas: 27.1.- Observación: Infraestructura, equipamiento y otros. 27.2.- Documentos Técnico – pedagógicos. 27.3.- Interacción entre los diferentes agentes educativos en contextos diversos. 9.4.- Sesiones de Aprendizajes (Observación). 27.4.- Análisis del Diseño Curricular Básico Nacional de acuerdo con la carrera profesional. 27.6.- Actividades de ayudantía en el aula de Educación Básica. 27.5.- Actividades de sensibilización con alumnos y alumnas. 27.6.- Diseño y ejecución de sesiones de aprendizaje. 27.7.- Elaboración y validación Materiales educativos. El detalle de todas estas actividades se encuentra en el acápite 3.1 correspondiente a las Guía de Práctica para Institutos y Escuelas de Educación Superior con Carreras Pedagógicas Modalidades de la Práctica. Art. 28: La gestión tiene por finalidad que los estudiantes aprendan a desempeñarse como docente en los roles y funciones inherentes a la gestión administrativa y pedagógica a nivel de aula y de Centros Educativos, teniendo en cuenta los perfiles institucionales, los demandas sociales y educativos del contexto y los aprendizajes de las diferentes áreas curriculares. Este componente se ha considerado a partir del IV Ciclo, pues en los 03 primeros ciclos se da más énfasis al aspecto pedagógico. Para operativizar y efectivizar este componente debe el estudiante realizar las siguientes actividades:  Observación de la organización administrativa y de las condiciones pedagógicas del aula y del Centro Educativo.  Selección, recolección y análisis crítico de documentos administrativos más usados.  Planificación, implementación, ejecución y evaluación de acciones administrativas y pedagógicas a nivel de aula y de Centros Educativos.  Participación en la elaboración y/o revisión y ejecución del PEI (Proyecto Educativo Institucional).  Organización y ejecución de escuelas de padres y/o proyectos productivos de desarrollo comunal e Institucional. La gestión como componente de la práctica implica que los estudiantes desarrollen capacidades para gerencia el aula, el I.E. y para promover la comunidad a través de la planificación, puesta en marcha y evaluación de proyectos de carácter alternativo. Esta labor el estudiante la empieza a desarrollar desde el trabajo de proyectos en las diferentes áreas de la E.C., sobre todo desde los de Sociedad y Ecosistema y retroalimentado por el área de Educación con sus áreas. El componente Gestión tiene como finalidad que los estudiantes adquieran competencias para desempeñarse con eficiencia en los roles y funciones inherentes a la gestión institucional, administrativa y pedagógica; dentro del aula y
  • 9. de la Institución Educativa o, si fuese el caso, en la red educativa y/o en el contexto comunal. Para lograr esta finalidad es indispensable que el estudiante conozca el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y los demás instrumentos de gestión que proporcionan el marco normativo a las actividades que se suscitan en la institución educativa donde realiza sus prácticas. La gestión educativa es un proceso creativo que permite obtener resultados a través de transformaciones permanentes, empleando las potencialidades y recursos con los que cuenta la Institución Educativa; incluyendo su activo más importante: el conocimiento. La gestión educativa se vale de instrumentos, entre los que destaca por su importancia el Proyecto Educativo Institucional (PEI); además existen: el Proyecto Curricular de Centro (PCC), el Plan Anual de Trabajo (PAT), el Reglamento Interno (RI), el Informe de Gestión (IG), el Plan de Mejoramiento y los Proyectos de Innovación. Art. 29: Los Talleres de Sistematización vienen a ser espacios, en que los estudiantes evalúan, sistematizan y reflexionan sobre las experiencias que ellos han observado y/o protagonizado en la práctica educativa para hacer efectivo el cambio de las formas de enseñanza y aprendizaje que se han internalizado a través de todas las experiencias de formación que el estudiante ha experimentado, sobre todo en la escuela. CAPÌTULO VII DEL PERSONAL RESPONSABLE. Art. 18: Del Director del IESPP. “David Sánchez Infante” a. Orienta la planificación, organización, implementación, evaluación y difusión de la práctica pre-profesional, en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica, en el marco del Diseño Curricular Básico Nacional (DCBN), de las normas vigentes, de las políticas institucionales consideradas en el PEI y del Reglamento Institucional b. Orientar la incorporación de criterios procedimientos y requisitos en el Reglamentos Institucional, para operativizar la práctica pre-profesional con pertinencia y eficacia c. Gestionar de ser necesario, la suscripción de convenios con instituciones educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil (municipalidad, iglesia, hospital, Cementos Pacasmayo, Avícola Sschuader, centro de reclusión u otros), de acuerdo a los lineamientos vigentes, con la finalidad de crear y fortalecer diversos escenarios para el desarrollo de la práctica pre- profesional d. Convoca a reuniones de coordinación con encargados de los órganos correspondientes, formadores de práctica con el Jefe de la Unidad Académica jefe área académica, profesores de área de práctica de educación secundaria para selección de C.E. e. Aprueba el Plan Anual General de Prácticas. f. Elabora, conjuntamente con formador de práctica, el Convenio Marco Institucional para el desarrollo de las Prácticas. g. Supervisar el cumplimiento de los convenios suscritos, analizar los resultados de la acción pedagógica y administrativa con la finalidad de tomar decisiones. h. Aprueba y forma el Convenio Marco entre I.S.P y los C.E. i. Aprueba uso de recursos para la práctica. Art. 19: Son responsabilidades del Jefe de Unidad Académica de La Institución educativa Superior “David Sánchez Infante”,
  • 10. a. planificar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de la práctica pre- profesional, considerando la sumilla del área en cada semestre académico b. designar a los docentes que tendrán a su cargo la práctica, el cuadro de horas asignadas a la práctica y práctica pre-profesional en carreras o especialidades afines a su formación profesional; convocarlos para unificar criterios de orientación del área y de organización de los talleres de sistematización y de actualización. c. Elaborar con flexibilidad y pertinencia, el cuadro de horas asignadas a la práctica y pre-práctica en concordancia con el Plan de Estudios de cada carrera o especialidad, consignado en el DCBN respectivo a la carrera de computación informática, inglés y educación física d. Monitorear y supervisar el cumplimiento de las funciones de los docentes responsables de la práctica pre-profesional e. Observar por muestreo el desempeño de los estudiantes de la práctica pre- profesional en instituciones educativas seleccionadas f. Autorizar mediante carta de presentación a los estudiantes para la realización de su práctica pre-profesional en instituciones educativas seleccionadas. g. Solicitar a los docentes responsables de la práctica pre-profesional, informes bimestrales sobre el cumplimiento de sus funciones y los resultados obtenidos h. Sistematizar los informes presentados y evaluar el cumplimiento de los convenios suscritos i. Promover en coordinación con la DREL, docentes asesores y estudiantes, la difusión de los logros alcanzados en la práctica en la práctica pre-profesional, a través de ferias pedagógicas, exposiciones, audiciones, presentaciones, web institucional, entre otros. Art. 20: Son responsabilidades del Jefe de la Unidad Administrativa de la Institución educativa Superior “David Sánchez Infante” a. Prever en coordinación con los responsables de la ejecución de la práctica pre- profesional el presupuesto que haga factible su desarrollo, dentro de las posibilidades económicas de la institución. b. Gestionar recursos complementarios para optimizar las acciones de la práctica pre-profesional, solicitando apoyo a la DRELL, empresas y otras instituciones de la sociedad civil del ámbito privado. Art. 21. Las funciones del Jefe de Área Académica de Educación Inicial, Primaria y EBA, Secundaria, Idiomas: Inglés en la ejecución de la práctica, son las siguientes: a) Orienta, organiza, monitorea y evalúa la práctica. b) Elabora el Plan de la Práctica de la Jefatura, en coordinación con los formadores de práctica. c) Coordina el desarrollo de la práctica con los formadores de práctica, profesores de área d) Propone a la Dirección las instituciones educativas para la práctica, a docentes que reúnan requisitos mínimos, que garanticen la eficiencia de la práctica. e) Aprueba los sílabos y documentos complementarios de la práctica. f) Propone normas y estrategias que garanticen el logro de los objetivos de la práctica. g) Prevé acciones de capacitación para docentes de las instituciones educativas asociados. h) Propone estrategias para la integración de las demás áreas con el área de práctica. i) Monitorea y evalúa el desarrollo de la práctica en las instituciones educativas asociados.
  • 11. j) Consolida los resultados del monitoreo y evaluación de la práctica con los formadores de práctica. k) Presenta a la Dirección del Instituto, el informe evaluativo semestral del desarrollo de la Práctica. Art. 22. Son responsabilidades del docente formador de práctica pre-profesional: a) Elabora el Sílabo y documentos complementarios de la Práctica b) Planificar y organizar el área de manera funcional en concordancia con los lineamientos del DCBN. La normatividad vigente institucional y regional c) Realizar reuniones de coordinación con los directivos y docentes de las instituciones educativas seleccionadas en las que practicarán sus estudiantes, para consensuar procedimientos a seguir y delimitar las funciones y responsabilidades del docente de aula d) Coordina con el director de la institución educativa asociado, profesor de aula y practicante, la programación, ejecución y evaluación de la práctica e) Promover a los estudiantes el desarrollo de la capacidad propositiva y de innovación para formular propuestas pedagógicas orientadas a la mejora o soluciones de situaciones identificadas en su intervención educativa f) Orientar a los practicantes en la elaboración del diagnóstico del entorno en el que se inserta la institución educativa donde realiza la práctica g) Revisar los esquemas de sesiones de aprendizaje que desarrollarán los estudiantes a su cargo, alcanzando recomendaciones y sugerencias para su reformulación de ser necesario. El tema o contenido a desarrollar será proporcionado por el docente de aula de la institución de las actividades planificadas h) Observar, evaluar y asesorar a los practicantes durante su práctica pre- profesional, en la ejecución de las actividades planificadas i) Organizar y ejecutar talleres de:  Actualización, para fortalecer la formación académica de los estudiantes con temas educativos de actualidad, a fin de mejorar su desempeño en los diferentes espacios educativos en los que intervienen  Sistematización (presencial y/o virtual) orientados a la socialización, reflexión y evaluación de experiencias educativas observadas y/o protagonizadas en la práctica y sustentadas teóricamente mediante investigaciones realizadas  Elaboración de propuestas que respondan a los episodios críticos que se han detectado en las experiencias pedagógicas vividas  Difusión de los logros alcanzados en la práctica pre-profesional j) Implementar una red social con los estudiantes de cada semestre académico con la finalidad de compartir experiencias exitosas y debilidades encontradas que contribuyan a una mejor acción pedagógica frente a sus alumnos k) Evaluar de manera continua el cumplimiento de los convenios suscritos con las instituciones educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil e informar por escrito los resultados obtenidos al jefe de área u de unidad Académica. Art. 24: Son funciones del docente de aula de la Institución Educativa Asociado a. Coordina y Brinda posibilidades al formador de Práctica del I.E.S.P.P “DSI”. b. Coordina y brinda facilidades al practicante y formador del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “Chimbote” c. Coordina y realiza con el practicante, la programación, implementación, ejecución y evaluación de las actividades curriculares, conforme al sílabo y a la guía de práctica.
  • 12. d. Participa en las acciones de organización e implementación de los sectores de trabajo del aula. e. Supervisa el control de la asistencia del practicante, dando cuenta de las irregularidades al formador del instituto. f. Observa, acompaña y evalúa el desarrollo de la práctica, según la naturaleza de la etapa. g. Coordina y elabora con el practicante los documentos de la carpeta didáctica y administrativa, según la naturaleza de la etapa. h. Informa periódicamente al director de la institución educativa y al formador de práctica del Instituto sobre el desarrollo de la práctica. i. Presenta al practicante a los padres de familia del aula, previa convocatoria a una reunión, para dar a conocer la razón de su presencia y le presten el apoyo correspondiente. j. Recepciona y analiza los documentos pertinentes a la práctica, entregados por el practicante. k. Facilita la documentación de aula y materiales educativos al practicante, con el fin de que éste desarrolle eficazmente su práctica. l. Visa la programación anual, unidades didácticas, previa revisión y según la naturaleza de la etapa. m. Aplica la ficha integral de supervisión, al practicante que está bajo su asesoría. n. Orienta al practicante en la realización del turno, realizándolo en forma conjunta el día que le toca. o. Permanece en el aula en todo momento con el practicante con el fin de apoyarlo, orientarlo y evaluarlo y éste, logre eficazmente las competencias. p. Está prohibido pactar el reemplazo de los docentes titulares de las instituciones educativas por los practicantes de I al VIII semestre Art. 25: Del Estudiante de Práctica: q. Coordina con los agentes educativos del C.E. para el desarrollo de la Práctica Profesional. r. Elabora y presenta oportunamente los esquemas de las unidades didácticas s. Elabora documentos técnicos pedagógicos y administrativos correspondientes, formando su carpeta pedagógica. t. Ejerce óptimamente el rol de facilitador del aprendizaje, de investigador y promotor. u. Informa al formador de práctica, sobre los logros y dificultades de la práctica v. Elabora y presenta oportunamente los esquemas de sesiones de aprendizaje. w. Asiste puntualmente al C.E que se le asigne asumiendo responsablemente la Práctica a su cargo. x. Ejerce oportunamente el rol de facilitador del aprendizaje de investigador y promotor. y. Informa sobre los logros y dificultades de la Práctica. z. Participa en los talleres de Sistematización de la Práctica y en eventos de actualización. aa. Realiza una auto – evaluación y coordinación sobre el desarrollo de la Práctica. Art. 26. Son funciones del Director y/o Sub Director de la Institución Educativa Asociado: a) Establece vínculos de coordinación entre formadores, docentes y practicantes. b) Es responsable del cumplimiento del convenio, en su institución educativa. c) Determina los docentes y secciones, donde se realizará la práctica. d) Supervisa el desarrollo de la práctica en su institución educativa.
  • 13. e) Visa el informe de desempeño de los practicantes del instituto y expide constancias sobre el desarrollo de la práctica. Asimismo, visa la constancia de no adeudo a la institución educativa. f) Presenta a los practicantes al docente de aula del grado y sección al cual fue asignado. g) Visa la hoja de asistencia del practicante, verificando asistencia y puntualidad. En caso de irregularidades informar al coordinador de los practicantes y/o formador de práctica del IESPP´”DSI”. h) Visa los documentos de la carpeta de trabajo de los practicantes. i) Revisa la carpeta de trabajo del practicante a manera de muestreo. j) Brinda facilidades al formador de práctica del IESPP. “DSI”. k) Posibilita el préstamo y uso de documentos de dirección, ambientes y materiales educativos de la institución educativa que fueran necesarios para el desarrollo de la práctica, cuando lo soliciten los practicantes. l) Coordina y elabora un cronograma con los practicantes para la realización de actividades administrativas propias de la dirección, en horario especificado en la guía de práctica. CAPÍTULO VIII DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PRACTICANTE Art 27. Son derechos del practicante: a) Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación por quienes asumen responsabilidades en la orientación y supervisión de la Práctica. b) Recibir asesoramiento y orientación oportuna de los formadores de área y del formador de práctica para el cumplimiento de su práctica. c) Tener libertad de aplicar estrategias metodológicas y los materiales educativos que domine y que considere útiles para el logro de los objetivos educacionales, siempre que éstos guarden relación con los principios metodológicos y con el pensamiento educativo de nuestra institución. d) Disponer de los materiales educativos adquiridos o elaborados con sus propios recursos materiales y económicos. e) Ser evaluado en forma justa y objetiva, así como recibir información oportuna de los resultados. f) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de acciones extraordinarias durante el desarrollo de su práctica. Art 28. Son deberes del practicante: a) Cumplir las normas establecidas por el IESPP “DSI”, referentes al desarrollo de la práctica especialmente el contenido en el sílabo de Práctica IX y X. b) Cumplir con las normas del Reglamento Interno de la institución educativa asociado donde desarrolla su práctica. c) Demostrar actitudes éticas acordes con la formación docente. d) Aplicar y difundir en todas las acciones de su práctica el pensamiento filosófico del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “Chimbote”:  Tener en cuenta las diferencias individuales de los estudiantes, sus inquietudes, opiniones y fomentar el desarrollo de su autonomía.  Explicitar su vocación de servicio y solidaridad asumiendo tareas orientadas a la atención de quienes más lo necesiten.  Demostrar responsabilidad y constante actitud de cambio. Poseer pensamiento crítico y capacidad creadora e innovadora.
  • 14. e) Programar, implementar, ejecutar y evaluar las acciones educativas y demás tareas que implica la práctica en sus diferentes etapas, teniendo en cuenta las normas técnico-pedagógicas y administrativas vigentes. f) Seleccionar o preparar el material educativo para el desarrollo de cada una de las experiencias pedagógicas de su práctica. g) Conservar en buen funcionamiento los materiales, equipos e infraestructura de la institución educativa donde realiza su práctica. h) Hacer la autocrítica de su desempeño durante la práctica realizada, a fin de superar las deficiencias identificadas. i) Informar oportunamente al formador de práctica sobre el desarrollo de todas las actividades que se realicen, salvo en casos de fuerza mayor, con el debido consentimiento del director o quien haga sus veces. j) Por ningún motivo debe abandonar la institución educativa dentro del horario establecido para la práctica, salvo en casos de fuerza mayor, con el debido conocimiento del director de la I.E. o quien haga sus veces. k) Asistir puntualmente a la institución educativa asociado, dentro del horario establecido. En casos de inasistencias, por motivos justificables informar oportunamente al director de la institución educativa, profesor de aula (área) y formador de práctica para su inmediata verificación y justificación. La justificación se hará mediante los documentos pertinentes. l) Coordinar permanentemente con el profesor de aula (área) y directivos de la institución educativa de práctica, lo referente a las acciones pertinentes a ejecutar, siempre y cuando estén relacionadas con el quehacer docente. m) Demostrar actitudes positivas en su comportamiento dentro de la institución educativa, así como en la comunidad. n) Mantener constante comunicación con el (la) coordinador(a) del equipo. También, demostrar capacidad de integración y trabajo en equipo, respeto a sus compañeros de grupo y a los acuerdos que se tomen en el mismo. o) Organizar solo la fecha cívica del día del maestro durante el desarrollo de la práctica pre-profesional y colaborar en las otras fechas, demostrando capacidades para el trabajo en equipo y organización con los diferentes actores educativos. p) Asistir puntualmente a los talleres de sistematización en el IESPPCH. q) Tener ordenada y actualizada su carpeta pedagógica. r) Participar en la elaboración, actualización o reajuste del PEI de las I.E.A. donde realiza su práctica. CAPÍTULO IX Art 29. DEL MONITOREO Y SEGUIMIENTO Se entiende por monitoreo y seguimiento a las acciones que orientan el logro de los perfiles profesionales del futuro docente del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público Chimbote. Art 30. Son objetivos del monitoreo y seguimiento: a) Contribuir con una adecuada formación del futuro docente. b) Asegurar que la Práctica responda en calidad y eficiencia a las características y necesidades del educando y la comunidad. c) Estimular el trabajo del practicante, llevándolo hacia niveles superiores de formación profesional. d) Promover las relaciones humanas entre los sujetos de la educación, posibilitando su estrecha relación para el desarrollo educativo.
  • 15. Art 31. Las acciones de monitoreo y seguimiento son realizados por el personal docente del instituto e incidirá en los siguientes aspectos: a) Claridad en la redacción de los instrumentos recogidos en la etapa de práctica. b) Ejecución de actividades de proyección social. c) Claridad en la capacidad de la sesión de aprendizaje. d) Manejo de los saberes previos. e) Uso de estrategias de trabajo. f) Uso de materiales educativos. g) Interacciones en el aula. h) Facilitación de un nivel adecuado de análisis y profundización de los contenidos. i) Uso efectivo del tiempo en el aula. j) Clima para el aprendizaje de los estudiantes. k) Evaluación. Art 32.Las características de las acciones de monitoreo y seguimiento de la práctica son: a) Permanente e integral, en cuanto atiende de modo continuo y armónico el desarrollo de la práctica y práctica pre-profesional. b) Sistemática, en su organización y orientación, hacia el logro de los objetivos establecidos. c) Flexible, en cuanto a las formas en que se ofrece y a su adaptación a la realidad educativa, donde se desarrolla la acción educativa. d) Motivadora, de ideas y acciones que impulsen y hagan efectiva la superación de dificultades que tenga el practicante. e) Proyectiva, a través de una evaluación que promueva la creación de nuevas y mejores formas de aprendizaje. CAPÍTULO X DE LA EVALUACIÓN Art 33. Los criterios de evaluación están íntimamente ligados a las competencias específicas de la práctica en sus diferentes etapas y componentes. Art. 34. Para la evaluación de la práctica se establecerán estrategias evaluativas de acuerdo a sus etapas y componentes, las cuales serán consideradas en los planes de práctica. Art. 35. El calificativo mínimo para la aprobación de la práctica en cada semestre es de ONCE (11) puntos, en la escala vigesimal. Art. 36. La nota final de la práctica se obtiene del promedio de las notas de cada uno de los componentes de la práctica. (No se obtendrá la nota promedio si el estudiante tiene más de tres faltas o inasistencias injustificadas). En caso de tener más de tres inasistencias la nota debe ser cero (00). Art. 37. La evaluación sumativa de la práctica será realizada por el formador de práctica y tendrá en cuenta lo reportado por el docente de aula. (Ver artículo anterior). Art. 38. La evaluación de la práctica en las diferentes etapas, y de acuerdo a los componentes, tendrá en cuenta los siguientes rubros:
  • 16. a) Facilitación del Aprendizaje: del IV al X ciclo.  Programación e implementación.  Ejecución y evaluación.  Cualidades personales. b) Gestión: del IV al X ciclo.  Actividades de gestión a nivel de aula.  Actividades de gestión a nivel de I.E. c) Sistematización: del I al X ciclo.  Taller de sistematización (I al X ciclo).  Informe de la práctica (IX – X ciclo). Art. 39. El auto y coevaluación se constituyen en procedimientos específicos para la evaluación formativa de la práctica. Art. 40. La aprobación de la práctica IX es pre-requisito para llevar la práctica X. Art. 41. La irresponsabilidad de los alumnos en cualquiera de los aspectos y momentos de la práctica, ameritará la nota 00 (cero) como promedio. CAPÍTULO XI DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES Art. 42. Los estímulos a los practicantes se otorgarán por la realización de acciones sobresalientes a favor de los educandos y de la comunidad. Artículo XXVIII. Los estímulos a otorgarse son: a) Oficio o carta de felicitación. b) Diploma al mérito. c) Resolución directoral de felicitación. d) Cualquier otro estímulo que el instituto establezca. Art. 43. Los estímulos señalados en los incisos “a” y “b” del Art. 44, serán otorgados por el cumplimiento destacado de sus deberes; lo señalado en el inciso “c”, se otorgará por la realización de proyectos a favor de los alumnos y de la comunidad. Art. 44. Las sanciones a los practicantes por el incumplimiento de sus deberes son: a) Amonestación verbal o escrita por el formador de práctica o Jefe de Área Académica de Educación Primaria y Secundaria del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público Chimbote. b) Amonestación verbal o escrita por la Directora General del instituto. c) Impedimento de continuar con el desarrollo de la práctica en el semestre. Art. 44. Se consideran actos que justifican la suspensión de un practicante en sus diferentes etapas:
  • 17. a) El incumplimiento injustificado de sus obligaciones, la reiterada resistencia a las sugerencias de sus superiores relacionados con las labores pedagógicas y la no observación del reglamento de práctica. b) Las inasistencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos a la I. E. de práctica. c) El incurrir en acto de violencia verbal, en agravio del personal de la institución o de los compañeros, dentro o fuera de él. d) Incurrir en actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. e) Incurrir en falta en relación a los deberes, debidamente comprobados. f) Incurrir en situaciones que involucre la imagen de la institución por sus acciones personales. g) Generar conflictos en la comunidad donde desarrolla su práctica. h) Generar escándalo en la comunidad mediante actos comprobados. CAPITULO XII: COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art. 32: En caso que se presente huelga magisterial u otros problemas, el Instituto retirará a los practicantes hasta que se solucione el caso. Los estudiantes deberán asistir al Instituto que les asignará las tareas a cumplir. Art. 33: los convenios suscritos entre los I.E.S. “DAVID SÁNCHEZ INFANTE” e instituciones educativas, empresas u organizaciones de la sociedad civil para la práctica pre- profesional, que transgreden lo establecido en la presente norma son nulos de pleno derecho Art. 34: Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por la Dirección, en coordinación con las instancias involucradas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 35: El presente Reglamento de Práctica rige para los ingresantes al Institución Educativa Superior “David Sánchez Infante” a partir del año 2015 y las promociones que se adecúen a los nuevas diseño curricular básico nacional de cada carrera profesional docente. _____________________________ ____________________________ ___________________________ ____________________________ __________________________ ___________________________