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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 12 DE FEBRERO DE 2016 No. 9
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Desarrollo Social
 Convocatoria del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2016 4
Secretaría de Finanzas
 Acuerdo por el que se da a conocer el Calendario de Ministraciones, Porcentaje, Fórmulas y Variables Utilizadas,
así como el monto estimado que corresponde a las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México por
Concepto de Participaciones en Ingresos Federales, para el Ejercicio Fiscal 2016 12
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal
 Aviso por el que se hace del conocimiento al público en general los días inhábiles correspondientes al año 2016 y
enero de 2017 para efectos de los Actos y Procedimientos Administrativos de Solicitudes de Acceso a la
Información Pública, Datos Personales y Procedimientos Administrativos en General, Competencia de la Oficina
de Información Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal 18
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
 Aviso por el que se da a conocer la designación y revocación de Servidores Públicos de la Administración Pública
de la Ciudad de México, como Apoderados Generales para la defensa jurídica de la misma 20
Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México
 Aviso por el que se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la
Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México 22
Continúa en la Pág. 2.
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
Índice
Viene de la Pág.
Delegación Benito Juárez
 Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obras (PAO) para el año 2016, correspondiente a la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Servicios Urbanos 31
Delegación Iztacalco
 Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios
Año 2016 37
Delegación Tláhuac
 Aviso por el que se da a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional de Desarrollo Social:
Otorgamiento de Ayudas Económicas y/o en especie por única ocasión, para la realización de celebraciones,
conmemoraciones, festejos, tradiciones y costumbres, así como eventos culturales, para el Ejercicio Fiscal 2016 38
Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal
 Aviso por el que se da a conocer el Calendario Presupuestario Autorizado al Fideicomiso Educación Garantizada
del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016, comunicado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del
Distrito Federal 47
Instituto de Vivienda del Distrito Federal
 Aviso por el cual se dan a conocer los días inhábiles para la Atención, Registro, Trámite y Notificación de
Solicitudes de Información Pública, así como de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos
Personales que ingresen o se encuentren en trámite, y para los Asuntos y Procedimientos competencia de la Oficina
de Información Pública del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, correspondientes al año 2016 y enero 2017 48
Caja de Previsión de la Policía Preventiva
 Aviso mediante el cual se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Inversión y
Análisis de Riesgos de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal con número de registro:
MEO-43-291215-E-CAPREPOL/10-2005 50
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social
 Aviso por el que se da a conocer el Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas
Sociales de la Ciudad de México 59
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría de Turismo.- Licitación Pública Nacional Número SECTURDF-LPN-01-2016.- Convocatoria 001.-
Contratación del Servicio integral para la promoción y difusión de sitios turísticos, culturales, recreativos y
deportivos del Distrito Federal en el marco del Programa “Sonrisas por Tu Ciudad” 61
 Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN-AGU-002-
2016.- Convocatoria 002.- Contratación del Servicio Integral de Supervisión de la Demanda Ciudadana y
Funcionalidad de la Vía Pública y el Servicio del Centro de Contacto (Contact Center), para el Programa 072
Atención Ciudadana 63
 Delegación Tlalpan.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001029-003-2016 y 30001029-004-2016.-
Convocatoria 002/16.- Contratación del servicio de mantenimiento preventivo a vehículos operativos y
administrativos y servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios, con suministro de materiales 65
 Delegación Tlalpan.- Aviso de Fallo de Licitaciones Públicas Números 30001134-001-15 a 30001134-042-15 68
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 3
 Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno Del Distrito Federal (CAPTRALIR).-
Licitaciones Públicas Nacionales números OM-CPTLR-LPN-001-16 a OM-CPTLR-LPN-003-16.- Convocatoria
Múltiple 001.- Contratación del Servicio de autobuses para excursiones para pensionados y jubilados, prestación
del servicio integral de limpieza para las oficinas e instalaciones y contratación del servicio hospitalario, médico -
quirúrgico, farmacéutico, artículos y aparatos ortopédicos, prótesis y ministración de medicamentos, para los
trabajadores de la extinta industrial de abastos 75
 Tribunal de lo Contencioso Administrativo.- Convocatoria a la Licitación Pública Nacional
TCADF/DA/SRMSG/LPN/001/2016.- Adquisición de materiales, útiles y equipos menores de oficina 77
 Tribunal de lo Contencioso Administrativo.- Convocatoria a la Licitación Pública Nacional
TCADF/DA/SRMSG/LPN/002/2016.- Servicio de limpieza de inmuebles y áreas comunes 78
SECCIÓN DE AVISOS
 Ambar Partners México, S. de R.L. de C.V. 79
 Grupo Empresarial Beximex, S.A. de C.V. 80
 Aproneg, S.A. de C.V. 80
 Comercializadora Global Reforma, S.A. de C.V. 80
 CDM Desarrollo Avanzado, S.A. de C.V. 81
 Aviso 82
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los
artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III y IV y 28 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10, fracción IV, 32, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social
del Distrito Federal; 61 fracción II, 62 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; y 97 y 101
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, doy a conocer la siguiente:
CONVOCATORIA DEL PROGRAMA COINVERSIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO 2016, PUBLICADO EL DÍA 29 DE ENERO DE 2016, EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, No. 270, TOMO I.
Considerando que las organizaciones civiles han hecho contribuciones fundamentales al marco conceptual de las políticas
públicas, la formulación y seguimiento en la aplicación de programas, así como al impulso de iniciativas innovadoras para
el desarrollo social en la Ciudad de México, es necesario promover su trabajo, así como compartir recursos, experiencias y
conocimientos en la definición de lo público; con una visión de derechos y construcción de ciudadanía.
Por lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México (SEDESO), a través de la Dirección General de
Igualdad y Diversidad Social (DGIDS); en colaboración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la
Ciudad de México (DIF-CDMX); el Instituto de las Mujeres de la Ciudad e México (INMUJERES-CDMX); y el Instituto
de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFO-DF), con fundamento en
los artículos 87 y 115, fracciones I y II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 17, 28, 34 fracción
XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracción VI numeral 3 y 63 del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 5, 8, 32, 33, 39 y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 5 y 17 de la Ley de Asistencia y
Prevención a la Violencia Familiar del Distrito Federal; 23 inciso a), 18 y 57 de la Ley de los Derechos de las Niñas y los
Niños del Distrito Federal; 15, 16, 17, 18 y 20 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; 8 de la Ley del
Instituto de las Mujeres del Distrito Federal; 25, fracción VI, 29, fracción V de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres
y Hombres en el Distrito Federal; 53 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal;
6 fracción I y III, 7 fracción I y V y 8 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del
Distrito Federal; 2, 3, 5 y 10 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles
para el Distrito Federal; 61, 62, 63, 64, 65, 66, 91, 92 y 93 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; 30 de
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
CONVOCAN
A las organizaciones civiles a participar en el Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad d e México
2016, presentando proyectos con la finalidad de sumar esfuerzos y recursos en la promoción del desarrollo social, con apego
a las siguientes:
BASES
1. Las organizaciones civiles participantes deberán estar inscritas en el Registro de Organizaciones Civiles de la Ciudad de
México (ROCCDMX), en términos de los artículos 7 y 10 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de
las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal y 12, 26 y 36 de su Reglamento.
2. El objetivo principal de los proyectos será la ejecución de actividades de desarrollo social entre organizaciones de la
sociedad civil y el Gobierno de la Ciudad de México para promover de acuerdo al artículo 2 de la Ley de Fomento a las
Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal, el reconocimiento y ejercicio
integral de los derechos humanos, la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación, la participación ciudadana, el
respeto a la diversidad, el acceso a la información y la protección de datos personales; promover la calidad de vida de las
personas, sus familias y comunidades, el acceso a una vida libre de violencias, las relaciones de solidaridad, apoyo mutuo y
la cohesión social en la Ciudad de México; la capacitación y asesorías para impulsar la creación o fortalecimiento de
proyectos productivos que al mismo tiempo sean generadores de trabajo e impacten socialmente a la comunidad, así como
promover y facilitar el ejercicio de la contraloría ciudadana por la transparencia.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 5
3. Dichas actividades estarán dirigidas prioritariamente a las mujeres, niñas y niños, las y los jóvenes, las personas adultas
mayores, los pueblos y colectividades indígenas, personas con discapacidad y de la población lésbica, gay, bisexual,
transexual, transgénero, travesti e intersexual. Así también pueden ser proyectos dirigidos al fortalecimiento de las
organizaciones civiles o servidoras y servidores de instituciones públicas de la Ciudad de México, siempre y cuando estén
vinculados directamente a los temas de la Convocatoria.
4. En las Reglas de Operación del Programa Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal 2016 se establece un
presupuesto total de $17´800,000.00 (Diecisiete millones ochocientos mil pesos 00/100 M. N.) para financiar los proyectos
de las organizaciones civiles que hayan sido aprobados por la Comisión Evaluadora.
5. Las organizaciones civiles podrán participar con un proyecto en alguno de los siguientes ejes temáticos, especificando el
eje y subeje con los que se relaciona el objetivo de su proyecto:
EJE 1. Atención y prevención de la violencia familiar. (Coordinado por la DGIDS).
1.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación en diferentes ramas productivas, para contribuir a que las mujeres
se reintegren a una vida social y familiar libre de violencias, junto con sus hijas e hijos.
1.2 Fortalecimiento de las capacidades a las y los servidores públicos para la mejor atención en materia de violencia
familiar con perspectiva de género y derechos humanos.
1.3 Apoyo psicológico y jurídico a mujeres víctimas de violencia familiar y sus hijas e hijos.
1.4 Seguimiento y análisis de la aplicación de la normatividad en materia de violencia familiar para la Ciudad de
México.
EJE 2. Promoción de acciones y medidas para la educación social, cultural y emocional, de las personas agresoras y de
las víctimas de la violencia familiar para la Ciudad de México. (Coordinado por la DGIDS).
2.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación a mujeres víctimas de violencia familiar, garantizando el acceso al
empleo, a través de oficios o mejoras de sus habilidades en el trabajo y/o actualización de sus estudios a través de
becas, como un medio para fortalecer e implementar proyectos productivos.
2.2 Fomento de acciones de prevención de la violencia familiar y del buen trato en las escuelas de la Ciudad de México.
2.3 Fortalecimiento de las políticas públicas a través de la equidad, democracia, los derechos humanos para prevención
de la violencia al interior de las familias diversas.
EJE.3 Fortalecimiento de acciones de prevención de violencia familiar con estrategias de desarrollo social y
comunitario. (Coordinado por la DGIDS).
3.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación para el empleo, dirigido a las mujeres víctimas de violencia
familiar, con la finalidad de brindar las condiciones básicas necesarias para impulsar su autonomía y continuar su
proceso de atención especializada, hasta lograr vivir una vida libre de violencia, en condiciones mínimas de
independencia económica, logrando en su toma de decisiones, su empoderamiento y el rescate de sus derechos.
3.2 Apoyo e inclusión de las mujeres indígenas víctimas de violencia, en el conocimiento de sus derechos y
acompañamiento de traductores.
3.3 Fortalecimiento de las políticas públicas a través de participación activa en ferias gubernamentales, tendientes a
erradicar la violencia familiar.
EJE 4. Fortalecimiento de la participación comunitaria en la política alimentaria. (Coordinado por la DGIDS).
4.1 Acciones para el fortalecimiento de la participación comunitaria en la política alimentaria, a través de la generación
de empleos, autosuficiencia económica y alimentaria.
EJE 5. Impulsar el fortalecimiento de los procesos organizativos en los comedores comunitarios. (Coordinado por la
DGIDS).
5.1 Acciones para impulsar el fortalecimiento de los procesos organizativos en los comedores comunitarios, a través de
capacitaciones con reconocimiento oficial, garantizando su profesionalización derivando en la optimización de los
comedores y en su caso, la auto realización personal.
EJE 6. Promover la capacitación y manejo en la administración de alimentos en los comedores comunitarios, en temas
tales como: higiene, administración, variedad alimenticia, dietas saludables, acceso a bancos de alimentos, manejo de
desechos, sostenibilidad y viabilidad financiera. (Coordinado por la DGIDS).
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
6.1 Proyectos encaminados a la capacitación y manejo en la administración de alimentos en los comedores
comunitarios, en temas tales como: higiene, administración, variedad alimenticia, dietas saludables, acceso a bancos de
alimentos, manejo de desechos, sostenibilidad y viabilidad financiera, dirigidos a los administradores y a la población
atendida en los comedores comunitarios.
EJE 7. Promoción y fortalecimiento de las políticas sociales. (Coordinado por la DGIDS)
7.1 Fomentar, promover y proporcionar las condiciones adecuadas de inserción e integración laboral de la población
LGBTTTI de la Ciudad de México
7.2 Implementar acciones concretas para la inclusión laboral y prevención de la discriminación por orientación sexual e
identidad de género en ámbitos laborales.
7.3 Conformación de emprendimientos productivos de la población LGBTTTI de la Ciudad de México
7.4 Facilitar la inserción laboral de la población LGBTTTI de la Ciudad de México a través de la adquisición de un
oficio en el marco del auto empleo y la implementación de proyectos productivos.
7.5 Fortalecimiento de una cultura de inclusión, respeto y reconocimiento a la diversidad sexual y las familias diversas.
7.6 Promoción de la defensa, el goce y el ejercicio de los derechos humanos y la no discriminación en todos los
ámbitos.
EJE 8. Impulsar procesos de fortalecimiento de las políticas públicas de fomento a las organizaciones de la sociedad
civil. (Coordinado por la DGIDS).
8.1 Capacitación a las organizaciones de la sociedad civil para fortalecer las capacidades y los modelos de
profesionalización, con la finalidad de consolidar su incidencia en el diseño, instrumentación y evaluación de
programas y políticas sociales.
EJE 9. Profesionalización de las organizaciones de la sociedad civil para aumentar su incidencia en el ámbito
comunitario. (Coordinado por la DGIDS).
9.1 Capacitación a organizaciones civiles que contribuyan a promover el crecimiento económico, el ingreso y el
autoempleo, generando acciones para la autosustentabilidad económica de grupos de mujeres y hombres y de
comunidades para realizar proyectos productivos.
EJE 10. Promoción de los Derechos de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. (Coordinado
por el INFO-DF)
10.1 Fortalecer estrategias (Capacitación, promoción, difusión, contraloría y participación ciudadana), con la finalidad
de incrementar las capacidades de la ciudadanía en general, con base en los derechos de acceso a la información
pública y de protección de datos personales.
10.2 Incrementar el conocimiento sobre los temas transparencia, derecho de acceso a la información pública y derecho
de protección de datos personales, a través de proyectos culturales, que incluyan una amplia difusión en la Ciudad de
México.
EJE 11. Fortalecimiento para el sano desarrollo y garantía de derechos humanos para población en vulnerabilidad.
(Coordinado por el DIF-CDMX)
11.1 Fomentar la lactancia materna, coadyuvar con las instituciones públicas para brindar a niñas y niños estimulación
temprana, capacitar a padres y madres respecto a los nuevos modelos de crianza, fortalecer las capacidades y/o
habilidades en el personal profesional que atiende primera infancia. Estimulación temprana: implementar con las niñas
y niños canalizados por los Centros del DIF-CDMX, técnicas para el desarrollo de las capacidades y habilidades de los
niños en la primera infancia, entre el nacimiento y los seis años de vida, para corregir trastornos reales o potenciales en
su desarrollo, o para estimular capacidades compensadoras; teniendo en cuenta tanto al menor como a la familia y su
entorno social.
11.2 Fomentar una nutrición adecuada y apoyar para que la alimentación sea accesible para las niñas, niños y
adolescentes.
11.3 Implementar estrategias para prevenir, detectar y erradicar la violencia infantil en todos los ámbitos, fomentar una
cultura de paz, prevenir conductas autodestructivas, evitar que las niñas, niños y adolescentes sean víctimas de
cualquier forma de explotación económica y salgan del entorno familiar hacia las calles.
11.4 Fomentar la participación infantil y adolescente y formar promotores de los derechos humanos desde la infancia.
11.5 Implementar procesos de comunicación social que garanticen el derecho a la libre expresión e información.
11.6 Acompañar y apoyar a niñas, niños y adolescentes con bajo rendimiento escolar y fomentar entre ellas y ellos la
realización de actividades deportivas y culturales para lograr su desarrollo integral.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 7
11.7 Fomentar entre los adolescentes el ejercicio responsable de derechos sexuales y reproductivos a fin de prevenir
enfermedades de transmisión sexual y embarazo adolescente y capacitar a las niñas, niños y adolescentes en
masculinidades y paternidades responsables.
11.8 Brindar capacitación multidisciplinaria a los derechohabientes de sociedades cooperativas.
11.9 Fomentar la participación de la ciudadana en la toma de decisiones gubernamentales encaminadas a garantizar el
ejercicio de sus derechos humanos y generar redes de apoyo vecinal que garanticen el derecho de las comunidades a
vivir en paz y a disfrutar de los espacios públicos.
11.10 Diseño, promoción, defensa, difusión, ejercicio e implementación de acciones que garanticen los derechos
humanos de las personas con discapacidad (niños, niñas, adolescentes mujeres y hombres, adultas, adultos; adultas
mayores y adultos mayores).
11.11 Capacitación y actualización institucional en materia de rehabilitación, terapia física, terapia del Lenguaje,
terapia ocupacional, para personal profesional especializado que trabaja con las personas con discapacidad.
11.12. Capacitación e instrucción profesional para cuidados alternativos a familiares, cuidadores y personal que atiende
a personas con discapacidad, psicosocial e intelectual.
11.13 Fomento de actividades que promuevan el diseño universal y los ajustes razonables para personas con
discapacidad.
11.14 Desarrollo de actividades que promuevan la autonomía y la vida independiente de las personas con discapacidad
mediante actividades de inclusión educativa, deportiva, recreativa y cultural.
11.15 Promoción de Talleres productivos, microempresas, cooperativas, promoviendo la inclusión laboral de las
personas con discapacidad.
11.16 Atención e integración social a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en una condición vulnerable,
mediante la intervención de albergues y hogares provisionales.
EJE 12. Promoción y acceso de las mujeres al ejercicio de sus derechos humanos y a una vida libre de violencias.
(Coordinado por el INMUJERES-CDMX)
12.1 Acciones para la elaboración de políticas públicas dirigidas a la atención de las niñas en la Ciudad de México.
12.2. Acciones para la prevención y atención del embara zo adolescente.
12.3 Desarrollo de propuestas a partir de experiencias exitosas para la autonomía económica de las mujeres en la
Ciudad de México.
12.4. Propuestas sobre alternativas sociales para el trabajo de cuidado.
12.5 Propuestas para la atención, prevención de la violencia contra las niñas y mujeres en la Ciudad de México.
12.6 Propuesta para promover y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las adolescentes en la
Ciudad de México.
12.7 Proyectos para el desarrollo de habilidades digitales de las mujeres y niñas a fin de favorecer su empoderamiento.
12.8 Acciones para la recuperación y sustentabilidad ecológica con participación de las mujeres y con enfoque
productivo.
12.9 Acciones que promuevan el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y las niñas en la Ciudad de México a
través de actividades audivisuales, culturales y artes escénicas, con énfasis en grupos más desfavorecidos.
12.10 Propuestas para promoción del goce y ejercicio de los derechos humanos de las trabajadoras del hogar.
12.11 Propuestas para la reducción de la violencia y la discriminación contra las mujeres lesbianas, bisexuales,
transgénero y transexuales, así como promover su empoderamiento.
12.12 Promoción de la defensa, goce y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en reclusión.
12.13 Fomento de acciones para la prevención y atención de las víctimas de la trata y la explotación humana con
especial énfasis en protección a mujeres indígenas y migrantes.
6. Las organizaciones civiles deberán redactar su proyecto siguiendo el formato para la presentación de proyectos contenido
en la Guía del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2016 (Guía del PCDSCDMX),
publicada en la página electrónica de la Secretaría de Desarrollo Social (www.sds.df.gob.mx); de la Dirección General de
Igualdad y Diversidad Social (www.equidad.df.gob.mx); el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad
de México (www.dif.df.gob.mx); el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México (www.inmujeres.cdmx.gob.mx); y el
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (www.infodf.org.mx).
Cada proyecto deberá presentarse firmado por la o el representante legal y por la o el responsable del proyecto, en un
máximo de 15 cuartillas con base en las siguientes especificaciones tipográficas: Word 97- 2003 como procesador de texto,
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
extensión del archivo .doc, carta como tamaño de papel, Arial como tipo de letra en 11 puntos, interlineado sencillo, margen
normal; también deberá incluirse la ficha técnica firmada por el o la representante legal y por el o la responsable del
proyecto, de acuerdo al formato establecido en la Guía del PCDSCDMX. Se requiere presentar ambos documentos en
versión electrónica e impresa.
7. El proyecto deberá realizarse en su totalidad en el periodo comprendido a partir de la publicación de los resultados de es ta
convocatoria y hasta diciembre del presente año, dentro del territorio de la Ciudad de México, con la población residente en
él y podrá formar parte de un proyecto más amplio y de mediano plazo, siempre y cuando las actividades financiadas por el
Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México correspondan al periodo referido y en los términos
señalados en el Convenio de Colaboración que para tales efectos se signe.
8. Los proyectos podrán presentarse en las modalidades de:
a) Proyecto nuevo: Todos aquellos proyectos que no han sido financiados anteriormente.
b) Proyecto de continuidad: Todos aquellos proyectos que han recibido financiamiento en 2015.
Las organizaciones que registren un proyecto de continuidad o que han participado en el Programa en 2014 y 2015, deberán
presentar documento de conclusión.
Las organizaciones civiles que no hayan cumplido con el o los Convenios de Colaboración del Programa Coinversión para
el Desarrollo Social del Distrito Federal de años anteriores, no podrán concursar en este ejercicio fiscal. Esta información
será cotejada entre las entidades participantes en el Programa.
Tampoco se pueden presentar al concurso, proyectos en ejecución en otras instancias públicas y/o privadas en la cual exista
duplicidad. Si fuera el caso, se tomará como no presentado y en caso de ser seleccionado, será cancelado del Programa y se
tomarán las acciones legales pertinentes.
9. La documentación requerida para presentar los proyectos al concurso del Programa Coinversión para el Desarrollo Social
de la Ciudad de México 2016, es la siguiente:
a) Proyecto en apego a los formatos establecidos en la Guía del PCDSCDMX, en original y una copia impresa, firmado por
el o la representante legal y por el o la responsable del proyecto de la organización civil.
b) Ficha técnica, en apego a los formatos establecidos en la Guía del PCDCDMX, en original y una copia impresa, firmada
por el o la representante legal y por el o la responsable del proyecto de la organización civil.
c) Archivo electrónico (CD o USB) que contenga el proyecto y ficha técnica.
d) Copia fotostática simple de la Constancia de Inscripción en el ROCCDMX.
e) Carta compromiso, según formato establecido en la Guía del PCDSCDMX, en original y una copia simple.
f) Constancia de participación de la plática informativa.
g) Documento de conclusión para el caso de las organizaciones que registren un proyecto de continuidad o que han
participado en el Programa en 2014 y 2015.
10. La plática informativa será de carácter obligatorio para las organizaciones civiles interesadas en presentar un proyecto
para el Programa del presente ejercicio fiscal; con el fin de que las organizaciones civiles conozcan los contenidos
sustanciales y los requerimientos para la presentación del proyecto. A esta plática deberán acudir la o el representante legal
y/o la o el responsable del proyecto de la organización civil.
Las pláticas informativas se realizarán en las siguientes modalidades:
a) Organizaciones civiles que participan por primera vez en el Programa.
b) Organizaciones civiles que han participado en el Programa.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 9
Las pláticas informativas se realizarán los días 17 y 18 de febrero, en dos horarios de 10:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 18:00
horas. Para participar se requiere el llenado del formato solicitud de asistencia a la plática informativa, el cual estará
disponible en la página electrónica de la SEDESO y de las entidades coinversionistas, una vez requisitado deberá enviarse al
correo electrónico preregistrocoinversion@outlook.com a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 16
de febrero del año en curso. La respuesta a dicha solicitud se trasmitirá por el mismo medio electrónico, con la confirmación
del día, hora y lugar en que deberá asistir a dicha plática.
Las organizaciones civiles deberán acudir a la plática con los siguientes documentos impresos: Reglas de Operación,
Convocatoria y Guía del PCDSCDMX.
11. Sólo se podrá presentar un proyecto por organización. El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por la
Dirección General de Igualdad y Diversidad Social será de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M. N.).
El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Sistema de Desarrollo Integral para la Familia de la Ciudad de
México será de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N).
El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México será de
$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N).
El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Distrito Federal será de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N).
12. La recepción de proyectos se realizará exclusivamente en las instalaciones de la Dirección General de Igualdad y
Diversidad Social, ubicada en Lucas Alamán No. 122, colonia Obrera, delegación Cuauhtémoc, en un horario de las 10:00 a
las 18:00 horas, de acuerdo al calendario especificado en la presente Convocatoria. Cualquier información o duda, pueden
comunicarse al teléfono 55183467.
Las fechas de recepción de los proyectos son las siguientes:
23 de febrero:
Ejes 4, 5, 6, 7, 8 y 9
24 de febrero:
Eje 11
25 de febrero:
Ejes 10 y 12
26 de febrero
Ejes 1, 2, 3
Una vez recibido el proyecto, se hará entrega de un comprobante de recepción del mismo, al cual se le asignará un número
de folio que identificará su registro.
13. Para la selección de los proyectos, la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social realizará la distribución de los
proyectos recibidos de acuerdo al eje temático que corresponde a cada entidad coinversionista.
Posteriormente, las entidades coinversionistas conformarán sus Comisiones Dictaminadoras responsables de la evaluación
de los proyectos. Cada Comisión Dictaminadora estará integrada por especialistas en los diferentes temas que aborda la
Convocatoria, procedentes de la sociedad civil o del ámbito académico y servidores públicos, con el objeto de que cada uno
aporte su propia visión desde el sector que representa. Además, colaboran de manera completamente voluntaria y
honorífica, por lo que no reciben pago alguno por desempeñar su función.
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
Los proyectos serán dictaminados de manera paritaria e individualmente por un especialista de la sociedad civil o del
ámbito académico y un servidor público. Las calificaciones individuales se revisarán posteriormente en las reu niones de las
Comisiones Dictaminadoras para establecer la calificación final.
Para realizar la evaluación y emitir el dictamen correspondiente, la Comisión Dictaminadora tomará como base los criterios
de selección establecidos en la Guía del PCDSCDMX. La evaluación deberá contener los argumentos y consideraciones por
los cuales el proyecto es o no susceptible de recibir financiamiento.
Una vez concluido este proceso se expedirá una ficha de dictaminación, por cada uno de los dictaminadores, con el
resultado de la calificación final y los comentarios de cada proyecto, para conformar el acta de dictaminación con la lista
general de proyectos calificados. Posteriormente, cada entidad coinversionista enviará el acta y las fichas de dictaminación,
debidamente firmadas en original a la DGIDS para ser sometidos a la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora estará conformada por el titular o representante de cada entidad coinversionista y un integrante de
la sociedad civil o del ámbito académico por entidad; cada entidad coinversionista informará por escrito a la DGIDS los
nombres de las personas que participarán en dicha Comisión. A su vez la DGIDS comunicará la integración de dicha
comisión a la SEDESO.
La Comisión Evaluadora analizará y validará los resultados presentados por las Comisiones Dictaminadoras. En todos los
casos, los resultados de la Comisión Evaluadora serán públicos e inapelables.
14. Los resultados de la selección de proyectos serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en las
páginas de la SEDESO, del SIDESO, así como de cada entidad coinversionista y contendrán: nombre de la organización
beneficiaria; el nombre del proyecto; monto del apoyo aprobado y entidad responsable de financiarla.
Una vez emitidos los resultados, en el caso de aquellas organizaciones civiles no favorecidas en este Programa, tendrán un
plazo de 10 días hábiles para solicitar la devolución de toda su documentación, de lo contrario, será destruida.
15. Las organizaciones civiles cuyos proyectos sean aprobados, deberán proporcionar la documentación requerida por la
entidad responsable de financiarla para la suscripción del Convenio de Colaboración mediante el cual se obligan a cumplir
cabalmente con la ejecución del proyecto financiado.
Cuando el proyecto aprobado sea por un monto distinto al solicitado o en los casos en donde se realizaron observaciones,
los ajustes se deberán presentar previos a la firma del Convenio de Colaboración. El plazo máximo para solventar estos
aspectos, será de 5 días hábiles a partir de la publicación de los resultados de la Convocatoria. En caso contrario, se
procederá a su cancelación.
16. En caso de que una organización civil elegida con asignación de recursos decida renunciar o no realice los ajustes en el
proyecto en el plazo establecido, la entidad coinversionista reasignará los recursos a otro proyecto Viable Sin Recursos
Asignados.
17. Para que una organización civil seleccionada pueda permanecer en el Programa deberá presentar la documentación
requerida, para formalizar el convenio de colaboración y realizar los trámites administrativos correspondientes ante la
entidad coinversionista responsable de financiarla.
18. La documentación requerida para la suscripción del convenio de colaboración, así como para los informes, se entregarán
en el lugar y horario de atención que determinen las entidades coinversionistas responsables del financiamiento.
19. En caso de incumplimiento en la entrega en tiempo y forma de documentación comprobatoria de la ejecución de las
actividades comprometidas, la Organización Civil beneficiada, será dada de baja en el Programa, sin responsabilidad para la
entidad coinversionista. Lo anterior sin perjuicio del reintegro de los recursos entregados por la entidad coinversionista.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 11
20. Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad
de México a través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y se apegarán a lo establecido en las Reglas de
Operación del Programa Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal 2016.
TRANSITORIOS
UNICO. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2016.
MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ
(Firma)
SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
SECRETARÍA DE FINANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE MINISTRACIONES, PORCENTAJE,
FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO ESTIMADO QUE CORRESPONDE A LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONCEPTO DE
PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en los
artículos 15, fracción VIII, 16, fracción IV y 30, fracciones IV, XIV y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal; 7°, fracción VIII, 26, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; 1o., 2o., 2-A, fracción III, 3-A, 4o., 6o., 7o. y 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal; 1°, numeral 8, subnumeral 8.1,
apartados 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3 y 8.1.4 de la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; 1 y 7 del
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; 6, 47, 48, 62 párrafo primero y 69,
fracción II de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 40 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal; 321, 322 y 337, primer párrafo del Código Fiscal del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O
Que con motivo de la publicación del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 2 de febrero de 2016, se publicó el “Acuerdo por el que se instruye a las
Unidades Administrativas que integran la Administración Pública de la Ciudad de México a implementar las acciones
necesarias para incorporar en la documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en lugar de Distrito Federal.
Que la Ciudad de México (antes Distrito Federal) se encuentra adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, en los
términos del artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma la Ley de Coordinación Fiscal, para incorporar
al Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, publicado en el Diario Oficial d e
la Federación el 31 de diciembre de 2000;
Que conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2016, fue presentado por el Jefe de Gobierno a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el 30 de
noviembre del 2015.
Que el 30 de diciembre de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (antes Distrito Federal), el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2016 aprobado por la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal;
Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las
entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2016, de los Recursos
correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones
Federales para Entidades Federativas y Municipios”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de
2015, en el que se especifica que para el ejercicio fiscal 2016 corresponden al Distrito Federal 2,804,844,374 pesos por
concepto del Fondo de Fiscalización y Recaudación y 1,767,231,621 pesos por Participaciones Específicas en el Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios;
Que el “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada
entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de enero de 2016, determinó para el Distrito Federal estimaciones
por un monto de 54,357,290,428 pesos por concepto del Fondo General de Participaciones y 3,043,434,400 pesos por el
Fondo de Fomento Municipal;
Que el artículo 6o., penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, establece que los Gobiernos de las entidades, a más
tardar el 15 de febrero, deberán publicar en su Periódico Oficial y en su página oficial de Internet el calendario de entrega,
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 13
porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados, de las participaciones que las entidades reciban
y de las que tengan obligación de participar a sus municipios o demarcaciones territoriales; asimismo que dichas
publicaciones deberán realizarse conforme a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público;
Que el 14 de febrero de 2014, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Diario Of icial de la Federación,
publicó el Acuerdo 02/2014 por el que se expiden los Lineamientos para la publicación de la información a que se refiere el
artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal;
Que con base en el artículo 2-A, antepenúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, los Estados entregarán
íntegramente a sus Municipios las cantidades que reciban del Fondo de Fomento Municipal;
Que de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal los
municipios recibirán como mínimo el 20% de las Participaciones Específicas en el Impuesto Especial sobre Producción y
Servicios, que le corresponda al estado;
Que en términos de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 4o. de la Ley de Coordinación Fiscal los municipios y
demarcaciones territoriales del Distrito Federal recibirán como mínimo el 20% de la recaudación que del Fondo de
Fiscalización y Recaudación corresponda a las entidades;
Que de acuerdo al párrafo primero del citado artículo 6o., las participaciones federales que recibirán los Municipios del total
del Fondo General de Participaciones, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades que correspondan al estado;
Que el último párrafo del numeral Primero del “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como
los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento
Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”, establece que el total de Participaciones por los fondos en ella precisados, así como
los montos que finalmente reciba cada entidad federativa, pueden verse modificados por la variación de los ingresos
efectivamente captados respecto de la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población de
acuerdo a la última información oficial que dé a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), y en su
caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de 2016, motivo por el
cual la estimación no significa compromiso de pago;
Que en términos del artículo 47, primer párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el ejercicio
del presupuesto se sujetará estrictamente a los montos y calendarios presupuestales aprobados, así como a las
disponibilidades de la hacienda pública, los cuales estarán en función de la capacidad financiera de la Ciudad de México;
Que conforme a los anteriores considerandos, y en cumplimento a la obligación previs ta en el artículo 6o., cuarto párrafo de
la Ley de Coordinación Fiscal, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE MINISTRACIONES, PORCENTAJE,
FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO ESTIMADO QUE CORRESPONDE A LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONCEPTO DE
PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.
PRIMERO.- De acuerdo con el numeral Segundo del “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas,
así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de
Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de enero de
2016, las participaciones en el referidas serán entregadas a las entidades federativas atendiendo el calendario que se expresa
en el Anexo 1, el cual forma parte íntegra del presente Acuerdo.
SEGUNDO.- El porcentaje y monto estimado de las participaciones en ingresos federales correspondientes a las
Demarcaciones Territoriales para el ejercicio fiscal 2016, son los contenidos en el Anexo 2 del presente Acuerdo.
Los recursos que reciba la Ciudad de México por concepto de las participaciones en ingresos federales, objeto del presente
Acuerdo y, en consecuencia, el monto que de éstas se expresa en el Anexo 2 para cada Demarcación Territorial de la Ciudad
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
de México, pueden verse modificados en los términos establecidos en el artículo 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal;
motivo por el cual la estimación presentada no implica compromiso de pago del Gobierno de la Ciudad de México con las
Demarcaciones Territoriales.
TERCERO.- El ejercicio que las Demarcaciones Territoriales realicen de los recursos estimados, que se mencionan en el
numeral anterior, estarán en función de las ministraciones que, con cargo a las participaciones en ingresos federales objeto
del presente Acuerdo, realice la Federación a la Ciudad de México, de los calendarios presupuestales mensuales que la
Secretaría de Finanzas les autorice a las Demarcaciones Territoriales para el ejercicio fiscal 2016, de sus compromisos de
pago debidamente justificados con relación a las funciones a su cargo, y de las disponibilidades de la Hacienda Pública de la
Ciudad de México.
CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 6o., penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, se dan
a conocer las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo y distribución de las participaciones estimadas que, para el
ejercicio fiscal 2016, corresponden a las Demarcaciones Territoriales por concepto de participaciones en ingresos federales.
Sea:
hi = .70
Pobi
+
PobOi
+.30
1
Ʃi
16
Pobi Ʃi
16
PobOi |Imari|
2
Ʃi
16 1
|Imari|
FGPi = FGP × ( hi )
FFMi = FFM × ( hi )
PIEPSi= PIESP × ( hi )
y
FFRi= FFR × ( hi )
Donde:
hi = Coeficiente de participación de la Delegación i;
Pobi = Población Total en la Delegación i;
Σ i
16
Pobi = Suma de la Población Total en las 16 Delegaciones;
PobOi = Población Ocupada en la Delegación i;
Σ i
16
PobOi = Suma de la Población Ocupada en las 16 Delegaciones;
Imari = Índice de Marginación de la Delegación i;
FGP = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Fondo General de
Participaciones, se distribuye entre las Delegaciones;
FFM = Monto total asignado al Distrito Federal por concepto de Fondo de Fomento Municipal;
PIEPS = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Participación en el Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios, se distribuye entre las Delegaciones;
FFR = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Fondo de Fiscalización y
Recaudación, se distribuye entre las Delegaciones;
FGPi = Asignación que del FGP corresponde a la Delegación i;
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 15
FFMi = Asignación que del FFM corresponde a la Delegación i;
PIEPSi = Asignación que del PIESP corresponde a la Delegación i;
FFRi = Asignación que del FFR corresponde a la Delegación i.
Respecto de la población total y ocupada en cada Demarcación Territorial, se considera la información contenida en el
Censo de Población y Vivienda 2010, y en los Censos Económicos 2014, respectivamente, publicados por el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Por lo que corresponde a la variable marginación, se considera la información
contenida en la publicación Índice de Marginación por Entidad Federativa y Municipio 2010, del Consejo Nacional de
Población (CONAPO).
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2016
EL SECRETARIO DE FINANZAS
(Firma)
_______________________________
EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
ANEXO 1. CALENDARIO DE ENTREGA DE PARTICIPACIONES FEDERALES CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL 2016 (FORMATO I DEL ACUERDO 02/2014)/1
Mes
Fondo General de
Participaciones
Fondo de Fomento
Municipal
Participaciones en el
Impuesto Especial
sobre Producción y
Servicios
Fondo de
Fiscalización y
Recaudación
Enero 25 29 - -
Febrero 25 29 - -
Marzo 28 31 - -
Abril 25 29 - -
Mayo 25 31 - -
Junio 27 30 - -
Julio 25 29 - -
Agosto 25 31 - -
Septiembre 26 30 - -
Octubre 25 31 - -
Noviembre 25 30 - -
Diciembre 26 30 - -
/1
/1 De conformidad con el “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la
distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2016, de los Recursos correspondientes a los
Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades
Federativas y Municipios”, la calendarización y los montos de las participaciones en ingresos federales se determinan en
el marco de la Ley de Coordinación Fiscal, con base en la estimación de participaciones aprobada en el Decreto de
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
ANEXO 2. PORCENTAJES Y MONTOS ESTIMADOS DE PARTICIPACIONES FEDERALES CORRESPONDIENTES A LAS DEMARCACIONES
TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO 2016 (FORMATO II DEL ACUERDO 02/2014)
(PESOS)
Órgano
Político-Administrativo
Fondo General de
Participaciones
Fondo de Fomento
Municipal
Participaciones en el
Impuesto Especial sobre
Producción y Servicios
Fondo de Fiscalización y
Recaudación
Total
Porcentaje
Monto
(Pesos)
Porcentaje
Monto
(Pesos)
Porcentaje
Monto
(Pesos)
Porcentaje
Monto
(Pesos)
Porcentaje
Monto
(Pesos)
Álvaro Obregón 0.077607 843,706,090 0.077607 236,193,169 0.077607 27,430,066 0.077607 43,535,361 0.077607 1,150,864,686
Azcapotzalco 0.070661 768,183,469 0.070661 215,050,822 0.070661 24,974,720 0.070661 39,638,383 0.070661 1,047,847,394
Benito Juárez 0.065189 708,697,827 0.065189 198,397,982 0.065189 23,040,759 0.065189 36,568,915 0.065189 966,705,483
Coyoacán 0.054354 590,904,370 0.054354 165,422,032 0.054354 19,211,128 0.054354 30,490,754 0.054354 806,028,284
Cuajimalpa de Morelos 0.035053 381,074,221 0.035053 106,680,667 0.035053 12,389,256 0.035053 19,663,487 0.035053 519,807,631
Cuauhtémoc 0.108839 1,183,241,136 0.108839 331,245,059 0.108839 38,468,826 0.108839 61,055,421 0.108839 1,614,010,442
Gustavo A. Madero 0.082847 900,667,652 0.082847 252,139,400 0.082847 29,281,966 0.082847 46,474,587 0.082847 1,228,563,605
Iztacalco 0.040994 445,660,424 0.040994 124,761,394 0.040994 14,489,044 0.040994 22,996,145 0.040994 607,907,007
Iztapalapa 0.123238 1,339,776,225 0.123238 375,066,621 0.123238 43,558,003 0.123238 69,132,655 0.123238 1,827,533,504
Magdalena Contreras 0.030933 336,291,864 0.030933 94,143,970 0.030933 10,933,319 0.030933 17,352,711 0.030933 458,721,864
Miguel Hidalgo 0.084606 919,791,712 0.084606 257,493,127 0.084606 29,903,716 0.084606 47,461,391 0.084606 1,254,649,946
Milpa Alta 0.036641 398,339,678 0.036641 111,514,083 0.036641 12,950,581 0.036641 20,554,387 0.036641 543,358,729
Tláhuac 0.038858 422,447,006 0.038858 118,262,862 0.038858 13,734,344 0.038858 21,798,329 0.038858 576,242,541
Tlalpan 0.059457 646,381,160 0.059457 180,952,605 0.059457 21,014,757 0.059457 33,353,365 0.059457 881,701,887
Venustiano Carranza 0.048582 528,156,035 0.048582 147,855,810 0.048582 17,171,092 0.048582 27,252,931 0.048582 720,435,868
Xochimilco 0.042141 458,139,217 0.042141 128,254,797 0.042141 14,894,747 0.042141 23,640,053 0.042141 624,928,814
Total 1.000000 10,871,458,086 1.000000 3,043,434,400 1.000000 353,446,324 1.000000 560,968,875 1.000000 14,829,307,685
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.
AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO AL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS INHÁBILES
CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016 Y ENERO DE 2017 PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA,
DATOS PERSONALES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL, COMPETENCIA DE LA
OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.
PRIMER SUPERINTENDENTE, EDGAR BAUTISTA ANGELES, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA
AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 56 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; Y EL
ACUERDO PRIMERO PUBLICADO EL DIA 31 DE ENERO DEL 2001, MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN EN EL
DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL LAS FACULTADES DE
SUSCRIBIR LOS DOCUMENTOS RELATIVOS AL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE LA MISMA COMO
CUERPO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO CELEBRAR, OTORGAR Y
SUSCRIBIR LOS CONTRATOS, CONVENIOS, ESCRITURAS PÚBLICAS Y DEMÁS ACTOS JURÍDICOS DE
CARÁCTER ADMINISTRATIVO O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE DENTRO DEL ÁMBITO DE SU
COMPETENCIA, NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE LE ESTÁN ENCOMENDADAS
EN LAS LEYES, REGLAMENTOS Y DEMÁS NORMAS JURÍDICA QUE LA RIGEN. ASÍ COMO LOS
LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS
PERSONALES A TRAVÉS DEL SISTEMA INFOMEX DEL DISTRITO FEDERAL. PUBLICADOS EN LA GACETA
OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 23 DE OCTUBRE 2008. Y SU ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 16 DE DICIEMBRE DE 2011.
CONSIDERANDO
1.- Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal (LTAIPDF), los Entes Públicos en su relación con los particulares atenderán los principios de legalidad,
certeza jurídica, información, celeridad, veracidad, transparencia y publicidad de sus actos, Asimismo en el artículo 46 de
LTAIPDF, se establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información por medio de la Oficina de
Información Pública del Ente Público que la posea.
2.- Que la LTAIPDF establece en su artículo 7 que en todas aquéllas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no
previstas en dicho ordenamiento, se aplicará de manera supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.
3.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal establece en su artículo 71 que las actuaciones y
diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando entre otros, como inhábiles los días en que
tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del
conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
4.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la LTAIPDF, se establecen
plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública, la sustanciación y resolución del
recurso de revisión, que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
5.- Que el numeral 22 segundo párrafo, de los LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS
DEL DISTRITO FEDERAL EN LA RECEPCIÓN, REGISTRO, TRÁMITE, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LAS
SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO
INFOMEX, publicados el 27 de mayo de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles
los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 19
términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de
INFOMEX.
6.- Que con la finalidad de que los servidores públicos que laboran en la Oficina de Información Pública de la Policía
Auxiliar del Distrito Federal pueden gozar de vacaciones correspondientes del año 2016, en términos de lo dispuesto por el
artículo 30 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, sin afectar la calidad de la tramitación de solicitudes
de información, así como elaborar en su caso los Informes de Ley que se requieran en los Recursos de Revisión promovidos
ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es necesario declarar como días inhábiles los
correspondientes al año 2016 y enero del año 2017.
7.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos aplicables en la tramitación de las
solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general que reciba para
su atención la Policía Auxiliar del Distrito Federal.
8.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente
Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Policía Auxiliar y en su
portal de Internet.
9.- Que en el ejercicio de sus atribuciones, el Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, emite el Acuerdo
por el que se hace del conocimiento del público en general, los días del año 2016 y enero del año 2017, que serán
considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la
información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información
Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal.
Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información pública,
datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía
Auxiliar del Distrito Federal, se considerarán días inhábiles; el 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 5 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22,
25, 26, 27, 28 y 29 de julio; 16 de septiembre; 02 de noviembre, 21 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
el 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos del dos mil dieciséis, así como el 2, 3 y 4 de enero de dos mil
diecisiete
SEGUNDO. Asimismo, serán considerados como días inhábiles los sábados y domingos, los de descansos obligatorios
como lo señala en lo que corresponde al año por terminar conforme a los artículos 74 y 715 de la Ley Federal del Trabajo.
TERCERO. El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
CUARTO. Una vez publicado el presente Acuerdo Gaceta Oficial del Distrito Federal, de igual manera deberá de hacerse
del conocimiento del público en general en los estrados de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y a través de la sección de
Transparencia del Portal de la Policía Auxiliar y en la sección de avisos del sistema INFOMEX.
México D. F., a 03 de Febrero de dos mil dieciseis.*
Director General
de la Policía Auxiliar del Distrito Federal
(Firma)
______________________________________________
Primer Superintendente
Edgar Bautista Ángeles
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES.
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE SERVIDORES
PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS
GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA.
VICENTE LOPANTZI GARCÍA, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales del Gobierno de la Ciudad de México, cargo que me fue conferido el 16 de septiembre de 2 015, por el C. Jefe de
Gobierno de la Ciudad de México, conforme a las atribuciones que al efecto le otorgan los artículos 122 apartado C, Base
Segunda, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción V del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con
fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL “DISTRITO FEDERAL”, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR
APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL “DISTRITO
FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la “Gaceta
Oficial del Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS
GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD
ADMINISTRATIVA U ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO.
Primero.- Se designa como apoderado general para la defensa jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal,
respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentra adscrito, al siguiente
servidor público:
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Lic. Enrique Belmont Vicente, con Cédula Profesional número 09142349.
Lic. Juan Manuel Hernández Soto, con Cédula Profesional número 6479016.
Lic. Karina Juárez Reyes, con Cédula Profesional número 09282433.
Lic. Enrique Lozano López, con Cédula Profesional número 8361069.
Lic. Enrique Ulises Medina Araujo, con Cédula Profesional número 3029131.
Lic. Ricardo César Oliva Oropeza, con Cédula Profesional número 6116864.
Lic. José Andrés Pedrero Cano, con Cédula Profesional número 5239109.
Lic. Jesús Ramos Nava, con Cédula Profesional número 7080508.
Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el
cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, se
confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales
que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las
siguientes facultades:
a).- Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como
tercero interesado;
b).- Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y
redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos;
c) Absolver y articular posiciones;
d) Embargar bienes y presentarse en almonedas;
e) Promover incompetencias y recusar jueces;
f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y
extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos;
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 21
g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio;
h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u
órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje;
i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o
querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo
lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus
trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de
Servicios Legales;
j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de
la Dirección General de Servicios Legales, y
k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública del Distrito Federal,
haga la defensa jurídica de la misma.
Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades
jurisdiccionales, administrativas o laborales.
El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y
REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO
FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal número 39, de fecha 19 de marzo de 2002.
Segundo.- Se revocan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de
México a los siguientes exservidores públicos:
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
C. Javier Carbajal Ocampo.
C. Dafne Connie Castañón Pineda.
C. Salvador Equihua Montoya.
C. Francisco Javier Hernández Lemus.
C. Guillermo Alberto Martínez Estrella.
C. Alberto Meza Hernández.
C. Anel Karen Mier Espíritu.
C. Erasmo Willebaldo Mora Sánchez.
C. Guillermo Rojas Olvera.
C. Verónica Noemí Sánchez Ramírez.
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a los nueve días del mes de febrero de dos mil dieciséis, el Director General de Servicios Legales,
Mtro. Vicente Lopantzi García.
(Firma)
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Lic. Hugo Villa Smythe, Director de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, órgano desconcentrado adscrito a
la Secretaria de Cultura del Distrito Federal; con fundamento en los artículos 15, fracción XII, 32 BIS de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 8, 10, 12
y 19 de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal; 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal; 19 y 218 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del
Distrito Federal y, en virtud de que con oficio número OM/CGMA/2531/2015 la Coordinación General de Modernización
Administrativa de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México otorgó el registro número MEO-44/291215-OD-CFILMA-
20/2008 al Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la
Ciudad de México, emito el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA
COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ENERO 2016
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN Y APROBACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE
MÉXICO.
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
Constitución
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación del 05 de febrero 1917. Reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10-de julio de 2015.
Estatuto de Gobierno
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2014.
Leyes
Ley de Filmaciones del Distrito Federal Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de Febrero de 2009, última
reforma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de mayo de 2012.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de
marzo de 2008.
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de diciembre de
2014.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 23
Ley de Archivos del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de noviembre de 2014.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del
14 de julio de 2014.
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
28 de noviembre de 2014.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 23 de junio de 2015.
Códigos
Código Fiscal del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de enero de 2015.
Reglamentos
Reglamento de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de
septiembre de 2009, última reforma 30 de septiembre de 2011.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 01 de octubre de 2015.
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 25 de noviembre de 2011
Circulares
Circular Uno. 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2015.
Normas
Lineamientos para la Protección de Datos Personales. Gaceta Oficial del Distrito Federal Gaceta Oficial del Distrito Federal
del 22 de noviembre de 2013.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la instalación y funcionamiento de las Oficinas de Información
Pública al interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
18 de diciembre de 2003.
Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos personales a través del sistema INFOMEX
del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de octubre de 2008, Última reforma 16 de
diciembre de 2011
Lineamientos Generales para el registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal. Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014.
Acuerdo mediante el cual se aprueba el criterio que deberán de aplicar los entes obligados, respecto de la clasificación de la
información en la modalidad de confidencial. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de octubre de 2011.
Manuales
Manual Administrativo de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 10 de diciembre de 2015.
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
II. OBJETIVO GENERAL
Contar con un instrumento que permita al Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México
establecer los mecanismos de integración, operación, organización y funcionamiento y con el propósito de cumplir de
manera detallada este cuerpo colegiado con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pú blica del
Distrito Federal y su Reglamento.
III. INTEGRACIÓN
El Comité estará integrado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal y al 57 del Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal por:
UN PRESIDENTE:
• Director (a) General.
SECRETARIO TÉCNICO:
• Responsable de la Oficina de Información Pública (OIP)
VOCAL.
Titular o Enlace de la Unidad Departamental Jurídica
VOCAL:
• Director (a) de Permisos y Vinculación Interinstitucional.
VOCAL.
• Director (a) de Promoción y Locaciones
INVITADO (A)
Contralor (a) Interno (a) de la Secretaría de Cultura.
IV. ATRIBUCIONES
De conformidad con lo establecido por los artículos 59, 60, 61 y 62 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal el Comité de Transparencia tiene las siguientes atribuciones:
Artículo 59. Cada Ente Público contará con un Comité de Transparencia, integrado por los servidores públicos que el titular
determine. El titular del Órgano de Control Interno del ente público siempre integrará dicho Comité.
Artículo 60. Todos los Comités de Transparencia deberán registrarse ante el Instituto.
El Comité adoptará sus decisiones por mayoría de votos de sus integrantes. En caso de empate el titular del Ente Público
contará con el voto de calidad.
Artículo 61. Compete al Comité de Transparencia:
• Proponer el sistema de información del Ente Público;
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 25
• Vigilar que el sistema de información se ajuste a la normatividad aplicable y en su caso, tramitar los correctivos
que procedan;
• Realizar las acciones necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información;
• Revisar la clasificación de información y resguardar la información, en los casos procedentes, elaborará la versión
pública de dicha información;
• Supervisar el registro y actualización de las solicitudes de acceso a la información, así como sus trámites, costos y
resultados;
• Promover y proponer la política y la normatividad del Ente Público en materia de transparencia y acceso a la
información;
• Establecer la o las Oficinas de Información que sean necesarias y vigilar el efectivo cumplimiento de las funciones
de estas;
• Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos adscritos a la o las Oficinas de Información
Pública;
• Fomentar la cultura de transparencia;
• Promover y proponer la celebración de convenios de colaboración pertinentes para el adecuado cumplimiento de
las atribuciones del Comité y de las Oficinas;
• Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información hecha por la Oficina de Información Pública del
Ente Público;
• Suscribir las declaraciones de inexistencia de la información o de acceso restringido;
• Proponer los procedimientos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la
información;
• Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los criterios que éste expida, la información señalada para la
elaboración del informe del instituto;
Artículo 62. En caso de que la información solicitada no sea localizada, para que el Comité realice la declaración de
inexistencia deberán participar en la sesión los titulares de las unidades administrativas competentes en el asunto.
V. FUNCIONES
Las funciones de los miembros del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México son las
siguientes:
A.- Del Presidente:
• Convocar a las sesiones del Comité;
• Presidir, coordinar y dirigir las sesiones del Comité;
• Poner a consideración del Comité los asuntos a tratar, y someterlos a votación;
• Informar al Instituto, la ampliación del plazo de reserva de la información que se encuentre clasificada como
reservada; en términos del artículo 41 de la Ley;
• Enviar anualmente al Comisionado Presidente del Instituto, antes del último día hábil del mes de enero, previa
autorización del Comité, el informe sobre las actividades y resultados logrados durante el ejercicio inmediato
anterior, respecto al acceso a la información pública conforme a lo establecido por el artículo 74 de la Ley;
• Someter a la consideración del Comité, las respuestas emitidas por las unidades administrativas con carácter de
acceso restringido;
• Someter a consideración del Comité la resolución que emita la unidad administrativa para declarar la inexistencia
de información solicitada, en los términos del artículo 50 último párrafo de la Ley; y
• Emitir voto de calidad en caso de empate.
• Vigilar la ejecución de los acuerdos establecidos por el Co mité.
• Las demás que le confiera la Normatividad Aplicable.
B.- Del Secretario Técnico
• Apoyar al Presidente del Comité en la preparación del orden del día de las sesiones del Comité, e integrar la
documentación requerida para la realización de las mismas;
• Elaborar las actas de sesión del Comité y recabar la firma de los asistentes;
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
• Notificar a los integrantes del Comité las convocatorias de sus sesiones;
• Tomar lista de asistencia de cada sesión del Comité y verificar el quórum necesario para llevarla a cabo.
• Presidir en caso de ausencia del Presidente las sesiones del Comité.
• Dar seguimiento a los acuerdos del Comité;
• Llevar el libro de actas y el registro de los acuerdos tomados en las sesiones;
• Notificar los cambios de los miembros del Comité;
• Notificar a los interesados los acuerdos tomados por el Comité;
• Proponer la asistencia de servidores públicos que por la naturaleza de los asuntos a tratar, deban estar presentes en
las sesiones del Comité. Los integrantes del Comité promoverán, en el ámbito de sus respectivas competencias, la
coordinación e implementación de las acciones derivadas de los acuerdos tomados; y
• Las demás que le confiere la Normatividad aplicable, el Comité y aquellas que expresamente le encomiende el
Presidente del Comité.
C.-De los Vocales
• Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados.
• Proveer lo necesario para la ejecución de los acuerdos del Comité en el ámbito de su competencia.
• Proponer los asuntos que consideren deban incluirse en el orden del día de las sesiones del Comité, enviando
oportunamente al Secretario Técnico la documentación correspondiente de los casos que sea necesario someter a la
consideración del Comité.
• Analizar el contenido del orden del día y de los documentos contenidos en el expediente, correspondiente a los
asuntos que se tratarán en cada sesión.
• Dar atención y brindar seguimiento a los acuerdos que se tomen en las sesiones del Comité.
• Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos sometidos a la consideración del Comité.
• Emitir su voto de manera expresa para cada caso que en particular se presente al pleno del Comité.
• Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las sesiones a que hubieren asistido.
• Informar al Presidente o al Comité cualquier aspecto relevante respecto del manejo de la información, archivos y
documentos públicos.
• Las demás que expresamente le encomiende el Presidente o el Comité y que no estén atribuidas expresamente a
otros integrantes.
D.- Invitado (a) (Contraloría)
• Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las sesiones a que hubiere asistido.
• Vigilar el estricto cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal,
su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.
• Emitir dentro del ámbito de su competencia las opiniones sobre los asuntos presentados ante el Comité, haciendo
las observaciones o aclaraciones que estime pertinentes, las cuales se asentarán en el acta correspondiente.
• Informar al Comité los asuntos relevantes que se observen en el desarrollo de las facultades de fiscalización.
• Las demás que le confiera la Normatividad Aplicable.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
A.-DE LAS SESIONES
En la primera sesión se instalara el Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México y se
aprobara el Manual Especifico de Integración y Funcionamiento de dicho Comité, mismo que deberá ser registrado en la
Oficialía Mayor del Distrito Federal.
El Comité llevará a cabo por lo menos cuatro sesiones ordinarias al año, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cuando
sean solicitadas por cualquiera de sus integrantes, a efecto de tratar los asuntos previamente integrados.
Tratándose de sesiones ordinarias, la convocatoria respectiva deberá realizarse mediante escrito dirigido a cada uno de los
miembros propietarios del propio Cuerpo Colegiado con cuarenta y ocho horas de anticipación a la celebración de la sesión
a convocarse; para el caso de sesiones extraordinarias, con veinticuatro horas de anticipación, enviando, para ambos casos,
conjuntamente la carpeta que contenga la documentación para el desahogo del orden del día.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 27
Para que el Comité pueda sesionar válidamente, deberá estar presentes el 50% más uno de sus integrantes así mismo será
convocado para sesiones extraordinarias, cada vez que su Presidente lo considere necesario, a partir de la presentación de
solicitudes, cuya información sea catalogada por la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, como de acceso
restringido o, en su caso, sea declarada inexistente.
Corresponderá al Secretario Técnico la emisión y notificación de las convocatorias de la sesión que se trate.
Los asuntos a tratar en las sesiones, deberán contar con los antecedentes, acciones, en su caso, términos de cumplimiento,
propuesta de solución y propuesta de acuerdo a adoptar por parte del cuerpo colegiado.
La primera sesión de trabajo del Comité se realizará después de su instalación.
La Carpeta Informativa con los temas a tratar en cada sesión será elaborada por el Secretario Técnico del Comité, quien dará
seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se tomen.
B.-DEL COMITÉ
Los acuerdos del Comité serán válidos cuando la votación sea de la mitad más uno de los mie mbros con derecho a voto que
asistió a la sesión; quien presida la sesión tendrá voto de calidad en caso de empate.
En cada sesión se levantará el acta o minuta correspondiente que será firmada por los asistentes a la sesión de que se trate.
Los servidores públicos integrantes del Comité no utilizarán los procesos o las actuaciones a las que tengan acceso para
lograr fines fraudulentos o dolosos, o alegar hechos contrarios a la realidad, o emplear medios que tiendan a entorpecer la
buena marcha de los procedimientos internos de control o actuación.
Toda decisión tomada por los integrantes del Comité deberá manifestarse de manera libre e imparcial.
Invariablemente el desarrollo de las actividades o funciones encomendadas a los integrantes del Comité, deberá sustentarse
en lo dispuesto por la normatividad aplicable al asunto de que se trate, de manera seria y responsable, toda vez que ser un
servidor público es un privilegio y una responsabilidad que lo compromete a responder y rendir cuentas de sus actos y de
sus omisiones, por lo que invariablemente se trabajará con actitud de servicio, aplicando los conocimientos, habilidades y
aptitudes de manera consciente y diligente con el fin último de obtener el eficaz y eficiente desempeño en el cuerpo
colegiado.
C.-DE LOS ACUERDOS Y VOTACION.
Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las áreas de la Comisión de Filmaciones de la
Ciudad de México.
Los acuerdos se aprobaran por mayoría simple y sólo en caso de empate, podrá emitir un voto de calidad el Presidente del
Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, voto que contará, para desempatar la
votación.
El representante del órgano interno de control no podrá emitir voto alguno, sin embargo su participación podrá incidir en la
modificación que de su voto hagan los miembros del Comité con derecho a voto.
Los resultados de la votación se harán constar en el acta correspondiente, pudiéndose o no contabilizar nominativamente la
votación.
El Director General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, con carácter de Presidente, con voz y voto de
calidad en casos de empate.
El titular de la Oficina de Información Pública, con carácter de Secretario Técnico, con voz y voto.
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
El titular o representante de la Jefatura de Unidad Departamental Jurídica, con carácter de Vocal, con voz y voto.
El representante del Órgano Interno de Control con carácter de Invitado, con voz pero sin voto.
Los Directores de Promoción y Locaciones y el de Permisos y Vinculación Interinstitucional, de la Comisión de
Filmaciones de la Ciudad de México, con carácter de vocales, con voz y voto.
Invitados y/o asesores, que serán designados por el Presidente del Comité, quienes tendrán derecho a voz pero no a voto.
D.-DE LAS SUPLENCIAS
Las suplencias de los miembros del Comité deberán comunicarse por escrito al Presidente y Secretario Técnico del Comité.
Cuando en caso fortuito o por causas de fuerza mayor, el Presidente no asista o se ausente de las sesiones del Comité, el
Secretario Técnico presidirá la reunión.
E.-DE ORDEN Y RESPETO
En caso de ausencia del Presidente y el Secretario Técnico, no podrá celebrarse la sesión ordinaria o extraordinaria de que
se trate.
Durante las sesiones se establecerá una lista de participaciones para el uso de la palabra, a efecto de establecer un orden en
el desarrollo de los asuntos a desahogarse, correspondiendo al Presidente, o a quien presida la sesión de que se trate,
conceder y, en su caso, limitar el tiempo otorgado para el uso de la palabra, así como el número de intervenciones sobre
cualquier cuestión.
F.-CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR
En caso de suscitarse un evento de Fuerza Mayor (Ejemplo, Sismo o simulacro de Sismo, Incendio o amenaza de Bomba),
que provoque la suspensión de la sesión del Comité ésta se reanudara cuando lo considere el Presidente prudente, previo
acuerdo con los demás miembros del Comité de Trasparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México.
VII. PROCEDIMIENTO
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la
Ciudad de México.
Objetivo General: Organizar, preparar y revisar los recursos técnicos logísticos y materiales para la realización de las
sesiones de trabajo del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, así como vigilar
que estas se desarrollen cumpliendo con los lineamientos y normatividad vigentes.
Autorizó: Lic. Hugo Villa Smythe. Presidente del Comité de Transparencia de la CFCM.
Validó: Lic. Roberto Juárez Pérez. Secretario Técnico del Comité de Transparencia de la CFCM.
VIII. GLOSARIO
Comité:- Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México.
Datos Personales: Es la información de una persona física, identificada o identificable que tiene relación con su origen
étnico o racial, su vida afectiva y familiar, sus características físicas, morales o emocionales, su domicilio y número
telefónico, su patrimonio, ideología y opiniones políticas, sus creencias o convicciones religiosas o filosóficas, su estado de
salud físico o mental, sus preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad.
12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 29
Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas,
directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que
documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su
fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual,
electrónico, informático u holográfico.
Expediente: Serie ordenada y relacionada de actuaciones y/o gestiones, compuestas por documentos que pertenecen a un
mismo asunto o procedimiento tramitado por o ante Entes Obligados;
INFODF: Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
INFOMEX: Sistema electrónico para atender las solicitudes de información pública.
Información: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o
conserven por cualquier título.
Información Confidencial: La información que contiene datos personales y se encuentra en posesión de los Entes
Obligados, susceptibles de ser tutelada por el derecho fundamental a la privacidad, intimidad, honor, y dignidad y aquella
que la ley prevea como tal:
Información Pública: Es público todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro
impreso, óptico electrónico, magnético, físico que se encuentre en poder de los Entes Obligados o que, en ejercicio de sus
atribuciones, tengan la obligación de generar en los términos de esta Ley, y que no haya sido previamente clasificada como
de acceso restringido.
Información reservada: La información pública que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones
previstas en esta Ley;
Información Clasificada: Es la información que posee una Dependencia o Entidad misma que puede ser Reservada o
Confidencial conforme a su clasificación. Para fundamentar la clasificación de la información, deberá señalarse el o los
ordenamientos jurídicos, artículo, fracción, inciso y párrafo que expresamente le otorgan el carácter de clasificad a. En el
caso de información reservada, deberá establecerse el periodo de reserva. La información confidencial permanecerá como
tal por tiempo indefinido.
Lineamiento: Directriz que establece los límites dentro de los cuales han de realizarse ciertas actividades, así como las
características generales que éstos deberán tener.
Ley: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Manual: Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Comisión de filmac iones de la
Ciudad de México.
OIP: Oficina de Información Pública de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México.
Reglamento: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
Solicitantes: Personas físicas y morales nacionales o extranjeras que presenten solicitudes de acceso ante las dependencias
y entidades.
Versión Pública: El documento en el que se elimina la información clasificada como reservada o confidencial para permitir
su acceso, previa autorización del Comité de Transparencia.
Órgano de Control Interno: Contraloría Interna de la Secretaria de Cultura.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016
IX. VALIDACIÓN Y APROBACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
ACUERDO.- LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISION DE FILMACIONES
DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2015, CELEBRADA EL 22 DE
DICIEMBRE DE 2015; APRUEBAN EL PRESENTE MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
FIRMAN PARA LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México a 5 de febrero de 2016
(Firma)
Lic. Hugo Villa Smythe
Director General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México y
Presidente del Comité de Transparencia
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO
Publicación del Programa Anual de Obras (PAO) 2016
El Lic. Nicias René Aridjis Vázquez, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, con fundamento en los artículos 117 Fracción IX del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 120,121, 122 fracción III y 122 Bis Fracción III inciso D), 123
fracción XIV y 126 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con las atribuciones que le confiere
el artículo primero del Acuerdo Delegatorio de Facultades, publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1° de julio de 2008; las funciones establecidas en el
Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en Benito Juárez, publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal número 152 de fecha 11 de agosto
de 2015; así como el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del D.F. y el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, emite el
siguiente:
Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obras (PAO) para el año 2016, correspondiente a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la
Dirección General de Servicios Urbanos.
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 1 203
Recolección de Residuos
Sólidos
Tonelada
1000 Servicios Personales N/A 94,017,338.00
2000
Materiales y
Suministros
N/A 16,541,566.00
3000 Servicios Generales N/A 5,183,298.00
Subtotal 115,742,202.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 3 206
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación al Sistema de
Drenaje
Kilómetro
1000 Servicios Personales N/A 949,216.00
3000 Servicios Generales N/A 10,592,356.00
Subtotal 11,541,572.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 5 207 Mantenimiento de Áreas Verdes
Metro
Cuadrado
1000 Servicios Personales N/A 2,535,864.00
3000 Servicios Generales N/A 2,316,174.00
Subtotal 4,852,038.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 5 208 Servicio de Poda de Árboles Pieza 1000 Servicios Personales N/A 24,966,764.00
Subtotal 24,966,764.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 5 216
Mantenimiento del Suelo de
Conservación
Metro
Cuadrado
1000 Servicios Personales N/A 503,952.00
3000 Servicios Generales N/A 28,402.00
Subtotal 532,354.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 1 6 209
Promoción de Cultura de
Manejo de Residuos Sólidos
Difusión 1000 Servicios Personales N/A 2,703,158.00
Subtotal 2,703,158.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 211 Balizamiento en Vialidades Metro 1000 Servicios Personales N/A 1,150,201.00
Subtotal 1,150,201.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 215
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación de Edificios
Públicos
Inmueble
1000 Servicios Personales N/A 405,736.00
3000 Servicios Generales N/A 3,523,933.00
Subtotal 3,929,669.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 216
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación de Banquetas
Metro
Cuadrado
3000 Servicios Generales N/A 4,060,000.00
6000 Inversión Pública
O02D36005 Mantenimiento de
banquetas, guarniciones y
obras complementarias en
varias colonias
14,337,663.00
Subtotal 18,397,663.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 217
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación de
Infraestructura Comercial
Inmueble 6000 Inversión Pública
O02D36002 Conservación y
mantenimiento de mercados
6,609,915.00
Subtotal 6,609,915.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 218
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación en Vialidades
Secundarias
Metro
Cuadrado
1000 Servicios Personales N/A 11,459,234.00
2000
Materiales y
Suministros
N/A 5,822,047.00
3000 Servicios Generales N/A 1,135,220.00
6000 Inversión Pública
O02D36006 Mantenimiento de
carpeta asfáltica y obras
complementarias en vialidades
secundarias de varias colonias
20,000,000.00
Subtotal 38,416,501.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 219
Mantenimiento, Rehabilitación
y Conservación de Imagen
Urbana
Espacio
Público
1000 Servicios Personales N/A 75,870,828.00
3000 Servicios Generales N/A 28,833.00
6000 Inversión Pública
O02D36000 Trabajos por
definir
13,120,000.00
Subtotal 89,019,661.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 1 220 Señalamiento en Vialidades Pieza 3000 Servicios Generales N/A 1,200,000.00
Subtotal 1,200,000.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 3 222
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación de
Infraestructura de Agua Potable
Metro
1000 Servicios Personales N/A 422,149.00
3000 Servicios Generales N/A 1,372,340.00
Subtotal 1,794,489.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 2 4 223 Alumbrado Público Luminaria
1000 Servicios Personales N/A 393,834.00
3000 Servicios Generales N/A 19,171,929.00
6000 Inversión Pública
O02D36001 Trabajos por
definir con el denominado
presupuesto participativo en
varios comités
43,725,141.00
Subtotal 63,290,904.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 4 1 212
Mantenimiento Delegacional de
Espacios Deportivos
Inmueble
1000 Servicios Personales N/A 68,819,034.00
3000 Servicios Generales N/A 11,000,000.00
Subtotal 79,819,034.00
FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN
PROYECTO DE INVERSIÓN
Y DESCRIPCIÓN
TOTAL
ASIGNADO
2 4 1 214
Mantenimiento, Conservación y
Rehabilitación de
Infraestructura Cultural
Inmueble 1000 Servicios Personales N/A 36,238,972.00
Subtotal 36,238,972.00
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Plan distrital de seguridad ciudadana 2012 surco
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  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 12 DE FEBRERO DE 2016 No. 9 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Desarrollo Social  Convocatoria del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2016 4 Secretaría de Finanzas  Acuerdo por el que se da a conocer el Calendario de Ministraciones, Porcentaje, Fórmulas y Variables Utilizadas, así como el monto estimado que corresponde a las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México por Concepto de Participaciones en Ingresos Federales, para el Ejercicio Fiscal 2016 12 Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal  Aviso por el que se hace del conocimiento al público en general los días inhábiles correspondientes al año 2016 y enero de 2017 para efectos de los Actos y Procedimientos Administrativos de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, Datos Personales y Procedimientos Administrativos en General, Competencia de la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal 18 Consejería Jurídica y de Servicios Legales  Aviso por el que se da a conocer la designación y revocación de Servidores Públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México, como Apoderados Generales para la defensa jurídica de la misma 20 Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México  Aviso por el que se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México 22 Continúa en la Pág. 2.
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 Índice Viene de la Pág. Delegación Benito Juárez  Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obras (PAO) para el año 2016, correspondiente a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Servicios Urbanos 31 Delegación Iztacalco  Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Año 2016 37 Delegación Tláhuac  Aviso por el que se da a conocer las Reglas de Operación de la Actividad Institucional de Desarrollo Social: Otorgamiento de Ayudas Económicas y/o en especie por única ocasión, para la realización de celebraciones, conmemoraciones, festejos, tradiciones y costumbres, así como eventos culturales, para el Ejercicio Fiscal 2016 38 Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal  Aviso por el que se da a conocer el Calendario Presupuestario Autorizado al Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016, comunicado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal 47 Instituto de Vivienda del Distrito Federal  Aviso por el cual se dan a conocer los días inhábiles para la Atención, Registro, Trámite y Notificación de Solicitudes de Información Pública, así como de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales que ingresen o se encuentren en trámite, y para los Asuntos y Procedimientos competencia de la Oficina de Información Pública del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, correspondientes al año 2016 y enero 2017 48 Caja de Previsión de la Policía Preventiva  Aviso mediante el cual se da a conocer el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité de Inversión y Análisis de Riesgos de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal con número de registro: MEO-43-291215-E-CAPREPOL/10-2005 50 Consejo de Evaluación del Desarrollo Social  Aviso por el que se da a conocer el Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México 59 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría de Turismo.- Licitación Pública Nacional Número SECTURDF-LPN-01-2016.- Convocatoria 001.- Contratación del Servicio integral para la promoción y difusión de sitios turísticos, culturales, recreativos y deportivos del Distrito Federal en el marco del Programa “Sonrisas por Tu Ciudad” 61  Agencia de Gestión Urbana de la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN-AGU-002- 2016.- Convocatoria 002.- Contratación del Servicio Integral de Supervisión de la Demanda Ciudadana y Funcionalidad de la Vía Pública y el Servicio del Centro de Contacto (Contact Center), para el Programa 072 Atención Ciudadana 63  Delegación Tlalpan.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001029-003-2016 y 30001029-004-2016.- Convocatoria 002/16.- Contratación del servicio de mantenimiento preventivo a vehículos operativos y administrativos y servicio de limpieza de interiores y exteriores, incluyendo vidrios, con suministro de materiales 65  Delegación Tlalpan.- Aviso de Fallo de Licitaciones Públicas Números 30001134-001-15 a 30001134-042-15 68
  • 3. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 3  Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno Del Distrito Federal (CAPTRALIR).- Licitaciones Públicas Nacionales números OM-CPTLR-LPN-001-16 a OM-CPTLR-LPN-003-16.- Convocatoria Múltiple 001.- Contratación del Servicio de autobuses para excursiones para pensionados y jubilados, prestación del servicio integral de limpieza para las oficinas e instalaciones y contratación del servicio hospitalario, médico - quirúrgico, farmacéutico, artículos y aparatos ortopédicos, prótesis y ministración de medicamentos, para los trabajadores de la extinta industrial de abastos 75  Tribunal de lo Contencioso Administrativo.- Convocatoria a la Licitación Pública Nacional TCADF/DA/SRMSG/LPN/001/2016.- Adquisición de materiales, útiles y equipos menores de oficina 77  Tribunal de lo Contencioso Administrativo.- Convocatoria a la Licitación Pública Nacional TCADF/DA/SRMSG/LPN/002/2016.- Servicio de limpieza de inmuebles y áreas comunes 78 SECCIÓN DE AVISOS  Ambar Partners México, S. de R.L. de C.V. 79  Grupo Empresarial Beximex, S.A. de C.V. 80  Aproneg, S.A. de C.V. 80  Comercializadora Global Reforma, S.A. de C.V. 80  CDM Desarrollo Avanzado, S.A. de C.V. 81  Aviso 82
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, con fundamento en los artículos 87 y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 16 fracciones III y IV y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 10, fracción IV, 32, 39, 40 y 41 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 61 fracción II, 62 y 63 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; y 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, doy a conocer la siguiente: CONVOCATORIA DEL PROGRAMA COINVERSIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2016, PUBLICADO EL DÍA 29 DE ENERO DE 2016, EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, No. 270, TOMO I. Considerando que las organizaciones civiles han hecho contribuciones fundamentales al marco conceptual de las políticas públicas, la formulación y seguimiento en la aplicación de programas, así como al impulso de iniciativas innovadoras para el desarrollo social en la Ciudad de México, es necesario promover su trabajo, así como compartir recursos, experiencias y conocimientos en la definición de lo público; con una visión de derechos y construcción de ciudadanía. Por lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México (SEDESO), a través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social (DGIDS); en colaboración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF-CDMX); el Instituto de las Mujeres de la Ciudad e México (INMUJERES-CDMX); y el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFO-DF), con fundamento en los artículos 87 y 115, fracciones I y II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción VI, 17, 28, 34 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7 fracción VI numeral 3 y 63 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 5, 8, 32, 33, 39 y 41 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 5 y 17 de la Ley de Asistencia y Prevención a la Violencia Familiar del Distrito Federal; 23 inciso a), 18 y 57 de la Ley de los Derechos de las Niñas y los Niños del Distrito Federal; 15, 16, 17, 18 y 20 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; 8 de la Ley del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal; 25, fracción VI, 29, fracción V de la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal; 53 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal; 6 fracción I y III, 7 fracción I y V y 8 de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal; 2, 3, 5 y 10 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal; 61, 62, 63, 64, 65, 66, 91, 92 y 93 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal; 30 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. CONVOCAN A las organizaciones civiles a participar en el Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad d e México 2016, presentando proyectos con la finalidad de sumar esfuerzos y recursos en la promoción del desarrollo social, con apego a las siguientes: BASES 1. Las organizaciones civiles participantes deberán estar inscritas en el Registro de Organizaciones Civiles de la Ciudad de México (ROCCDMX), en términos de los artículos 7 y 10 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal y 12, 26 y 36 de su Reglamento. 2. El objetivo principal de los proyectos será la ejecución de actividades de desarrollo social entre organizaciones de la sociedad civil y el Gobierno de la Ciudad de México para promover de acuerdo al artículo 2 de la Ley de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Distrito Federal, el reconocimiento y ejercicio integral de los derechos humanos, la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación, la participación ciudadana, el respeto a la diversidad, el acceso a la información y la protección de datos personales; promover la calidad de vida de las personas, sus familias y comunidades, el acceso a una vida libre de violencias, las relaciones de solidaridad, apoyo mutuo y la cohesión social en la Ciudad de México; la capacitación y asesorías para impulsar la creación o fortalecimiento de proyectos productivos que al mismo tiempo sean generadores de trabajo e impacten socialmente a la comunidad, así como promover y facilitar el ejercicio de la contraloría ciudadana por la transparencia.
  • 5. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 5 3. Dichas actividades estarán dirigidas prioritariamente a las mujeres, niñas y niños, las y los jóvenes, las personas adultas mayores, los pueblos y colectividades indígenas, personas con discapacidad y de la población lésbica, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual. Así también pueden ser proyectos dirigidos al fortalecimiento de las organizaciones civiles o servidoras y servidores de instituciones públicas de la Ciudad de México, siempre y cuando estén vinculados directamente a los temas de la Convocatoria. 4. En las Reglas de Operación del Programa Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal 2016 se establece un presupuesto total de $17´800,000.00 (Diecisiete millones ochocientos mil pesos 00/100 M. N.) para financiar los proyectos de las organizaciones civiles que hayan sido aprobados por la Comisión Evaluadora. 5. Las organizaciones civiles podrán participar con un proyecto en alguno de los siguientes ejes temáticos, especificando el eje y subeje con los que se relaciona el objetivo de su proyecto: EJE 1. Atención y prevención de la violencia familiar. (Coordinado por la DGIDS). 1.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación en diferentes ramas productivas, para contribuir a que las mujeres se reintegren a una vida social y familiar libre de violencias, junto con sus hijas e hijos. 1.2 Fortalecimiento de las capacidades a las y los servidores públicos para la mejor atención en materia de violencia familiar con perspectiva de género y derechos humanos. 1.3 Apoyo psicológico y jurídico a mujeres víctimas de violencia familiar y sus hijas e hijos. 1.4 Seguimiento y análisis de la aplicación de la normatividad en materia de violencia familiar para la Ciudad de México. EJE 2. Promoción de acciones y medidas para la educación social, cultural y emocional, de las personas agresoras y de las víctimas de la violencia familiar para la Ciudad de México. (Coordinado por la DGIDS). 2.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación a mujeres víctimas de violencia familiar, garantizando el acceso al empleo, a través de oficios o mejoras de sus habilidades en el trabajo y/o actualización de sus estudios a través de becas, como un medio para fortalecer e implementar proyectos productivos. 2.2 Fomento de acciones de prevención de la violencia familiar y del buen trato en las escuelas de la Ciudad de México. 2.3 Fortalecimiento de las políticas públicas a través de la equidad, democracia, los derechos humanos para prevención de la violencia al interior de las familias diversas. EJE.3 Fortalecimiento de acciones de prevención de violencia familiar con estrategias de desarrollo social y comunitario. (Coordinado por la DGIDS). 3.1 Fomentar, promover y proporcionar capacitación para el empleo, dirigido a las mujeres víctimas de violencia familiar, con la finalidad de brindar las condiciones básicas necesarias para impulsar su autonomía y continuar su proceso de atención especializada, hasta lograr vivir una vida libre de violencia, en condiciones mínimas de independencia económica, logrando en su toma de decisiones, su empoderamiento y el rescate de sus derechos. 3.2 Apoyo e inclusión de las mujeres indígenas víctimas de violencia, en el conocimiento de sus derechos y acompañamiento de traductores. 3.3 Fortalecimiento de las políticas públicas a través de participación activa en ferias gubernamentales, tendientes a erradicar la violencia familiar. EJE 4. Fortalecimiento de la participación comunitaria en la política alimentaria. (Coordinado por la DGIDS). 4.1 Acciones para el fortalecimiento de la participación comunitaria en la política alimentaria, a través de la generación de empleos, autosuficiencia económica y alimentaria. EJE 5. Impulsar el fortalecimiento de los procesos organizativos en los comedores comunitarios. (Coordinado por la DGIDS). 5.1 Acciones para impulsar el fortalecimiento de los procesos organizativos en los comedores comunitarios, a través de capacitaciones con reconocimiento oficial, garantizando su profesionalización derivando en la optimización de los comedores y en su caso, la auto realización personal. EJE 6. Promover la capacitación y manejo en la administración de alimentos en los comedores comunitarios, en temas tales como: higiene, administración, variedad alimenticia, dietas saludables, acceso a bancos de alimentos, manejo de desechos, sostenibilidad y viabilidad financiera. (Coordinado por la DGIDS).
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 6.1 Proyectos encaminados a la capacitación y manejo en la administración de alimentos en los comedores comunitarios, en temas tales como: higiene, administración, variedad alimenticia, dietas saludables, acceso a bancos de alimentos, manejo de desechos, sostenibilidad y viabilidad financiera, dirigidos a los administradores y a la población atendida en los comedores comunitarios. EJE 7. Promoción y fortalecimiento de las políticas sociales. (Coordinado por la DGIDS) 7.1 Fomentar, promover y proporcionar las condiciones adecuadas de inserción e integración laboral de la población LGBTTTI de la Ciudad de México 7.2 Implementar acciones concretas para la inclusión laboral y prevención de la discriminación por orientación sexual e identidad de género en ámbitos laborales. 7.3 Conformación de emprendimientos productivos de la población LGBTTTI de la Ciudad de México 7.4 Facilitar la inserción laboral de la población LGBTTTI de la Ciudad de México a través de la adquisición de un oficio en el marco del auto empleo y la implementación de proyectos productivos. 7.5 Fortalecimiento de una cultura de inclusión, respeto y reconocimiento a la diversidad sexual y las familias diversas. 7.6 Promoción de la defensa, el goce y el ejercicio de los derechos humanos y la no discriminación en todos los ámbitos. EJE 8. Impulsar procesos de fortalecimiento de las políticas públicas de fomento a las organizaciones de la sociedad civil. (Coordinado por la DGIDS). 8.1 Capacitación a las organizaciones de la sociedad civil para fortalecer las capacidades y los modelos de profesionalización, con la finalidad de consolidar su incidencia en el diseño, instrumentación y evaluación de programas y políticas sociales. EJE 9. Profesionalización de las organizaciones de la sociedad civil para aumentar su incidencia en el ámbito comunitario. (Coordinado por la DGIDS). 9.1 Capacitación a organizaciones civiles que contribuyan a promover el crecimiento económico, el ingreso y el autoempleo, generando acciones para la autosustentabilidad económica de grupos de mujeres y hombres y de comunidades para realizar proyectos productivos. EJE 10. Promoción de los Derechos de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. (Coordinado por el INFO-DF) 10.1 Fortalecer estrategias (Capacitación, promoción, difusión, contraloría y participación ciudadana), con la finalidad de incrementar las capacidades de la ciudadanía en general, con base en los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales. 10.2 Incrementar el conocimiento sobre los temas transparencia, derecho de acceso a la información pública y derecho de protección de datos personales, a través de proyectos culturales, que incluyan una amplia difusión en la Ciudad de México. EJE 11. Fortalecimiento para el sano desarrollo y garantía de derechos humanos para población en vulnerabilidad. (Coordinado por el DIF-CDMX) 11.1 Fomentar la lactancia materna, coadyuvar con las instituciones públicas para brindar a niñas y niños estimulación temprana, capacitar a padres y madres respecto a los nuevos modelos de crianza, fortalecer las capacidades y/o habilidades en el personal profesional que atiende primera infancia. Estimulación temprana: implementar con las niñas y niños canalizados por los Centros del DIF-CDMX, técnicas para el desarrollo de las capacidades y habilidades de los niños en la primera infancia, entre el nacimiento y los seis años de vida, para corregir trastornos reales o potenciales en su desarrollo, o para estimular capacidades compensadoras; teniendo en cuenta tanto al menor como a la familia y su entorno social. 11.2 Fomentar una nutrición adecuada y apoyar para que la alimentación sea accesible para las niñas, niños y adolescentes. 11.3 Implementar estrategias para prevenir, detectar y erradicar la violencia infantil en todos los ámbitos, fomentar una cultura de paz, prevenir conductas autodestructivas, evitar que las niñas, niños y adolescentes sean víctimas de cualquier forma de explotación económica y salgan del entorno familiar hacia las calles. 11.4 Fomentar la participación infantil y adolescente y formar promotores de los derechos humanos desde la infancia. 11.5 Implementar procesos de comunicación social que garanticen el derecho a la libre expresión e información. 11.6 Acompañar y apoyar a niñas, niños y adolescentes con bajo rendimiento escolar y fomentar entre ellas y ellos la realización de actividades deportivas y culturales para lograr su desarrollo integral.
  • 7. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 7 11.7 Fomentar entre los adolescentes el ejercicio responsable de derechos sexuales y reproductivos a fin de prevenir enfermedades de transmisión sexual y embarazo adolescente y capacitar a las niñas, niños y adolescentes en masculinidades y paternidades responsables. 11.8 Brindar capacitación multidisciplinaria a los derechohabientes de sociedades cooperativas. 11.9 Fomentar la participación de la ciudadana en la toma de decisiones gubernamentales encaminadas a garantizar el ejercicio de sus derechos humanos y generar redes de apoyo vecinal que garanticen el derecho de las comunidades a vivir en paz y a disfrutar de los espacios públicos. 11.10 Diseño, promoción, defensa, difusión, ejercicio e implementación de acciones que garanticen los derechos humanos de las personas con discapacidad (niños, niñas, adolescentes mujeres y hombres, adultas, adultos; adultas mayores y adultos mayores). 11.11 Capacitación y actualización institucional en materia de rehabilitación, terapia física, terapia del Lenguaje, terapia ocupacional, para personal profesional especializado que trabaja con las personas con discapacidad. 11.12. Capacitación e instrucción profesional para cuidados alternativos a familiares, cuidadores y personal que atiende a personas con discapacidad, psicosocial e intelectual. 11.13 Fomento de actividades que promuevan el diseño universal y los ajustes razonables para personas con discapacidad. 11.14 Desarrollo de actividades que promuevan la autonomía y la vida independiente de las personas con discapacidad mediante actividades de inclusión educativa, deportiva, recreativa y cultural. 11.15 Promoción de Talleres productivos, microempresas, cooperativas, promoviendo la inclusión laboral de las personas con discapacidad. 11.16 Atención e integración social a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en una condición vulnerable, mediante la intervención de albergues y hogares provisionales. EJE 12. Promoción y acceso de las mujeres al ejercicio de sus derechos humanos y a una vida libre de violencias. (Coordinado por el INMUJERES-CDMX) 12.1 Acciones para la elaboración de políticas públicas dirigidas a la atención de las niñas en la Ciudad de México. 12.2. Acciones para la prevención y atención del embara zo adolescente. 12.3 Desarrollo de propuestas a partir de experiencias exitosas para la autonomía económica de las mujeres en la Ciudad de México. 12.4. Propuestas sobre alternativas sociales para el trabajo de cuidado. 12.5 Propuestas para la atención, prevención de la violencia contra las niñas y mujeres en la Ciudad de México. 12.6 Propuesta para promover y garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las adolescentes en la Ciudad de México. 12.7 Proyectos para el desarrollo de habilidades digitales de las mujeres y niñas a fin de favorecer su empoderamiento. 12.8 Acciones para la recuperación y sustentabilidad ecológica con participación de las mujeres y con enfoque productivo. 12.9 Acciones que promuevan el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y las niñas en la Ciudad de México a través de actividades audivisuales, culturales y artes escénicas, con énfasis en grupos más desfavorecidos. 12.10 Propuestas para promoción del goce y ejercicio de los derechos humanos de las trabajadoras del hogar. 12.11 Propuestas para la reducción de la violencia y la discriminación contra las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero y transexuales, así como promover su empoderamiento. 12.12 Promoción de la defensa, goce y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres en reclusión. 12.13 Fomento de acciones para la prevención y atención de las víctimas de la trata y la explotación humana con especial énfasis en protección a mujeres indígenas y migrantes. 6. Las organizaciones civiles deberán redactar su proyecto siguiendo el formato para la presentación de proyectos contenido en la Guía del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2016 (Guía del PCDSCDMX), publicada en la página electrónica de la Secretaría de Desarrollo Social (www.sds.df.gob.mx); de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social (www.equidad.df.gob.mx); el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (www.dif.df.gob.mx); el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México (www.inmujeres.cdmx.gob.mx); y el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (www.infodf.org.mx). Cada proyecto deberá presentarse firmado por la o el representante legal y por la o el responsable del proyecto, en un máximo de 15 cuartillas con base en las siguientes especificaciones tipográficas: Word 97- 2003 como procesador de texto,
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 extensión del archivo .doc, carta como tamaño de papel, Arial como tipo de letra en 11 puntos, interlineado sencillo, margen normal; también deberá incluirse la ficha técnica firmada por el o la representante legal y por el o la responsable del proyecto, de acuerdo al formato establecido en la Guía del PCDSCDMX. Se requiere presentar ambos documentos en versión electrónica e impresa. 7. El proyecto deberá realizarse en su totalidad en el periodo comprendido a partir de la publicación de los resultados de es ta convocatoria y hasta diciembre del presente año, dentro del territorio de la Ciudad de México, con la población residente en él y podrá formar parte de un proyecto más amplio y de mediano plazo, siempre y cuando las actividades financiadas por el Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México correspondan al periodo referido y en los términos señalados en el Convenio de Colaboración que para tales efectos se signe. 8. Los proyectos podrán presentarse en las modalidades de: a) Proyecto nuevo: Todos aquellos proyectos que no han sido financiados anteriormente. b) Proyecto de continuidad: Todos aquellos proyectos que han recibido financiamiento en 2015. Las organizaciones que registren un proyecto de continuidad o que han participado en el Programa en 2014 y 2015, deberán presentar documento de conclusión. Las organizaciones civiles que no hayan cumplido con el o los Convenios de Colaboración del Programa Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal de años anteriores, no podrán concursar en este ejercicio fiscal. Esta información será cotejada entre las entidades participantes en el Programa. Tampoco se pueden presentar al concurso, proyectos en ejecución en otras instancias públicas y/o privadas en la cual exista duplicidad. Si fuera el caso, se tomará como no presentado y en caso de ser seleccionado, será cancelado del Programa y se tomarán las acciones legales pertinentes. 9. La documentación requerida para presentar los proyectos al concurso del Programa Coinversión para el Desarrollo Social de la Ciudad de México 2016, es la siguiente: a) Proyecto en apego a los formatos establecidos en la Guía del PCDSCDMX, en original y una copia impresa, firmado por el o la representante legal y por el o la responsable del proyecto de la organización civil. b) Ficha técnica, en apego a los formatos establecidos en la Guía del PCDCDMX, en original y una copia impresa, firmada por el o la representante legal y por el o la responsable del proyecto de la organización civil. c) Archivo electrónico (CD o USB) que contenga el proyecto y ficha técnica. d) Copia fotostática simple de la Constancia de Inscripción en el ROCCDMX. e) Carta compromiso, según formato establecido en la Guía del PCDSCDMX, en original y una copia simple. f) Constancia de participación de la plática informativa. g) Documento de conclusión para el caso de las organizaciones que registren un proyecto de continuidad o que han participado en el Programa en 2014 y 2015. 10. La plática informativa será de carácter obligatorio para las organizaciones civiles interesadas en presentar un proyecto para el Programa del presente ejercicio fiscal; con el fin de que las organizaciones civiles conozcan los contenidos sustanciales y los requerimientos para la presentación del proyecto. A esta plática deberán acudir la o el representante legal y/o la o el responsable del proyecto de la organización civil. Las pláticas informativas se realizarán en las siguientes modalidades: a) Organizaciones civiles que participan por primera vez en el Programa. b) Organizaciones civiles que han participado en el Programa.
  • 9. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 9 Las pláticas informativas se realizarán los días 17 y 18 de febrero, en dos horarios de 10:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. Para participar se requiere el llenado del formato solicitud de asistencia a la plática informativa, el cual estará disponible en la página electrónica de la SEDESO y de las entidades coinversionistas, una vez requisitado deberá enviarse al correo electrónico preregistrocoinversion@outlook.com a partir de la publicación de la presente convocatoria y hasta el 16 de febrero del año en curso. La respuesta a dicha solicitud se trasmitirá por el mismo medio electrónico, con la confirmación del día, hora y lugar en que deberá asistir a dicha plática. Las organizaciones civiles deberán acudir a la plática con los siguientes documentos impresos: Reglas de Operación, Convocatoria y Guía del PCDSCDMX. 11. Sólo se podrá presentar un proyecto por organización. El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social será de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M. N.). El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Sistema de Desarrollo Integral para la Familia de la Ciudad de México será de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N). El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México será de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N). El monto mínimo de apoyo por proyecto financiado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal será de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N). 12. La recepción de proyectos se realizará exclusivamente en las instalaciones de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, ubicada en Lucas Alamán No. 122, colonia Obrera, delegación Cuauhtémoc, en un horario de las 10:00 a las 18:00 horas, de acuerdo al calendario especificado en la presente Convocatoria. Cualquier información o duda, pueden comunicarse al teléfono 55183467. Las fechas de recepción de los proyectos son las siguientes: 23 de febrero: Ejes 4, 5, 6, 7, 8 y 9 24 de febrero: Eje 11 25 de febrero: Ejes 10 y 12 26 de febrero Ejes 1, 2, 3 Una vez recibido el proyecto, se hará entrega de un comprobante de recepción del mismo, al cual se le asignará un número de folio que identificará su registro. 13. Para la selección de los proyectos, la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social realizará la distribución de los proyectos recibidos de acuerdo al eje temático que corresponde a cada entidad coinversionista. Posteriormente, las entidades coinversionistas conformarán sus Comisiones Dictaminadoras responsables de la evaluación de los proyectos. Cada Comisión Dictaminadora estará integrada por especialistas en los diferentes temas que aborda la Convocatoria, procedentes de la sociedad civil o del ámbito académico y servidores públicos, con el objeto de que cada uno aporte su propia visión desde el sector que representa. Además, colaboran de manera completamente voluntaria y honorífica, por lo que no reciben pago alguno por desempeñar su función.
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 Los proyectos serán dictaminados de manera paritaria e individualmente por un especialista de la sociedad civil o del ámbito académico y un servidor público. Las calificaciones individuales se revisarán posteriormente en las reu niones de las Comisiones Dictaminadoras para establecer la calificación final. Para realizar la evaluación y emitir el dictamen correspondiente, la Comisión Dictaminadora tomará como base los criterios de selección establecidos en la Guía del PCDSCDMX. La evaluación deberá contener los argumentos y consideraciones por los cuales el proyecto es o no susceptible de recibir financiamiento. Una vez concluido este proceso se expedirá una ficha de dictaminación, por cada uno de los dictaminadores, con el resultado de la calificación final y los comentarios de cada proyecto, para conformar el acta de dictaminación con la lista general de proyectos calificados. Posteriormente, cada entidad coinversionista enviará el acta y las fichas de dictaminación, debidamente firmadas en original a la DGIDS para ser sometidos a la Comisión Evaluadora. La Comisión Evaluadora estará conformada por el titular o representante de cada entidad coinversionista y un integrante de la sociedad civil o del ámbito académico por entidad; cada entidad coinversionista informará por escrito a la DGIDS los nombres de las personas que participarán en dicha Comisión. A su vez la DGIDS comunicará la integración de dicha comisión a la SEDESO. La Comisión Evaluadora analizará y validará los resultados presentados por las Comisiones Dictaminadoras. En todos los casos, los resultados de la Comisión Evaluadora serán públicos e inapelables. 14. Los resultados de la selección de proyectos serán publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en las páginas de la SEDESO, del SIDESO, así como de cada entidad coinversionista y contendrán: nombre de la organización beneficiaria; el nombre del proyecto; monto del apoyo aprobado y entidad responsable de financiarla. Una vez emitidos los resultados, en el caso de aquellas organizaciones civiles no favorecidas en este Programa, tendrán un plazo de 10 días hábiles para solicitar la devolución de toda su documentación, de lo contrario, será destruida. 15. Las organizaciones civiles cuyos proyectos sean aprobados, deberán proporcionar la documentación requerida por la entidad responsable de financiarla para la suscripción del Convenio de Colaboración mediante el cual se obligan a cumplir cabalmente con la ejecución del proyecto financiado. Cuando el proyecto aprobado sea por un monto distinto al solicitado o en los casos en donde se realizaron observaciones, los ajustes se deberán presentar previos a la firma del Convenio de Colaboración. El plazo máximo para solventar estos aspectos, será de 5 días hábiles a partir de la publicación de los resultados de la Convocatoria. En caso contrario, se procederá a su cancelación. 16. En caso de que una organización civil elegida con asignación de recursos decida renunciar o no realice los ajustes en el proyecto en el plazo establecido, la entidad coinversionista reasignará los recursos a otro proyecto Viable Sin Recursos Asignados. 17. Para que una organización civil seleccionada pueda permanecer en el Programa deberá presentar la documentación requerida, para formalizar el convenio de colaboración y realizar los trámites administrativos correspondientes ante la entidad coinversionista responsable de financiarla. 18. La documentación requerida para la suscripción del convenio de colaboración, así como para los informes, se entregarán en el lugar y horario de atención que determinen las entidades coinversionistas responsables del financiamiento. 19. En caso de incumplimiento en la entrega en tiempo y forma de documentación comprobatoria de la ejecución de las actividades comprometidas, la Organización Civil beneficiada, será dada de baja en el Programa, sin responsabilidad para la entidad coinversionista. Lo anterior sin perjuicio del reintegro de los recursos entregados por la entidad coinversionista.
  • 11. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 11 20. Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de México a través de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social y se apegarán a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Coinversión para el Desarrollo Social del Distrito Federal 2016. TRANSITORIOS UNICO. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 10 de febrero de 2016. MTRO. JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ (Firma) SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 SECRETARÍA DE FINANZAS ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE MINISTRACIONES, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO ESTIMADO QUE CORRESPONDE A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 15, fracción VIII, 16, fracción IV y 30, fracciones IV, XIV y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7°, fracción VIII, 26, fracción X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1o., 2o., 2-A, fracción III, 3-A, 4o., 6o., 7o. y 9o. de la Ley de Coordinación Fiscal; 1°, numeral 8, subnumeral 8.1, apartados 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3 y 8.1.4 de la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; 1 y 7 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; 6, 47, 48, 62 párrafo primero y 69, fracción II de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 40 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 321, 322 y 337, primer párrafo del Código Fiscal del Distrito Federal; y C O N S I D E R A N D O Que con motivo de la publicación del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 2 de febrero de 2016, se publicó el “Acuerdo por el que se instruye a las Unidades Administrativas que integran la Administración Pública de la Ciudad de México a implementar las acciones necesarias para incorporar en la documentación oficial la denominación “Ciudad de México”, en lugar de Distrito Federal. Que la Ciudad de México (antes Distrito Federal) se encuentra adherida al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, en los términos del artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma la Ley de Coordinación Fiscal, para incorporar al Distrito Federal en el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, publicado en el Diario Oficial d e la Federación el 31 de diciembre de 2000; Que conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016, fue presentado por el Jefe de Gobierno a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el 30 de noviembre del 2015. Que el 30 de diciembre de 2015, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (antes Distrito Federal), el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio Fiscal 2016 aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2016, de los Recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015, en el que se especifica que para el ejercicio fiscal 2016 corresponden al Distrito Federal 2,804,844,374 pesos por concepto del Fondo de Fiscalización y Recaudación y 1,767,231,621 pesos por Participaciones Específicas en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; Que el “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de enero de 2016, determinó para el Distrito Federal estimaciones por un monto de 54,357,290,428 pesos por concepto del Fondo General de Participaciones y 3,043,434,400 pesos por el Fondo de Fomento Municipal; Que el artículo 6o., penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, establece que los Gobiernos de las entidades, a más tardar el 15 de febrero, deberán publicar en su Periódico Oficial y en su página oficial de Internet el calendario de entrega,
  • 13. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 13 porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados, de las participaciones que las entidades reciban y de las que tengan obligación de participar a sus municipios o demarcaciones territoriales; asimismo que dichas publicaciones deberán realizarse conforme a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Que el 14 de febrero de 2014, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Diario Of icial de la Federación, publicó el Acuerdo 02/2014 por el que se expiden los Lineamientos para la publicación de la información a que se refiere el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal; Que con base en el artículo 2-A, antepenúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, los Estados entregarán íntegramente a sus Municipios las cantidades que reciban del Fondo de Fomento Municipal; Que de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 3-A de la Ley de Coordinación Fiscal los municipios recibirán como mínimo el 20% de las Participaciones Específicas en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que le corresponda al estado; Que en términos de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 4o. de la Ley de Coordinación Fiscal los municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal recibirán como mínimo el 20% de la recaudación que del Fondo de Fiscalización y Recaudación corresponda a las entidades; Que de acuerdo al párrafo primero del citado artículo 6o., las participaciones federales que recibirán los Municipios del total del Fondo General de Participaciones, nunca serán inferiores al 20% de las cantidades que correspondan al estado; Que el último párrafo del numeral Primero del “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”, establece que el total de Participaciones por los fondos en ella precisados, así como los montos que finalmente reciba cada entidad federativa, pueden verse modificados por la variación de los ingresos efectivamente captados respecto de la estimación, por el cambio de los coeficientes de participación, por la población de acuerdo a la última información oficial que dé a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), y en su caso, por la diferencia de los ajustes a los pagos provisionales correspondientes al ejercicio fiscal de 2016, motivo por el cual la estimación no significa compromiso de pago; Que en términos del artículo 47, primer párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, el ejercicio del presupuesto se sujetará estrictamente a los montos y calendarios presupuestales aprobados, así como a las disponibilidades de la hacienda pública, los cuales estarán en función de la capacidad financiera de la Ciudad de México; Que conforme a los anteriores considerandos, y en cumplimento a la obligación previs ta en el artículo 6o., cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, tengo a bien emitir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO DE MINISTRACIONES, PORCENTAJE, FÓRMULAS Y VARIABLES UTILIZADAS, ASÍ COMO EL MONTO ESTIMADO QUE CORRESPONDE A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES EN INGRESOS FEDERALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016. PRIMERO.- De acuerdo con el numeral Segundo del “Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados que recibirá cada entidad federativa del Fondo General de Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal, por el ejercicio fiscal 2016”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de enero de 2016, las participaciones en el referidas serán entregadas a las entidades federativas atendiendo el calendario que se expresa en el Anexo 1, el cual forma parte íntegra del presente Acuerdo. SEGUNDO.- El porcentaje y monto estimado de las participaciones en ingresos federales correspondientes a las Demarcaciones Territoriales para el ejercicio fiscal 2016, son los contenidos en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Los recursos que reciba la Ciudad de México por concepto de las participaciones en ingresos federales, objeto del presente Acuerdo y, en consecuencia, el monto que de éstas se expresa en el Anexo 2 para cada Demarcación Territorial de la Ciudad
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 de México, pueden verse modificados en los términos establecidos en el artículo 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal; motivo por el cual la estimación presentada no implica compromiso de pago del Gobierno de la Ciudad de México con las Demarcaciones Territoriales. TERCERO.- El ejercicio que las Demarcaciones Territoriales realicen de los recursos estimados, que se mencionan en el numeral anterior, estarán en función de las ministraciones que, con cargo a las participaciones en ingresos federales objeto del presente Acuerdo, realice la Federación a la Ciudad de México, de los calendarios presupuestales mensuales que la Secretaría de Finanzas les autorice a las Demarcaciones Territoriales para el ejercicio fiscal 2016, de sus compromisos de pago debidamente justificados con relación a las funciones a su cargo, y de las disponibilidades de la Hacienda Pública de la Ciudad de México. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 6o., penúltimo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, se dan a conocer las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo y distribución de las participaciones estimadas que, para el ejercicio fiscal 2016, corresponden a las Demarcaciones Territoriales por concepto de participaciones en ingresos federales. Sea: hi = .70 Pobi + PobOi +.30 1 Ʃi 16 Pobi Ʃi 16 PobOi |Imari| 2 Ʃi 16 1 |Imari| FGPi = FGP × ( hi ) FFMi = FFM × ( hi ) PIEPSi= PIESP × ( hi ) y FFRi= FFR × ( hi ) Donde: hi = Coeficiente de participación de la Delegación i; Pobi = Población Total en la Delegación i; Σ i 16 Pobi = Suma de la Población Total en las 16 Delegaciones; PobOi = Población Ocupada en la Delegación i; Σ i 16 PobOi = Suma de la Población Ocupada en las 16 Delegaciones; Imari = Índice de Marginación de la Delegación i; FGP = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Fondo General de Participaciones, se distribuye entre las Delegaciones; FFM = Monto total asignado al Distrito Federal por concepto de Fondo de Fomento Municipal; PIEPS = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Participación en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se distribuye entre las Delegaciones; FFR = Monto que del total asignado a la Ciudad de México por concepto de Fondo de Fiscalización y Recaudación, se distribuye entre las Delegaciones; FGPi = Asignación que del FGP corresponde a la Delegación i;
  • 15. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 15 FFMi = Asignación que del FFM corresponde a la Delegación i; PIEPSi = Asignación que del PIESP corresponde a la Delegación i; FFRi = Asignación que del FFR corresponde a la Delegación i. Respecto de la población total y ocupada en cada Demarcación Territorial, se considera la información contenida en el Censo de Población y Vivienda 2010, y en los Censos Económicos 2014, respectivamente, publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Por lo que corresponde a la variable marginación, se considera la información contenida en la publicación Índice de Marginación por Entidad Federativa y Municipio 2010, del Consejo Nacional de Población (CONAPO). T R A N S I T O R I O ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 10 de febrero de 2016 EL SECRETARIO DE FINANZAS (Firma) _______________________________ EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA
  • 16. ANEXO 1. CALENDARIO DE ENTREGA DE PARTICIPACIONES FEDERALES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2016 (FORMATO I DEL ACUERDO 02/2014)/1 Mes Fondo General de Participaciones Fondo de Fomento Municipal Participaciones en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios Fondo de Fiscalización y Recaudación Enero 25 29 - - Febrero 25 29 - - Marzo 28 31 - - Abril 25 29 - - Mayo 25 31 - - Junio 27 30 - - Julio 25 29 - - Agosto 25 31 - - Septiembre 26 30 - - Octubre 25 31 - - Noviembre 25 30 - - Diciembre 26 30 - - /1 /1 De conformidad con el “Acuerdo por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y calendarización para la ministración durante el ejercicio fiscal 2016, de los Recursos correspondientes a los Ramos Generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, la calendarización y los montos de las participaciones en ingresos federales se determinan en el marco de la Ley de Coordinación Fiscal, con base en la estimación de participaciones aprobada en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2016.
  • 17. ANEXO 2. PORCENTAJES Y MONTOS ESTIMADOS DE PARTICIPACIONES FEDERALES CORRESPONDIENTES A LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO 2016 (FORMATO II DEL ACUERDO 02/2014) (PESOS) Órgano Político-Administrativo Fondo General de Participaciones Fondo de Fomento Municipal Participaciones en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios Fondo de Fiscalización y Recaudación Total Porcentaje Monto (Pesos) Porcentaje Monto (Pesos) Porcentaje Monto (Pesos) Porcentaje Monto (Pesos) Porcentaje Monto (Pesos) Álvaro Obregón 0.077607 843,706,090 0.077607 236,193,169 0.077607 27,430,066 0.077607 43,535,361 0.077607 1,150,864,686 Azcapotzalco 0.070661 768,183,469 0.070661 215,050,822 0.070661 24,974,720 0.070661 39,638,383 0.070661 1,047,847,394 Benito Juárez 0.065189 708,697,827 0.065189 198,397,982 0.065189 23,040,759 0.065189 36,568,915 0.065189 966,705,483 Coyoacán 0.054354 590,904,370 0.054354 165,422,032 0.054354 19,211,128 0.054354 30,490,754 0.054354 806,028,284 Cuajimalpa de Morelos 0.035053 381,074,221 0.035053 106,680,667 0.035053 12,389,256 0.035053 19,663,487 0.035053 519,807,631 Cuauhtémoc 0.108839 1,183,241,136 0.108839 331,245,059 0.108839 38,468,826 0.108839 61,055,421 0.108839 1,614,010,442 Gustavo A. Madero 0.082847 900,667,652 0.082847 252,139,400 0.082847 29,281,966 0.082847 46,474,587 0.082847 1,228,563,605 Iztacalco 0.040994 445,660,424 0.040994 124,761,394 0.040994 14,489,044 0.040994 22,996,145 0.040994 607,907,007 Iztapalapa 0.123238 1,339,776,225 0.123238 375,066,621 0.123238 43,558,003 0.123238 69,132,655 0.123238 1,827,533,504 Magdalena Contreras 0.030933 336,291,864 0.030933 94,143,970 0.030933 10,933,319 0.030933 17,352,711 0.030933 458,721,864 Miguel Hidalgo 0.084606 919,791,712 0.084606 257,493,127 0.084606 29,903,716 0.084606 47,461,391 0.084606 1,254,649,946 Milpa Alta 0.036641 398,339,678 0.036641 111,514,083 0.036641 12,950,581 0.036641 20,554,387 0.036641 543,358,729 Tláhuac 0.038858 422,447,006 0.038858 118,262,862 0.038858 13,734,344 0.038858 21,798,329 0.038858 576,242,541 Tlalpan 0.059457 646,381,160 0.059457 180,952,605 0.059457 21,014,757 0.059457 33,353,365 0.059457 881,701,887 Venustiano Carranza 0.048582 528,156,035 0.048582 147,855,810 0.048582 17,171,092 0.048582 27,252,931 0.048582 720,435,868 Xochimilco 0.042141 458,139,217 0.042141 128,254,797 0.042141 14,894,747 0.042141 23,640,053 0.042141 624,928,814 Total 1.000000 10,871,458,086 1.000000 3,043,434,400 1.000000 353,446,324 1.000000 560,968,875 1.000000 14,829,307,685
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL. AVISO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO AL PÚBLICO EN GENERAL LOS DÍAS INHÁBILES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016 Y ENERO DE 2017 PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DATOS PERSONALES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN GENERAL, COMPETENCIA DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL. PRIMER SUPERINTENDENTE, EDGAR BAUTISTA ANGELES, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 56 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; Y EL ACUERDO PRIMERO PUBLICADO EL DIA 31 DE ENERO DEL 2001, MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN EN EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA AUXILIAR DEL DISTRITO FEDERAL LAS FACULTADES DE SUSCRIBIR LOS DOCUMENTOS RELATIVOS AL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE LA MISMA COMO CUERPO DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO CELEBRAR, OTORGAR Y SUSCRIBIR LOS CONTRATOS, CONVENIOS, ESCRITURAS PÚBLICAS Y DEMÁS ACTOS JURÍDICOS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE DENTRO DEL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, NECESARIOS PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES QUE LE ESTÁN ENCOMENDADAS EN LAS LEYES, REGLAMENTOS Y DEMÁS NORMAS JURÍDICA QUE LA RIGEN. ASÍ COMO LOS LINEAMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE DATOS PERSONALES A TRAVÉS DEL SISTEMA INFOMEX DEL DISTRITO FEDERAL. PUBLICADOS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 23 DE OCTUBRE 2008. Y SU ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 16 DE DICIEMBRE DE 2011. CONSIDERANDO 1.- Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF), los Entes Públicos en su relación con los particulares atenderán los principios de legalidad, certeza jurídica, información, celeridad, veracidad, transparencia y publicidad de sus actos, Asimismo en el artículo 46 de LTAIPDF, se establece que las personas ejercerán su derecho de acceso a la información por medio de la Oficina de Información Pública del Ente Público que la posea. 2.- Que la LTAIPDF establece en su artículo 7 que en todas aquéllas cuestiones relacionadas con el procedimiento, no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará de manera supletoria la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. 3.- Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal establece en su artículo 71 que las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando entre otros, como inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. 4.- Que en términos de lo dispuesto por los artículos 47, 51, 53, 80 fracción II, 86, 90 y 91 de la LTAIPDF, se establecen plazos perentorios para la atención de las solicitudes de acceso a la información pública, la sustanciación y resolución del recurso de revisión, que se promuevan ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. 5.- Que el numeral 22 segundo párrafo, de los LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS ENTES PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL EN LA RECEPCIÓN, REGISTRO, TRÁMITE, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO INFOMEX, publicados el 27 de mayo de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que serán días inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores o los
  • 19. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 19 términos relativos a los procedimientos previstos en dichos lineamientos, mismos que se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse a conocer en el sitio de Internet de INFOMEX. 6.- Que con la finalidad de que los servidores públicos que laboran en la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal pueden gozar de vacaciones correspondientes del año 2016, en términos de lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, sin afectar la calidad de la tramitación de solicitudes de información, así como elaborar en su caso los Informes de Ley que se requieran en los Recursos de Revisión promovidos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, es necesario declarar como días inhábiles los correspondientes al año 2016 y enero del año 2017. 7.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos aplicables en la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general que reciba para su atención la Policía Auxiliar del Distrito Federal. 8.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a los particulares, se hace del conocimiento del público en general el presente Acuerdo, mediante su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados de la Policía Auxiliar y en su portal de Internet. 9.- Que en el ejercicio de sus atribuciones, el Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, emite el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general, los días del año 2016 y enero del año 2017, que serán considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal. Por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el siguiente: ACUERDO PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos administrativos de solicitudes de acceso a la información pública, datos personales y procedimientos administrativos en general, atendidos por la Oficina de Información Pública de la Policía Auxiliar del Distrito Federal, se considerarán días inhábiles; el 21, 22, 23, 24 y 25 de marzo; 5 de mayo; 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de julio; 16 de septiembre; 02 de noviembre, 21 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre, todos del dos mil dieciséis, así como el 2, 3 y 4 de enero de dos mil diecisiete SEGUNDO. Asimismo, serán considerados como días inhábiles los sábados y domingos, los de descansos obligatorios como lo señala en lo que corresponde al año por terminar conforme a los artículos 74 y 715 de la Ley Federal del Trabajo. TERCERO. El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. CUARTO. Una vez publicado el presente Acuerdo Gaceta Oficial del Distrito Federal, de igual manera deberá de hacerse del conocimiento del público en general en los estrados de la Policía Auxiliar del Distrito Federal y a través de la sección de Transparencia del Portal de la Policía Auxiliar y en la sección de avisos del sistema INFOMEX. México D. F., a 03 de Febrero de dos mil dieciseis.* Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal (Firma) ______________________________________________ Primer Superintendente Edgar Bautista Ángeles
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES. AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA. VICENTE LOPANTZI GARCÍA, Director General de Servicios Legales, adscrito a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, cargo que me fue conferido el 16 de septiembre de 2 015, por el C. Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, conforme a las atribuciones que al efecto le otorgan los artículos 122 apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción V del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5, 15, fracción XVI, 17 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 7, fracción XV, numeral 2 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y con fundamento en el artículo PRIMERO DEL “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL “DISTRITO FEDERAL”, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL “DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del “Distrito Federal”, el 21 de febrero de 2002, publicado en la “Gaceta Oficial del Distrito Federal” número 39, de fecha 19 de marzo de 2002, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, COMO APODERADOS GENERALES PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA MISMA, RESPECTO DE LA DEPENDENCIA, UNIDAD ADMINISTRATIVA U ÓRGANO DESCONCENTRADO AL QUE SE ENCUENTRE ADSCRITO. Primero.- Se designa como apoderado general para la defensa jurídica de la Administración Pública del Distrito Federal, respecto de la dependencia, unidad administrativa u órgano desconcentrado al que se encuentra adscrito, al siguiente servidor público: DELEGACIÓN IZTAPALAPA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Lic. Enrique Belmont Vicente, con Cédula Profesional número 09142349. Lic. Juan Manuel Hernández Soto, con Cédula Profesional número 6479016. Lic. Karina Juárez Reyes, con Cédula Profesional número 09282433. Lic. Enrique Lozano López, con Cédula Profesional número 8361069. Lic. Enrique Ulises Medina Araujo, con Cédula Profesional número 3029131. Lic. Ricardo César Oliva Oropeza, con Cédula Profesional número 6116864. Lic. José Andrés Pedrero Cano, con Cédula Profesional número 5239109. Lic. Jesús Ramos Nava, con Cédula Profesional número 7080508. Para una mejor distribución, ejercicio y desarrollo de las facultades que me fueron delegadas, inherentes al puesto para el cual fui designado, que desempeño como representante en juicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, se confiere PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS, con todas las facultades generales y con las especiales que requieran mención o cláusula especial conforme a la ley. De una manera enunciativa y no limitativa, se otorgan las siguientes facultades: a).- Presentar y contestar demandas, reconvenciones y tercerías, oponer excepciones y defensas y comparecer como tercero interesado; b).- Ofrecer toda clase de pruebas, objetar las de la contraria, rendir toda clase de informes; presentar testigos y redargüir los que ofrezca la parte contraria; designar y revocar peritos; c) Absolver y articular posiciones; d) Embargar bienes y presentarse en almonedas; e) Promover incompetencias y recusar jueces; f) Oír resoluciones interlocutorias y definitivas; interponer toda clase de incidentes y recursos ordinarios y extraordinarios; pedir aclaración de sentencias y laudos, así como ejecutarlos;
  • 21. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 21 g) Elaborar demandas de amparo e interponer los recursos que procedan inherentes al juicio; h) Transigir y conciliar mediante autorización expresa del titular de la dependencia, órgano desconcentrado u órgano político-administrativo; comprometer y resolver en arbitraje; i) En materia penal, además de las anteriores, cuando proceda, presentar y ratificar denuncias, acusaciones o querellas; constituirse en coadyuvantes de los Agentes del Ministerio Público del Fuero Común o Federal, en todo lo relacionado con las averiguaciones previas o procesos penales, que se inicien o que se instruyan en todos sus trámites e instancias, así como otorgar perdón mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales; j) Desistirse total o parcialmente en juicios y procedimientos cuando convenga, mediante autorización del titular de la Dirección General de Servicios Legales, y k) Las demás facultades necesarias para que en representación de la Administración Pública del Distrito Federal, haga la defensa jurídica de la misma. Las facultades de representación para la defensa jurídica que se otorgan, se ejercerán ante toda clase de autoridades jurisdiccionales, administrativas o laborales. El presente poder surtirá sus efectos a partir del día siguiente al en que se haga su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en términos del artículo QUINTO del “ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, LA FACULTAD DE DESIGNAR Y REVOCAR APODERADOS PARA LA DEFENSA JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL”, emitido por el C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, el 21 de febrero de 2002, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 39, de fecha 19 de marzo de 2002. Segundo.- Se revocan como apoderados generales para la defensa jurídica de la Administración Pública de la Ciudad de México a los siguientes exservidores públicos: DELEGACIÓN IZTAPALAPA DE LA CIUDAD DE MÉXICO C. Javier Carbajal Ocampo. C. Dafne Connie Castañón Pineda. C. Salvador Equihua Montoya. C. Francisco Javier Hernández Lemus. C. Guillermo Alberto Martínez Estrella. C. Alberto Meza Hernández. C. Anel Karen Mier Espíritu. C. Erasmo Willebaldo Mora Sánchez. C. Guillermo Rojas Olvera. C. Verónica Noemí Sánchez Ramírez. PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a los nueve días del mes de febrero de dos mil dieciséis, el Director General de Servicios Legales, Mtro. Vicente Lopantzi García. (Firma)
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO Lic. Hugo Villa Smythe, Director de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, órgano desconcentrado adscrito a la Secretaria de Cultura del Distrito Federal; con fundamento en los artículos 15, fracción XII, 32 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 8, 10, 12 y 19 de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal; 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 19 y 218 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal y, en virtud de que con oficio número OM/CGMA/2531/2015 la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México otorgó el registro número MEO-44/291215-OD-CFILMA- 20/2008 al Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, emito el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO ENERO 2016 CONTENIDO I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN II. OBJETIVO GENERAL III. INTEGRACIÓN IV. ATRIBUCIONES V. FUNCIONES VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN VII. PROCEDIMIENTO VIII. GLOSARIO IX. VALIDACIÓN Y APROBACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación del 05 de febrero 1917. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10-de julio de 2015. Estatuto de Gobierno Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 2014. Leyes Ley de Filmaciones del Distrito Federal Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de Febrero de 2009, última reforma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de mayo de 2012. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de marzo de 2008. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de diciembre de 2014.
  • 23. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 23 Ley de Archivos del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de noviembre de 2014. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14 de julio de 2014. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de noviembre de 2014. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de junio de 2015. Códigos Código Fiscal del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 29 de enero de 2015. Reglamentos Reglamento de la Ley de Filmaciones del Distrito Federal Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de septiembre de 2009, última reforma 30 de septiembre de 2011. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 01 de octubre de 2015. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 25 de noviembre de 2011 Circulares Circular Uno. 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2015. Normas Lineamientos para la Protección de Datos Personales. Gaceta Oficial del Distrito Federal Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 de noviembre de 2013. Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la instalación y funcionamiento de las Oficinas de Información Pública al interior de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2003. Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de octubre de 2008, Última reforma 16 de diciembre de 2011 Lineamientos Generales para el registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014. Acuerdo mediante el cual se aprueba el criterio que deberán de aplicar los entes obligados, respecto de la clasificación de la información en la modalidad de confidencial. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 28 de octubre de 2011. Manuales Manual Administrativo de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de diciembre de 2015.
  • 24. 24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 II. OBJETIVO GENERAL Contar con un instrumento que permita al Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México establecer los mecanismos de integración, operación, organización y funcionamiento y con el propósito de cumplir de manera detallada este cuerpo colegiado con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pú blica del Distrito Federal y su Reglamento. III. INTEGRACIÓN El Comité estará integrado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y al 57 del Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal por: UN PRESIDENTE: • Director (a) General. SECRETARIO TÉCNICO: • Responsable de la Oficina de Información Pública (OIP) VOCAL. Titular o Enlace de la Unidad Departamental Jurídica VOCAL: • Director (a) de Permisos y Vinculación Interinstitucional. VOCAL. • Director (a) de Promoción y Locaciones INVITADO (A) Contralor (a) Interno (a) de la Secretaría de Cultura. IV. ATRIBUCIONES De conformidad con lo establecido por los artículos 59, 60, 61 y 62 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal el Comité de Transparencia tiene las siguientes atribuciones: Artículo 59. Cada Ente Público contará con un Comité de Transparencia, integrado por los servidores públicos que el titular determine. El titular del Órgano de Control Interno del ente público siempre integrará dicho Comité. Artículo 60. Todos los Comités de Transparencia deberán registrarse ante el Instituto. El Comité adoptará sus decisiones por mayoría de votos de sus integrantes. En caso de empate el titular del Ente Público contará con el voto de calidad. Artículo 61. Compete al Comité de Transparencia: • Proponer el sistema de información del Ente Público;
  • 25. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 25 • Vigilar que el sistema de información se ajuste a la normatividad aplicable y en su caso, tramitar los correctivos que procedan; • Realizar las acciones necesarias para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información; • Revisar la clasificación de información y resguardar la información, en los casos procedentes, elaborará la versión pública de dicha información; • Supervisar el registro y actualización de las solicitudes de acceso a la información, así como sus trámites, costos y resultados; • Promover y proponer la política y la normatividad del Ente Público en materia de transparencia y acceso a la información; • Establecer la o las Oficinas de Información que sean necesarias y vigilar el efectivo cumplimiento de las funciones de estas; • Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos adscritos a la o las Oficinas de Información Pública; • Fomentar la cultura de transparencia; • Promover y proponer la celebración de convenios de colaboración pertinentes para el adecuado cumplimiento de las atribuciones del Comité y de las Oficinas; • Confirmar, modificar o revocar la clasificación de la información hecha por la Oficina de Información Pública del Ente Público; • Suscribir las declaraciones de inexistencia de la información o de acceso restringido; • Proponer los procedimientos para asegurar la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información; • Elaborar y enviar al Instituto, de conformidad con los criterios que éste expida, la información señalada para la elaboración del informe del instituto; Artículo 62. En caso de que la información solicitada no sea localizada, para que el Comité realice la declaración de inexistencia deberán participar en la sesión los titulares de las unidades administrativas competentes en el asunto. V. FUNCIONES Las funciones de los miembros del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México son las siguientes: A.- Del Presidente: • Convocar a las sesiones del Comité; • Presidir, coordinar y dirigir las sesiones del Comité; • Poner a consideración del Comité los asuntos a tratar, y someterlos a votación; • Informar al Instituto, la ampliación del plazo de reserva de la información que se encuentre clasificada como reservada; en términos del artículo 41 de la Ley; • Enviar anualmente al Comisionado Presidente del Instituto, antes del último día hábil del mes de enero, previa autorización del Comité, el informe sobre las actividades y resultados logrados durante el ejercicio inmediato anterior, respecto al acceso a la información pública conforme a lo establecido por el artículo 74 de la Ley; • Someter a la consideración del Comité, las respuestas emitidas por las unidades administrativas con carácter de acceso restringido; • Someter a consideración del Comité la resolución que emita la unidad administrativa para declarar la inexistencia de información solicitada, en los términos del artículo 50 último párrafo de la Ley; y • Emitir voto de calidad en caso de empate. • Vigilar la ejecución de los acuerdos establecidos por el Co mité. • Las demás que le confiera la Normatividad Aplicable. B.- Del Secretario Técnico • Apoyar al Presidente del Comité en la preparación del orden del día de las sesiones del Comité, e integrar la documentación requerida para la realización de las mismas; • Elaborar las actas de sesión del Comité y recabar la firma de los asistentes;
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 • Notificar a los integrantes del Comité las convocatorias de sus sesiones; • Tomar lista de asistencia de cada sesión del Comité y verificar el quórum necesario para llevarla a cabo. • Presidir en caso de ausencia del Presidente las sesiones del Comité. • Dar seguimiento a los acuerdos del Comité; • Llevar el libro de actas y el registro de los acuerdos tomados en las sesiones; • Notificar los cambios de los miembros del Comité; • Notificar a los interesados los acuerdos tomados por el Comité; • Proponer la asistencia de servidores públicos que por la naturaleza de los asuntos a tratar, deban estar presentes en las sesiones del Comité. Los integrantes del Comité promoverán, en el ámbito de sus respectivas competencias, la coordinación e implementación de las acciones derivadas de los acuerdos tomados; y • Las demás que le confiere la Normatividad aplicable, el Comité y aquellas que expresamente le encomiende el Presidente del Comité. C.-De los Vocales • Asistir puntualmente a las sesiones del Comité a las que sean convocados. • Proveer lo necesario para la ejecución de los acuerdos del Comité en el ámbito de su competencia. • Proponer los asuntos que consideren deban incluirse en el orden del día de las sesiones del Comité, enviando oportunamente al Secretario Técnico la documentación correspondiente de los casos que sea necesario someter a la consideración del Comité. • Analizar el contenido del orden del día y de los documentos contenidos en el expediente, correspondiente a los asuntos que se tratarán en cada sesión. • Dar atención y brindar seguimiento a los acuerdos que se tomen en las sesiones del Comité. • Proponer alternativas para la solución y atención de los asuntos sometidos a la consideración del Comité. • Emitir su voto de manera expresa para cada caso que en particular se presente al pleno del Comité. • Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las sesiones a que hubieren asistido. • Informar al Presidente o al Comité cualquier aspecto relevante respecto del manejo de la información, archivos y documentos públicos. • Las demás que expresamente le encomiende el Presidente o el Comité y que no estén atribuidas expresamente a otros integrantes. D.- Invitado (a) (Contraloría) • Firmar las actas y lista de asistencia correspondientes a las sesiones a que hubiere asistido. • Vigilar el estricto cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia. • Emitir dentro del ámbito de su competencia las opiniones sobre los asuntos presentados ante el Comité, haciendo las observaciones o aclaraciones que estime pertinentes, las cuales se asentarán en el acta correspondiente. • Informar al Comité los asuntos relevantes que se observen en el desarrollo de las facultades de fiscalización. • Las demás que le confiera la Normatividad Aplicable. VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN A.-DE LAS SESIONES En la primera sesión se instalara el Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México y se aprobara el Manual Especifico de Integración y Funcionamiento de dicho Comité, mismo que deberá ser registrado en la Oficialía Mayor del Distrito Federal. El Comité llevará a cabo por lo menos cuatro sesiones ordinarias al año, pudiendo celebrar sesiones extraordinarias cuando sean solicitadas por cualquiera de sus integrantes, a efecto de tratar los asuntos previamente integrados. Tratándose de sesiones ordinarias, la convocatoria respectiva deberá realizarse mediante escrito dirigido a cada uno de los miembros propietarios del propio Cuerpo Colegiado con cuarenta y ocho horas de anticipación a la celebración de la sesión a convocarse; para el caso de sesiones extraordinarias, con veinticuatro horas de anticipación, enviando, para ambos casos, conjuntamente la carpeta que contenga la documentación para el desahogo del orden del día.
  • 27. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 27 Para que el Comité pueda sesionar válidamente, deberá estar presentes el 50% más uno de sus integrantes así mismo será convocado para sesiones extraordinarias, cada vez que su Presidente lo considere necesario, a partir de la presentación de solicitudes, cuya información sea catalogada por la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, como de acceso restringido o, en su caso, sea declarada inexistente. Corresponderá al Secretario Técnico la emisión y notificación de las convocatorias de la sesión que se trate. Los asuntos a tratar en las sesiones, deberán contar con los antecedentes, acciones, en su caso, términos de cumplimiento, propuesta de solución y propuesta de acuerdo a adoptar por parte del cuerpo colegiado. La primera sesión de trabajo del Comité se realizará después de su instalación. La Carpeta Informativa con los temas a tratar en cada sesión será elaborada por el Secretario Técnico del Comité, quien dará seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se tomen. B.-DEL COMITÉ Los acuerdos del Comité serán válidos cuando la votación sea de la mitad más uno de los mie mbros con derecho a voto que asistió a la sesión; quien presida la sesión tendrá voto de calidad en caso de empate. En cada sesión se levantará el acta o minuta correspondiente que será firmada por los asistentes a la sesión de que se trate. Los servidores públicos integrantes del Comité no utilizarán los procesos o las actuaciones a las que tengan acceso para lograr fines fraudulentos o dolosos, o alegar hechos contrarios a la realidad, o emplear medios que tiendan a entorpecer la buena marcha de los procedimientos internos de control o actuación. Toda decisión tomada por los integrantes del Comité deberá manifestarse de manera libre e imparcial. Invariablemente el desarrollo de las actividades o funciones encomendadas a los integrantes del Comité, deberá sustentarse en lo dispuesto por la normatividad aplicable al asunto de que se trate, de manera seria y responsable, toda vez que ser un servidor público es un privilegio y una responsabilidad que lo compromete a responder y rendir cuentas de sus actos y de sus omisiones, por lo que invariablemente se trabajará con actitud de servicio, aplicando los conocimientos, habilidades y aptitudes de manera consciente y diligente con el fin último de obtener el eficaz y eficiente desempeño en el cuerpo colegiado. C.-DE LOS ACUERDOS Y VOTACION. Los acuerdos tomados por el Comité serán de observancia obligatoria para las áreas de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Los acuerdos se aprobaran por mayoría simple y sólo en caso de empate, podrá emitir un voto de calidad el Presidente del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, voto que contará, para desempatar la votación. El representante del órgano interno de control no podrá emitir voto alguno, sin embargo su participación podrá incidir en la modificación que de su voto hagan los miembros del Comité con derecho a voto. Los resultados de la votación se harán constar en el acta correspondiente, pudiéndose o no contabilizar nominativamente la votación. El Director General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, con carácter de Presidente, con voz y voto de calidad en casos de empate. El titular de la Oficina de Información Pública, con carácter de Secretario Técnico, con voz y voto.
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 El titular o representante de la Jefatura de Unidad Departamental Jurídica, con carácter de Vocal, con voz y voto. El representante del Órgano Interno de Control con carácter de Invitado, con voz pero sin voto. Los Directores de Promoción y Locaciones y el de Permisos y Vinculación Interinstitucional, de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, con carácter de vocales, con voz y voto. Invitados y/o asesores, que serán designados por el Presidente del Comité, quienes tendrán derecho a voz pero no a voto. D.-DE LAS SUPLENCIAS Las suplencias de los miembros del Comité deberán comunicarse por escrito al Presidente y Secretario Técnico del Comité. Cuando en caso fortuito o por causas de fuerza mayor, el Presidente no asista o se ausente de las sesiones del Comité, el Secretario Técnico presidirá la reunión. E.-DE ORDEN Y RESPETO En caso de ausencia del Presidente y el Secretario Técnico, no podrá celebrarse la sesión ordinaria o extraordinaria de que se trate. Durante las sesiones se establecerá una lista de participaciones para el uso de la palabra, a efecto de establecer un orden en el desarrollo de los asuntos a desahogarse, correspondiendo al Presidente, o a quien presida la sesión de que se trate, conceder y, en su caso, limitar el tiempo otorgado para el uso de la palabra, así como el número de intervenciones sobre cualquier cuestión. F.-CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR En caso de suscitarse un evento de Fuerza Mayor (Ejemplo, Sismo o simulacro de Sismo, Incendio o amenaza de Bomba), que provoque la suspensión de la sesión del Comité ésta se reanudara cuando lo considere el Presidente prudente, previo acuerdo con los demás miembros del Comité de Trasparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. VII. PROCEDIMIENTO Nombre del Procedimiento: Desarrollo de las Sesiones del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Objetivo General: Organizar, preparar y revisar los recursos técnicos logísticos y materiales para la realización de las sesiones de trabajo del Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México, así como vigilar que estas se desarrollen cumpliendo con los lineamientos y normatividad vigentes. Autorizó: Lic. Hugo Villa Smythe. Presidente del Comité de Transparencia de la CFCM. Validó: Lic. Roberto Juárez Pérez. Secretario Técnico del Comité de Transparencia de la CFCM. VIII. GLOSARIO Comité:- Comité de Transparencia de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Datos Personales: Es la información de una persona física, identificada o identificable que tiene relación con su origen étnico o racial, su vida afectiva y familiar, sus características físicas, morales o emocionales, su domicilio y número telefónico, su patrimonio, ideología y opiniones políticas, sus creencias o convicciones religiosas o filosóficas, su estado de salud físico o mental, sus preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad.
  • 29. 12 de Febrero de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 29 Documentos: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades o la actividad de los sujetos obligados y sus servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico. Expediente: Serie ordenada y relacionada de actuaciones y/o gestiones, compuestas por documentos que pertenecen a un mismo asunto o procedimiento tramitado por o ante Entes Obligados; INFODF: Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. INFOMEX: Sistema electrónico para atender las solicitudes de información pública. Información: La contenida en los documentos que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título. Información Confidencial: La información que contiene datos personales y se encuentra en posesión de los Entes Obligados, susceptibles de ser tutelada por el derecho fundamental a la privacidad, intimidad, honor, y dignidad y aquella que la ley prevea como tal: Información Pública: Es público todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico electrónico, magnético, físico que se encuentre en poder de los Entes Obligados o que, en ejercicio de sus atribuciones, tengan la obligación de generar en los términos de esta Ley, y que no haya sido previamente clasificada como de acceso restringido. Información reservada: La información pública que se encuentra temporalmente sujeta a alguna de las excepciones previstas en esta Ley; Información Clasificada: Es la información que posee una Dependencia o Entidad misma que puede ser Reservada o Confidencial conforme a su clasificación. Para fundamentar la clasificación de la información, deberá señalarse el o los ordenamientos jurídicos, artículo, fracción, inciso y párrafo que expresamente le otorgan el carácter de clasificad a. En el caso de información reservada, deberá establecerse el periodo de reserva. La información confidencial permanecerá como tal por tiempo indefinido. Lineamiento: Directriz que establece los límites dentro de los cuales han de realizarse ciertas actividades, así como las características generales que éstos deberán tener. Ley: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Manual: Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Transparencia de la Comisión de filmac iones de la Ciudad de México. OIP: Oficina de Información Pública de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México. Reglamento: Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. Solicitantes: Personas físicas y morales nacionales o extranjeras que presenten solicitudes de acceso ante las dependencias y entidades. Versión Pública: El documento en el que se elimina la información clasificada como reservada o confidencial para permitir su acceso, previa autorización del Comité de Transparencia. Órgano de Control Interno: Contraloría Interna de la Secretaria de Cultura.
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DEMÉXICO 12 de Febrero de 2016 IX. VALIDACIÓN Y APROBACIÓN DEL MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO. ACUERDO.- LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISION DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA 2015, CELEBRADA EL 22 DE DICIEMBRE DE 2015; APRUEBAN EL PRESENTE MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA COMISIÓN DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, FIRMAN PARA LOS EFECTOS A QUE HAYA LUGAR. T R A N S I T O R I O ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México a 5 de febrero de 2016 (Firma) Lic. Hugo Villa Smythe Director General de la Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México y Presidente del Comité de Transparencia
  • 31. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO Publicación del Programa Anual de Obras (PAO) 2016 El Lic. Nicias René Aridjis Vázquez, Director General de Obras y Desarrollo Urbano, con fundamento en los artículos 117 Fracción IX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 120,121, 122 fracción III y 122 Bis Fracción III inciso D), 123 fracción XIV y 126 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo primero del Acuerdo Delegatorio de Facultades, publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1° de julio de 2008; las funciones establecidas en el Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en Benito Juárez, publicado en Gaceta Oficial del Distrito Federal número 152 de fecha 11 de agosto de 2015; así como el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del D.F. y el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, emite el siguiente: Aviso por el cual se da a conocer el Programa Anual de Obras (PAO) para el año 2016, correspondiente a la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano y la Dirección General de Servicios Urbanos. FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 1 203 Recolección de Residuos Sólidos Tonelada 1000 Servicios Personales N/A 94,017,338.00 2000 Materiales y Suministros N/A 16,541,566.00 3000 Servicios Generales N/A 5,183,298.00 Subtotal 115,742,202.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 3 206 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación al Sistema de Drenaje Kilómetro 1000 Servicios Personales N/A 949,216.00 3000 Servicios Generales N/A 10,592,356.00 Subtotal 11,541,572.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 5 207 Mantenimiento de Áreas Verdes Metro Cuadrado 1000 Servicios Personales N/A 2,535,864.00 3000 Servicios Generales N/A 2,316,174.00 Subtotal 4,852,038.00
  • 32. FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 5 208 Servicio de Poda de Árboles Pieza 1000 Servicios Personales N/A 24,966,764.00 Subtotal 24,966,764.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 5 216 Mantenimiento del Suelo de Conservación Metro Cuadrado 1000 Servicios Personales N/A 503,952.00 3000 Servicios Generales N/A 28,402.00 Subtotal 532,354.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 1 6 209 Promoción de Cultura de Manejo de Residuos Sólidos Difusión 1000 Servicios Personales N/A 2,703,158.00 Subtotal 2,703,158.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 211 Balizamiento en Vialidades Metro 1000 Servicios Personales N/A 1,150,201.00 Subtotal 1,150,201.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 215 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Edificios Públicos Inmueble 1000 Servicios Personales N/A 405,736.00 3000 Servicios Generales N/A 3,523,933.00 Subtotal 3,929,669.00
  • 33. FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 216 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Banquetas Metro Cuadrado 3000 Servicios Generales N/A 4,060,000.00 6000 Inversión Pública O02D36005 Mantenimiento de banquetas, guarniciones y obras complementarias en varias colonias 14,337,663.00 Subtotal 18,397,663.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 217 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Comercial Inmueble 6000 Inversión Pública O02D36002 Conservación y mantenimiento de mercados 6,609,915.00 Subtotal 6,609,915.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 218 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación en Vialidades Secundarias Metro Cuadrado 1000 Servicios Personales N/A 11,459,234.00 2000 Materiales y Suministros N/A 5,822,047.00 3000 Servicios Generales N/A 1,135,220.00 6000 Inversión Pública O02D36006 Mantenimiento de carpeta asfáltica y obras complementarias en vialidades secundarias de varias colonias 20,000,000.00 Subtotal 38,416,501.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 219 Mantenimiento, Rehabilitación y Conservación de Imagen Urbana Espacio Público 1000 Servicios Personales N/A 75,870,828.00 3000 Servicios Generales N/A 28,833.00 6000 Inversión Pública O02D36000 Trabajos por definir 13,120,000.00 Subtotal 89,019,661.00
  • 34. FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 1 220 Señalamiento en Vialidades Pieza 3000 Servicios Generales N/A 1,200,000.00 Subtotal 1,200,000.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 3 222 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura de Agua Potable Metro 1000 Servicios Personales N/A 422,149.00 3000 Servicios Generales N/A 1,372,340.00 Subtotal 1,794,489.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 2 4 223 Alumbrado Público Luminaria 1000 Servicios Personales N/A 393,834.00 3000 Servicios Generales N/A 19,171,929.00 6000 Inversión Pública O02D36001 Trabajos por definir con el denominado presupuesto participativo en varios comités 43,725,141.00 Subtotal 63,290,904.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 4 1 212 Mantenimiento Delegacional de Espacios Deportivos Inmueble 1000 Servicios Personales N/A 68,819,034.00 3000 Servicios Generales N/A 11,000,000.00 Subtotal 79,819,034.00 FI F SF AI DENOMINACIÓN U.M. CAPITULO DENOMINACIÓN PROYECTO DE INVERSIÓN Y DESCRIPCIÓN TOTAL ASIGNADO 2 4 1 214 Mantenimiento, Conservación y Rehabilitación de Infraestructura Cultural Inmueble 1000 Servicios Personales N/A 36,238,972.00 Subtotal 36,238,972.00