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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 20 DE MAYO DE 2016 No. 76
Í N D I C E
 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Secretaría de Obras y Servicios y Sistema de Transporte Colectivo
 Nota aclaratoria al Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para el Premio de Ingeniería Ciudad de
México 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2016 4
Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México
 Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal dictaminado y registrado con el número MEO-20/200416-D-SSPDF-
8/020216 5
 Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal
Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, dictaminado y registrado con el número
MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216 33
Procuraduría General de Justicia
 Acuerdo A/012/2016 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se otorga a la persona
titular de la Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos, la
Facultad de Certificar al Personal adscrito a las Unidades de Mediación en Procuración de Justicia, con Funciones
de Facilitador 49
Consejería Jurídica y de Servicios Legales
 Aviso por el que se da a conocer la designación de servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad
de México, como Apoderados Generales para la Defensa Jurídica de la misma 50
 Continúa en la Pág. 2
2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal
 Aviso por el cual se da a conocer la modificación al Sistema de Datos Personales sobre Declaraciones
Patrimoniales de Servidores Públicos del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Distrito Federal 52
Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA)
 Aviso por el que se da a conocer el resultado de la Convocatoria publicada el 31 de marzo de 2016, de acuerdo a la
demanda de participación en el Programa de Otorgamiento de Ayudas para la Prestación de Servicios de
Tratamiento Integral contra el Consumo de Sustancias Psicoactivas a Organizaciones de la Sociedad Civil,
Organismos Públicos y Privados en la Ciudad De México (PROSUST), el Comité Dictaminador seleccionó a los
siguientes establecimientos 54
Instituto Electoral del Distrito Federal
 Aviso por el que los interventores designados para el proceso de liquidación dan a conocer la Lista de Acreedores
de las Asociaciones Civiles constituidas para las Candidaturas Independientes registradas en el Otrora Distrito
Federal en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, y que se listan a continuación 56
 CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
 Secretaría de Desarrollo Económico.- Licitación Pública Nacional Segunda Convocatoria Número
SEDECO/LPN/04/2016.- Servicio de Levantamiento de información estadística y geográfica, registro e inscripción
de titulares o encargados de micronegocios de la Ciudad de México 63
 Delegación Venustiano Carranza.- Licitación Pública Nacional Número 30001030-008-2016.- Convocatoria No.
08/2016.- Adquisición de bienes 65
 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública
Nacional Número LPN/DA/CRHM/001/2016.- Convocatoria No. 001.- Servicio de limpieza y recolección de
basura en instalaciones 67
 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública
Nacional Número LPN/DA/CRHM/001/2016.- Convocatoria No. 002.- Servicio integral para la impartición de
cursos para el desarrollo del proyecto de fortalecimiento a operadores especializados en adicciones con modalidad
residencial bajo el modelo de ayuda mutua y mixto 68
 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública
Nacional Número LPN/DA/CRHM/003/2016.- Convocatoria No. 003.- Servicio de monitoreo diario de medios de
difusión masiva impresos y electrónicos (radio y televisión, portales de medios en la web, agencias de información) 69
 SECCIÓN DE AVISOS
 Grupo Diabeclinics, S.A.P.I. de C.V. 70
 Consultec Ingenieros Asociados, S.C. 71
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Y SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO
Ing. Edgar Oswaldo Tungüí Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 16
fracción II y IV, 27 fracciones III, X y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 7 fracción V, 26
fracción II y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Lic. Jorge Gaviño Ambriz, Director
General del Sistema de Transporte Colectivo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción III y IX de la Ley Orgánica de
la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 21 fracciones I y
XVIII del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, de manera conjunta, hemos tenido a bien emitir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA EL PREMIO DE
INGENIERÍA CIUDAD DE MÉXICO 2016, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO NO. 66,
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 6 DE MAYO DE 2016.
PÁGINA 4, NUMERAL 13.
DICE:
13. Las propuestas se podrán entregar a partir de esta fecha y, a más tardar, hasta el 31 de mayo de 2016.
DEBE DECIR:
13. Las propuestas se podrán entregar a partir de esta fecha y, a más tardar, hasta el 10 de junio de 2016.
PÁGINA 4, NUMERAL 16.
DICE:
16. Los integrantes del jurado, una vez recibida la documentación de los candidatos, tendrán quince días hábiles para preparar su
propuesta.
DEBE DECIR:
16. Los integrantes del jurado, una vez recibida la documentación de los candidatos, tendrán quince días naturales para preparar su
propuesta.
PÁGINA 5, NUMERAL 19.
DICE:
19. Los candidatos que cumplan con los requisitos serán notificados oportunamente, como máximo el día 7 de junio de 2016.
DEBE DECIR:
19. Los candidatos que cumplan con los requisitos serán notificados oportunamente, como máximo el día 14 de junio de 2016.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 18 de mayo de 2016
EL SECRETARIO DE OBRAS
Y SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MEXICO
(Firma)
ING. EDGAR OSWALDO TUNGÜÍ RODRÍGUEZ
EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA
DE TRANSPORTE COLECTIVO
(Firma)
LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12, fracciones IV y VI, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15
fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3,
fracción XXVIII, 4, 6 y 8 fracción IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 5, 7
y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía
Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya
actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor
funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual
Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, registrado ante
la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien registrarlo con el número MEO-20/200416-
D-SSPDF-8/020216.
En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE
VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DICTAMNADO Y
REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216
MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE
SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Marzo 2016
Registro: MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
II. OBJETIVO GENERAL
III. INTEGRACIÓN
IV. ATRIBUCIONES
V. FUNCIONES
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
VII. PROCEDIMIENTO(S)
VIII. GLOSARIO
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4º párrafo séptimo publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 05 de febrero 1917. Ultima reforma el 29 de enero de 2016.
ESTATUTO
2. Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, publicado en la Gaceta oficial de
Distrito Federal el 15 de mayo de 2008.
LEYES
3. Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, Artículos 37 fracciones I y II; 38 y 39, publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1986.
4. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 1º, 5º, y 15 fracción X, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998. Ultima reforma el 18 de noviembre de 2015.
5. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Artículo 12 fracción I, publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 20 de mayo de 2003. Ultima reforma el 15 de julio de 2011.
REGLAMENTOS
6. Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, Artículos 33 fracciones I y II;
34 fracciones I y II; 35 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI; 36, 37 fracciones I, II, III, IV, V y VI; 38, 39,
40, 41, 42, 43, 44 y 45 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de
mayo de 1988.
7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículo 7º fracción X, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2000. Ultima reforma 18 de enero de 2016.
8. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 16 de octubre de 2008. Ultima reforma el 29 de enero de 2016.
ACUERDOS
9. Acuerdo N°7-4/ORD/2015, de fecha 09 de diciembre de 2015, donde el Consejo Directivo de la Caja de Previsión de la
Policía Preventiva del Distrito Federal, aprueba el Programa de Vivienda para el ejercicio 2016 y de conformidad al Oficio
GG/12- 587/2015, signado por la Gerente General de dicho Organismo, mediante el cual informa que a la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal se autorizaron 275 Créditos Hipotecarios.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
10. Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 29 de diciembre de 2015.
GUÍAS
11. Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de
Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de
agosto de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
Establecer la integración y funcionamiento del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública, para que sus
integrantes cumplan las disposiciones legales en materia de otorgamiento de créditos hipotecarios al personal operativo y
administrativo con tipo de nómina 4 que se encuentren Activos y que cotice a la Caja de Previsión de la Policía Preventiva
del Distrito Federal, con el propósito de contribuir a elevar la calidad y mejorar su nivel de vida, así mismo lograr que dicho
otorgamiento se lleve a cabo dentro de un marco de equidad, transparencia y legalidad.
III. INTEGRACIÓN
El Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública y Gerente General
de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal:
I. El Secretario de Seguridad Pública, quien fungirá como Presidente.
II. El Director General de Administración de Personal, quien fungirá como Secretario Ejecutivo.
III. El Subdirector de Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Secretario Técnico.
IV. Vocales:
• Subsecretario de Operación Policial.
• Gerente General de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
• Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos.
• Director General de Asuntos Jurídicos.
• Director General de Prevención del Delito.
V. Asesores:
• Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública.
• Director General del Consejo de Honor y Justicia.
IV. ATRIBUCIONES
El Comité de Vivienda es un Órgano Colegiado de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que tiene por
objeto establecer las bases de selección de los aspirantes para el otorgamiento de un crédito hipotecario, que serán
propuestos a la “Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal”, de conformidad con los requisitos
señalados en la Ley de la materia.
Los miembros del Comité durarán en su cargo, el tiempo que subsista su nombramiento como servidores públicos de
mandos medios y superiores en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Lo no previsto en el Manual lo resolverán los miembros del Comité de Vivienda atendiendo lo dispuesto por los
ordenamientos aplicables.
V. FUNCIONES
Del Comité de Vivienda
1. Dar seguimiento al Programa Anual de Vivienda, autorizado por el Consejo Directivo de la CAPREPOL.
2. Solicitar el padrón de aspirantes para el otorgamiento de un crédito hipotecario antes de efectuar el procedimiento de
selección.
3. Determinar el procedimiento de selección de aspirantes que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,
proponga a la CAPREPOL, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que se establecen en su Ley y Reglamento.
4. Verificar el cumplimiento de los acuerdos que el Comité determine.
8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
5. Establecer las condiciones de recepción, integración y envío de los expedientes de beneficiarios a la CAPREPOL, de
acuerdo al calendario anual proporcionado por la misma; con la finalidad de que los créditos hipotecarios se entreguen en
tiempo y forma.
6. Solicitar a la CAPREPOL que informe la cantidad de beneficiarios a los que se les otorgó un crédito hipotecario en años
anteriores.
7. Aprobar el calendario de sesiones ordinarias.
8. Aprobar las actas de las sesiones que se lleven a cabo.
9. El Comité deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales internas y demás aplicables en materia de prestaciones y
estímulos.
Del Presidente
1. Presidir formalmente las sesiones.
2. Suspender o diferir las sesiones en caso de que no se reúna el 50% más uno, de los integrantes del Comité.
3. Someter a consideración del Comité la orden del día en las sesiones ordinarias y extraordinarias.
4. Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo considere necesario o a petición de la mayoría de los miembros.
5. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones.
6. Orientar las resoluciones y acciones del Comité a los criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, legalidad,
imparcialidad y honradez, que deben concurrir en la función de la prestación del servicio.
Del Secretario Ejecutivo
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones y conducir el desarrollo de las mismas.
2. Vigilar la correcta elaboración de la orden del día de cada sesión y el listado de casos que se someterán a dictamen.
3. Supervisar que se envíe oportunamente a los miembros del Comité la convocatoria y la carpeta de trabajo de cada sesión.
4. Vigilar que se integren los expedientes y los archivos con la documentación que sustente los actos y acuerdos tomados
por el Comité.
5. Efectuar el seguimiento de las acciones y acuerdos del Comité y mantener informado al Presidente de su integro y estricto
cumplimiento.
6. Las demás que le sean asignadas por el Presidente.
Del Secretario Técnico
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
2. Auxiliar al Presidente en el ejercicio de sus funciones.
3. Remitir con 48 horas de anticipación a los miembros del Comité la convocatoria y carpeta de trabajo de cada sesión
ordinaria y con 24 horas de anticipación la carpeta de sesiones extraordinarias.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
4. Enviar a los miembros del Comité copia del acta de la sesión para su análisis, a más tardar 10 días hábiles después de
cada sesión.
5. Recibir del Secretario Ejecutivo para su incorporación en la orden del día los asuntos que serán sometidos a
consideración y acuerdo del Comité.
6. Elaborar y resguardar la documentación que se cuenta de los trabajos, acuerdos y acciones del Comité.
7. Elaborar y proponer el calendario anual de sesiones ordinarias.
8. Las demás que expresa y formalmente le asigne el Presidente, el Secretario Ejecutivo o el pleno del Comité.
De los Vocales
1. Asistir puntualmente e invariablemente a las sesiones.
2. Proponer en forma clara y concreta, alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a
consideración y resolución del Comité.
3. Analizar la situación laboral del solicitante de crédito hipotecario, con el objeto de verificar que no esté impedido
legalmente por resolución que haya causado ejecutoria.
4. Vigilar que las resoluciones del Comité se emitan con apego en lo dispuesto en el Manual.
5. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el pleno del Comité.
De los Asesores
1. Asistir puntualmente e invariablemente a las sesiones.
2. Coadyuvar con los miembros del Comité a la interpretación y aplicación de la normatividad.
3. Emitir opiniones jurídicas en cuanto a la aplicación de los ordenamientos legales.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
Del Comité
1. En el Comité se analizarán y evaluarán los asuntos relevantes en materia de Vivienda que incidan o puedan repercutir en
el logro de los objetivos, metas y programas institucionales.
2. Sólo por excepción, con autorización del Presidente, podrán ser tratados otros asuntos relacionados con el Comité de
Vivienda, cuando por la importancia o naturaleza de éstos, así lo amerite.
3. La convocatoria será remitida por el Secretario Técnico a cada uno de los miembros del Comité mediante oficio
conforme al calendario autorizado, en el cual se señalará lugar, fecha y hora para la celebración de la sesión y se
acompañará del orden del día. En la misma, se anexará la carpeta de trabajo y, en su caso, información soporte que será
tratada en el Pleno del Comité.
4. El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar o de forma extraordinaria a
solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros.
De las suplencias
1. Los miembros propietarios del Comité podrán nombrar un suplente en casos excepcionales, quien en representación de
aquel, tendrá las mismas atribuciones y funciones, el suplente deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al miembro
propietario y hasta Jefe de Unidad Departamental y no podrá designar personal de honorarios o eventuales.
10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
De la integración de las carpetas
1. La propuesta del orden del día será elaborada por el Secretario Técnico, e incluirá los siguientes conceptos:
1.1 Declaración de inicio de la sesión.
1.2 Aprobación del orden del día.
1.3 Presentación de asuntos a tratar.
De las sesiones
1. Generalidades
1.1 En la primera sesión ordinaria, el Comité determinará y aprobará el Programa de Vivienda vigente.
1.2 El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar o de forma extraordinaria a
solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros.
1.3 En caso de que se modifique alguna fecha establecida en el calendario de sesiones, el Secretario Técnico deberá
informarlo con oportunidad y por escrito o por medio electrónico a los integrantes del Comité, indicando la nueva fecha en
que se llevará a cabo la sesión; en este último caso, deberá cerciorarse de la recepción de la información.
1.4 El calendario de sesiones será sometido al Pleno del Comité y deberá ser emitido por el Secretario Ejecutivo, a efecto de
que el Secretario Técnico lo informe oportunamente a los integrantes del Comité.
1.5 Para la celebración de las sesiones ordinarias, se considera que existe quórum con la asistencia del 50% más uno de sus
miembros.
2. Del desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias
2.1 Al inicio de la sesión, el Secretario Técnico pasará lista de asistencia y verificará que exista el quórum e informará al
Secretario Ejecutivo.
2.2 El Secretario Ejecutivo declarará formalmente si procede o difiere la sesión.
2.3 Se hará del conocimiento del Comité el orden del día de la sesión.
2.4 Se procederá al análisis y discusión de los asuntos planteados en la carpeta de trabajo y, una vez hechas las
manifestaciones de los miembros, se someterán a votación los puntos controvertidos y se asentarán en el acta los acuerdos
correspondientes.
2.5 El Secretario Técnico procederá a la formalización del acta aprobada, recabando las firmas de los miembros.
2.6 El Secretario Ejecutivo es el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra y procurará en todo
momento que la exposición de los puntos de vista sean serios, responsables y congruentes con el asunto en análisis.
2.7 El Secretario Ejecutivo vigilará que se registren en el acta correspondiente, todas y cada una de las consideraciones
vertidas en relación a cada asunto tratado por el Comité.
2.8 El Secretario Ejecutivo deberá someter a votación la propuesta de cada caso y cuantificar los votos a favor, en contra y
abstenciones.
2.9 En asuntos generales del orden del día, se desahogarán aquellos asuntos que el Comité estime conveniente tratar.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
2.10 Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para ventilar los asuntos para los que se convocó.
3. De la presentación de los casos
3.1 Los casos se presentarán al Comité por conducto del Secretario Técnico, en estricto apego al orden del día autorizado;
incluidos en la carpeta de trabajo.
3.2 La presentación de cada caso deberá incluir un planteamiento claro, concreto y completo del mismo.
4. De la votación
4.1 Las decisiones del Comité se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos.
4.2 Las votaciones se regularán de la siguiente forma:
4.2.1. El Presidente tendrá derecho a voz y voto y, además, contará con voto de calidad en caso de empate.
4.2.2. El Secretario Ejecutivo tendrá derecho a voz y voto.
4.2.3. El Secretario Técnico tendrá derecho a voz y voto.
4.2.4. Los Vocales tendrán derecho a voz y voto.
4.2.5. Los Asesores tendrán derecho a voz pero no a voto.
VII. PROCEDIMIENTO(S)
Nombre del Procedimiento: Desarrollo de sesiones del Comité de Vivienda
Objetivo General: Realizar las sesiones correspondientes al Comité de Vivienda para Personal Operativo y Administrativo
de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal activos, permitiendo tener un orden para la votación y toma de
decisiones del pleno de manera ágil y transparente.
Descripción Narrativa:
Actor No. Actividad Tiempo
Secretario Técnico 1 Integra “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden
del día con base a los casos y/o asuntos a tratar en cada
Sesión del Comité de Vivienda.
7 días
2 Remite al Secretario Ejecutivo “Carpeta de Trabajo”
con propuesta del orden del día, a fin de que se revise y
en su caso recabe firma de autorización del Presidente.
1 día
Secretario Ejecutivo 3 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden
del día.
20
minutos
4 Revisa que en la “Carpeta de Trabajo” los casos a
tratar cuenten con los requisitos establecidos en el
punto número 6 de los aspectos a considerar de este
ordenamiento.
1 hora 40
minutos
¿Cumplen con requisitos los casos a tratar?
NO
5 Señala las correcciones a realizar y/o la documentación
que falta por integrar.
1 hora
12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
Actor No. Actividad Tiempo
Secretario Ejecutivo 6 Turna la “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico. 15
minutos
(Conecta con la Actividad 1).
SÍ
7 Rubrica de visto bueno la “Carpeta de Trabajo”. 1 día
8 Envía “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden
del día, al Presidente del Comité para su autorización.
15
minutos
Presidente 9 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden
del día.
20
minutos
10 Revisa “Carpeta de Trabajo” que los casos a tratar
estén debidamente integrados.
2 horas
11 Firma de autorización la “Carpeta de Trabajo”. 20
minutos
12 Turna “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico a
través del Secretario Ejecutivo para su posterior
difusión a los integrantes del Comité de Vivienda.
2 horas
Secretario Técnico 13 Recibe “Carpeta de Trabajo” autorizada. 20
minutos
14 Elabora “Oficio” convocando a cada uno de los
integrantes del Comité de Vivienda para que asistan a
sesión en la fecha y hora programada.
15
minutos
15 Remite “Oficio” anexando “Carpeta de Trabajo” y en
su caso información en medio magnético.
40
minutos
16 El día de la Sesión, recaba firmas de asistencia de los
integrantes del Comité.
5 minutos
17 Informa al Presidente el número de participantes para
establecer si hay quórum suficiente para llevar a cabo
la Sesión.
5 minutos
Actor No. Actividad Tiempo
¿Existe quórum?
NO
Presidente 18 Suspende la sesión por existir el 50% o menos de
asistencia de los integrantes del Comité de Vivienda.
2 minutos
19 Designa nueva fecha para realizar sesión ordinaria o
extraordinaria.
3 minutos
(Conecta con el fin del procedimiento)
SÍ
20 Declara instalada la sesión ordinaria o extraordinaria
por existir el 50% más uno de asistencia de los
integrantes del Comité de Vivienda.
5 minutos
Secretario Ejecutivo 21 Realiza la presentación de la orden del día, dando a
conocer los acuerdos y acciones del Comité de
Vivienda.
3 horas
22 Lleva a cabo el conteo de la votación de los miembros
del pleno.
2 minutos
23 Da lectura a los asuntos generales tratados. 3 minutos
Presidente 24 Comunica al pleno que se da por concluida la sesión. 5 minutos
Secretario Ejecutivo 25 Elabora Acta de acuerdos tomados en Sesión. 2 días
Presidente 26 Recaba firmas del Acta de Sesión, de los miembros del
Comité participantes.
7 días
27 Elabora “Oficio” para enviar “Acta de Sesión”. 15
minutos
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
28 Envía “Acta de Sesión” debidamente requisitada. 15
minutos
29 Remite “Oficio” con “Acta de Sesión” debidamente
requisitada, a cada uno de los miembros participantes
del Comité de Vivienda.
15
minutos
Fin del Procedimiento
Tiempo total de ejecución: 18 días, 13 horas y 40 minutos
Aspectos a considerar:
1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Capítulo
I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Vivienda para Personal
Operativo y Administrativo de tipo de nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
2. El Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en el apartado de la Subdirección de
Prestaciones y Cumplimientos, Objetivo 2, Función II establece:
2.1 Coordinar y supervisar el desarrollo de los trabajos del Sorteo Anual de Vivienda de los Créditos que otorga la Caja de
Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (CAPREPOL) al personal con tipo de nómina 4, con apego al Manual
del Comité de Vivienda y normas aplicables.
3. De conformidad a lo dispuesto en el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en
el Apartado de la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social, en el Objetivo 1, funciones III, IV y
V establece:
3.1 Coordinar las sesiones del Comité de Vivienda, observando el cumplimiento de los lineamientos de dicho Comité, el
Manual de Procedimiento para el Sorteo de Créditos Hipotecarios para el Personal de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal con tipo de Nómina Cuatro y las disposiciones que refiere la Ley y el Reglamento de la mencionada Caja.
3.2 Recibir, cotejar e integrar la documentación requerida por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito
Federal (CAPREPOL) para el Programa de Vivienda de acuerdo con los lineamientos.
3.3 Desarrollar el sorteo de crédito de Vivienda que otorga la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal
(CAPREPOL) e integrar los expedientes individuales para que se envíen a la misma para su validación y en caso de ser
procedente se le otorgue al beneficiario el crédito para vivienda.
4. Los aspirantes a participar en la selección de esta prestación, deberán acudir a la Oficina de Vivienda y Crédito
Hipotecario, dependiente de la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, adscrita a la Dirección
General de Administración de Personal, para integrar el expediente básico.
5. Para poder participar en el sorteo, deberán integrar el expediente señalado a través de los siguientes requisitos y
documentación oficial vigente:
5.1. Acreditar ser personal de haberes (Nómina 4) activo al momento del registro de la solicitud respectiva.
5.2. Contar mínimo con cinco años de servicio ininterrumpidos en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y
cotizar por el mismo tiempo en la CAPREPOL.
5.3. Tener menos de 60 años de edad.
5.4. No haber sido beneficiado con anterioridad con algún crédito hipotecario por parte de la CAPREPOL.
14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
5.5. Requisitar la solicitud en original; así como presentar copia de la Identificación Oficial vigente (I.F.E., I.N.E., Pasaporte
vigente y/o Cédula Profesional), así como copia de la Credencial vigente emitida por la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal y un fólder tamaño carta color beige.
6. Los beneficiarios del sorteo podrán consultar su capacidad de crédito en la página de Internet www.caprepol.df.gob.mx,
tomando en consideración que de solicitar un préstamo a corto plazo se limitará hasta el 10 % de su cotización para asegurar
su capacidad crediticia.
7. Todos aquellos trabajadores que sean beneficiados con un crédito hipotecario, únicamente podrán ejercerlo en el Distrito
Federal u otros Estados ubicados en la Zona Conurbada a éste.
8. El personal de transferencia de la Policía Bancaria e Industrial del Distrito Federal, deberá presentar original y copia de la
hoja de servicio expedida por dicha Corporación.
9. Los demás que señalan la Ley de la CAPREPOL y su Reglamento.
10. La selección de los beneficiarios del otorgamiento de esta prestación estará sujeta a los criterios establecidos
previamente por el Comité de Vivienda de esta Secretaría.
10.1 La difusión del programa se realizará a través de Convocatoria que será publicada y colocada en todas las áreas que
integran la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
10.2 Los boletos del personal inscrito para participar en el sorteo, serán remitidos al Órgano Interno de Control en esta
Secretaría, para su guarda, custodia y revisión 3 días hábiles previos a dicho evento.
10.3 Una vez realizado el sorteo abierto y transparente de vivienda, la difusión del listado de los beneficiarios se publicará
en las instalaciones que ocupa la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, ubicado en la Avenida José
María Izazaga número 89, Colonia Centro, así como en los edificios ubicados en Londres número 107 y Liverpool número
136, Colonia Juárez, todos en la Delegación Cuauhtémoc.
10.4 Se notificará mediante oficio para que el personal beneficiado se presente de forma “URGENTE” en la Oficina de
Vivienda y Crédito Hipotecario, para dar inicio al trámite respectivo.
10.5 Los suplentes tendrán dicho carácter sólo para el programa de vivienda CAPREPOL, en el año que resultaron
seleccionados.
10.6 Se notificará a la CAPREPOL oportunamente el nombre de los agraciados en el sorteo para su publicación en la página
web; la CAPREPOL publicará su estatus crediticio y capacidad de pago, los beneficiarios de un crédito hipotecario solo
podrán renovar su préstamo a corto plazo hasta por el 10% de su capacidad crediticia.
10.7 Cabe señalar que para la integración y envío de expedientes se llevará de acuerdo a los lineamientos y requisitos
establecidos por la CAPREPOL.
10.8 Para los elementos que hayan sido beneficiados con un crédito hipotecario, por parte de la CAPREPOL, la dispersión
de nómina se realizará a través de descuentos quincenales vía nómina por el tiempo establecido en la escrituración.
11. Será motivo de cancelación y/o acciones procedentes del trámite cuando se incurra en cualquiera de los siguientes
supuestos:
11.1 Que haya sido beneficiado con algún tipo de crédito hipotecario proporcionado por la Caja de Previsión de la Policía
Preventiva del Distrito Federal, con anterioridad.
11.2 Se le esté aplicando al momento de hacer la solicitud más del 10% de su salario por concepto de pensión alimenticia.
11.3 Presente documentación falsa y/o alterada.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
11.4 Disfrute de licencia sin goce de sueldo.
11.5 Cause baja de esta Secretaría.
11.6 Se encuentre inscrito en algún programa de vivienda otorgado por el Gobierno del Distrito Federal y que haya recibido
algún crédito hipotecario.
11.7 No integre la documentación en la fecha establecida en la carta compromiso:
11.7.1. 45 días naturales Adquisición de Vivienda Nueva.
11.7.2. 60 días naturales Adquisición de Vivienda Usada, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo,
Redención de Gravamen, Mejoras y Reparación a Inmueble Propio y Construcción de Vivienda en Terreno Propio.
11.8 Por renuncia voluntaria y expresa.
11.9 No cuente con capacidad de crédito determinada por la CAPREPOL.
11.10 No se presente dentro de los 15 días hábiles, una vez notificado conforme al punto 10.4.- Término que será
improrrogable.
11.11 No se presente dentro de los 15 días naturales para solventar las inconsistencias que en su caso hayan sido detectadas
por el personal de la Oficina de Vivienda y Crédito Hipotecario, quien solicitará por escrito al interesado subsanar las
mismas, siempre y cuando se cumpla con las fechas límite establecidas por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del
Distrito Federal, para la recepción de los expedientes.
11.12 No se presente dentro de los 30 días naturales, para solventar las inconsistencias, que en su caso haya detectado la
CAPREPOL, en los expedientes que le hayan sido remitidos; se solicitará por escrito al interesado subsanarlas, siempre y
cuando se cumpla con las fechas límite establecidas por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal,
para la recepción de los expedientes.
Cuando el interesado, se encuentre en alguno de los supuestos referidos, se hará de su conocimiento la cancelación del
crédito, mediante notificación por escrito.
12. Para efectos del presente procedimiento se entenderá por:
12.1 Consejo Directivo.- Órgano Colegiado de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
12.2 Comité.- Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
12.3 Titular o Suplente.- Personal activo de haberes (Nómina 4) que habiendo solicitado dicha prestación y reunido los
requisitos, resultó agraciado para proponerlo a la CAPREPOL.
12.4 Crédito Hipotecario.- Adquisición de Vivienda Nueva, Adquisición de Vivienda Usada, Construcción de Vivienda en
Terreno Propio, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo, Mejoras y Reparaciones a Inmueble
Propio y Redención de Gravamen, son las diferentes modalidades a que tiene derecho el personal activo.
12.5 Programa.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega de Créditos Hipotecarios.
12.6 Secretaría.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
12.7 CAPREPOL.- Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
12.8 Manual Específico.- Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda para Personal Operativo y
Administrativo de Tipo de Nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
Nombre del Procedimiento: Otorgamiento de Crédito
Objetivo General: Otorgar los créditos hipotecarios al personal operativo y administrativo de tipo de nómina 4 activos de la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que hayan cumplido en tiempo y forma con los requisitos establecidos
y hayan sido beneficiados como titulares del crédito.
Descripción Narrativa:
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
1 Elabora “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para
participar en el Sorteo.
3 días
2 Rubrica “Listado” del Personal Inscrito para participar
en el Sorteo.
2 horas
3 Envía “Listado” del Personal Inscrito para participar en
el Sorteo a la Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos.
15
minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
4 Recibe para su revisión y aprobación “Listado” y
Boletos del Personal Inscrito para participar en el
Sorteo.
4 horas
¿Están correctos los documentos?
NO
5 Señala las correcciones a realizar del “Listado” del
Personal Seleccionado.
2 horas
6 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de
Prestaciones y Trabajo Social decisión.
15
minutos
(Conecta con la Actividad 1).
SÍ
7 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de
Prestaciones y Trabajo Social decisión.
15
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
8 Recibe de la Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos, “Listado” y Boletos del Personal
Inscrito para participar en el Sorteo aprobados.
15
minutos
9 Elabora “Oficio” con “Listado” y Boletos del Personal
Inscrito para participar en el Sorteo.
15
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
10 Envía “Oficio” con “Listado” y Boletos del Personal
Inscrito para participar en el Sorteo a la Dirección
General de Administración de Personal.
15
minutos
Dirección General de
Administración de Personal
11 Recibe para su revisión y aprobación “Oficio” con
“Listado” y Boletos del Personal Inscrito para
participar en el Sorteo.
2 horas
¿Están correctos los documentos?
NO
12 Señala las correcciones a realizar del “Listado” y
Boletos del Personal Inscrito para participar en el
Sorteo.
15
minutos
13 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de
Prestaciones y Trabajo Social.
15
minutos
(Conecta con la Actividad 1).
SÍ
14 Firma “Oficio”. 15
minutos
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
15 Turna “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para
participar en el Sorteo a la Contraloría Interna en la
Secretaría para su atención.
15
minutos
16 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Contraloría Interna en la
Secretaría
17 Recibe “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para
participar en el Sorteo.
3 días
18 Revisa “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para
participar en el Sorteo.
2 horas
19 Registra en controles “Listado” y Boletos del Personal
Inscrito para participar en el Sorteo.
45
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
20 Elabora “Oficio” para solicitar Auditorio, a la
Coordinación General de Asesores del Secretario de
Seguridad Pública del Distrito Federal.
15
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
21 Turna “Oficio” a la Coordinación General de Asesores
del Secretario de Seguridad Publica, para la
Celebración del Evento del Sorteo.
15
minutos
22 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Coordinación General de
Asesores del Secretario de
Seguridad Publica
23 Recibe “Oficio” y programa Evento. 15
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
24 Elabora “Oficio” para solicitar Maestro de ceremonias,
para el evento.
15
minutos
25 Turna a la Dirección General de la Policía Auxiliar. 15
minutos
26 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Dirección General de la Policía
Auxiliar
27 Recibe “Oficio” y programa asistencia para el Evento. 15
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
28 Elabora “Invitaciones” requiriendo la presencia de los
integrantes del Comité de Vivienda, para asistir al
Sorteo.
1 hora
29 Turna “Invitaciones”. 15
minutos
30 Archiva acuse de “Invitaciones”. 15
minutos
31 Elabora “Oficio” para solicitar Interventores. 15
minutos
32 Turna a la Contraloría Interna en la Secretaría. 15
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
33 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Contraloría Interna en la
Secretaría
34 Designa Interventores. 15
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
35 Realiza en la fecha señalada el Sorteo de manera clara
y transparente, supervisado por la Subdirección de
Prestaciones y Cumplimientos.
3 horas
18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
36 Obtiene por sorteo los Titulares de los Créditos
Hipotecarios y sus Suplentes debidamente avalados por
personal de la Contraloría Interna en la Secretaría.
4 horas
37 Elabora “Acta de Hechos de Titulares y Suplentes”,
obtiene validación de la Contraloría Interna en la
Secretaría y de la Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos.
1 día
38 Publica Resultados del Sorteo. 2 días
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
39 Elabora “Oficio-Citatorio” para los Titulares. 2 días
40 Envía “Oficio-Citatorio” para los Titulares. 15
minutos
41 Archiva acuses de “Oficios” recibidos. 15
minutos
Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
42 Elabora “Oficio” para remitir “Listado” y solicitar
montos máximos de Crédito de Titulares y Suplentes.
15
minutos
Dirección de Remuneraciones,
Prestaciones y Cumplimientos
43 Envía “Oficio” con “Listado” y solicitar montos
máximos de Crédito de Titulares y Suplentes a la
CAPREPOL.
15
minutos
44 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
Caja de Previsión de la Policía
Preventiva del Distrito Federal
45 Recibe “Oficio” con “Listado” para determinar montos
máximos de Crédito de Titulares y Suplentes.
15
minutos
46 Registra en controles. 30
minutos
47 Remite “Listado” de montos máximos de Crédito de
Titulares y Suplentes a la Dirección de
Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos.
15
minutos
Jefatura de la Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
48 Elabora “Oficio” para solicitar “Hojas de Servicio”. 15
minutos
49 Turna “Oficio” a la Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos.
15
minutos
50 Recibe “Oficio”. 15
minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
51 Turna “Oficio” con “Listado” de Titulares y Suplentes
a la Subdirección de Control y Capacitación de
Personal Administrativo.
15
minutos
52 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Subdirección de Control y
Capacitación de Personal
Administrativo
53 Recibe “Oficio” con “Listado de Titulares y Suplentes”
para la elaboración de las “Hojas de Servicio”.
15
minutos
54 Registra en controles. 30
minutos
55 Remite “Hojas de Servicio” de Titulares y Suplentes” a
la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos.
6 meses
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
56 Informa al “Titular o Suplente” requisitos para integrar
“Expediente”, firma Carta Compromiso y Lista de
Requisitos.
15
minutos
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
57 Archiva acuses en “Expediente Personal del Titular o
Suplente”.
15
minutos
Titular o Suplente 58 Integra “Documentación” que será remitida a la
CAPREPOL.
30
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de la Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
59 Elabora “Oficio” para remitir “Expediente Personal
del Titular o Suplente”.
15
minutos
60 Turna “Oficio” “Expediente Personal del Titular o
Suplente” a la CAPREPOL.
15
minutos
61 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Caja de Previsión de la Policía
Preventiva del Distrito Federal
62 Recibe “Expediente Personal del Titular o Suplente”. 15
minutos
63 Revisa “Documentación”. 15 días
64 Determina e informa al Titular o Suplente, si procede
el otorgamiento del Crédito Hipotecario.
5 días
Jefatura de la Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
65 Elabora “Oficio” para solicitar cuantos Titulares o
Suplentes han firmado “Escrituras”.
15
minutos
66 Turna “Oficio” a la Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos.
15
minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
67 Recibe “Oficio”. 15
minutos
68 Turna “Oficio” para solicitar cuantos Titulares o
Suplentes han firmado “Escrituras” a la CAPREPOL.
15
minutos
69 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15
minutos
Caja de Previsión de la Policía
Preventiva del Distrito Federal
70 Recibe “Oficio” de cuantos Titulares o Suplentes han
firmado “Escrituras”.
15
minutos
71 Registra en controles. 30
minutos
Caja de Previsión de la Policía
Preventiva del Distrito Federal
72 Remite “Oficio” indicando qué Titulares o Suplentes
firmaron “Escrituras”.
15
minutos
Jefatura de la Unidad
Departamental de Prestaciones y
Trabajo Social
73 Revisa qué Titulares o Suplentes firmaron
“Escrituras”.
45
minutos
Actor No. Actividad Tiempo
74 Registra en controles. 30
minutos
Fin del Procedimiento
Tiempo total de ejecución: 7 meses, 3 días, 11 horas y 45 minutos.
Aspectos a considerar:
1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Capítulo
I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Vivienda para Personal
Operativo y Administrativo de tipo de nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Dirección de Remuneraciones,
Prestaciones y Cumplimientos, señala en el Objetivo 1, que tiene como finalidad, establecer permanentemente, los
mecanismos de control para el otorgamiento óptimo de prestaciones del personal, dentro de sus funciones I y II.
20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
3. Acorde al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Subdirección de
Prestaciones y Cumplimientos, indica en el Objetivo 2, Coordinar el oportuno desarrollo de los programas que benefician al
personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal en los plazos previstos en las normas aplicables,
conforme a la fracción II.
4. Conforme al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Jefatura de Unidad
Departamental de Prestaciones y Trabajo Social, menciona en Objetivo 1, Verificar que la información relacionada con las
prestaciones y beneficios que se otorga al personal de la Secretaría, sea clara y precisa con el propósito de realizar el
oportuno trámite que corresponda, de acuerdo a las fracciones III, IV y V.
5. Una vez que haya sido recibida la solicitud y documentación requerida para los créditos a que se refiere la fracción II del
artículo 33 de este Reglamento, la Caja procederá a su estudio técnico, legal y financiero, debiéndose dar a conocer al
interesado su aprobación o rechazo justificado en un plazo que no excederá de sesenta días naturales.
6. El préstamo podrá ser otorgado hasta por un monto del 100% del avalúo realizado por una Sociedad Nacional de Crédito.
7. Las viviendas serán entregadas en forma inmediata a los titulares y/o suplentes, una vez firmado el contrato
correspondiente.
8. La CAPREPOL determinará la fecha en que tendrá lugar el otorgamiento de la escritura respectiva, notificándolo en
forma oportuna al elemento.
9. Los gastos notariales que se originen con motivo de la escrituración del inmueble, así como los impuestos, derechos y
demás contribuciones que se causen con motivo de la operación, correrá por cuenta exclusiva del adquirente.
10. Los créditos a que se refiere esta Sección, se adjudicarán una sola vez y de una sola clase a los elementos, en los
términos del presente Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21
Anexos:
1. Requisitos para Trámite de Adquisición de Vivienda Nueva.
22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
2. Requisitos para el Trámite de Adquisición de Vivienda Usada (Compra a Terceros)
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
3. Requisitos para el Trámite de Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el Mismo.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
4. Requisitos para el Trámite de Construcción de Vivienda en Terreno Propio.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
5. Requisitos para el Trámite de Mejoras y Reparación a Inmueble Propio.
28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
6. Requisitos para Trámite de Redención o Cancelación de Gravamen.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29
7. Carta Compromiso.
30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
8. Acuse de requisitos de Trámite de Crédito Hipotecario.
VIII. GLOSARIO
Para los efectos de este ordenamiento se entiende por:
1. CAPREPOL.- Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
2. Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados al Programa
de Vivienda.
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31
3. Consejo Directivo.- Órgano Colegiado de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
4. Crédito hipotecario.- Adquisición de Vivienda Nueva, Adquisición de Vivienda Usada, Construcción de Vivienda en
Terreno Propio, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo, Mejoras y Reparaciones a Inmueble
Propio y Redención de Gravamen, son las diferentes modalidades a que tiene derecho el personal activo.
5. Manual.- Instrumento administrativo que contiene en forma explícita, ordenada y sistemática información sobre la
operación del Comité de Vivienda.
6. Programa de trabajo.- Plan de actividades enfocadas a cumplir en tiempo y forma con el objetivo establecido.
7. Programa de vivienda.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega de Créditos Hipotecarios.
8. Quórum.- Número de asistentes del Comité de Vivienda que se requiere para llevar a cabo una sesión.
9. Secretaría.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
10. Sesión.- Reunión celebrada para la toma de decisiones y deliberación de asuntos del Programa de Vivienda.
11. Titular o suplente.- Personal activo de haberes (Nómina 4) que habiendo solicitado dicha prestación y reunido los
requisitos, resultó agraciado para proponerlo a la CAPREPOL.
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
INTEGRANTES
PRESIDENTE
_____________________________
SUPERINTENDENTE GENERAL
LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA
SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SECRETARIO EJECUTIVO
_____________________________
LIC. RODOLFO DE LA O HERNÁNDEZ
DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE
PERSONAL
SECRETARIO TÉCNICO
_____________________________
C.P. FRANCISCO JARAMILLO ARROYO
SUBDIRECTOR DE PRESTACIONES Y
CUMPLIMIENTOS
VOCAL
_____________________________
PRIMER SUPERINTENDENTE
LUIS ROSALES GAMBOA
SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL
32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
VOCAL
_____________________________
L.C. EMILIO ENRIQUE MANRIQUE
OCHOA
ENCARGADO DE LOS ASUNTOS
RELATIVOS A LA GERENCIA GENERAL DE
LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA
PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL
VOCAL
_____________________________
C.P. JOSÉ G. HERRERA CRUZ
DIRECTOR DE REMUNERACIONES,
PRESTACIONES Y CUMPLIMIENTOS
VOCAL
_____________________________
MTRO. EMMANUEL CHÁVEZ PÉREZ
DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS
VOCAL
_____________________________
ERNESTO CANTO GUDIÑO
DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DEL
DELITO
ASESOR
_____________________________
LIC. JAIME ALBERTO BECERRIL
BECERRIL
CONTRALOR INTERNO EN LA SECRETARÍA
DE SEGURIDAD PÚBLICA
ASESOR
_____________________________
LIC. VÍCTOR MANUEL ESPINOSA RABASSA
DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE
HONOR Y JUSTICIA
TRANSITORIOS
Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad
Pública del Distrito Federal, mismo que fue registrado con el número MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216, por la
Coordinación General de Modernización Administrativa.
Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar.
Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a los dos días del mes de mayo del año dos
mil dieciséis.
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
(Firma)
SUPERINTENDENTE GENERAL
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7,
15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal;
1, 3, fracciones XXVIII y XXXI, 4, 6, 8 fracciones II y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal; y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad
física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía
Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya
actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez.
Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario
aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor
funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual
Específico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva
del Distrito Federal, registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien
registrarlo con el número MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216.
En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE
BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA POLICÍA PREVENTIVA
DEL DISTRITO FEDERAL, DICTAMINADO Y REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-21/200416-D-SSPDF-
8/020216
MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL
OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Febrero-2016
Registro: MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216
CONTENIDO
I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN 2
II. OBJETIVO GENERAL 1
III. INTEGRACIÓN 1
IV. ATRIBUCIONES 1
V. FUNCIONES 4
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN 3
VII. PROCEDIMIENTO(S) 13
VIII. GLOSARIO 1
IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN 3
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I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero
de 1917. Ultima reforma el 29 de enero de 2016.
Leyes
2. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la federación el 31 de
diciembre de 1982, hasta su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2013.
3. Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993.
4. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29
de diciembre de 1998, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de noviembre de
2015.
5. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 20 de mayo de 2003, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de
noviembre de 2015
Códigos
6. Código Civil para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1928 y, hasta sus
últimas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1998 y en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 21 de octubre del 2008 y 5 de febrero de 2015.
Reglamentos
7. Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de
1984, y aclaración publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 1984.
8. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 28 de diciembre de 2000, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de enero de
2016.
9. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 16 de octubre de 2008, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero
de 2016.
Decretos
10. Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2016, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 30 de diciembre de 2015.
Acuerdos
11. Acuerdo por el que se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía
Preventiva del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2008, hasta su
última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de noviembre de 2009.
Circulares
12. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de
2015.
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Documentos normativo – administrativos
13. Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29
de diciembre de 2015.
Guías
14. Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de
Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de
agosto de 2015.
II. OBJETIVO GENERAL
Establecer la integración y funcionamiento del Comité de Becas de la Secretaría de Seguridad Pública, para que sus
integrantes cumplan las disposiciones legales en materia de otorgamiento de becas de nivel primaria, secundaria y medio
superior para hijos(as) y tutelados(as) del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal,
los cuales hayan cumplido en tiempo y forma con los requisitos solicitados y hayan sido seleccionados dentro de un marco
de equidad, transparencia y legalidad, con el propósito de fomentar y motivar el hábito de estudio a través de la asignación
de dicho apoyo o estímulo económico.
III. INTEGRACIÓN
El Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública:
I. El Secretario de Seguridad Pública, quien fungirá como Presidente.
II. El Director General de Administración de Personal, quien fungirá como Secretario Ejecutivo.
III. El Subdirector de Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Secretario Técnico.
IV. El Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Administrador.
V. El Director General de Recursos Financieros, quien fungirá como Tesorero.
VI. Vocales:
• Subsecretario de Operación Policial.
• Director General de Recursos Materiales.
• Director General del Consejo de Honor y Justicia.
• Director Ejecutivo de Salud y Bienestar Social.
VII. Asesores:
• Director General de Asuntos Jurídicos.
• Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública.
IV. ATRIBUCIONES
Se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal
como un Órgano Colegiado de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que tiene por objeto analizar,
integrar, revisar, aprobar las solicitudes de Becas y en su caso otorgarlas, dentro de un marco de equidad, imparcialidad y
legalidad, atendiendo al orden de prioridades y requisitos señalados en el Manual Especifico de Operación del Comité de
Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, que cursan los
niveles de Primaria y Secundaria en Escuelas Públicas o Privadas con reconocimiento oficial, y el Nivel Medio Superior en
Escuelas Públicas ubicadas en Zonas Conurbadas a la Ciudad de México y otros estados.
Los miembros del Comité durarán en su cargo, el tiempo que subsista su nombramiento como servidores públicos de
mandos medios y superiores en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
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V. FUNCIONES
Del comité de becas
1. Aprobar y dar seguimiento al Programa de Becas del ciclo escolar vigente en los cuales se establecen los procedimientos
y requisitos para el otorgamiento de becas.
2. Revisar y aprobar en su caso, las solicitudes de becas y dictaminar el otorgamiento de las mismas.
3. Evaluar los resultados del Programa de Becas, sus impactos y beneficios, así como realizar las gestiones para la obtención
de los recursos económicos necesarios.
4. Integrar y conservar los expedientes de cada asunto que se someta a su consideración.
5. Cumplir con las disposiciones legales internas y demás aplicables en materia de prestaciones y estímulos.
6. Lo no previsto en el presente Manual, lo resolverán los miembros del Comité atendiendo a lo dispuesto por los
ordenamientos aplicables.
Del Presidente
1. Presidir formalmente las sesiones.
2. Declarar formalmente constituida la sesión o suspender o diferir las sesiones ordinarias, en el caso de que no se reúna el
50% más uno de los integrantes del Comité.
3. Vigilar que se someta a votación de los integrantes del Comité, los casos presentados en la sesión.
4. Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo considere necesario o a petición de la mayoría de los miembros.
5. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones.
6. Orientar las resoluciones y acciones del Comité a los criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, legalidad,
imparcialidad y honradez, que deben concurrir en la función de la prestación del servicio.
7. Aprobar el Programa de trabajo del Comité.
8. Procurar que las resoluciones y acciones del Comité, contribuyan al cumplimiento eficaz del Programa de trabajo.
Del Secretario Ejecutivo
1. Coordinar la elaboración del Programa de trabajo del Comité y ponerlo a consideración del Presidente.
2. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones y conducir el desarrollo de las mismas.
3. Vigilar la correcta elaboración del orden del día de cada sesión y el listado de casos que se someta a dictamen.
4. Supervisar que se envíe oportunamente a los miembros del Comité, la convocatoria y la carpeta de trabajo de cada sesión.
5. Vigilar que se integren los expedientes y los archivos con la documentación que sustente los actos y acuerdos tomados
por el Comité.
6. Efectuar el seguimiento de las acciones y acuerdos del Comité y mantener informado al Presidente de su íntegro y estricto
cumplimiento.
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7. Orientar a los integrantes del Comité para ampliar los criterios que permitan hacer un mejor análisis de la información,
con el fin de tomar decisiones inmediatas, confiables y pertinentes.
8. Las demás que le sean asignadas por el Presidente.
Del Secretario Técnico
1. Ser el responsable de los aspectos de organización y operatividad de las reuniones del Comité.
2. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
3. Auxiliar al Presidente y al Secretario Ejecutivo en el ejercicio de sus funciones.
4. Remitir a los miembros del Comité, la convocatoria y carpeta de trabajo de cada sesión.
5. Enviar a los miembros del Comité, copia del acta de la sesión inmediata anterior para su análisis.
6. Recibir del Secretario Ejecutivo, para su incorporación en el orden del día, los asuntos que se someterán a la
consideración y acuerdo del Comité.
7. Elaborar y resguardar la documentación que dé cuenta de los trabajos, acuerdos y acciones del Comité.
8. Integrar y presentar el Programa de Becas al Secretario Ejecutivo para su aprobación en el Comité.
9. Las demás que expresa y formalmente le asigne el Presidente, el Secretario Ejecutivo o el Pleno del Comité.
Del Administrador
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
2. Recibir y llevar el control de las solicitudes de becas que presenten los interesados.
3. Revisar e integrar el expediente con la documentación recibida y turnarlo al Secretario Técnico para someterlo a
consideración del Comité.
4. Elaborar la relación de becas autorizadas por el Comité y notificar a los beneficiarios.
5. Clasificar los expedientes por escolaridad.
6. Elaborar listados de pagos.
7. Promover el Programa de Becas entre el personal operativo y administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal,
a través de circulares, talón de pago u otros medios.
8. Elaborar la requisición de recursos.
9. Tramitar el pago de becas.
10. Los demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité.
Del Tesorero
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
2. Proporcionar con oportunidad los recursos económicos que permitan cumplir con el otorgamiento de esta prestación.
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3. Elaborar y tramitar los documentos presupuestales que sean necesarios para obtener los recursos conforme a lo
establecido, en coordinación con la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos.
4. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité.
De los Vocales
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
2. Participar activamente, proponiendo en forma clara y concreta las alternativas de solución, con el fin de tomar decisiones
inmediatas, confiables y pertinentes.
3. Analizar la situación laboral del solicitante de beca, con objeto de verificar que no esté impedido legalmente por
resolución emanada de autoridad administrativa o judicial.
4. Vigilar que las resoluciones del Comité se emitan con apego a lo dispuesto en el Manual.
5. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité.
De los Asesores
1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones.
2. Coadyuvar con los miembros del Comité a la interpretación y aplicación de la normatividad.
3. Emitir opiniones jurídicas y administrativas en cuanto a la aplicación de los ordenamientos legales.
VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN
Del comité
1. En el Comité se analizarán y evaluarán los asuntos relevantes en materia de becas que incidan o puedan repercutir en el
logro de los objetivos, metas y programas institucionales.
2. Sólo por excepción, con autorización del Presidente, podrán ser tratados otros asuntos relacionados con becas, cuando por
la importancia o naturaleza de éstos, así lo amerite.
3. La convocatoria será remitida por el Secretario Técnico a cada uno de los miembros del Comité mediante oficio
conforme al calendario autorizado, en el cual se señalará lugar, fecha y hora para la celebración de la sesión y se
acompañará del proyecto del orden del día. En la misma, se anexará la carpeta de trabajo y, en su caso, información soporte
que será tratada en el Pleno del Comité.
4. En el caso de la sesión ordinaria, la convocatoria se expedirá con 48 horas de anticipación; para el caso de la sesión
extraordinaria, la convocatoria se expedirá con 24 horas de anticipación.
De las suplencias
1. Los miembros propietarios del Comité mediante oficio, podrán nombrar suplente para casos excepcionales, quien en
representación de aquel, tendrá las mismas atribuciones y funciones, el suplente deberá tener el nivel jerárquico inmediato
inferior al del miembro propietario.
De la integración de las carpetas
1. La propuesta del orden del día será elaborada por el Secretario Técnico, e incluirá los siguientes conceptos:
1.1 Declaración de inicio de la sesión.
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1.2 Presentación del acta de la sesión anterior.
1.3 Aprobación del orden del día.
1.4 Presentación de asuntos a tratar.
De las sesiones
1. Generalidades
1.1 En la primera sesión ordinaria, el Comité determinará y aprobará el Programa de Becas del ciclo escolar
vigente.
1.2 El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar, o de forma extraordinaria
a solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros.
1.3 En caso de que se modifique alguna fecha establecida en el calendario de sesiones, el Secretario Técnico deberá
informarlo con oportunidad y por escrito o por medio electrónico a los integrantes del Comité, indicando la nueva
fecha en que se llevará a cabo la sesión; en este último caso, deberá cerciorarse de la recepción de la información.
1.4 El calendario de sesiones será sometido al Pleno del Comité y deberá ser emitido por el Secretario Ejecutivo, a
efecto de que el Secretario Técnico lo informe oportunamente a los integrantes del Comité.
1.5 Para la celebración de las sesiones ordinarias, se considera que existe quórum con la asistencia del 50% más
uno de sus miembros.
2. Del desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias
2.1 Al inicio de la sesión, el Secretario Técnico pasará lista de asistencia y verificará que exista el quórum e
informará al Secretario Ejecutivo.
2.2 El Secretario Ejecutivo declarará formalmente si procede o difiere la sesión.
2.3 El Secretario Técnico dará lectura al Acta anterior y se someterá a consideración del Comité para aclaraciones
o inconformidades y, de no existir, se procederá a su aprobación.
2.4 Se hará del conocimiento del Comité el orden del día de la sesión.
2.5 Se procederá al análisis y discusión de los asuntos planteados en la carpeta de trabajo y, una vez hechas las
manifestaciones de los miembros, se someterán a votación los puntos controvertidos y se asentarán en el acta los
acuerdos correspondientes.
2.6 El Secretario Técnico procederá a la formalización del Acta aprobada, recabando las firmas de los miembros.
2.7 El Secretario Ejecutivo es el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra y procurará en
todo momento que la exposición de los puntos de vista sean serios, responsables y congruentes con el asunto en
análisis.
2.8 El Secretario Ejecutivo vigilará que se registren en el acta correspondiente, todas y cada una de las
consideraciones vertidas en relación a cada asunto tratado por el Comité.
2.9 El Secretario Ejecutivo deberá someter a votación la propuesta de cada caso y cuantificar los votos a favor, en
contra y abstenciones.
2.10 En asuntos generales del orden del día, se desahogarán aquellos asuntos que el Comité estime conveniente
tratar.
2.11 Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para ventilar los asuntos para los que se convocó.
3. De la presentación de los casos
3.1 Los casos se presentarán al Comité por conducto del Secretario Técnico, en estricto apego al orden del día
autorizado; incluidos en la carpeta de trabajo.
3.2 La presentación de cada caso deberá incluir un planteamiento claro, concreto y completo del mismo.
De la votación
1. Las decisiones del Comité se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos.
2. Las votaciones se regularán de la siguiente forma:
2.1 El Presidente tendrá derecho a voz y voto y, además, contará con voto de calidad en caso de empate.
40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
2.2 El Secretario Ejecutivo tendrá derecho a voz y voto.
2.3 El Secretario Técnico únicamente tendrá derecho a voz, pero no a voto.
2.4 El Administrador tendrá derecho a voz y voto.
2.5 El Tesorero tendrá derecho a voz y voto.
2.6 Los Vocales tendrán derecho a voz y voto.
2.7 Los Asesores tendrán derecho a voz pero no a voto
VII. PROCEDIMIENTO(S)
Nombre del Procedimiento: Integración de asuntos para el desarrollo de sesiones del Comité de Becas de la Secretaría de
Seguridad Pública.
Objetivo General:
Integrar los asuntos que abordará el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía
Preventiva del Distrito Federal y cómo serán presentados éstos en cada una de las sesiones, permitiendo tener un orden, para
su votación y toma de acuerdos del pleno de manera ágil y transparente.
Descripción Narrativa:
Actor No. Actividad Tiempo
Secretario Técnico 1 Integra “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del
día con base a los casos y/o asuntos a tratar en cada Sesión
del Comité de Becas
7 días
2 Remite al Secretario Ejecutivo “Carpeta de Trabajo” con
propuesta del orden del día, a fin de que se revise y en su
caso recabe firma de autorización del Presidente.
1 día
Secretario Ejecutivo 3 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del
día.
20 minutos
4 Revisa la “Carpeta de Trabajo”, verificando que los casos a
tratar cuenten con los requisitos establecidos en el punto
número 6 de los Aspectos a Considerar de este
ordenamiento.
1 hora 40
minutos
¿Cumplen con requisitos los casos a tratar?
NO
5 Señala las correcciones a realizar y/o la documentación que
falta por integrar.
23 horas 45
minutos
6 Turna al Secretario Técnico. 15 minutos
(Conecta con la actividad 1).
SÍ
Secretario Ejecutivo 7 Rubrica de visto bueno la “Carpeta de Trabajo”. 1 día
8 Envía “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día,
al Presidente del Comité para su autorización.
15 minutos
Presidente 9 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del
día.
20 minutos
10 Revisa “Carpeta de Trabajo” que los casos a tratar estén
debidamente integrados.
1 horas 40
minutos
11 Firma de autorización la “Carpeta de Trabajo”. 20 minutos
12 Turna “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico a través
del Secretario Ejecutivo para su posterior difusión a los
integrantes del Comité de Becas.
1 horas 40
minutos
Secretario Técnico 13 Recibe “Carpeta de Trabajo” autorizada. 20 minutos
14 Elabora “Oficio” convocando a cada uno de los integrantes
del Comité de Becas para que asistan a sesión en la fecha y
hora programada.
23 horas
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41
15 Remite “Oficio” anexando “Carpeta de Trabajo” y en su
caso información en medio magnético.
40 minutos
16 Recaba firmas de asistencia de los integrantes del Comité de
Becas el día de la sesión e informa al Presidente el número
de participantes para establecer si hay quórum suficiente
para llevar a cabo la sesión.
10 minutos
¿Existe quórum?
NO
Presidente 17 Suspende la sesión por existir el 50% o menos de asistencia
de los integrantes del Comité de Becas.
2 minutos
18 Designa nueva fecha para realizar sesión ordinaria o
extraordinaria.
3 minutos
(Conecta con el fin del procedimiento).
SÍ
Presidente 19 Declara instalada la sesión ordinaria o extraordinaria por
existir el 50% más uno de asistencia de los integrantes del
Comité de Becas.
5 minutos
Secretario Ejecutivo 20 Realiza la presentación de la orden del día, dando a conocer
los acuerdos y acciones del Comité de Becas.
3 horas
21 Lleva a cabo el conteo de la votación de los miembros del
pleno.
2 minutos
22 Da lectura a los asuntos generales tratados. 3 minutos
Presidente 23 Comunica al pleno que se da por terminada la sesión. 5 minutos
Secretario Ejecutivo 24 Elabora Acta de acuerdos tomados en Sesión. 2 días
Presidente 25 Recaba firmas del Acta de Sesión, de los miembros del
Comité participantes.
7 días
26 Elabora “Oficio” para enviar “Acta de Sesión” debidamente
requisitada.
23 horas
27 Remite “Oficio” con “Acta de Sesión” debidamente
requisitada, a cada uno de los miembros participantes del
Comité de Becas.
1 hora
Fin del procedimiento
Tiempo total de ejecución: 21 días, 9 horas y 45 minutos
Aspectos a considerar:
1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Capítulo
I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Becas para Hijos del
Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece en el Objetivo 2,
función I, señala que la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos es la encargada de coordinar y desarrollar los
trámites necesarios para la celebración de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Becas para hijos, hijas o
tutelados del personal administrativo y operativo de la Secretaría, en los términos previstos en el manual del citado Comité.
3. De acuerdo a lo dispuesto en el Objetivo 1, donde señala deberá la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y
Recompensas, coordinar y desarrollar oportunamente la inscripción al programa de Becas correspondiente a los niveles de
primaria, secundaria y medio superior, en cada ciclo escolar, dentro de las funciones de la I a la V del Manual
Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
4. Son sujetos de atención como aspirantes a becarios únicamente las hijas, hijos o tutelas del personal Operativo y
Administrativo en activo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, con antigüedad mínima de seis meses y un día
(ingreso, reingreso, reinstalación o reanudación), al momento de la fecha de inscripción hasta el nivel 180 y personal con
código de puesto PV-21957 (Administrativo Especializado), CF-21097 (Profesional en Informática) y CF-34037
(Administrativo Especializado); los hijos de policías fallecidos en Actos Heroicos, una vez que así lo haya dictaminado la
Dirección General del Consejo de Honor y Justicia como Post Mortem al Valor Policial; y aquellos casos que por
circunstancias especiales o extraordinarias sean propuestos por el C. Secretario de Seguridad Pública; queda exceptuado el
personal de estructura, sindicalizado y homólogos en sueldo a los niveles 190 al 845, distintos de los señalados.
5. El becario no deberá repetir ciclo escolar, a excepción de aquellos con discapacidad.
6. Para el trámite de la inscripción anual, los aspirantes deberán acreditar a través de documentación oficial lo siguiente:
6.1. Cursar el nivel escolar de primaria o secundaria en escuelas públicas o privadas con reconocimiento oficial, del
ciclo escolar en curso, y cumplir con los requisitos establecidos en la Convocatoria.
6.2. Cursar el Nivel Medio Superior, en escuelas públicas ubicadas en el interior de la República, para aquellos que
estudien en la Ciudad de México, deberán vivir en otros estados; además de cumplir con los requisitos establecidos
en la Convocatoria.
6.3. El trabajador deberá ser padre o madre del becario, o tutor debidamente acreditado, con sentencia definitiva
certificada.
6.4. La edad máxima del becario debe ser para primaria 13 años; para secundaria 16 años y para nivel medio
superior 19 años, a excepción de los becarios con discapacidad.
6.5. La solicitud de beca y la documentación requerida para su trámite, deberán ser presentadas directamente por el
trabajador sin que medie representación alguna en cada Dirección General o Dirección Ejecutiva de acuerdo a su
área de adscripción, quien tendrá la facultad de remitirla a la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y
Cumplimientos; asimismo copia de las identificaciones del trabajador por anverso y reverso, de la Credencial de
Elector y de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal vigentes.
7. La difusión del programa se realizará a través de una Convocatoria que será publicada y colocada en todas las áreas que
integran la Secretaría de Seguridad Publica.
8. La selección de los becarios se realizará tomando como base el promedio de 10 de calificación en forma descendente a un
promedio mínimo de 8.0, hasta cubrir la última beca autorizada por el Comité, a excepción de los alumnos con discapacidad
y los hijos de los policías fallecidos en Actos Heroicos dictaminados por la Dirección General del Consejo de Honor y
Justicia como Post Mortem al Valor Policial.
9. El otorgamiento de las becas se realizará de la siguiente manera:
9.1 Se entregará una beca de los niveles primaria, secundaria o nivel medio superior por trabajador, siempre y
cuando cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria.
9.2 En el caso de los elementos fallecidos que no sean considerados Actos Heroicos y hayan iniciado el trámite de
inscripción para la obtención de beca, podrá un familiar directo con vínculo acreditable (Acta de Nacimiento, Acta
de Matrimonio y/o Constancia de Concubinato e Identificación Oficial vigente), concluir con la entrega del
documento de estudios final oficial en los tiempos señalados, a fin de participar en la selección de beca, por lo cual,
se les realizaría el pago por única vez.
9.3 Cuando se trate del personal operativo y fallezca en cumplimiento de su deber (en servicio) y se encuentre en
trámite el documento que determine el deceso como Acto Heroico por la Dirección General del Consejo de Honor
y Justicia como Post Mortem al Valor Policial, podrá un familiar directo con vínculo acreditable (Acta de
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43
Nacimiento, Acta de Matrimonio y/o Constancia de Concubinato e identificación oficial vigente), realizar la
inscripción correspondiente de los menores que estén cursando los niveles de primaria, secundaria y medio superior
hasta antes del término de la entrega del documento de estudios final oficial, del Ciclo Escolar en curso.
10. Dará lugar a la cancelación de la solicitud o suspensión de la beca, cuando el trabajador incurra en los siguientes
supuestos:
10.1 Cause baja de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
10.2 Proporcione información falsa o presente documentación oficial alterada; en estos casos, se dará vista al
Ministerio Público; en caso de tratarse de personal operativo además se dará vista a la Dirección General de
Inspección Policial; para los casos del personal administrativo, además se dará vista a la Contraloría Interna en la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
10.3 Al momento del pago se encuentre suspendido de sus labores, por cualquier autoridad jurisdiccional
competente, o por estar sujeto a proceso penal y no se encuentre activo en la nómina de la quincena previa al pago.
10.4 Cuando disfrute de licencia sin goce de sueldo, en caso de reanudar sus labores, no haya cubierto un período
de seis meses un día mínimo.
10.5 Ser Sindicalizado, que ocupe un cargo de Estructura u homólogo, niveles 190 (excepto código de puesto PV-
21957, CF-21097 y CF-34037) al 845.
10.6 En el supuesto que ambos padres o tutores laboren en dicha Secretaría, con independencia de su situación
familiar, únicamente uno de ellos podrá solicitar beca para un hijo, hija o tutelados en común; cuando la realicen
por separado, será cancelada la segunda solicitud.
10.7 Si durante el desarrollo del programa y hasta antes del pago respectivo, el solicitante es designado para ocupar
un puesto de estructura, homólogo o bien sea sindicalizado, o hubiere cambiado su situación laboral.
10.8 En caso de que el candidato cuente con Beca asignada por otra Institución Pública dependiente del Gobierno
de la Ciudad de México, será cancelada su solicitud en este Programa, quedando exceptuados los casos de
Discapacidad y los considerados Acto Heroico.
10.9 Al no solventar las inconsistencias observadas en cualquiera de las fases del programa antes del pago.
11. Para efectos del presente procedimiento se entenderá por:
11.1 Acta de Sesión.- Documento donde se plasman los acuerdos tomados durante la reunión celebrada por los
miembros del Comité de Becas, en el cual, éstos firman de conformidad dando con ello validez a los mismos.
11.2 Beca.- Apoyo o estímulo económico que percibe el o la becaria, para fomentar el hábito del estudio.
11.3 Beneficiario.- Persona que es seleccionada para la obtención de la beca.
11.4 Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados
al Programa de Becas.
11.5 Programa de Becas.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega anual de becas escolares.
11.6 Discapacidad.- Toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial ya sea de naturaleza
permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que
puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.
44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
Nombre del Procedimiento: Pago de beca
Objetivo General: Realizar el pago de becas a los solicitantes que hayan cumplido en tiempo y forma con la entrega de
documentación y hayan sido seleccionados para la asignación de dicho estímulo, con el fin de cumplir de manera legal y
transparente con el pago de la beca asignada.
Descripción Narrativa:
Actor No. Actividad Tiempo
Jefatura de Unidad Departamental de
Estímulos y Recompensas
1 Elabora “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado”. 23 horas
2
Rubrica “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado”
para la obtención de una beca.
45 minutos
3
Envía “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” a la
Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos.
15 minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
4
Recibe para su revisión y aprobación “Oficio” y “Listado
del Personal Seleccionado” para la obtención de una beca. 2 horas
¿Están correctos los documentos?
NO
5
Señala las correcciones a realizar del “Listado del Personal
Seleccionado”.
1 hora 45
minutos
6
Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y
Recompensas.
15 minutos
(Conecta con la Actividad 1).
SÍ
7
Firma “Oficio” y rubrica “Listado del Personal
Seleccionado”.
1 hora 30
minutos
8
Turna a la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones para
su atención.
15 minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
9 Archiva acuse de recibo. 15 minutos
Jefatura de Unidad Departamental de
Estímulos y Recompensas
10 Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos
11 Revisa “Listado del Personal Seleccionado” 15 minutos
12 Registra en controles “Listado del Personal Seleccionado” 45 minutos
13
Elabora “Oficio” para envió del mismo, para el pago
correspondiente.
15 minutos
14
Turna “Listado del Personal Seleccionado” a la
Subdirección de Nóminas y Remuneraciones para la
elaboración de los recibos de pago correspondientes.
15 minutos
15 Archiva “Oficio” recibido. 15 minutos
Subdirección de Nóminas y
Remuneraciones
16
Recibe “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” en
orden alfabético de los becarios seleccionados para la
elaboración de los recibos de pago correspondientes
15 minutos
17 Revisa el “Listado del Personal Seleccionado”. 45 minutos
18 Registra en controles 30 minutos
19
Turna para su atención a la Jefatura de Unidad
Departamental de Remuneraciones
15 minutos
20 Archiva copia para control. 15 minutos
Jefatura de Unidad Departamental de
Remuneraciones 21 Recibe “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado”.
23 horas 45
minutos
20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45
Jefatura de Unidad Departamental de
Remuneraciones 22 Revisa “Listado del Personal Seleccionado” 2 días
23 Registra en controles 2 días
Jefatura de Unidad Departamental de
Remuneraciones 24
Elabora recibos de pago de becarios seleccionados para la
distribución correspondiente.
2 días
25 Archiva “Oficio”. 15 minutos
26
Entrega a cada pagador listado de recibos de los becarios
seleccionados, así como el comprobante correspondiente de
pago.
1 día
27 Archiva acuse de recibo. 15 minutos
28
Elabora “Oficio” y relación de personal que deberá ser dado
de baja, en caso de que algún pagador no se apegue a los
lineamientos establecidos para el pago.
23 horas
29
Envía a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos
“Oficio” con la relación de personal que deberá ser dado de
baja.
45 minutos
30 Archiva acuse de recibo. 15 minutos
Subdirección de Prestaciones y
Cumplimientos
31
Recibe “Oficio” y listado del personal que deberá ser dado
de baja”.
23 horas
32
Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y
Recompensas.
45 minutos
33 Archiva “Oficio 15 minutos
Jefatura de Unidad Departamental de
Estímulos y Recompensas
34
Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos
“Oficio” y listado del personal que deberá ser dado de baja,
para realizar la sustitución correspondiente.
23 horas 45
minutos
Jefatura de Unidad Departamental de
Estímulos y Recompensas
35 Archiva “Oficio” y listado. 15
36 Elabora “Oficio” y relación de personal sustituto. 23 horas 30
Jefatura de Unidad Departamental de
Estímulos y Recompensas
37
Turna a la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones a
través de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos
para el pago correspondiente.
15 minutos
38 Archiva acuse de recibo. 15 minutos
39
Subdirección de Nóminas y
Remuneraciones
Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos
“Oficio” y relación de sustitutos para la elaboración de
recibos a efecto de otorgar el pago correspondiente y
concluir con la totalidad de becas autorizadas por el Comité.
1 día
Fin del procedimiento
Tiempo total de ejecución: 21 días, 9 horas y 45 minutos
Aspectos a considerar:
1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Capítulo
I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, fracción VI, así como en el Acuerdo por el que se crea el Comité
de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Dirección de Remuneraciones,
Prestaciones y Cumplimientos, señala en el Objetivo 1, que tiene como finalidad, establecer permanentemente los
mecanismos de control para el otorgamiento óptimo de prestaciones del personal, dentro de sus funciones señaladas en las
fracciones I y II.
46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016
3. De acuerdo a lo dispuesto en el Objetivo 2, donde señala la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones, conforme a la
fracción I, es su responsabilidad supervisar y asegurar el trámite de las liquidaciones que correspondan a estímulos,
recompensas y pagos extraordinarios en apego a la normatividad establecida, de acuerdo al Manual Administrativo de la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
4. Conforme al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Jefatura de Unidad
Departamental de Remuneraciones, en el Objetivo 1, fracción III, donde establece deberá elaborar y registrar la entrega de
cualquier tipo de pago extraordinario al personal de la Secretaría.
5. La Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas, de acuerdo al Objetivo 1 dentro de sus funciones
señala en la fracción IV que deberá desarrollar las gestiones necesarias tendientes a garantizar el pago autorizado por el
Comité de Becas, a los beneficiarios designados.
6. El pago de la beca se realizará en una exhibición, el área responsable del programa determinará la fecha del pago.
7. Al efectuarse el pago, el trabajador deberá estar activo en esta Secretaría.
8. El pago de las becas no tendrá carácter retroactivo bajo ninguna circunstancia.
9. La Subdirección de Nóminas y Remuneraciones, elaborará los recibos correspondientes en original y copia y a través del
personal de la Unidad Departamental de Remuneraciones, realizará el pago correspondiente.
10. Para el pago de las becas el personal beneficiado, deberá presentar original y copia de una Identificación Oficial vigente
(Credencial de Elector o Credencial de la S.S.P. del D.F.), además de la copia del último comprobante de liquidación de
pago y firmar el recibo correspondiente.
11. Los recibos una vez firmados por el trabajador, así como la copia de la identificación y del último recibo de pago,
deberán ser resguardados en la Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones, el tiempo que señale la normatividad
relacionada a la preservación y guarda de documentos, así como la relación de nómina que originó la entrega de este
beneficio.
12. El otorgamiento en número y monto de las becas, estará sujeto a la disponibilidad de los recursos financieros de la
Secretaría.
13. El pago de la Beca se comprobará por medio del recibo firmado por el trabajador o la Relación de Nómina con la cual se
hizo la dispersión del citado recurso. En los casos de hijos de policías fallecidos y dictaminados por la Dirección General
del Consejo de Honor y Justicia como Post-Mortem al Valor Policial, así como los autorizados por el Comité de Becas y
aquellos de cumplimiento por ordenamiento judicial, la comprobación se realizará con el recibo de beca y la Póliza-Cheque
ambos debidamente firmados por los beneficiarios.
14. Para efectos del presente Procedimiento se entenderá por:
14.1. Beca.- Apoyo o estímulo económico que percibe el o la becaria, para fomentar el hábito del estudio.
14.2. Beneficiario.- Persona que es seleccionada para la obtención de beca.
14.3. Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados
al
Programa de Becas.
14.4. Póliza-cheque.- Documento emitido con la finalidad de garantizar la comprobación del pago mediante cheque
a una población específica bajo el concepto de beca.
14.5. Recibo de pago.- Documento que se expide para llevar a cabo el pago al personal seleccionado en la
obtención de una beca.
Manual de Operación del Comité de Vivienda de la SSP-CDMX
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Manual de Operación del Comité de Vivienda de la SSP-CDMX

  • 1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 20 DE MAYO DE 2016 No. 76 Í N D I C E  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Secretaría de Obras y Servicios y Sistema de Transporte Colectivo  Nota aclaratoria al Aviso por el que se da a conocer la Convocatoria para el Premio de Ingeniería Ciudad de México 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 6 de mayo de 2016 4 Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México  Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal dictaminado y registrado con el número MEO-20/200416-D-SSPDF- 8/020216 5  Aviso por el que se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, dictaminado y registrado con el número MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216 33 Procuraduría General de Justicia  Acuerdo A/012/2016 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, por el que se otorga a la persona titular de la Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos, la Facultad de Certificar al Personal adscrito a las Unidades de Mediación en Procuración de Justicia, con Funciones de Facilitador 49 Consejería Jurídica y de Servicios Legales  Aviso por el que se da a conocer la designación de servidores públicos de la Administración Pública de la Ciudad de México, como Apoderados Generales para la Defensa Jurídica de la misma 50  Continúa en la Pág. 2
  • 2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 Índice Viene de la Pág. 1 Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal  Aviso por el cual se da a conocer la modificación al Sistema de Datos Personales sobre Declaraciones Patrimoniales de Servidores Públicos del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal 52 Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA)  Aviso por el que se da a conocer el resultado de la Convocatoria publicada el 31 de marzo de 2016, de acuerdo a la demanda de participación en el Programa de Otorgamiento de Ayudas para la Prestación de Servicios de Tratamiento Integral contra el Consumo de Sustancias Psicoactivas a Organizaciones de la Sociedad Civil, Organismos Públicos y Privados en la Ciudad De México (PROSUST), el Comité Dictaminador seleccionó a los siguientes establecimientos 54 Instituto Electoral del Distrito Federal  Aviso por el que los interventores designados para el proceso de liquidación dan a conocer la Lista de Acreedores de las Asociaciones Civiles constituidas para las Candidaturas Independientes registradas en el Otrora Distrito Federal en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, y que se listan a continuación 56  CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS  Secretaría de Desarrollo Económico.- Licitación Pública Nacional Segunda Convocatoria Número SEDECO/LPN/04/2016.- Servicio de Levantamiento de información estadística y geográfica, registro e inscripción de titulares o encargados de micronegocios de la Ciudad de México 63  Delegación Venustiano Carranza.- Licitación Pública Nacional Número 30001030-008-2016.- Convocatoria No. 08/2016.- Adquisición de bienes 65  Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN/DA/CRHM/001/2016.- Convocatoria No. 001.- Servicio de limpieza y recolección de basura en instalaciones 67  Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN/DA/CRHM/001/2016.- Convocatoria No. 002.- Servicio integral para la impartición de cursos para el desarrollo del proyecto de fortalecimiento a operadores especializados en adicciones con modalidad residencial bajo el modelo de ayuda mutua y mixto 68  Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Licitación Pública Nacional Número LPN/DA/CRHM/003/2016.- Convocatoria No. 003.- Servicio de monitoreo diario de medios de difusión masiva impresos y electrónicos (radio y televisión, portales de medios en la web, agencias de información) 69  SECCIÓN DE AVISOS  Grupo Diabeclinics, S.A.P.I. de C.V. 70  Consultec Ingenieros Asociados, S.C. 71
  • 3. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
  • 4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS Y SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO Ing. Edgar Oswaldo Tungüí Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 16 fracción II y IV, 27 fracciones III, X y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 7 fracción V, 26 fracción II y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y el Lic. Jorge Gaviño Ambriz, Director General del Sistema de Transporte Colectivo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71 fracción III y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 21 fracciones I y XVIII del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo, de manera conjunta, hemos tenido a bien emitir la siguiente: NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA PARA EL PREMIO DE INGENIERÍA CIUDAD DE MÉXICO 2016, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO NO. 66, DÉCIMA NOVENA ÉPOCA, EL DÍA 6 DE MAYO DE 2016. PÁGINA 4, NUMERAL 13. DICE: 13. Las propuestas se podrán entregar a partir de esta fecha y, a más tardar, hasta el 31 de mayo de 2016. DEBE DECIR: 13. Las propuestas se podrán entregar a partir de esta fecha y, a más tardar, hasta el 10 de junio de 2016. PÁGINA 4, NUMERAL 16. DICE: 16. Los integrantes del jurado, una vez recibida la documentación de los candidatos, tendrán quince días hábiles para preparar su propuesta. DEBE DECIR: 16. Los integrantes del jurado, una vez recibida la documentación de los candidatos, tendrán quince días naturales para preparar su propuesta. PÁGINA 5, NUMERAL 19. DICE: 19. Los candidatos que cumplan con los requisitos serán notificados oportunamente, como máximo el día 7 de junio de 2016. DEBE DECIR: 19. Los candidatos que cumplan con los requisitos serán notificados oportunamente, como máximo el día 14 de junio de 2016. TRANSITORIOS ÚNICO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 18 de mayo de 2016 EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS DE LA CIUDAD DE MEXICO (Firma) ING. EDGAR OSWALDO TUNGÜÍ RODRÍGUEZ EL DIRECTOR GENERAL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO (Firma) LIC. JORGE GAVIÑO AMBRIZ
  • 5. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5 SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, fracciones IV y VI, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, fracción XXVIII, 4, 6 y 8 fracción IV de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; 1, 5, 7 y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien registrarlo con el número MEO-20/200416- D-SSPDF-8/020216. En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DICTAMNADO Y REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216 MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE VIVIENDA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Marzo 2016 Registro: MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216 CONTENIDO I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN II. OBJETIVO GENERAL III. INTEGRACIÓN IV. ATRIBUCIONES V. FUNCIONES VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN VII. PROCEDIMIENTO(S) VIII. GLOSARIO IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN
  • 6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4º párrafo séptimo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero 1917. Ultima reforma el 29 de enero de 2016. ESTATUTO 2. Estatuto Orgánico de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, publicado en la Gaceta oficial de Distrito Federal el 15 de mayo de 2008. LEYES 3. Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, Artículos 37 fracciones I y II; 38 y 39, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1986. 4. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículos 1º, 5º, y 15 fracción X, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998. Ultima reforma el 18 de noviembre de 2015. 5. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, Artículo 12 fracción I, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de mayo de 2003. Ultima reforma el 15 de julio de 2011. REGLAMENTOS 6. Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, Artículos 33 fracciones I y II; 34 fracciones I y II; 35 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI; 36, 37 fracciones I, II, III, IV, V y VI; 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1988. 7. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, Artículo 7º fracción X, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2000. Ultima reforma 18 de enero de 2016. 8. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de octubre de 2008. Ultima reforma el 29 de enero de 2016. ACUERDOS 9. Acuerdo N°7-4/ORD/2015, de fecha 09 de diciembre de 2015, donde el Consejo Directivo de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, aprueba el Programa de Vivienda para el ejercicio 2016 y de conformidad al Oficio GG/12- 587/2015, signado por la Gerente General de dicho Organismo, mediante el cual informa que a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal se autorizaron 275 Créditos Hipotecarios. DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS 10. Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2015. GUÍAS 11. Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2015. II. OBJETIVO GENERAL
  • 7. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7 Establecer la integración y funcionamiento del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública, para que sus integrantes cumplan las disposiciones legales en materia de otorgamiento de créditos hipotecarios al personal operativo y administrativo con tipo de nómina 4 que se encuentren Activos y que cotice a la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, con el propósito de contribuir a elevar la calidad y mejorar su nivel de vida, así mismo lograr que dicho otorgamiento se lleve a cabo dentro de un marco de equidad, transparencia y legalidad. III. INTEGRACIÓN El Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública y Gerente General de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal: I. El Secretario de Seguridad Pública, quien fungirá como Presidente. II. El Director General de Administración de Personal, quien fungirá como Secretario Ejecutivo. III. El Subdirector de Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Secretario Técnico. IV. Vocales: • Subsecretario de Operación Policial. • Gerente General de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. • Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos. • Director General de Asuntos Jurídicos. • Director General de Prevención del Delito. V. Asesores: • Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública. • Director General del Consejo de Honor y Justicia. IV. ATRIBUCIONES El Comité de Vivienda es un Órgano Colegiado de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que tiene por objeto establecer las bases de selección de los aspirantes para el otorgamiento de un crédito hipotecario, que serán propuestos a la “Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal”, de conformidad con los requisitos señalados en la Ley de la materia. Los miembros del Comité durarán en su cargo, el tiempo que subsista su nombramiento como servidores públicos de mandos medios y superiores en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Lo no previsto en el Manual lo resolverán los miembros del Comité de Vivienda atendiendo lo dispuesto por los ordenamientos aplicables. V. FUNCIONES Del Comité de Vivienda 1. Dar seguimiento al Programa Anual de Vivienda, autorizado por el Consejo Directivo de la CAPREPOL. 2. Solicitar el padrón de aspirantes para el otorgamiento de un crédito hipotecario antes de efectuar el procedimiento de selección. 3. Determinar el procedimiento de selección de aspirantes que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, proponga a la CAPREPOL, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que se establecen en su Ley y Reglamento. 4. Verificar el cumplimiento de los acuerdos que el Comité determine.
  • 8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 5. Establecer las condiciones de recepción, integración y envío de los expedientes de beneficiarios a la CAPREPOL, de acuerdo al calendario anual proporcionado por la misma; con la finalidad de que los créditos hipotecarios se entreguen en tiempo y forma. 6. Solicitar a la CAPREPOL que informe la cantidad de beneficiarios a los que se les otorgó un crédito hipotecario en años anteriores. 7. Aprobar el calendario de sesiones ordinarias. 8. Aprobar las actas de las sesiones que se lleven a cabo. 9. El Comité deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales internas y demás aplicables en materia de prestaciones y estímulos. Del Presidente 1. Presidir formalmente las sesiones. 2. Suspender o diferir las sesiones en caso de que no se reúna el 50% más uno, de los integrantes del Comité. 3. Someter a consideración del Comité la orden del día en las sesiones ordinarias y extraordinarias. 4. Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo considere necesario o a petición de la mayoría de los miembros. 5. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones. 6. Orientar las resoluciones y acciones del Comité a los criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, legalidad, imparcialidad y honradez, que deben concurrir en la función de la prestación del servicio. Del Secretario Ejecutivo 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones y conducir el desarrollo de las mismas. 2. Vigilar la correcta elaboración de la orden del día de cada sesión y el listado de casos que se someterán a dictamen. 3. Supervisar que se envíe oportunamente a los miembros del Comité la convocatoria y la carpeta de trabajo de cada sesión. 4. Vigilar que se integren los expedientes y los archivos con la documentación que sustente los actos y acuerdos tomados por el Comité. 5. Efectuar el seguimiento de las acciones y acuerdos del Comité y mantener informado al Presidente de su integro y estricto cumplimiento. 6. Las demás que le sean asignadas por el Presidente. Del Secretario Técnico 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 2. Auxiliar al Presidente en el ejercicio de sus funciones. 3. Remitir con 48 horas de anticipación a los miembros del Comité la convocatoria y carpeta de trabajo de cada sesión ordinaria y con 24 horas de anticipación la carpeta de sesiones extraordinarias.
  • 9. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9 4. Enviar a los miembros del Comité copia del acta de la sesión para su análisis, a más tardar 10 días hábiles después de cada sesión. 5. Recibir del Secretario Ejecutivo para su incorporación en la orden del día los asuntos que serán sometidos a consideración y acuerdo del Comité. 6. Elaborar y resguardar la documentación que se cuenta de los trabajos, acuerdos y acciones del Comité. 7. Elaborar y proponer el calendario anual de sesiones ordinarias. 8. Las demás que expresa y formalmente le asigne el Presidente, el Secretario Ejecutivo o el pleno del Comité. De los Vocales 1. Asistir puntualmente e invariablemente a las sesiones. 2. Proponer en forma clara y concreta, alternativas para la solución y atención de los asuntos que se presenten a consideración y resolución del Comité. 3. Analizar la situación laboral del solicitante de crédito hipotecario, con el objeto de verificar que no esté impedido legalmente por resolución que haya causado ejecutoria. 4. Vigilar que las resoluciones del Comité se emitan con apego en lo dispuesto en el Manual. 5. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el pleno del Comité. De los Asesores 1. Asistir puntualmente e invariablemente a las sesiones. 2. Coadyuvar con los miembros del Comité a la interpretación y aplicación de la normatividad. 3. Emitir opiniones jurídicas en cuanto a la aplicación de los ordenamientos legales. VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN Del Comité 1. En el Comité se analizarán y evaluarán los asuntos relevantes en materia de Vivienda que incidan o puedan repercutir en el logro de los objetivos, metas y programas institucionales. 2. Sólo por excepción, con autorización del Presidente, podrán ser tratados otros asuntos relacionados con el Comité de Vivienda, cuando por la importancia o naturaleza de éstos, así lo amerite. 3. La convocatoria será remitida por el Secretario Técnico a cada uno de los miembros del Comité mediante oficio conforme al calendario autorizado, en el cual se señalará lugar, fecha y hora para la celebración de la sesión y se acompañará del orden del día. En la misma, se anexará la carpeta de trabajo y, en su caso, información soporte que será tratada en el Pleno del Comité. 4. El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar o de forma extraordinaria a solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros. De las suplencias 1. Los miembros propietarios del Comité podrán nombrar un suplente en casos excepcionales, quien en representación de aquel, tendrá las mismas atribuciones y funciones, el suplente deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al miembro propietario y hasta Jefe de Unidad Departamental y no podrá designar personal de honorarios o eventuales.
  • 10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 De la integración de las carpetas 1. La propuesta del orden del día será elaborada por el Secretario Técnico, e incluirá los siguientes conceptos: 1.1 Declaración de inicio de la sesión. 1.2 Aprobación del orden del día. 1.3 Presentación de asuntos a tratar. De las sesiones 1. Generalidades 1.1 En la primera sesión ordinaria, el Comité determinará y aprobará el Programa de Vivienda vigente. 1.2 El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar o de forma extraordinaria a solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros. 1.3 En caso de que se modifique alguna fecha establecida en el calendario de sesiones, el Secretario Técnico deberá informarlo con oportunidad y por escrito o por medio electrónico a los integrantes del Comité, indicando la nueva fecha en que se llevará a cabo la sesión; en este último caso, deberá cerciorarse de la recepción de la información. 1.4 El calendario de sesiones será sometido al Pleno del Comité y deberá ser emitido por el Secretario Ejecutivo, a efecto de que el Secretario Técnico lo informe oportunamente a los integrantes del Comité. 1.5 Para la celebración de las sesiones ordinarias, se considera que existe quórum con la asistencia del 50% más uno de sus miembros. 2. Del desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias 2.1 Al inicio de la sesión, el Secretario Técnico pasará lista de asistencia y verificará que exista el quórum e informará al Secretario Ejecutivo. 2.2 El Secretario Ejecutivo declarará formalmente si procede o difiere la sesión. 2.3 Se hará del conocimiento del Comité el orden del día de la sesión. 2.4 Se procederá al análisis y discusión de los asuntos planteados en la carpeta de trabajo y, una vez hechas las manifestaciones de los miembros, se someterán a votación los puntos controvertidos y se asentarán en el acta los acuerdos correspondientes. 2.5 El Secretario Técnico procederá a la formalización del acta aprobada, recabando las firmas de los miembros. 2.6 El Secretario Ejecutivo es el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra y procurará en todo momento que la exposición de los puntos de vista sean serios, responsables y congruentes con el asunto en análisis. 2.7 El Secretario Ejecutivo vigilará que se registren en el acta correspondiente, todas y cada una de las consideraciones vertidas en relación a cada asunto tratado por el Comité. 2.8 El Secretario Ejecutivo deberá someter a votación la propuesta de cada caso y cuantificar los votos a favor, en contra y abstenciones. 2.9 En asuntos generales del orden del día, se desahogarán aquellos asuntos que el Comité estime conveniente tratar.
  • 11. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 2.10 Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para ventilar los asuntos para los que se convocó. 3. De la presentación de los casos 3.1 Los casos se presentarán al Comité por conducto del Secretario Técnico, en estricto apego al orden del día autorizado; incluidos en la carpeta de trabajo. 3.2 La presentación de cada caso deberá incluir un planteamiento claro, concreto y completo del mismo. 4. De la votación 4.1 Las decisiones del Comité se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos. 4.2 Las votaciones se regularán de la siguiente forma: 4.2.1. El Presidente tendrá derecho a voz y voto y, además, contará con voto de calidad en caso de empate. 4.2.2. El Secretario Ejecutivo tendrá derecho a voz y voto. 4.2.3. El Secretario Técnico tendrá derecho a voz y voto. 4.2.4. Los Vocales tendrán derecho a voz y voto. 4.2.5. Los Asesores tendrán derecho a voz pero no a voto. VII. PROCEDIMIENTO(S) Nombre del Procedimiento: Desarrollo de sesiones del Comité de Vivienda Objetivo General: Realizar las sesiones correspondientes al Comité de Vivienda para Personal Operativo y Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal activos, permitiendo tener un orden para la votación y toma de decisiones del pleno de manera ágil y transparente. Descripción Narrativa: Actor No. Actividad Tiempo Secretario Técnico 1 Integra “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día con base a los casos y/o asuntos a tratar en cada Sesión del Comité de Vivienda. 7 días 2 Remite al Secretario Ejecutivo “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día, a fin de que se revise y en su caso recabe firma de autorización del Presidente. 1 día Secretario Ejecutivo 3 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día. 20 minutos 4 Revisa que en la “Carpeta de Trabajo” los casos a tratar cuenten con los requisitos establecidos en el punto número 6 de los aspectos a considerar de este ordenamiento. 1 hora 40 minutos ¿Cumplen con requisitos los casos a tratar? NO 5 Señala las correcciones a realizar y/o la documentación que falta por integrar. 1 hora
  • 12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 Actor No. Actividad Tiempo Secretario Ejecutivo 6 Turna la “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico. 15 minutos (Conecta con la Actividad 1). SÍ 7 Rubrica de visto bueno la “Carpeta de Trabajo”. 1 día 8 Envía “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día, al Presidente del Comité para su autorización. 15 minutos Presidente 9 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día. 20 minutos 10 Revisa “Carpeta de Trabajo” que los casos a tratar estén debidamente integrados. 2 horas 11 Firma de autorización la “Carpeta de Trabajo”. 20 minutos 12 Turna “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico a través del Secretario Ejecutivo para su posterior difusión a los integrantes del Comité de Vivienda. 2 horas Secretario Técnico 13 Recibe “Carpeta de Trabajo” autorizada. 20 minutos 14 Elabora “Oficio” convocando a cada uno de los integrantes del Comité de Vivienda para que asistan a sesión en la fecha y hora programada. 15 minutos 15 Remite “Oficio” anexando “Carpeta de Trabajo” y en su caso información en medio magnético. 40 minutos 16 El día de la Sesión, recaba firmas de asistencia de los integrantes del Comité. 5 minutos 17 Informa al Presidente el número de participantes para establecer si hay quórum suficiente para llevar a cabo la Sesión. 5 minutos Actor No. Actividad Tiempo ¿Existe quórum? NO Presidente 18 Suspende la sesión por existir el 50% o menos de asistencia de los integrantes del Comité de Vivienda. 2 minutos 19 Designa nueva fecha para realizar sesión ordinaria o extraordinaria. 3 minutos (Conecta con el fin del procedimiento) SÍ 20 Declara instalada la sesión ordinaria o extraordinaria por existir el 50% más uno de asistencia de los integrantes del Comité de Vivienda. 5 minutos Secretario Ejecutivo 21 Realiza la presentación de la orden del día, dando a conocer los acuerdos y acciones del Comité de Vivienda. 3 horas 22 Lleva a cabo el conteo de la votación de los miembros del pleno. 2 minutos 23 Da lectura a los asuntos generales tratados. 3 minutos Presidente 24 Comunica al pleno que se da por concluida la sesión. 5 minutos Secretario Ejecutivo 25 Elabora Acta de acuerdos tomados en Sesión. 2 días Presidente 26 Recaba firmas del Acta de Sesión, de los miembros del Comité participantes. 7 días 27 Elabora “Oficio” para enviar “Acta de Sesión”. 15 minutos
  • 13. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13 28 Envía “Acta de Sesión” debidamente requisitada. 15 minutos 29 Remite “Oficio” con “Acta de Sesión” debidamente requisitada, a cada uno de los miembros participantes del Comité de Vivienda. 15 minutos Fin del Procedimiento Tiempo total de ejecución: 18 días, 13 horas y 40 minutos Aspectos a considerar: 1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Capítulo I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Vivienda para Personal Operativo y Administrativo de tipo de nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 2. El Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en el apartado de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos, Objetivo 2, Función II establece: 2.1 Coordinar y supervisar el desarrollo de los trabajos del Sorteo Anual de Vivienda de los Créditos que otorga la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (CAPREPOL) al personal con tipo de nómina 4, con apego al Manual del Comité de Vivienda y normas aplicables. 3. De conformidad a lo dispuesto en el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, en el Apartado de la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social, en el Objetivo 1, funciones III, IV y V establece: 3.1 Coordinar las sesiones del Comité de Vivienda, observando el cumplimiento de los lineamientos de dicho Comité, el Manual de Procedimiento para el Sorteo de Créditos Hipotecarios para el Personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal con tipo de Nómina Cuatro y las disposiciones que refiere la Ley y el Reglamento de la mencionada Caja. 3.2 Recibir, cotejar e integrar la documentación requerida por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (CAPREPOL) para el Programa de Vivienda de acuerdo con los lineamientos. 3.3 Desarrollar el sorteo de crédito de Vivienda que otorga la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal (CAPREPOL) e integrar los expedientes individuales para que se envíen a la misma para su validación y en caso de ser procedente se le otorgue al beneficiario el crédito para vivienda. 4. Los aspirantes a participar en la selección de esta prestación, deberán acudir a la Oficina de Vivienda y Crédito Hipotecario, dependiente de la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, adscrita a la Dirección General de Administración de Personal, para integrar el expediente básico. 5. Para poder participar en el sorteo, deberán integrar el expediente señalado a través de los siguientes requisitos y documentación oficial vigente: 5.1. Acreditar ser personal de haberes (Nómina 4) activo al momento del registro de la solicitud respectiva. 5.2. Contar mínimo con cinco años de servicio ininterrumpidos en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y cotizar por el mismo tiempo en la CAPREPOL. 5.3. Tener menos de 60 años de edad. 5.4. No haber sido beneficiado con anterioridad con algún crédito hipotecario por parte de la CAPREPOL.
  • 14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 5.5. Requisitar la solicitud en original; así como presentar copia de la Identificación Oficial vigente (I.F.E., I.N.E., Pasaporte vigente y/o Cédula Profesional), así como copia de la Credencial vigente emitida por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y un fólder tamaño carta color beige. 6. Los beneficiarios del sorteo podrán consultar su capacidad de crédito en la página de Internet www.caprepol.df.gob.mx, tomando en consideración que de solicitar un préstamo a corto plazo se limitará hasta el 10 % de su cotización para asegurar su capacidad crediticia. 7. Todos aquellos trabajadores que sean beneficiados con un crédito hipotecario, únicamente podrán ejercerlo en el Distrito Federal u otros Estados ubicados en la Zona Conurbada a éste. 8. El personal de transferencia de la Policía Bancaria e Industrial del Distrito Federal, deberá presentar original y copia de la hoja de servicio expedida por dicha Corporación. 9. Los demás que señalan la Ley de la CAPREPOL y su Reglamento. 10. La selección de los beneficiarios del otorgamiento de esta prestación estará sujeta a los criterios establecidos previamente por el Comité de Vivienda de esta Secretaría. 10.1 La difusión del programa se realizará a través de Convocatoria que será publicada y colocada en todas las áreas que integran la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 10.2 Los boletos del personal inscrito para participar en el sorteo, serán remitidos al Órgano Interno de Control en esta Secretaría, para su guarda, custodia y revisión 3 días hábiles previos a dicho evento. 10.3 Una vez realizado el sorteo abierto y transparente de vivienda, la difusión del listado de los beneficiarios se publicará en las instalaciones que ocupa la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, ubicado en la Avenida José María Izazaga número 89, Colonia Centro, así como en los edificios ubicados en Londres número 107 y Liverpool número 136, Colonia Juárez, todos en la Delegación Cuauhtémoc. 10.4 Se notificará mediante oficio para que el personal beneficiado se presente de forma “URGENTE” en la Oficina de Vivienda y Crédito Hipotecario, para dar inicio al trámite respectivo. 10.5 Los suplentes tendrán dicho carácter sólo para el programa de vivienda CAPREPOL, en el año que resultaron seleccionados. 10.6 Se notificará a la CAPREPOL oportunamente el nombre de los agraciados en el sorteo para su publicación en la página web; la CAPREPOL publicará su estatus crediticio y capacidad de pago, los beneficiarios de un crédito hipotecario solo podrán renovar su préstamo a corto plazo hasta por el 10% de su capacidad crediticia. 10.7 Cabe señalar que para la integración y envío de expedientes se llevará de acuerdo a los lineamientos y requisitos establecidos por la CAPREPOL. 10.8 Para los elementos que hayan sido beneficiados con un crédito hipotecario, por parte de la CAPREPOL, la dispersión de nómina se realizará a través de descuentos quincenales vía nómina por el tiempo establecido en la escrituración. 11. Será motivo de cancelación y/o acciones procedentes del trámite cuando se incurra en cualquiera de los siguientes supuestos: 11.1 Que haya sido beneficiado con algún tipo de crédito hipotecario proporcionado por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, con anterioridad. 11.2 Se le esté aplicando al momento de hacer la solicitud más del 10% de su salario por concepto de pensión alimenticia. 11.3 Presente documentación falsa y/o alterada.
  • 15. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15 11.4 Disfrute de licencia sin goce de sueldo. 11.5 Cause baja de esta Secretaría. 11.6 Se encuentre inscrito en algún programa de vivienda otorgado por el Gobierno del Distrito Federal y que haya recibido algún crédito hipotecario. 11.7 No integre la documentación en la fecha establecida en la carta compromiso: 11.7.1. 45 días naturales Adquisición de Vivienda Nueva. 11.7.2. 60 días naturales Adquisición de Vivienda Usada, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo, Redención de Gravamen, Mejoras y Reparación a Inmueble Propio y Construcción de Vivienda en Terreno Propio. 11.8 Por renuncia voluntaria y expresa. 11.9 No cuente con capacidad de crédito determinada por la CAPREPOL. 11.10 No se presente dentro de los 15 días hábiles, una vez notificado conforme al punto 10.4.- Término que será improrrogable. 11.11 No se presente dentro de los 15 días naturales para solventar las inconsistencias que en su caso hayan sido detectadas por el personal de la Oficina de Vivienda y Crédito Hipotecario, quien solicitará por escrito al interesado subsanar las mismas, siempre y cuando se cumpla con las fechas límite establecidas por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, para la recepción de los expedientes. 11.12 No se presente dentro de los 30 días naturales, para solventar las inconsistencias, que en su caso haya detectado la CAPREPOL, en los expedientes que le hayan sido remitidos; se solicitará por escrito al interesado subsanarlas, siempre y cuando se cumpla con las fechas límite establecidas por la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal, para la recepción de los expedientes. Cuando el interesado, se encuentre en alguno de los supuestos referidos, se hará de su conocimiento la cancelación del crédito, mediante notificación por escrito. 12. Para efectos del presente procedimiento se entenderá por: 12.1 Consejo Directivo.- Órgano Colegiado de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 12.2 Comité.- Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 12.3 Titular o Suplente.- Personal activo de haberes (Nómina 4) que habiendo solicitado dicha prestación y reunido los requisitos, resultó agraciado para proponerlo a la CAPREPOL. 12.4 Crédito Hipotecario.- Adquisición de Vivienda Nueva, Adquisición de Vivienda Usada, Construcción de Vivienda en Terreno Propio, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo, Mejoras y Reparaciones a Inmueble Propio y Redención de Gravamen, son las diferentes modalidades a que tiene derecho el personal activo. 12.5 Programa.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega de Créditos Hipotecarios. 12.6 Secretaría.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 12.7 CAPREPOL.- Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 12.8 Manual Específico.- Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda para Personal Operativo y Administrativo de Tipo de Nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
  • 16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 Nombre del Procedimiento: Otorgamiento de Crédito Objetivo General: Otorgar los créditos hipotecarios al personal operativo y administrativo de tipo de nómina 4 activos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que hayan cumplido en tiempo y forma con los requisitos establecidos y hayan sido beneficiados como titulares del crédito. Descripción Narrativa: Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 1 Elabora “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 3 días 2 Rubrica “Listado” del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 2 horas 3 Envía “Listado” del Personal Inscrito para participar en el Sorteo a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 4 Recibe para su revisión y aprobación “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 4 horas ¿Están correctos los documentos? NO 5 Señala las correcciones a realizar del “Listado” del Personal Seleccionado. 2 horas 6 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social decisión. 15 minutos (Conecta con la Actividad 1). SÍ 7 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social decisión. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 8 Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos, “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo aprobados. 15 minutos 9 Elabora “Oficio” con “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 15 minutos Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 10 Envía “Oficio” con “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo a la Dirección General de Administración de Personal. 15 minutos Dirección General de Administración de Personal 11 Recibe para su revisión y aprobación “Oficio” con “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 2 horas ¿Están correctos los documentos? NO 12 Señala las correcciones a realizar del “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 15 minutos 13 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social. 15 minutos (Conecta con la Actividad 1). SÍ 14 Firma “Oficio”. 15 minutos
  • 17. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 15 Turna “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo a la Contraloría Interna en la Secretaría para su atención. 15 minutos 16 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Contraloría Interna en la Secretaría 17 Recibe “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 3 días 18 Revisa “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 2 horas 19 Registra en controles “Listado” y Boletos del Personal Inscrito para participar en el Sorteo. 45 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 20 Elabora “Oficio” para solicitar Auditorio, a la Coordinación General de Asesores del Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal. 15 minutos Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 21 Turna “Oficio” a la Coordinación General de Asesores del Secretario de Seguridad Publica, para la Celebración del Evento del Sorteo. 15 minutos 22 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Coordinación General de Asesores del Secretario de Seguridad Publica 23 Recibe “Oficio” y programa Evento. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 24 Elabora “Oficio” para solicitar Maestro de ceremonias, para el evento. 15 minutos 25 Turna a la Dirección General de la Policía Auxiliar. 15 minutos 26 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Dirección General de la Policía Auxiliar 27 Recibe “Oficio” y programa asistencia para el Evento. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 28 Elabora “Invitaciones” requiriendo la presencia de los integrantes del Comité de Vivienda, para asistir al Sorteo. 1 hora 29 Turna “Invitaciones”. 15 minutos 30 Archiva acuse de “Invitaciones”. 15 minutos 31 Elabora “Oficio” para solicitar Interventores. 15 minutos 32 Turna a la Contraloría Interna en la Secretaría. 15 minutos Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 33 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Contraloría Interna en la Secretaría 34 Designa Interventores. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 35 Realiza en la fecha señalada el Sorteo de manera clara y transparente, supervisado por la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 3 horas
  • 18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 36 Obtiene por sorteo los Titulares de los Créditos Hipotecarios y sus Suplentes debidamente avalados por personal de la Contraloría Interna en la Secretaría. 4 horas 37 Elabora “Acta de Hechos de Titulares y Suplentes”, obtiene validación de la Contraloría Interna en la Secretaría y de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 1 día 38 Publica Resultados del Sorteo. 2 días Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 39 Elabora “Oficio-Citatorio” para los Titulares. 2 días 40 Envía “Oficio-Citatorio” para los Titulares. 15 minutos 41 Archiva acuses de “Oficios” recibidos. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 42 Elabora “Oficio” para remitir “Listado” y solicitar montos máximos de Crédito de Titulares y Suplentes. 15 minutos Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos 43 Envía “Oficio” con “Listado” y solicitar montos máximos de Crédito de Titulares y Suplentes a la CAPREPOL. 15 minutos 44 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Actor No. Actividad Tiempo Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 45 Recibe “Oficio” con “Listado” para determinar montos máximos de Crédito de Titulares y Suplentes. 15 minutos 46 Registra en controles. 30 minutos 47 Remite “Listado” de montos máximos de Crédito de Titulares y Suplentes a la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos Jefatura de la Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 48 Elabora “Oficio” para solicitar “Hojas de Servicio”. 15 minutos 49 Turna “Oficio” a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos 50 Recibe “Oficio”. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 51 Turna “Oficio” con “Listado” de Titulares y Suplentes a la Subdirección de Control y Capacitación de Personal Administrativo. 15 minutos 52 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Subdirección de Control y Capacitación de Personal Administrativo 53 Recibe “Oficio” con “Listado de Titulares y Suplentes” para la elaboración de las “Hojas de Servicio”. 15 minutos 54 Registra en controles. 30 minutos 55 Remite “Hojas de Servicio” de Titulares y Suplentes” a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 6 meses Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 56 Informa al “Titular o Suplente” requisitos para integrar “Expediente”, firma Carta Compromiso y Lista de Requisitos. 15 minutos
  • 19. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19 57 Archiva acuses en “Expediente Personal del Titular o Suplente”. 15 minutos Titular o Suplente 58 Integra “Documentación” que será remitida a la CAPREPOL. 30 minutos Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de la Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 59 Elabora “Oficio” para remitir “Expediente Personal del Titular o Suplente”. 15 minutos 60 Turna “Oficio” “Expediente Personal del Titular o Suplente” a la CAPREPOL. 15 minutos 61 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 62 Recibe “Expediente Personal del Titular o Suplente”. 15 minutos 63 Revisa “Documentación”. 15 días 64 Determina e informa al Titular o Suplente, si procede el otorgamiento del Crédito Hipotecario. 5 días Jefatura de la Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 65 Elabora “Oficio” para solicitar cuantos Titulares o Suplentes han firmado “Escrituras”. 15 minutos 66 Turna “Oficio” a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 67 Recibe “Oficio”. 15 minutos 68 Turna “Oficio” para solicitar cuantos Titulares o Suplentes han firmado “Escrituras” a la CAPREPOL. 15 minutos 69 Archiva acuse de “Oficio” recibido. 15 minutos Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 70 Recibe “Oficio” de cuantos Titulares o Suplentes han firmado “Escrituras”. 15 minutos 71 Registra en controles. 30 minutos Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal 72 Remite “Oficio” indicando qué Titulares o Suplentes firmaron “Escrituras”. 15 minutos Jefatura de la Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social 73 Revisa qué Titulares o Suplentes firmaron “Escrituras”. 45 minutos Actor No. Actividad Tiempo 74 Registra en controles. 30 minutos Fin del Procedimiento Tiempo total de ejecución: 7 meses, 3 días, 11 horas y 45 minutos. Aspectos a considerar: 1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, Capítulo I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Vivienda para Personal Operativo y Administrativo de tipo de nómina 4 Activos de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, señala en el Objetivo 1, que tiene como finalidad, establecer permanentemente, los mecanismos de control para el otorgamiento óptimo de prestaciones del personal, dentro de sus funciones I y II.
  • 20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 3. Acorde al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos, indica en el Objetivo 2, Coordinar el oportuno desarrollo de los programas que benefician al personal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal en los plazos previstos en las normas aplicables, conforme a la fracción II. 4. Conforme al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones y Trabajo Social, menciona en Objetivo 1, Verificar que la información relacionada con las prestaciones y beneficios que se otorga al personal de la Secretaría, sea clara y precisa con el propósito de realizar el oportuno trámite que corresponda, de acuerdo a las fracciones III, IV y V. 5. Una vez que haya sido recibida la solicitud y documentación requerida para los créditos a que se refiere la fracción II del artículo 33 de este Reglamento, la Caja procederá a su estudio técnico, legal y financiero, debiéndose dar a conocer al interesado su aprobación o rechazo justificado en un plazo que no excederá de sesenta días naturales. 6. El préstamo podrá ser otorgado hasta por un monto del 100% del avalúo realizado por una Sociedad Nacional de Crédito. 7. Las viviendas serán entregadas en forma inmediata a los titulares y/o suplentes, una vez firmado el contrato correspondiente. 8. La CAPREPOL determinará la fecha en que tendrá lugar el otorgamiento de la escritura respectiva, notificándolo en forma oportuna al elemento. 9. Los gastos notariales que se originen con motivo de la escrituración del inmueble, así como los impuestos, derechos y demás contribuciones que se causen con motivo de la operación, correrá por cuenta exclusiva del adquirente. 10. Los créditos a que se refiere esta Sección, se adjudicarán una sola vez y de una sola clase a los elementos, en los términos del presente Reglamento de la Ley de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal.
  • 21. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 Anexos: 1. Requisitos para Trámite de Adquisición de Vivienda Nueva.
  • 22. 22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 2. Requisitos para el Trámite de Adquisición de Vivienda Usada (Compra a Terceros)
  • 23. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
  • 24. 24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 3. Requisitos para el Trámite de Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el Mismo.
  • 25. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
  • 26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 4. Requisitos para el Trámite de Construcción de Vivienda en Terreno Propio.
  • 27. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27 5. Requisitos para el Trámite de Mejoras y Reparación a Inmueble Propio.
  • 28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 6. Requisitos para Trámite de Redención o Cancelación de Gravamen.
  • 29. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 7. Carta Compromiso.
  • 30. 30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 8. Acuse de requisitos de Trámite de Crédito Hipotecario. VIII. GLOSARIO Para los efectos de este ordenamiento se entiende por: 1. CAPREPOL.- Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 2. Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados al Programa de Vivienda.
  • 31. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31 3. Consejo Directivo.- Órgano Colegiado de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 4. Crédito hipotecario.- Adquisición de Vivienda Nueva, Adquisición de Vivienda Usada, Construcción de Vivienda en Terreno Propio, Adquisición de Terreno y Construcción de Vivienda en el mismo, Mejoras y Reparaciones a Inmueble Propio y Redención de Gravamen, son las diferentes modalidades a que tiene derecho el personal activo. 5. Manual.- Instrumento administrativo que contiene en forma explícita, ordenada y sistemática información sobre la operación del Comité de Vivienda. 6. Programa de trabajo.- Plan de actividades enfocadas a cumplir en tiempo y forma con el objetivo establecido. 7. Programa de vivienda.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega de Créditos Hipotecarios. 8. Quórum.- Número de asistentes del Comité de Vivienda que se requiere para llevar a cabo una sesión. 9. Secretaría.- Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 10. Sesión.- Reunión celebrada para la toma de decisiones y deliberación de asuntos del Programa de Vivienda. 11. Titular o suplente.- Personal activo de haberes (Nómina 4) que habiendo solicitado dicha prestación y reunido los requisitos, resultó agraciado para proponerlo a la CAPREPOL. IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN INTEGRANTES PRESIDENTE _____________________________ SUPERINTENDENTE GENERAL LIC. HIRAM ALMEIDA ESTRADA SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA SECRETARIO EJECUTIVO _____________________________ LIC. RODOLFO DE LA O HERNÁNDEZ DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL SECRETARIO TÉCNICO _____________________________ C.P. FRANCISCO JARAMILLO ARROYO SUBDIRECTOR DE PRESTACIONES Y CUMPLIMIENTOS VOCAL _____________________________ PRIMER SUPERINTENDENTE LUIS ROSALES GAMBOA SUBSECRETARIO DE OPERACIÓN POLICIAL
  • 32. 32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 VOCAL _____________________________ L.C. EMILIO ENRIQUE MANRIQUE OCHOA ENCARGADO DE LOS ASUNTOS RELATIVOS A LA GERENCIA GENERAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL VOCAL _____________________________ C.P. JOSÉ G. HERRERA CRUZ DIRECTOR DE REMUNERACIONES, PRESTACIONES Y CUMPLIMIENTOS VOCAL _____________________________ MTRO. EMMANUEL CHÁVEZ PÉREZ DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS VOCAL _____________________________ ERNESTO CANTO GUDIÑO DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO ASESOR _____________________________ LIC. JAIME ALBERTO BECERRIL BECERRIL CONTRALOR INTERNO EN LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA ASESOR _____________________________ LIC. VÍCTOR MANUEL ESPINOSA RABASSA DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA TRANSITORIOS Primero.- Se da a conocer el Manual Específico de Operación del Comité de Vivienda de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, mismo que fue registrado con el número MEO-20/200416-D-SSPDF-8/020216, por la Coordinación General de Modernización Administrativa. Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para todos los efectos legales a que haya lugar. Dado en la sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, a los dos días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (Firma) SUPERINTENDENTE GENERAL LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA
  • 33. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33 SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafos nueve y diez de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 12, fracciones I, IV, VII y VIII, 87 y 115, fracciones II y III, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 7, 15 fracción X y último párrafo, 16 fracción IV, y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3, fracciones XXVIII y XXXI, 4, 6, 8 fracciones II y XIX de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; y 8, fracción I, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y CONSIDERANDO Que la Seguridad Pública es una función reservada al Estado, cuya prestación consiste, entre otras, en proteger la integridad física de las personas y sus bienes, la cual se encuentra, a cargo de la Policía del Distrito Federal integrada por la Policía Preventiva y la Policía Complementaria, ésta a su vez, conformada por la Policía Auxiliar y la Bancaria e Industrial, cuya actuación se rige por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. Que la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece que corresponde al Secretario aprobar y remitir a la Oficialía Mayor para su revisión dictamen y registro, el Manual Específico para el mejor funcionamiento de la dependencia, así como disponer lo necesario para que se mantenga actualizado y se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Que se realizaron los trámites correspondientes para la autorización y registro de los procedimientos vigentes del Manual Específico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, registrado ante la Coordinación General de Modernización Administrativa, la que tuvo a bien registrarlo con el número MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216. En virtud de lo anterior, y para su debida difusión, he tenido a bien expedir el siguiente: AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL, DICTAMINADO Y REGISTRADO CON EL NÚMERO MEO-21/200416-D-SSPDF- 8/020216 MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE BECAS PARA HIJOS DEL PERSONAL OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO DE LA POLICÍA PREVENTIVA DEL DISTRITO FEDERAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL Febrero-2016 Registro: MEO-21/200416-D-SSPDF-8/020216 CONTENIDO I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN 2 II. OBJETIVO GENERAL 1 III. INTEGRACIÓN 1 IV. ATRIBUCIONES 1 V. FUNCIONES 4 VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN 3 VII. PROCEDIMIENTO(S) 13 VIII. GLOSARIO 1 IX. VALIDACIÓN DEL MANUAL ESPECÍFICO DE OPERACIÓN 3
  • 34. 34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DE ACTUACIÓN 1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de febrero de 1917. Ultima reforma el 29 de enero de 2016. Leyes 2. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la federación el 31 de diciembre de 1982, hasta su última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2013. 3. Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993. 4. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 1998, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de noviembre de 2015. 5. Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de mayo de 2003, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de noviembre de 2015 Códigos 6. Código Civil para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 1928 y, hasta sus últimas reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1998 y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de octubre del 2008 y 5 de febrero de 2015. Reglamentos 7. Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1984, y aclaración publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 1984. 8. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de diciembre de 2000, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de enero de 2016. 9. Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de octubre de 2008, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de enero de 2016. Decretos 10. Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2016, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2015. Acuerdos 11. Acuerdo por el que se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2008, hasta su última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de noviembre de 2009. Circulares 12. Circular Uno 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.
  • 35. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35 Documentos normativo – administrativos 13. Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2015. Guías 14. Guía Técnica y Metodológica para la Elaboración e Integración de los Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de agosto de 2015. II. OBJETIVO GENERAL Establecer la integración y funcionamiento del Comité de Becas de la Secretaría de Seguridad Pública, para que sus integrantes cumplan las disposiciones legales en materia de otorgamiento de becas de nivel primaria, secundaria y medio superior para hijos(as) y tutelados(as) del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, los cuales hayan cumplido en tiempo y forma con los requisitos solicitados y hayan sido seleccionados dentro de un marco de equidad, transparencia y legalidad, con el propósito de fomentar y motivar el hábito de estudio a través de la asignación de dicho apoyo o estímulo económico. III. INTEGRACIÓN El Comité estará integrado por los siguientes servidores públicos de la Secretaría de Seguridad Pública: I. El Secretario de Seguridad Pública, quien fungirá como Presidente. II. El Director General de Administración de Personal, quien fungirá como Secretario Ejecutivo. III. El Subdirector de Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Secretario Técnico. IV. El Director de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, quien fungirá como Administrador. V. El Director General de Recursos Financieros, quien fungirá como Tesorero. VI. Vocales: • Subsecretario de Operación Policial. • Director General de Recursos Materiales. • Director General del Consejo de Honor y Justicia. • Director Ejecutivo de Salud y Bienestar Social. VII. Asesores: • Director General de Asuntos Jurídicos. • Contralor Interno en la Secretaría de Seguridad Pública. IV. ATRIBUCIONES Se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal como un Órgano Colegiado de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, que tiene por objeto analizar, integrar, revisar, aprobar las solicitudes de Becas y en su caso otorgarlas, dentro de un marco de equidad, imparcialidad y legalidad, atendiendo al orden de prioridades y requisitos señalados en el Manual Especifico de Operación del Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, que cursan los niveles de Primaria y Secundaria en Escuelas Públicas o Privadas con reconocimiento oficial, y el Nivel Medio Superior en Escuelas Públicas ubicadas en Zonas Conurbadas a la Ciudad de México y otros estados. Los miembros del Comité durarán en su cargo, el tiempo que subsista su nombramiento como servidores públicos de mandos medios y superiores en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
  • 36. 36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 V. FUNCIONES Del comité de becas 1. Aprobar y dar seguimiento al Programa de Becas del ciclo escolar vigente en los cuales se establecen los procedimientos y requisitos para el otorgamiento de becas. 2. Revisar y aprobar en su caso, las solicitudes de becas y dictaminar el otorgamiento de las mismas. 3. Evaluar los resultados del Programa de Becas, sus impactos y beneficios, así como realizar las gestiones para la obtención de los recursos económicos necesarios. 4. Integrar y conservar los expedientes de cada asunto que se someta a su consideración. 5. Cumplir con las disposiciones legales internas y demás aplicables en materia de prestaciones y estímulos. 6. Lo no previsto en el presente Manual, lo resolverán los miembros del Comité atendiendo a lo dispuesto por los ordenamientos aplicables. Del Presidente 1. Presidir formalmente las sesiones. 2. Declarar formalmente constituida la sesión o suspender o diferir las sesiones ordinarias, en el caso de que no se reúna el 50% más uno de los integrantes del Comité. 3. Vigilar que se someta a votación de los integrantes del Comité, los casos presentados en la sesión. 4. Convocar a sesiones extraordinarias cuando lo considere necesario o a petición de la mayoría de los miembros. 5. Ejercer el voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones. 6. Orientar las resoluciones y acciones del Comité a los criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, legalidad, imparcialidad y honradez, que deben concurrir en la función de la prestación del servicio. 7. Aprobar el Programa de trabajo del Comité. 8. Procurar que las resoluciones y acciones del Comité, contribuyan al cumplimiento eficaz del Programa de trabajo. Del Secretario Ejecutivo 1. Coordinar la elaboración del Programa de trabajo del Comité y ponerlo a consideración del Presidente. 2. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones y conducir el desarrollo de las mismas. 3. Vigilar la correcta elaboración del orden del día de cada sesión y el listado de casos que se someta a dictamen. 4. Supervisar que se envíe oportunamente a los miembros del Comité, la convocatoria y la carpeta de trabajo de cada sesión. 5. Vigilar que se integren los expedientes y los archivos con la documentación que sustente los actos y acuerdos tomados por el Comité. 6. Efectuar el seguimiento de las acciones y acuerdos del Comité y mantener informado al Presidente de su íntegro y estricto cumplimiento.
  • 37. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37 7. Orientar a los integrantes del Comité para ampliar los criterios que permitan hacer un mejor análisis de la información, con el fin de tomar decisiones inmediatas, confiables y pertinentes. 8. Las demás que le sean asignadas por el Presidente. Del Secretario Técnico 1. Ser el responsable de los aspectos de organización y operatividad de las reuniones del Comité. 2. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 3. Auxiliar al Presidente y al Secretario Ejecutivo en el ejercicio de sus funciones. 4. Remitir a los miembros del Comité, la convocatoria y carpeta de trabajo de cada sesión. 5. Enviar a los miembros del Comité, copia del acta de la sesión inmediata anterior para su análisis. 6. Recibir del Secretario Ejecutivo, para su incorporación en el orden del día, los asuntos que se someterán a la consideración y acuerdo del Comité. 7. Elaborar y resguardar la documentación que dé cuenta de los trabajos, acuerdos y acciones del Comité. 8. Integrar y presentar el Programa de Becas al Secretario Ejecutivo para su aprobación en el Comité. 9. Las demás que expresa y formalmente le asigne el Presidente, el Secretario Ejecutivo o el Pleno del Comité. Del Administrador 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 2. Recibir y llevar el control de las solicitudes de becas que presenten los interesados. 3. Revisar e integrar el expediente con la documentación recibida y turnarlo al Secretario Técnico para someterlo a consideración del Comité. 4. Elaborar la relación de becas autorizadas por el Comité y notificar a los beneficiarios. 5. Clasificar los expedientes por escolaridad. 6. Elaborar listados de pagos. 7. Promover el Programa de Becas entre el personal operativo y administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, a través de circulares, talón de pago u otros medios. 8. Elaborar la requisición de recursos. 9. Tramitar el pago de becas. 10. Los demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité. Del Tesorero 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 2. Proporcionar con oportunidad los recursos económicos que permitan cumplir con el otorgamiento de esta prestación.
  • 38. 38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 3. Elaborar y tramitar los documentos presupuestales que sean necesarios para obtener los recursos conforme a lo establecido, en coordinación con la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos. 4. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité. De los Vocales 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 2. Participar activamente, proponiendo en forma clara y concreta las alternativas de solución, con el fin de tomar decisiones inmediatas, confiables y pertinentes. 3. Analizar la situación laboral del solicitante de beca, con objeto de verificar que no esté impedido legalmente por resolución emanada de autoridad administrativa o judicial. 4. Vigilar que las resoluciones del Comité se emitan con apego a lo dispuesto en el Manual. 5. Las demás que expresamente le asigne el Presidente o el Pleno del Comité. De los Asesores 1. Asistir puntual e invariablemente a las sesiones. 2. Coadyuvar con los miembros del Comité a la interpretación y aplicación de la normatividad. 3. Emitir opiniones jurídicas y administrativas en cuanto a la aplicación de los ordenamientos legales. VI. CRITERIOS DE OPERACIÓN Del comité 1. En el Comité se analizarán y evaluarán los asuntos relevantes en materia de becas que incidan o puedan repercutir en el logro de los objetivos, metas y programas institucionales. 2. Sólo por excepción, con autorización del Presidente, podrán ser tratados otros asuntos relacionados con becas, cuando por la importancia o naturaleza de éstos, así lo amerite. 3. La convocatoria será remitida por el Secretario Técnico a cada uno de los miembros del Comité mediante oficio conforme al calendario autorizado, en el cual se señalará lugar, fecha y hora para la celebración de la sesión y se acompañará del proyecto del orden del día. En la misma, se anexará la carpeta de trabajo y, en su caso, información soporte que será tratada en el Pleno del Comité. 4. En el caso de la sesión ordinaria, la convocatoria se expedirá con 48 horas de anticipación; para el caso de la sesión extraordinaria, la convocatoria se expedirá con 24 horas de anticipación. De las suplencias 1. Los miembros propietarios del Comité mediante oficio, podrán nombrar suplente para casos excepcionales, quien en representación de aquel, tendrá las mismas atribuciones y funciones, el suplente deberá tener el nivel jerárquico inmediato inferior al del miembro propietario. De la integración de las carpetas 1. La propuesta del orden del día será elaborada por el Secretario Técnico, e incluirá los siguientes conceptos: 1.1 Declaración de inicio de la sesión.
  • 39. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39 1.2 Presentación del acta de la sesión anterior. 1.3 Aprobación del orden del día. 1.4 Presentación de asuntos a tratar. De las sesiones 1. Generalidades 1.1 En la primera sesión ordinaria, el Comité determinará y aprobará el Programa de Becas del ciclo escolar vigente. 1.2 El Comité sesionará de manera ordinaria cada cuatro meses si existen asuntos a tratar, o de forma extraordinaria a solicitud del Presidente o de la mayoría de sus miembros. 1.3 En caso de que se modifique alguna fecha establecida en el calendario de sesiones, el Secretario Técnico deberá informarlo con oportunidad y por escrito o por medio electrónico a los integrantes del Comité, indicando la nueva fecha en que se llevará a cabo la sesión; en este último caso, deberá cerciorarse de la recepción de la información. 1.4 El calendario de sesiones será sometido al Pleno del Comité y deberá ser emitido por el Secretario Ejecutivo, a efecto de que el Secretario Técnico lo informe oportunamente a los integrantes del Comité. 1.5 Para la celebración de las sesiones ordinarias, se considera que existe quórum con la asistencia del 50% más uno de sus miembros. 2. Del desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias 2.1 Al inicio de la sesión, el Secretario Técnico pasará lista de asistencia y verificará que exista el quórum e informará al Secretario Ejecutivo. 2.2 El Secretario Ejecutivo declarará formalmente si procede o difiere la sesión. 2.3 El Secretario Técnico dará lectura al Acta anterior y se someterá a consideración del Comité para aclaraciones o inconformidades y, de no existir, se procederá a su aprobación. 2.4 Se hará del conocimiento del Comité el orden del día de la sesión. 2.5 Se procederá al análisis y discusión de los asuntos planteados en la carpeta de trabajo y, una vez hechas las manifestaciones de los miembros, se someterán a votación los puntos controvertidos y se asentarán en el acta los acuerdos correspondientes. 2.6 El Secretario Técnico procederá a la formalización del Acta aprobada, recabando las firmas de los miembros. 2.7 El Secretario Ejecutivo es el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra y procurará en todo momento que la exposición de los puntos de vista sean serios, responsables y congruentes con el asunto en análisis. 2.8 El Secretario Ejecutivo vigilará que se registren en el acta correspondiente, todas y cada una de las consideraciones vertidas en relación a cada asunto tratado por el Comité. 2.9 El Secretario Ejecutivo deberá someter a votación la propuesta de cada caso y cuantificar los votos a favor, en contra y abstenciones. 2.10 En asuntos generales del orden del día, se desahogarán aquellos asuntos que el Comité estime conveniente tratar. 2.11 Las sesiones extraordinarias se celebrarán exclusivamente para ventilar los asuntos para los que se convocó. 3. De la presentación de los casos 3.1 Los casos se presentarán al Comité por conducto del Secretario Técnico, en estricto apego al orden del día autorizado; incluidos en la carpeta de trabajo. 3.2 La presentación de cada caso deberá incluir un planteamiento claro, concreto y completo del mismo. De la votación 1. Las decisiones del Comité se tomarán por unanimidad o por mayoría de votos. 2. Las votaciones se regularán de la siguiente forma: 2.1 El Presidente tendrá derecho a voz y voto y, además, contará con voto de calidad en caso de empate.
  • 40. 40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 2.2 El Secretario Ejecutivo tendrá derecho a voz y voto. 2.3 El Secretario Técnico únicamente tendrá derecho a voz, pero no a voto. 2.4 El Administrador tendrá derecho a voz y voto. 2.5 El Tesorero tendrá derecho a voz y voto. 2.6 Los Vocales tendrán derecho a voz y voto. 2.7 Los Asesores tendrán derecho a voz pero no a voto VII. PROCEDIMIENTO(S) Nombre del Procedimiento: Integración de asuntos para el desarrollo de sesiones del Comité de Becas de la Secretaría de Seguridad Pública. Objetivo General: Integrar los asuntos que abordará el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal y cómo serán presentados éstos en cada una de las sesiones, permitiendo tener un orden, para su votación y toma de acuerdos del pleno de manera ágil y transparente. Descripción Narrativa: Actor No. Actividad Tiempo Secretario Técnico 1 Integra “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día con base a los casos y/o asuntos a tratar en cada Sesión del Comité de Becas 7 días 2 Remite al Secretario Ejecutivo “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día, a fin de que se revise y en su caso recabe firma de autorización del Presidente. 1 día Secretario Ejecutivo 3 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día. 20 minutos 4 Revisa la “Carpeta de Trabajo”, verificando que los casos a tratar cuenten con los requisitos establecidos en el punto número 6 de los Aspectos a Considerar de este ordenamiento. 1 hora 40 minutos ¿Cumplen con requisitos los casos a tratar? NO 5 Señala las correcciones a realizar y/o la documentación que falta por integrar. 23 horas 45 minutos 6 Turna al Secretario Técnico. 15 minutos (Conecta con la actividad 1). SÍ Secretario Ejecutivo 7 Rubrica de visto bueno la “Carpeta de Trabajo”. 1 día 8 Envía “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día, al Presidente del Comité para su autorización. 15 minutos Presidente 9 Recibe “Carpeta de Trabajo” con propuesta del orden del día. 20 minutos 10 Revisa “Carpeta de Trabajo” que los casos a tratar estén debidamente integrados. 1 horas 40 minutos 11 Firma de autorización la “Carpeta de Trabajo”. 20 minutos 12 Turna “Carpeta de Trabajo” al Secretario Técnico a través del Secretario Ejecutivo para su posterior difusión a los integrantes del Comité de Becas. 1 horas 40 minutos Secretario Técnico 13 Recibe “Carpeta de Trabajo” autorizada. 20 minutos 14 Elabora “Oficio” convocando a cada uno de los integrantes del Comité de Becas para que asistan a sesión en la fecha y hora programada. 23 horas
  • 41. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41 15 Remite “Oficio” anexando “Carpeta de Trabajo” y en su caso información en medio magnético. 40 minutos 16 Recaba firmas de asistencia de los integrantes del Comité de Becas el día de la sesión e informa al Presidente el número de participantes para establecer si hay quórum suficiente para llevar a cabo la sesión. 10 minutos ¿Existe quórum? NO Presidente 17 Suspende la sesión por existir el 50% o menos de asistencia de los integrantes del Comité de Becas. 2 minutos 18 Designa nueva fecha para realizar sesión ordinaria o extraordinaria. 3 minutos (Conecta con el fin del procedimiento). SÍ Presidente 19 Declara instalada la sesión ordinaria o extraordinaria por existir el 50% más uno de asistencia de los integrantes del Comité de Becas. 5 minutos Secretario Ejecutivo 20 Realiza la presentación de la orden del día, dando a conocer los acuerdos y acciones del Comité de Becas. 3 horas 21 Lleva a cabo el conteo de la votación de los miembros del pleno. 2 minutos 22 Da lectura a los asuntos generales tratados. 3 minutos Presidente 23 Comunica al pleno que se da por terminada la sesión. 5 minutos Secretario Ejecutivo 24 Elabora Acta de acuerdos tomados en Sesión. 2 días Presidente 25 Recaba firmas del Acta de Sesión, de los miembros del Comité participantes. 7 días 26 Elabora “Oficio” para enviar “Acta de Sesión” debidamente requisitada. 23 horas 27 Remite “Oficio” con “Acta de Sesión” debidamente requisitada, a cada uno de los miembros participantes del Comité de Becas. 1 hora Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 21 días, 9 horas y 45 minutos Aspectos a considerar: 1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Capítulo I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, Acuerdo por el que se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, establece en el Objetivo 2, función I, señala que la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos es la encargada de coordinar y desarrollar los trámites necesarios para la celebración de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Becas para hijos, hijas o tutelados del personal administrativo y operativo de la Secretaría, en los términos previstos en el manual del citado Comité. 3. De acuerdo a lo dispuesto en el Objetivo 1, donde señala deberá la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas, coordinar y desarrollar oportunamente la inscripción al programa de Becas correspondiente a los niveles de primaria, secundaria y medio superior, en cada ciclo escolar, dentro de las funciones de la I a la V del Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
  • 42. 42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 4. Son sujetos de atención como aspirantes a becarios únicamente las hijas, hijos o tutelas del personal Operativo y Administrativo en activo de la Policía Preventiva del Distrito Federal, con antigüedad mínima de seis meses y un día (ingreso, reingreso, reinstalación o reanudación), al momento de la fecha de inscripción hasta el nivel 180 y personal con código de puesto PV-21957 (Administrativo Especializado), CF-21097 (Profesional en Informática) y CF-34037 (Administrativo Especializado); los hijos de policías fallecidos en Actos Heroicos, una vez que así lo haya dictaminado la Dirección General del Consejo de Honor y Justicia como Post Mortem al Valor Policial; y aquellos casos que por circunstancias especiales o extraordinarias sean propuestos por el C. Secretario de Seguridad Pública; queda exceptuado el personal de estructura, sindicalizado y homólogos en sueldo a los niveles 190 al 845, distintos de los señalados. 5. El becario no deberá repetir ciclo escolar, a excepción de aquellos con discapacidad. 6. Para el trámite de la inscripción anual, los aspirantes deberán acreditar a través de documentación oficial lo siguiente: 6.1. Cursar el nivel escolar de primaria o secundaria en escuelas públicas o privadas con reconocimiento oficial, del ciclo escolar en curso, y cumplir con los requisitos establecidos en la Convocatoria. 6.2. Cursar el Nivel Medio Superior, en escuelas públicas ubicadas en el interior de la República, para aquellos que estudien en la Ciudad de México, deberán vivir en otros estados; además de cumplir con los requisitos establecidos en la Convocatoria. 6.3. El trabajador deberá ser padre o madre del becario, o tutor debidamente acreditado, con sentencia definitiva certificada. 6.4. La edad máxima del becario debe ser para primaria 13 años; para secundaria 16 años y para nivel medio superior 19 años, a excepción de los becarios con discapacidad. 6.5. La solicitud de beca y la documentación requerida para su trámite, deberán ser presentadas directamente por el trabajador sin que medie representación alguna en cada Dirección General o Dirección Ejecutiva de acuerdo a su área de adscripción, quien tendrá la facultad de remitirla a la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos; asimismo copia de las identificaciones del trabajador por anverso y reverso, de la Credencial de Elector y de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal vigentes. 7. La difusión del programa se realizará a través de una Convocatoria que será publicada y colocada en todas las áreas que integran la Secretaría de Seguridad Publica. 8. La selección de los becarios se realizará tomando como base el promedio de 10 de calificación en forma descendente a un promedio mínimo de 8.0, hasta cubrir la última beca autorizada por el Comité, a excepción de los alumnos con discapacidad y los hijos de los policías fallecidos en Actos Heroicos dictaminados por la Dirección General del Consejo de Honor y Justicia como Post Mortem al Valor Policial. 9. El otorgamiento de las becas se realizará de la siguiente manera: 9.1 Se entregará una beca de los niveles primaria, secundaria o nivel medio superior por trabajador, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria. 9.2 En el caso de los elementos fallecidos que no sean considerados Actos Heroicos y hayan iniciado el trámite de inscripción para la obtención de beca, podrá un familiar directo con vínculo acreditable (Acta de Nacimiento, Acta de Matrimonio y/o Constancia de Concubinato e Identificación Oficial vigente), concluir con la entrega del documento de estudios final oficial en los tiempos señalados, a fin de participar en la selección de beca, por lo cual, se les realizaría el pago por única vez. 9.3 Cuando se trate del personal operativo y fallezca en cumplimiento de su deber (en servicio) y se encuentre en trámite el documento que determine el deceso como Acto Heroico por la Dirección General del Consejo de Honor y Justicia como Post Mortem al Valor Policial, podrá un familiar directo con vínculo acreditable (Acta de
  • 43. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43 Nacimiento, Acta de Matrimonio y/o Constancia de Concubinato e identificación oficial vigente), realizar la inscripción correspondiente de los menores que estén cursando los niveles de primaria, secundaria y medio superior hasta antes del término de la entrega del documento de estudios final oficial, del Ciclo Escolar en curso. 10. Dará lugar a la cancelación de la solicitud o suspensión de la beca, cuando el trabajador incurra en los siguientes supuestos: 10.1 Cause baja de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 10.2 Proporcione información falsa o presente documentación oficial alterada; en estos casos, se dará vista al Ministerio Público; en caso de tratarse de personal operativo además se dará vista a la Dirección General de Inspección Policial; para los casos del personal administrativo, además se dará vista a la Contraloría Interna en la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 10.3 Al momento del pago se encuentre suspendido de sus labores, por cualquier autoridad jurisdiccional competente, o por estar sujeto a proceso penal y no se encuentre activo en la nómina de la quincena previa al pago. 10.4 Cuando disfrute de licencia sin goce de sueldo, en caso de reanudar sus labores, no haya cubierto un período de seis meses un día mínimo. 10.5 Ser Sindicalizado, que ocupe un cargo de Estructura u homólogo, niveles 190 (excepto código de puesto PV- 21957, CF-21097 y CF-34037) al 845. 10.6 En el supuesto que ambos padres o tutores laboren en dicha Secretaría, con independencia de su situación familiar, únicamente uno de ellos podrá solicitar beca para un hijo, hija o tutelados en común; cuando la realicen por separado, será cancelada la segunda solicitud. 10.7 Si durante el desarrollo del programa y hasta antes del pago respectivo, el solicitante es designado para ocupar un puesto de estructura, homólogo o bien sea sindicalizado, o hubiere cambiado su situación laboral. 10.8 En caso de que el candidato cuente con Beca asignada por otra Institución Pública dependiente del Gobierno de la Ciudad de México, será cancelada su solicitud en este Programa, quedando exceptuados los casos de Discapacidad y los considerados Acto Heroico. 10.9 Al no solventar las inconsistencias observadas en cualquiera de las fases del programa antes del pago. 11. Para efectos del presente procedimiento se entenderá por: 11.1 Acta de Sesión.- Documento donde se plasman los acuerdos tomados durante la reunión celebrada por los miembros del Comité de Becas, en el cual, éstos firman de conformidad dando con ello validez a los mismos. 11.2 Beca.- Apoyo o estímulo económico que percibe el o la becaria, para fomentar el hábito del estudio. 11.3 Beneficiario.- Persona que es seleccionada para la obtención de la beca. 11.4 Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados al Programa de Becas. 11.5 Programa de Becas.- Conjunto de acciones para llevar a cabo la entrega anual de becas escolares. 11.6 Discapacidad.- Toda persona que presenta una deficiencia física, mental o sensorial ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.
  • 44. 44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 Nombre del Procedimiento: Pago de beca Objetivo General: Realizar el pago de becas a los solicitantes que hayan cumplido en tiempo y forma con la entrega de documentación y hayan sido seleccionados para la asignación de dicho estímulo, con el fin de cumplir de manera legal y transparente con el pago de la beca asignada. Descripción Narrativa: Actor No. Actividad Tiempo Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas 1 Elabora “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado”. 23 horas 2 Rubrica “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” para la obtención de una beca. 45 minutos 3 Envía “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 4 Recibe para su revisión y aprobación “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” para la obtención de una beca. 2 horas ¿Están correctos los documentos? NO 5 Señala las correcciones a realizar del “Listado del Personal Seleccionado”. 1 hora 45 minutos 6 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas. 15 minutos (Conecta con la Actividad 1). SÍ 7 Firma “Oficio” y rubrica “Listado del Personal Seleccionado”. 1 hora 30 minutos 8 Turna a la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones para su atención. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 9 Archiva acuse de recibo. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas 10 Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos. 15 minutos 11 Revisa “Listado del Personal Seleccionado” 15 minutos 12 Registra en controles “Listado del Personal Seleccionado” 45 minutos 13 Elabora “Oficio” para envió del mismo, para el pago correspondiente. 15 minutos 14 Turna “Listado del Personal Seleccionado” a la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones para la elaboración de los recibos de pago correspondientes. 15 minutos 15 Archiva “Oficio” recibido. 15 minutos Subdirección de Nóminas y Remuneraciones 16 Recibe “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado” en orden alfabético de los becarios seleccionados para la elaboración de los recibos de pago correspondientes 15 minutos 17 Revisa el “Listado del Personal Seleccionado”. 45 minutos 18 Registra en controles 30 minutos 19 Turna para su atención a la Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones 15 minutos 20 Archiva copia para control. 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones 21 Recibe “Oficio” y “Listado del Personal Seleccionado”. 23 horas 45 minutos
  • 45. 20 de Mayo de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45 Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones 22 Revisa “Listado del Personal Seleccionado” 2 días 23 Registra en controles 2 días Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones 24 Elabora recibos de pago de becarios seleccionados para la distribución correspondiente. 2 días 25 Archiva “Oficio”. 15 minutos 26 Entrega a cada pagador listado de recibos de los becarios seleccionados, así como el comprobante correspondiente de pago. 1 día 27 Archiva acuse de recibo. 15 minutos 28 Elabora “Oficio” y relación de personal que deberá ser dado de baja, en caso de que algún pagador no se apegue a los lineamientos establecidos para el pago. 23 horas 29 Envía a la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos “Oficio” con la relación de personal que deberá ser dado de baja. 45 minutos 30 Archiva acuse de recibo. 15 minutos Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos 31 Recibe “Oficio” y listado del personal que deberá ser dado de baja”. 23 horas 32 Turna a la Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas. 45 minutos 33 Archiva “Oficio 15 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas 34 Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos “Oficio” y listado del personal que deberá ser dado de baja, para realizar la sustitución correspondiente. 23 horas 45 minutos Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas 35 Archiva “Oficio” y listado. 15 36 Elabora “Oficio” y relación de personal sustituto. 23 horas 30 Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas 37 Turna a la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones a través de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos para el pago correspondiente. 15 minutos 38 Archiva acuse de recibo. 15 minutos 39 Subdirección de Nóminas y Remuneraciones Recibe de la Subdirección de Prestaciones y Cumplimientos “Oficio” y relación de sustitutos para la elaboración de recibos a efecto de otorgar el pago correspondiente y concluir con la totalidad de becas autorizadas por el Comité. 1 día Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 21 días, 9 horas y 45 minutos Aspectos a considerar: 1. El presente procedimiento se fundamenta en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Capítulo I De la Administración Pública Centralizada, Artículo 15, fracción VI, así como en el Acuerdo por el que se crea el Comité de Becas para Hijos del Personal Operativo y Administrativo de la Policía Preventiva del Distrito Federal. 2. En el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Dirección de Remuneraciones, Prestaciones y Cumplimientos, señala en el Objetivo 1, que tiene como finalidad, establecer permanentemente los mecanismos de control para el otorgamiento óptimo de prestaciones del personal, dentro de sus funciones señaladas en las fracciones I y II.
  • 46. 46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 20 de Mayo de 2016 3. De acuerdo a lo dispuesto en el Objetivo 2, donde señala la Subdirección de Nóminas y Remuneraciones, conforme a la fracción I, es su responsabilidad supervisar y asegurar el trámite de las liquidaciones que correspondan a estímulos, recompensas y pagos extraordinarios en apego a la normatividad establecida, de acuerdo al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. 4. Conforme al Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones, en el Objetivo 1, fracción III, donde establece deberá elaborar y registrar la entrega de cualquier tipo de pago extraordinario al personal de la Secretaría. 5. La Jefatura de Unidad Departamental de Estímulos y Recompensas, de acuerdo al Objetivo 1 dentro de sus funciones señala en la fracción IV que deberá desarrollar las gestiones necesarias tendientes a garantizar el pago autorizado por el Comité de Becas, a los beneficiarios designados. 6. El pago de la beca se realizará en una exhibición, el área responsable del programa determinará la fecha del pago. 7. Al efectuarse el pago, el trabajador deberá estar activo en esta Secretaría. 8. El pago de las becas no tendrá carácter retroactivo bajo ninguna circunstancia. 9. La Subdirección de Nóminas y Remuneraciones, elaborará los recibos correspondientes en original y copia y a través del personal de la Unidad Departamental de Remuneraciones, realizará el pago correspondiente. 10. Para el pago de las becas el personal beneficiado, deberá presentar original y copia de una Identificación Oficial vigente (Credencial de Elector o Credencial de la S.S.P. del D.F.), además de la copia del último comprobante de liquidación de pago y firmar el recibo correspondiente. 11. Los recibos una vez firmados por el trabajador, así como la copia de la identificación y del último recibo de pago, deberán ser resguardados en la Jefatura de Unidad Departamental de Remuneraciones, el tiempo que señale la normatividad relacionada a la preservación y guarda de documentos, así como la relación de nómina que originó la entrega de este beneficio. 12. El otorgamiento en número y monto de las becas, estará sujeto a la disponibilidad de los recursos financieros de la Secretaría. 13. El pago de la Beca se comprobará por medio del recibo firmado por el trabajador o la Relación de Nómina con la cual se hizo la dispersión del citado recurso. En los casos de hijos de policías fallecidos y dictaminados por la Dirección General del Consejo de Honor y Justicia como Post-Mortem al Valor Policial, así como los autorizados por el Comité de Becas y aquellos de cumplimiento por ordenamiento judicial, la comprobación se realizará con el recibo de beca y la Póliza-Cheque ambos debidamente firmados por los beneficiarios. 14. Para efectos del presente Procedimiento se entenderá por: 14.1. Beca.- Apoyo o estímulo económico que percibe el o la becaria, para fomentar el hábito del estudio. 14.2. Beneficiario.- Persona que es seleccionada para la obtención de beca. 14.3. Comité.- Grupo de trabajo integrado por funcionarios públicos que se reúnen para tratar asuntos relacionados al Programa de Becas. 14.4. Póliza-cheque.- Documento emitido con la finalidad de garantizar la comprobación del pago mediante cheque a una población específica bajo el concepto de beca. 14.5. Recibo de pago.- Documento que se expide para llevar a cabo el pago al personal seleccionado en la obtención de una beca.